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CODIGO DE PRACTICA: Manual de Instalaciones

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CODIGO DE PRACTICA Manual de procedimientos de instalaciones

Dispositivos utilizados para alarmas con o sin monitoreo Grupo Seguridad Electrónica Falsas Alarmas

Prologo (prefacio del Capitulo 1)

PROYECTO DE UN CODIGO DE PRACTICA DE INTALACIONES Y CONDUCTA ETICA, COMERCIAL Y OPERATIVA DE EMPRESAS DE SEGURIDAD ELECTRONICA

En los últimos 100 años, la sociedad en general, ha recurrido a innumerables modalidades de protección de sus personas o sus bienes, que van desde la toma de decisiones en cuanto a las rutinas de su actividad cotidiana, estableciendo roles y estrategias de autoprotección, recurriendo tan solo a su imaginación y emprendiendo las actividades y tareas, con un ordenamiento determinado, que a veces es reconocido como “rutina repetitiva” y en otros casos como “rutina de excepción”. Desde el punto de vista del individuo integrante de una sociedad organizada y también desde el punto de vista de una sociedad tribal, hay ciertas consignas que se utilizan frecuentemente porque la experiencia y los resultados de su practica, han protegido eficazmente contra las amenazas del delito. Así como en el reino animal, existen ejemplos de autoprotección de cada especie, que puede ser agredida por otra especie, en el segmento humano, se recurre a establecer regulaciones y costumbres para evitar o minimizar vulnerabilidades y como regla general para disminuir o eliminar riesgos. El hombre moderno, dentro de una sociedad seudo civilizada, debe regirse por actitudes y determinaciones criteriosas, para protegerse del entorno y así, encontramos de alto valor seguir un listado de recomendaciones, sin descuidar los aportes que la ciencia de la seguridad, mediante sus recursos tecnológicos nos pueden brindar. El objeto de esta Codigo de Practica es el de maximizar la efectividad de los sistemas de alarma anti intrusión, en lo que respecta a la detección y señalización de intrusiones no deseadas y/o no autorizadas, y minimizar la ocurrencia de falsas alarmas. Aún cuando la planificación o diseño de un sistema de alarma sea minuciosamente realizado, ningún sistema puede garantizar totalmente la detección de intrusos. El propósito de un sistema de alarma es el de conferir a los bienes y a las personas en riesgo, un nivel de seguridad, balanceado con el grado de determinación y pericia del intruso, por medio de un planeamiento cuidadoso. Al hacer esta evaluación, todas las circunstancias físicas del riesgo deben contemplarse, pero el grado de seguridad adoptado tiene que ser consistente con un sistema en todo

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sentido práctico y confiable, y que no se transforme en una carga para las personas en general o la policía. Aún más, ningún sistema de alarma, correctamente diseñado e instalado, es completamente confiable o a prueba de sabotaje. La operación exitosa de un sistema de alarma, requiere también la colaboración activa del usuario, en llevar a cabo los procedimientos necesarios en forma cuidadosa, adecuada y regular. La utilidad de todo el sistema puede verse comprometida por un mal diseño o por la falta de cuidado o inadecuada atención de la rutina de mantenimiento preventivo y correctivo. Este cuidado es extensivo a la seguridad de claves y de información relacionada con el sistema, su instalación y operación.

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CODIGO DE PRACTICA Manual de procedimientos de instalaciones

Dispositivos utilizados para alarmas con o sin monitoreo Grupo Seguridad Electrónica Falsas Alarmas

CAPITULO 1

(C. F. Reisz, Miemros del grupo y fuentes varias)

DE LA RESPONSABILIDAD DE CADA UNA DE LAS PARTES INTERVINIENTES EN EL USO DE MATERIALES DE INSTALACION Y

EQUIPAMIENTO PARA LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD CON TRANSMISION A DISTANCIA DE EVENTOS ALARMADOS.

