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“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”
Piura, 20 de Enero de 2021.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL INSTITUCIONAL Nº 003-2021-I.E.P.D.S.
Visto el Proyecto del Reglamento Interno de la Institución Educativa Particular
“DOMENICO SAVIO”, elaborado por una comisión nombrada por el Director de la
Institución y con la opinión favorable de la entidad, promotora y personal docente y
administrativo.
CONSIDERANDO:
Que, es necesario actualizar el Documento Técnico Administrativo que norma la vida
institucional del Colegio “DOMENICO SAVIO”, a fin de garantizar un eficiente servicio
educativo a la comunidad.
Que, de conformidad con lo prescrito en la Ley 26549, Ley de Centros Educativos
Privados y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-ED,
corresponde al Director y Entidad Promotora establece la organización, administración
y funciones de la Institución Educativa que debe constar en su reglamento interno.
SE RESUELVE:
ARTICULO 1º: Aprobar el Reglamento Interno de la Institución Educativa “DOMENICO
SAVIO”, a los fines de realizar el trabajo en forma virtual, que consta de VII Capítulos,
90 Artículos y 1 Disposición Complementaria, que forma parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2º: Encargar al Director de la Institución Educativa el cumplimiento,
implementación y ejecución del presente Reglamento.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
COLEGIO
DOMENICO SAVIO
ADDENDA AL REGLAMENTO INTERNO CLASES VIRTUALES
De acuerdo a las Resoluciones Viceministeriales Nº 087-2020; 097-2020 y 098-2020-
MINEDU, se aprueba el documento normativo para el trabajo remoto de los profesores
que asegure el desarrollo del servicio educativo no presencial, así como las
orientaciones en el marco de la emergencia sanitaria. Los docentes, estudiantes y
padres de familia, tendrán en cuenta las siguientes disposiciones referidas a horarios
de clases, pensiones de enseñanza, horario de docentes, etc.
ARTÍCULO 1º: HORARIO DE ENSEÑANZA VIRTUAL
Inicio de clases: lunes 15 de marzo del 2021.
El horario de los estudiantes será el siguiente:
Nivel Inicial y Primaria
- Inicio: 9.00 a.m.
- Salida: 1:00 p.m.
Nivel Secundaria
- Inicio: 03:00 p.m.
- Salida: 07:00 p.m.
ARTÍCULO 2º: PENSIONES DE ENSEÑANZA Y OTROS
Que, con fecha 11 de Diciembre del 2020 se colgó toda la información referente a los
pagos para las pensiones de enseñanza para el año lectivo 2021 que asciende a la
suma de S/ 200 Soles, cuyo detalle se especifica a continuación:
DENOMINACION COSTO
VIRTUAL
DOCUMENTOS Y CERTIFICADOS DE ESTUDIOS S/. 150.00
CONSTANCIAS S/. 30.00
INSCRIPCIÓN ALUMNO NUEVO NO APLICA
MATRICULAS:
INICIAL S/. 400.00
PRIMARIA S/. 400.00
SECUNDARIA S/. 400.00
PENSIONES:
INICIAL S/. 200.00
PRIMARIA S/. 200.00
SECUNDARIA S/. 200.00
ARTÍCULO 3º: HORARIO DE DOCENTES
Los docentes tendrán el siguiente horario:
- MAÑANA – NIVEL INICIAL Y PRIMARIA
Hora de ingreso: 9:00 a.m.
Hora de salida: 1:00 p.m.
- TARDE – NIVEL SECUNDARIA
Hora de ingreso: 3:00 p.m.
Hora de salida: 7:00 p.m.
ARTÍCULO 4º: OBLIGACIONES DE LOS DOCENTES
El docente, además de las obligaciones establecidas en el Reglamento Interno, tiene
las siguientes:
a) Presentar ante la Dirección, un informe semanal del trabajo realizado ante la
Dirección. Presentar su programación curricular de AULA – PCA, necesidades
de aprendizaje, sesiones, informes, proyectos y otros documentos vinculados a
la función educativa.
b) Los profesores que no se presenten al aula virtual a la hora exacta establecida
se les considerará inasistencia.
c) El aula virtual debe estar acondicionada pedagógicamente.
d) El docente que tenga dificultades para la conexión virtual, debe asistir al centro
educativo para su trabajo remoto.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA
“DOMENICO SAVIO”
REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E.P. “DOMENICO SAVIO”
Aprobado por R.D.I. Nº 003
CAPITULO I
DEL REGLAMENTO
DISPOSICIONES GENERALES
El presente reglamento es el documento o instrumento normativo de la Institución Educativa y
tiene fuerza de ley para todos los estamentos de la comunidad educativa; personal directivo,
docentes, personal administrativo y de servicio como también para los padres de familia y
alumnos.
Artículo 1.- Finalidad. El presente documento controla y establece las normas de organización
y funcionamiento interno de la I.E.P. para lograr sus fines y objetivos.
Artículo 2.- Las bases legales de la I.E.P. se establecen en las formas siguientes:
- Constitución Política del Estado.
- Ley General de Educación
- Ley del Profesorado Nº 24029 – 26549
- Decreto Legislativo 276
- Decreto Supremo Nº 009-2006-ED, Reglamento de Instituciones Educativas de Gestión
Privada.
- Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
- Decreto Supremo Nº 004-98-ED, Reglamento de Infracciones y Sanciones para Instituciones
Educativas Privadas.
- Decreto Supremo Nº 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las
Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local.
Artículo 3.- El reglamento señala las funciones, responsabilidades, atribuciones y derechos de
los órganos y sus miembros.
Artículo 4.- Alcances. El presente Reglamento regirá para el personal Directivo, Docente,
Administrativo, de Servicio, Padres de Familia y alumnado en general.
CAPITULO II
DEL CENTRO O PROGRAMA EDUCATIVO
CREACION
Artículo 5.- El Centro Educativo es una institución que tiene por finalidad brindar una adecuada
formación escolar a los alumnos en edad escolar.
Artículo 6.- La Institución Educativa se encuentra ubicada en Av. Panamericana 794,
Urbanización San Eduardo, distrito y provincia de Piura.
