Codigo de Los Niños y Adolescentes

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DERECHO DE FAMILIA

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NUEVO CDIGO PROCESAL PENAL, CDIGO DEL NIO Y EL ADOLESCENTE, VIOLENCIA FAMILIAR Y TRATA DE PERSONAS.

NUEVO CDIGO PROCESAL PENAL, CDIGO DEL NIO Y EL ADOLESCENTE, VIOLENCIA FAMILIAR Y TRATA DE PERSONAS.Por: Abogada Katia S. Reyes LoaizaCDIGO DEL NIO Y EL ADOLESCENTEI. GENERALIDADESINFANCIA

GRECIA Y ROMAEPOCA MEDIEVALRENACIMIENTOS. XVIII- S. XIXI. GENERALIDADESUn ser humano menor a dieciocho aos de edad, salvo que la ley de su pas lo o la considere adulto/a a una temprana edad, lo cual es extrao.El Comit de los Derechos Humanos ha establecido que las edades de proteccin no deben ser irracionalmente cortas y que en ningn caso puede dejar de cumplir sus obligaciones de proteccin con los nios, las nias y adolescentes., aunque en el marco de su legislacin domstica, hayan alcanzado la mayora de edad.Segn la Convencin sobre los Derechos del NioNIOSin embargo

MODELO ANTERIOR A LA CONVENCIN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIO II. CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIODOCTRINA DE SITUACION IRREGULARAquella en que se encuentra un menor tanto cuanto ha incurrido en hecho antisocial, como cuando se encuentra en estado de peligro, abandono material o moralmente o padece un dficit fsico o mentalCaractersticas: Se proclam la Declaracin de Derechos del Nio de la Sociedad de Naciones, en Ginebra.

Surgen organismos internacionales para la ayuda y proteccin de la infancia: Interamericano del Nio (INN). El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF); la Unin Internacional de Proteccin de la Infancia (UIPI)Se aprueba la Declaracin de los Derechos del Nio por parte de las Naciones Unidas.

II. CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIOLa Convencin sobre los Derechos del Nio es adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989

CONVENCIN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIO La Convencin sobre los Derechos del Nio recoge los derechos de todas las personas menores de 18 aos. Sus derechos estn ntimamente relacionados con las obligaciones y las responsabilidades de los Estados, es decir, los artculos son de cumplimiento obligatorio para todos los gobiernos y todas las personasII. CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIOPRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO DE LA NIEZLos Estados Miembros deben aplicar las normas a todos los nios sin discriminacin alguna.Relacionado con el derecho intrnseco a la vidaConjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna.Garantiza al nio, que tenga la capacidad de hecho requerida, el derecho de expresar su opinin libremente.II. CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIODOCTRINA DE PROTECCION INTEGRALReconoce que el nio por su condicin de ser humano en desarrollo que requiere se le reconozca una proteccin especial atendible a su intrnseca naturaleza de debilidad, de vulnerabilidad; y por otro lado, se le brinda la calidad de sujeto de derechos y deberes.Caractersticas:II. CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIODERECHOS ESPECIFICOSII. CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIOIII. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTESITUACION DE LA NIEZ EN EL PERUReduccin mortalidad infantil.X Acceso a la educacin infantil.Acceso a la educacin primaria.X Retraso escolar. Mejora salud nutricional.X Embarazo adolescente.Acceso a la educacin secundaria.X Retraso escolar.

TRATAMIENTO LEGAL DE LOS DERECHOS DEL NIO EN EL PERUIII. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTEEntrada en vigencia de la Convencin sobre los Derechos del Nio1Suscrita el 26 de Enero de 1990.Aprobada por el Congreso mediante R.L. 25578 el 03 de agosto de 1990.Ratificada por el Presidente de la Republica el 14 de agosto de 1990. Entra en vigencia el 02 de setiembre de 1990Primer Plan Nacional de Accin por la Infancia del Per (1992)2El Per adapt a nuestra realidad las metas mundiales. Metas de corto plazo (1992), mediano plazo (1992-1995) y largo plazo (1992-2000)Ley 25339. La Semana Nacional de los Derechos del Nio (24 a 30 de setiembre)3Esta tiene dos objetivos: Difundir avances de la aplicacin de la Convencin. Difundir avances de las metas del Plan Nacional de Accin por la Infancia.Cdigo Peruano de los Nios y Adolescentes4Es derogado el Cdigo de Menores del Per de 1969 y es promulgado el 24 de diciembre de 1992 mediante D.L. 26102 y entr en vigencia el 28 de junio de 1993.III. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTECDIGO PERUANO DE LOS NIOS Y ADOLESCENTESAprobado en el Congreso el 21 de julio del 2000 mediante Ley N 27337, promulgado el 2 de agosto del 2000 y publicado en el Diario oficial El Peruano el 7 de agosto del 2000. Siguiendo la lnea de la Convencin Internacional de los Derechos del Nio, la Convencin de la Haya y nuestro Cdigo de los Nios y Adolescentes derogado, este nuevo cuerpo legal consagra una vez mas el Inters Superior del Nio y el principio de la Subsidiariedad de la Adopcin Internacional, pero adems establece la desjudicializacin parcial de las investigaciones tutelares, transfiriendo al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social la competencia para la realizacin de todas las diligencias previas a la declaratoria de abandono de una nia, nio o adolescenteLibros1234Derechos y LibertadesSistema Nacional de Atencin Integral del Nio y AdolescenteInstituciones FamiliaresAdministracin de Justicia Especializada en el Nio y AdolescenteIII. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE1Derechos y LibertadesIII. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE1Derechos y LibertadesRespeto y obediencia a los padres.Estudiar satisfactoriamenteCuidar a ascendientes por enfermedad o ancianidadColaborar en el hogar.Respetar la propiedadConservar Medio AmbienteRespetar a la aptriaIII. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE2Sistema Nacional de Atencin Integral del Nio y AdolescenteTrabajo en red de un conjunto de organizaciones publicas y privadas que desarrollan acciones de promocin, defensa y vigilancia de los derechos de las nias, nios y adolescentes.