1) Quien fabrica un producto destinado a la Seguridad Física, Electrónica, de Monitoreo o de Alarmas, debe saber que se está vinculando jurídicamente no sólo con el vendedor mayorista o minorista, sino también con el usuario o comitente final. Esto significa que responderá legalmente por los vicios y defectos de fabricación de sus productos. 2) Quien importa un producto de fabricación extranjera, asume las mismas responsabilidades que el fabricante respecto de terceros. Deberá recordarse que las cláusulas limitativas de responsabilidad funcionan exclusivamente entre contratantes. 3) Similares responsabilidades asumirá obviamente el vendedor o distribuidor del producto, con la diferencia de que en caso de existir vicios de origen podrá citar como tercero responsable al fabricante, mayorista, importador o compañía aseguradora del producto. 4) Frente al comitente o destinatario final del producto, el constructor o profesional arquitecto-ingeniero o técnico, o responsable del área de Dirección Técnica, resultará responsable porque su obligación es la de fiscalizar la calidad y las garantías con que cuenta el producto adquirido. Esta responsabilidad se plantea tanto en la dirección de obra común como en las direcciones especializadas, es decir las llamadas “direcciones técnicas ejecutivas” o por “administración”. 5) El profesional podrá no obstante, limitar su responsabilidad si logra probar que fue víctima de una publicidad engañosa o de un producto que contenía vicios ocultos, aún para la mirada de un especialista de primer nivel en el área de la Seguridad. No debe olvidarse que la publicidad forma parte de los contratos de compraventa de los productos. 6) No eximirá de responsabilidad al profesional el hecho de que use materiales suministrados por el comitente, pues aún en ese caso subsiste su obligación de fiscalización. En caso de no estar de acuerdo con la calidad o el uso de los materiales propuestos, deberá asentar su disconformidad por escrito en el contrato de dirección de obra y notificar esta decisión al comitente. 7) En el supuesto de que la responsabilidad profesional sea enjuiciada, deberá citarse al fabricante, importador o vendedor, ya que aunque frente al comitente la responsabilidad es solidaria, existen acciones de regreso o de recupero entre ellos.

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8) Contravenir o desconocer la existencia del manual de uso de un producto será para un profesional una causal de absorción integra de la culpa. Por la razón expresada resulta fundamental anoticiarse de la existencia de los mismos y volcarlos por escrito en el pliego de condiciones o en la memoria descriptiva que forman parte del proyecto; esto se hace extensivo en cuanto a la correcta aplicación de las normas de ingeniería, códigos de practica, normativa existente, Leyes, Decretos o resoluciones en vigencia en la materia.. 9) Resulta también sumamente recomendable, que en la compra de materiales efectuada directamente por el profesional, se mencione el destino de los mismos, la ubicación de la obra en cuestión y el nombre del comitente. Esto evitará entre otras molestias, la muy común de que el vendedor ejecute al profesional por falta de pago de materiales, pero a la vez servirá para que el vendedor no pueda negar que había sido informado sobre el destino que se le iba a dar a los mismos. 10) Exigida y lograda la garantía por parte del vendedor - quién a su vez podrá exigirla al fabricante o importador - resultará conveniente entregar la misma al destinatario final bajo recibo. Ello permitirá que el usuario final conozca el origen del producto, el tiempo máximo para efectuar reclamos y la responsabilidad con que han actuado todos los participes de una provisión e instalacion. Responsabilidad del Instalador o diseñador de una instalación

La empresa de la cual dependen los instaladores, los ayudantes de los mismos, los “evaluadores” o “estimadores” también conocidos como “proyectistas” o “diseñadores” cumple un rol muy importante en el cumplimiento de los alcances de un buen plan de seguridad, por medios electrónicos y donde como etapa final, la misión de informar con tempraneidad de un riesgo alarmado, para la intervención de quienes en dicho plan hayan sido seleccionados como “apoyo humano o técnico”, seleccionado para la conjura del riesgo alarmado, de los resultados esperados, con el menor grado posible de fallas o vulnerabilidades propias del sistema. Por ello, la “empresa” de alarmas y/o monitoreo, carga con la indelegable responsabilidad, de vender un producto y un servicio, que estén de acuerdo a las expectativas de su cliente y de informar a este las particularidades del proyecto, de manera honesta y clara, sin escatimar esfuerzos en informar de las distintas variables que mejorarían el proyecto básico, aunque resulte presuntamente contraproscedente desde el punto de vista económico, alertar al cliente de esas mejoras, que por supuesto implican un presupuesto mayor. En la Seguridad, que es un estado de animo, así como no hay limites a la creatividad y selección de dispositivos que integraran un “sistema de seguridad”, tampoco se tolerara desinformar al cliente sobre su grado de desprotección si no acepta el grado de integración sugerido como de proyecto aceptable. Si el cliente insiste en poner un sistema por demás vulnerable y caprichosamente inadecuado al propósito esperado, la