CAPITULO III
DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS
Y MIEMBROS QUE LA INTEGRAN
DEL ORGANO DE DIRECCION
Artículo 7.- DE LA DIRECCION
a) Representar legalmente al plantel, en los aspectos administrativos y técnico-pedagógicos.
b) Velar por el cumplimiento de los objetivos del nivel y por el buen trato dentro y fuera del
colegio.
c) Autorizar paseos y visitas de acuerdo a las normas específicas.
d) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrículas y de exoneraciones de
áreas.
e) Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los alumnos.
f) Trabajar con los profesores y sus comités de aula.
g) Mantener y acrecentar el prestigio de la institución educativa.
h) Autorizar permisos al personal a su cargo.
i) Velar por el mejoramiento permanente de la institución educativa.
j) Velar por el desarrollo académico de la institución educativa.
k) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo, mérito individual, colectivo del personal
docente, administrativo y de servicio.
l) Formular el presupuesto de la institución y velar por la correcta administración de los
recursos propios informando a la superioridad.
m) Estimular y organizar la participación de los alumnos en eventos deportivos y culturales
convocados por el Ministerio de Educación.
n) Suscribir convenios y/o contratos con fines educativos y organizar eventos de capacitación y
actualización docente, con la DREP y otras instituciones locales.
o) Otras funciones inherentes a su cargo.
DE LOS ÓRGANOS TÉCNICO PEDAGÓFICOS
Artículo 8.- DEL PERSONAL DOCENTE
El profesor como agente de cambio, con capacidad para promover el estudio y las
transformaciones de la realidad socio cultural de la comunidad, cuya generosa dedicación a su
labor es base del desarrollo educativo y en general del país, propicia una educación centrada en
el aprendizaje, que desarrolle el pensamiento científico.
a) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del plan de trabajo anual de la
Institución Educativa.
b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las acciones de
Tutoría con la colaboración de los padres de familia y educandos.
c) Utilizar el material educativo para objetivizar la clase.
d) Tratar con rectitud, respeto y cordialidad al educando, velando por la disciplina
e) Cubrir el rol de turno semanal de acuerdo a lo establecido
f) Controlar a los educandos durante las formaciones, asambleas y actividades escolares.
g) Organizar y asesorar y coordinar los comités de aula, programando sus reuniones, con
visación por la Dirección de la institución educativa.
h) Concurrir con puntualidad a las reuniones internas de coordinación evitando obstrucciones.
i) Elaborar el P.C.A., proyectos y su portafolio docente (carpeta pedagógica) y hacerla sellar
por la Dirección.
j) Presentar su diario de clase para ser sellado al ingresar a la institución educativa.
k) Ambientar el aula, organizando los sectores y ambientes de experiencia.
l) Informar a la Dirección del plantel sobre el desarrollo curricular precisando los logros, las
dificultades y proporcionando las alternativas de solución bimestralmente.
m) Informar por escrito a la Dirección sobre las incidencias durante su semana de turno.
n) No traer celulares al trabajo, y en caso de hacerlo dejarlo en custodia en secretaria al ingresar
al plantel.
Artículo 9.- DE LAS AUXILIARES DE EDUCACION
Dependen de la Dirección y/o profesores y desempeñan las siguientes funciones:
a) Encausar la disciplina y participar en todas las actividades que se realicen en la institución
educativa.
b) Recepcionar al alumno a la llegada y salida de los mismos.
c) Atender a las necesidades de los alumnos a su cargo.
d) Cuidar de la integridad física y bienestar emocional de los alumnos en todo momento.
e) Comunicar a la Dirección y/o al docente sobre cualquier anormalidad o progreso de los
alumnos a su cargo
f) Mantener el aseo y orden del aula a su cargo
g) Velar por el mantenimiento del material educativo, mobiliario y ayudar a preparar el material
didáctico con los profesores de aula.
h) Realizar funciones afines a su cargo que le asigne la Dirección.
DE LOS DERECHOS, DEBERES, ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL
PERSONAL DOCENTE
Artículo 10.- DE LOS DERECHOS DEL DOCENTE
a) Percibir sus remuneraciones.
b) Obtener por parte de la superioridad y los padres de familia el reconocimiento público del
trabajo efectuado en beneficio de la institución educativa y de los estudiantes.
c) Recibir facilidades para su capacitación técnico-pedagógica por parte de la superioridad.
d) Participar en el planeamiento y ejecución de acciones del plantel.
e) Recibir un trato de acuerdo a su condición de tal.
f) Recibir el apoyo y asesoramiento en todas las actividades en bien del colegio.
Artículo 11.- DE LOS DEBERES DEL DOCENTE
a) El horario de ingreso del docente será a las 7.00 a.m. con una tolerancia de diez minutos.
b) Asumir con responsabilidad las funciones del cargo en que fue nombrado, trabajar con
decoro y dignidad.
c) Cumplir con los dispositivos legales vigentes emanados de la superioridad.
d) Respetar la dignidad de los alumnos, padres de familia, profesores, personal administrativo y
de servicio.
e) Mantener en toda ocasión comportamiento personal y social acorde con la dignidad de la
función docente.
f) Inculcar el respeto a nuestros héroes y símbolos patrios y a cultivar los valores morales y
cívicos que sustentan nuestra cultura.
g) Actualizarse y capacitarse constantemente.
h) Velar y contribuir al mantenimiento de la infraestructura, mobiliario y otros enseres de la
institución educativa.
i) Coordinar con los padres de familia de los alumnos a su cargo todo lo relacionado al proceso
de enseñanza y aprendizaje.
j) Mantener informados al alumno y a los padres de familia sobre los resultados de sus
evaluaciones académicas.
k) Comunicar por escrito y con sustento a la Dirección las causas de su inasistencia al plantel,
caso contrario su falta estará sujeta a descuento.
l) Llenar y firmar la papeleta de salida cuando por razones urgentes tenga que salir del plantel
en horas laborables.
m) Elaborar oportunamente los documentos de trabajo (programación curricular de Aula, PCA,
Unidades de Aprendizaje, sesiones de aprendizaje, informes, libretas escolares, proyectos,
registros de asistencia y evaluación, nóminas, actas y otros documentos que se le solicite.
n) Cultivar los sentimientos de verdadero compañerismo, solidaridad, colaboración y respeto al
honor y a la dignidad de los colegas y demás trabajadores del plantel.
o) Dedicarse exclusivamente a la dirección del aprendizaje de sus alumnos y no abandonar su
aula para intercambiar ideas con otros colegas en horas de clase.
p) Estar en el aula antes que sus alumnos a fin de que éstos entren en orden y puedan realizar el
control de los alumnos.
q) Colaborar con la higiene de su aula, el cuidado del mobiliario y demás enseres del plantel.
r) Preocuparse por la ambientación de su aula y de concientizar a los padres a fin de que
arreglen el inmobiliario dañado por sus hijos.
Artículo 12.- DE LOS ESTIMULOS DEL DOCENTE
El docente que en el cumplimiento de sus funciones realice acciones excepcionales a favor de la
educación de la comunidad, se hará acreedor a los siguientes estímulos:
a) Felicitación o agradecimiento mediante Resolución Directoral por la Dirección del plantel.
b) Mención honrosa por la Dirección del plantel o los Comités de Padres de Familia en
ceremonia pública.
