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CLASIFICACION ARANCELARIA La posición arancelaria es la columna vertebral de una importación por cuanto es el medio que el gobierno tiene para controlar el ingreso de bienes extranjeros al país; el arancel permite fijar los gravámenes arancelarios, clasificar el régimen de importación, es decir, si es libre importación o licencia previa, asignar el impuesto de ventas, negociar con otros países algunas ventajas arancelarias, establecer medidas Fitosanitarias o Zoosanitarias, determinar si se requiere certificado de calidad o algún Vo.Bo. Específico.

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CLASIFICACION ARANCELARIA

La posición arancelaria es la columna vertebral de una importación por cuanto es el

medio que el gobierno tiene para controlar el ingreso de bienes extranjeros al país; el

arancel permite fijar los gravámenes arancelarios, clasificar el régimen de importación,

es decir, si es libre importación o licencia previa, asignar el impuesto de ventas,

negociar con otros países algunas ventajas arancelarias, establecer medidas

Fitosanitarias o Zoosanitarias, determinar si se requiere certificado de calidad o algún

Vo.Bo. Específico.

INTELIGENCIA DE MERCADOS

ESTUDIO DE MERCADO Y FACTIBILIDAD

Al igual que en las exportaciones, como operaciones de comercio exterior, en importaciones también

es importante como punto de partida, el análisis preliminar del mercado para el producto a importar,

para lo cual se hace indispensable investigar la producción nacional o la existencia en el mercado de

productos importados de similares características y elaborar un costeo detallado de la operación, que

nos permita evaluar la viabilidad de la transacción.

El proceso anterior involucra algunas etapas como lo son la preselección, selección, información del

producto Vs. Mercado, lo que llevara a la empresa a ubicar la mejor opción de compra y el (los)

contacto (s) final (es).

También es importante en esta investigación tener en cuenta la estructura administrativa para manejar

no sólo el proceso de importación sino también la capacidad de comercialización y venta del producto.

Una vez se obtiene (n) la (s) cotización (es), se deben identificar plenamente los costos fijos y

variables de la operación, el punto de equilibrio, el margen de utilidad, los costos financieros y demás

costos que se generan en la importación dependiendo de la modalidad de compra si se realiza FOB,

CFR, CIF etc., según el acuerdo con el proveedor.

Una vez evaluados los puntos antes anotados y revisado cuidadosamente el costo de la operación, se

procederá a efectuar el cierre de la negociación.

COTIZACION INTERNACIONAL

COTIZACION INTERNACIONAL Y/O FACTURA PROFORMA

Recordemos que esta es la oferta de un bien o servicio, la cual incluye todas las

características básicas de la mercancía o del servicio ofrecido o solicitado y las condiciones

generales para la realización de la correspondiente negociación entre el comprador y el

vendedor.

Si el importador está de acuerdo con las condiciones allí estipuladas y las características del

pedido, esta cotización o factura proforma puede ser utilizada como definitiva. De lo contrario

se proponen los ajustes necesarios para que finalmente sea elaborada la factura comercial y a

su vez sea remitida vía electrónica o fax con el fin adelantar o iniciar el trámite de alguna

documentación previa al embarque como por el ejemplo: Registro o licencia de importación si

se requiere, alguna norma técnica o visto bueno entre otros.

Luego de la inteligencia de mercados y de obtener la cotización internacional,

dependiendo de si es aprobada por la empresa importadora, se procede a solicitar el

Registro o licencia de importación ante Mincomercio a través de la Ventanilla Única de

Comercio Exterior (vuce).

El procedimiento anterior solo se realiza si el producto esta condicionado a este trámite

previo según la normatividad aduanera Colombiana.

REGISTRO O LICENCIA DE IMPORTACION

REGISTRO O LICENCIA DE IMPORTACION (VUCE)

¿Cuándo se requiere Registro y cuándo licencia?

Registro de Importación: Está reglamentado con el Decreto 3803 de Octubre 31 de 2006.

Es utilizado para productos que están sujetos a requisitos como por ejemplo de tipo sanitario, fitosanitario,

normas técnicas entre otros.

Licencia de Importación: Está reglamentada con el Decreto 3803 de Octubre 31 de 2006.

Es utilizada para productos que ingresan al régimen de licencia previa y es la junta de importaciones de

MINCOMERCIO quien determina su aprobación.

