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1 1 Escolar 2020 Agenda Colegio Pablo Neruda IED Diseñado por: Publicaciones Ábako AGENDA ESCOLAR 2020

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Escolar 2020Agenda

Colegio Pablo Neruda IED

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AGENDA ESCOLAR 2020

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Colegio Pablo Neruda

Mis datos personales

Nombres:

Apellidos:

T.I: Fecha de nacimiento: Edad:

Correo / e-mail:

Dirección de la casa: Teléfono:

Nombre del padre:

Dirección: Teléfono:

Nombre de la madre:

Dirección: Teléfono:

Historia clínicaNombre de la EPS:RH:Alérgico a: Condición especial de salud:

En caso de emergenciaLlamar a:Dirección: Teléfono:

Foto

Datos del ColegioMi director (a) de curso se llama:Atiende los: Soy del curso: Jornada:

Firma director (a) de curso Firma acudiente

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Colegio Pablo Neruda

Historia del Colegio Pablo Neruda 10Horizonte institucional 12

MaNual de CoNviveNCia vigeNCia 2020 19

CaPítulo i teMas básiCos 20Artículo 1. Objetivos del manual de convivencia 20

Artículo 2. Explicación y significado de nuevas conductas 21

Articulo 3. Principios orientadores del manual de convivencia 24

CaPitulo ii resPoNsabilidades 25Articulo 4. Responsabilidades de los establecimientos educativos 25

Articulo 5. Responsabilidades del rector 26

Articulo 6. Responsabilidades de los docentes 26

Articulo 7. Responsabilidades y participación de la familia 27

CaPítulo iii CoMité esColar de CoNviveNCia 28Articulo 8. Conformación del comité escolar de convivencia 28

Articulo 9. Funciones del comité escolar de convivencia 28

Articulo 10. Reglamento del comité escolar de convivencia 30

CaPítulo iv estudiaNtes 31Artículo 11. Perfil del estudiante Pablista 31

Artículo 12. Principales derechos de los estudiantes 32

Artículo 13. Principales deberes académicos y de convivencia de los estudiantes 33

Artículo 14. Deberes de las estudiantes gestantes y lactantes 34

Artículo 15. Deberes de los estudiantes de grado undécimo 34

Artículo 16. Deberes de los estudiantes de grado décimo 35

Artículo 17. Deberes de los estudiantes de grado noveno 35

Artículo 18. Deberes con el uso del uniforme y adecuada presentación personal 35

Artículo 19. Deberes con los horarios escolares 36

Artículo 20. Deberes con el cuidado de la planta física del COLEgIO, el orden y aseo 36

Artículo 21. Estímulos a estudiantes 37

CaPítulo v ProCeso disCiPliNario 37Artículo 22. Conductas que ameritan acciones pedagógicas formativas 39

Artículo 23. Clasificación de las situaciones y de las conductas negativas 39

Artículo 24. Conductas asimiladas a situaciones tipo I 39

Artículo 25. Conductas asimiladas a situaciones tipo II 40

Artículo 26. Conductas asimiladas a situaciones tipo III 42

Artículo 27. Evaluación y tipificación de las conductas o actuaciones 44

Artículo 28. Acciones pedagógicas formativas 44

Artículo 29. Conducto regular para quejas y reclamos 46

CaPitulo vi ruta de ateNCióN iNtegral Para la CoNviveNCia esColar 46Artículo 30. garantía de derechos y aplicación de principios 46

Artículo 31. Componentes de la ruta de atención integral para la convivencia escolar 46

Artículo 32. Protocolo de remisión para atención de casos por el comité escolar de convivencia 50

Artículo 33. Protocolo ante situaciones tipo I 52

Artículo 34. Protocolo ante situaciones tipo II 52

Artículo 35. Protocolo ante situaciones tipo III 53

Artículo 36. Acción prioritaria a tener en cuenta 54

Artículo 37. garantía del debido proceso 54

Artículo 38. garantía al derecho de defensa 54

Artículo 39. Solución alternativa de conflictos estudiantiles 55

CaPítulo vii gobierNo esColar 56Artículo 40. Personera o personero estudiantil 56

Artículo 41. Consejo estudiantil 56

Artículo 42. Asociación de exalumnos 57

Artículo 43. Consejo directivo 57

Artículo 44. Consejo académico 58

CaPítulo viii reglaMeNtos 58Artículo 45. Reglamento para uso de biblioteca 58

Artículo 46. Reglamento para uso de la sala de informática 59

Artículo 47. Reglamento para uso de laboratorios 59

Artículo 48. Servicio de enfermería 59

MaNual de FuNCioNes 60CaPítulo i direCtivos doCeNtes, doCeNtes y otros MieMbros de la CoMuNidad eduCativa 60

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Escolar 2020Agenda

sisteMa iNstituCioNal de evaluaCióN 2019 ................... PágiNa 75

Artículo 1. Propósitos de la evaluación de los estudiantes 78

Artículo 2. Derechos del estudiante. 78

Artículo 3. Deberes del estudiante 78

Artículo 4. Derechos de los padres de familia 78

Artículo 5. Deberes de los padres de familia 79

CaPítulo 1 79Artículo 6. Criterios de evaluación 79

Artículo 7. Criterios de promoción 80

Artículo 8. Promoción anticipada 81

Artículo 9. Promoción extraordinaria 82

Artículo 10. Criterios de promoción y certificación de bachilleres básicos 82

Artículo 11. Requisitos para acceder a entrega de certificados de bachilleres básicos 82

Artículo 12. Criterios de promoción y graduación de bachilleres académicos 82

Artículo 13. Requisitos para acceder a ceremonia de grado 83

CaPítulo 2 83Artículo 14. Escala de valoración institucional y su equivalencia en la escala nacional 83

Artículo 15. Desempeño superior 83

Artículo 16. Desempeño alto 83

Artículo 17. Desempeño básico 84

Artículo 18. Desempeño bajo 84

CaPítulo 3 84Artículo 19. Estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes 84

Artículo 20. Tipología de actividades de evaluación 85

CaPítulo 4 85Artículo 21. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar 86

Artículo 22. Comité de investigación 86

Artículo 23. Comisiones de evaluación y promoción 86

Artículo 24. Derechos de las comisiones 86

Artículo 25. Deberes de los integrantes de las comisiones de evaluación y promoción 86

Artículo 26. Reglamento 87

CaPítulo 5 87Artículo 27. Procesos de autoevaluación de los estudiantes 87

CaPítulo 6 88Artículo 28. Estrategias de apoyo para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes 88

Artículo 29. Estudiantes que ingresan en diferentes épocas del año. 88

CaPítulo 7 88Artículo 30. Acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del colegio cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación 88

Artículo 31. Adecuación del plan curricular y la evaluación de estudiantes con necesidades especiales o situaciones sobrevinientes 89

Artículo 32. Alumnado deportista de alto nivel y alto rendimiento o con talentos excepcionales 89

CaPítulo 8 89Artículo 33. Periodicidad de entrega de informes a los padres de familia 89

CaPítulo 9 89Artículo 34. Estructura de los informes de los estudiantes 90

CaPítulo 10 90Artículo 35. Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción 90

CaPítulo 11 92Artículo 42. Jornada única para estudiantes de educación media 92

CaPítulo 12 92Artículo 43. Mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema de evaluación de los estudiantes 92

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Himno de Colombia

Coro¡Oh, gloria inmarcesible!

¡Oh júbilo inmortal! ¡En surcos de dolores El bien germina ya.

estrofa 1Cesó la horrible noche

La libertad sublime Derrama las auroras De su invencible luz.

La humanidad entera,Que entre cadenas gime,Comprende las palabrasDel que murió en la cruz

estrofa 2"Independencia" gritaEl mundo americano:

Se baña en sangre de héroesLa tierra de Colón.

Pero este gran principio:"El rey no es soberano"

Resuena, y los que sufrenBendicen su pasión.

estrofa 3Del Orinoco el cauceSe colma de despojos,

De sangre y llanto un ríoSe mira allí correr.

En Bárbula no sabenLas almas ni los ojos

Si admiración o espantoSentir o padecer.

estrofa 4A orillas del Caribe

Hambriento un pueblo luchaHorrores prefiriendo

A pérfida salud.!Oh sí! de Cartagena

La abnegación es mucha,Y escombros de la muerte

Desprecian su virtud.

estrofa 5De Boyacá en los campos

El genio de la gloriaCon cada espiga un héroe

invicto coronó.Soldados sin corazaGanaron la victoria;

Su varonil alientoDe escudo les sirvió.

estrofa 6Bolívar cruza el ande

Que riega dos océanosEspadas cual centellas

Fulguran en Junín.Centauros indomablesDescienden a los llanosY empieza a presentirse

De la epopeya el fin.

estrofa 7La trompa victoriosa

Que en Ayacucho truenaEn cada triunfo crece

Su formidable son.En su expansivo empuje

La libertad se estrena,Del cielo Americano

Formando un pabellón.

estrofa 8La Virgen sus cabellos

Arranca en agoníaY de su amor viuda

Los cuelga del ciprés.Lamenta su esperanza

Que cubre losa fría;Pero glorioso orgulloCircunda su alba tez.

estrofa 9La Patria así se formaTermópilas brotando;

Constelación de cíclopesSu noche iluminó;La flor estremecida

Mortal el viento hallandoDebajo los laurelesSeguridad buscó.

estrofa 10Mas no es completa gloria

Vencer en la batalla,Que al brazo que combate

Lo anima la verdad.La independencia sola

El gran clamor no acalla:Si el sol alumbra a todos

Justicia es libertad.

estrofa 11Del hombre los derechos

Nariño predicando,El alma de la luchaProfético enseñó.

Ricaurte en San MateoEn átomos volando

"Deber antes que vida",Con llamas escribió

Letra: Rafael Núñez, Música: Oreste Síndici

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Escolar 2020Agenda

Himno de bogotá d. C.Coro:

Entonemos un himno a tu cielo, a tu tierra y tu puro vivir,

blanca estrella que alumbra en los Andes ancha sendaque va al porvenir. (bis)

Primera Estrofa Tres guerreros abrieron tus ojos

a una espada, a una cruz y a un pendón.

Desde entonces no hay miedo en tus lindes, ni codicia en tu gran corazón. (bis)

Segunda EstrofaHirió el hondo diamante un agosto

el cordaje de un nuevo laúd y hoy se escucha el fluir melodioso

en los himnos de la juventud.

Tercera EstrofaFértil madre de altiva progenieque sonríe ante el vano oropel,

siempre atenta a la luz del mañanay al pasado y su luz

siempre fiel.

Cuarta EstrofaLa sabana es un cielo caído,

una alfombra tendida a tus pies

y del mundo variado que animas

eres brazo y cerebro a la vez.

Quinta EstrofaSobreviven de un reino dorado,

de un imperio sin puestas de sol, en ti untemplo, un escudo, una reja, un retablo,

una pila, un farol.

Sexta EstrofaAl gran Caldas que escruta

los astros y a Bolívar que torna a nacer;

a Nariño, accionando la imprenta, como en los sueños

los vuelves a ver.

Séptima EstrofaCaros, cuervos y pombos y silvas,

tantos hombres de fama inmortal que en el hilo sin fin

de la historiales dio vida tu amor maternal.

Octava EstrofaOriflama de la gran Colombia

En Caracas y Quito estará para siempre la luz una reja, un retablo, una pila, un farol.

de tu gloria con las dianas de la libertad.

Novena EstrofaNoble leal en la paz

y en la guerra, de tus fuertes colinas

al pie, y en el arco de la media luna,

resucitas el cid, santa fe.

Décima EstrofaFlor de razas, compendio

y corona, en la patria no hay otra

ni habrá. Nuestra voz la repiten

los siglos: ¡Bogotá! ¡Bogotá! ¡Bogotá!

Letra: Maestro Roberto Pineda D. Música: Pedro Medina Avendaño

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Colegio Pablo Neruda

HISTORIA DEL COLEgIO PABLO NERUDA

En 1964 inició labores académicas en el barrio El Carmen de Fontibón la “Concentración Escolar José María Córdoba” que funcionó en sus primeros años en los vagones de un tren y salones prefabricados, hasta cuando se produjo la construcción de la primera etapa en 1970. La primera Directora que se recuerda en el año 1991 fue la Docente gloria de Cuadros. La institución funcionó con la básica primaria en la jornada de la mañana hasta el año de 1997.En el año 1989 y con motivo de la emergencia educativa promulgada por la Secretaría de Educación Distrital, se abrieron las primeras aulas de bachillerato en la JORNADA TARDE, fue la docente Aura Anaya de Parra (Q.E.P.D), quien con empeño y dedicación matriculó un gran número de estudiantes para el grado sexto. Las primeras directivas que tuvo el naciente Colegio de bachillerato denominado Colegio José María Córdoba, fue la Licenciada Rosalba Walteros como Rectora y La señora Cecilia Castillo como Coordinadora. Para esa época se contaba con 12 cursos. Aura Anaya de Parra, pasó a cumplir las funciones de Orientadora, con un grupo de docentes muy jóvenes y el Colegio arranca su labor formadora. En 1990 la Rectora es reemplazada por el Licenciado Pedro Palacios quien dirigió los destinos del Colegio hasta 1994. Durante ese periodo de tiempo se da comienzo a la Coordinación de Disciplina, en Cabeza de la Licenciada Carmen Beatriz Torres Castro, quien presenta a la comunidad educativa los primeros lineamientos del Manual de Convivencia, cuyo proceso se publicó en la Revista Nodos y Nudos de la Universidad Pedagógica Nacional. Aquí ya se contaba con la Básica Secundaria y la Media aun sin aprobación. Sin embargo, mediante resolución 5993 del 30 de diciembre de 1994 se creó el Colegio Distrital Santafé de Bogotá en la jornada tarde en la misma edificación donde venía funcionando el Colegio José María Córdoba, siendo el Rector gabriel Carrillo, quien llegó a la institución a mediados de este año y dirigió los destinos del Colegio hasta el año de 1998. Durante su gestión se hicieron las primeras remodelaciones a la estructura del Colegio, se construyó el área administrativa, la biblioteca y sala de profesores en el espacio donde había un aula múltiple, se amplió el corredor del segundo piso, se hicieron los laboratorios, el aula de informática y una escalera que conducía al tercer

piso donde se adaptó un espacio amplio que sirvió en ocasiones para actividades culturales, se abrió una nueva puerta de ingreso para los estudiantes y se instaló la reja para el parqueadero actual. Con la promulgación de la ley de educación, 115 de 1994 y el decreto reglamentario 1860 se fortalece la construcción del Proyecto Educativo Institucional P.E.I - con enfoque sistémico denominado Democracia Participativa.En el transcurso del año 1994 se asumieron la bandera y el escudo de Santafé de Bogotá como propias para el Colegio y el lema lo construyó la Docente Ángela garzón Posada con los estudiantes de noveno el cual dispone: “LA CIENCIA Y EL COMPROMISO DE HOY, GENERAN EL CRECIMIENTO Y EL ÉXITO DEL MAÑANA” éste aún tiene vigencia en el actual Colegio Pablo Neruda IED. La letra del Himno fue escrito por el Docente Cesar Delgado (Q.E.P.D) y la música estuvo a cargo del Licenciado Juvenal Atehortúa, se estrenó a finales de noviembre de ese mismo año, con motivo de la despedida de la primera promoción de bachilleres. En todo este tiempo el Colegio funcionó con dos jornadas independientes una de primaria en la jornada de la mañana con el nombre de José María Córdoba y otra de bachillerato, en la jornada de la tarde con la denominación Santafé de Bogotá, en esencia eran dos Colegios. Como novedad y por resolución 9194 de diciembre 26 de 1997 emanada de la Secretaría de Bogotá, toma el nombre de Centro Educativo Distrital Cacique Hyntiba, únicamente para la jornada de la mañana, que para ese entonces, abre sus primeros cursos de bachillerato con la básica secundaria; al finalizar su ciclo los y las estudiantes pasaban a la jornada de la tarde, situación que sólo duró dos años. La jornada de la tarde aún mantiene su nombre e identidad.Como estrategia de mejoramiento institucional entre los años 1997 a 2000 se llevó a cabo el proyecto de investigación denominado la “autoestima en el docente del Colegio Santa fe de Bogotá” cuyos resultados permitieron mejorar el clima institucional y poner en marcha un modelo educativo basado en valores y relaciones horizontales entre docentes y estudiantes, lo que permitió un avance significativo en la construcción de un clima institucional proactivo y humano, basado en el respeto a la diferencia y el amor por el proceso enseñanza aprendizaje, experiencia significativa reconocida a nivel local e internacional

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Escolar 2020Agenda

por el impacto y aportes a la calidad de la educación y la experiencia pedagógica “De la mano con mi aprendizaje” llevado a cabo por las Docentes Stella Poveda y Yolanda Castañeda, que consistió en preparar a los estudiantes de undécimo grado, para que ejercieran como docentes de ciencias, con los estudiantes de sexto.En los años 1998 y 2002 Fueron Rectoras en su orden Las licenciadas Ligia Moreno de Troncoso, Emma Teresa Suarez de Bejarano, recordada por su calidad humana y grandes dotes de líder y Luz Elena Miranda, con quien comenzó la unificación de las dos jornadas y la anexión de la Sede Antonio Nariño. Una pequeña concentración que funcionaba a pocas cuadras del Colegio y estaba bajo la dirección del Licenciado Ángel Mora, quién posteriormente pasó a ejercer funciones de Coordinador en el Colegio Pablo Neruda. El Centro Educativo Distrital Antonio Nariño, que hoy es nuestra sede B, se fundó en 1965 como escuela independiente hasta que por medio de la resolución 8454 del 14 de noviembre de 2001 se fusionó con los Colegios Distrital Santafé de Bogotá y el Centro Educativo Distrital Cacique Hyntiba. La institución mediante referéndum en el que participó la Comunidad Educativa, toma el nombre de Colegio Distrital Pablo Neruda, unifica el uniforme, hace ajustes al PEI con un nuevo nombre, crea los símbolos institucionales de bandera y escudo, mediante concurso entre los estudiantes de todas las sedes y jornadas. La bandera la propuso una estudiante de segundo de primaria de la denominada sede B y el escudo un estudiante de séptimo de la sede A jornada tarde, el lema se conservó tal cómo se hizo para el Colegio Santafé de Bogotá y el himno, al que se le hicieron algunos arreglos, también se mantiene hasta la fecha. Se da comienzo al modelo articulador “Hacía un aprendizaje Comprensivo de la Investigación.” En los años 2002 y 2005 dirigieron la institución en encargo las Licenciadas graciela Malaver y Marbel Cala, quién da apertura a la sede C del Colegio Pablo Neruda, con el lema “Colegio al parque” que funcionó en los salones comunales y en el parque de Zona Franca. Mediante resolución 4702 del 25 de octubre de 2004 de la Secretaría de Educación a todos los planteles educativos del distrito los denominó ColegioS porque ofrecen educación de preescolar, básica y media en tanto que aquellos que únicamente ofrecen de preescolar a básica secundaria continúan llamándose CENTROS EDUCATIVOS DISTRITALES. El nuestro se denomina Colegio PABLO NERUDA - INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL.

En los mismos años 2005 y 2006 el Colegio recibe el premio otorgado por la Expedición Pedagógica Nacional y el IDEP, por el proyecto de investigación como una experiencia de frontera, premio utilizado para capacitación de docentes con la Universidad Nacional, la publicación de su periódico “Investigando Ando”, el montaje del CIPAN (Centro de investigación Pablo Neruda), la compra de libros de investigación para la consulta de docentes y estudiantes y la publicación del libro “Hacia un aprendizaje comprensivo de la investigación.En septiembre de 2005, asume como Rector en propiedad el Licenciado Rafael Cuervo Matallana quien continúa con el proceso de fortalecimiento del PEI y de reorganización de la sede C, la cual desde marzo de 2005 venía funcionando en aulas prefabricadas ubicadas en un lote de terreno adquirido por la Secretaría de Educación, en el extremo del parque adyacente a Zona Franca. En 2007 y sobre el terreno anterior la SED inició la construcción del mega Colegio que hoy se denomina CARLO FEDERICI el cual fue inaugurado en 2008. En junio de 2008 aquel Colegio dotado con infraestructura moderna, ayudas educativas y nómina de docentes y directivas se independizó dejando de ser sede C para constituirse en Colegio nuevo. Se registra que el primer rector de este nuevo Colegio fue el licenciado Rafael Cuervo Matallana.Ampliación y construcción en la sede A: En el mes de septiembre de 2006 la Secretaría de Educación del Distrito Capital adquirió varias viviendas para ampliación del Colegio Pablo Neruda en su sede A y ofreció clases en 10 aulas prefabricadas. En mayo de 2008 iniciaron las obras que culminaron con el edificio nuevo que contamos hoy en día, el cual fue entregado el día 3 de febrero de 2009, en su primera etapa. En 2010 se inició la última etapa entregándose oficialmente en 2011. El Colegio Pablo Neruda actualmente cuenta con dos sedes y tres jornadas.Durante el año 2008 la Secretaría de Educación hace intervención en la sede B “Antonio Nariño” mediante el proyecto de “reforzamiento estructural”, para fortalecer las bases y muros de la edificación. De esta manera modernizó su estructura.

En el mes de Marzo de 2019 culmina su gestión el rector Rafael Cuervo Matallana y asume el cargo como nuevo rector Francisco Javier Beltrán Amado; bajo su administración se implementaron: el convenio con el British Councill y las escuelas deportivas y artísticas.

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Colegio Pablo Neruda

PEI: COMO EJE ARTICULADOR DE LA VIDA INSTITUCIONAL

El Colegio Pablo Neruda con su P.E.I. “FORMACIÓN Y PROYECCIÓN PARA UNA VIDA CONSCIENTE” busca que los niños, niñas y jóvenes desde el grado de jardín, preescolar, primaria y secundaria hasta grado undécimo estén en capacidad de desenvolverse con eficiencia ante los diferentes retos que les presente la vida.

Para complementar la formación además del desarrollo de los diferentes programas académicos, la institución planea y ejecuta proyectos reglamentarios e institucionales como estrategias que contribuyen al desarrollo de la comunidad educativa y se adoptan como nuevo enfoque pedagógico: LAS PEDAGOGÍAS CRÍTICAS

HORIZONTE INSTITUCIONAL

VISIÓN

El Colegio Pablo Neruda espera ser reconocido en 2025 como una institución líder a nivel local, distrital y nacional que promueve la autonomía de niños, niñas y jóvenes a través de un currículo flexible, dinámico e integral que responda a las necesidades actuales de la sociedad colombiana que anhela paz, reconciliación y convivencia, enfocado en fomentar procesos académicos, convivenciales y administrativos de calidad, para la formación de ciudadanos integrales, con habilidades sociales y capacidad de liderazgo para transformar su realidad social.

MISIÓN

El Colegio Pablo Neruda es una institución educativa de carácter oficial que brinda educación de calidad, incluyente, diversa y holística desde un enfoque de derechos a través del desarrollo del pensamiento crítico, basado en principios de Equidad, Igualdad, Justicia, Solidaridad y Respeto para el ejercicio de la convivencia escolar y de la ciudadanía, desde el desarrollo autónomo de nuestros niños, niñas y jóvenes quienes transforman su entorno en beneficio propio y de su comunidad.

PRINCIPIOS

• EQUIDAD El concepto de equidad se encuentra directamente relacionado con el de justicia e igualdad, sin embargo esta nos invita a plantearnos como objetivo una sociedad más justa, reconociendo las

diferencias existentes entre personas y diversos grupos poblacionales, así como sus necesidades y derechos.

• IGUALDAD La igualdad es el derecho inherente de todos los seres humanos a ser reconocidos como iguales, sin discriminación por su género, condición sexual, raza, creencia, nacionalidad o clase social o cualquier otro motivo, es así como en el artículo 13 de nuestra Constitución Política de 1991 se expone que “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan”.

• JUSTICIA La justicia se refiere a las nociones fundamentales de igualdad de oportunidades y de derechos humanos, que está basada en la equidad y es imprescindible para que los individuos puedan desarrollar su máximo potencial y para que se pueda instaurar una paz duradera.

• SOLIDARIDAD Es el sentimiento o valor a través del cual las personas se sienten unidas, se reconocen y comparten las mismas obligaciones, ideales e intereses, donde las

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Escolar 2020Agenda

acciones se orientan a la satisfacción de las necesidades de los demás por encima de las propias, siendo una dimensión moral del ser humano.

SOBRE LA RESPONSABILIDAD

La palabra responsabilidad proviene del latín “responsum”, que es una forma de ser considerado, sujeto de una deuda u obligación

La responsabilidad es un valor que está en la conciencia de la persona que estudia la Ética sobre la base de la moral.

Puesto en práctica, se establece la magnitud de dichas acciones y de cómo afrontarlas de la manera más positiva e integral para ayudar en un futuro.

Una persona se caracteriza por su responsabilidad porque tiene la virtud no solo de tomar una serie de decisiones de manera consciente, sino también de asumir las consecuencias que tengan las citadas decisiones y de responder de las mismas ante quien corresponda en cada momento.

PRINCIPIOS DE LA RESPONSABILIDADEl cumplimiento responsable en nuestra labor humana, sea cual fuere, se regiría por principios como:

1. Reconocer y responder a las propias inquietudes y las de los demás.

2. Mejorar sin límites los rendimientos en el tiempo y los recursos propios de la tarea que se tiene.

3. Reporte oportuno de las anomalías que se generan de manera voluntaria o involuntaria.

4. Planear en tiempo y forma las diferentes acciones que conforman una actividad general.

5. Asumir con prestancia las consecuencias que las omisiones, obras, expresiones y sentimientos generan en la persona, el entorno, la vida de los demás y los recursos asignados a la labor asignada

6. Promover principios y prácticas saludables para producir, manejar y usar las herramientas y materiales que a la tarea se le confiere.

ÁMBITO JURÍDICO

La responsabilidad jurídica surge cuando el sujeto transgrede un deber de conducta señalado en una norma jurídica que, a diferencia de la norma moral, procede de algún organismo externo al sujeto, principalmente el Estado, y es coercitiva. El manual de convivencia es NORMA JURÍDICA en el Colegio Pablo Neruda IED y sus disposiciones son normas jurídicas “porque establecen deberes de conducta impuestos al sujeto por un ente externo a él, la regla puede ser a través de prohibiciones o de normas imperativas inmorales”. La responsabilidad es el complemento necesario de la libertad.

El uso jurídico de la palabra proviene, poco tiempo antes de la revolución francesa, por influencia del inglés. El término habría aparecido en el Derecho Constitucional inglés.

Así la responsabilidad debe entenderse, desde la perspectiva de una persona que ejecuta un acto libre, como la necesidad en la que se encuentra la persona de hacerse cargo de las consecuencias de sus actos.

El efecto contradictorio de una persona con las normas jurídicas ocasiona una reacción por parte del Derecho (o la sociedad) contra el sujeto que viola dichas normas. La manifestación de dicha reacción por parte del derecho se presenta mediante sanciones impuestas por el Estado. Y en materia, educativa por parte de las autoridades del Colegio.

MÍNIMOS NO NEGOCIABLES

Son acuerdos que por ser básicos, todas y todos estamos en la obligación de cumplir, sin desconocer las demás normas consagradas en el Manual de Convivencia, en leyes, decretos y demás reglamentos. El objetivo principal es vivir en armonía, con total respeto de los derechos de los demás y del ejercicio del ‘‘derecho a la educación de niñas, niños y jóvenes” y la prevalencia de tales derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia. Como marco legal tenemos C.P./91 Art. 23, Art. 29, Ley 1098/2000 Arts. 28, 41 a 45, Acuerdo 23/93 del Consejo de Bogotá, Ley 115/94 Art. 1, 2, 87, 96 Art. 132, Dto. 1860/94 Art. 17, 23, 24, 25, Ley 715/ 2001 Art. 10 C.C.A. Art. 10-13, Jurisprudencia, entre otras normas vigentes.

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Colegio Pablo Neruda

1. En nuestro Colegio ningún estudiante podrá asistir solamente a presentar evaluaciones y trabajos no permitiéndosele asistir regularmente a clases: la educación formal básica y media es presencial para todos los niños y jóvenes.

2. A todos nuestros estudiantes se les garantizará el Debido Proceso antes de ser sancionados.

3. La imposición y ejecución de una sanción sólo es competencia del rector del Colegio, previo el Debido Proceso.

4. A aquellos estudiantes a quienes se les compruebe su reiterada inasistencia a clases aun estando dentro de la institución, les efectuaremos el seguimiento formativo y el Debido Proceso si fuere necesario para determinar su permanencia en el Colegio.

5. Siempre que un miembro de nuestra comunidad educativa interponga una queja o derecho de petición verificaremos que sea atendida y resuelta por las instancias competentes de acuerdo a la ley.

6. Los directivos y docentes del Colegio garantizaremos que las opciones religiosas, culturales, de género e ideológicas no sean causal de discriminación o exclusión del sistema educativo.

7. Las y los estudiantes defenderemos nuestro derecho a la educación cumpliendo y haciendo cumplir el horario de clases y jornada académica.

8. Los padres de familia cumpliremos con los compromisos adquiridos con la institución como responsables del proceso de nuestros hijos para garantizar el Derecho a la Educación.

9. Ni los padres de familia ni los estudiantes nos excluiremos de las actividades programadas por la institución a fin de no vulnerar derecho a la educación.

10. Trabajaremos incansablemente por practicar los valores institucionales consagrados en el Manual de Convivencia y practicaremos la tolerancia y el respeto en todos nuestros actos.

