17
Buenos Aires | 3 de julio de 2012 | Año LVI Institucional Asamblea extraordinaria Ley orgánica notarial Nº 404 Índices y encuadernación de protocolos Convocatoria a examen de práctica notarial Información Actividades de capacitación Período de feria XXX Jornada Notarial Argentina. Prórroga del plazo para la presentación de trabajos Actualización de la tabla de actos notariales de provincia de Buenos Aires IGJ. Centro de atención a profesionales matriculados 6 7 8 10 10 11 12 13 14 2 3 4 5 6 Institucional Asamblea extraordinaria página 2 Capacitación Ciclo. Nulidades y prescrip- ción página 12 Información Actividades de capacitación página 5 CIRCULAR 3300 Coeficientes de actualización Cultura Programación del mes de julio Requerimientos Posible sustitución de persona I Posible sustitución de persona II Revocatoria de poderes Sanciones Suspensión Ciclo de cine Capacitación Ciclo. Nulidades y prescripción Taller. Precalificaciones Jurisprudencia

CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

  • Upload
    others

  • View
    0

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

Buenos Aires | 3 de julio de 2012 | Año LVI

InstitucionalAsamblea extraordinaria

Ley orgánica notarial Nº 404

Índices y encuadernación de protocolos

Convocatoria a examen de prácticanotarial

InformaciónActividades de capacitación

Período de feria

XXX Jornada Notarial Argentina. Prórrogadel plazo para la presentación de trabajos

Actualización de la tabla de actosnotariales de provincia de Buenos Aires

IGJ. Centro de atención a profesionalesmatriculados

6

7

8

10

10

11

12

13

14

2

3

4

5

6

Institucional

Asamblea extraordinaria

página 2

Capacitación

Ciclo. Nulidades y prescrip-ción

página 12

Información

Actividades de capacitación

página 5

CIRCULAR 3300

Coeficientes de actualización

CulturaProgramación del mes de julio

RequerimientosPosible sustitución de persona I

Posible sustitución de persona II

Revocatoria de poderes

SancionesSuspensión

Ciclo de cine

CapacitaciónCiclo. Nulidades y prescripción

Taller. Precalificaciones

Jurisprudencia

Page 2: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

Institucional

2 | julio 2012 | Circular 3300

Importante

Asamblea extraordinaria

Con motivo de haberse realizado el lunes

18 de junio pasado la Asamblea

Extraordinaria, el Colegio informa que:

a) Fue autorizada, por 255 votos positivos

contra 83 negativos, la compra del edificio

Puerto León, ubicado en la calle Juana

Manso 205 de esta Ciudad.

b) Se resolvió por unanimidad la venta del

60% indiviso del inmueble ubicado en la

calle Puig 301 de la localidad de Lomas de

Zamora.

Asimismo, a pedido de un asambleísta, la

Asamblea resolvió por unanimidad pasar

a cuarto intermedio para tratar los puntos

restantes del orden del día.

Por ello, el Colegio convoca a los señores

escribanos a participar de la reanudación

de la Asamblea Extraordinaria que se rea-

lizará el miércoles 4 de julio, a las 18 h

(primera citación) y 19 h (segunda cita-

ción), en Av. Callao 1542, en la que se

considerarán los siguientes temas:

a) La actitud a adoptar con respecto del

Consejo Federal del Notariado Argentino,

según lo resuelto por la Asamblea del

9/02/2012.

b) Proyecto de presupuesto del Colegio de

Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y

la Caja Notarial Complementaria de

Seguridad Social. Ejercicio 1° de julio de

2012 al 30 de junio de 2013.

Dada la relevancia de los temas a tratar, el

Colegio reitera la importancia de partici-

par en esta Asamblea.

1|

Page 3: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

julio 2012 | Circular 3300 | 3Institucional

Artículos 38 y 39

Ley orgánica notarial Nº 404

El decreto 1624 del año 2000, reglamenta-

rio de la ley 404, en su artículo 17, inciso

d), prevé que a aquellos profesores que

dicten cursos de actualización vinculados

al cumplimiento de los artículos 38 y 39 de

la Ley, se les dará por aprobado el curso

que a su cargo. Es decir, las horas de cur-

sos que dieren se les computarán como

horas cursadas a los efectos del cumpli-

miento de la capacitación anual obligato-

ria.

Asimismo, el Consejo Directivo adoptó

este criterio para los docentes a cargo del

curso para adscriptos, a los que les serán

computadas las horas dictadas en esos

cursos.