Artículo 13.- DE LAS FALTAS DEL DOCENTE
El docente en ejercicio de sus funciones puede incurrir en las siguientes faltas:
a) Incumplir las funciones del cargo o desempeñarlas con negligencia.
b) Inasistir o ausentarse reiteradamente del plantel sin causa justificada.
c) Llegar consecutivamente tarde (tres tardanzas es equivalente a una falta para el descuento)
d) Atentar contra la integridad física y moral y abandonar o exponer al peligro al educando.
e) Faltar de palabra o de obra a la autoridad educativa o a los miembros de la institución
educativa y observar conducta reprensible.
f) Realizar actividades de proselitismo político partidarista en el ejercicio de sus funciones.
g) Las faltas de los días lunes o viernes equivalen a tres días de descuentos.
h) Programar acciones extracurriculares fuera del plantel sin contar con el conocimiento y la
aprobación de la Dirección.
i) Negarse a entregar los resultados de las observaciones a los alumnos o padres de familia que
lo requieran.
j) Llegar en estado etílico, fumar dentro del aula, o en la institución educativa o consumir
estupefacientes.
k) No está permitido que el docente ingrese en horario de trabajo a aulas que no le estén
asignadas.
l) Los docentes no podrán formar grupos aislados, debiendo buscar la integración docente.
m) Está prohibido el uso del celular durante el horario de trabajo.
n) El docente debe asistir correctamente uniformado. Caso contrario no podrá ingresar al
plantel.
o) El docente que no cuente y/o no presente sus documentos al día, se le cancelarán sus
honorarios al décimo día de la fecha indicada.
p) Los docentes están obligados a formar en sus aulas a los alumnos a la hora de salida y
acompañarnos y acompañarlos al patio, velando por la disciplina. También es responsable de
que el alumno tome la movilidad que le corresponde.
q) El docente será el responsable del cuidado del uniforme de los alumnos dentro de la
institución educativa. Verificará a la salida que de sacarse éstos las prendas (chompas,
casacas, otros), los guarden en sus mochilas.
r) Dar clases particulares a los alumnos de la institución educativa.
s) Tampoco podrán dar clases a sus alumnos en el PRA (Programa de Recuperación
Académica)
t) Generar actividades económicas con los padres de familia. (Realizar préstamos de dinero
personal, vender rifas, parrilladas, productos por catálogo u otro evento personal que no
relaciona al colegio).
u) No cumplir con las directivas y/o procedimientos administrativos que se generen durante el
año académico.
Artículo 14.- DE LAS SANCIONES
La Dirección, en uso de sus funciones o atribuciones, podrá imponer las siguientes medidas:
a) Amonestar verbalmente.
b) Llamar la atención por escrito
c) Informar a la DREP en caso de faltas graves de acuerdo a las normas vigentes.
d) Proceder a los descuentos correspondientes.
Artículo 15.- DEL PERSONAL DE SECRETARIA
El personal de Secretaría depende de la Dirección y desempeña las siguientes funciones:
a) Realizar las funciones de Secretaría, trámite documentario, archivos, publicaciones e
impresiones.
b) Elaborar las Nóminas de Matrícula, actas de evaluación y otros tipos de documentos,
insertándolos en el programa SIAGIE
c) Organizar la documentación para el reconocimiento de la matrícula de los alumnos del
colegio.
d) Administrar adecuadamente el material de oficina.
e) Tener al día el registro de documentos recibidos y admitidos
f) Asistir a las reuniones de información que programa el colegio.
g) Elaborar las actas de los acuerdos tomados en cada reunión convocada por la Dirección del
plantel.
h) Tener al día el libro de sesiones de la institución educativa.
i) Otras funciones inherentes a su cargo.
Artículo 16.- DEL PERSONAL DE SERVICIO
El personal de servicio depende directamente de la Dirección y cumple las siguientes funciones:
a) Mantener limpias las diferentes instalaciones del colegio.
b) Velar por la conservación de la infraestructura del colegio.
c) Vigilar permanentemente las instalaciones, mobiliario y enseres del colegio.
d) Realizar trabajos de almacenamiento, embalaje y distribución de los materiales.
e) Distribución interna y externa de la documentación.
f) Impedir que personal extraño ingrese al plantel sin la debida autorización.
g) Cuidar de las herramientas y materiales del colegio.
h) Responsabilizarse de las pertenencias, pérdidas o deterioro durante su turno de trabajo.
i) Realizar funciones que le asigne la Dirección.
CAPITULO IV
DEL EDUCANDO O ALUMNO
Artículo 17.- El presente Reglamento Interno tiene por finalidad establecer las normas que
regirán el comportamiento de los alumnos y alumnas del colegio, lo que permitirá alcanzar lo
siguiente:
a) Actuar con responsabilidad en cuanto se refiere a la asistencia, puntualidad y cumplimiento
del quehacer escolar.
b) Aprender a respetar las normas como práctica para su futura condición de ciudadano y
ciudadana.
c) Convivir en un ambiente de armonía, fraternidad y concordancia.
d) Rigen los principios emanados en el siguiente reglamento que se enmarcan dentro de nuestro
lema: “FORMANDO LÍDERES CON VALORES PARA EL ÉXITO”
Artículo 18.- DE LOS DEBERES DEL ALUMNADO
a) Conocer y aceptar las normas expresadas en este Reglamento.
b) Asistir puntualmente a clases, según el horario establecido.
c) Obedecer a las autoridades del plantel y brindarles el debido respeto.
d) Acatar y respetar las indicaciones de los compañeros que tengan representatividad en el
plantel.
e) Respetar a las autoridades que dirigen el colegio, profesores y condiscípulos dentro del
plantel
f) Participar en forma responsable en las actividades educativas del colegio, absteniéndose de
intervenir en actividades y actos reñidos con la moral, dentro del colegio.
g) Asistir correctamente uniformados y aseados al colegio. El cabello bien recortado en los
varones (sin recortes de moda) y arreglado y recogido en las mujeres.
h) Justificar oportunamente las faltas y tardanzas con una nota justificatoria del padre o
apoderado.
i) Respetar cívicamente los símbolos de la patria y a nuestros héroes.
j) Respetar la propiedad ajena y la honorabilidad de las personas
k) Cumplir con responsabilidad las tareas asignadas por los profesores para el logro de los
objetivos.
l) Cuidar la infraestructura del plantel, mobiliario y materiales de enseñanza, los daños que
causen los alumnos serán pagados por el padre o el apoderado, sin perjuicio de las medidas
disciplinarias que a efectos puedan interponerse
m) Colaborar ampliamente en las actividades y presentaciones oficiales que realice el colegio en
bien de su prestigio y superación
n) Portar la insignia y el carnet del colegio para identificarse.