PEDAgOgÍA DE LA EXIgENCIA PARA LA EXCELENCIA

Síntesis del ensayo escrito por Dr. Octavio Arizmendi Posada

Excelencia, en general, es la calidad superior de algo, que lo hace digno de aprecio.

Entendemos por excelencia educativa el logro de modo sobresaliente de los objetivos pertinentes del proceso encaminado a lograr el pleno desarrollo de la personalidad del estudiante, tanto en lo que es común a la naturaleza humana (inteligencia, voluntad, individualidad, sociabilidad, espiritualidad, sensibilidad, moralidad y corporeidad), como en lo específico de cada uno –profesión o especialidad-

La excelencia académica de un Colegio depende de la calidad de los directores, profesores, estudiantes, el proceso educativo, la infraestructura física y el entorno social que le dan soporte. Para lograr la excelencia educativa se cuenta con distintos caminos, pero quizá el más importante es la exigencia. En los discursos se oye la siguiente frase “A la gente hay que exigirle mucho para que rinda un poco”. Pues bien, para que exista exigencia debemos partir de la AUTOEXIgENCIA. Centrándonos en el

ámbito del aula podemos describir que existen algunas formas de autoexigencia, así:

• Llegar al aula unos minutos antes de la hora de clase y poder conversar informalmente con algunos estudiantes. De paso sabrá y captará información útil que, de otra forma, no sabrá.

• Terminar la clase a la hora exacta, ni antes por premura, ni después porque no se ha completado el tema. En ese caso se les indica en qué bibliografía lo podrían consultar o se ve en la siguiente clase.

• Definir desde el comienzo las fechas de exámenes o de entrega de trabajos escritos y las formas de evaluación y el peso de cada una de la nota final.

• Suministrar desde la primera clase el programa de la materia y la bibliografía de lecturas sugeridas y la recomendada.

• Preparar cada clase con la ilusión de la primera clase y la seriedad de la última lección.

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Escolar 2020Agenda

• Hacer cada clase una aventura intelectual. Ello nos llevará a prepararla a conciencia no solo consultando los guiones o fichas de la misma materia en periodos anteriores, sino en los libros no consultados o artículos recientes de publicaciones periódicas.

• Leer mucho sobre los temas propios del curso o materia. No tener inhibición de que los estudiantes nos vean trabajar muchas horas en la biblioteca, ni que nos vean haciendo fichas de lo leído, para nuestro fichero de citas o de resúmenes. Ello es un factor de prestigio y mueve a los estudiantes a imitar el ejemplo.

• Pensar y escribir acerca de los temas que debemos enseñar o sobre los que queremos escribir artículos o ensayos para las publicaciones de la institución o para otras. Para ello es útil autoformularse muchas preguntas y escribir las respuestas en hojas sueltas que después se ordenarán: ¿Cómo es?, ¿Cuándo ocurre?, ¿Dónde?, ¿Para qué?, ¿Por qué?, ¿Cuál es el problema?, ¿Cuáles son las causas del problema?, ¿Cuáles podrían ser las soluciones?, ¿Cuánto cuestan?, ¿Cómo se podría financiar?, etc., etc.,

• Dialogar con los estudiantes no solo en clase sino al salir de clase, o caminando por el Colegio, o en la cafetería. Aprenderá mucho de ellos si se les sabe preguntar y escuchar.

• Ser puntual en la entrega de notas y en devolución de exámenes escritos. Para que los alumnos puedan pedir una aclaración o reclamar sobre la nota. Esa es una de las múltiples ventajas de los exámenes escritos frente a los exámenes orales. En los exámenes escritos, queda la prueba física de la evaluación y la justificación de la calificación.

• Ser puntual y participativo en las reuniones de los profesores de área y padres de familia.

• Pedir a todos o alguno de los estudiantes que hagan una evaluación sin firmarla sobre lo positivo y lo menos positivo del curso y el desempeño del profesor, bien sea utilizando un cuestionario o un formulario que suministre la institución, utilizando las preguntas que seleccione el profesor. (Con base en esta evaluación se puede hacer una autoevaluación, que permita identificar las áreas que debemos mejorar en el período siguiente).

• Elaborar oportunamente los informes de desempeño para el inmediato superior académico.

• Presentar dentro de los plazos los informes sobre investigaciones a su cargo; los informes, conceptos sobre tesis o trabajos de grado, etc.

• A estas alturas usted, amigo profesor, debe estar pensando: “¿Hasta ahora todo es autoexigencia de cada profesor y cuál es la exigencia para los estudiantes”

¿CÓMO ELEVAR LA EXIGENCIA DE LOS ALUMNOS?

En ningún orden de la actividad humana es posible lograr niveles de excelencia sin emplear altos niveles de exigencia: “Los estudiantes más inteligentes prefieren los Colegios y profesores más exigentes”. Para ello es indispensable alta calidad humana y académica de directores y docentes. Su conocimiento de lo que enseñan, su prestigio, su trayectoria, publicaciones, capacitación pedagógica, para evitar el triste caso de aquellos profesores que son juzgados por los estudiantes con la frase “Sabe la materia pero no la sabe enseñar”

LA EXIGENCIA A LOS ESTUDIANTES DEBE HACERSE EN VARIAS ÁREAS

La calidad de los resultados o logros del aprendizaje. Ello depende del currículo; de los métodos de enseñanza; de los conocimientos del profesor; de la calidad y cantidad de lecturas que el profesor exija; del buen desarrollo del currículo; de las actividades de aprendizaje del estudiante y las evaluaciones de los logros. La calidad pedagógica de las clases depende de la preparación pedagógica del profesor y puede subir con los programas de perfeccionamiento pedagógico de los profesores.

La exigencia de la cantidad de tiempo dedicado por el estudiante en aulas, biblioteca, talleres, laboratorios, estudio personal o en equipo, medida en horas de actividades de aprendizaje, para alcanzar los objetivos generales o específicos de cada materia o curso. Hasta aquí el cálculo de las horas que el estudiante debe dedicar en una semana o en un período académico es fácil de contabilizar para poder dosificarlos.

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Colegio Pablo Neruda

En el caso del tiempo empleado en el estudio personal o en equipo, o en la lectura en la biblioteca o fuera de ella, o en ver y escuchar diversos medios audiovisuales, es más fácil de medir en horas; de ahí que la dosificación de la cargas de estudio, corresponda a cada profesor, teniendo en cuenta las demás materias que debe cursar el estudiante, en el mismo periodo académico.

En todo caso es benéfico no solo preparar todas las clases sino hacerlas diversas. Ejemplo, en una clase de 90 minutos se pueden hacer:

• Evaluación oral a uno o varios estudiantes, sobre las lecturas indicadas, o sobre el tema desarrollado en la clase anterior: 15 minutos

• Exposición del profesor: 30 minutos

• Contestar preguntas de los alumnos: 15 minutos

• Formulación de algunas preguntas que los estudiantes puedan responder, con base en lo que ya saben del tema: 15 minutos

• Elaboración de conclusiones con la participación de los estudiantes: 15 minutos

• Cada profesor elegirá la forma de dividir su tiempo de clase, según la materia y el tema. Lo que sería desastroso es que el profesor hable durante 90 minutos.

OTRA FORMA DE EXIGENCIA A LOS ESTUDIANTES

• Ser estricto en el cumplimiento de las fechas límite para que loe estudiantes entreguen informes, documentos, resúmenes de libros asignados, proyectos o cualquier clase de encargo, maquetas, dibujos, etc.

• Ser exigente en la puntualidad de los estudiantes. La forma de control de asistencia puede ser variada desde el muestreo o la lectura de lista si el grupo es pequeño. La práctica ayuda a conocer e identificar a los estudiantes.

• Ser exigente en la calidad material y presentación de trabajos escritos, modelos bidimensionales o tridimensionales; redacción correcta, ortografía y presentación del texto. Ello se lora por las motivaciones positivas que el profesor debe hacer desde el comienzo del curso.

• Se ha encontrado útil advertir que la buena presentación, redacción, ortografía, pueden merecer algunas décimas más y que lo contrario también puede reducir la nota.

¿QUE NO ES?

No es exigencia• Ni la arbitrariedad o autoritarismo del

profesor que se expresa en decisiones imprudentes e inmodificables en nombre de un mal entendido “Principio de autoridad”

• Ni el trato seco y rudo con los estudiantes que dicen o hacen algo que no agrada al profesor

• Ni los altibajos en el nivel de exigencia como por ejemplo, lecturas requeridas, problemas para resolver, casos para estudiar, composiciones de artículos, trabajos escritos que requieren consulta bibliográfica, informes de visitas, indagaciones en instituciones y lugares diferentes del Colegio.

• Ni la calificación arbitraria o sesgada por factores diferentes al contenido de la prueba de evaluación, que se califica independientemente de la opinión o simpatía que el profesor tiene de cada alumno. Por eso resulta prudente no mirar los nombres de los evaluados, cuando la prueba es escrita, hasta después de colocar la nota.

• Ni el rechazo, sin escuchar al reclamante, de la solicitud que quiere hacer y las razones que la sustentan.

• Ni la interpretación arbitraria de las normas académicas de la institución, sin mirar cual es la razón o espíritu de la norma y cuál fue la intención del órgano normativo. “La letra mata y el espíritu vivifica”

CONCLUSIÓN• La excelencia académica depende del nivel

de exigencia que se aplique cada profesor así mismo y de la exigencia a nuestros estudiantes.

• “No hay una fórmula mágica para lograr la excelencia académica pero sí hay una segura para no lograrla y es el bajo nivel de exigencia

a estudiantes y profesores”

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PLAN INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Es la herramienta de gestión del comité escolar de convivencia para revisar los aspectos relacionados con la convivencia escolar y planear cómo desea que se den cambios que favorezcan y fortalezcan las relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa

• Favorece consensos sobre las acciones más pertinentes para fortalecer la convivencia escolar

• Define una visión clara de lo que la institución educativa quiere lograr

• Enfatiza en la importancia de acciones de promoción y prevención

• Define mecanismos para evaluar y reportar los logros, y fortalecer el uso de resultados para tomar decisiones

• Fortalece la sostenibilidad de las acciones orientadas al mejoramiento de la convivencia escolar y la protección de los derechos

SÍNTESIS DE SENTENCIAS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EN MATERIA EDUCATIVA

Para aplicar el debido proceso se tendrá en cuenta lo ordenado por la corte suprema de Justicia en varias sentencias. La Corte Constitucional cuenta con abundante jurisprudencia que explica cómo actos abusivos o abusos de poder de centros educativos públicos y privados, pueden también ser objeto de control por parte del juez constitucional

Sentencia T-390 de 2011: “garantía del Debido proceso”Sentencia T-859 de 2002: “Primero, Los Manuales de Convivencia ostentan las características propias de un contrato de adhesión; segundo, representan las reglas mínimas de convivencia escolar y, tercero, son la expresión formal de los valores, ideas y deseos de la comunidad educativa conformada por las directivas de la institución, sus empleados, los estudiantes y sus padres de familia”

Sentencia T-688 de 2005: “cualquier cambio en el reglamento que no sea aprobado por la comunidad educativa es una imposición que no consulta los intereses, preocupaciones y visión de los llamados a cumplir con la normativa establecida en el manual, lo que resultaría incompatible con el debido proceso de los ciudadanos” Sentencia T-694 de 2002: “sus preceptos son de observancia obligatoria para la comunidad académica, los educandos, los profesores y los padres de familia, en cuanto fijan las condiciones para hacer efectivo el fin supremo de la calidad y de la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos”

Sentencia T-323 de 1994: “si bien es cierto que la educación es un derecho fundamental de los niños, las niñas y los adolescentes, también lo es que el alumno no está autorizado para violar los reglamentos de las instituciones educativas. En ese orden de ideas, el incumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, como sería el no responder a las obligaciones académicas y al comportamiento exigido por los reglamentos, puede dar lugar a diversa suerte de sanciones”

Sentencia T-341 de 2003: “una sanción impuesta a un estudiante solo es razonable si persigue un fin constitucionalmente legítimo” lo que indica que “que las sanciones que se impongan, por más justificadas o razonables que sean, deben adoptarse mediante un trámite que respete el derecho al debido proceso”

Sentencia T-917 de 2006: “Las instituciones educativas tienen la autonomía para establecer las reglas que consideren apropiadas para regir las relaciones dentro de la comunidad educativa, lo que incluye el sentido o la orientación filosófica de las mismas. Sin embargo, tienen el mandato de regular dichas relaciones mediante reglas claras sobre el comportamiento que se espera de los miembros de la comunidad educativa en aras de asegurar el debido proceso en el ámbito disciplinario”

Sentencia T-459 de 1997: “los procedimientos disciplinarios de las instituciones educativas deben garantizar el derecho de defensa del estudiante a quien se le impute la comisión de una

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Colegio Pablo Neruda

determinada falta, razón por la cual los manuales de convivencia deben contener como mínimo: (1) la determinación de las faltas disciplinarias y de las sanciones respectivas; y (i2) el procedimiento a seguir previo a la imposición de cualquier sanción”

Sentencia T-944 de 2000: “decidió una tutela acerca de una menor a la que no se le permitió matricularse al curso siguiente, por sus continuas faltas de indisciplina.”

• Sentencia T-243 de 1999: “debido proceso”

• Sentencia T-307 de 2000: “debido proceso”

• Sentencia T-022 de 2003: “debido proceso”

• Sentencia T-917 de 2006: “debido proceso”

• Sentencia T-651 de 2007: “ proporcionalidad de la sanción”

• Sentencia T-263 de 2006: “ debido proceso”

Sentencia T-918 de 2005: “recordó que si bien hay ciertos ámbitos en los cuales un Colegio no solo tiene la potestad sino el deber de sancionar el comportamiento de los miembros de la comunidad educativa”, a sanción debe ser proporcional al hecho cometido.

Sentencia T-491 de 2003: “todo trámite sancionatorio debe seguir reglas de respeto al debido proceso que garantice que los estudiantes puedan participar activamente del mismo, fomentando un escenario de deliberación y conciliación de acuerdo a los principios generales del manual de convivencia y los derechos a la dignidad, igualdad y libre desarrollo de la personalidad”

Sentencia T-024 de 1996: La Corte aseguró que “el derecho a la educación, en cuanto a su carácter, implica una doble condición de derecho-deber; un incumplimiento, debe forzosamente dar lugar a una sanción, pero enmarcada dentro de límites razonables. El Alto Tribunal expresa que el derecho-deber admite, ante el incumplimiento por parte del alumno de sus obligaciones, la imposición de sanciones previamente establecidas, mediando el debido proceso, las cuales pueden incluso llegar a la cancelación del cupo, siempre que no impliquen la negación del núcleo esencial del derecho fundamental a la educación, ni se constituyan en penas de carácter

imprescriptible, pues violarían lo establecido en el artículo 28 de la Constitución”.

Sentencia T-519 de 1992, la Corte Constitucional estima pertinente “observar que si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad d e permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de allí no puede colegirse que el centro docente esté obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden impuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma, representan abuso del derecho en cuanto causan perjuicio a la comunidad educativa e impiden al Colegio alcanzar los fines que le son propios.”

Sentencia C-481/98 “DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD. Al interpretar el artículo 16 constitucional que consagra el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el intérprete debe hacer énfasis en la palabra “libre”, más que en la expresión “desarrollo de la personalidad”, pues esta norma no establece que existen determinados modelos de personalidad que son admisibles y otros que se encuentran excluidos por el ordenamiento, sino que esa disposición señala “que corresponde a la propia persona optar por su plan de vida y desarrollar su personalidad conforme a sus intereses, deseos y convicciones, siempre y cuando no afecte derechos de terceros, ni vulnere el orden constitucional”. Por ello esta Corte y la doctrina han entendido que ese derecho consagra una protección general de la capacidad que la Constitución reconoce a las personas para autodeterminarse, esto es, a darse sus propias normas y desarrollar planes propios de vida, siempre y cuando no afecten derechos de tercero”

Sentencia T-240 de 2018 exclusión definitiva de un estudiante por “uso malicioso de las redes sociales para obtener o difundir fotos, de compañeras o compañeros con consecuencias sobre el clima y la seguridad del Colegio” a través de redes sociales.

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ACUERDO NÚMERO 10 DEL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2018“Por el cual se adopta el Manual de Convivencia para el Colegio PABLO NERUDA I.E.D. vigencia

dos mil diecinueve (2019)

El Consejo Directivo del Colegio Pablo Neruda, en uso de las atribuciones que le otorga el artículo 17 del decreto 1860 de agosto 3 de 1994 reglamentario de la ley general de educación y

CONSIDERANDO: • Que los derechos de los niños son prevalentes

por mandato de la Constitución Nacional Artículos del 41 al 45, 67, 68, 73, el Código de infancia y la adolescencia, ley 1098 de 2006 y declaración de los Derechos del Niño,

• Que la ley 115 de 1994 en sus artículos 87 y 92 orienta a las instituciones educativas en la elaboración del manual de convivencia que privilegia el desarrollo de los niños en la formación integral, procesos de participación y solución pacífica de conflictos

• Que el Art. 17 del decreto reglamentario 1860 de agosto 3 del 1994 de conformidad con los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 establece que el manual de convivencia debe tener una definición de los derechos y deberes de las y los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa.

• Que la ley 1620 del 15 de marzo de 2013 “Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia

escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad, y la prevención y mitigación de la violencia escolar” en su Art. 21 modifica la estructura y adiciona nuevos contenidos al manual de convivencia en coherencia con lo dispuesto por su decreto reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013.

• Que el Comité Escolar de Convivencia en reunión del 17 de Julio de 2018, por unanimidad, impartió aprobación a ponencia presentada ante el Consejo Académico, el Consejo Estudiantil y el Consejo de Padres instancias que hicieron aportes y ajustes.

• Que el Consejo Académico Integrado en reunión del 14 de Agosto de 2018, por unanimidad, impartió aprobación a ponencia presentada ante el Consejo Directivo.

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar, divulgar y poner en práctica el siguiente manual de convivencia del Colegio Pablo Neruda I.E.D., para el año 2020.

MANUAL DE CONVIVENCIA VIgENCIA 2020Apreciados padres y madres de familia, niñas, niños y jóvenes:

El manual de convivencia es una herramienta fundamental para el conocimiento de las normas y acuerdos que regulan el comportamiento de los miembros de la comunidad educativa del colegio Pablo Neruda. Para su cumplimiento y en aras de prevenir cualquier tipo de violencia que afecte la vivencia de los derechos humanos, es indispensable que cada uno lo estudie y adopte como una estrategia de vida para seguir en la práctica de la convivencia pacífica exigida desde el seno de la familia, en el currículo que orienta el colegio en cada una de las áreas y la práctica de las relaciones humanas que como colombianos debemos mantener en los procesos de ejercicio de la ciudadanía.

Deseamos que la vida en el colegio se desarrolle en paz, armonía, progreso y muchos éxitos académicos. Se afirma que una sociedad ha alcanzado niveles de civilidad y progreso cuando requiere mínimas normas que las regulen, porque se atiende naturalmente a los designios de la conciencia más que a exigencias que evocan represión por pésimos comportamientos. Es lo que denominamos “cultura ciudadana”. En tal sentido queridos estudiantes, permítanme decirles que todos Uds. son personas muy afortunadas, tienen excelentes papás como los mejores educadores, un colegio hermoso y una especial oportunidad para estudiar, crecer y ser felices. Cuentan aquí con el apoyo de maravillosos docentes. Tú Estás pasando por la mejor época de tu vida, aquella donde se consiguen las mejores experiencias, los más gratos recuerdos y la más inocente alegría. Cada día que comienza es como una cajita de sorpresas, que despierta en ti una curiosidad y deseo de abrirla para saber qué hay en su interior y cómo obtener mejor provecho de su contenido. Observar que siempre hay múltiples oportunidades, lo importante es aprovecharlas y cosechar los mejores frutos.

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2020

Colegio Pablo Neruda

1 CAPÍTULO I TEMAS BÁSICOS

ARTÍCULO 1. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

De conformidad con la Ley 1620 de 2013, artículos 1 y 4 y en concordancia con el decreto reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013, son objetivos del manual de convivencia escolar, los siguientes:

1. Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la ley general de educación, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.

2. Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias del Estado para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes de los niveles educativos de preescolar, básica y media.

3. garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los contextos sociales y culturales particulares.

4. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos.

5. Promover el desarrollo de estrategias, programas y actividades para que las entidades en los diferentes niveles del sistema y los establecimientos educativos fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica, la promoción de derechos y estilos de vida saludable, la prevención, detección, atención y seguimiento de los casos de violencia escolar, acoso escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención y mitigación de los mismos, en la reducción del embarazo precoz de adolescentes y en el mejoramiento del clima escolar.

6. Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet, según se

Por esta razón, nunca dejes de asombrarte, de sorprenderte, de valorarte, de amarte y respetarte, jamás pierdas la creatividad y nunca desperdicies tus talentos, que son muchos.

Cuando “pase el tiempo y lejos esté yo, veré entre mis recuerdos brillando tu blasón” como lo dice nuestro himno, te darás cuenta que la mejor experiencia fue haber estudiado en este tiempo, por eso “gózate el colegio y disfruta tu niñez y juventud”.

Con afecto

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defina en la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

7. Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar.

8. Orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización social,

relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

9. Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de transmisión sexual.

ARTÍCULO 2. EXPLICACIÓN Y SIGNIFICADO DE NUEVAS CONDUCTAS

En el marco del presente manual de convivencia y de conformidad con el artículo 2 de la ley anteriormente citada, se entiende por:

1. Competencias ciudadanas: es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.

2. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables.

De conformidad con el artículo 39 del decreto 1963 del 11 de septiembre de 2013, se entiende por:

1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan

lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

4. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

5. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

6. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

7. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

8. Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en

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Colegio Pablo Neruda

Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

9. Acoso escolar (bullying). Es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

10. Ciberacoso escolar (ciberbullying). Es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

11. Violencia sexual: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.

12. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

13. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

Explicación y significado de nuevos conceptos relacionados con educación inclusiva

De conformidad con el decreto 1421 DE 2017 “POLÍTICA NACIONAL DE EDUCACIÓN INCLUSIVA” en el Artículo 2.3.3.5.1.4. se entiende por:

• Accesibilidad: medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones. Estas medidas, incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, de movilidad, de comunicación y la posibilidad de participar activamente en todas aquellas experiencias para el desarrollo del estudiante, para facilitar su autonomía y su independencia.

• Acceso a la educación para las personas con discapacidad: proceso que comprende las diferentes estrategias que el servicio educativo debe realizar para garantizar el ingreso al sistema educativo de todas las personas con discapacidad, en condiciones de accesibilidad, adaptabilidad, flexibilidad y equidad con los demás estudiantes y sin discriminación alguna.

• Ajustes razonables: son las acciones, adaptaciones, estrategias, apoyos, recursos o modificaciones necesarias y adecuadas del sistema educativo y la gestión escolar, basadas en necesidades específicas de cada estudiante, que persisten a pesar de que se incorpore el Diseño Universal de los Aprendizajes, y que se ponen en marcha tras una rigurosa evaluación de las características del estudiante con discapacidad. A través de estas se garantiza que estos estudiantes puedan desenvolverse con la máxima autonomía en los entornos en los que se encuentran, y así poder garantizar su desarrollo, aprendizaje y participación, para la equiparación de oportunidades y la garantía efectiva de los

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derechos. Los ajustes razonables pueden ser materiales e inmateriales y su realización no depende de un diagnóstico médico de deficiencia, sino de las barreras visibles e invisibles que se presentar e impedir un pleno goce del derecho a la educación. Son razonables cuando resultan pertinentes, eficaces, facilitan la participación, generan satisfacción y eliminan la exclusión.

• Currículo flexible: es aquel que mantiene los mismos objetivos generales para todos los estudiantes, pero da diferentes oportunidades de acceder a ellos, es decir, organiza su enseñanza desde la diversidad social, cultural, de estilos de aprendizaje de sus estudiantes, tratando de dar a todos la oportunidad de aprender y participar.

• Diseño Universal del Aprendizaje (DUA): diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. En educación, comprende los entornos, programas, currículos y servicios educativos diseñados para hacer accesibles y significativas las experiencias de aprendizaje para todos los estudiantes a partir de reconocer y valorar la individualidad. Se trata de una propuesta pedagógica que facilita un diseño curricular en el que tengan cabida todos los estudiantes, a través de objetivos, métodos, materiales, apoyos y evaluaciones formulados partiendo de sus capacidades y realidades. Permite al docente transformar el aula y la práctica pedagógica y facilita la evaluación y seguimiento a los aprendizajes. El diseño universal no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten.

• Educación inclusiva: es un proceso permanente que reconoce, valora y responde de manera pertinente a la diversidad de características, intereses, posibilidades y expectativas de los niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos, cuyo objetivo es promover su desarrollo, aprendizaje y participación, con pares de su misma edad, en un ambiente de aprendizaje común, sin discriminación o exclusión alguna, y que garantiza, en el marco de los derechos humanos, los apoyos y los ajustes razonables requeridos en su proceso educativo, a través de prácticas, políticas y culturas que eliminan las barreras existentes en el entorno educativo.

• Esquema de atención educativa: son los procesos mediante los cuales el sector educativo garantiza el servicio a los estudiantes con discapacidad en todos los niveles de la educación formal de preescolar, básica y media, considerando aspectos básicos para su acceso, permanencia y oferta de calidad, en términos de currículo, planes de estudios, tiempos, contenidos, competencias, metodologías, desempeños. evaluación y promoción.

• Estudiante con discapacidad: persona vinculada al sistema educativo en constante desarrollo y transformación, con limitaciones en los aspectos físico, mental, intelectual o sensorial que, al interactuar con diversas barreras (actitudinales, derivadas de falsas creencias, por desconocimiento, institucionales, de infraestructura, entre otras), pueden impedir su aprendizaje y participación plena y efectiva en la sociedad, atendiendo a los principios de equidad de oportunidades e igualdad de condiciones.

• Permanencia educativa para las personas con discapacidad: comprende las diferentes estrategias y acciones que el servicio educativo debe realizar para fortalecer los factores asociados a la permanencia y el egreso de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos con discapacidad en el sistema educativo, relacionadas con las acciones afirmativas, los ajustes razonables que garanticen una educación inclusiva en términos de pertinencia, calidad, eficacia y eficiencia y la eliminación de las barreras que les limitan su participación en el ámbito educativo.

• Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR): herramienta utilizada para garantizar los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes, basados en la valoración pedagógica y social, que incluye los apoyos y ajustes razonables requeridos, entre ellos los curriculares, de infraestructura y todos los demás necesarios para garantizar el aprendizaje, la participación, ¬ permanencia y promoción. Son insumo para la planeación de aula del respectivo docente y el Plan de Mejoramiento Institucional (PMI), como complemento a las transformaciones ‘realizadas con base en el DUA.

• Por otra parte, se contempla la Ruta Distrital de Atención Integral Diferencial para estudiantes con capacidades y/o talentos excepcionales, la cual surge como respuesta a

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lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia SU-1149 del año 2000 y T-571 de 2013, las cuales se articulan con lo establecido en el decreto 366 de 2009 vigentes para el tema de capacidades y/o talentos excepcionales, se entiende por:

• La excepcionalidad se considera un fenómeno heterogéneo, por tanto, se entiende que los estudiantes excepcionales son diversos entre sí, y sus capacidades o talentos se manifiestan también de manera distinta. La excepcionalidad se desarrolla, por tanto, es posible encontrarla como potencial o como desempeño, no es un atributo estable en la persona, sino que requiere de condiciones apropiadas para manifestarse. La excepcionalidad está determinada por factores contextuales, por tanto, debe comprenderse dentro de la cultura en la cual está inmerso el estudiante.

• Estudiante con capacidades excepcionales: es aquel que se caracteriza por presentar un potencial o desempeño superior a sus pares etários en múltiples áreas del desarrollo.

• Estudiante con talentos excepcionales: es aquel que se caracteriza por presentar un potencial o desempeño superior a sus pares etários activos en un campo disciplinar, cultural o social específico.

• Doble excepcionalidad: es aquel estudiante que presenta discapacidad en una o varias esferas de su desarrollo y puede presentar capacidades o talentos excepcionales de forma simultánea, por ejemplo, un alumno con discapacidad auditiva que, al mismo tiempo, tiene una habilidad excepcional en el campo de las artes plásticas, o un estudiante que presenta el síndrome de Asperger y, paralelamente, presenta una habilidad excepcional para la música que esta en un nivel muy alto.

• Según el documento de Documento de orientaciones técnicas, administrativas y

pedagógicas para la atención educativa a estudiantes con capacidades y/o talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva; los talentos se pueden clasificar en:

• Talento en ciencias naturales, básicas o en tecnología: en este campo, se ubican aquellas personas que se caracterizan por presentar un potencial o desempeño superior a sus pares etários activos en las áreas de ciencias de la naturaleza, ciencias básicas y tecnología, en sus diferentes formas, como pueden ser física, química, matemática, biología, medicina e ingeniería, entre otras.

• Talento en ciencias sociales o en ciencias humanas: en este campo, se sitúan aquellas personas caracterizadas por presentar un potencial o desempeño superior a sus pares etários activos en el campo de las ciencias sociales y humanas, en áreas como educación, sociología, ciencias políticas, economía, derecho, psicología e historia, entre otras.

• Talento en artes o en letras: en este campo, se ubican aquellas personas que se caracterizan por presentar un potencial o desempeño superior a sus pares etários activos en el campo de las artes o letras (música, artes plásticas, artes visuales, artes escénicas y literatura), el diseño o la arquitectura, entre otros.