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empresa de alarmas debe poner por escrito esta circunstancia y hacer que el cliente firme una carta de aceptación, infiriendo su decisión unilateral de minimizar el proyecto a un bajo nivel de proteccion. No obstante, si el proyecto se ajusta a lo sugerido por el “proyectista” o por el “instalador”, este deberá hacer una somera descripción de lo proyectado y sus recomendaciones, con un listado de componentes y entregar a la empresa este escrito, para que en el presupuesto o contrato de provisión, instalación o servicio, se deje pautado, cuales son los elementos que se instalaran y para que sirven, y además, utilizar dicho presupuesto para dejar en claro que la empresa instala una alarma, que esta en condiciones de avisar por teléfono a una empresa de monitoreo, pero que no esta previsto que la empresa de alarma ni sus empleados, cotidianamente se responsabilicen por conectar y desconectar la misma, no esta la empresa de alarmas corriendo con la responsabilidad de asegurar el servicio durante una interrupción en el funcionamiento de las líneas telefónicas o la ocurrencia desafortunada de una falla incapacitante del sistema de alarma, cuya reparación esta cubierta por una garantía, pero no su funcionamiento ininterrumpido y que además se sugiere al propietario que contrate un seguro contra robo, asalto e incendio ya que la empresa no indemnizara suma alguna por el funcionamiento exitoso o no del sistema de alarma. Por su parte el proyectista o el instalador, si también cumple con ese rol, deberá estar preparado para esperar lo peor y en el momento menos oportuno y brindar lo mejor de si, en un diseño apropiado a los riesgos a proteger. PLANIFICACIÓN

Los requisitos para un sistema de alarmas en inmuebles deben acordarse lo más detallado posible entre las partes interesadas como ser: usuarios, arquitectos, consultores, empresas de alarmas, organizaciones que provean servicios de control a distancia, las disposiciones de la autoridad municipal, las regulaciones de defensa civil, la policía local, aseguradores, compañías de telecomunicaciones y las autoridades públicas concernientes. Cuando se provean medios para la transmisión de las señales de alarma hacia una estación central o estación de policía

No deberán existir sectores sin proteger o recorridos naturales dentro de las viviendas o comercios que faciliten al delincuente el camino hasta la central de alarma o los cableados principales, así también en el diseño se debe contemplar la posibilidad de que alguien sabotee las instalaciones y por ello el proyecto definitivo debe ser resistente a cualquier peritaje que indique fallas de diseño o imprevisiones por negligencia o impericia; debe haber una consulta o acuerdo previo entre las partes interesadas.

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Planificación y especificaciones Sobre las bases de la consulta, entre el proveedor y el cliente, que podra optar por que este presente un Asesor invitado por el, para aconsejarlo, en cuyo caso de estar de acuerdo entre este Asesor, el Propietario y el especialista tecnico de la empresa de alarmas y monitoreo, se deberán elaborar las especificaciones y si es necesario planos. Éstos deben contener: a) detalles del sistema de alarmas propuesto; b) detalles de la alimentación eléctrica necesaria; c) espacio requerido para el equipamiento; d) canalizaciones requeridas para el cableado. Los sistemas deben consistir en: uno o más detectores y/o uno o más sensores con procesadores asociados; una o más unidades centrales de alarmas; uno o más dispositivos de prevención y/o equipamiento de señalización; equipamiento de fuentes de energía necesario; y cuando sea apropiado una fuente de alimentación independiente, o en caso de ofrecerse equipos monoblocks (sistema integrado basico en un solo gabinete con pulsadores de pedido de auxilio y alimentacion interna, sin cableado a sensores o pulsadores de panico, paro con conexion de entrada y salida de los cables telefonicos del domicilio), deberaran ser previstos para operacion manual con disparo voluntario de pedido de auxilio y ser de funcionamiento de 24 hs. permanente. La distribución del cableado debe ser acordada, si correspondiera, con los responsables de otros servicios para permitir la realización de las canalizaciones necesarias, previamente a la iniciación de las obras en el inmueble. La necesidad de la separación física del cableado destinado al sistema de alarmas debe tomarse en cuenta en esta etapa. Cronograma Preparación Para preparar un cronograma, puede tomarse en consideración la siguiente lista de pasos, no necesariamente en el orden indicado:

a) relevamiento del predio, local o edificio y estudio de sus planos y el destino y utilización del inmueble;

b) diseño inicial del sistema, teniendo en cuenta los requisitos y las recomendaciones (si las hubiere) de todas las partes interesadas;

c) de ser necesario, verificar la disponibilidad de vínculos de comunicaciones, contactándose con los proveedores u organismos de regulación;

d) estimación de costos; e) elevar a la consideración del cliente el diseño propuesto y su

cotización; f) de ser necesario, ajustar los detalles del diseño luego de una revisión

conjunta con el cliente;

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g) emitir las órdenes de compra por los componentes del sistema; h) planificar detalladamente la instalación; i) aprovisionamiento y/o producción y entrega; j) instalación del sistema; k) ensayo y verificación funcional del sistema; l) analizar y convenir las acciones a llevar acabo en el caso de un evento

que active el sistema; m) entrega del sistema al cliente y capacitación acerca de los

procedimientos de operación del sistema; n) conexión de alguna señalización accesoria remota que haya sido

previamente acordada y que no se haya podido instalar hasta el momento de la entrega;

o) de ser necesario notificar a las autoridades competentes según reglamentaciones vigentes.