o) Aceptar con hidalguía y alto espíritu de enmienda, los consejos, represiones y medidas
disciplinarias que sus superiores le impongan cuando cometan actos de indisciplina probada.
p) No traer al colegio alhajas, dinero, maquillaje (cosméticos), tatuajes, revistas de pornografía,
armas punzocortantes, celulares u otros objetos de valor, los mismos que serán requisados y
los alumnos sancionados. El colegio no se responsabiliza de su pérdida. Las alumnas no
deben asistir al colegio maquilladas ni con las uñas pintadas.
q) Entregar oportunamente a sus padres o apoderado, las citaciones, comunicaciones, tarjetas de
información, etc., y devolverlos firmados en los plazos señalados.
r) Exigir a sus padres para que asistan a la Escuela de Padres, reuniones convocadas por la
Dirección, el promotor o por los profesores del colegio.
s) Queda terminantemente prohibido que los alumnos traigan artículos o productos para la
venta en el colegio.
Artículo 19.- DE LOS DERECHOS DEL ALUMNADO
Los alumnos del colegio tienen los siguientes derechos:
a) Recibir información acorde con los objetivos de la educación nacional que los prepare para
asumir su importante rol en la sociedad, dentro de un ambiente que le brinde seguridad
moral, espiritual y física, así como los servicios de orientación y bienestar.
b) Ser orientados en un ambiente de trabajo académico permanente, que los induzca a la
práctica de valores
c) Ser tratados con respeto a su dignidad, sin discriminación.
d) Recibir estímulo que contribuya a su formación, en mérito a su destacado cumplimiento de
sus deberes y acciones extraordinarias.
e) Ser escuchado en algún pedido o reclamo por conducta regular, guardando la debida
compostura y respeto.
f) Participar en visitas de estudio, excursiones, eventos deportivos, etc., sujetos a las normas y
dispositivos legales.
g) Ser orientados en los problemas que se le presente.
h) Recibir asesoría profesional respecto a la prevención contra las drogas, salud escolar,
afianzamiento de la autoestima, etc.
Artículo 20.- DE LAS PENSIONES DE ENSEÑANZA Y OTROS PAGOS
Se determina que las pensiones de enseñanza y otros pagos para el año 2021, será el siguiente:
CUADRO DE PENSIONES Y OTROS PAGOS – SISTEMA VIRTUAL
APROBADO CON R.D.I. Nº003
DENOMINACION COSTO
DOCUMENTOS Y CERTIFICADOS DE ESTUDIOS S/. 150.00
CONSTANCIAS S/. 30.00
INSCRIPCIÓN ALUMNO NUEVO NO APLICA
MATRICULAS:
INICIAL S/. 400.00
PRIMARIA S/. 400.00
SECUNDARIA S/. 400.00
PENSIONES:
INICIAL S/. 200.00
PRIMARIA S/. 200.00
SECUNDARIA S/. 200.00
CUADRO DE PENSIONES Y OTROS PAGOS – SISTEMA PRESENCIAL
APROBADO CON R.D..I. Nº 003
DENOMINACION COSTO
DOCUMENTOS Y CERTIFICADOS DE ESTUDIOS S/. 150.00
PROGRAMA DE RECUPERACION ACADEMICA
01 AREA S/. 150.00
02 AREAS S/. 280.00
CURSO DE APLAZADO S/. 150.00
CONSTANCIAS S/. 30.00
INSCRIPCIÓN ALUMNO NUEVO NO APLICA
MATRICULAS:
INICIAL S/. 400.00
PRIMARIA S/. 400.00
SECUNDARIA S/. 400.00
PENSIONES:
INICIAL S/. 400.00
PRIMARIA S/. 400.00
SECUNDARIA S/. 400.00
Artículo 21.- DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
La hora de ingreso al plantel es:
a) Turno Inicial: 8.00 a.m. a 1.00 p.m.
b) Turno Primaria: 7.20 a.m. a 1.30 p.m.
c) Turno Secundaria: 7.20 a.m. a 2.00 p.m.
Artículo 22.- Por ningún motivo los alumnos permanecerán formando grupos en las
inmediaciones del colegio durante el ingreso o salida.
Artículo 23.- Los alumnos de los niveles de primaria y secundaria podrán ingresar hasta 10
minutos después de la hora indicada, luego se cerrará indefectiblemente el portón de ingreso, y
los alumnos que lleguen posteriormente a los 10 minutos de cerrado el portón, serán trasladados
al patio del colegio para esperar el inicio de la segunda hora de clases y esto se considera una
tardanza. (Tres tardanzas equivale a una falta).
Artículo 24.- Toda inasistencia será justificada debidamente por el padre o apoderado
inmediatamente de ocurrida ésta.
Artículo 25.- DE LA PRESENTACION
La presentación de los alumnos será la siguiente:
a) Uniforme completo limpio y aseado.
b) Cabello recortado, limpio, peinado (varones) y cabello recogido con colex blanco y lazo
blanco para desfile (mujeres)
c) Sólo en la práctica del área de Educación Física usarán el uniforme establecido, salvo
eventos que participe la institución educativa con autorización de la Dirección.
Artículo 26.- DE LA PERMANENCIA EN EL PLANTEL
Durante las formaciones los alumnos deberán acatar las siguientes normas:
a) Ingresarán diariamente al patio del plantel de donde se desplazarán en forma inmediata,
ordenada y disciplinada a sus aulas.
b) Iniciarán las labores escolares diariamente con un momento de oración y reflexión.
c) Los días lunes participarán del momento cívico patriótico, presenciando el izamiento del
pabellón nacional y entonando con fervor la marcha de banderas y el Himno Nacional.
d) Terminada la formación diaria ingresarán a sus aulas en el orden establecido.
e) Las actuaciones y ceremonias internas del plantel son un compromiso con la institución que
deberán asumir con responsabilidad, voluntad y disciplina.
Artículo 27.- Los alumnos en las aulas asignadas observarán las siguientes normas de
comportamiento.
a) Ingresar al aula en forma ordenada y se ubicarán en las carpetas que le han sido asignadas,
en espera del inicio de clase.
b) Al cambio de hora, permanecerán en el aula en orden, a la espera de la siguiente clase.
c) Durante el desarrollo de las clases mantendrán una actitud de atención y participación activa,
lo que les permitirá un óptimo aprendizaje.
d) Mantener siempre una actitud de respeto a los profesores, auxiliares y condiscípulos.
e) En ausencia del profesor, respetarán las indicaciones del auxiliar, del brigadier de disciplina
o de la persona encargada.
f) Por ninguna razón ingerirán alimentos en el aula, salvo el nivel Inicial.