• Talento en actividad física, ejercicio y deporte: en este campo, se sitúan aquellas personas caracterizadas por presentar un potencial o desempeño superior a sus pares etários activos en el campo de la actividad física, ejercicio y deporte, sea de carácter competitivo o no competitivo, colectivo o individual.

• Talento en liderazgo social y emprendimiento: en este campo, se ubican aquellas personas que se caracterizan por presentar un potencial o desempeño superior a sus pares etários activos en campos sociales. En específico, hace referencia a personas capaces de liderar a otros y procesos en función de mejorar la sociedad.

ARTICULO 3. PRINCIPIOS ORIENTADORES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

Los principios que forman parte del presente manual de convivencia son los mismos del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:

• Participación. Al tenor de la ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de

la ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del sistema nacional de convivencia escolar, la formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia

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escolar, en armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales.

• Corresponsabilidad: La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.

• Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la

Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.

• Diversidad:El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

• Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.

CAPITULO II RESPONSABILIDADESARTICULO 4. RESPONSABILIDADES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la ley 1620 de 2013, además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades

1. Contribuir a la identificación de signos de alerta en el desarrollo o una posible situación de discapacidad de los estudiantes.

2. Reportar en el SIMAT a los estudiantes con discapacidad en el momento de la matrícula, el retiro o el traslado.

3. Incorporar el enfoque de educación inclusiva y de diseño universal de los aprendizajes en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), los procesos de autoevaluación institucional y en el Plan de Mejoramiento Institucional (PMI).

4. Crear y mantener actualizada la historia escolar del estudiante con discapacidad.

5. Proveer las condiciones para que los docentes, el orientador o los directivos docentes, según la organización escolar, elaboren los PIAR.

6. garantizar la articulación de los PIAR con la planeación de aula y el Plan de Mejoramiento Institucional (PMI).

7. garantizar el cumplimiento de los PIAR y los Informes anuales de Competencias Desarrolladas.

8. Hacer seguimiento al desarrollo y los aprendizajes de los estudiantes con discapacidad de acuerdo con lo establecido en su sistema institucional de evaluación de los aprendizajes, con la participación de los docentes de aula, docentes de apoyo y directivos docentes, o quienes hagan sus veces en el establecimiento educativo.

9. Establecer conversación permanente, dinámica y constructiva con las familias o acudientes del estudiante con discapacidad, para fortalecer el proceso de educación inclusiva.

10. Ajustar los manuales de convivencia escolar e incorporar estrategias en los componentes de promoción y prevención de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, con miras a fomentar la convivencia y prevenir cualquier caso de exclusión o discriminación en razón a la discapacidad de los estudiantes.

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11. Revisar el sistema institucional de evaluación de los aprendizajes, con enfoque de educación inclusiva y diseño universal de los aprendizajes.

12. Adelantar procesos de formación docente internos con enfoque de educación inclusiva.

13. Adelantar con las familias o acudientes, en el marco de la escuela de familias, jornadas de concientización sobre el derecho a la educación de las personas con discapacidad, la educación inclusiva y la creación de condiciones pedagógicas y sociales favorables para los aprendizajes y participación de las personas con discapacidad.

14. Reportar al ICFES los estudiantes con discapacidad que presenten los exámenes de Estado para que se les garanticen los apoyos y ajustes razonables acordes a sus necesidades.

15. Reportar a la entidad territorial certificada en educación correspondiente, en el caso de los establecimientos educativos oficiales, las necesidades en infraestructura física y tecnológica, para la accesibilidad al medio físico, al conocimiento, a la información y a la comunicación a todos los estudiantes.

16. Promover el uso de ambientes virtuales accesibles para las personas con discapacidad.

ARTICULO 5. RESPONSABILIDADES DEL RECTOR

De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la ley 1620 de 2013, además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la ley 1620.

2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de

convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del plan de mejoramiento institucional.

4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la ruta de atención integral y hacer seguimiento a dichos casos.

ARTICULO 6. RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES

Los educadores del Colegio Pablo Neruda en el presente Manual de Convivencia y tal como lo prescribe el inciso 2 del artículo 21 de la ley 1620 de 2013, adquieren el rol de ORIENTADORES y MEDIADORES en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así mismo se adiciona como función fundamental la detección temprana de estas mismas situaciones.

De conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la ley 1620 de 2013, además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

2. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá

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reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

3. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a

la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

4. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

5. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

ARTICULO 7. RESPONSABILIDADES Y PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA

De acuerdo con el artículo 22 de la ley 1620 de 2013, la familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad, y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la constitución política, en la ley 115 de 1994, la ley 1098 de 2006, la ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:

1. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso académico.

2. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

3. Asistir al Colegio cuando sea requerido por coordinación, orientación, docentes o rector.

4. Favorecer y propiciar las mejores condiciones posibles para que sus hijos(as) participen completamente en el proyecto de Educación Media en la modalidad Jornada Única implementado por el Colegio y que les ofrece herramientas para continuar con sus procesos formativos de educación superior.

5. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

6. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

7. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

8. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.

9. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

10. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

11. Conocer y seguir la ruta de atención integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones establecidas en el presente manual de convivencia.

12. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la ruta de atención integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.

13. Proveer diagnóstico, certificación o concepto médico, informes terapéuticos y formulas medicas al inicio del año escolar y/o cuando él o la docente de apoyo y/o orientador (a) lo soliciten”.

14. Se tendrá en cuenta el acompañamiento permanente de los padres de familia y/o acudiente a partir de la estrategia de tiempo asistido (será gradual), para dar respuesta a las diversas situaciones que presentan algunos estudiantes con dificultades comportamentales, que por sus condiciones individuales, bien sea biológicas, psicológicas o sociales, requieren del ajuste en tiempos de la jornada

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CAPÍTULO III COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

ARTICULO 8. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

El comité escolar de convivencia estará conformado por:

• El rector del Colegio Pablo Neruda, quienpreside el comité.

• Elpersoneroestudiantil.

• Laorientadoraescolar.

• Elcoordinadordeconvivencia.

• Elpresidentedelconsejodepadresdefamilia.

• Elpresidentedelconsejodeestudiantes.

• Un (1) docente que lidere procesos oestrategias de convivencia escolar.

Nota: el comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

ARTICULO 9. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

De conformidad con lo normado por el artículo 13 de la ley 1620 de 2013, son funciones del comité escolar de convivencia:

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

2. Liderar en el Colegio Pablo Neruda, acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

5. Activar la ruta de atención integral para la convivencia escolar definida en el artículo 29

de la ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del sistema y de la ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores

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maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

En concordancia con el artículo 26 del decreto 1965 de 2013 “el comité escolar de convivencia, en el ámbito de sus competencias, desarrollará acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos a partir de la implementación, desarrollo y aplicación de las estrategias y programas trazados por el Comité Nacional de Convivencia Escolar y por el respectivo comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar, dentro del respeto absoluto de la Constitución y la ley.

De conformidad con el Parágrafo del artículo 25 del decreto 1965 de 2013 “El comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia”

De acuerdo con el artículo 36 del decreto 1965 de 2013 se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la ley 1620 de 2013. En virtud del componente de promoción, el comité escolar de convivencia deberá adelantar las siguientes acciones:

1. Liderar el ajuste del manual de convivencia.

2. Proponer políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en el marco del proyecto educativo institucional - PEI, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994.

3. Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad,

competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

4. Fortalecer la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra el establecimiento educativo. Estos proyectos deben garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de recibir información fundamentada en evidencia científica con el fin de que, progresivamente, vayan desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida.

5. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que aborden como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre otros.

6. generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto educativo institucional.

De acuerdo con el artículo26 del decreto 1965 de 2013 “El comité escolar de convivencia, en el ámbito de sus competencias, desarrollará acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos a partir de

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la implementación, desarrollo y aplicación de las estrategias y programas trazados por el Comité Nacional de Convivencia Escolar y por el respectivo

comité distrital de convivencia escolar, dentro del respeto absoluto de la Constitución y la ley.

ARTICULO 10. REGLAMENTO DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

El rector del Colegio Pablo Neruda, presidirá el comité escolar de convivencia, cargo que será indelegable.

Designación del personero escolar. Dentro de los treinta días calendario siguientes a la iniciación de clases del período lectivo anual, el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegir al personero escolar por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. La permanencia en el cargo es por un período lectivo anual y no procederá su reelección.

Por disposición legal, la orientadora escolar asistirá a las sesiones del comité escolar de convivencia en la jornada que corresponda el caso.

Por disposición legal, la o el coordinador de convivencia asistirá a las sesiones del comité escolar de convivencia en la jornada que corresponda el caso.

Designación del presidente del consejo de padres de familia. En la segunda semana lectiva de trabajo académico se conformará el Consejo de Padres y Madres de familia el cual una vez reunido designará presidentes por sedes y jornadas. Los representantes de los padres de familia solo podrán ser reelegidos por un período adicional.

Designación del presidente del consejo de estudiantes. En la segunda semana lectiva de trabajo académico se conformará el Consejo de Estudiantes el cual una vez reunido designará presidentes por sedes y jornadas. La permanencia en el cargo es por un período lectivo anual y podrá ser reelegido hasta por dos periodos consecutivos.

Designación de docentes que lideren procesos o estrategias de convivencia escolar. Durante la primera semana de desarrollo institucional, en asamblea general de docentes, se elegirá un representante por sede y jornada. La permanencia en el cargo es por un período lectivo anual y podrá ser reelegido hasta por tres periodos consecutivos.

El comité escolar de convivencia se reunirá ordinariamente una vez al mes, durante la segunda semana y extraordinariamente cuando la situación lo amerite por convocatoria del presidente del comité o por solicitud de cualquiera de los

integrantes del mismo.

Las reuniones se llevarán a cabo dentro de las instalaciones del plantel.

Se nombrará un secretario o secretaria quien levantará las actas correspondientes en cada reunión, cargo que se desempeñará durante el año lectivo correspondiente.

Actas. De todas las sesiones que adelante el comité escolar de convivencia se elaborará un acta, la cual deberá contener como mínimo lo siguiente:

• Lugar, fecha y hora en la cual se efectúo lareunión.

• Registro de los miembros del Comité queasistieron a la sesión, precisando en cada caso la entidad o sector que representan y verificación del quórum.

• Registro de los miembros del Comité quepresentaron excusa debidamente justificada para no asistir a la sesión.

• Indicación de los medios utilizados paracomunicar la citación a los miembros del comité.

• Síntesis de los temas tratados en lareunión, así como de las acciones, medidas recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones.

• Firma del presidente del comité y desecretaría, una vez haya sido aprobada por los asistentes.

La asistencia de todos los miembros es de carácter obligatorio. En caso de acumular dos ausencias injustificadas se designará un reemplazo siguiendo los procedimientos establecidos.

Las decisiones se tomarán por mayoría simple y son de obligatorio cumplimiento por la comunidad educativa, las cuales deben notificarse a las diferentes instancias para hacer un seguimiento y control.

La dinámica del comité escolar de convivencia, siempre tendrá como objetivo el desarrollo de acciones para la promoción y fortalecimiento de la

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formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

El comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.

CAPÍTULO IV ESTUDIANTES

EL Colegio PABLO NERUDA se constituye en el segundo hogar de todos los niños, niñas y jóvenes, lugar al que se pertenece desde el momento de firmar matrícula. Por esta razón se adquiere el compromiso por hacer de él un sitio agradable. En desarrollo de este principio, los estudiantes están en la obligación de:

1. Asumir un rol activo para participar en la definición de acciones para el manejo de situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así como contribuir en la detección temprana de estas mismas situaciones, en el marco de la ruta de atención integral.

2. Cumplir con lo estipulado en cada uno de los capítulos que conforman este manual.

3. Utilizar las normas de comportamiento en todos los momentos de la vida escolar.

4. Asumir dichas normas con responsabilidad, sabiendo que su incumplimiento puede conllevar a sanciones de tipo pedagógico y formativo de manera que redunden en la formación de un mejor ciudadano y ser humano.

ARTÍCULO 11. PERFIL DEL ESTUDIANTE PABLISTA

Dentro del proceso educativo que orienta el Colegio, coherente con la filosofía plasmada en el horizonte institucional, se pretende contribuir en la formación científica, académica y social de todos los niños, niñas y jóvenes. Soñamos con personas que posean las siguientes características:

1. Respetuoso consigo mismo, con los demás y con la naturaleza, responsable, autónomo, analítico, solidario, propositivo, innovador, crítico y consciente de sus obligaciones y derechos.

2. Proyectarse a la sociedad como un ciudadano que participa a través de su permanente formación a nivel superior y su vida laboral en pro de bien común.

3. Aplicar las competencias comunicativas en el proceso de interacción con los demás.

4. Demostrar responsabilidad, curiosidad, interés y gusto por el conocimiento.

5. Desarrollar un alto compromiso ético consigo mismo, su familia, su entorno y la sociedad.

6. Realizar proyectos de investigación, en especial orientados a la resolución de problemas sociales de su entorno.

7. Hacer preguntas, actuar y dar explicaciones de su mundo, del cumplimiento de las normas del manual de convivencia, de la familia y de la sociedad de acuerdo con su nivel de madurez.

8. Tener una imagen positiva de sí mismo y construir su proyecto de vida.

9. Aceptar las ideas de los demás sin perder su individualidad.

10. Participar en la creación de acuerdos como el manual de convivencia y respetar las normas del mismo.

11. Aplicar hábitos básicos de autocuidado.

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Colegio Pablo Neruda

12 ARTÍCULO 12. PRINCIPALES DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Además de los consagrados en disposiciones legales y con las anteriores cualidades todo estudiante Pablista tiene derecho a:

1. gozar del ambiente de respeto y cordialidad que propicia el Colegio para su formación integral.

2. Ser atendido con respeto en las diferentes dependencias del Colegio como: rectoría, orientación, secretaria, biblioteca, tienda escolar, coordinación y por todas las personas que tienen que ver con el proceso de formación integral, en especial cuando los estudiantes en forma respetuosa, lógica y justa hacen reclamos o solicitan aclaraciones.

3. Participar en la toma de decisiones en las distintas instancias del gobierno escolar, en eventos, actividades académicas, uso de recursos y servicios que brinda la institución.

4. Elegir y ser elegido para integrar comités o para pertenecer a órganos del gobierno escolar.

5. Recibir una formación integral que favorezca la autoestima, el reconocimiento de los talentos y cualidades, el respeto por los demás, por los símbolos patrios, la honestidad, la pulcritud y demás valores que permiten el crecimiento personal de niñas, niños y jóvenes.

6. Conocer al inicio de cada periodo académico los ejes temáticos, indicadores de desempeño, criterios y juicios valorativos y metodologías en cada asignatura, actividades con las cuales se evaluarán las competencias de cada periodo y del año escolar programadas para cada una de las áreas.

7. Conocer oportunamente los resultados de toda evaluación antes de ser entregadas a los acudientes y solicitar respetuosamente las aclaraciones de carácter académico o de convivencia y el número de inasistencias.

8. Ejercer el derecho de AUTOEVALUACIÓN académica y convivencial como herramienta para validar su conocimiento de conformidad con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación.

Repetir el año escolar siempre que:

• LarepitencianoseaporSEGUNDAVEZenel mismo grado.

• Los padres de familia o acudientes hayanestado pendientes del proceso escolar.

9. Ser escuchado en cuanto a quejas y reclamos sin que ello incida en el proceso evaluativo del rendimiento escolar.

10. Participar en diferentes eventos y actividades culturales o deportivas en representación del Colegio.

11. Recibir todas las clases completas, disfrutar del descanso según horario establecido.

12. Ser respetado, valorado e incentivado.

13. Recibir reconocimiento público por el buen desempeño académico o convivencial, al esfuerzo personal, por actos nobles para con el Colegio, la solidaridad y respeto por los miembros de la comunidad. Estos incentivos se harán en izadas de bandera, actos de comunidad y cuadro de honor.

14. Recibir el premio de Excelencia Pablista cuando la comisión de evaluación y promoción así lo postule teniendo en cuenta el desempeño del estudiante en su formación integral.

15. Recibir el premio al mejor bachiller, fidelidad y permanencia, esfuerzo personal, mejor puntaje en las pruebas de estado, a la excelencia académica y otras distinciones.

16. Informar oportunamente al director o directora de curso, a orientadora o coordinación, cualquier acto de maltrato verbal o físico del que sea objeto por parte de algún miembro de la comunidad educativa.

17. Recuperar la escala valorativa de COMPORTAMIENTO ESCOLAR mediante un positivo cambio de actitud de parte del estudiante, la cual se verá reflejada en el siguiente boletín o certificado final.

18. Poseer un carné estudiantil para acreditar la condición de estudiante del Colegio Pablo Neruda.

19. Tener la garantía del debido proceso antes de ser sancionado.

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13ARTÍCULO 13. PRINCIPALES DEBERES ACADÉMICOS Y DE CONVIVENCIA DE LOS ESTUDIANTES

Además de los consagrados en disposiciones legales todo estudiante Pablista tiene los siguientes deberes:

1. Ser responsable por el conocimiento, comprensión, manejo y cumplimiento de los compromisos adquiridos a nivel académico y de convivencia mediante la aceptación, acatamiento y acogida de las normas.

2. Llegar al Colegio portando el uniforme limpio, ordenado, completo y sin adornos de cualquier clase. Para ello se debe tener en cuenta el modelo de los uniformes de diario y de educación física. Debe portarlo decorosamente durante toda la jornada.

3. Asistir y participar en las actividades programadas por el Colegio, asumiendo un compromiso serio y adecuado con la Institución en relación con el cumplimiento de horarios, preparación y desarrollo de las actividades propuestas.

4. Respetar los símbolos patrios y los del Colegio.

5. Matricularse en el Colegio con la situación académica definida. En caso que se haga en el transcurso del año, traer registro del proceso académico del Colegio anterior, a la fecha de firmar matrícula.

6. Permanecer durante toda la jornada en el Colegio atendiendo a clases o actividades académicas.

7. Entregar a tiempo los trabajos que se asignen y demás obligaciones propias de la condición de estudiante responsable.

8. Informar al director de curso o coordinación los motivos de ausencia. Justificar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes.

9. Prepararse a conciencia y con responsabilidad a nivel social, cultural e intelectual para responder a las exigencias del mundo.

10. Presentar actividades de recuperación y de refuerzo en las fechas programadas por el Colegio.

11. Presentar cambios positivos y auténticos que impliquen modificar la valoración del COMPORTAMIENTO ESCOLAR.

12. Permanecer en todas las clases, asumiendo compromiso de participación, colaboración y respeto.

13. Abstenerse de usar celulares, juegos electrónicos, aparatos de comunicación y otros objetos de valor, dentro del aula o espacio de formación sobre los cuales el Colegio no responde en la medida que interfieren en el proceso de aprendizaje. Es responsabilidad del estudiante el porte de los mismos dentro de las instalaciones del Colegio.

14. Participar de las salidas pedagógicas con los requisitos establecidos para su movilización fuera de la institución.

15. Recibir y portar debidamente el carné estudiantil.

16. Aprovechar el aprendizaje siendo constante en la elaboración de tareas, trabajos y participando con alegría y creatividad en todas las clases.

17. Respetar, colaborar y tratar con amabilidad a todas las personas que laboran en el Colegio o que ingresan a él.

18. Cuidar los recursos y materiales didácticos que le son prestados para su formación integral. En caso de daño, deterioro o destrucción deberá reparar y sustituir los bienes afectados, según los plazos acordados.

19. Informar a tiempo a coordinación, orientación o a los docentes cualquier situación que atente contra su bienestar físico y emocional que le ocurra dentro del Colegio.

20. Consumir en su totalidad los alimentos que le ofrezca la institución.

21. Contribuir con el cuidado de la planta física de la institución, preservando los recursos naturales (agua, jardines, uso y disposición de basuras y energía).

22. Participar con entusiasmo, cumpliendo horario, normas y requerimientos de todos los proyectos institucionales, especialmente en competencias investigativas.

23. Cumplir con el uniforme según el horario y modelo institucional durante la jornada académica.

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24. Preparar y presentar tareas, trabajos, talleres, sustentaciones, evaluaciones y demás asignaciones oportunamente.

25. En caso de dificultad académica y/o convivencial seguir el conducto regular (descrito en el capitulo IV del presente manual).

26. Asistir y participar activamente en todas las actividades escolares y extraescolares que el Colegio organiza en función de su formación integral, al igual que permanecer el tiempo previsto en el lugar indicado.

27. Practicar las normas de convivencia y buenos modales, emplear en toda intervención un vocabulario respetuoso y cortés, abstenerse de utilizar expresiones soeces y aceptar respetuosamente las correcciones impartidas por la comunidad educativa.

28. Abstenerse del uso de dispositivos móviles y/o accesorios tecnológicos durante las actividades de clase, sin previa autorización del docente.

29. Respetar y cuidar las instalaciones y enseres del Colegio respondiendo por los daños causados a los mismos y abstenerse de dibujar grafitis o cualquier otra expresión que afecte a la comunidad educativa.

30. Asistir puntualmente a la institución y a cada una de las clases de la jornada escolar.

31. Presentar excusa con su debido soporte junto con los trabajos y/o tareas asignadas el día correspondiente a la ausencia durante los 3 días hábiles posteriores a la inasistencia.

ARTÍCULO 14. DEBERES DE LAS ESTUDIANTES GESTANTES Y LACTANTES

Las estudiantes que se encuentren embarazadas o lactantes están en la obligación de:

1. Informar el estado de embarazo al núcleo familiar y a la orientadora del Colegio para aplicar la ruta de adolescentes gestantes.

2. Seguir asistiendo al Colegio en forma regular con la respectiva constancia médica que certifique la capacidad de continuar con las actividades escolares.

3. Cuidar su salud y la del bebé, evitando situaciones que representen riesgo.

4. Cumplir con el requisito de diligenciar la ficha que exige la Secretaría de Educación en estos casos. Así mismo asistir a las actividades

programadas para las adolescentes gestantes y reportar informes periódicos, relacionados con este proceso a orientación.

5. Cumplir con las labores y trabajos asignados en los tiempos acordados por cada docente. De igual manera, tendrá derecho a su tiempo de lactancia según disposiciones legales, asumiendo las responsabilidades académicas.

6. En caso de que el padre sea un estudiante de la institución tendrá la responsabilidad de apoyar y colaborar con las labores académicas asignadas por el Colegio.

7. Mantener informado al Colegio del avance y novedades del embarazo para actuar de acuerdo a los conceptos médicos.

ARTÍCULO 15. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES DE GRADO UNDÉCIMO

Además de todos los deberes consagrados en el Manual de Convivencia y el Sistema Institucional de Evaluación, compete a los estudiantes de grado undécimo:

1. Participar de manera activa en el desarrollo integral de la educación media en jornada única implementada por el Colegio para favorecer su ingreso y permanencia a la Educación Superior y aprobar la totalidad de las áreas que hacen parte de esta jornada.

2. Mantener siempre una actitud de compromiso por su permanente progreso,

disciplinado(a), colaborador(a), activo(a), estudioso(a) participar en todas las actividades, siendo responsable con el proceso de aprendizaje.

3. El estudiante de último grado debe ser modelo y ejemplo para las y los compañeros de los grados inferiores cumpliendo a cabalidad con las Normas de Convivencia, dentro y fuera del Colegio.

Siendo el acto de certificación de BACHILLER ACADÉMICO el momento culminante de la Educación Media y donde se evidencia el producto

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del Proyecto Educativo Institucional “Formación y Proyección para una vida consciente”, en presencia de faltas graves y, por este solo hecho, podrá ser excluido de ser proclamado en Ceremonia de grado a estudiantes que no acaten las normas del Colegio, puesto que es su deber mantener y demostrar EXCELENTE

COMPORTAMIENTO y EJEMPLAR CONVIVENCIA, valores que en el desarrollo de su Proyecto de Vida, tienen igual trascendencia que los conocimientos científicos que posea.

4. Presentar un trabajo final que dé cuenta delprogreso de las competencias investigativas.

ARTÍCULO 16. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES DE GRADO DÉCIMO

Además de los deberes consagrados en el Manual de Convivencia y el Sistema Institucional de Evaluación, compete a los estudiantes de grado décimo:

1. Participar de manera activa en el desarrollo integral de la educación media en jornada únicaimplementada por el Colegio para favorecer su ingreso y permanencia a la Educación Superiory aprobar las áreas que hacen parte de esta jornada.

ARTÍCULO 17. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES DE GRADO NOVENO

Además de todos los deberes consagrados en el Manual de Convivencia y el Sistema Institucional de Evaluación, compete a los estudiantes de grado noveno:

Siendo el acto de certificación de bachilleres básicos el momento culminante del proceso educativo en este ciclo y donde se evidencia el producto del Proyecto Educativo Institucional “Formación y Proyección para una vida

consciente”, en presencia de faltas graves y, por este solo hecho, podrán ser excluidos de este acto los estudiantes que no acaten las normas del Colegio, puesto que es su deber mantener y demostrar EXCELENTE COMPORTAMIENTO y EJEMPLAR CONVIVENCIA, valores que en el desarrollo de su Proyecto de Vida, tienen igual trascendencia que los conocimientos científicos que posea.

ARTÍCULO 18. DEBERES CON EL USO DEL UNIFORME Y ADECUADA PRESENTACIÓN PERSONAL

El cuidado de la presentación personal es acto que demuestra cultura y belleza. Por esta razón nuestro Colegio establece para las niñas peinado sencillo que evidencie la naturalidad y la valoración personal, sin maquillaje o adornos.

Para los jóvenes el corte de cabello convencional que refleje sencillez, comodidad, normas de higiene y estética.

En actividades extra escolaes y servicio social usar el uniforme con sentido de pertenencia.

MODELO DE UNIFORMES

Femenino

Camisa blanca cuello “Estilo Sport”, jardinera a cuadros que se debe lucir a media rodilla, manteniendo el modelo exigido por el Colegio; saco azul según modelo con escudo del Colegio en la parte superior izquierda, media pantalón de lana color blanco, zapatos de cuero negro de amarrar con cordones negros.

El cuidado de la presentación personal es acto que

demuestra cultura y belleza.

Sabías quéSabías qué

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Masculino

Pantalón ‘‘gris ratón’’ en dacrón o paño, camisa blanca con cuello para corbata, zapatos de amarrar en cuero negro, medias oscuras, buzo azul según modelo con escudo del Colegio en la parte superior izquierda.

La chaqueta PROM para estudiantes de grado undécimo que así la quieran portar, no forma parte del uniforme. Ésta será la única prenda adicional autorizada por el Colegio y no reemplazará el modelo del uniforme institucional.

NOTA 1: Si por alguna razón se debe usar camiseta debajo del uniforme, debe ser blanca.

NOTA 2: Los niños y niñas de primera infancia

deben portar delantal de acuerdo con el modelo establecido por el Colegio.

Uniforme para Educación Física: Sudadera según modelo establecido, SIN CAPOTA, con escudo del Colegio en la parte superior izquierda; tenis blancos sin adornos; medias blancas y camiseta blanca TIPO POLO con el escudo del Colegio al lado izquierdo.

NOTA 3: Se debe portar el uniforme de educación física ÚNICAMENTE para las clases de esta asignatura y actividades que requieran su uso.

NOTA 4: El Colegio es enfático en prohibir el uso de prendas distintas al modelo de uniformes. Por tal razón no se permite el uso de cachuchas, accesorios decorativos ni otra prenda que no corresponda a su naturaleza.

ARTÍCULO 19. DEBERES CON LOS HORARIOS ESCOLARES

Todos los estudiantes que se encuentran matriculados en el Colegio Pablo Neruda están en la obligación de:

Llegar a tiempo y cumplir con la jornada correspondiente:

• Primera infancia mañana: 7:00 a 11:30A.M.

• Primerainfanciatarde:12:30a5:00P.M.

• Primariamañana:7:00a12:00A.M.

• Primariatarde:12:30a5:30P.M.

• Secundariamañana6:15AM.a12:15P.M.

• Secundariatarde:12:30a6:30P.M.

• Educación Media se ofrece en JornadaÚnica de 6:15am a 3:10pm.

Asistir y participar en las actividades programadas por el Colegio, asumiendo un compromiso serio y adecuado con la Institución en relación con el cumplimiento del horario, preparación y desarrollo de las actividades propuestas.

Procedimiento para entrada de estudiantes: La puerta se abrirá 15 minutos antes de iniciar la primera hora de clase y en este lapso los estudiantes deberán entrar al Colegio.

El estudiante que llegue después del horario establecido debe presentarse con su acudiente o traer la justificación firmada.

Cuando complete tres retardos, será citado el acudiente por el director de curso para que conozca la situación y se busquen soluciones conjuntamente. En caso de persistir la conducta se remitirá a coordinación de convivencia.

ARTÍCULO 20. DEBERES CON EL CUIDADO DE LA PLANTA FÍSICA DEL COLEGIO, EL ORDEN Y ASEO

El pertenecer al Colegio Pablo Neruda - Institución Educativa Distrital, hace que TODO ESTUDIANTE se comprometa con el cuidado y conservación de los diferentes espacios y materiales que están a su servicio. En tal sentido es obligación de niños, niñas y jóvenes:

1. Mantener limpios, ordenados y decoradostodos los espacios del Colegio, comenzandopor el salón de clases.

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2. No rayar las paredes internas y externas dela institución, como tampoco ningún otrolugar del Colegio. Esta conducta tipifica eldelito “Daño en bien ajeno”.

3. Respetar la decoración y mobiliario.

4. Mantener el pupitre asignado limpio,absteniéndose de rayarlo o escribir en él. Al finalizar el año entregarlo en buen estado.