2|

Pautas del Departamento de Inspección de Protocolos

Índices y encuadernación de protocolos

El Consejo Directivo, en virtud de la refor-

ma introducida al artículo 76 de la Ley 404

referida a los índices de protocolos, modi-

ficó las pautas del Departamento de

Inspección de Protocolos respecto de índi-

ces y encuadernación de protocolos. Por

lo tanto, se admite la modalidad de agre-

gar sólo un índice por año -y no uno por

tomo- a todos aquellos protocolos que

aún se encuentran sin encuadernar del

año 2010 en adelante.

Asimismo, en cuanto a los protocolos que

se encuentran en el Área Incautación y

Depósito de Protocolos y aquellos sin

encuadernar por orden judicial, se resol-

vió que la pauta rija para todos los tomos

que se encuadernen en el futuro

(Resolución Nº 269/12 del 30 de mayo de

2012).

3|

Page 4: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

4 | julio 2012 | Circular 3300

Práctica Notarial

Convocatoria a examen

El Consejo Directivo convoca para el día

13 de agosto a las 18.30 h, a todos aquellos

que se encuentren en condiciones de pre-

sentarse al examen de Práctiva Notarial.

1) Los que hubiesen realizado la Práctica

Notarial en escribanías, debidamente

denunciada y acreditada con anterioridad

al sistema vigente, con el correspondiente

certificado de cumplimiento emitido por

el Departamento de Secretaría de este

Colegio.

2) Los abogados que hayan desarrollado

tareas específicamente notariales, en una

escribanía por el lapso de 2 años y que

puedan ser debidamente acreditados,

mediante recibos de sueldo o facturación

habitual.

En este caso se deberá presentar la siguien-

te documentación:

· Copia certificada por escribano de CABA

del título de abogado.

· Copia certificada por escribano de CABAde recibos de sueldos o facturas

· Nota suscripta por el interesado y por elescribano empleador en la que se detallen

las tareas desarrolladas.

La inscripción se realizará del 30 de julio a

7 de agosto, inclusive, por nota dirigida al

Departamento de Cursos, e ingresada por

mesa de entradas del Colegio de

Escribanos, previa acreditación del intere-

sado en dicho Departamento, conforme a

resoluciones dictadas por el Consejo

Directivo.

4|

Para mayor información y retirodel programa de examen, dirigirseal Departamento de Cursos, Av.Las Heras 1833, piso 4º, de 9 a 16 h.

Page 5: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

julio 2012 | Circular 3300 | 5

Información

Información

A raíz de consultas realizadas por algunos

escribanos, con motivo de haber recibido

en su correo electrónico actividades de

capacitación de otras instituciones, se

aclara que las actividades de capacitación

que organiza el Colegio se envían exclusi-

vamente por el mail institucional y figu-

ran en la página web del Colegio

(www.colegio-escribanos.org.ar), acompa-

ñadas por el logotipo: “Capacitación - Ley

404” con la siguiente leyenda: “Válido

para el cumplimiento de los artículos 28 y

39 de la Ley 404”.

Colegio de Escribanos

Actividades de capacitación

Se recomienda tener en cuenta esta

información, ya que las únicas acti-

vidades que tienen validez para el

cumplimiento de los artículos 38 y

39 de la Ley 404 son las organizadas

por el Colegio.

El Consejo Directivo del Colegio resolvió

fijar del 16 al 27 de julio de 2012, ambos

inclusive, la feria para la Dirección de

Asuntos Legales, a fin de que coincida con

los días inhábiles durante la feria judicial.

Por ello, no se tramitarán denuncias ni se

sustanciarán los expedientes en trámite

ante la Dirección durante ese período, a

excepción de que, por resolución del

Consejo Directivo, se ordene la habilita-

ción de la feria.

Dirección de Asuntos Legales

Período de feria

Page 6: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

6 | julio 2012 | Circular 3300

El Colegio de Escribanos de la Provincia

de Buenos Aires remitió a la institución la

versión modificada de la tabla de actos

notariales, aranceles, impuestos, tasas y

aportes, vigente desde el 1º de junio del

corriente año. La misma, puede ser con-

sultada en la página web del Colegio

(www.colegio-escribanos.org.ar).

Provincia de Buenos Aires

Actualización de la tabla de actos notariales

Coeficientes de actualización

Los coeficentes de actualización y recargo del mes de julio de 2012 se encuentran a dis-

posición de los interesados en la Biblioteca del Colegio.

El Centro de Atención a Profesionales

Matriculados de la IGJ, ubicado en el

entrepiso de Av. Las Heras 1833, es exclu-

sivo para escribanos de la demarcación y

para empleados de escribanías autorizados

que acrediten su condición. Los trámites

que se intenten ingresar por gestores

externos sin identificar no serán aceptados

por esta oficina.