Artículo 28.- Durante el recreo los alumnos observarán las siguientes disposiciones:
a) Al toque del timbre se da inicio al recreo, debiendo salir del aula en orden, no quedando
ningún alumno en ella, bajo responsabilidad.
b) La hora de recreo se utilizará para:
• El descanso en el intermedio de la jornada escolar.
• Hacer uso de los servicios higiénicos, pues, no habrá permiso en las horas de clase, salvo en
casos especiales o de emergencia.
• Hacer uso del kiosko o de su refrigerio que traen de casa.
• Las actividades recreativas se desarrollarán en un ambiente de compañerismo, las mismas
que no pondrán en peligro la integridad física y/o moral de sus condiscípulos.
• Terminado el recreo no podrán consumir alimentos y deberán formar, escuchando las
indicaciones del coordinador de disciplina, para luego, dirigirse a sus aulas ordenadamente.
Artículo 29.- DE LAS EVALUACIONES
Los alumnos serán evaluados permanentemente con una frecuencia que corresponda a las
necesidades de regular y orientar el proceso de enseñanza, aprendizaje, dentro de un marco de
evaluaciones de entrada, progreso y salida.
Artículo 30.- La evaluación de la conducta se hará teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Asistencia y puntualidad.
b) Orden y presentación personal.
c) Disciplina y actitudes de respeto
d) Participación, solidaridad y cooperación.
e) Cuidado del patrimonio institucional.
Artículo 31.- La evaluación de la conducta se hará de forma literal para inicial y primaria; y
numeral para secundaria, teniéndose como base la nota 15 al iniciarse cada mes, la que podrá
aumentar o disminuir de acuerdo a los méritos o deméritos.
Artículo 32.- La evaluación de las asignaturas se hará conforme a las normas vigentes. Se
entregará bimestral al padre de familia el informe de la evaluación respectiva.
Artículo 33.- Cuando el educando no rinda prueba escrita, de progreso o mensual, el padre o
apoderado debe justificar:
a) Con documento probatorio, si se trata de una o más asignaturas, dentro de la semana, con
solicitud a la Dirección.
b) La acumulación del 25% de inasistencias injustificadas y 30% de inasistencias justificadas,
invalidarán la promoción del alumno.
Artículo 34.- Las libretas de notas serán recogidas por el padre de familia o apoderado.
Artículo 35.- Las libretas de notas una vez recogidas, deberán ser devueltas en el lapso de una
semana, debidamente firmada por el padre de familia o apoderado.
Artículo 36.- DE LA ORGANIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL AULA
CARTELERA PEDAGOGICA
✓ Relación de docentes de aula.
✓ Relación de los alumnos.
✓ Horario de clases
✓ Cartel conductual (méritos y deméritos)
✓ Periódico escolar y lema
✓ Botiquín de primeros auxilios
✓ Ambientación por área
✓ Motas y plumones acrílicos.
✓ Tacho para papeles.
Artículo 37.- Los alumnos se organizarán de acuerdo a las directivas pertinentes; cada sección
contará con un comité de alumnos que estará conformado por los representantes designados
para desempeñar los siguientes cargos:
✓ Brigadier Genera (Secundaria)
✓ Brigadier de Disciplina
✓ Brigadier de Aseo
✓ Brigadier de Ecología
✓ Brigadier de Defensa Civil
✓ Brigadier de Cruz Roja
Artículo 38.- USO DE LAS INSTALACIONES
Los alumnos cuidarán de mantener limpios los diferentes ambientes de la institución educativa,
depositando los papeles y desperdicios en los tachos y/o cilindros destinados para ese fin.
Artículo 39.- Los alumnos son responsables de mantener sus aulas en perfectas condiciones de
higiene, que queden limpias y en orden al término de cada jornada escolar.
Artículo 40.- Cada alumno en su respectivo turno será responsable de mantener las buenas
condiciones de su mesa o carpeta, la que no debe ser objeto de inscripciones y que, para su
mejor control, deben ser codificadas con su nombre.
Artículo 41.- Los servicios higiénicos serán usados sólo en recreos y fuera de éstos solo en caso
de emergencia y con el permiso respectivo.
Artículo 42.- Los servicios higiénicos deben ser usados con propiedad y deben quedar en
condiciones presentables para el uso de los demás.
Artículo 43.- En los servicios higiénicos no se arrojen desechos de alimentos u otros
desperdicios (papeles, toallas higiénicas, etc.), evitando de esta manera deterioros y atoros.
Artículo 44.- Por ningún motivo los alumnos permanecerán dentro de los servicios higiénicos
mayor tiempo del necesario, ni se encerrarán en ellos.
Artículo 45.- No se harán inscripciones de ningún tipo en paredes o puertas de los servicios
higiénicos y de ningún otro ambiente del plantel.
Artículo 46.- Los deterioros causados por los alumnos en el mobiliario o en las instalaciones
(baños, puertas, chapas, pizarras, etc.) serán separados y comprados, bajo responsabilidad de los
padres de familia o apoderados implicados.
Artículo 47.- DE LOS ESTIMULOS
Se harán acreedores a premios o estímulos los alumnos que hayan:
a) Obtenido buen rendimiento académico.
b) Observado buen comportamiento.
c) Efectuado acciones y/o actividades significativas en bien del plantel, docentes, compañeros o
comunidad.
Artículo 48.- Los premios y estímulos que se reciban de instituciones, autoridades u otras
personas, serán entregados a los alumnos o secciones que correspondan dichas instituciones.
Artículo 49.- Los alumnos pueden ser estimulados de la siguiente manera:
a) Felicitación verbal o escrita pública en presencia de alumnos y profesores.
b) Diploma al mérito (concursos y otros)
c) Resolución de felicitación por la Dirección del plantel
d) Exoneración de exámenes de ingreso a un centro educativo superior de estudios de acuerdo a
ley.
Artículo 50.- DE LAS FALTAS
Constituyen faltas, las acciones u omisiones contrarias al presente Reglamento, las cuales
emitirán descuento en la nota de conducta, suspensión y/o separación del plantel. Estas se
dividen en leves y graves.