Algunos productos que requieren licencia son: químicos para el tratamiento de narcóticos, armas,

municiones y explosivos; así mismo, se da tratamiento de licencia previa a bienes usados, imperfectos,

saldos, las importaciones no reembolsables, aquellos en que se solicite exención de derechos de aduana y

los presentados por entidades oficiales con excepción de gasolina y urea importados por ECOPETROL.

REGIMENES DE IMPORTACION

El estatuto aduanero 2685 contempla los siguientes regímenes:

RÉGIMEN DE LIBRE IMPORTACION:

(Algunos no requieren registro de importación)

•Más del 98% del Arancel hace parte de este régimen

RÉGIMEN DE LICENCIA PREVIA:

•Menos del 2% del Arancel requieren aprobación de La Junta de Importaciones.

Trozos y despojos de ave, Despojos de Polímeros, Acetato de Etilo, Ácido Sulfúrico, TNT, Metanol, Nitroglicerina,

Cocaína, Pólvora, Dinamita, Plasma Humano, neumáticos y llantas recauchutadas, armamento y municiones, etc

Vehículos usados

Mercancías imperfectas, usadas, reconstruidas, desperdicios, saldos...

Mercancías para las que solicite exención de gravamen.

Mercancías que sean no reembolsables. (Bienes que se importen como inversión de capital

extranjero, d donaciones, mercancías adquiridas en Zonas Francas y que hayan sido pagadas con giro al exterior,

bienes que se importen como pago de deuda a una empresa colombiana, menajes y equipajes que se deban

nacionalizar, legalizaciones de mercancía)

Mercancías que importen las entidades oficiales con excepción de la gasolina la urea y demás combustibles.

Mercancías por Licencia Anual para la Industria Minera, Petrolera y para las Fuerzas Militares.

Las mercancías que se deban importar a través del Fondo Nacional de Estupefacientes.

L os bienes que únicamente pueden importarse por intermedio de Indumil.

Los desperdicios o chatarra que el gobierno determine

CERTIFICACIONES Y/O

VISTOS BUENOS

INTRA:

Los vehículos para el transporte público de pasajeros y vehículos para el transporte de carga deberán ser

inscritos ante el INTRA y presentar la tarjeta de inscripción vigente y la Resolución de homologación al

momento de presentar el Registro de importación

INCODER – Instituto Colombiano de Desarrollo Rural

•Recursos Pesqueros

•Programas de Desarrollo Rural, mediante programas de desarrollo agropecuario, forestal y pesquero.

•Otorgar subsidios para la adquisición y adecuación de tierras, asistencia técnica, y viviendas de interés social.

•Exportación de peces ornamentales.

CERTIFICADOS Y/O VISTOS BUENOS

SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

•Permiso a entidades de Vigilancia y Seguridad Privada

•Inscripción como usuario

•Inscripción como Importador

•Permisos de Importación de equipos

INGEOMINAS:

Instituto para la Investigación e Información Geocientífica, Minero-Ambiental y Nuclear.

•Isótopos Radioactivos y material radioactivo.

•Isótopos radioactivos

•material radioactivo.

INDUMIL – Industria Militar - Ministerio de Defensa Nacional – Oficio de Autorización. Inscripción.

Importación.

•Vehículos Blindados.

•Prendas Privativas de la Fuerza Pública.

•Armamento, explosivos, municiones.

•Nitrocelulosa, Nitrato de Amonio, etc…

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

•Hidrocarburos

•Gasolina

INVIMA - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos. – Ministerio de Protección

Social

•Importación de medicamentos

•Equipos biomédicos

•Alimentos

•Cosméticos

•Productos para el aseo, de uso humano y las materias primas utilizadas en su producción

•Registro Sanitario para productos terminados

•Visto Bueno para materias primas y equipo médico.

ICA – Instituto Colombiano Agropecuario - Ministerio de Agricultura.

Inscripción como Importador.

•Inscripción del predio.

•Permiso Fitosanitario o Zoosanitario para importación de productos animales o vegetales.

•Control sobre materiales de embalaje y empaque.

•Licencia de Venta para importación de insumos pecuarios o agrícolas como producto terminado

•Concepto de Insumos para importación de materias primas.