Este Sistema tiene a la fecha un Plan (2012-2021) que debe orientar sus acciones en bsqueda del bienestar de los nios y adolescentes.III. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE2Sistema Nacional de Atencin Integral del Nio y AdolescentePoltica y Programas de Atencin Integral al Nio y al AdolescenteProgramas generales:Prevencin PromocinProteccinAsistenciaRehabilitacinProgramas Especiales:Adiccin a sustanciasViolencia sexualViolencia Armada o desplazadosAdolescentes trabajadoresNios de la calleConjunto de orientaciones y directrices dictadas por el MIMDES para garantizar derechos.El MIMDES es el Ente Rector del Sistema.MIMDES formula y realiza el Plan Nacional.MIMDES realiza las actividades en forma descentralizada con gobiernos regionales, locales y comunidades.III. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE2Sistema Nacional de Atencin Integral del Nio y AdolescenteFuncionesFomentar la filiacinBrindar orientacin.Denunciar las faltas o delitos de menoresInscripcin: MIMDESDEFENSORIA DEL NIO Y ADOLESCENTEServicio gratuito que prestan los gobiernos locales, instituciones publicas y privadas con el fin de hacer prevalecer los derechos de los nios y adolescentes.Conocer la situacin en que se encuentra tanto en instituciones publicas o privadas.Intervenir cuando estn amenazando o vulnerando los derechos.III. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE2Sistema Nacional de Atencin Integral del Nio y AdolescenteProtegen coordinadamente con:- El MIMDES, Ministerio de Trabajo, Ministerio de Salud, Gobiernos Regionales y Locales.REGIMEN PARA EL ADOLESCENTE TRABAJADOREdades:14 aos (por excepcin 12)15 aos (activ. Agrcolas)16 aos (activ. Comerciales, industriales o minerales)Aplicable a:DependientesIndependientesDomesticoCuenta ajena o propiaExcluye:- Aprendices y practicantesSubsueloPesos excesivosSustancias txicasActividad riesgosaREQUISITOSCertificado de salud.No perturbe asistencia ColegioJornada de trabajo entre 12-14 aos ( no mas 4 h.), 15-17 (no mas 6 h.), nocturno (menos 4 h.)Remuneracin Facilidades estudioRegistro de trabajadoresSeguridad SocialCapacitacin III. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE3Instituciones FamiliaresPATRIA POTESTADDeber -DerechoCuidado de los hijos menoresAdministracin de bienesReconocimiento legalAlimentacinFormacin Educacin CONCEPTOEJERCICIONormal: Ambos padres; caso de disenso resuelve el Juez de FamiliaSeparacin o divorcio: El que tiene la tenencia, el del otro padre queda en suspenso, pero luego puede recuperarlo.En Matrimonio El que reconoce al hijoEl Juez decideFuera del Matrimonio OJOEl que no tiene la patria potestad tiene derecho de visita, e aplicacin del inters superior del nio.III. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE3Instituciones FamiliaresPATRIA POTESTADDeberes y Derechos:Velar ProveerDirigirDarlesRecurrir autoridadTenerlosRepresentarlosRecibir ayudaAdministrar bienesSuspensin:Interdiccin del padreAusencia declaradaOrdenes que corrompanVagancia o mendicidadNo alimentosSeparacin o divorcioProceso Penal a los padresExtincin:Por muerteMayora de edad hijoDeclaracin de abandonoCondenado delito dolosoReincidenciaCesar incapacidadIII. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE3Instituciones FamiliaresTENENCIASituacin por la cual un menor se encuentra en poder de uno de sus padres o guardadores. Es un derecho que tienen los padres de tener a sus hijos en su compaa; pero tambin puede otorgrsele a quien tenga legtimo inters.Si es menor de 3 aos y esta en peligro, resuelve e 24 horas. No medida cautelar fuera de procesoComo nueva accin Por circunstancias comprobadasEscucha al nioToma en cuenta al adolescenteEn forma progresivaIntervencin del Equipo MultidisciplinarioPadre o madre a quien se arrebato el menor.Quien desee reconocimientoTiempo de permanencia de 3 aos con la madreFijar rgimen de visitasIII. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE4Administracin de Justicia Especializada en el Nio y AdolescenteJURISDICCION Y COMPETENCIACompetenciaCivil TutelarInfraccin PenalJurisdiccin:Salas de FamiliaJuzgados de FamiliaJuzgados de Paz Letrados