Artículo 51.- Constituyen faltas leves las siguientes:
a) Presentarse con prendas de vestir que no sean el uniforme del plantel.
b) Llegar tarde al plantel
c) Las inasistencias injustificadas
d) Portar radios, celulares, filmadoras, radio audífonos, ropas ajenas al uniforme, etc.
e) Organizar bailes, parrilladas u otras actividades sin reconocimiento y autorización de la
Dirección.
f) Realizar ventas o negocios de cualquier índole.
g) Portar alhajas ostentosas o caras de cualquier tipo.
h) Permanecer en los alrededores del planter durante horas de clase
i) Presentarse maquilladas y/o pintadas de uñas.
j) No llevar el cabello sujeto de acuerdo a lo establecido
k) Realizar propaganda de carácter partidario.
l) Practicar juegos bruscos que pongan en peligro la integridad de los alumnos
m) Portar revistas, folletos o tarjetas indecorosas
n) Salir del aula en horas de clase, o al cambio de éstas sin el permiso correspondiente.
o) Inmiscuirse en asuntos que sean de competencia del docente o auxiliar de educación.
p) No informar al padre de familia o apoderado acerca de reuniones de aula o citación a la
Dirección o incumplir la fecha de la devolución de la libreta de notas.
q) Incumplir cualquier otra norma que no exprese el Reglamento.
Artículo 52.- Constituyen faltas graves:
a) Faltar de palabra u obra a las autoridades del plantel.
b) Plagio durante las evaluaciones
c) Incurrir en suplantaciones durante exámenes
d) Robo comprobado de los bienes del colegio, del personal o compañeros.
e) Participar en riñas o peleas que afecten la integridad de sus compañeros (daño físico o
lesiones)
f) Realizar actos voluntarios que pongan en peligro físico, moral o denigren la dignidad de sus
compañeros y la imagen de la institución educativa.
g) Intervenir en pleitos callejeros
h) Propiciar, acompañar y/o alentar pleitos entre compañeros
i) Introducción y uso de cigarrillos y/o licor
j) Introducción de drogas e insumos relacionados.
k) Participar con el uniforme escolar en reuniones donde se consuma licor o drogas
l) Ser reiterante en causar tardanzas y/o faltas injustificadas.
m) Ser reiterante en evadirse del plantel
n) Deterioro intencionado de los útiles escolares de los demás, mobiliario o infraestructura del
plantel.
o) Alterar deliberadamente las libretas de notas o cualquier otro documento de evaluación.
p) Falsificar firmas de docentes, auxiliar de educación, del padre o apoderado o de compañeros
de forma malintencionada.
q) Atentar contra el honor de los demás alumnos, profesores o autoridades del plantel con
expresiones injuriosas.
r) Ofrecer dádivas y/u otros similares a los profesores para ser aprobados en los cursos
s) Salirse del colegio en las horas de clase sin permiso.
Artículo 53.- DE LAS SANCIONES
Las sanciones se aplicarán en forma progresiva y/o concurrente, buscando la formación y/o
integración del alumno en forma digna y respetuosa de la siguiente manera:
a) Amonestación verbal
b) Descuento en la nota de conducta.
c) Amonestación escrita (papeleta leve o grave), en caso de reincidencia se citará al padre o
apoderado a fin de que firme un compromiso.
d) Nota desaprobatoria en comportamiento.
Artículo 54.- Las faltas leves enunciadas en el artículo 51, serán sancionadas de la siguiente
manera:
a) Los incisos a, g, i, j, m, con:
• Amonestación verbal y/o escrita (papeleta)
• Descuento de un punto en la nota de comportamiento.
b) Los incisos b, e, n, o, con:
• Notificación al padre o apoderado
• Disminución de tres puntos en la nota de comportamiento.
c) Los incisos c, d, h, k, l, p, con:
• Notificación al padre o apoderado
• Disminución de cinco puntos en la nota de comportamiento.
Artículo 55.- El alumno que reincida en cualquier de las faltas leves recibirá la sanción
correlativa subsiguiente.
Artículo 56.- Las faltas grave enunciadas en el Artículo 52, serán sancionadas de la siguiente
manera:
a) Los incisos c, h, l, n, con:
• Citación al padre o apoderado
• Nota desaprobatoria en comportamiento.
b) Los incisos b, e, f, g, i, j, m, o, con:
• Citación del padre o apoderado
• Nota desaprobatoria en conducta (10).
• Firma del acta.
c) Los incisos a, d, k, p, q, r, con:
• Citación del padre o apoderado
• Firma del acta
Artículo 57.- Los alumnos que se hicieran acreedores a suspensión por sanción, de coincidir
dichas fechas con las evaluaciones perderán su derecho a las mismas, considerándoseles la nota
mínima del curso.
Artículo 58.- LIBRETA DE EVALUACION
CRITERIOS DE EVALUACION
1. Asistencia y puntualidad
2. Responsabilidad
3. Orden y presentación personal
4. Disciplina y actitudes de respeto
5. Participación, solidaridad y cooperación en las actividades institucionales.
Para efectos de NOTA DE COMPORTAMIENTO, se tomará en cuenta una nota base de 15 al
iniciar cada mes, a partir de la cual se agregarán o quitarán los puntos, de acuerdo a los méritos
que tengan
Artículo 59.- MÉRITOS
1. Por participar en actividades cívico patrióticas, artísticas o deportivas dentro o fuera del
plantel, que merezca felicitación: …4 puntos
2. Por contribuir en el buen comportamiento de sus condiscípulos, el aseo o conservación del
aula: …2 puntos
3. Por representar al plantel en eventos académicos, ferias, exposiciones, concursos diversos:
… 3-4 puntos
4. Por demostrar honradez, testimoniada al devolver objetos o valores encontrados en el
plantel: … 2 puntos
5. Por ser atento, cortés, colaborador con sus profesores, auxiliares e educación: …. 2 puntos
6. Por manifestar responsabilidad en sus estudios al obtener nota sobresaliente: … 2 puntos
7. Por participar con efectividad en las formaciones de los días lunes, en ceremonias: … 2
puntos
8. Por acrecentar el prestigio del plantel al obtener puestos meritorios y representaciones: …. 3-
4 puntos.
Artículo 60.- DEMERITOS
1. Por no participar con actitudes de respeto en los honores a la Bandera o al entonar el Himno
Nacional: … 2 puntos
2. Por no guardar la compostura debida en las formaciones, llegar con excesivo retraso o
permanecer en las aulas al término de las labores escolares: … 1 -3 puntos
3. Por concurrir al plantel en forma desaseada, con uniforme incompleto: … 1-4 puntos
4. Por permanecer fuera del aula en horas de clase o cambio de hora sin autorización o
desobedecer las indicaciones de los docentes, auxiliares o delegados de aula: … 2 puntos
5. Por permanecer en los alrededores del plantel al ingreso o a la salida del colegio: … 2 puntos
6. Por arrojar papeles o desperdicios en el piso, o dejarlos en las carpetas por deterioro de éstas:
… 2 puntos.
7. Por introducir o difundir folletos, tarjetas o revistas indecorosas, participar en juegos de
envite: … 1 – 2 puntos.
