2
Acta constitutiva de una Asociación Civil (A.C.) Documento que acredite el registro de la A.C. ante el SAT Comprobante de apertura de cuenta bancaria a nombre de la A. C. *Si cumple con los requisitos se otorga Constancia de Aspirante y a partir de ese momento pasa a la siguiente etapa. Presidente: 1% de la lista nominal de electores en el país, distribuido en al menos 17 entidades federativas con igual porcentaje en cada una de ellas. 120 días Senadores: 2% de la lista nominal del estado por el que participan, distribuido en al menos la mitad de los distritos electorales con un porcentaje del 1% en cada uno de ellos. 90 días Diputados Federales: 2% de la lista nominal del distrito por el que participan, distribuido en al menos la mitad de las secciones electorales con un porcentaje del 1% en cada una de ellas. 30 días Ayuntamientos: 3% Diputados Locales: 3% *Si reúne el apoyo ciudadano se encuentra en aptitud de pasar a la siguiente fase. ¿CÓMO PUEDO REGISTRARME PARA SER CANDIDATO O CANDIDATA INDEPENDIENTE? La Constitución Política del Estado de Sonora, establece en su artículo 132, que para ser Presidente Municipal, Síndico o Regidor de un Ayuntamiento, se requiere: I.- Ser ciudadano sonorense en pleno ejercicio de sus derechos; II.- Ser vecino del Municipio correspondiente, con residencia efectiva dentro del mismo, cuando menos de dos años si es nativo del Estado, o de cinco años, sí no lo es; III.- No estar en servicio activo en el Ejército, ni tener mando de fuerzas en el mismo Municipio, a menos que, quien esté comprendido en tales casos, se separe definitivamente de su empleo o cargo, noventa días antes de la elección; IV.- No haber sido condenado por la comisión de un delito intencional, aun cuando se haya cumplido la condena o extinguido la pena; y V.- No haber sido magistrado o suplente común del Tribunal Estatal Electoral, ni consejero electoral propietario o suplente común de ningún organismo electoral, a menos que no haya ejercido o se separe del cargo dentro del plazo que establezca la ley. Y lo establecido en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora en su artículo 192: IV. Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotografía vigente; y V.- No consumir drogas prohibidas conforme a la Ley General de Salud y las demás aplicables A partir de 2014 se integró la figura de candidatos independientes lo que da valor a la participación democrática. Para ejercer este derecho debes manifestar al Instituto Estatal Electoral la intención de participar como candidata o candidato Independiente dentro de los plazos y ante las autoridades que señale la convocatoria. Para poder obtener la constancia de registro como candidato o candidata independiente, debe realizarse lo siguiente: Manifestar al Instituto Electoral sobre la intención de participar como candidato (a) Independiente, dentro de los plazos y ante las autoridades que señale la convocatoria. Para ello deberás presentar: Recabar apoyo ciudadano en los porcentajes y conforme a los plazos siguientes: Presentar su solicitud de registro acompañada de la documentación que acredite que cumple con los requisitos establecidos en la Constitución y la LGIPE. Si cumple con los requisitos, el Consejo General del INE le otorga una Constancia de Registro como Candidato (a) Independiente y a partir del día siguiente puede iniciar su campaña electoral.

¿CÓMO PUEDO REGISTRARME PARA SER CANDIDATO O …€¦ · Acta constitutiva de una Asociación Civil (A.C.) Documento que acredite el registro de la A.C. ante el SAT Comprobante

  • Upload
    others

  • View
    3

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: ¿CÓMO PUEDO REGISTRARME PARA SER CANDIDATO O …€¦ · Acta constitutiva de una Asociación Civil (A.C.) Documento que acredite el registro de la A.C. ante el SAT Comprobante

Acta constitutiva de una Asociación Civil (A.C.)Documento que acredite el registro de la A.C. ante el SATComprobante de apertura de cuenta bancaria a nombre de la A. C.*Si cumple con los requisitos se otorga Constancia de Aspirante y a partir de ese momento pasa a la siguiente etapa.