5. Dar buen uso y cuidado a los computadores y demás ayudas educativas que el Colegioofrece.

6. Utilizar los baños correctamente, cuidarlosy en especial AHORRAR AgUA yENERgÍA ELÉCTRICA.

7. Fomentar el sano ambiente ecológico,no arrojando basura al piso. SEDEBEN UTILIZAR LOS RINCONESECOLÓgICOS.

Si por algún motivo un niño, niña o joven causa daño en el mobiliario, en la planta física del Colegio o en equipos del mismo, DEBE repararlo o sustituirlo. Al finalizar el año lectivo debe presentar paz y salvo por todo concepto.

ARTÍCULO 21. ESTÍMULOS A ESTUDIANTES

El Colegio reconocerá a los estudiantes al finalizar cada periodo académico, en la clausura del año escolar y en las graduaciones con placas, medallas, menciones, diplomas y premios, así:

• Cuadro de honor al finalizar cada periodoacadémico y reconocimiento público enasamblea de padres de familia.

• SeestableceeldíadelaExcelenciaacadémica.Mediante acto solemne se reconocerá elrendimiento académico y convivencial a losestudiantes destacados.

En esta ceremonia participarán todos los docentes, directivos docentes, invitados especiales, padres y madres de familia y se otorgará a niños, niñas y jóvenes el diploma de la excelencia pablista.

• Reconocimiento público durante actos definalización del año lectivo por: Liderazgo,esfuerzo personal, convivencia, sentido depertenencia y colaboración, mejores trabajos de grado, mejor bachiller, mejor puntaje enpruebas de estado.

CAPÍTULO V PROCESO DISCIPLINARIOEl Colegio Pablo Neruda vela por la formación, el bienestar y la permanencia de todos los estudiantes. Sin embargo, el bajo rendimiento académico, la doble repitencia de un curso, las actividades y acciones negativas, el incumplir con los compromisos disciplinarios o académicos, darán lugar a la aplicación del debido proceso, lo que puede conducir a la pérdida del derecho a continuar en el Colegio, según concepto del comité escolar de convivencia o el consejo directivo.

Para el logro del “libre desarrollo de la personalidad”, se requiere de la formación del juicio ético y moral, por tanto las estrategias para la superación de las faltas serán de tipo reflexivo y pedagógico, de carácter individual o grupal e incluirán el compromiso demejoramiento del estudiante y la colaboración del padre y madre de familia o acudiente, quienes tienen la obligación de asistir a talleres de formación como mecanismo de cambio. De

conformidad con Ley 1098 de 2006: Código de Infancia y Adolescencia, artículo 45, el rector y educadores, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad.

El incumplir con los compromisos disciplinarios o académicos, darán

lugar a la aplicación del debido proceso, lo que puede conducir a la

pérdida del derecho a continuar en el Colegio

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P.E.I: Formación y proyección para una vida consciente.

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22ARTÍCULO 22. CONDUCTAS QUE AMERITAN ACCIONES PEDAGÓGICAS FORMATIVAS

Se entiende por falta el desacato o incumplimiento de uno o más de los deberes y compromisos estipulados en el presente Manual de Convivencia, la violación de los derechos de los demás integrantes de la comunidad educativa y toda conducta reprochable que atente contra los objetivos del manual de convivencia, del Colegio, sus fundamentos educativos, los valores institucionales, los deberes de los estudiantes.

ARTÍCULO 23. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES Y DE LAS CONDUCTAS NEGATIVAS

De conformidad con el decreto 1965 de 2013, artículo 40 “Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos que requieren protocolos específicos

• Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamentey aquellas situaciones esporádicas queinciden negativamente en el clima escolar,y que en ningún caso generan daños alcuerpo o a la salud.

• Situaciones Tipo II. Corresponden a estetipo las situaciones de agresión escolar,acoso escolar (bullying) y ciberacoso(ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delitoy que cumplan con cualquiera de lassiguientes características:

a) Que se presenten de manera repetida osistemática.

b) Que causen daños al cuerpo o a la salud singenerar incapacidad alguna para cualquierade los involucrados.

• Situaciones Tipo III. Corresponden a estetipo las situaciones de agresión escolar quesean constitutivas de presuntos delitoscontra la libertad, integridad y formaciónsexual, referidos en el Título IV del LibroII de la Ley 599 de 2000 (Código Penal), ocuando constituyen cualquier otro delitoestablecido en la ley penal colombianavigente”

Las conductas negativas se clasifican en

• Situaciones tipo I

• Situaciones tipo II

• Situaciones tipo III

ARTÍCULO 24. CONDUCTAS ASIMILADAS A SITUACIONES TIPO I

Es el incumplimiento de una norma consagrada en el Manual de convivencia, el incumplimiento de los deberes de los principios fundamentales de la convivencia, en las buenas costumbres de la sociedad o en la cultura institucional que no altera significativamente el funcionamiento del Colegio, conducta por un ligero pero agresivo impulso como respuesta a un estímulo exterior, sin perjuicio físico o moral para los demás y que requieren una adecuada atención para modificar la actitud.

En general no afectan directamente a una persona ni sus bienes o no compromete el libre desarrollo de su personalidad. Éstas pueden convertirse en graves si la o el estudiante es reincidente en dichas faltas.

Ejemplos de conductas asimiladas a situaciones tipo I:

1. Porte de celulares, radios, Bafles, Videojuegos portátiles y cualquier otro elementoque interfiera en el desarrollo de las clasesy actividades programadas. La InstituciónEducativa no se responsabiliza por el daño, pérdida o hurto de cualquiera de estoselementos.

2. Uso de maquillaje portando el uniforme.

3. Porte de accesorios que no corresponden con la identidad institucional.

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4. Descuido y falta de higiene en la presentación personal

5. Venta de comestibles o cualquier otro artículo dentro de la institución.

6. Demora en la entrega de materiales o útiles prestados por la institución.

7. Presentación a clases desprovisto de los útiles escolares y materiales necesarios para el desarrollo de actividades.

8. Escribir o dibujar palabras o mensajes en las paredes, pupitres, muros, baños, puertas, salones de la institución.

9. Ingreso a sala de profesores, oficinas y otras dependencias administrativas sin la previa autorización.

10. Inasistencia a la institución sin justa causa.

11. Ingreso a salones durante el descanso.

12. Hacer uso adecuado de los baños, tal como está establecido, dado que la institución no cuenta con baños mixtos.

13. Llegada tarde a la institución educativa o a la clase sin justificación.

14. Ausentarse o faltar al Colegio sin la autorización respectiva.

15. Presentar comportamientos inadecuados, en actos comunitarios e irrespeto a símbolos patrios e institucionales dentro o fuera del colegio

16. Consumo de alimentos diferentes al refrigerio durante las clases o actividades escolares, sin la autorización del docente.

17. Presentarse al colegio sin el uniforme completo, teniendo en cuenta su porte según el horario (diario/deportivo).

18. Evidenciar exageradas muestras de afecto dentro del Colegio.

19. Desobediencia, desafío o burla a las orientaciones impartidas por profesores, directivos, monitores y demás miembros de la comunidad educativa.

20. El irrespeto a cualquier persona que conforma la comunidad educativa (palabras, gestos, símbolos, comentarios, entre otros), dentro y/o fuera del plantel.

21. Indisciplina que afecte el normal desarrollo de las clases y actividades de comunidad.

22. Hacer mal uso, causar daño u ocasionar deterioro a la planta física y/o enseres de la institución.

23. Inducir a otros estudiantes en el incumplimiento de los deberes contemplados en el manual de convivencia.

24. Faltar a la verdad cuando le sea solicitada información.

25. Hacer mal uso de la comida caliente y el refrigerio y disponer de manera inadecuada de sus envolturas o empaques.

26. Entablar contacto con personas ajenas a la institución para adquirir objetos, alimentos y/o dialogar por medio de la puerta del colegio, como medida preventiva y de seguridad.

27. Practica de juegos de azar.En general toda conducta que influya negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

ARTÍCULO 25. CONDUCTAS ASIMILADAS A SITUACIONES TIPO II

Es el incumplimiento de una o más normas consagradas en el Manual de convivencia, en las buenas costumbres de la sociedad o en la cultura institucional que atentan contra los derechos de

los demás miembros de la comunidad educativa como la vida, la integridad física, la honra, el buen nombre, los bienes, entorpeciendo la convivencia pacífica y la buena marcha del Colegio.

Protocolos Tipo I

1. Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas.

2. Fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa y acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconiliación

3. Establecer compromisos y hacer seguimiento.

Protocolos Tipo II

1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.

2. Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requieren medidas de restablecimiento de derechos.

3. Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.

4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.

5. Generar espacios para exponer y precisar lo acontecido.

6. Determinar acciones restaurativas para la reparación de daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.

7. Realizar el reporte en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

8. El Comité Escolar de Convivencia realizará el analisis del caso y seguimiento de las soluciones.

Protocolos Tipo III

1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.

2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.

3. Informar de la situación a la Policía Nacional (Policía de Infancia y Adolescencia).

4. Citar a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia y ponerlos en conocimiento del caso.

5. Adoptar las medidas propias para proteger a la victima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada.

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Escolar 2020Agenda

Ejemplos conductas asimiladas a las situaciones tipo II:

1. La sucesión de retardos o faltas injustificadas a las clases y actividades escolares (Tres veces).

2. El incumplimiento reiterado a los compromisos académicos y/o disciplinarios.

3. Hacer mal uso de la sala de Informática; enviando mensajes soeces, consultando páginas pornográficas, desconfigurando los equipos o quitando los accesorios de los mismos.

4. Permanecer fuera de clases repetida e injustificadamente y /o salir del colegio sin autorización antes de terminar la jornada escolar (evasiones, llegar al colegio y no ingresar).

5. No portar el uniforme correspondiente, después de repetidas llamadas de atención (Tres veces).

6. Entrar o salir de la institución por lugares no permitidos y que pongan en riesgo la integridad personal o la de otros.

7. Causar daños a la salud o al cuerpo de cualquier integrante de la comunidad educativa dentro y fuera de la Institución, tales como: agresiones físicas, perforaciones, tatuajes, entre otros. La familia del estudiante vinculado con estas acciones deberá responder económicamente por los daños causados o lesiones personales sean intencionales o no. Es prueba suficiente la atención médica u hospitalaria.

8. Inasistencia a las actividades de aplicación de correctivos pedagógicos y estrategias de superación de debilidades académicas, eximiendo a la institución de la responsabilidad de su rendimiento académico.

9. Hacer fraude o plagio en el desarrollo de las evaluaciones, de los trabajos académicos o en cualquier documento de la gestión educativa.

10. Desafiar reiteradamente las orientaciones de sus docentes y fomentar actos de indisciplina que afecta el normal desarrollo de las clases.

11. Promover, incitar y encubrir faltas graves cometidas por otros estudiantes

12. Agredir física, verbal o psicologicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

13. Irrespeto reiterado a sus compañeros, docentes o personal de la institución de forma verbal o física.

14. Faltar a la jornada escolar reiterativamente, cuando se realicen actividades pedagógicas, convivenciales y de comunidad.

15. Abandonar deliberadamente las salidas pedagógicas programadas por la institución, sin permiso de los padres de familia, los acudientes, docentes o directivas

16. Inducir o realizar prácticas que atenten contra su salud mental o física y la de otros.

17. Afectar la presentación individual o la de los demás con prácticas y actitudes que lesionen la autoestima y deterioren sus elementos personales.

18. Mantener un bajo rendimiento académico sin que se haya evidenciado interés para su mejoramiento, después de haber agotado los recursos de seguimiento institucional y familiar.

Protocolos Tipo I

1. Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas.

2. Fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa y acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconiliación

3. Establecer compromisos y hacer seguimiento.

Protocolos Tipo II

1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.

2. Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requieren medidas de restablecimiento de derechos.

3. Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.

4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.

5. Generar espacios para exponer y precisar lo acontecido.

6. Determinar acciones restaurativas para la reparación de daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.

7. Realizar el reporte en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

8. El Comité Escolar de Convivencia realizará el analisis del caso y seguimiento de las soluciones.

Protocolos Tipo III

1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.

2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.

3. Informar de la situación a la Policía Nacional (Policía de Infancia y Adolescencia).

4. Citar a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia y ponerlos en conocimiento del caso.

5. Adoptar las medidas propias para proteger a la victima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada.

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Colegio Pablo Neruda

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19. Incumplimiento de los compromisos de corrección, reparación o restauración pactados después de una falta.

20. Porte de armas y objetos de cualquier índole que puedan lesionar la integridad física, propia o ajena.

21. Dañar, hurtar o afectar deliberadamente los textos, pupitres, bienes o materiales facilitados por el Colegio para el desarrollo integral de niñas, niños y jóvenes. La familia del estudiante deberá responder económicamente por los daños causados.

22. Agredir física, verbal o psicológicamente (comportamientos de burla, desprecio o humillación) en forma reiterada a un compañero y especialmente a aquellos que presentan dificultades en el aprendizaje, el lenguaje o limitaciones físicas, así como a quienes ostenten capacidades sobresalientes especiales.

23. Participar, promover e inducir riñas dentro o fuera del Colegio.

24. Promover acciones de acoso o bullyng, abuso físico o verbal o maltrato escolar por cualquier medio hacia otros estudiantes, directivos, docentes o algún miembro de la comunidad educativa.

25. Incumplir los compromisos adquiridos frente a su proceso académico y formativo con docentes, director de grupo, orientación, coordinaciones, comité escolar de convivencia o rectoría.

26. Mantener juicio valorativo BAJO en el proceso convivencial en uno o más periodos del año lectivo.

27. Utilizar el nombre del Colegio para actividades sociales, económicas o culturales sin la debida autorización del consejo directivo.

28. Uso de dispositivos electrónicos en el desarrollo de actividades de evaluación no autorizados por el docente que orienta la actividad (celulares, ipod, palm, mp3, mp4, etc.) en tal caso, la evaluación será anulada, con posterior registro en el observador del estudiante.

29. Plagiar documentos, utilizar información científica o académica como propia sin citar a los verdaderos autores de los textos o imágenes.

30. Incumplimiento a los términos de una matrícula con compromiso.

31. Traer, promover, distribuir o elaborar material pornográfico dentro o fuera de la institución utilizando cualquier medio de comunicación o tecnológico.

32. Realizar juegos de azar y rifas que incluyan apuestas de dinero u otro tipo de bien, dentro de las instalaciones del colegio

33. Incentivar, promover y participar en la conformación de grupos delincuenciales como: pandillas, bandas o grupos de presión dentro o fuera de la institución.

34. No informar oportunamente cualquier conducta que conozca y que atente contra la moral, las buenas costumbres o el presente manual de convivencia.

En general, todas las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

a) Que se presenten de manera repetida o sistemática.

b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

ARTÍCULO 26. CONDUCTAS ASIMILADAS A SITUACIONES TIPO III

Es aquella que afecta de manera extrema al estudiante que la comete o a otro miembro de la comunidad educativa tanto en el orden físico como moral, o al Colegio en cualquiera de sus principios, de modo que se hace necesaria la participación de instancias superiores o de otras autoridades implicando la aplicación de sanciones mayores.

Ejemplos de conductas asimiladas a situaciones de tipo III

1. Poner en riesgo su integridad física al subir o trepar muros, tejados, planchas o barandas de la institución.

2. Encubrir faltas graves de los compañeros o tratar de entorpecer investigaciones adelantadas por las directivas o personal

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Escolar 2020Agenda

docente del plantel.

3. Utilizar el nombre de la institución para actividades ilícitas.

4. Ocasionar daño o destrucción (Vandalismo) a la planta física, inmuebles, vehículos, material didáctico, laboratorios y demás enseres de la institución y/o de las personas.

5. Suplantar representantes o acudientes o en general cualquier tipo de fraude con el que se pretenda engañar a docentes, directivos docentes o personal de la institución.

6. Causar daños psicológicos o físicos a cualquier miembro de la comunidad educativa que revistan las características de conducta penal.

7. Intimidar, amenazar, extorsionar, chantajear o realizar algún tipo de matoneo a cualquier miembro de la comunidad, bien sea por medio verbal o escrito por cualquier medio.

8. Protagonizar o inducir directa o indirectamente riñas, peleas o grescas dentro y fuera de la institución con o sin uniforme.

9. Hurtar los bienes ajenos o institucionales y la complicidad en la comisión de los mismos, o hurto continuado.

10. Consumir, portar, traficar o expender estupefacientes, drogas psicotrópicas, cigarrillos y bebidas alcohólicas o incitar a otros al consumo de ellas en la institución o en salidas pedagógicas.

11. La distribución o tráfico de estas sustancias, puede generar cancelación de matrícula, previo el debido proceso.

12. Amenazar o intimidar de palabra u obra a directivos, profesores, compañeros y demás miembros de la comunidad educativa.

13. Presentarse al Colegio o salidas pedagógicas bajo efectos de estupefacientes, o bebidas alcohólicas.

14. Hurto comprobado teniendo en cuenta atenuantes o agravantes.

15. Usar la red de Internet para actividades diferentes a los establecidos en el reglamento del centro de informática, instalar, desconfigurar, alterar y/o modificar el software o dañar el hardware de los computadores de la Institución.

16. Asistir a sitios prohibidos como billares, salas de juego, discotecas, casas de prostitución, portando el uniforme, asi como, el consumo de licor, cigarrillo y sustancias psicoactivas portando el uniforme.

17. Recurrir a pandillas, barras bravas, tribus urbanas, amigos y personas para amenazar, intimidar o agredir a cualquier miembro de la comunidad educativa o vecinos.

18. Adulterar notas, dañar o sustraer planillas de calificaciones, evaluaciones, observaciones escritas por los profesores, controles de asistencia y otros documentos de la institución.

19. Falsificar firmas, adulterar libros, boletines, certificados, observador del estudiante, excusas escritas o telefónicas, notas, evaluaciones, trabajos académicos o documentos oficiales del Colegio.

20. Inducir a estudiantes o personas de la comunidad educativa a promiscuidad sexual o prostitución.

21. Usar armas de cualquier clase u otro elemento para intimidar o lesionar la integridad física, propia o ajena.

22. Uso malicioso de las redes sociales para obtener o difundir material implícito, lenguaje, fotos o videos de compañeras o compañeros con consecuencias sobre el clima y la seguridad del Colegio a través de redes sociales.

Protocolos Tipo I

1. Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas.

2. Fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa y acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconiliación

3. Establecer compromisos y hacer seguimiento.

Protocolos Tipo II

1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.

2. Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requieren medidas de restablecimiento de derechos.

3. Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.

4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.

5. Generar espacios para exponer y precisar lo acontecido.

6. Determinar acciones restaurativas para la reparación de daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.

7. Realizar el reporte en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

8. El Comité Escolar de Convivencia realizará el analisis del caso y seguimiento de las soluciones.

Protocolos Tipo III

1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.

2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.

3. Informar de la situación a la Policía Nacional (Policía de Infancia y Adolescencia).

4. Citar a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia y ponerlos en conocimiento del caso.

5. Adoptar las medidas propias para proteger a la victima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada.

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Colegio Pablo Neruda

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Al ser la educación un derecho-deber, ante el incumplimiento por parte del estudiante de sus obligaciones da lugar a la imposición de sanciones, mediando el debido proceso, esto es, llamado de atención, registro en el observador del estudiante, matrícula con condición e incluso llegar a la cancelación del cupo.

En general, las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000 (Código Penal), o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

ARTÍCULO 27. EVALUACIÓN Y TIPIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS O ACTUACIONES

Para evaluar situación se tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

• Edaddelestudianteygradodeescolaridad.

• Frecuenciaconlacualsecometelafalta.

Circunstancias como ocurrió.

• Antecedentesdisciplinarios.• Seguimientorealizado.• Evidenciasdocumentalesytestimonialesdelos

implicados.• Compromisosadquiridos.• Parámetros de conducta establecidos en el

presente Manual de convivencia.• Garantíadelderechodedefensa.• Gestióndeldebidoproceso.• La calidad de autoridad o representación

estudiantil.• Confesióndelafaltavoluntariamente.• Procurar por iniciativa propia reparar el daño

causado.• Reposición de objetos ymateriales dañados o

extraviados.

• Haber observado buen comportamiento y nohaber tenido llamados de atención.

• Habersidoinducidoohaberrecibidoamenazaspor parte de otras personas.

Son antecedentes agravantes:

• Lamentira.• Elengaño.• Laalevosía.• Lavenganza.• Laamenaza.• Elacoso.• El efecto perturbador de la conducta en los

demás miembros de la comunidad.• Lapremeditación.• Laactuaciónencomplicidadconotraspersonas.• Elabusodeconfianza.• Elusodemedioselectrónicosyredessociales.• Lareincidenciaenlainfraccióndelosdeberesy

de los principios de convivencia.

ARTÍCULO 28. ACCIONES PEDAGÓGICAS FORMATIVAS

Para el logro del desarrollo de la personalidad, la formación y proyección para la vida de niñas, niños y jóvenes se requiere de la formación del juicio ético y moral, por tanto las estrategias para la superación de las conductas que ameriten acciones pedagógicas formativas, serán de tipo reflexivo y pedagógico, de carácter individual o grupal e incluirán el compromiso de mejoramiento de los estudiantes y la colaboración de los padres de familia o acudientes.

Teniendo en cuenta la evaluación y tipificación de la situación, se impondrá una de las siguientes acciones formativas:

• Amonestación verbal: Cuando el estudiante incurre en situaciones leves se hace llamado de atención a través del diálogo y la reflexión,

se orienta para que asuma una actitud de cambio positivo y superación personal. Se deja constancia en el observador del estudiante.

• Amonestación escrita: si el estudiante reincide en la conducta o actuación negativa, se hará la amonestación con citación al padre, a la madre de familia o acudiente para que participe del proceso formativo, dejando constancia en el observador del estudiante, así como del compromiso de mejoramiento por parte del estudiante y compromiso de los acudientes para su acompañamiento y cambio de conducta. Igualmente será remitido a orientación escolar como parte de la ayuda institucional. Este procedimiento será aplicado por docentes o coordinadores.

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Escolar 2020Agenda

• Firma de Compromiso o contrato pedagógico: Cuando el estudiante no corrija su conducta o actuación y como parte del proceso formativo, una vez se haya confirmado la misma, el docente o coordinador según la evaluación y tipificación de la misma, deberá registrar compromiso entre el estudiante, el padre de familia o acudiente y el Colegio. Esto implica la necesidad de cambio de actitud por parte del estudiante en beneficio de su desarrollo y de no haber cambio compromete su permanencia en el Colegio.

• Participación, planeación y desarrollo de: talleres de convivencia, trabajo social, exposición de trabajos de investigación sobre temas de desarrollo humano y en vivencia de los valores humanos, cívicos, sociales y competencias ciudadanas acorde con el tipo de situación.

• Suspensión: esta se aplicará en caso de incumplimiento a los compromisos pactados,

a la reincidencia de conductas negativas, atendiendo a la evaluación de la misma y el debido proceso. Esta suspensión se hará con citación y presencia del padre de familia o acudiente, será de 1 hasta 3 días con asistencia a la institución, bajo la responsabilidad y acompañamiento de los acudientes, asumiendo las consecuencias académicas; irá acompañada de un trabajo escrito de reflexión sobre la conducta desplegada, el cual será expuesto a los compañeros de curso. Igualmente deberá suscribir tanto el estudiante como sus acudientes un compromiso escrito con la advertencia que si faltare al cumplimiento del compromiso se enviará al comité escolar de convivencia quien valorará las pruebas a la luz de la sana crítica y conceptuará si el estudiante puede continuar o no en el Colegio.

• Remisiónacomitédeconvivencia.

Matrícula condicional.

Causales:

• Tenencia, consumo o distribución desustancias psicoactivas ilegales dentro de la institución, así como fuera del Colegio en actividades pedagógicas complementarias.

• Acusar, injuriar o calumniar a profesores,directivos, padres de familia, estudiantes, empleados del Colegio o agentes externos de manera personal o haciendo uso de redes sociales y medios tecnológicos.

• Asumir deliberadamente conductas ocomportamientos sexuales que afecten la integridad de otras personas, bien sea por acción, palabras, gestos, posturas corporales o gráficas tales como: muestras exageradas de afecto, exhibicionismo sexual, hacer uso de vocabulario y bromas soeces, traer al Colegio material pornográfico u obsceno, propaganda subversiva o irreverente para con las autoridades o contra cualquier credo, la dignidad de la persona o los Derechos Humanos.

• Utilizar equipos electrónicos para filmar aotros estudiantes, profesores u otro miembro de la comunidad sin previa autorización.

• Todo hecho o comportamiento que seaconsiderado como grave por el comité escolar

de convivencia, el rector o el consejo directivo. Para sancionar los hechos de que trata en este numeral, el rector expedirá decisión motivada.

Cancelación de la matrícula: consiste en la no renovación de matrícula o la suspensión definitiva del servicio educativo en el Colegio en cualquier época del año lectivo. Se aplica en los siguientes casos:

• Reprobarelañocursadoporsegundavez.

• Hurto comprobado atendiendo atenuantes yagravantes.

• Cuando la falta cometida lo amerite y segúnrecomendación del comité escolar de convivencia o la comisión escolar de convivencia.

• Eneleventodereincidenciafrentealosacuerdospactados en el comité escolar de convivencia, el docente que evidencie dicha falta deberá remitir, mediante comunicación escrita, a coordinación de convivencia con el objeto de proceder a convocar nuevamente el comité escolar de convivencia quien hará las recomendaciones pertinentes.

• Noresponderpositivamentealasorientacionesy correctivos brindados por el Colegio, cuando hay reincidencia en las faltas que motivó la acción pedagógica.

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• Elestudiantequecometaunafaltamuygrave,será remitido al Comité Escolar de Convivencia para su estudio y recomendaciones.

• No proclamación de bachilleres básicos oacadémicos en ceremonia de graduación a las o los estudiantes de los grados noveno

y undécimo, previo análisis de la conducta y recomendación del comité escolar de convivencia, cuando incurran en falta grave o muy grave o cuando sean recurrentes las faltas leves y no se cumpla con los compromisos escritos.

ARTÍCULO 29. CONDUCTO REGULAR PARA QUEJAS Y RECLAMOS

El conducto regular para quejas y reclamos de los estudiantes ante los inconvenientes que se puedan presentar con los diferentes estamentos de la comunidad educativa, son los pasos a seguir o las instancias a las que se debe acudir en procura de solución.

EN LO ACADÉMICO

• Diálogo con el profesor que orienta laasignatura.

• Diálogoconeldirectordecurso.

• Diálogoconlacoordinadoraacadémica.

• Solicitudescritaalconsejoacadémico.

• Reclamación escrita ante la comisión deevaluación y promoción.

• Solicitudporescritoalconsejodirectivo,enla que se describa la situación y el proceso

seguido.

EN LO CONVIVENCIAL

• Diálogoconeldocentequehacelaanotaciónen el observador.

• Diálogoconeldirectordecurso.

• Diálogoconcoordinacióndeconvivencia.

• Atención y seguimiento por parte deorientación escolar cuando el caso lo amerite de conformidad con el protocolo.

• Solicitud por parte de coordinación deconvivencia mediante escrito dirigido al comité escolar de convivencia en la que se señale la situación y el proceso adelantado.

Parágrafo: El proceso debe demorar máximo 2 días hábiles en cada instancia.

CAPITULO VI RUTA DE ATENCIÓN INTEgRAL PARA LA CONVIVENCIA

ESCOLAR ARTÍCULO 30. GARANTÍA DE DERECHOS Y APLICACIÓN DE PRINCIPIOS

En todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, el Colegio garantiza la aplicación de los principios de protección integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la perspectiva

de género y los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, de los grupos étnicos, como se definen en los artículos 7 al 13 de la Ley 1098 de 2006. Así mismo, garantiza el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012.

ARTÍCULO 31. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

La Ruta de Atención Integral tiene cuatro componentes: promoción, prevención, atención y seguimiento.

El componente de promoción se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los

derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos

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e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades.

De conformidad con el artículo 20 de la ley 1620 de 201, para lograr estos propósitos el Colegio implementa proyectos pedagógicos los cuales deben ser desarrollados en todos los niveles del establecimiento educativo, formulados y gestionados por los docentes de todas las áreas y grados, construidos colectivamente con otros actores de la comunidad educativa, que sin una asignatura específica, respondan a una situación del contexto y que hagan parte del proyecto educativo institucional o del proyecto educativo comunitario.

Los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad, que tienen como objetivos desarrollar competencias en los estudiantes para tomar decisiones informadas, autónomas, responsables, placenteras, saludables y orientadas al bienestar; y aprender a manejar situaciones de riesgo, a través de la negativa consciente reflexiva y critica y decir no a propuestas que afecten su integridad física o moral, deberán desarrollarse gradualmente de acuerdo con la edad, desde cada una de las áreas obligatorias señaladas en la Ley 115 de 1994, relacionados con el cuerpo y el desarrollo humano, la reproducción humana, la salud sexual y reproductiva y los métodos de anticoncepción, así como las reflexiones en torno a actitudes, intereses y habilidades en relación con las emociones, la construcción cultural de la sexualidad, los comportamientos culturales de género, la diversidad sexual, la sexualidad y los estilos de vida sanos, como elementos fundamentales para la construcción del proyecto de vida del estudiante.

La educación para el ejercicio de los derechos humanos en el Colegio implica la vivencia y práctica de los derechos humanos en la cotidianidad escolar, cuyo objetivo es la transformación de los ambientes de aprendizaje, donde los conflictos se asumen como oportunidad pedagógica que permite su solución mediante el diálogo, la concertación y el reconocimiento a la diferencia para que los niños, niñas y adolescentes desarrollen competencias para desempeñarse como sujetos activos de derechos en el contexto escolar, familiar y comunitario. Para esto, el proyecto pedagógico enfatizará en la dignidad humana, los derechos humanos y la aceptación y valoración de la diversidad y las diferencias.