SIC - Superintendencia de Industria y Comercio. – Certificado de Conformidad para cumplimiento

de la Norma Técnica Colombiana Obligatoria.- NTI -

•Mercancías sometidas a Reglamento Técnico.

•Retie – Para Instalaciones Eléctricas.

SIC y luego DIAN – Normas de etiquetado

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

•Control para garantizar la Protección del Medio Ambiente y la Protección de la capa de ozono

•Permiso CITES: Para la Comercialización de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres

•Mercancías sometidas a Certificado de Emisiones por prueba dinámica.

•Homologación Vehicular.

COMANDO GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES:

sólo para importaciones realizadas a través de la industria militar como son armas, municiones y

sus partes, pólvora, explosivos y accesorios similares, clorato de potasio, nitrato de potasio,

fósforo rojo amorfo, nitrato de amonio y nitrato de amonio entre otras.

CONSEJO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES:

ácidos, permanganato de potasio, acetona, éter etílico, cloroformo y carbonato de sodio entre

otros.

OTROS

•Cuotas de Fomento – Banco de la República

•Listas de Precios Estimados - DIAN

•Importaciones de Entidades Oficiales. – Certificado de Disponibilidad Presupuestal –

Mincomercio – Depto. De Planeación Nal, Dental., Municipal.

•Acuerdos y Tratados Internacionales – Certificados de Origen

DOCUMENTOS QUE DEBEN EXIGIRSE AL VENDEDOR

Factura Comercial

Documento de transporte (B/L, Guía aérea o Carta porte)

Certificado de Origen cuando sea requerido por acuerdo comercial o

por exigencia de la aduana

Certificado sanitario o fitosanitario cuando las normas lo exijan

Lista de empaque cuando sea requerida

Certificado de seguro cuando la importación se realice en términos

CIF O CIP

Certificado de calidad cuando las normas lo exijan

Otros previos al embarque

Antes del despacho de la mercancía, el vendedor debe avisar con

anterioridad al despacho, el nombre de la empresa transportadora,

fecha aproximada de embarque y por lo menos suministrar copia vía fax

del documento de transporte y de los demás documentos si es posible.

ARTÍCULO 188 DE LA RES. 4240/00

REQUISITOS DE LA FACTURA COMERCIAL: La factura comercial a que se refiere el literal b) del artículo 121

del Decreto 2685 de 1999, debe ser un documento original expedido por el vendedor o proveedor de la

mercancía, no debe presentar borrones, enmendaduras o adulteraciones.

De conformidad con "las reglas y usos uniformes relativos a los créditos documentarios" contenidas en la

Publicación 500 de la Cámara de Comercio Internacional, la factura comercial que debe presentar el importador

de una mercancía contendrá como mínimo los siguientes datos:

1. Fecha de expedición.

2. Nombre y dirección del vendedor.

3. Nombre del comprador.

4. Descripción de la mercancía.

5. Cantidad y precio a pagar por la mercancía objeto de negociación.

6. Moneda de la negociación. Indicar, por ejemplo, si se trata de dólares de los Estados Unidos, liras italianas o

yenes.

7. Condiciones de entrega según el INCOTERM

FACTURA IMPORTACION

8. TRAMITES ADUANEROS

Nacionalización: Esta se hace una vez la mercancía llegue al puerto, aeropuerto o frontera.

Es indispensable la contratación de una Agencia aduanera y es la etapa

en la que se genera el pago de los impuestos (IVA, ARANCEL) Vs. Declaración de importación.

ADICIONALES SEGÚN EL PAIS Y EL TIPO DE PRODUCTO

Lista de empaque

Registro de importación

Vistos Buenos, Inscripciones, certificados sanitarios u otros que requiera el producto.

Certificado de origen

Certificados de calidad

DOCUMENTOS REQUERIDOS

PARA LA DIAN Y OTRAS AUTORIDADES

Factura comercial

Documento de transporte

Mandato (agencia de aduanas)

Mandatos para operadores de puerto o muelles

Circular 170 (operadores logísticos)

PARA LA AGENCIA DE ADUANA (Res. 0008571 agosto 27/2010)

Balance General y Estados Financieros

Rut

Certificado de Existencia y Representación Legal

Certificación Bancaria por entidad donde realiza operaciones de comercio exterior

TRAMITES ADUANEROS

Llegada de la mercancía a Zona primaria aduanera (puerto, aeropuerto o frontera).