Inspección General de Justicia

Centro de atención a profesionales matriculados

XXX Jornada Notarial Argentina

Prórroga del plazo para la presentación de trabajos

El Colegio Notarial de Mendoza, organi-

zador de la XXX Jornada Notarial

Argentina, informó que se prorroga hasta

el día martes 10 de julio de 2012 a las 12 h,

el plazo para la presentación de trabajos.

El Colegio mendocino tendrá como váli-

dos aquellos trabajos que se presenten

(hasta la fecha y hora establecidas), en los

Colegios a los cuales pertenecen sus auto-

res.

Page 7: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

julio 2012 | Circular 3300 | 7Cultura

Page 8: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

8 | julio 2012 | Circular 3300

Requerimientos

Posible sustitución de persona I

El 21 de junio, el escribano Agustín

Ortelli, matrícula Nº 5049, adscripto al

Registro Notarial Nº 1644 de esta ciudad

comunicó al Colegio haber "sido víctima

de sustitución de personas en dos poderes

y en dos certificaciones de firma cuando

concurrieron a mi oficina con documen-

tos falsificados”.

Entre los hechos que relata el escribano

Ortelli se destaca lo siguiente: “los prime-

ros días del mes de abril de 2012, se hizo

presente en mi escribanía una mujer que

dijo ser abogada y llamarse María Laura

González pidiéndonos que tramitemos

dos segundas copias de dos escrituras que

un cliente de ella había extraviado. Una de

las propiedades está ubicada en Santa Rosa

5157, de esta Ciudad y su titular es el señor

Jorge José García, DNI 4.356.398. La otra

propiedad está ubicada en la calle

Armenia (ex Arévalo) 1462 de esta Ciudad

y sus titulares son el señor García y su her-

mana Cándida Zulema García, DNI

3.230.677”.

Asimismo, el escribano sostiene que “se

hicieron presentes los hermanos García

para iniciar el trámite de expediciones de

segundas copias de las escrituras mencio-

nadas, motivo por el cual se les certificó las

firmas en el Libro número 26, Actas 88 y

89. En dicha oportunidad exhibieron los

documentos nacionales de identidad en

original (reservándonos una copia) y

completaron una ficha de datos persona-

les estampando la impresión digito pulgar

derecha. El trámite continuó normalmen-

te”.