En todos los casos se debe respetar las garantías constitucionales en torno a los derechos fundamentales establecidos en el Titulo II Capítulo 1 de la Constitución Nacional.

El componente de prevención se ejecuta a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar.

Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de los miembros de la comunidad educativa.

Hacen parte de las acciones de prevención:• Permanentesaccionespedagógicasformativas

por parte de directivos, docentes, orientadora y miembros de la comunidad educativa.

• La identificaciónde losriesgosdeocurrenciade las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.

• El fortalecimiento de las acciones quecontribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales reproductivos; identificadas a partir de las particularidades antes mencionadas.

• El diseño de protocolos para la atenciónoportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

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El componente de atención desarrolla estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia o acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades del Colegio. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo.

El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados.

Se consideran acciones de atención aquellas que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos de los establecimientos educativos y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia.

ARTÍCULO 32. PROTOCOLO DE REMISIÓN PARA ATENCIÓN DE CASOS POR EL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

Los protocolos y rutas del seguimiento disciplinario ante los inconvenientes y faltas al manual de convivencia o la ley, todo estudiante debe estar asistido por los padres de familia o acudientes. Los educadores del Colegio Pablo Neruda, por haber adquirido el rol de ORIENTADOR y MEDIADOR en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos y ejerciendo la función fundamental de detección temprana de estas mismas situaciones, ejercen autoridad legal para adelantar los siguientes protocolos:

PRIMER PROTOCOLO:

1. Docente que detecta la conducta inadecuada oincumplimiento de obligaciones.

2. Identificación de la situación. Entrevistas conimplicados.

3. Diálogo reflexivo, según la falta cometida.

4. Asistencia al centro de mediación de conflictos.

5. Amonestación verbal o escrita según lacircunstancia, quedando constancia enel observador del estudiante y cuando lasituación lo amerite se hará remisión aorientación escolar.

6. Citación al padre o madre de familia oacudiente cuando la situación lo amerite, conconstancia en el observador del estudiante.

7. Neutralización de las acciones a través de lasprimeras medidas tomadas institucionalmente.

8. Comunicación al director de grupo.

9. Realizar seguimiento del caso y de loscompromisos a fin de verificar si la soluciónfue efectiva o si se requiere acudir a otrosprotocolos.

SEGUNDO PROTOCOLO:

1. Director de grupo

2. Identificación de la situación. Entrevistas conimplicados.

3. Estrategia de mejoramiento en la formación yde ser necesario remisión a orientación comoapoyo institucional.

4. Asistencia al centro de mediación de conflictossegún el tipo de falta.

5. Amonestación verbal o escrita, la cual debequedar consignada en el observador delestudiante.

6. Citación al padre, madre de familia o acudiente para su conocimiento y apoyo en la formacióndel estudiante, dicho compromiso debe quedarescrito en el observador del estudiante. (Hacerseguimiento por el director de grupo).

7. Comunicación inmediata por escrito alcoordinación de convivencia y al departamento de orientación.

8. Neutralización de las acciones a través de lasprimeras medidas tomadas institucionalmente.

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9. Comunicación al equipo de profesores conel objeto de hacer seguimiento de acuerdo alcaso y según necesidad.

10. Realizar seguimiento del caso y de loscompromisos a fin de verificar la solución ycumplimiento de protocolos.

TERCER PROTOCOLO: Orientación escolar.

1. Identificación o recepción de la situación.

2. Entrevista con implicado, de ser necesario.

3. Entrevista con el acudiente de acuerdo a lasituación.

4. Seguimiento

5. Remisión según necesidad.

6. Control de remisión.

7. Citación a padres de familia y seguimiento.

8. Neutralización de las acciones a través de lasprimeras medidas tomadas.

9. Comunicación a coordinación de convivenciao al equipo de profesores, de acuerdo al caso ysegún necesidad.

10. Realizar seguimiento del caso y de loscompromisos a fin de verificar si la soluciónfue efectiva o si se requiere acudir a otrosprotocolos.

11. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del decreto 1620 de 2013 el departamentode orientación escolar para la convivencia,en relación con la ruta de atención integraladquiere los siguientes deberes:

12. Contribuir con la dirección del establecimiento educativo en el proceso de identificación defactores de riesgo que pueden influir en lavida escolar de los estudiantes.

13. Documentar y registrar en el Sistema deInformación Unificado de ConvivenciaEscolar los casos de acoso o violencia escolaro vulneración de derechos sexuales yreproductivos.

14. Participar en el proceso de acompañamientoasí como de la evaluacíon de los resultados deesta orientación.

15. Actuar como agentes de enlace o agentes queapoyan la remisión de los casos de violenciaescolar o vulneración de derechos sexuales y

reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la Ruta de Atención Integral.

16. Participar en la definición de los planesindividuales y grupales de intervenciónintegral y seguir los protocolos establecidosen la Ruta de Atención Integral.

17. Apoyar al comité escolar de convivencia enel desarrollo de estrategias e instrumentosdestinados a promover y evaluar laconvivencia escolar y la promoción de losderechos sexuales y reproductivos, así comodocumentar los casos que sean revisados enlas sesiones del mismo.

18. Participar en la construcción, redacción,socialización e implementación del manual de convivencia y de los proyectos pedagógicos de que trata el artículo 20 de ley 1620 de 2013.

19. Involucrar a las familias, a través de la escuela para padres y madres, en los componentes yprotocolos de la ruta de atención integral.

CUARTO PROTOCOLO: Coordinador de Convivencia.

1. Identificación de la situación. Entrevistas conimplicados.

2. Plan de mejoramiento educativo conremisión.

3. Orientación y seguimiento.

4. Aplicación de sanciones, según lo estipuladoen el presente manual de convivencia, consanción pedagógica formativa hasta por tresdías, en el evento de que fuere autorizado porel rector.

5. Notificación de la sanción a padres de familiay acompañamiento permanente de losmismos.

6. Neutralización de las acciones a travésde las primeras medidas tomadasinstitucionalmente.

7. Comunicación al equipo de profesores y alcomité escolar de convivencia de acuerdo alcaso y según necesidad.

8. Realizar seguimiento del caso y de loscompromisos a fin de verificar si la soluciónfue efectiva o si se requiere acudir a otrosprotocolos.

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QUINTO PROTOCOLO: Comité Escolar de Convivencia1. Análisis del caso disciplinario.

2. Plan de Mejoramiento.

3. Acompañar las estrategias y actividades quepropendan por el buen comportamiento en elColegio, la conservación de la convivencia yla armonía escolar.

4. Estudia recomendación y conceptúa sobrecancelación de matrícula o pérdida de cupo.

5. Remisión a los órganos del gobierno según lalegislación vigente.

6. Notificación de la sanción a padres de familiay acompañamiento permanente de losmismos.

7. Neutralización de las acciones a travésde las primeras medidas tomadasinstitucionalmente.

8. Comunicación a coordinación de convivenciao al equipo de profesores de acuerdo al caso ysegún necesidad.

9. Remisión a entidades y autoridades según laruta o protocolo establecido.

10. Realizar seguimiento del caso y de loscompromisos a fin de verificar si la soluciónfue efectiva o si se requiere acudir a otrosprotocolos.

SEXTO PROTOCOLO: Consejo Directivo. Por apelación en segunda instancia, estudia recomendación y conceptúa sobre confirmación o revocatoria del acto sancionatorio apelado.

ARTÍCULO 33. PROTOCOLO ANTE SITUACIONES TIPO I

De conformidad con el artículo del decreto 1965 de 2013, se lleva a cabo con el siguiente procedimiento:

• Reunir inmediatamente a las partesinvolucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.

• Fijar la forma de solución de maneraimparcial, equitativa y justa, encaminadaa buscar la reparación de los dañoscausados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de unclima de relaciones constructivas en el

grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia.

• Realizar seguimiento del caso y de loscompromisos a fin de verificar si la soluciónfue efectiva o si se requiere acudir a losprotocolos consagrados en los artículos 43 y44 del presente Decreto.

NOTA: Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia.

ARTÍCULO 34. PROTOCOLO ANTE SITUACIONES TIPO II

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del decreto 1965 de 2013

• En casos de daño al cuerpo o a la salud,garantizar la atención inmediata en saludfísica y mental de los involucrados, mediantela remisión a las entidades competentes,actuación de la cual se dejará constancia.

• Cuando se requieran medidas derestablecimiento de derechos, remitir lasituación a las autoridades administrativas,

en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.

• Adoptar las medidas para proteger a losinvolucrados en la situación de posiblesacciones en su contra, actuación de la cual sedejará constancia.

• Informardemanera inmediataa lospadres,madres o acudientes de todos los estudiantesinvolucrados, actuación de la cual se dejaráconstancia.

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• generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

• Determinar las acciones restaurativas quebusquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

• Elpresidentedelcomitéescolardeconvivenciainformará a los demás integrantes de este

comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del decreto 1965 de 2013.

• El comité escolar de convivencia dejaráconstancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

• Elpresidentedelcomitéescolardeconvivenciareportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

ARTÍCULO 35. PROTOCOLO ANTE SITUACIONES TIPO III

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del decreto 1965 de 2013

• En casos de daño al cuerpo o a la salud,garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

• Informardemanera inmediataa lospadres,madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

• El presidente del Comité Escolar deConvivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

• No obstante, lo dispuesto en el numeralanterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.

• El presidente del comité escolar deconvivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

• Pese a que una situación se haya puestoen conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia

adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

• El presidente del comité escolar deconvivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

• Los casos sometidos a este protocolo seránobjeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité distrital de convivencia escolar.

• En materia de prevención de la violenciasexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente, además de la aplicación del protocolo aquí descrito, se deberá aplicar lo contemplado en la Ley 1146 de 2007, artículo 12 el cual dispone:. “OBLIgACIÓN DE DENUNCIAR. El docente está obligado a denunciar ante las autoridades administrativas y judiciales competentes, toda conducta o indicio de violencia o abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes del que tenga conocimiento”.

• Sin perjuicio de lo anterior, los comitésescolares de convivencia harán seguimiento y evaluación de las acciones para la promoción

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y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y

para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, según disposición del artículo 48, inciso 2 del decreto 1965 de 2013.

ARTÍCULO 36. ACCIÓN PRIORITARIA A TENER EN CUENTA

Al finalizar cada periodo académico y el año escolar, el comité escolar de convivencia, establecerá las problemáticas generalizadas en la institución para buscar estrategias en la prevención y determinará, sobre los resultados de los seguimientos realizados a los estudiantes, en las instancias correspondientes, previa presentación de dicho informe, que a su vez debe ser solicitado por coordinación de convivencia. El departamento de orientación, debe ser parte activa en cada una de las instancias, en especial en la ayuda que la institución está obligada a brindar a los estudiantes para su mejoramiento.

ARTÍCULO 37. GARANTÍA DEL DEBIDO PROCESO

Teniendo en cuanta al Art. No. 29 de la Constitución Política de Colombia, el debido proceso en el Colegio Pablo Neruda, está determinado así:

• CualquiermiembrodeinstanciadelColegioque tenga conocimiento de la falta deberá notificar a quién corresponda su manejo, atendiendo al conducto regular y a los protocolos antes descritos y dejará registro en el observador del estudiante.

• Conocer los descargos de los implicados,preferiblemente por escrito.

• Establecer la veracidad de las versiones,agotando las pruebas y confrontando evidencias, documentos y testimonios.

• Tipificacióndelafalta:paraclasificarlafaltase atenderá a los aspectos contemplados en este acuerdo en la parte correspondiente a evaluación y tipificación de las faltas.

• Remisión a orientación escolar, segúnnecesidad. El concepto de orientación escolar es importante cuando la situación viene de tiempo histórico, ya que esto demuestra el seguimiento que ha realizado el Colegio para la formación y proyección para la vida del estudiante.

• Remisión a otras instancias, si el caso loamerita a criterio de quienes participan en el procedimiento.

• Aplicacióndelasanciónrespectiva.

• Registro de la falta en el observador delestudiante, notificando a los padres de familia.

• Elrecursodereposiciónprocedecomoprimerainstancia contra la decisión que se pronuncia, dirigida a la autoridad que la profirió, para solicitar la revisión o revocatoria del proceso o de la sanción impuesta. El tiempo para hacer uso de éste es de hasta tres (3) días hábiles después de ser notificado.

• El recurso de apelación procede, comosegunda instancia, utilizando el conducto regular contra el fallo de reposición, al órgano del gobierno escolar inmediatamente superior, o al superior jerárquico. El tiempo para hacer uso de éste es de hasta cinco (5) días hábiles después de la notificación.

ARTÍCULO 38. GARANTÍA AL DERECHO DE DEFENSA

• Toda decisión debe ser precedidade la oportunidad para expresar las argumentaciones que favorezcan al implicado o a debatir las pruebas tenidas en cuenta para proferir la sanción.

• El periodo probatorio es de obligatoriocumplimiento.

• Al Estudiante y a los Padres de Familia sedebe informar por escrito del inicio de la acción pedagógica formativa-correctiva y

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notificarles de la misma forma la decisión final.

• Segarantizalarecepcióndedescargosdelosimplicados durante la acción disciplinaria.

• El sancionado tiene el derecho de apelar alas instancias superiores del Colegio y a las demás que la ley le permita.

• Para aplicar sanciones el rector tendrá encuenta lo ordenado por la Corte Suprema

de Justica en distintas sentencias, las cuales servirán de fundamento a su decisión.

• LoseducadoresdelColegioPabloNerudaenel presente Manual de Convivencia adquieren el rol de ORIENTADOR Y MEDIADOR en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así mismo se adiciona como función fundamental la detección y prevención temprana de estas mismas situaciones.

ARTÍCULO 39. SOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS ESTUDIANTILES

• MEDIACIÓN: Ejercida por un grupo de estudiantes capacitados, los cuales serán mediadores cuando se requiera su actuación, además para prevenir actuaciones que atenten contra la convivencia en el Colegio o fuera de él. Los mediadores generarán un acuerdo de paz o de no agresión entre las partes, el cual es de obligatorio cumplimiento y su gestión está asesorada y acompañada por el docente integrante del comité escolar de convivencia.

Los mediadores tendrán en cuenta en la solución de conflictos los siguientes principios básicos para la convivencia social

• APRENDER A NO AGREDIR AL CONGÉNERE. “El hombre tiene un bajo nivel de inhibición genética frente a la vida de su congénere. En el hombre la agresividad puede convertirse en amor o en hostilidad hacia el otro. Hay que enseñarle a dejar el combate pero sin perder la combatividad. A ser fuerte pero sin perder la ternura ni la compasión por el otro. El otro por ser diferente puede ser complemento o quizás mi opositor pero nunca mi enemigo. Aprender a valorar la vida del otro como mi propia vida. Aprender a buscar la unidad pero no la uniformidad. Aprender a respetar la vida íntima de los demás. Aprender a tener cuidado y defensa de la vida como principio máximo de toda convivencia”.

• APRENDER A COMUNICARSE. “La convivencia social requiere aprender a conversar. A través de la conversación podemos expresarnos, comprendernos, aclararnos, coincidir, discrepar y comprometernos Por eso la mentira deteriora toda comunicación. La primera función de la comunicación es la búsqueda de reconocimiento, por eso el rechazo a la

comunicación del otro produce hostilidad y afecta la autoestima”.

• APRENDER A INTERACTUAR. “Aprender a acercarse a los otros iniciando por el saludo. Aprender a comunicarse con los otros, reconocer los sentires, deliberar. Aprender a estar con los otros. Buscar felicidad en convivencia. Aprender a vivir la intimidad, cortejar y amar. Aprender a percibirnos como somos y a percibir a los otros como personas. Respetar los derechos humanos”.

• APRENDER A DECIDIR EN GRUPO. “La concertación la podemos definir como la selección de un interés compartido que, al ubicarlo fuera de cada uno de nosotros, hacemos que nos oriente y nos obligue a todos lo que se ha aprobado. Para que la concertación sea útil para la convivencia social, es decir, que genere obligación y sirva de orientación para el comportamiento, se requiere de la participación directa o indirecta de todos los que se comprometen”.

• APRENDER A CUIDARSE. “Crear condiciones de vida adecuadas, vivienda, alimentación, salud, recreación. Proteger la salud practicando hábitos de higiene, comportamientos de prevención. Aprender y valorar las normas de seguridad y las normas del Colegio. Tener una percepción positiva de cuerpo (deporte arte). Toda ética supone una ética del amor propio; y el cuidado de sí mismo, es la primera premisa de esta ética”.

• APRENDER A CUIDAR EL ENTORNO. “Aprender a percibir el planeta como un ser vivo. El aire, el ozono, el agua, la biodiversidad, la verdadera riqueza común. Aprender a conocer todas las formas de vida de la naturaleza. (Interdependencia). Defender y cuidar el espacio público. Defender y cuidar

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el Colegio y su entorno. Manejar y controlar la basura y los desperdicios. Volver la guerra un acto inútil e impensable”.

• APRENDER A VALORAR EL SABER SOCIAL. “Saber cultural (práctica diaria). Saber académico (Método científico). Conocer el significado y origen de las

tradiciones y costumbres de la comunidad. Ser conscientes de lo que enseñanza la historia. Que todos los docentes tengan una profunda mentalidad democrática moderna. Un sistema educativo efectivo y de calidad es un factor positivo de convivencia, porque produce personas seguras de sí mismas y ubicadas psicológica y socialmente”.

CAPÍTULO VII gOBIERNO ESCOLAR ARTÍCULO 40. PERSONERA O PERSONERO ESTUDIANTIL

El Colegio Pablo Neruda - Institución Educativa Distrital, tendrá un personero o personera, representante de las y los estudiantes, candidato del grado once de conformidad con el Art. 28 del decreto 1860. Para ser elegido se requiere ser un estudiante que reúna las cualidades del perfil exigido en el presente Manual de Convivencia, tales como excelente rendimiento académico, responsable, autónomo, líder positivo, antigüedad en la institución, sentido de pertenencia, buenas relaciones interpersonales, solidario...

PROCESO PARA ELECCIÓN

• El rector convocará a todas y todos losestudiantes matriculados con el fin de que elijan personero o personera dentro de los 30 días calendario siguientes a la iniciación de clases.

• Nominacióndecandidatosporcadacursodelgrado undécimo.

• Determinaciónyorganizaciónpara efectuarel proceso electoral.

• Presentacióndel personeroo personera a lacomunidad educativa.

• Sermodeloenlainstituciónyapoyarlaenlasdiferentes actividades que se programen.

FUNCIONES DEL PERSONERO ESCOLAR

Son funciones del personero o personera, las contempladas en el Artículo 28 del decreto 1860.

El personero escolar tendrá las siguientes funciones:

1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del Colegio, pedir colaboración del consejo de estudiantes y organizar otras formas de deliberación.

2. Recibir y evaluar las quejas y los reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes

3. Elevar ante las autoridades del Colegio peticiones respetuosas para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

4. Cuando lo considere necesario, apelar ante los consejos académico y directivo las decisiones del director de grupo respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

ARTÍCULO 41. CONSEJO ESTUDIANTIL

De conformidad con el artículo 29 del decreto 1860, el Colegio Pablo Neruda conformará el consejo estudiantil, el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes. Está integrado por un vocero de cada curso. Para ser elegido se requiere ser un estudiante

que reúna las cualidades del perfil exigido en el presente manual de convivencia, tales como tener excelente rendimiento académico, responsable, autónomo, líder positivo, antigüedad en la institución, sentido de pertenencia, buenas relaciones interpersonales, solidario.

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El proceso de elección se hará de la siguiente manera:

• Cada curso elegirá por voto secreto a surepresentante.

• Lasylosestudianteselegidossereuniránporgrupos para votar por una o un representante por grado.

• Las y los representantes por grados sereunirán para elegir la junta directiva.

• Sedaránsupropioreglamento.

NOTA: El estudiante que salga elegido, realizará actividades afines y complementarias orientadas al engrandecimiento de la comunidad Pablista.

FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES

El Consejo de Estudiantes tendrá las siguientes funciones:

1. Darse su propia organización interna.

2. Elegir el representante de los estudiantes ante el comité escolar de convivencia.

3. Elegir el representante de los estudiantes ante el consejo directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

4. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

5. Promover acciones para mantener las buenas relaciones entre los estudiantes y resolver conflictos estableciendo pactos de convivencia.

6. Promover estrategias para mantener en alto el sentido de pertenencia con el Colegio de todos los estudiantes y gestionar acciones para evitar el deterioro de la planta física y el mobiliario destinado a su uso

7. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia.

8. Ser modelo en la institución y apoyarla en las diferentes actividades que se programen.

ARTÍCULO 42. ASOCIACIÓN DE EXALUMNOS

A la Asociación de exalumnos le corresponde apoyar los programas de mejoramiento de la Institución. Está conformada por los alumnos egresados del plantel y se reunirá una vez al año.

Son funciones de la Asociación de exalumnos:

1. Establecer su organización y reglamentación interna.

2. Apoyar los programas del plantel a través de aportes técnicos, profesionales y otros.

3. Colaborar con la Institución para el mejoramiento del currículo, aportando ideas basadas en sus experiencias.

4. Coordinar con el plantel la consecución de servicios de actualización y empleo para los egresados.

5. Elegir un representante ante el Consejo Directivo.

ARTÍCULO 43. CONSEJO DIRECTIVO

El Consejo Directivo tendrá las siguientes funciones:

1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad.

2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.

3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución y velar por su cumplimiento.

4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.

5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

...El consejo estudiantil, es el máximo órgano colegiado que

asegura y garantiza el ejercicio de la participación por parte de

los estudiantes...

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6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.

7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlo a la consideración de la Secretaría de Educación de Bogotá. D.C. o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.

8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.

9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.

10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.

11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.

15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el decreto 1860 de 1994.

16. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres tales como certificados de exalumnos.

17. Darse su propio reglamento y darlo a conocer.

ARTÍCULO 44. CONSEJO ACADÉMICO

El Consejo Académico tendrá las siguientes funciones:

1. Ser el principal canal de comunicación con los docentes en las decisiones académicas que se tomen.

2. Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional.

3. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el decreto l860 de 1994.

4. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

5. Participar en la evaluación institucional anual.

6. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes, padres y madres de familia sobre la evaluación educativa.

7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.

CAPÍTULO VIII REgLAMENTOSREGLAMENTOS PARA EXIGIR A ESTUDIANTES EN SITIOS ESPECIALES DEL Colegio

ARTÍCULO 45. REGLAMENTO PARA USO DE BIBLIOTECA

• Solicitar el préstamo de libros con elrespectivo carné.

• Elpréstamodelibrosadocentesyestudiantesse realiza máximo por tres (3) días, de necesitarse más tiempo se debe renovar el préstamo.

• En la biblioteca no puede usarse celulareso cualquier otro elemento ajeno a las actividades propias de la biblioteca.

• No es permitido el ingreso y consumo dealimentos o bebidas.

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• Ingresarypermanecerenperfectosilencio.

• En caso de pérdida o daño en los librosprestados, el responsable debe cancelar el valor del mismo o reemplazarlo por otro en igual o mejores condiciones. En el evento de no conseguirse el título se reemplazará por otro de igual o parecido contenido.

• Dentro de la bibliotecano se puedenhaceractividades diferentes a las de carácter académico.

• Respetaryacatartodaslasrecomendacionesrealizadas por la bibliotecaria.

ARTÍCULO 46. REGLAMENTO PARA USO DE LA SALA DE INFORMÁTICA

1. El uso de la sala de informática está sujeto a la autorización del docente de sistemas de la institución.

2. No usar objetos ajenos a las actividades propias de la sala de informática.

3. Trabajar únicamente en el computador asignado por el docente al iniciar el año y responder por su buen manejo y organización durante su uso.

4. Al trabajar en internet está sujeto a los trabajos asignados por el docente encargado, está prohibido chatear, usar páginas

pornográficas o cualquier actividad que desvíe los fines de investigación y consulta.

5. No ingresar alimentos ni arrojar basura.6. El sustraer alguna pieza de los equipos se

considera una falta grave, en consecuencia se aplican las sanciones de convivencia acordadas.

7. Respetar y acatar todas las recomendaciones realizadas por el docente encargado.

8. El estudiante que haga uso de la sala en horario diferente a la clase, debe estar acompañado por un docente.

ARTÍCULO 47. REGLAMENTO PARA USO DE LABORATORIOS

1. Dar buen uso al lugar y hacer uso de los elementos de seguridad requeridos para las prácticas a desarrollar.

2. Mantener el lugar en condiciones de orden y aseo.

3. No permitir interrupciones durante la clase ni el ingreso de personas diferentes a quienes estén haciendo uso del lugar.

4. Ingresar y permanecer en perfecto orden, organización, disposición a aprender y recibir clase.

5. No consumir ninguna clase alimentos o comestibles.

6. Todo estudiante sólo puede ingresar en compañía de un docente o funcionario del Colegio.7. No utilizar celulares ni dispositivos sonoros o cualquier elemento ajeno a la práctica a realizar.

8. No sacar ningún elemento del laboratorio sin autorización del docente o funcionario responsable.

9. Los elementos y materiales solamente pueden ser manipulados bajo la supervisión del docente encargado, siguiendo estrictamente las instrucciones dadas.

10. Ningún estudiante puede salir del laboratorio sin autorización del docente.

11. La persona que dañe o rompa algún elemento de los laboratorios debe hacer la reposición dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al daño.

12. Queda totalmente prohibido sentarse en las mesas y mesones.

13. Los laboratorios deben entregarse en condiciones de aseo y limpieza.

ARTÍCULO 48. SERVICIO DE ENFERMERÍA

Este es un servicio que pretende dar más seguridad y comodidad a la comunidad, no puede dársele mal uso, como solicitarlo sin necesidad o como mecanismo para ausentarse de clase, en tal caso la falta será considerada grave.

Para su uso tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

• Si verdaderamente necesita el servicioinfórmelo al docente con quien tiene clase,

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si está en descanso solicítelo a los docentes de disciplina o al coordinador de convivencia, quienes darán la autorización.

• Cada vez que requiera el servicio deenfermería quedará registrado en el libro respectivo.

• Si un estudiante registra anotacionesfrecuentes, los responsables del cuidado de la misma citarán al acudiente para que el estudiante sea llevado al médico y en casos

extremos si el acudiente no lleva al niño, niña o joven a consulta o no reporta su estado de salud mediante informe médico, podrá ser suspendido de clases hasta tanto se presente el reporte. Se establece esta condición porque la salud de los demás prevalece.

• Alosestudiantesnoselespuedesuministrarningún tipo de medicamentos por parte del Colegio.

VIGENCIA ARTÍCULO SEGUNDO: El presente manual de convivencia será evaluado y ajustado cada año, con base en los resultados de la evaluación institucional y los consiguientes aportes de los diferentes estamentos, previo estudio y aprobación de las modificaciones por parte del Comité Escolar de Convivencia.ARTÍCULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir del Trece (13) de enero de dos mil veinte (2020) COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., el Trece (13) de enero de dos mil veinte (2020)

MANUAL DE FUNCIONESDe conformidad con lo ordenado por el numeral 4 del artículo 17 del decreto 1860 de 1994, el reglamento para docentes, directivos, personal administrativo al igual que sus perfiles, funciones, derechos y deberes constituyen el “Manual de

Funciones” aprobado por acuerdo separado que se publica en la edición de la agenda escolar, el cual es de obligatorio cumplimiento por sus destinatarios al igual que lo dispuesto en el presente manual de convivencia

ACUERDO NÚMERO 12 de 2018(20 de Septiembre de 2018)

Por el cual se adopta el Manual de Funciones para directivas, docentes, administrativos y personal de apoyo que laboran en el Colegio PABLO NERUDA I.E.D. vigencia Dos Mil Veinte (2020)El Consejo Directivo en uso de las atribuciones que le otorga el artículo 17 del decreto 1860 de agosto 3 de 1994 reglamentario de la ley general de educación y CONSIDERANDO: Que el artículo 20 del decreto 1860 de 1994 constituye al Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. Que el Art. 17 del decreto reglamentario 1860 de agosto 3 del 1994 de conformidad con los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 establece que el manual de convivencia debe tener una definición

de los derechos y deberes de las y los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. Que dentro de sus funciones legales está la potestad para “tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución…; servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo, después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia; y adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la instituciónACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar, divulgar y poner en práctica el siguiente manual de funciones del Colegio Pablo Neruda I.E.D., para el año dos mil veinte (2020)

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CAPÍTULO I DIRECTIVOS DOCENTES, DOCENTE S Y OTROS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ARTÍCULO 1. PERFIL DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES

1. Personas con capacidad de liderazgo, de administración, organizada e inquieta frente a las propuestas y cambios pedagógicos, que favorezcan la dinamización, desarrollo y avances del PEI.

2. Estudiosos de la pedagogía, líderes en la implementación de estrategias innovadoras que garanticen alcanzar los objetivos

propuestos.

3. Investigadores constantes y guías en los procesos de mejoramiento de la estrategia académica de la institución.

4. Tolerantes, equilibrados, justos y con excelente capacidad de escucha y creatividad para la resolución de diferentes problemáticas.

ARTÍCULO 2. RECTOR.

El rector es el representante del Colegio ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.

DEBERES DEL RECTOR

1. Velar permanentemente por la buena marcha y disciplina del Plantel.

2. Organizar y controlar las labores de docentes, directivos docentes, estudiantes y administrativos.

3. Vigilar cuidadosamente la presentación personal, el buen trato y excelente relación entre todos los miembros de la comunidad educativa, en especial de docentes, estudiantes, administrativos y auxiliares de servicios generales.