8. Por organizar rifas, bailes, parrilladas y negocios para provecho personal: …. 1 -3 puntos
9. Por no entregar en las fechas establecidas las libretas de notas, pruebas escritas, esquelas o
citaciones: …. 2 puntos
10. Por no participar en desfiles o concursos: …. 5 puntos.
Artículo 61.- DE LOS BRIGADIERES Y POLICIAS ESCOLARES
Los brigadieres y policías escolares son elementos de apoyo a la disciplina del plantel,
designados por sus cualidades físicas, morales e intelectuales, depende directamente del
Coordinador de OBE.
Artículo 62.- DEL BRIGADIER ESCOLAR
El cuerpo de brigadieres escolares estará constituido de la siguiente manera:
- Brigadier General
- 1 Brigadier de sección
- 1 Brigadier de aseo por sección
Artículo 63.- Los brigadieres dependen del docente de turno y cumplen las siguientes
obligaciones:
a) Presentarse correctamente uniformados 15 minutos antes de la hora de entrada.
b) Dirigir la formación de su sección y vigilar que sus discípulos estén ordenados, que adopten
las posiciones correctas y guarden silencio.
c) Cuidar que el ingreso y la salida del aula sea en forma ordenada y disciplinada
d) Impedir que sus compañeros de estudios malogren los muebles y enseres del aula y del
plantel en general
e) Hacer diariamente al profesor de aula o auxiliar de educación las partes de los actos positivos
y negativos de los alumnos de su sección.
f) Controlar la asistencia de sus compañeros en forma permanente y comunicar al auxiliar de
los ausentes.
g) En todos los actos de vida escolar se autorizarán por distinguirse a fin de mantener su rango
con altura y dignidad.
h) En caso de indisciplina o faltas que incurran sus compañeros, están facultados para intervenir
en cualquier lugar y circunstancias.
i) Tendrán presente que la misión encomendada es únicamente de colaboración. En
consecuencia, serán los primeros en dar el ejemplo de respeto, subordinación y obediencia.
j) Propondrán la separación del policía escolar, que por observar mala conducta o demostrar
poca voluntad para el servicio, debe ser retirado.
k) Actuar con justicia e imparcialidad, sin tratar de favorecer ni perjudicar a ninguno.
Artículo 64.- CORRESPONDE AL BRIGADIER GENERAL
Además de las funciones especificadas en el artículo anterior, tiene las siguientes obligaciones:
a) Dirigir las formaciones.
b) Exigir a los brigadieres de sección el cumplimiento de sus funciones.
c) Ser ejemplo de buen comportamiento y aprovechamiento.
Artículo 65.- Anualmente se renovarán o ratificarán a los brigadieres, previa evaluación de su
comportamiento, aprovechamiento y cumplimiento de sus funciones en el año anterior, pero
podrán ser destituidos en cualquier momento por los siguientes motivos:
a) Cuando se observa conducta inapropiada dentro y fuera del plantel.
b) Cuando se aplica sanciones morales y corporales
c) Por enfermedad o impedimento físico que les impidan cumplir sus funciones
d) Por incumplimiento de funciones
e) Por bajo rendimiento
Artículo 66.- DE LOS POLICIAS ESCOLARES
Son funciones de los policías escolares:
a) Ejercer sus funciones dentro de los límites que le faculta el cargo, con pleno respeto a la
persona y dignidad humana.
b) Respetarán y obedecerán a los brigadieres de la institución:
✓ La policía escolar no constituye un cuerpo militarizado dentro del plantel, por lo tanto, no
se emplearán categorías jerárquicas como sargento, cabo o raso, etc. Tampoco se usará el
saludo militar, ni se adoptarán posiciones rígidas.
✓ Se abstendrán de cualquier burla u ofensa con sus compañeros, su debes es guiarlos,
prestarles en toda ocasión y circunstancia su apoyo moral y material considerándose,
entre sí, como hermanos.
✓ No usarán otras armas que la del amor y la consideración. En consecuencia, todo acto de
demostración de violencias o ultrajes al compañero, quedan absolutamente prohibidos.
✓ Emplear en el ejercicio de sus funciones el ejemplo de trabajo, estudios, respeto, cortesía
y, sobre todo, de buen comportamiento.
✓ La policía escolar es un cuerpo estudiantil compuesto por alumnos del colegio, en
consecuencia, no están llamados a intervenir en la captura de malhechores, ladrones,
vagos, vehículos, incendios o cualquier otra ocurrencia callejera entre mayores de edad.
✓ Si en el trayecto a su domicilio o al colegio o en cualquier otra circunstancia se presentase
un suceso de la magnitud señalada en el artículo anterior, prestará su colaboración a las
autoridades o al público.
✓ Coadyuvar con las autoridades vigilando el cumplimiento de las disposiciones policiales,
municipales y administrativas que prohíben el ingreso de menores a cantinas donde
expenden licores y otros establecimientos vedados para menores.
✓ A la hora de recreo, impedirán que los alumnos jueguen dentro de las aulas, pinten las
paredes, malogren los servicios o ensucien el piso arrojando papeles y desperdicios.
✓ Impedirán juegos bruscos, pugilatos, riñas o cualquier actitud violenta que ponga en
peligro la vida de los niños y jóvenes.
✓ Decomisarán y entregarán a la Jefa de Disciplina, aquellos objetos que sirvan de
distracción en las clases, inciten al vicio y ofrezcan peligrosidad, espejos, cosméticos,
retratos pornográficos, revistas, alhajas, naipes, celulares, etc.
✓ Combatirán las expresiones groseras o actos de inmoralidad, la dignidad del colegio exige
respeto y veneración profunda, que la policía escolar está llamada a defender.
✓ Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del profesor o auxiliar de educación.
✓ El policía escolar por ningún motivo remitirá a un condiscípulo o cualquier otro menor a
la Comisaría. Si se tratase de un escolar se le llevará al plantel o la jefa de disciplina,
asimismo, ningún escolar podrá concurrir a juzgados, comisarías y otro establecimiento
de la administración de justicia, sin el acompañamiento del profesor o padre de familia.
CAPITULO V
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
Artículo 67.- DEL PLAN ANUAL DEL TRABAJO
El plan anual de trabajo del colegio será elaborado, evaluado y ejecutado por la comisión de
coordinación interna, presidida por la Directora del colegio, con conocimiento de la Junta de
Profesores. En su elaboración podrá emplearse los procedimientos:
a) Elaborar el anteproyecto por la Directora del colegio en base a los informes anuales de los
diferentes organismos.
b) En base a los planes de trabajo de cada organismo del colegio.
Artículo 68.- El anteproyecto del Plan Anual de Trabajo debe ser expuesto y ejecutado en
sesión de profesores.