Determinacin competencia???Domicilio especializadoLugar donde se encuentreLugar cometi el actoJUEZ DE FAMILIA

ResolverHacer uso de medidas cautelar y coercitivasImponer medidas socioeducativas y proteccinRemitir antecedentesSancionar

III. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE4Administracin de Justicia Especializada en el Nio y AdolescenteORGANOS AUXILIARESEquipo Multidisciplinario formado por mdicos, psiclogos y asistentes socialesInformesSeguimiento de medidas

Polica de Apoyo a la JusticiaEs la encargada de efectuar notificaciones por mandato judicial o del Ministerio PublicoInvestigarEjecutar ordenes de comparecencia, conduccin o detencinColaborar

Servicio Medico Legal del Nio y AdolescenteServicio especial debidamente acondicionado, en lugar distinto al de lo adultosPersonal medico capacitado

Servicio Medico Legal del Nio y AdolescenteServicio especial debidamente acondicionado, en lugar distinto al de lo adultosPersonal medico capacitado

Polica EspecializadaEncargada de auxiliar y colaborar

OrganizacinA nivel nacional coordina con MIMDES y otras

RequisitosFormacin en Derecho de Menores, Derecho de FamiliaConducta intachableNo tener antecedentes

CapacitacinSe coordina con MIMDES

FuncionesVelar por el cumplimiento de los derechos y garantas del menor

III. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE4Administracin de Justicia Especializada en el Nio y AdolescenteADOLESCENTE INFRACTOR DE LA LEY PENALGeneralidadesAquel que ha cometido un hecho tipificado como delito o faltaDerechos IndividualesDetencin de acuerdo a ley.Habeas Corpus en caso de detencin arbitrariaInformacinSeparacinGarantas del Proceso

Adems las consideradas en la Constitucin, Convencin sobre los Derechos del Nio, Cdigo de los Nios y Adolescentes y leyes vigentes.- Legalidad - Confidencialidad- Reserva - RehabilitacinIII. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE4Administracin de Justicia Especializada en el Nio y AdolescenteJURISDICCION Y COMPETENCIADefinicin Grupo de nios y adolescentes que agreden a personas, atentan contra la vida y alteran el orden pblico.EL MIMDES aplica las medidas de proteccin a travs de la Gerencia de Investigacin Tutelar a los menores entre 12 y 14 aos que forman parte de pandillas y cometen actos infractorios de la ley penalPANDILLAJE PERNICIOSOEl Juez de familia impone medidas socioeducativas al menor mayor de 14 a 18 aos.Infraccin LeveAl mayor de 14 aos :Prestacin de servicios a la comunidad. Mximo 6 mesesAl que cometa violacin de menores, dae la propiedad, etc., se le aplica internacin no mayor de 3 aosInfraccin AgravadaMayor de 14 a 16 aos: Internacin no menor de 3 ni mayor de 5 aosMayor de 16 a 18 aos: Internacin no menor de 4 ni mayor de 6 aosA los cabecillas: Internacin no menor de 3 ni mayor de 5 aos.III. CODIGO DE LOS NIOS Y EL ADOLESCENTE4Administracin de Justicia Especializada en el Nio y AdolescenteLA INVESTIGACION Y JUZGAMIENTOPrescripcin:Accin de 2 aos (falta 6 meses)Medida socioeducativa 2 aosDicta absolucin:No se ha probadoNo constituya infraccin penal.Apelacin en el trmino de 3 das.Eleva autos (24 horas)Remite Fiscal Superior ( 24 horas)Dictamen (48 horas)Devueltos: vista de la causa (5 das)Sentencia ( 2 das sgtes.)

Detencin: conforme a ley.Custodia: podr confirsele a sus padres o responsables, bajo responsabilidadConduccin ante el fiscal en 24 horas acompaado de informeDeclaracin en presencia de padresApertura proceso- Remisin- ArchivoEntrega a padresInternamiento preventivo