Inspección del sitio a ser protegido y sus contenidos El sitio a ser protegido y sus contenidos deberán ser inspeccionados de forma tal de poder determinar los requisitos particulares del diseño de un sistema de alarma que garantice una adecuada capacidad de detección y de aviso o señalización. Los aspectos enunciados a continuación, se deberían considerar en forma conjunta con todos aquellos requisitos legales de cumplimiento obligatorio y, si son aplicables, los de las aseguradoras u otros cualquiera fuere su naturaleza. a) Con respecto al Sitio

1) Su construcción y disposición. 2) Características de ocupación 3) Características de no ocupación. 4) Responsables autorizados para asignarles códigos o llaves. 5) Entorno. 6) Ubicación. 7) Edificios o sitios vecinos y su ocupación. 8) Disposición o distribución de sus ocupantes. 9) Posibilidades de acceso al sitio a proteger. 10) Naturaleza de la seguridad ya existente. 11) Puertas y ventanas. 12) Intrusiones previas. 13) Normas y regulaciones de salubridad, incendio y seguridad

aplicables. 14) Contaminación o polución por ruidos.

b) Con respecto a los Contenidos o Bienes

1) Tipo y naturaleza. 2) Valor. 3) Dimensiones físicas (tamaño y peso). 4) Seguro.

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5) Pérdidas o sustracciones previas. 6) Estimación del valor de una única pérdida. 7) Facilidad de retiro del lugar. 8) Facilidad de reducción posterior. 9) Disponibilidad de reemplazos.

10) Efectos de la pérdida. 11) Distribución física de los contenidos o bienes dentro del sitio.

Factores ambientales, mecánicos y otros Los factores ambientales existentes y también los potenciales del sitio a ser protegido deberán ser considerados en el momento de efectuar la planificación del sistema a ser instalado. Deben tomarse en cuenta las protecciones contra daño mecánico, clima, humedad, corrosión, aceites y otros agentes adversos propios de una atmósfera industrial y otros factores que puedan existir y que deban ser considerados y sólo se los podrá conocer luego de una minuciosa inspección del sitio y/o de la realización de preguntas a sus ocupantes o responsables. Si bien es imposible definir tales riesgos, se los puede agrupar en dos grandes grupos: a) Aquellos presentes dentro del área a ser protegida o en las

adyacencias inmediatas que están bajo el control del cliente, como por ejemplo:

1) cañerías de agua, 2) ventiladores y piezas anexas a éstos, 3) señalizaciones o carteles suspendidos, 4) aire acondicionado, 5) montacargas o ascensores, 6) iluminación fluorescente, 7) timbre de aparatos telefónicos, 8) sistemas de calefacción, 9) roedores, pájaros, etc., 10) ruidos extraños, 11) corrientes de aire provenientes de puertas y ventanas con cierres

defectuosos; b) Aquellos que están más allá del control del cliente y que podrían afectar

o comprometer la estabilidad del funcionamiento del sistema de alarma, como por ejemplo:

1) los efectos del tránsito vehicular, ferroviario o aéreo, 2) la construcción de túneles por debajo de las fundaciones o

cimientos, 3) sitios ocupados parcialmente por terceros, 4) sitios contiguos que al ser ocupados afecten a la propiedad

protegida,

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5) condiciones ambientales extremas, 6) construcciones o edificaciones prefabricadas o livianas, 7) interferencia por radiofrecuencias, 8) transitorios en la alimentación eléctrica de red.

Además, es conveniente inspeccionar el sitio detalladamente en la búsqueda de otros factores que requieran una consideración especial, tales como:

1) sectores que requieran mantener una atmósfera de aire libre de impurezas;

2) la presencia de sustancias inflamables o explosivas tales como gases, polvos, vapores o líquidos volátiles;

3) el acceso al sitio protegido en caso de una emergencia; 4) la posibilidad de que se produzcan activaciones o accionamientos

no deseados por ejemplo por personas que circunstancialmente pasen por el lugar;

5) cualquier sospecha de que vayan a existir cambios en las necesidades de seguridad en un futuro cercano;

6) cualquier característica poco común del sitio sus contenidos o su funcionamiento por ejemplo problemas con la red eléctrica;

7) cualquier restricción particular propia de los materiales con que está construido el sitio a ser protegido como así también cualquier norma de incendio de características especiales que sea de aplicación, o culquier norma de Seguridad Bancaria o de Seguridad de estructuras abovedadas o de sede diplomatica que deban cumplirse.