4. Informar periódicamente las novedades acaecidas con respeto al funcionamiento escolar.

5. Hacer que los docentes entreguen oportunamente los boletines informativos.

6. Velar por la buena conservación del edificio escolar, decoración de las aulas de clase, material didáctico, relaciones humanas y demás aspectos del proyecto educativo institucional.

7. Coordinar y hacer cumplir todas las actividades estudiantiles, sociales y culturales programadas por el Colegio.

8. Cumplir con las comisiones que le sean asignadas por sus superiores jerárquicos, SED, Dirección Local de Educación y la Supervisión Escolar.

9. Estudiar y autorizar los permisos solicitados por los docentes, directivos docentes,, estudiantes y padres de familia para cualquier eventualidad.

10. Brindar el apoyo necesario a todos los maestros y maestras para el cumplimiento y desarrollo de las actividades planeadas en el Colegio.

11. Reconocer y estimular la labor de los maestros y maestras, padres de familia y estudiantes por su excelente participación en desarrollo del PE.I.

12. Identificar en el entorno social y en los estamentos de la comunidad educativa las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizar en favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional.

13. Promover actividades de beneficio social que vinculen al Colegio con el entorno social.

14. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.

15. Hacer cumplir el conducto regular para la solución de conflictos.

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Colegio Pablo Neruda

FUNCIONES DEL RECTOR

Como primera autoridad académica del establecimiento educativo le corresponde:

1. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional.

2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para tal efecto.

3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.

4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.

5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

6. Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico y directivo.

7. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los reglamentos y el manual de convivencia.

8. Presidir el consejo directivo, el consejo académico, comité escolar de convivencia y coordinar los distintos órganos del gobierno Escolar.

9. Formular planes de acción y mejoramiento de calidad de la educación con la participación de la comunidad educativa y dirigir su ejecución.

10. Promover actividades de beneficio social que vinculen al Colegio con la comunidad local.

11. Aplicar las disposiciones que expida El Estado colombiano atinente a la prestación del servicio educativo.

12. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y de gestión institucional y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.

13. Representar al Colegio ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.

14. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente, directivo y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal ante la Secretaría de Educación.

15. Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las novedades y permisos.

16. Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo ateniendo las normas vigentes.

17. Realizar la evaluación anual del desempeño de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo de conformidad con las normas vigentes.

18. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación o estudios especializados.

19. Suministrar información oportuna solicitada por sus jefes superiores.

20. Responder por la calidad de la prestación del servicio educativo.

21. Rendir informes al Consejo directivo de la institución en todas las reuniones mensuales.

22. Rendir informes sobre los avances del proyecto educativo y rendimiento escolar a las Asambleas de Padres de Familia.

23. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por transferencia se asignen al Colegio por el Ministerio de Educación Nacional o la Secretaría de Educación.

24. Publicar en un lugar visible de la institución los estados financieros previamente socializados en el Consejo Directivo y rendir informe de ingresos y gastos anualmente a la comunidad educativa.

25. Publicar en un lugar visible de la institución y comunicar por escrito a los Padres de Familia, los docentes de cada asignatura, los horarios de atención a la comunidad y la asignación académica de cada uno de ellos.

26. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.

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3ARTÍCULO 3. LOS DOCENTES DOCENTES QUE REQUIERE NUESTRA INSTITUCIÓN

Profesional de la educación que se caracteriza por ser mediador, facilitador y generador de experiencias educativas y de vida con sus estudiantes, padres de familia, y demás miembros de la comunidad, con la capacidad de comprender y relacionar el contexto cultural, social y económico a partir de contenidos y experiencias relacionadas con las problemáticas de su entorno, de modo que contribuya a responder a las necesidades locales, nacionales y del mundo globalizado.

PERFIL DEL EDUCADOR

1. Excelentes habilidades comunicativas: hablar, escuchar, leer y escribir.

2. Capacidad de análisis y síntesis.

3. Creativo, generoso, gustoso por el conocimiento, buen observador e investigador permanente.

4. Estudioso de la pedagogía y comprometido con su profesión.

5. Crítico y autocrítico con interés de superación personal y profesional.

6. Poseedor de un gran carisma, amoroso con los estudiantes, comprensivo y maestro de la vida.

7. Mantener buenas relaciones interpersonales con toda la comunidad educativa, evidenciando su capacidad de trabajo en equipo.

8. Evidenciar un alto compromiso con el Colegio, comprometido con el desarrollo del PEI manifestando ética y lealtad con la comunidad educativa.

9. Orientado r y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

10. Dedicar su profesión no solo a informar sino especialmente a FORMAR.

ARTÍCULO 4. DERECHOS DE LOS DOCENTES, DIRECTIVOS Y ADMINISTRATIVOS

1. Además de los contemplados en la Constitución Política, en la ley, en los reglamentos vigentes, los docentes, directivos docentes y administrativos tendrán los siguientes derechos:

2. Recibir trato amable y cordial por todas las personas que conforman la comunidad educativa.

3. Expresar de manera respetuosa y cordial sus inquietudes, inconformidades o sugerencias encaminadas al constante progreso de la institución.

4. Elegir y ser elegido en los diferentes consejos o comités que conforman el gobierno escolar.

5. Participar en las decisiones académicas y

curriculares a través de sus delegados.

6. Proponer ideas o proyectos tendientes a la renovación y desarrollo del Proyecto Educativo Institucional.

7. Disfrutar de la seguridad social en la forma y condiciones previstas en la ley.

8. Recibir capacitación para el mejor desempeño de sus funciones.

9. Participar en todos los programas de bienestar social.

10. Disfrutar de estímulos e incentivos conforme a las disposiciones legales o convencionales vigentes.

11. Obtener permisos y licencias previstos en la ley.

ARTÍCULO 5. DEBERES DE LOS DOCENTES

Demostrar interés sincero y favorecer en todos sus actos preferencialmente a los estudiantes y a la comunidad educativa, de la cual hace parte, porque el servicio social es su objetivo. Por tanto estimulará la investigación, la participación,

enaltecerá el sentido de pertenencia escolar compartiendo su alegría, proporcionando en todo momento un ambiente feliz.

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Colegio Pablo Neruda

Ha de ofrecer a los estudiantes y padres de familia, muy especialmente, un trato humano preferencial y justo, ofreciendo el tiempo para escucharlos y recibir de ellos las sugerencias y comprender así su situación personal, afectiva, cultural y económica; todo ello con el propósito de aprender mucho de ellos, porque son las personas con las cuales se realiza el proceso educativo, confiando en ellos y en sus saberes.

Buscar todas las alternativas y estrategias posibles para que los niveles de comunicación, sean eficaces para lo cual deberá siempre utilizar un lenguaje asertivo.

La lealtad, la responsabilidad y la eficiencia han de ser los valores fundamentales en la actuación de todo maestro(a), primero con el P.E.I., la filosofía institucional, sus principios, estrategias y el currículo donde utilizará todas las estrategias, recursos, tiempo, metodologías y conocimiento pedagógico al desarrollo del mismo, conformando así un equipo docente participante, comprometido con los cambios que el mundo actual y futuro exige, convencido del papel transformador que le asiste y por sobre todo convirtiéndose en un eficaz docente investigador.

SON DEBERES PRINCIPALES DE LOS DOCENTES 1. Cumplir la Constitución y las leyes de

Colombia.

2. Ser ORIENTADOR y MEDIADOR en situaciones que atentan contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

3. Inculcar en los estudiantes la importancia de los valores históricos y culturales de la Nación y el respeto a los símbolos patrios.

4. Contribuir en la construcción y aplicación del manual de convivencia.

5. Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo.

6. Cumplir con las órdenes inherentes a su cargo que les impartan sus superiores jerárquicos.

7. Dar un trato cortés a sus compañeros y subordinados y compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósito.

8. Cumplir con la jornada laboral y dedicar la totalidad de su tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo

9. Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que le sean confiados

10. Observar una conducta acorde con el decoro y la dignidad del cargo.

11. Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su profesión con relación a los estudiantes a su cargo

12. Abstenerse de solicitar préstamos en dinero o cualquier otro beneficio económico de sus estudiantes.

13. Abstenerse de solicitar a los alumnos y al personal del plantel la prestación de servicios personales.

14. Informar veraz y oportunamente al competente sobre la comisión de hechos que puedan constituir causal de mala conducta y de las cuales tenga conocimiento.

15. Conocer, asimilar y comprometerse con la filosofía, principios, estrategias y objetivos propios del proyecto educativo institucional.

16. Participar activa, crítica y creativamente en la elaboración de diagnósticos, proyectos y en la determinación de compromisos eficientes.

17. Presentar propuestas pedagógicas factibles a realizar con los estudiantes.

18. Formar con autonomía, creatividad y responsabilidad, los conceptos, procedimientos y actitudes propias del perfil del estudiante desde el proyecto ético moral trascendente del hombre para la vida y el cambio.

19. Desempeñarse como director de grupo aplicando mecanismos que motiven a sus estudiantes en la adquisición de buenos modales y valores socialmente válidos

20. Mantener la disciplina y el control de los estudiantes para un mejor desenvolvimiento y la obtención de logros eficaces.

21. Cumplir las normas propias del manual de convivencia, de los procedimientos y mecanismos disciplinarios y académicos internos.

22. Llevar a cabo el seguimiento de los estudiantes de acuerdo con las estipuladas en el manual de convivencia.

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Escolar 2020Agenda

23. Orientar actividades dentro y fuera del salón de clases con proyección a mejorar la calidad educativa de los estudiantes (permanente refuerzo y recuperación).

24. Orientar a los estudiantes en la solución de los problemas personales, vocacionales, académicos, emocionales y disciplinarios.

25. Tener como meta fundamental el éxito académico de todos los niños, niñas y jóvenes a su cargo de tal manera que todos y todas aprueben el grado respectivo, considerando el proyecto ‘‘hacia la promoción total con excelencia’’ como el propósito más bello de su profesión de educar.

FUNCIONES DE LOS DOCENTES1. Desempeñar el rol de ORIENTADOR y

MEDIADOR en situaciones que atentan contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, detectando tempranamente situaciones que atenten contra prácticas ajenas a estos principios.

2. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área respectiva, elaboración y seguimiento del Plan Operativo Anual.

3. Programar y organizar las actividades de enseñanza-aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del área.

4. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.

5. Participar en la realización de las actividades complementarias.

6. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de Enseñanza-Aprendizaje.

7. Aplicar oportunamente, con el apoyo del coordinador de ciclo o el Coordinador Académico, las estrategias metodológicas a que dé lugar el análisis dé resultados de la evaluación.

8. Presentar a Coordinación Académica informe del rendimiento de los estudiantes a su cargo, al término de cada uno de los períodos de

evaluación, certificando las calificaciones con su firma.

9. Participar en la administración de estudiantes a su cargo conforme lo determina el manual de convivencia del Colegio y presentar los casos especiales a los coordinadores, al Director de grupo ó a Orientación para su tratamiento.

10. Presentar periódicamente informe al coordinador de ciclo o en su defecto al Coordinador Académico, sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo.

11. Ejercer la Dirección de grupo cuando le sea asignada.

12. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.

13. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en coordinación con el servicio de orientación.

14. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas.

15. Establecer comunicación permanente con los profesores y profesoras de otras disciplinas y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.

16. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los estudiantes del grupo a su cargo, en coordinación con el servicio de orientación.

17. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.

18. Rendir periódicamente informe a los coordinadores del Colegio sobre actividades y programas realizados.

19. Participar en los comités y proyectos en que sea requerido.

20. Cumplir con la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.

21. Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados.

22. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las Directivas del Colegio.

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Colegio Pablo Neruda

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23. Atender a los padres y madres de familia, de acuerdo con el horario establecido en el Colegio.

24. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.

25. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas con la naturaleza de su cargo.

FUNCIONES DEL DOCENTE DIRECTOR DE GRUPO1. Ejecutar el programa de inducción de los

estudiantes del grupo confiados a su dirección.

2. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.

3. Establecer comunicación permanente con los profesores de otras áreas y con padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.

4. Diligenciar el registro, control y seguimiento de los estudiantes del grupo a su cargo.

5. Diligenciar el observador del estudiante del grupo a su cargo y ser garante del debido proceso disciplinario por ser su natural orientador.

6. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a los coordinadores o rector del Colegio.

7. Desarrollar las direcciones de grupo programadas por la institución según necesidades.

FUNCIONES DEL JEFE DE ÁREA 1. Dirigir, organizar y orientar las actividades

de área o del ciclo conforme a los criterios establecidos en el consejo académico.

2. Asistir con puntualidad a las reuniones del consejo académico y permanecer durante todo el tiempo que dure la misma.

3. Establecer canales y mecanismos de comunicación permanente con docentes y directivos.

4. Informar oportuna y verazmente a los docentes las decisiones acordadas en el Consejo Académico

5. Orientar y apoyar a profesoras y profesores en el planeamiento y desarrollo de las actividades curriculares que ofrece el área o ciclo y promover su actualización.

6. Ejecutar acciones de acuerdo con la filosofía de la institución.

7. Desarrollar programas de investigación científica.

8. Hacer seguimiento al desarrollo del POA institucional y el desarrollo de los programas y actividades del área o ciclo.

9. Cumplir con la asignación académica de conformidad con las normas vigentes.

10. Participar en los comités que sea requerido(a).

11. Responder por el adecuado uso, mantenimiento y seguridad de los muebles, equipos y materiales confiados a su manejo.

12. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo y con la legislación vigente.

ARTÍCULO 6. ORIENTADORA ESCOLAR

La orientadora escolar depende del Rector del Colegio. Le corresponde facilitar que los estudiantes y demás estamentos de la comunidad educativa identifiquen sus características y necesidades personales y sociales para que tomen sus decisiones consciente y responsablemente, creando así un ambiente que estimule el rendimiento escolar y la realización personal.

El objeto general de la orientación es el de contribuir al pleno desarrollo de la personalidad de los educandos, en particular en cuanto a:

• Latomadedecisionespersonales.• Laidentificacióndeaptitudeseintereses.• La solución de conflictos y problemas

individuales, familiares y grupales.• Laparticipaciónenlavidaacadémica,socialy

comunitaria.• El desarrollo de valores que fortalezcan del

pleno desarrollo de la personalidad de los estudiantes.

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Escolar 2020Agenda

FUNCIONES DE ORIENTACIÓN ESCOLAR1. Elaborar un plan de trabajo del servicio de

orientación que debe ser entregado al inicio del año escolar al rector, para su aprobación.

2. Participar en los comités en que sea requerida.

3. Participar en la planeación del currículo, en la elaboración y seguimiento del POA, en la compilación y seguimiento de la Evaluación Institucional Anual.

4. Planear y programar con el apoyo de los Coordinadores, las actividades de su dependencia, de acuerdo con los criterios establecidos por la Dirección del Colegio.

5. Coordinar su acción con los responsables de los demás servicios de bienestar.

6. Orientar y asesorar a docentes, estudiantes y padres de familia sobre la de la filosofía institucional.

7. Realizar remisiones necesarias y adelantar el seguimiento de las mismas.

8. Elaborar y ejecutar los programas de exploración y orientación vocacional.

9. Colaborar con los docentes en la orientación de los estudiantes.

10. Programar y ejecutar actividades tendientes al mejoramiento del proceso educativo.

11. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y presentar oportunamente los informes al rector del Colegio.

12. Asistir a los estudiantes y padres de familia con talleres preventivos, correctivos y formativos.

13. Orientar a la comunidad educativa en la formación de la salud sexual, reproductiva y la vida en pareja para fortalecer la convivencia escolar, formación para el ejercicio de los derechos humanos y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

14. Colaborar con el rector en la elaboración de los informes estadísticos que requiera el Colegio.

15. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.

16. Cumplir con la jornada laboral y el liderazgo de actividades formativas con la comunicad educativa de acuerdo con las normas vigentes.

17. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

18. Liderar la realización del servicio social de acuerdo a las políticas institucionales

19. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del decreto 1620 de 2013 el departamento de a orientación escolar para la convivencia, en relación con la ruta de atención integral adquiere los siguientes deberes:

20. Contribuir con la dirección del establecimiento educativo en el proceso de identificación de factores de riesgo que pueden influir en la vida escolar de los estudiantes.

21. Documentar y registrar en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar los casos de acoso o violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos.

22. Participar en el proceso de acompañamiento así como de la evaluación de los resultados de esta orientación.

23. Actuar como agentes de enlace o agentes que apoyan la remisión de los casos de violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la Ruta de Atención Integral.

24. Participar en la definición de los planes individuales y grupales de intervención integral y seguir los protocolos establecidos en la Ruta de Atención Integral.

25. Apoyar al comité escolar de convivencia en el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la promoción de los derechos sexuales y reproductivos, así como documentar los casos que sean revisados en las sesiones del mismo.

26. Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación del manual de convivencia y de los proyectos pedagógicos de que trata el artículo 20 de ley 1620 de 2013.

27. Involucrar a las familias, a través de la escuela para padres y madres, en los componentes y protocolos de la ruta de atención integral.

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DOCENTE DE APOYO

FUNCIONES DEL DOCENTE DE APOYODocentes de apoyo pedagógico: son los docentes que tienen como función principal acompañar pedagógicamente a los docentes de aula que atienden estudiantes con discapacidad, para lo cual deberán:

Fortalecer los procesos de educación inclusiva a través del diseño, acompañamiento a la implementación y seguimiento a los Planes Individuales de Apoyos y Ajustes Razonables (PIAR) y su articulación con la planeación pedagógica y el Plan de Mejoramiento Institucional (PMI);

• La consolidación y refrendación del Informe Anual de proceso pedagógico o de competencias el trabajo con familias;

• La sensibilización y formación de docentes y los ajustes institucionales para garantizar la atención pertinente a esta población.

Responsabilidades del servicio de psicoorientación escolar y del personal de apoyo pedagógico. En cuanto al tema de estudiantes con talentos y/o capacidades Excepcionales el decreto 1075 de 2015 contempla:

1) Orientar y participar en la realización de la caracterización del contexto escolar, la valoración psicopedagógica de los estudiantes con capacidades y talentos excepcionales, la sensibilización y toma de conciencia de la comunidad escolar y la formación a docentes y familias.

2) Ofrecer asesoría y apoyo pedagógico permanente a los docentes de los diferentes niveles, grados y áreas de educación formal en todo lo relacionado con los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes con capacidades y talentos excepcionales.

3) Participar y aportar al proceso de autoevaluación institucional, revisión, ajuste, monitoreo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y del Plan de Mejoramiento Institucional (PMI).

4) Participar en el consejo académico y en la comisión de evaluación, aportando al diseño y desarrollo de propuestas de metodologías y didácticas de enseñanza y aprendizaje, flexibilización curricular, realización de los ajustes pertinentes, evaluación de desempeños y promoción.

5) Articular, intercambiar y compartir experiencias, estrategias y experticia con modalidades de educación inicial y establecimientos de educación preescolar, básica, media y superior, concernientes al desarrollo de capacidades o talentos excepcionales.

6) gestionar la conformación de redes de apoyo académicas, sociofamiliares, deportivas y culturales a fin de promover condiciones necesarias para el desarrollo de procesos formativos y pedagógicos adelantados en los establecimientos educativos.

7) Presentar al rector o director rural un plan de trabajo y un informe bimensual de las actividades de asesoría y apoyo realizadas con docentes, estudiantes con capacidades y talentos excepcionales y sus familias, en los cuales se visibilicen los resultados logrados, las propuestas de formación, los ajustes organizacionales y el tipo de apoyos requeridos para mejorar el proceso de educación inclusiva.

8) Motivar, participar y sistematizar las innovaciones y modificaciones pedagógicas que se hagan necesarias para la educación inclusiva y que se desarrollen en los establecimientos educativos.

ARTÍCULO 7. COORDINACIÓN ACADÉMICA

La coordinación académica depende del rector. Le corresponde administrar Docentes, Estudiantes y la organización académica del Colegio. De esta dependencia dependen los Jefes de Área y los docentes en materia académica. Sus principales funciones son:

1. Presidir los Comités de Evaluación y Promoción en ausencia o por delegación del rector.

2. Participar en el Comité de gestión y en las demás en que sea requerido.

3. Colaborar con el rector en la planeación y evaluación institucional.

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4. Dirigir la planeación y programación de laadministración de estudiantes y docentesde acuerdo con los objetivos y criterioscurriculares.

5. Dirigir la planeación y programaciónacadémica, de acuerdo con los objetivos ycriterios curriculares del PEI.

6. Organizar las Direcciones de grupo paraque sean ejecutadas metódicamente por losdocentes y hacer evaluación de sus efectos yresultados.

7. Organizar los docentes por áreas de acuerdocon las normas vigentes y coordinar susacciones para el logro de los objetivoscurriculares.

8. Coordinar la acción académica de la sede yjornada a su cargo, constituyendo equipo conlos servicios de bienestar, padres y madres defamilia y demás estamentos de la comunidadeducativa.

9. Establecer canales y mecanismos decomunicación eficaces con la comunidad

educativa para obtener una excelente gestión de la jornada a su cargo.

10. Supervisar la ejecución de las actividades desu dependencia.

11. Colaborar con el rector en la distribuciónde las asignaciones académicas y en laelaboración del horario general de clases delColegio.

12. Llevar los registros y controles necesarios para la administración de docentes y estudiantesde acuerdo con las normas vigentes.

13. Rendir periódicamente informe al rector delplantel sobre las actividades de su dependencia.

14. Responder por el uso adecuado,mantenimiento y seguridad de los equipos ymateriales confiados a su manejo.

15. Informar oportuna y verazmente lasdecisiones acordadas en las diferentesreuniones donde participan.

16. Cumplir las demás funciones que le seanasignadas de acuerdo con la naturaleza delcargo.

ARTÍCULO 8. DOCENTE LÍDER PARA EDUCACIÓN MEDIA EN JORNADA ÚNICA

Son funciones del Docente Líder de Educación Media en Jornada Única:

1. Socializar las orientaciones de la EducaciónMedia en Jornada Única ante su comunidadeducativa.

2. Asegurar el cumplimiento de las orientaciones impartidas por la Secretaría de Educacióndel Distrito (SED) frente al desarrollo de laEducación Media en Jornada Única.

3. Mantener canales de comunicación oportunos y asertivos con los agentes involucradosen la Educación Media en JornadaÚnica, Institución de Educación SuperiorAcompañante, Profesional SED, DirectivosDocentes, Docentes, Estudiantes, Padres deFamilia.

4. gestionar los tiempos y los espacios (laboratorios, talleres, software, aulas especializadas, aulas virtuales y demás recursos físicos y didácticos) para el desarrollo de la Educación Media en Jornada Única en la Institución Educativa Distrital (IED).

5. Apoyar los procesos de diseño eimplementación curricular, de acuerdo conla oferta de la Educación Media en JornadaÚnica de la IED.

6. Formular la estrategia de manejo ysistematización de la información generadadurante el proceso de diseño e implementación.

7. Construir la estrategia de seguimiento yevaluación de la Educación Media en JornadaÚnica en su institución educativa.

8. Identificar y reportar oportunamente a losdirectivos de su institución educativa yprofesionales de la Dirección Media Superiora cargo, las condiciones o situaciones que seande interés para el desarrollo de la EducaciónMedia en Jornada Única o que puedan alterarsu desarrollo.

9. Asesorar al gobierno Escolar del Colegioy a la SED en temas relacionados con elmejoramiento de la calidad educativa en laEducación Media en Jornada Única y lasreformas e innovaciones académicas que

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considere pertinentes para su institución.

10. Presentar informes trimestrales sobre los resultados alcanzados durante el periodo, frente al cumplimiento de las actividades aquí señaladas a la Rectoría y enviar copia a la Dirección de Educación Media y Superior de la SED.

11. Participar en las reuniones convocadas por su institución educativa, la SED y las Instituciones de Educación Superior.

12. Suministrar información institucional requerida por la SED y las Instituciones de Educación Superior.

13. Promover el seguimiento a los egresados, en particular lo relacionado con su incursión en las Instituciones de Educación Superior y el SENA.

14. Impulsar y divulgar los programas de formación, actualización y la cualificación para los docentes en coordinación con las Direcciones de Educación Media y Superior y Formación de Docentes e Innovaciones Pedagógicas y el Rector; y en general las funciones propias de su disciplina docente.

ARTÍCULO 9. DOCENTE DE APOYO PEDAGÓGICO

Decreto 366 de 2009 ARTÍCULO 10: “RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES gENERALES DEL PERSONAL DE APOYO PEDAgÓgICO ACTUALMENTE VINCULADO”

El personal de planta de las entidades territoriales certificadas que actualmente se encuentre asignado como apoyo pedagógico deberá dedicarse exclusivamente al cumplimiento de las funciones que se establecen en el presente decreto, en particular las siguientes:

a. Establecer procesos y procedimientos de comunicación permanente con los docentes de los diferentes niveles y grados de educación formal que atiendan estudiantes con discapacidad, con capacidades o talentos excepcionales para garantizar la prestación del servicio educativo adecuado y pertinente.

b. Participar en la revisión, ajuste, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI) en lo que respecta a la inclusión de la población con discapacidad, con capacidades o con talentos excepcionales.

c. Participar en el diseño de propuestas de metodologías y didácticas de enseñanza y aprendizaje, flexibilización curricular e implementación de adecuaciones pertinentes, evaluación de logros y promoción, que sean avaladas por el consejo académico como guía para los docentes de grado y de área.

d. Participar en el desarrollo de actividades que se lleven a cabo en el establecimiento educativo relacionadas con caracterización

de los estudiantes con discapacidad, con capacidades o con talentos excepcionales, la sensibilización de la comunidad escolar y la formación de docentes.

e. gestionar la conformación de redes de apoyo socio-familiares y culturales para promover las condiciones necesarias para el desarrollo de los procesos formativos y pedagógicos adelantados en los establecimientos educativos.

f. Articular, intercambiar y compartir, experiencias, estrategias y experticia con otros establecimientos de educación formal, de educación superior y de educación para el trabajo y el desarrollo humano de la entidad territorial.

g. Elaborar con los docentes de grado y de área los protocolos para ejecución, seguimiento y evaluación de las actividades que desarrollan con los estudiantes que presentan discapacidad, capacidades o talentos excepcionales y apoyar a estos docentes en la atención diferenciada cuando los estudiantes lo requieran.

h. Presentar al rector o director rural un informe semestral de las actividades realizadas con docentes y con estudiantes con discapacidad, con capacidades o con talentos excepcionales y los resultados logrados con estos estudiantes, para determinar las propuestas de formación de los docentes, los ajustes organizacionales y el tipo de apoyos

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requeridos por los estudiantes que deben gestionarse con otros sectores o entidades especializadas.

i. Participar en el consejo académico y en las comisiones de evaluación y promoción, cuando se traten temas que involucren estas poblaciones.

ARTÍCULO 10. COORDINACIÓN DE CONVIVENCIA

La coordinación de convivencia depende del rector. Le corresponde administrar Docentes y Estudiantes y sus funciones principales son:

1. Participar en el consejo académico.

2. Participar en el comité escolar de convivencia.

3. Colaborar con el rector en la planeación institucional.

4. Dirigir la planeación y programación de la Ética, y valores de los estudiantes y docentes de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.

5. Organizar las direcciones de grupo que sirvan de guía para el logro de una sana convivencia.

6. Coordinar la unidad a su cargo con la coordinación académica, servicios de bienestar, atención a padres de familia y demás estamentos de la comunidad educativa.

7. Establecer canales y mecanismos de comunicación.

8. Supervisar la ejecución de las actividades de convivencia.

9. Adelantar en la etapa instructiva los procesos disciplinarios de estudiantes.

10. Colaborar con coordinación académica en la distribución del horario general de clases del Colegio.

11. Llevar los registros y controles de asistencia de estudiantes y docentes.

12. Llevar y mantener bajo custodia el observador de los estudiantes a su cargo.

13. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.

14. Rendir periódicamente informes al rector sobre las actividades de su dependencia.

15. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.

16. Coordinar y contribuir al funcionamiento del consejo estudiantil.

17. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para lograr el desarrollo de su personal, darles tratamiento y ejemplo formativo.

18. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 11. PERSONAL ADMINISTRATIVO

Establecen sus funciones la Resolución No. 1865 de 14 de octubre de 2015 de la Secretaría de Educación de Bogotá

PERFIL DEL ADMINISTRATIVOEficiencia, efectividad, organización proactividad y disposición de servicio con amabilidad y atención esmerada a todos los miembros de la comunidad educativa que requieran de su colaboración

ARTÍCULO 12. SECRETARIA ACADÉMICA

PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar el apoyo en las actividades de matrículas, grados, certificaciones, documentación, seguimiento, control y demás relacionadas con el soporte administrativo en el área académica y administrativa

FUNCIONES ESENCIALES1. Realizar apoyo en la recepción, verificación y

control de la información relativa a los procesos de matrícula, graduaciones, certificaciones, etc. de acuerdo con la normatividad vigente, las necesidades de la Institución y las directrices del rector.

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2. Apoyar los compromisos y eventos enlos que debe participar el Colegio y el jefeinmediato y llevar el registro documentalque sea requerido.

3. Recibir, registrar, clasificar, distribuir ycontrolar la correspondencia y llevar elcontrol en el aplicativo de seguimiento, deacuerdo con los procedimientos vigentesen la Entidad y las directrices del superiorinmediato.

4. Organizar y controlar el archivo de gestióny expedientes del Colegio, según las normasde archivo y las tablas de retención de laEntidad.