Aviso de arribo de la mercancía por parte del transportador a la aduana a través del sistema informático.

El transportador suministra a través del manifiesto de carga, la información de los documentos de transporte para que la

DIAN proceda a la asignación del número así: MARÍTIMO (Registro aduanero), AEREO (Sobordo), TERRESTRE

(Remesa terrestre).

Descargue y asignación de bodega por parte de la DIAN.

Preinspección o reconocimiento de la mercancía por parte de la agencia de aduana

Incorporación de información al sistema por parte de la agencia de aduana (cuando se tengan todos los documentos

originales).

Solicitud de aceptación por parte de la Agencia de aduana y la firmeza de la misma.

Pago de tributos en el banco o presentación para esticker si no hay pago de impuestos por ser una temporal o este

excenta. (Actualmente este trámite se puede hacer en línea con algunos bancos)

Aforo o inspección aduanera (físico, automático o documental).

Levante y retiro mercancía del deposito y libre disposición de la misma

NOTA: Se presenta la declaración andina de valor si requiere, esta complementa la declaración de importación.

TRAMITE CAMBIARIO REEMBOLSO DE DIVISAS

MEDIOS DE PAGO

•Carta de crédito

•Giro directo

•Cheque

INTERMEDIARIO MERCADO

CAMBIARIO

DOCUMENTO SOPORTE PARA EL

BANCO DECLARACION

DE IMPORTACION

DECLARACION DE CAMBIO

NO. 1

Toda importación genera la salida de divisas del país, lo cual debe realizarse a través de los

intermediarios del mercado cambiario autorizados.

Es la única formalidad que en el régimen actual se requiere para la negociación de divisas

(compra o venta).

Los reembolsos al igual que las exportaciones pueden realizarse de manera anticipada o

posterior al embarque

Para estos efectos deberán presentar la declaración de cambio por importaciones de bienes

(Formulario No. 1) utilizando, en cada caso, el numeral cambiario que corresponda.

2017 Anticipo

2016 Gastos de importación

2014, 2015 , 2022, 2023, 2024 , 2025 o 2060 Mercancía ya embarcada pero el código

depende de la fecha en que se gire según el documento de transporte

OPERACIÓN CAMBIARIA

DECLARACION DE CAMBIO Y NUMERALES

Se presenta ante el intermediario del mercado cambiario si hay compra o

venta de divisas.

Por numeral cambiario se entiende el código asignado por el Banco de la

República para identificar las operaciones de cambio que se canalicen a

través del mercado cambiario y son utilizados para fines estadísticos.

Las declaraciones de cambio que exigen numerales por operaciones

canalizadas a través del mercado cambiario y del mercado libre son

(Formularios Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 10).

Cuando nacionalice informo en cualquier momento

IMPORTACIONES

Anticipo

• Presentar el formulario No. 1

• Utilizar el numeral cambiario 2017

• Canalizar divisas por I.M.C

• Guardar documentos soporte de la operación

COMPROMISOS

Formulario No. 1

Declaración de

cambio

Giro y me embarcan según acuerdo

•Una vez nacionalice y obtengo levante

informo al banco

IMPORTACIONES Pago financiado

• Presentar el formulario No. 1 con los datos completos de la declaración de importación

• Utilizar el numeral cambiario 2014, 2015 , 2022, 2023, 2024 , 2025 o 2060 según plazo y adiciono el numeral 2016 para gastos de fletes y otros relacionados en la declaración de importación

Reembolso divisas en el termino acordado con el proveedor .

• Guardar documentos soporte de la operación

COMPROMISOS DEC. DE M.

Formulario No. 1

Declaración de

cambio

Carta de crédito

Giro directo

Cheque

Cobranza (Letra de cambio)

INSTRUMENTOS DE PAGO

1 CONTRATO 1

5 ENVIO MERCANCIA

8 DOCUMENTOS

3 CARTA DE CRÉDITO

9 REEMBOLSO

4 C

ON

FIR

MA

CIÓ

N L

/C

10 D

OC

UM

EN

TO

S

2 A

PE

RT

UR

A L

/C

COMPRADOR VENDEDOR

BANCO

CORRESPONSAL

BANCO

EMISOR

MUCHAS GRACIAS