Además, el escribano Ortelli expresó que

“a fines de mayo de 2012 ya teníamos las

segundas copias inscriptas en el Registro

de la Propiedad Inmueble, nos comunica-

mos con la doctora González quien retiró

las escrituras y abonó la totalidad del trá-

mite. En ese momento nos solicitó la con-

fección de un Poder General Amplio de

Administración y Disposición del señor

Jorge José García a favor de María Eudosia

Barroso, DNI 21.922.355 y luego nos soli-

citó un Poder General Amplio de

Administración y Disposición del señor

Page 9: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

julio 2012 | Circular 3300 | 9Requerimientos

Rodolfo Marcelo Vigo, DNI 14.315.355 a

favor de Leandro Mario Tabar, DNI

29.311.156. Se convino las firmas de los

dos poderes para el día 11 de junio de

2012, día en el cual comparecieron el

señor Vigo y nuevamente el mismo señor

García con sus respectivos documentos

acompañados por la “doctora González” y

firmaron sus respectivos poderes. El día 12

de junio de 2012, se comunica telefónica-

mente conmigo el escribano Bernardo

Mihura consultándome acerca del otorga-

miento del poder ya que se lo habían acer-

cado para utilizarlo en la firma de un bole-

to de compraventa del inmueble de la calle

Arce 591, de esta Ciudad. El escribano me

consultó sobre si conocía al señor Vigo,

respondiéndole que era la primera vez que

lo veía. Luego me preguntó sobre la perso-

na que me acercó el señor Vigo y le hice

saber que me lo presentó una abogada que

tampoco conocía pero que había estado en

la escribanía solicitando la expedición de

dos segundas copias. También le mencio-

né que había comparecido con su docu-

mento, que teníamos fotocopia del mismo

y había completado la ficha de datos per-

sonales con la impresión digital. El día 18

de junio de 2012 por la tarde se comunica

nuevamente conmigo el escribano

Bernardo Mihura y me hace saber que ese

día por la mañana se iba a firmar el Boleto

de Compraventa del inmueble de la calle

Arce 591 y que había pedido que fuera el

señor Rodolfo Marcelo Vigo en persona y

no su apoderado. El señor Vigo se hizo

presente en el boleto y al exhibirle el docu-

mento al escribano Mihura, éste advirtió

que se trataba de un documento falsifica-

do y en dicho momento se dieron a la

fuga. Acto seguido traté de comunicarme

con el verdadero señor Vigo, lo cual toda-

vía al día de hoy no pude conseguir. Con

quien sí me pude contactar es con el ver-

dadero señor Jorge José García y con su

hermana Cándida Zulema García quienes

me comunicaron que ellos no habían soli-

citado la expedición de las segundas copias

de las escrituras de sus inmuebles ni un

Poder General de Administración. Por lo

tanto también habían comparecido ante

mí con documentos falsos. Ellos ya esta-

ban al tanto de la maniobra, porque los

primeros días de junio la escribana

Colombo realizó una certificación de un

boleto de compraventa del inmueble de la

calle Armenia 1462, con los supuestos

señores García, que también comparecie-

ron con los documentos falsificados, ya

habían efectuado la denuncia penal

correspondiente y ya habían solicitado al

Registro de la Propiedad la expedición de

terceras copias que anularan las copias que

había tramitado yo.

El día 19 de junio de 2012 concurrí al

Registro de la Propiedad Inmueble a

denunciar lo sucedido y conseguí que se

traben (caucionen) las matrículas de los

tres inmuebles en juego y también que se

protejan a las tres personas damnificadas.

En el día de la fecha, 21 de junio de 2012,

concurrí a la Cámara Nacional de

Page 10: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

10 | julio 2012 | Circular 3300

Apelaciones en lo Criminal y

Correccional, sita en Viamonte 1147/55,

planta baja a radicar la denuncia corres-

pondiente. Según lo que pude investigar

hasta el momento los inmuebles continú-

an a nombre de sus respectivos titulares y

los poderes autorizados no fueron utiliza-

dos.”

Revocatoria de poderes

El escribano José Martín Ferrari, matrícu-

la Nº 4383, titular del Registro Notarial Nº

1755 de esta ciudad, informó al Colegio

“que el doctor Ezequiel Siedi, titular del

DNI 25.983.556, revocó mediante escritu-

ra 166 del 6 de junio de 2012 pasada al

folio 439 del Registro 1755 a mi cargo,

todos y cada uno de los poderes que otor-

gara a favor de Martín Miguel Mussa,

argentino, divorciado, nacido el 13 de

noviembre de 1977 y titular del DNI

26.371.544, con último domicilio conoci-

do en la calle Carlos Pellegrini 1277, 9º

piso, departamento A”.

Posible sustitución de persona II

El escribano Francisco R. Quesada, matrí-

cula Nº 3986, titular del Registro Notarial

Nº 1622 de esta ciudad comunicó al

Colegio que fue alertado por “la Fiscalía

Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº

38, de una posible sustitución de personas

en la escritura de Poder General Amplio

de Enrique Velasco y María de las

Mercedes García apoderando a Martín

Carlos Podder, Nº 69 del 7 de marzo de

2012, otorgada al folio 136 del Registro Nº

1622 a mi cargo”.

Sanciones

Suspensión

El Colegio de Escribanos de la Ciudad de

Buenos Aires informa que se resolvió la

aplicación de la siguiente sanción discipli-

naria:

Al escribano Augusto Emilio DELPECH,

matrícula Nº 3934, titular del Registro

Notarial Nº 610 de esta Ciudad, la suspen-

sión de un mes en el ejercicio de la fun-

ción, que se aplicó desde el 15 de marzo

hasta el 15 de abril de 2012.

Page 11: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

julio 2012 | Circular 3300 | 11Ciclo de cine

Page 12: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de
Page 13: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

12 | julio 2012 | Circular 3300

Page 14: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

julio 2012 | Circular 3300 | 13Capacitación

Page 15: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

14 | julio 2012 | Circular 3300

Jurisprudencia

CCoommppiillaacciióónn aa ccaarrggoo ddee llaa EEsscc.. AAnnggéélliiccaa GG.. EE.. VViittaallee

PROPIEDAD HORIZONTAL - EXPENSAS COMUNES - OBJETO

Importancia; eximición de pago; cláusula reglamentaria; no configuración de los moti-

vos de excepción; extensión de la cláusula; interpretación restrictiva.