5. Clasificar y actualizar las bases de datos ysistemas de información relacionadas con lagestión del Colegio y generar los reportesque sean requeridos.

6. Digitar, elaborar y/o transcribir actas,cuadros, informes y demás documentosque soporten la gestión del Colegio, con laperiodicidad y oportunidad requerida.

7. Brindar la atención y orientar a usuariosinternos y externos a través de los diferentes canales, suministrando información,documentos o elementos que le seansolicitados, de acuerdo con las normasestablecidas y las directrices del JefeInmediato.

8. Verificar, solicitar y controlar elementosde oficina, necesidades de mantenimientopreventivo y correctivo de equipos y elaborar periódicamente los informes requeridos.

9. Realizar actividades de asistencia administrativa acordes con susresponsabilidades, que permitan elcumplimiento de las funciones del Colegio.

ARTÍCULO 13. SECRETARIA ADMINISTRATIVA

La secretaria depende del rector y por autoridad funcional del responsable de la unidad administrativa a la cual se le asigne. Le corresponde realizar trabajos asistenciales en las labores de oficina.

PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar la gestión administrativa del Colegio mediante la realización de actividades de asistencia secretarial y mantener organizada la correspondencia y el archivo de documentos.

FUNCIONES ESENCIALES DE LA SECRETARIA DE RECTORÍA1. Organizar, clasificar y controlar

correspondencia, documentos, datos y elementos según instrucciones del Rector.

2. Apoyar la elaboración de certificaciones,informes, actas y demás documentosque sean requeridos en el Colegio y

organizarlos en carpetas y/o archivos según corresponda.

3. Mantener actualizados los sistemas deinformación relacionados con la matrículadel Colegio y el proceso de graduaciones.

4. Atender público y orientar a usuarios,personal y telefónicamente, parasuministrar información, documentos oelementos que le sean solicitados y queestén relacionados con las actividadespropias del Colegio.

5. Apoyar en la administración yorganización de la agenda del superiorinmediato y organizar lo pertinente parael cumplimiento de los compromisosadquiridos.

6. Hacer y recibir llamadas telefónicas ytomar nota de ellas de acuerdo con lasorientaciones del Rector.

ARTÍCULO 14. AUXILIAR FINANCIERO

PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar al Rector en la administración y manejo presupuestal y financiero de las instituciones educativas de acuerdo con las normas legales establecidas, con el fin de lograr los objetivos propuestos para la institución educativa.

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FUNCIONES ESENCIALES1. Apoyar la elaboración del proyecto

presupuestal del Colegio para cada vigenciafiscal de acuerdo a los procedimientosestablecidos por la Entidad.

2. Apoyar la elaboración del presupuestode ingresos y gastos, el flujo de caja, elplan anual de adquisiciones, el plan deinversiones con el fin de facilitar losprocesos de planeación en el marco delproyecto Educativo Institucional.

3. Apoyar la preparación de informesfinancieros, indicadores de avance yresultados de gestión, informes deseguimiento, de planes y proyectos, cuandole sea solicitado por el consejo directivo,Nivel Central o autoridades competentes.

4. Apoyar los trámites de traslados, adiciones,reducciones y reservas presupuestalescuando sean requeridas dentro de laejecución del presupuesto del Colegio.

5. Realizar el apoyo administrativo para laliquidación y cancelación de las obligaciones contraídas por el Colegio.

6. Apoyar la realización del recaudo de lacartera del Colegio, registro de todos losingresos del Colegio, las cotizaciones deinversiones y proveer la informaciónpertinente al ordenador del gasto para laejecución del plan de inversiones y hacer lasconsecuentes actas.

7. Preparar, registrar y actualizar lainformación pertinente a procesos decontratación de menor cuantía que serealizan a través del portal de Internet,dispuestos por la Alcaldía Mayor de Bogotápara tal fin.

8. Realizar actividades de asistencia administrativa acordes con susresponsabilidades, que permitan elcumplimiento de las funciones del Colegio.

ARTÍCULO 15. ALMACÉN

PROPÓSITO PRINCIPAL

Custodiar, organizar, salvaguardar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles adquiridos para la institución académica

FUNCIONES ESENCIALES1. Sistematizar y mantener actualizado el

registro de bienes muebles de acuerdo conlos parámetros y normas vigentes.

2. Preparar, legalizar y dar de baja los bienesy elementos obsoletos e inservibles dela institución de manera permanente,mediante inventario y actas firmadas porlos responsables.

3. Formalizar el ingreso y egreso de bienesde consumo de la institución de maneraoportuna y eficiente.

4. Apoyar la asignación y distribución de losbienes devolutivos y de consumo que seanrequeridos por los usuarios del Colegio demanera oportuna.

5. Elaborar periódicamente informes relacionados con la gestión del almacén.

6. Reportar las necesidades de mantenimientode los espacios y medios educativos a sucargo con el fin de facilitar la prestación delservicio educativo.

7. Realizar actividades de asistencia administrativa acordes con susresponsabilidades, que permitan elcumplimiento de las funciones del Colegio.

ARTÍCULO 16. BIBLIOTECA

PROPÓSITO PRINCIPALCustodiar, organizar, salvaguardar y facilitar, así como mantener actualizado el inventario de los recursos de información y formación pedagógica con los que cuenta el Colegio, generando estrategias de promoción y hábitos de lectura y autoaprendizaje entre los miembros de la comunidad educativa y así contribuir al proceso de formación integral de la comunidad educativa.

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FUNCIONES ESENCIALES1. Sistematizar, facilitar y hacer seguimiento al

material bibliográfico y demás elementos que reposan en la biblioteca del Colegio con base en los procedimientos de la entidad.

2. Apoyar el seguimiento en el módulo de préstamo a los movimientos diarios del material a cargo, según los procedimientos establecidos para tal fin.

3. Atender a la comunidad educativa del Colegio en temas relacionados con la biblioteca y generar estrategias para contribuir y apoyar la labor pedagógica a través de los medios educativos disponibles y ayudas audiovisuales del Colegio.

4. Apoyar la elaboración del plan anual de actividades de la biblioteca, promoviendo la lectura y la utilización de los servicios de la misma, teniendo en cuenta el calendario

escolar y los planes y programas específicos de la SED.

5. Reportar las necesidades de mantenimiento y actualización del material bibliográfico y audiovisual existente en la institución educativa de acuerdo con las directrices dadas por la SED o los entes competentes en el tema.

6. Apoyar la realización y presentación de informes y estadísticas sobre la utilización de los servicios de la biblioteca y así mismo sugerir la compra o adquisición de material bibliográfico y audiovisual que requiera la comunidad educativa y se fomente así la actualización bibliográfica, según los parámetros y directrices dadas por la SED.

7. Realizar actividades de asistencia administrativa acordes con sus responsabilidades, que permitan el cumplimiento de las funciones del Colegio.

ARTÍCULO 17. AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

El servicio de aseo depende de la empresa contratada por la Secretaría de Educación bajo la veeduría del rector. Les corresponde realizar tareas de aseo y cuidado de los bienes del plantel.

FUNCIONESSon funciones del Auxiliar de Servicios generales:

1. Responder por el aseo y cuidado de las zonas o áreas que le sean asignadas.

2. Responder por los elementos utilizados para la ejecución de las tareas.

3. Informar sobre cualquier novedad ocurrida en la zona o en los equipos bajo su cuidado.

4. Informar a su inmediato superior sobre las anomalías e irregularidades que se presenten.

5. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida.

6. Cumplir las demás es que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 18. SERVICIO DE VIGILANCIA

El servicio de vigilancia depende de la empresa contratada por la Secretaría de Educación bajo la veeduría del rector. Les corresponde realizar tareas de vigilancia y cuidado de los bienes del plantel.

Son funciones de los vigilantes:

1. Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que le hayan asignado.

2. Controlar la entrada y salida de personas, vehículos y bienes del plantel.

3. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar oportunamente de las anomalías detectadas.

4. Velar por la conservación y seguridad de los bienes del plantel.

5. Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia.

6. Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas.

7. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.

8. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO SEGUNDO: El manual de funciones será evaluado y ajustado cada año, con base en los resultados de la evaluación institucional, el surgimiento de nuevas disposiciones legales y los consiguientes aportes de los diferentes estamentos, previo estudio y aprobación de las modificaciones por parte del Consejo Directivo. ARTÍCULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y su vigencia permanecerá hasta cuando otro acuerdo del consejo directivo así lo determine.

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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN 2019

FINES DE LA EDUCACIÓN

De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad. 3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vi da económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.

La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.

El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.

El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.

La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe.

El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.

La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación.

La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.

La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre, y

La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.

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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE LOS NIVELES DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA

DEL COLEgIO PABLO NERUDA - I.ED.Presentación

Apreciadas mamás, respetados papás, lindas niñas, lindos niños, apreciados jóvenes y adolescentes:

El decreto 1290 de 2009 exige a Docentes y Directivos, retomar nuevas estrategias para la evaluación y nos invita a romper el paradigma del temor al cambio, ha despertado toda clase de reflexiones por parte de los Colegios e investigadores nacionales e internacionales. Según el Ministerio de Educación el mencionado decreto “se ha establecido como la política de evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes en los niveles de educación básica y media”. En cuanto a la Educación Preescolar se continúa con la resolución vigente. Lo importante a tener en cuenta del decreto 1290 es su flexibilidad en cuanto a su aplicación. Favorece el desarrollo, capacidades y habilidades de los estudiantes, contribuye a identificar sus dificultades y a su formación integral. Invita a la construcción de una escuela que permita valorar el desempeño de los estudiantes durante un proceso permanente, dando autonomía a las instituciones educativas para establecer el reglamento de evaluación y promoción. Dicho decreto mejora el concepto de evaluación y define los roles de todos los actores cimentando los valores y prácticas de la democracia y de la convivencia. Es una herramienta pedagógica que contribuye a que todos los estudiantes sean exitosos en el logro de los fines del proceso educativo, permitiendo la adopción de un Sistema Institucional de Evaluación mediante la revisión del Proyecto Educativo Institucional así como las funciones de los Consejos Académico y Directivo. Igualmente este decreto favorece la permanencia del estudiante en los Colegios, al ser promovido al grado siguiente con el fin de continuar con el proceso formativo. Como todo proceso tiene riesgos y en este caso es la libertad que tienen las instituciones educativas de fijar el número de estudiantes que deben repetir el año. Esto puede ocasionar que aumente la repitencia escolar y se presente la probabilidad de aumentar la deserción escolar. Lo importante es el rol que juega el docente en la creación de nuevas estrategias para la evaluación. Resaltamos el valor de la AUTOEVALUACIÓN DEL PROPIO ESTUDIANTE que amerita establecer procesos y formatos especiales para dar valor a este concepto como una fuente igual a un examen, tarea, trabajo o previa. No se puede desconocer que el decreto 1290 de 2009 contiene importantes aportes en materia de evaluación la que se considera como un proceso sistemático, permanente, dialógico, integral y formativo. Se concibe como un análisis que compara el estado inicial con el estado final del estudiante en su continuo aprendizaje. Busca el desarrollo de las competencias de los estudiantes que permiten encontrar fortalezas y debilidades en su avance educativo y formativo como persona en sus dimensiones espirituales, psicológicas, biológicas e intelectuales con el fin de modificar ambientes de aprendizaje favoreciendo su desempeño integral. De esta manera es coherente con nuestro Proyecto Educativo Institucional “Formación y Proyección para una vida consciente”

Con afecto,

Francisco Javier Beltrán Amado

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Acuerdo número 11 del 20 de Septiembre de 2018 “Por el cual se adoptan modificaciones al Sistema Institucional de Evaluación del Aprendizaje y Promoción de los Estudiantes de Educación Básica y Media del Colegio PABLO NERUDA I.E.D, vivencia 2019

El Consejo Directivo en uso de las atribuciones que le otorga el artículo 17 del decreto 1860 de agosto 3 de 1994 reglamentario de la ley general de educación y de los artículos 8° y 11° del Decreto 1290 de 2009, y

CONSIDERANDOQue el artículo 67 de la Constitución Política Nacional consagra ‘‘La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura’’.

Igualmente es norma constitucional que ‘‘la educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

El estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación’’.

• Queelartículo5delaley115de1994consagralos fines de la educación y el Colegio Pablo Neruda está empeñado en cumplir a través del proyecto educativo institucional, a su vez el artículo 6 de la misma ley ordena que la comunidad educativa de acuerdo con el artículo 68 de la constitución política, participará en la dirección de los establecimientos educativos, en los términos que la ley establece.

• QueelArtículo92delaley115defebrero8de1994 establece que la educación debe favorecer el desarrollo de la personalidad, la formación de valores éticos, estéticos, morales, ciudadanos y religiosos, el desarrollo equilibrado de habilidades de los educandos, las capacidades para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la distribución eficiente del tiempo, las responsabilidades, solución de conflictos, problemas y habilidades para la comunicación, la negociación y la participación.

• Que el artículo 11 del decreto 1290 de 2009estipula que cada establecimiento educativo debe definir, adoptar y divulgar el sistema

institucional de evaluación de estudiantes después de su aprobación por el consejo académico y una vez acordado por el consejo directivo, incorporarlo al proyecto educativo institucional.

• Quepordecreto501de30demarzode2016,expedido por el Ministerio de Educación Nacional reglamentó la Jornada Única en los establecimientos oficiales de la nación.

• Que por resolución 1839 del 11 de octubrede 2016 la Secretaría de Educación de Bogotá autorizó al Colegio Pablo Neruda IED para prestar el servicio público educativo en JORNADA ÚNICA para los grados 10° y 11° en la sede A.

• LaJornadaÚnicacomprendeeltiempodiarioque dedica el Colegio Pablo Neruda a sus estudiantes de los grados 10° y 11° en la sede A, para el desarrollo de las áreas obligatorias y fundamentales y de las asignaturas optativas, así como el tiempo destinado al descanso y almuerzo de los estudiantes.

• Que el Consejo Académico integrado en susesión del 14 de agosto de 2018, impartió aprobación al proyecto de reforma al Sistema Institucional de Evaluación incluyendo la jornada única para la educación media

• Que atendiendo las sugerencias yrecomendaciones de la comunidad educativa el consejo directivo acoge las modificaciones al sistema institucional de evaluación.

RESUELVE:ARTÍCULO PRIMERO. Promulgación.- El consejo directivo, atendiendo las recomendaciones de la comunidad educativa, incorpora en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; propone estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes; da recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes; determina procedimientos e instancias para la resolución de reclamaciones; incorpora la evaluación para estudiantes de Educación Media En Jornada Única y establece el proceso para la formulación y reforma; aprueba el siguiente sistema institucional de evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media del Colegio Pablo Neruda- Institución Educativa Distrital, para la vigencia dos mil diecinueve (2019).

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gENERALIDADES

ARTÍCULO 1. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Son propósitos de la evaluación en el ámbito institucional:

1. Identificar las características personales,intereses, ritmos de desarrollo y estilos deaprendizaje del estudiante para valorar susavances.

2. Proporcionar información básica paraconsolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con su desarrollo integral.

3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

4. Determinar la promoción de estudiantes.

5. Aportar información para el ajuste eimplementación del plan de mejoramientoinstitucional.

ARTÍCULO 2. DERECHOS DEL ESTUDIANTE.

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:

1. Ser evaluado de manera integral en todos losaspectos académicos, personales y sociales.

2. Conocer el sistema institucional de evaluación, criterios, procedimientos e instrumentos deevaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

3. Conocer los resultados de los procesos deevaluación y recibir oportunamente lasrespuestas a las inquietudes y solicitudespresentadas respecto a estas.

4. Recibir asesoría y acompañamiento de losdocentes para superar debilidades en elaprendizaje.

ARTÍCULO 3. DEBERES DEL ESTUDIANTE

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe:

1. Cumplir con los compromisos académicos yde convivencia definidos por el Colegio.

2. Cumplir con las recomendaciones ycompromisos adquiridos para la superaciónde sus debilidades.

3. Asistir puntualmente a la institución y a cadauna de las clases de la jornada escolar.

4. Presentar excusa debidamente justificada enel formato institucional con sus respectivossoportes junto con el trabajo o tarea asignadoel día correspondiente a la ausencia.

5. Traer elementos necesarios para lasactividades de clase.

ARTÍCULO 4. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos:

1. Conocer el sistema institucional de evaluaciónde los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.

2. Acompañar el proceso evaluativo de losestudiantes.

3. Recibir informes periódicos de evaluación.

4. Recibir oportunamente respuestas a lasinquietudes y solicitudes presentadas sobre elproceso de evaluación de sus hijos.

5. Presentar reclamaciones dentro de los cinco(5) días hábiles siguientes a la entrega deinformes académicos.

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5ARTÍCULO 5. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

De conformidad con las normas vigentes los padres de familia deben:

1. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar.

2. Acompañar adecuadamente el proceso de formación integral y velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos dentro y fuera del Colegio, como primeros educadores para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.

3. Analizar los informes periódicos de evaluación y participar en el desarrollo de planes de mejoramiento propuestos por el

Colegio.

4. Cumplir con los obligaciones contraídas en la matricula, manual de convivencia y seguimiento a compromisos académicos y convivenciales adquiridos para facilitar el proceso educativo.

5. Responder por los daños materiales que sus hijos causen en la institución.

6. En caso de solicitud de permiso para ausentarse el estudiante del Colegio por varios días, presentar a coordinación académica por medio de carta con soporte adjunto y suficiente anterioridad (10 días hábiles) la solicitud; el Colegio estará en libertad de conceder o no el permiso.

CAPÍTULO 1ARTÍCULO 6. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

A. ASPECTOS TEÓRICOSLa evaluación es un proceso sistemático, permanente, dialógico, integral y formativo. Se concibe como un análisis que compara el estado inicial con el estado final del estudiante en su continuo aprendizaje.

La evaluación del rendimiento escolar busca el desarrollo de las competencias de los estudiantes que permiten encontrar fortalezas y debilidades en su avance educativo y formativo como persona en sus dimensiones espirituales, psicológicas, biológicas e intelectuales con el fin de modificar ambientes de aprendizaje favoreciendo su desempeño integral. También sirve para identificar características personales de los educandos, sus intereses, ritmos de aprendizaje y estilos de trabajo.

Los siguientes criterios son las condiciones que permiten basar la decisión o análisis que se utiliza para valorar el aprovechamiento del estudiante en su proceso formativo.

Se institucionaliza la ética de la evaluación como proceso formativo basada en normas reguladoras, en la filosofía institucional, sus principios y valores; en donde se destaca la justicia, igualdad, objetividad, responsabilidad, honestidad, respeto y promoción del éxito de todos los niños, niñas y jóvenes para que aprendan con alegría.

La evaluación por procesos supera los promedios numéricos que se obtienen al efectuar operaciones matemáticas en los boletines. Esta se evidencia en el resultado final.

El Colegio acepta la evaluación que promueve la genialidad que existe en cada estudiante matriculado en la Institución, que sirva para descubrir la plenitud de sus habilidades haciendo realidad los derechos universales: prosperidad, paz, felicidad y libertad, de tal manera que todas y todos encuentren en el estudio una razón más para existir.

La evaluación es coherente con los ejes articuladores del Proyecto Educativo Institucional, estándares de competencias básicas y ciudadanas, orientaciones pedagógicas, lineamientos curriculares y derechos básicos de aprendizaje propuestos por el Ministerio de Educación Nacional aplicando para cada una de las áreas del conocimiento el enfoque pedagógico que el Colegio ha asumido, el cual sirve a los estudiantes como medio de autoformación y autoconocimiento.

El Colegio asume la evaluación no sólo como herramienta para conocer e identificar las debilidades, fortalezas, avances o desempeños logrados por los estudiantes, sino también como mecanismo permanente de información diagnóstica que permita a los docentes y directivos

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docentes consolidar y reorientar los procesos didácticos, metodológicos y curriculares en general.

Se valorará la asesoría permanente del docente, de la orientadora escolar, el acompañamiento, presencia y participación de los padres y madres de familia o acudientes, así como el proyecto de vida de los estudiantes como aspecto importante en el proceso evaluativo y formativo.

La evaluación en correspondencia con el enfoque y las prácticas pedagógicas institucionales debe cumplir al menos tres condiciones:

SER INTEGRAL:

Comprende todos los elementos que conforman el sistema educativo, los procesos de enseñanza y los aprendizajes; los medios utilizados, los sujetos, los ambientes físicos y sociales. Considerar los diferentes ritmos para aprender y las singularidades de una comunidad de aprendizaje.

SER DIALÓGICA:

Se constituye en un genuino ejercicio de reconocimiento de los sujetos partícipes en el proceso de evaluación y un encuentro de saberes, experiencias y prácticas evaluativas; reconoce las voces múltiples en los discursos de los estudiantes.

SER FORMATIVA:

Propicia escenarios para desaprender y aprender lo nuevo y lo diferente. Pone a disposición de educadores, autoridades educativas, administradores, estudiantes y ciudadanía herramientas para el mejoramiento sostenido de la

calidad educativa. No se trata de perder ni de ganar sino de participar en procesos de largo aliento para vivir aprendiendo.

B. ASPECTOS REGLAMENTARIOSEl Colegio asume la evaluación y promoción por ÁREAS incluyendo la Educación Media en Jornada Única.

Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que son objeto de evaluación, son los siguientes:

1. Ciencias Naturales y Educación Ambiental.

2. Ciencias Sociales, Historia, geografía, Constitución Política y Democracia.

3. Educación artística

4. Educación ética y en valores humanos

5. Educación física, recreación y deportes

6. Educación religiosa

7. Humanidades, Lengua Castellana e Idiomas extranjeros

8. Matemáticas

9. Tecnología e informáticaADEMÁS, PARA EDUCACIÓN MEDIA, LAS SIGUIENTES ÁREAS Y ASIGNATURAS OBLIGATORIAS

1. Ciencias económicas y políticas

2. Filosofía

3. Lineas de profundización de Educación Media (Inglés, matemáticas e investigación)

ARTÍCULO 7. CRITERIOS DE PROMOCIÓN

A. ASPECTOS TEÓRICOS. El Colegio diferencia entre la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes y la promoción de los mismos.

La promoción es una consecuencia del proceso de evaluación; es el aval y certificación que la institución escolar, una vez concluido el proceso de evaluación durante el año escolar, da al estudiante para que continúe ascendiendo en los grados del sistema educativo porque se considera que ha cumplido con los requisitos básicos para la promoción, de acuerdo con las exigencias del currículo y plan de estudios.

El objetivo principal del Colegio Pablo Neruda es que todos los niños, niñas y jóvenes adquieran y generen los conocimientos más avanzados, técnicos, culturales, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber y formación para la vida.

En tal sentido la reprobación es excepcional.

B. ASPECTOS REGLAMENTARIOS1. PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN INICIAL

• La promoción de estudiantes de Prejardín,Jardín y Transición se hace atendiendo

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principalmente al desarrollo de los procesos lectoescriturales y matemáticos, así como al fortalecimiento de las competencias que faciliten los aprendizajes de convivencia e interrelación con su entorno.

• Seevalúapordimensionesylosboletinessoninformes verbales y escritos en los cuales nose registrarán calificaciones numéricas.

• Alfinalizar el año lectivo se entregará a lospadres de familia un informe consolidado.

2. PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES GRADOSPRIMERO A UNDÉCIMO

• Los estudiantes serán promovidos cuandoaprueben todas las áreas en el gradocorrespondiente a educación Primaria, Básicay Media respectivamente.

• La nota mínima para aprobación será tres(3.0). (Desempeño Básico).

• Cuando el Comité de Promoción determineque un estudiante no puede ser promovido algrado siguiente, debe garantizarle el cupo para que continúe su proceso formativo siempreque su actitud, comportamiento y formaciónatiendan lo establecido en el Manual de

Convivencia.

Además se tendrá en cuenta:

1. Que la repitencia no sea por segunda vez.

2. Que los padres o acudientes hayan estadopendientes del proceso escolar y de losrequerimientos del Colegio.

• Alfinalizarelcuartoperiodoacadémicotodoslos estudiantes deben definir su año escolar.

• Cuando termineel añoescolarel estudiantepuede presentar PRUEBA DE SUPERACIÓNmáximo por DOS ÁREAS REPROBADAS,si persiste la pérdida en una o las dos áreasdeberá repetir el grado.

• El estudiante que tenga SOLAMENTE UNÁREA no aprobada, incluso después dePRUEBAS DE SUPERACIÓN y el promediode todas las áreas sea mínimo tres cinco (3.5)será promovido al grado siguiente.

• Pierden áreas los estudiantes que hayandejado de asistir injustificadamente a más del20% de las actividades académicas, durante elaño escolar.

ARTÍCULO 8. PROMOCIÓN ANTICIPADA

Se entiende como promoción anticipada la oportunidad que el colegio brinda a los estudiantes de promoverse al grado siguiente como estímulo al rendimiento académico en el primer periodo del año lectivo, esto de conformidad con el artículo 7 del decreto 1290 de 2009,

Se garantiza la promoción anticipada para aquellos estudiantes que:

Obtengan Cuatro cinco (4.5) al promediar todas las áreas del conocimiento durante el primer período del año escolar; las áreas a promediar deben estar en DESEMPEÑO ALTO, con calificación mínima de cuatro (4.0). Además del desarrollo personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.

La solicitud de promoción anticipada será presentada por los padres de familia. El Consejo Académico mediante acta recomendará ante el

Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente y será éste quien consignará en acuerdo la decisión, que en caso de ser positiva se escribirá en el registro escolar. . El plazo para hacer la petición será Máximo a la fecha de la comisión de evaluación del primer período académico. No se considerarán solicitudes fuera de este término.

Para que proceda la promoción anticipada los estudiantes deben:

Adquieren el compromiso de nivelar los conocimientos del grado al cual fue promovido para lo cual desarrollarán actividades focalizadas, con tutorías orientadas por parte de los docentes del curso al que ingresa y el apoyo de la familia. Estos planes se deben desarrollar y evaluar dentro del mes siguiente al ingreso del estudiante. Las notas que obtenga se registraran en planillas separadas que equivalen al primer periodo académico del curso al cual ha sido promocionado.

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ARTÍCULO 9. Promoción extraordinaria

El Consejo Académico, mediante acta, previo consentimiento escrito de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción al grado siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior. El Consejo Directivo sesionará y decidirá dentro de los cinco días hábiles siguientes al recibo de la solicitud. La decisión se consignará en acuerdo y en caso de ser positiva quedará escrita en el registro escolar. El plazo para hacer la petición será Máximo a la fecha de la comisión de evaluación del primer período académico. No se considerarán solicitudes fuera de este término.

Para que proceda la promoción extraordinaria los estudiantes deben:

a) Obtener Cuatro cinco (4.5) al promediartodas las áreas del conocimiento durante

el primer período del año escolar; las áreas a promediar deben estar en DESEMPEÑO ALTO, con calificación mínima de cuatro (4.0). Además del desarrollo personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.

b) Los estudiantes adquieren el compromiso denivelar los conocimientos del grado al cualfue promovido para lo cual desarrollaránactividades focalizadas, con tutoríasorientadas por parte de los docentes delcurso al cual ingresa y el apoyo de la familia.

c) Todo estudiante que ha sido promovido demanera extraordinaria que pierda el cursoal cual ha sido reubicado, no podrá volver asolicitar este beneficio en lo sucesivo.

ARTÍCULO 10. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE BACHILLERES BÁSICOS

• Los estudiantes que hayan culminadosatisfactoriamente la Educación Básicaobtendrán el certificado de BACHILLERBÁSICO, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción de conformidad

con el Proyecto Educativo Institucional y lo reglamentado por el artículo 89 de la Ley 115 de 1994 y el artículo 11 del decreto 1860 de 1994.

ARTÍCULO 11. REQUISITOS PARA ACCEDER A ENTREGA DE CERTIFICADOS DE BACHILLERES BÁSICOS

La entrega de certificación de BACHILLER BÁSICO, se llevará a cabo dentro de las instalaciones del Colegio. Se hará con el UNIFORME DE DIARIO.

Siendo el acto de certificación de bachilleres básicos el momento culminante del proceso educativo en este ciclo y donde se evidencia el producto del Proyecto Educativo Institucional “Formación y Proyección para una vida

consciente”, el Consejo Directivo, mediante acuerdo motivado podrá excluir de esta entrega a estudiantes que no acaten las normas del Colegio, puesto que su deber, como se ha repetido en el Manual de Convivencia Escolar, es mantener y demostrar EXCELENTE COMPORTAMIENTO y EJEMPLAR CONVIVENCIA, valores que en el desarrollo de su Proyecto de Vida, tienen igual trascendencia que los conocimientos científicos que posea.

ARTÍCULO 12. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y GRADUACIÓN DE BACHILLERES ACADÉMICOS

• Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de BACHILLERACADÉMICO, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción de conformidadcon el Proyecto Educativo Institucional y demás normas exigidas por el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación de Bogotá.

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ARTÍCULO 13. REQUISITOS PARA ACCEDER A CEREMONIA DE GRADO

La ceremonia de grado es un ACTO SOLEMNE que se llevará a cabo dentro de las instalaciones del Colegio o de otro de la localidad. Se hará con el UNIFORME DIARIO. El porte de toga, birrete y estola será responsabilidad exclusiva de padres y madres de familia siempre y cuando el consejo directivo así lo autorice previa petición escrita de todos los padres o madres de familia de los graduandos.

