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GESTION DEL PATRIMONIO ¿Qué es el patrimonio? ¿ Qué diferencias hay entre patrimonio privado y patrimonio del E.? ¿ Qué es el inventario? ¿ Cuáles son los bienes del E. objeto de su gestión patrimonial? ¿ Cómo se administran los bienes del E.? ¿ Cómo se transfieren los bienes del E?
¿Qué es el patrimonio?
• Es el conjunto de bienes de una persona (art. 2.312 C.C.)
¿ Qué diferencias hay entre patrimonio privado y patrimonio del E.?
• Patrimonio privado: Universalidad de derecho (bienes – deudas)
• Patrimonio del E: bienes susceptibles de posesión estática
¿ Qué es el inventario?
• Es la descripción formal, detallada y ordenada de todos los bienes integrantes del patrimonio de un sujeto económico.
• A los efectos de homogeneizar los elementos heterogéneos que lo componen incluye la valuación en términos monetarios.
• Forma parte de la Cuenta de Inversión.
BIENES DEL ESTADO• Dominio público
– Están destinados al uso común.
– Son inalienables, inembargables e imprescriptibles.
• Dominio privado– No son de uso
público.– Mientras estén
afectados a un servicio público no pueden ser enajenados.
Natural Ej. Mar territorial
Su valuación es imposible porque son inalienables
Artificial Ej. Plazas, caminos.
Valuación: costo de la obra
Inmuebles Disponibles. Ej. Tierras fiscalesNo disponibles: Ej edificios
V.N.R.
Valor de costo
Muebles Valor de costo
Semovientes Valor de costo
Inmateriales Ej. acciones Valor de costo
¿Qué es la Gestión Patrimonial?
• Es el conjunto de actos de los órganos administrativos de la hacienda pública tendientes a la conservación y utilización de los bienes del E.
• Comprende actos de administración y actos de disposición de bienes muebles e inmuebles.
• Arts. 47 a 54 Ley 3.799 y arts. 51 a 54 Decreto-Ley 23.354/56
BIENES INMUEBLES
• Actos de disposición:– Ley que lo autorice.– Venta en remate público.
• Actos de administración:– Afectados a servicio determinado: a cargo de la
jurisdicción u organismo que lo tenga asignado.– Sin afectación: a cargo de la Secretaría de Hacienda.– Asignación o transferencia de uso:
• Entre organismos de distintas jurisdicciones: autoriza Secretaría General de la Presidencia y es a título oneroso.
• Entre dependencias de una misma jurisdicción: autoriza el respectivo ministro y es a título gratuito.
BIENES MUEBLES
• Actos de disposición:– Autoriza la autoridad superior de cada poder.– Venta en remate público.
• Actos de administración:– A cargo de la jurisdicción u organismo que lo tenga asignado o
lo haya adquirido.– Asignación o transferencia de uso autoriza Jefe Servicio
Administrativo:• Entre organismos de distintas jurisdicciones: es a título oneroso.• Entre dependencias de una misma jurisdicción: es a título gratuito.