Fallo 57240 - CNCiv., Sala G, 15/11/2011. - Bonelli, Armido Isidoro Pablo c. Cons. de

Prop. Guise ... s/repetición. El Derecho, 4/4/12

El fallo reitera la definición dada al térmi-

no expensas comunes que se refieren a los

gastos de la administración, conservación

funcionamiento y mejoramiento de las

cosas y servicios de propiedad común y las

innovaciones que significan mejoras en

beneficio de todos los copropietarios ya

que se trata de las erogaciones derivadas

del funcionamiento de la propiedad hori-

zontal, que deben ser abonadas por la

totalidad de los titulares en proporción al

porcentual asignado a cada unidad en el

reglamento de copropiedad y administra-

ción. Su importancia es tal que sin ellas el

régimen de la propiedad horizontal no

existiría.

El fallo expresa que el beneficio contenido

en el Reglamento de Copropiedad y

Administración a favor de determinadas

unidades funcionales –locales–, excep-

tuándolas de contribuir a los gastos por

expensas comunes necesarios para la

administración y servicios comunes, con

motivo de tener entradas propias diferen-

tes de la utilizada por el resto de los copro-

pietarios, se halla notablemente acotado,

dado que se mantiene su obligación a con-

tribuir, de todos modos, con "los gastos de

mantenimiento estructural y conserva-

ción de los bienes".

Por ello, aunque la unidad posea entrada

independiente, atento que el consorcio ha

proporcionado a quienes se encuentran

en las mismas la llave de la puerta común,

entre otros motivos porque los medidores

de gas y energía eléctrica se hallan en el

Page 16: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

julio 2012 | Circular 3300 | 15Jurisprudencia

pasillo común y porque el pulsador para

iluminar la puerta del negocio de una de

dichas unidades también se encuentra allí

y en atención a que la unidad en cuestión

se favorece con el servicio de fumigación y

de limpieza, con el destape del desagüe

cloacal, el seguro obligatorio contratado y

la labor del administrador del edificio, aun

desde la perspectiva de lo efectivamente

utilizado y a la luz del principio de buena

fe (art. 1198, cód. civil), sólo cabe eximir al

propietario de la mismas del pago de las

expensas respecto de los gastos por consu-

mo de energía eléctrica común y service de

portero eléctrico.

Sostiene el fallo que debe ser restrictiva la

interpretación de la cláusula reglamenta-

ria que exceptúa a determinadas unidades

funcionales de la necesaria contribución

de todos los copropietarios a la gestión de

la cosa común, ya que el reglamento cons-

tituye una suerte de contrato de adhesión

para los sucesivos adquirentes dado que

fue redactado –de conformidad con lo

previsto en el art. 1º del decreto

18.734/49– por el entonces titular original

de toda la propiedad, que no era otro que

el actor y constituye una consagrada pauta

hermenéutica que en caso de duda debe

prevalecer la interpretación que favorezca

a quien contrató con el predisponente.

Nota a Fallo: “Tampoco en la propiedad horizontal la convivencia es siempre "color de

rosa”, por Julio Chiappini.

DOCTRINA

“La mediación”, por Enrique M. Falcón. Publicado en Suplemento de la Academia

Nacional del Derecho y las Ciencias Sociales de Buenos Aires. La Ley, 19/04/12.

El "derecho al olvido" en las informaciones crediticias, Jorge Alberto Diegues. La Ley,

10/05/2012.

Debe precisarse que la Ley 25.326 consagra el "derecho al olvido", esto es, que ciertas

informaciones deben ser eliminadas de los archivos transcurrido un determinado espacio

de tiempo desde el momento en que acaeció el hecho a que se refieren, para evitar que el

individuo quede prisionero de su pasado, lo cual constituye una facultad de las personas

de exigir dicha eliminación.

Page 17: CIRCULAR 3300 · 2013-06-05 · Requerimientos julio2012 | Circular3300 | 9 RodolfoMarceloVigo,DNI14.315.355a favor de Leandro Mario Tabar, DNI 29.311.156. Se convino las firmas de

16 | julio 2012 | Circular 3300

El Colegio de Escribanos no se hace responsable por los contenidos o notas autorales

Redacción, edición y armadoDepartamento de Comunicaciones

Av. Callao 1542,Ciudad de Buenos AiresTel.: 4809-7000E-mail: [email protected]

“Aspectos valorativos y principios preliminares del Anteproyecto de Código Civil y

Comercial de la Nación”, por Ricardo L. Lorenzetti. La Ley, 23/04/12.

“La transferencia del control accionario”, por Rodolfo G. Papa. La Ley, 24/04/12.

“Una sugerencia acerca de la reforma del Código Civil”, por Silvia Marrama. El Derecho,

04/05/12.

“El régimen recursivo registral inmobiliario ante el rechazo”, por Marcelo Eduardo

Urbaneja. El Derecho, 15/5/2012.