Presidente: 1% de la lista nominal de electores en el país, distribuido en al menos 17 entidades federativas con igual porcentaje en cada una de ellas. 120 días

Senadores: 2% de la lista nominal del estado por el que participan, distribuido en al menos la mitad de los distritos electorales con un porcentaje del 1% en cada uno de ellos. 90 días

Diputados Federales: 2% de la lista nominal del distrito por el que participan, distribuido en al menos la mitad de las secciones electorales con un porcentaje del 1% en cada una de ellas. 30 días

Ayuntamientos: 3%Diputados Locales: 3%*Si reúne el apoyo ciudadano se encuentra en aptitud de pasar a la siguiente fase.

¿CÓMO PUEDO REGISTRARME PARA SER CANDIDATO O CANDIDATA INDEPENDIENTE?

La Constitución Política del Estado de Sonora, establece en su artículo 132, que para ser Presidente Municipal, Síndico o Regidor de un Ayuntamiento, se requiere:

I.- Ser ciudadano sonorense en pleno ejercicio de sus derechos; II.- Ser vecino del Municipio correspondiente, con residencia efectiva dentro del mismo, cuando menos de dos años si es nativo del Estado, o de cinco años, sí no lo es; III.- No estar en servicio activo en el Ejército, ni tener mando de fuerzas en el mismo Municipio, a menos que, quien esté comprendido en tales casos, se separe de�nitivamente de su empleo o cargo, noventa días antes de la elección; IV.- No haber sido condenado por la comisión de un delito intencional, aun cuando se haya cumplido la condena o extinguido la pena; y V.- No haber sido magistrado o suplente común del Tribunal Estatal Electoral, ni consejero electoral propietario o suplente común de ningún organismo electoral, a menos que no haya ejercido o se separe del cargo dentro del plazo que establezca la ley.Y lo establecido en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora en su artículo 192:…IV. Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotografía vigente; y V.- No consumir drogas prohibidas conforme a la Ley General de Salud y las demás aplicables

A partir de 2014 se integró la �gura de candidatos independientes lo que da valor a la participación democrática. Para ejercer este derecho debes manifestar al Instituto Estatal Electoral la intención de participar como candidata o candidato Independiente dentro de los plazos y ante las autoridades que señale la convocatoria.Para poder obtener la constancia de registro como candidato o candidata independiente, debe realizarse lo siguiente:

Manifestar al Instituto Electoral sobre la intención de participar como candidato (a) Independiente, dentro de los plazos y ante las autoridades que señale la convocatoria. Para ello deberás presentar:

Recabar apoyo ciudadano en los porcentajes y conforme a los plazos siguientes:

Presentar su solicitud de registro acompañada de la documentación que acredite que cumple con los requisitos establecidos en la Constitución y la LGIPE. Si cumple con los requisitos, el Consejo General del INE le otorga una Constancia de Registro como Candidato (a) Independiente y a partir del día siguiente puede iniciar su campaña electoral.

Page 2: ¿CÓMO PUEDO REGISTRARME PARA SER CANDIDATO O …€¦ · Acta constitutiva de una Asociación Civil (A.C.) Documento que acredite el registro de la A.C. ante el SAT Comprobante

PARTICIPAR ES PENSAR EN TODOS

¿CUÁNDO PUEDO REGISTRARME PARA SER CANDIDATO O CANDIDATA INDEPENDIENTE?

¿DÓNDE PUEDO REGISTRARME?

Para la participación como candidata o candidato ciudadano es importante manifestar el interés al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana y una vez cumplidos los requisitos se adquieren derechos y obligaciones como aspirante y candidato de manera que pueda cumplirse con los mandatos de la Constitución y la Ley y llevar un proceso libre y democrático.

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana emitirá una Convocatoria detallando los requisitos indispensables para declarar tu deseo de participar y ser considerado Candidato o Candidata Independiente para las elecciones del 1 de julio de 2018.En la Convocatoria se explicará claramente lo siguiente:

Puedes acudir a las o�cinas del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, ubicadas en Luis Donaldo Colosio no. 35, esquina calle Rosales en Hermosillo, Sonora, así como a los Consejos Municipales y Distritales que se establecerán en cada demarcación.

Tipo de cargos de elección popular a los que puedes aspirarRequisitos que debes cumplirDocumentación comprobatoria requeridaPlazos de apoyo ciudadanoTopes de gasto que puedes erogarFormatos para el registro