Artículo 69.- El Plan Anual de Trabajo será elaborado de acuerdo a los lineamientos técnicos
proporcionados por la unidad correspondiente por la DREP.
Artículo 70.- Los subdirectores, asesores, jefes de talleres, laboratorio y personal jerárquico
elaborarán y evaluarán sus respectivos planes de trabajo.
Artículo 71.- DEL PROCESO DE MATRICULA
El proceso de matrícula se realizará a petición y con presencia del padre o apoderado con
documentos que para tal fin se requiere.
Artículo 72.- Los educandos que no posean partida de nacimiento u otros documentos de
identificación, no están impedidos de ingresar al centro educativo. La Dirección evaluará para
que el interesado regularice su situación.
Artículo 73.- Las matriculas se realizarán por primera y única vez al ingreso del alumno al nivel
inicial y primer grado de nivel primario, la ratificación tiene lugar antes del inicio del siguiente
año escolar
Artículo 74.- La carga docente por secciones en todos los grados será de 20 alumnos.
Artículo 75.- La institución educativa “DOMENICO SAVIO” está obligada a entregar a los que
soliciten traslado los siguientes documentos:
a) Ficha única de matrícula, debidamente llenada.
b) La partida de nacimiento y otros documentos que forman la carpeta personal de cada alumno
c) La tarjeta de información con las evaluaciones actualizadas.
d) Un informe con los datos de escolaridad y las últimas evaluaciones.
e) Siempre que no tenga deudas por ningún concepto con la institución educativa.
Artículo 76.- DE LA EVALUACIÓN DEL EDUCANDO
La evaluación del educando, tanto en rendimiento académico como en comportamiento, se
regirá por sus respectivos reglamentos o normas vigentes.
Artículo 77.- La escala de calificación del nivel de educación Inicial y Primaria es literal y
descriptiva. En educación Secundaria la escala es de calificación vigesimal.
Artículo 78.- El comportamiento de los alumnos será evaluado por los profesores teniendo en
cuenta el reglamento o normas vigentes.
Artículo 79.- La evaluación del aprendizaje en cada área, hará según las normas y orientaciones
oficiales.
Artículo 80.- DISTRIBUCION DE PROFESORES DE AULA Y ELABORACIÓN DEL
CUADRO DE HORAS.
En el nivel primario los profesores de aula deberán asumir la responsabilidad de conducir el
grado de estudios que les permitan desenvolverse con soltura, agrado, iniciativa y acierto en la
comunicación y uso de metodología adecuadas a la edad o grado.
Artículo 81.- DE LA PROGRAMACION CURRICULAR
La programación curricular en el nivel primario de menores podrá hacerse por grupo de
profesores del mismo grado. La Dirección será la encargada de hacer el cronograma de
programación curricular a través del año escolar. Un ejemplar del plan curricular debe
entregarse a la Dirección para efectuar el seguimiento.
Artículo 82.- En la primera clase del docente hará conocer a los alumnos los contenidos del
programa y explicará las formas de trabajo que utilizarán en el desarrollo del curso.
Artículo 83.- SUPERVISIÓN EDUCATIVA
La Dirección del plantel ejerce la supervisión técnico pedagógica y administrativa, elabora su
Plan Específico cumpliendo las siguientes acciones:
a) La Dirección ejerce supervisión a los trabajadores en la forma pertinente crea por
conveniente
b) Evaluar, conjuntamente con los docentes el proceso de enseñanza – aprendizaje.
c) Supervisar la elaboración oportuna de los documentos de trabajo (programación curricular de
Aula -PCA, Unidades de Aprendizaje, sesiones de aprendizaje, informes, libretas escolares,
Proyectos, Registros de asistencia y evaluación, anecdotarios, nóminas, Actas y otros
documentos que se le solicite.
d) Supervisar la presentación de su diario de clase para ser sellado al ingresar a la institución.
Artículo 84.- DEL ASEO E HIGIENE DEL PLANTEL
Todos estamos obligados a velar por la buena presentación del plantel, evitando lo siguiente:
a) Pintar las paredes, carpetas, mesas, sillas, colocar afiches.
b) Arrojar cascaras de frutas, papeles y otras basuras en cualquier parte del colegio.
c) Destrozar y malograr las escobas, muebles, basureros y otros muebles y enseres.
d) Atorar los baños con papel higiénico u otro desperdicio.
Artículo 85.- DEL MOBILIARIO ESCOLAR
El local escolar, mobiliario y todo lo que el colegio posee, ayudan a proporcionar un mejor
servicio educativo, por eso todos debemos hacer esfuerzos para que los alumnos cuiden el
mobiliario que se les ha asignado y el de sus demás compañeros.
Artículo 86.- El alumno que malogra un mueble, tiene la obligación de reparar o devolver el
objeto malogrado (sillas, mesas, carpetas, etc.)
Artículo 87.- DE LAS SESIONES O REUNIONES
Las reuniones con los Padres de Familiar para informar la evaluación de los educandos, serán
convocadas por la Dirección del plantel al finalizar cada bimestre.
Artículo 88.- La Dirección convocará a reuniones de todo el personal del plantel mensualmente
o cuando las circunstancias así lo requieran.
Artículo 89.- Cada trabajador deberá coordinar las actividades a realizar con su jefe inmediato
superior, quién, a su vez, canalizará el asunto a la instancia respectiva.
CAPITULO VI
DEL PADRE DE FAMILIA O APODERADO
Artículo 90.- El padre de familia como primer maestro de su hijo, debe cumplir las siguientes
obligaciones con respecto al colegio:
a) Alcanzar oportunamente los documentos solicitados a fin de proceder a la matricula
(alumnos nuevos).
b) Cancelar puntualmente las pensiones por el servicio educativo
c) El padre de familia u otra persona ajena a la labor educativa del colegio, no podrá ingresar a
las aulas sin permiso de la Dirección.
d) Asistir a las reuniones de información que convoque la Dirección del colegio o el profesor de
aula.
e) Justificar las tardanzas o inasistencias de su hijo en la Dirección.
f) Comunicar oportunamente acerca de las enfermedades, accidentes y otros contratiempos.
g) Recibir personalmente las tarjetas de evaluación.
h) Los padres de familia que obstaculicen la labor de los docentes y del colegio, no podrá
ratificar la matrícula del año siguiente. Previa comunicación de la Dirección.
i) Asistir a “Escuela de Padres”
CAPITULO VII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
1. El presente Reglamento estará sujeto a modificaciones, de acuerdo a lo que establezca el
Ministerio de Educación.
2. El presente Reglamento interno entra en vigencia al aprobarse la Resolución Directoral
3. El presente Reglamento consta de 90 artículos y una Disposición Complementaria.