Siendo el acto de graduación de bachilleres el momento culminante del proceso educativo, donde se evidencia el Proyecto Educativo Institucional “Formación y Proyección para una vida consciente”, el Consejo Directivo, mediante acuerdo motivado podrá EXCLUIR DE ESTA CEREMONIA a estudiantes que no acaten las normas del Colegio, puesto que su deber, como se ha repetido en el Manual de Convivencia Escolar, es mantener y demostrar EXCELENTE COMPORTAMIENTO y EJEMPLAR CONVIVENCIA, valores que en el desarrollo de su Proyecto de Vida, tienen más trascendencia que los conocimientos científicos que posea.

Se proclamarán en ceremonia pública al finalizar el año lectivo, ÚNICAMENTE los estudiantes que se encuentren a paz y salvo en los siguientes temas:

1. Aprobar todas las áreas obligatoriasy fundamentales correspondientes alDESARROLLO INTEgRAL DE LAEDUCACIÓN MEDIA EN JORNADAÚNICA implementada por el Colegio parafavorecer su ingreso y permanencia a laEducación Superior.

2. Servicio social. Prestar como minino 120horas de servicio social, distribuidas de lasiguiente forma: 20 horas de capacitacióny 100 horas de práctica social. (Resolución4210 de septiembre 12 de 1996).

3. Realización y socialización de su trabajode investigación, de acuerdo, con lasespecificaciones dadas en la asignatura.

4. Obtención de paz y salvo académico y detodas las dependencias de la institución(sistemas, biblioteca, laboratorios, carpetapersonal al día). Este debe presentarse enSecretaría del Colegio con cinco (5) díashábiles de anticipación a la fecha de laceremonia de grado.

Los estudiantes que les faltare alguno de los requisitos aquí establecidos se graduarán una vez haya cumplido con la obligación pendiente en ACTO SOLEMNE que se llevará a cabo dentro de las instalaciones del Colegio, con UNIFORME DIARIO.

CAPÍTULO 2 ARTÍCULO 14. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA EN LA ESCALA NACIONAL

Con el fin de clarificar, unificar y dar objetividad al proceso de evaluación se utiliza la siguiente escala valorativa:

Desempeño superior: Valoración desde 4.5 a 5.0Desempeño alto: Valoración desde 4.0 a 4.4

Desempeño básico: Valoración desde 3.0 a 3.9Desempeño bajo: Valoración desde 1.0 a 2.9

Esta misma escala se aplicará a las áreas de Educación Media en Jornada Única

FUNDAMENTO TEÓRICOTeniendo en cuenta que la evaluación desarrolla las potencialidades de los estudiantes, en ella deben converger el SER, el SABER y el HACER como parte de un proceso integral y constructivo.

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ARTÍCULO 15. DESEMPEÑO SUPERIOR

• SABER y HACER: Se destaca frente al curso por su absoluto dominio y claridad en el manejo de los conceptos propios del área, su capacidad y creatividad. Hace propuestas innovadoras en la resolución de problemas.

• SER: Expresa en sus actitudes total compromiso con la filosofía institucional, vivenciando los valores de autonomía, respeto, responsabilidad, solidaridad, puntualidad y cumplimiento en la asistencia a clases y presentación de trabajos, ejerciendo liderazgo positivo para contribuir a la disciplina y organización de las actividades del Colegio.

ARTÍCULO 16. DESEMPEÑO ALTO

• SABER y HACER: Muestra comprensión de los conceptos al presentar y argumentar trabajos y tareas.

• SER: Asiste puntualmente a clases, cumple las normas establecidas y ejerce algún tipo de liderazgo para el mejoramiento del curso y es coherente con los valores y principios institucionales.

ARTÍCULO 17. DESEMPEÑO BÁSICO

• SABER y HACER: Presenta un rendimiento académico inestable porque -aunque demuestra comprensión de los conceptos- le falta constancia en el hacer e interés y deseo de superación por alcanzar metas superiores, limitándose a cumplir medianamente con lo solicitado.

• SER: Asiste a clases pero carece de liderazgo, autocontrol, autonomía y compromiso para asumir el comportamiento que orienta la filosofía institucional.

ARTÍCULO 18. DESEMPEÑO BAJO

• SABER y HACER: Tiene capacidad para desempeñarse eficientemente, pero no lo hace porque no le da importancia a su rendimiento: incumple con sus trabajos, lecciones y demás responsabilidades a pesar de tener todo tipo de oportunidades, de manera que siempre tiene pendientes actividades académicas.

Tiene dificultades graves en la comprensión de contenidos mínimos y no se esfuerza por alcanzarlos; muestra dificultades en su proceso de aprendizaje que no le permiten avanzar al mismo ritmo del grupo.

• SER: Sus procesos formativo y académico progresan con lentitud porque falta a clases con frecuencia y su liderazgo propone actitudes contrarias a la práctica de las normas de convivencia.

Propone un liderazgo negativo evadiendo las clases, manteniendo actitudes de rechazo hacia todas las actividades propuestas y desacata las normas, especialmente las que se refieren a su presentación personal, cumplimiento y respeto en las relaciones interpersonales.

CAPÍTULO 3

ARTÍCULO 19. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES

A. FUNDAMENTO TEÓRICOLa manera de lograr una valoración integral es organizando el aprendizaje guiado, donde se tiene

en cuenta principalmente procesos de formación en valores, manejo de las tecnologías de información y comunicación, con el fin de permitir el desarrollo del pensamiento crítico, creativo, científico y

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tecnológico mediante la construcción de preguntas y el planteamiento de problemas, utilizando diferentes hilos conductores, tarea que motivará la investigación por parte de los estudiantes.

Así mismo, en las estrategias de valoración integral se busca reconocer la vida del estudiante a nivel social, cognitivo y psicológico en las diferentes etapas de su desarrollo.

Al crearse por medio de este instrumento la cultura de la evaluación sistemática como herramienta para el mejoramiento de la calidad de la educación, es necesario:

Dentro de la cultura de la evaluación como política institucional, se garantiza valoración de la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación en cada área y periodo académico.

Se tendrá en cuenta la participación de niños, niñas y jóvenes en actividades culturales y recreativas, puntualidad, presentación personal, comportamiento y actitud positiva frente al aprendizaje.

B. ASPECTOS REGLAMENTARIOSDocentes y directores de grupo acompañan el proceso formativo desde cada área con actividades académicas y lúdicas que garanticen la consecución de los desempeños, para lo cual se establecen los siguientes momentos en el proceso evaluativo:

a) Evaluación “diagnóstica”, al iniciar el año lectivo para caracterizar a los estudiantes y conocer sus talentos, conocimientos previos y

habilidades.

b) Parcial o sumativa. Se realiza al finalizar cada periodo académico de la enseñanza y aprendizaje con el fin de valorar e interpretar el alcance logrado por los estudiantes. Su función es informar cuantitativamente el grado en que se logró el aprendizaje.

c) Evaluación procesual o formativa encaminada a la valoración en la adquisición de los conocimientos, de esta manera se visualiza en el estudiante la integralidad del proceso de evaluación y el desarrollo del pensamiento. Hace referencia al conjunto de ejercicios, pruebas y actividades orientadas a confrontar al estudiante con su propio aprendizaje, de manera que pueda identificar los avances y logros para hacer actividades de refuerzo con el fin mejorar los aspectos en los cuales aún tiene dificultades.

Su función es promover, es decir, emitir un juicio para tomar la decisión de pasar al alumno a un grado superior.

d) Evaluación integral al finalizar el año lectivo, que se convertirá en diagnóstica para el año siguiente, permitiendo decidir la promoción o certificación a un grado superior. En esta etapa, la evaluación por procesos supera los promedios.

e) Uso y aplicación de las competencias investigativas en Educación Media.

ARTÍCULO 20. TIPOLOGÍA DE ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN

Tienen como elemento fundamental el procedimiento de valoración del progreso y de los resultados del aprendizaje de los estudiantes, mediante el uso, entre otros, de los siguientes insumos: a): La evaluación formativa de los estudiantes

que realiza el docente en el aula.

b): Los criterios de evaluación y promoción, y las tasas de aprobación y repitencia del Colegio.

c): Los resultados por grado, área y grupos de competencias de los exámenes de Estado.

d): La matriz de referencia de las competencias a evaluar en los exámenes de Estado

e): Estrategias como: • Participación en el aula, pruebas escritas

parciales, exámenes orales parciales,

actividades de laboratorio, trabajos de campo individuales o en grupo, prácticas, seminarios, talleres, presentaciones o exposiciones individuales o en grupo, entre otros, que tendrán una valoración porcentual del 70% del periodo académico.

• Prueba escrita bimestral, instituida convaloración porcentual del 20% de periodo.

AUTOEVALUACIÓNLa realiza el mismo estudiante en compañía de padres o familiares para conocer su progreso con respecto a unos objetivos trazados con anticipación teniendo en cuenta el resultado obtenido en cada una de las asignaturas. Con valoración porcentual del 10% de la nota del periodo, para tal fin, se diligencia formato institucional.

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CAPÍTULO 4 ARTÍCULO 21. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR

Se requiere el compromiso de padres y madres de familias en el proceso de formación de sus hijos para que las estrategias, didácticas, metodologías y desarrollo integral sean eficientes y eficaces. Para lograrlo se requiere fortalecer el trabajo interdisciplinario compartiendo los saberes de los

estudiantes, los padres y madres de familia y la comunidad educativa.

Promover tutorías y seguimientos personalizados donde se establecen acuerdos y se programan actividades de acompañamiento para superar las dificultades del estudiante en el proceso formativo.

ARTÍCULO 22. COMITÉ DE INVESTIGACIÓN

Se crea el Comité de Investigación para que oriente la “asignatura de Investigación” impartida a los estudiantes de Educación Media en jornada Única. Este comité se dará su propio reglamento, establecerá el manual de funciones así como los procedimientos y protocolos para el desarrollo de las actividades que se darán a conocer a los estudiantes de los grados DÉCIMO y ONCE al inicio del año escolar.

ARTÍCULO 23. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Se crean las siguientes Comisiones de Evaluación y Promoción por grados quienes evaluarán el proceso de los estudiantes y emitirán juicios valorativos referentes al proceso de aprendizaje, así:

a. Una comisión para los grados 1°, 2° y 3°

b. Una comisión para el grado 4°

c. Una comisión para el grado 5°

d. Una comisión para el grado 6°

e. Una comisión para el grado 7°

f. Una comisión para el grado 8°

g. Una comisión para el grado 9°

h. Una comisión para el grado 10°

i. Una comisión para el grado 11°Integración: Cada comisión se integra por el rector, o coordinador académico como su delegado, quien lo preside, padres de familia representantes del Consejo de Padres, Orientador, Director de curso y docentes que laboren en los respectivos grados, quienes harán el análisis de cada uno de los estudiantes y emitirán juicios valorativos, dado el grado de responsabilidad y seriedad del proceso evaluativo.

ARTÍCULO 24. DERECHOS DE LAS COMISIONES

Las diferentes Comisiones de Evaluación y Promoción tendrán los siguientes derechos:

1. Tomar decisiones que favorezcan el procesoeducativo.

2. Participar como organismo pedagógico en lavida de la institución.

3. Interpretar, con el principio de favorabilidad,lo normado por el presente SIE.

4. Hacer exigibles sus decisiones, cuandohayan sido tomadas cumpliendo la ley y losprincipios del presente sistema de evaluación.

ARTÍCULO 25. DEBERES DE LOS INTEGRANTES DE LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Los miembros que integran las diferentes Comisiones de Evaluación y Promoción deben:

1. Asistir en forma puntual y participar activay respetuosamente en todas las reunionespreviamente convocadas.

2. Aplicar en sus decisiones los lineamientosconsagrados en el presente SistemaInstitucional de Evaluación.

3. Suscribir actas donde se registren lasdecisiones.

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ARTÍCULO 26. REGLAMENTO

Las comisiones de evaluación y promoción se reunirán tres (3) días hábiles anteriores a finalizar cada uno de los periodos académicos.

Son funciones de las comisiones, las siguientes:

1. Velar porque a través de los procesosevaluativos adelantados por los docentes,favorezca el pleno desarrollo de los educandosen especial en cuanto tiene que ver con lapotenciación de capacidades para la tomade decisiones, la adquisición de criterios, elejercicio de la responsabilidad, el desarrollo dehabilidades para comunicarse, la adquisiciónde competencias ciudadanas y vivencia delos valores, principios y filosofía del ColegioPablo Neruda.

2. Analizar los casos de estudiantes quepresentan Bajo desempeño en cualquiera delas áreas.

3. Hacer recomendaciones generales oparticulares a estudiantes y padres defamilia y establecer actividades pedagógicascomplementarias y necesarias de refuerzo ysuperación mediante un plan de mejoramiento, para la obtención de los logros y desempeñospropuestos en cada grado.

Éstas se realizaran simultáneamente conlas actividades académicas en curso, dejandoevidencias.

4. Acordar con docentes planes de mejoramiento para determinar las actividades pedagógicascomplementarias en las aéreas en las cuales sepresentan deficiencias y que deben adelantar

los estudiantes en compañía de padres de familia o acudientes para superar las dificultades académicas.

5. Analizar los casos de estudiantes condesempeño excepcionalmente alto, con el finde recomendar actividades de motivación opromoción anticipada.

6. Velar porque los docentes cumplan conlas adecuaciones curriculares de aquellosestudiantes que lo requieren de acuerdo a susdiferencias particulares.

7. Velar por el cumplimiento del plan deestudios especial y el proceso de evaluación deestudiantes con necesidades especiales.

8. Determinar cuáles estudiantes puedenparticipar de la ceremonia de excelenciaacadémica por sus resultados, actitudes osuperación.

9. Determinar cuáles estudiantes deberán repetir el grado.

10. Consignar en actas las decisiones,observaciones y recomendaciones paraposteriores decisiones acerca de la promociónde educandos.

11. Remitir a Orientación Escolar o Coordinaciónaquellos estudiantes que presentandificultades académicas y convivenciales.

12. Las demás propias de su gestión.

CAPÍTULO 5ARTÍCULO 27. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

A. ASPECTOS TEÓRICOSConsiderando que la autoevaluación es un ejercicio de auto reflexión valorativa de las acciones teóricas y prácticas, actitudes, habilidades y destrezas desarrolladas por el estudiante, se asume como un proceso permanente, indispensable para examinar de manera objetiva lo aprendido, retroalimentando cada uno de los conocimientos para convertirse en aprendices más efectivos, algunos elementos para contemplar dicho proceso son:

• Asistenciaypuntualidad• Procesoacadémico

• Presentaciónpersonal• Compromisoysentidodepertenencia• AutonomiayautoregulaciónEl proceso de autoevaluación le permite al niño, niña o joven interiorizar su progreso, hacer conciencia de él, tomar decisiones, desarrollar su autonomía y autorregularse; a la vez que enriquece la práctica del docente y le permite una constante revisión de las metodologías de enseñanza.

La autoevaluación es un mecanismo para obtener información útil sobre la pertinencia, desarrollo e impacto de los contenidos del área en la formación

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de los estudiantes.

B. ASPECTOS REGLAMENTARIOSAntes de finalizar cada periodo académico el estudiante, con el acompañamiento de los padres de familia, diligenciarán la matriz de autoevaluación y darán su valoración quienes firmarán el formato institucional con las observaciones que consideren pertinentes.

Los docentes dialogarán sobre el resultado y se obtiene una calificación que será tenida en cuenta para el promedio de cada asignatura y área como nota autónoma.

Los padres y madres de familia firmarán junto con sus hijos un compromiso, donde deberán describir sus acciones para alcanzar el siguiente desempeño. Este compromiso se diligenciará durante el siguiente periodo académico y se entregará al director de grupo.

CAPÍTULO 6ARTÍCULO 28. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES

A. ASPECTOS TEÓRICOSTeniendo en cuenta que la forma de aprender de cada ser humano obedece a sus diferencias individuales, ritmos, ambientes, madurez, estado emocional y social se aplicarán diferentes acciones para superar las eventuales dificultades que se presenten en el proceso de adquisición del conocimiento y formación.

B. ASPECTOS REGLAMENTARIOSEl Colegio adopta las siguientes estrategias:

• Explicación por parte del docente sobre losconceptos y temas a reforzar.

• Asignación de talleres de refuerzo oprofundización, según el caso.

• Nivelaciónypuestaencomúndelostalleres.

• Sustentacióndelasactividadesasignadasparala superación de las dificultades.

Este proceso se llevará a cabo durante el desarrollo de los periodos académicos, apoyándose en las estrategias que el docente considere necesarias para lograr suficiencia en los desempeños de evaluación, con asistencia o acompañamiento de un monitor de la asignatura para obtener explicaciones extras.

ARTÍCULO 29. ESTUDIANTES QUE INGRESAN EN DIFERENTES ÉPOCAS DEL AÑO.

Es responsabilidad de los estudiantes aportar las notas parciales para ingresar al Colegio ya iniciado el año escolar, las cuales se trascriben en el sistema de conformidad con nuestra escala valorativa. En el evento de no contar con las calificaciones el acudiente deberá sustentar en Coordinación Académica las razones que le impiden entregar dicho documento. El estudiante deberá desarrollar “Actividades de nivelación”, con tutorías orientadas por parte de los docentes del curso al cual se matricula y el apoyo permanente de la familia. Las notas que obtengan se registran en las planillas del periodo respectivo. Estos planes se deben desarrollar y evaluar dentro del mes siguiente al ingreso del estudiante.

CAPÍTULO 7 ARTÍCULO 30. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL COLEGI0 CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN

A. ASPECTOS REGLAMENTARIOSDocentes y directivos adquieren los siguientes compromisos:

• Motivardemanerapermanenteapadresdefamilia y estudiantes sobre la necesidad devivir la cultura de la evaluación integral donde todos seamos ganadores con aprendizajes

significativos, responsables en la conducción de nuestras vidas y el impacto que ejercemos sobre los demás cuando realizamos procesos de evaluación justos y equitativos, rescatando

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la importancia del estudio como herramienta para el desarrollo de la persona, la familia y la sociedad.

• Velarporelcumplimientodeloscompromisosestablecidos con padres y madres de familiaen el acompañamiento de sus hijos para elfortalecimiento de sus saberes.

• Realizar talleres de padres y madres defamilia donde se sensibilice la responsabilidad constitucional que tiene la familia, lasociedad y el estado en la función de educar apartir de una evaluación que potencialice lascapacidades y habilidades de todos los niños,niñas y jóvenes.

• Velar por la calidad, cumplimiento de losfines de la educación y por la mejor formación moral, intelectual y física de los estudiantesa través de una evaluación justa, dialógica,integral y formativa que promueva el interésy la necesidad de aprender.

• Comprometerse a tener en cuenta en elproceso de evaluación las dimensiones delser humano, los conocimientos, la educaciónciudadana, los ritmos de aprendizaje, los

estados afectivos, convivenciales y sociales de los niños, niñas y jóvenes.

• Registrar en el observador del estudiantelos aspectos positivos y hacer seguimientode las fortalezas, habilidades, destrezas,potencialidades, creatividad, desarrollo delpensamiento, de tal manera que se reflejeun ser integral poseedor de conocimientos,talentos, emociones y valores espirituales.

• Generar en los niños, niñas y jóvenes elaprecio por la evaluación sincera como unacto para despertar la curiosidad de susalmas, que les brinde confianza y seguridadde lo que son y saben, olvidando el miedo yel temor que por generaciones ha causado elproceso de evaluación.

• Auditarelniveldepromociónoreprobaciónen cada área y asignatura, al finalizar cadaperiodo académico.

• EntodosloscasoselColegiovelaráporqueserespete el debido proceso académico y se denlas garantías de promoción que contemplaeste acuerdo.

ARTÍCULO 31. ADECUACIÓN DEL PLAN CURRICULAR Y LA EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES O SITUACIONES SOBREVINIENTES

El Consejo Académico de jornada y sede, determinará las medidas que garanticen al alumno que tenga acreditada discapacidad o necesidades especiales de apoyo educativo, para realizar las pruebas de evaluación en las debidas condiciones de igualdad.

Las medidas podrán consistir en la adaptación de los tiempos, la elaboración de modelos especiales

de prueba, la puesta a disposición del estudiante de los medios tanto materiales como humanos, de las asistencias, apoyos y de las ayudas técnicas que precise para la realización de las pruebas de evaluación, así como en la garantía de accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o espacio físico donde ésta se desarrolle.

ARTÍCULO 32. ALUMNADO DEPORTISTA DE ALTO NIVEL Y ALTO RENDIMIENTO O CON TALENTOS EXCEPCIONALES

El estudiante que tenga la condición acreditada de deportista de alto nivel, deportista de alto rendimiento o con talentos excepcionales, además de la adopción de medidas que permitan compatibilizar los estudios con su actividad,

podrá solicitar justificadamente ante el Rector o Coordinación académica cambios en las fechas y horarios de los exámenes o pruebas de evaluación que coincidan con sus actividades deportivas y culturales.

CAPÍTULO 8 ARTÍCULO 33. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA

El año académico se divide en cuatro periodos de diez semanas cada uno.

Al finalizar cada periodo académico los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito

de evaluación en el que se dará cuenta de los avances de los estudiantes en el proceso formativo en cada una de las áreas. Este se expresará en la escala nacional y en la escala del Colegio.

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CAPÍTULO 9 ARTÍCULO 34. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES

Los informes académicos contienen de manera clara y precisa los fundamentos por los cuales un estudiante aprueba o reprueba cada una de las áreas e incluye:

• La valoración cuantitativa obtenida deconformidad con el presente sistemainstitucional de evaluación con su equivalencia con el sistema nacional.

• Elnúmerodeinasistenciaaclases.

• Puestoqueocupaelestudianteenelgrupo.

• Observaciones y recomendaciones delDirector de grupo.

La escala cualitativa de comportamiento escolar NO SE TENDRÁ EN CUENTA para obtener promedio de promoción al finalizar el año lectivo.

CAPÍTULO 10 ARTÍCULO 35. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES

SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Debido Proceso: La base legal del debido proceso se encuentra consignada en las siguientes disposiciones: Constitución Política Nacional, Artículo 29; Ley 115 de 1994, artículo 132; Decreto 1860 de 1994, artículo 25; Ley 1098 de 2006, ley 1620 de 2013 y otras normas concordantes. Es garantía para asegurar a todo individuo sus derechos; es universal y sus principios no varían. De acuerdo con el Artículo 29 de la Constitución Política Nacional, “el debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones”.

Para el acatamiento del debido proceso, se tiene en cuenta que el derecho a la educación comporta dos aspectos: es un derecho de la persona, como lo establece el artículo 67 de la Constitución Política Nacional y como deber se materializa en la responsabilidad del estudiante de cumplir con las normas establecidas por el Colegio.

Principios generales. Todos los docentes, al iniciar cada período académico, comunicarán a los estudiantes los aspectos académicos y de evaluación de sus asignaturas de acuerdo con los planes de estudio y el Sistema Institucional de Evaluación.

INSTANCIASSe establecen las siguientes instancias y autoridades académicas:

A. Profesor del área y Coordinación académica según corresponda el objeto de la reclamación.

El alumnado tiene derecho a que se revise en su presencia toda prueba que sirva para

su evaluación y a conocer los criterios de calificación que han sido aplicados.

Igualmente tiene derecho a reclamar y conservar las pruebas de conformidad con la tipología de actividades de evaluación con el objeto de hacer control de su rendimiento escolar.

Siguiendo el conducto regular se procederá como aparece a continuación:

En horario de atención a padres, el estudiante y su acudiente pueden dirigirse respetuosamente al docente y sustentar su reclamación con los documentos y soportes correspondientes.

El docente debe explicarles el proceso llevado a cabo.

Si la respuesta del docente no satisface a los solicitantes, estos pueden dirigirse a la siguiente instancia.

B. Consejo Académico

FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO

En materia de evaluación y promoción, el Consejo Académico se encarga de apoyar las actividades de evaluación y promoción con las siguientes funciones:

1. Analizar situaciones relevantes deestudiantes con desempeños bajos, donde sea persistente la reprobación para recomendara docentes, estudiantes y padres de familialos correctivos necesarios para superarlos.

2. Analizar y recomendar sobre situaciones

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de promoción anticipada para estudiantes que demuestren capacidades excepcionales, o para promoción ordinaria de estudiantes con necesidades especiales.

3. Velar porque los docentes cumplan conlas adecuaciones curriculares de aquellosestudiantes que lo requieren de acuerdo a susdiferencias individuales.

4. Convocar reuniones generales de docentes opor áreas, para analizar y proponer políticas,métodos y tendencias actuales en los procesosde evaluación en el aula.

5. Orientar a los profesores para revisar lasprácticas pedagógicas y evaluativas, quepermitan superar los desempeños bajos de losestudiantes.

6. Servir de instancia para decidir sobresolicitudes por escrito que puedan presentarestudiantes, padres de familia o profesoresque consideren se haya violado algún derechoen el proceso de evaluación y recomendará ladesignación de un segundo evaluador en casosexcepcionales.

7. Verificar y controlar que los directivos ydocentes cumplan con lo establecido enel sistema institucional de evaluación ypromoción de estudiantes.

8. Realizar propuestas para el mejoramientoacadémico y aportar para efectuarmodificaciones al Sistema Institucional deEvaluación y Promoción de los estudiantes.

9. Orientar a docentes en la construcción ymodificación de los planes de mejoramientoindividual y en Actividades de Superación.

10. Velar por el cumplimiento de las políticasevaluativas y de promoción por parte dedirectivos y docentes.

11. Velar por el cumplimiento de las políticasevaluativas, adecuación del currículo y depromoción para estudiantes con necesidadesespeciales.

12. Proponer políticas educativas para el mejoramiento académico continuo en beneficio de la población estudiantil.

13. Analizar casos y proponer estrategias paraaquellos estudiantes que se matriculan en elColegio sin informe valorativo académico

C. Consejo Directivo

En materia de evaluación y promoción, el Consejo Directivo se constituye en Segunda Instancia con las siguientes funciones:

1. Velar por el cumplimiento de las normasestablecidos en el Sistema Institucional deEvaluación.

2. Determinar mediante acuerdo los estudiantespromovidos extraordinariamente.

3. Determinar mediante acuerdo los estudiantespromovidos anticipadamente.

4. Decidir sobre reclamaciones que presenten losestudiantes o los padres de familia en relacióncon la evaluación o promoción.

5. Definir, adoptar y divulgar el SistemaInstitucional de Evaluación de estudiantes,después de su aprobación por el ConsejoAcadémico.

6. Incorporar en el proyecto educativoinstitucional los criterios, procesos yprocedimientos de evaluación así como lasestrategias para la superación de debilidades ypromoción de los estudiantes.

7. Atender los requerimientos de los padresde familia y de los estudiantes, y programarreuniones con ellos cuando sea necesario.

8. Analizar periódicamente los informes deevaluación con el fin de identificar prácticasescolares que puedan afectar el desempeño delos estudiantes e introducir las modificacionesque sean necesarias para el mejoramientocontinuo.

PROCEDIMIENTOLas reclamaciones de los padres de familia o estudiantes sobre evaluación y promoción se realizarán en forma escrita atendiendo las siguientes instancias y conducto regular:

El profesor del área o coordinación académica, según corresponda, darán respuesta a las solicitudes en el término de dos días. Si no se resolviere satisfactoriamente se elevará la petición ante el Consejo Académico quien se reunirá dentro de los tres días siguientes al recibo. Éste resolverá el mismo día de su reunión y notificará al reclamante al día siguiente.

En caso de persistir la inconformidad, pasará a conocimiento del Consejo Directivo mediante oficio dirigido al rector emitido por el Consejo

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Académico, con los resultados de su decisión.

El rector convocará al Consejo Directivo a sesión extraordinaria dentro de los cinco días siguientes. La decisión del Consejo Académico se constituye en primera instancia y la segunda será surtida por el Consejo Directivo quien consignará en acuerdo la decisión y sí es positiva se escribirá en el registro escolar. Esta decisión no tiene recurso alguno.

A las deliberaciones de los Consejos Académico y Directivo podrán asistir e intervenir las partes.

En el evento de quejas que correspondan a promoción de un grado, éstas serán asumidas y resueltas prevalentemente por los Consejos Académico y Directivo. Cada instancia decidirá dentro de los cinco días hábiles siguientes al recibo de la misma.

Para claridad de estudiantes, padres, madres de familia y acudientes, se precisa que los términos anteriores se pueden suspender durante períodos de vacaciones de docentes y directivos docentes. Se

dejará constancia en la actuación mediante oficio de sustanciación rectoral motivado.

TALLERES DE PADRES DE FAMILIADe acuerdo con los resultados obtenidos en cada periodo académico se convoca a estudiantes y padres de familia o acudiente para analizar la situación y brindar elementos o criterios a tener en cuenta para superar las dificultades presentadas a lo largo del proceso escolar.

Se firmará acta de compromiso y la asistencia a estos talleres son de obligatorio cumplimiento.

FUNDAMENTOS PROBATORIOSIgualmente es necesario que los reclamantes hayan asistido a talleres o escuelas de padres, situación que será comprobada por los estamentos, en el momento de emitir sus decisiones.

CAPÍTULO 11

ARTÍCULO 42. JORNADA ÚNICA PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN MEDIA

DEFINICIÓNLa Jornada Única comprende el tiempo diario que dedica el Colegio Pablo Neruda a sus estudiantes para el desarrollo de las áreas obligatorias y fundamentales y de las asignaturas optativas, así como el tiempo destinado al descanso y almuerzo de los estudiantes.

La Jornada Única se prestará en jornada diurna durante cinco (5) días a la semana y cumplirá, como mínimo, con el número de horas de dedicación a las actividades pedagógicas definido en el plan de estudios del Colegio.

El tiempo previsto para el descanso y el almuerzo de los estudiantes durante la Jornada Única se estima en una (1) hora diaria; este tiempo podrá variar dependiendo de si, por ejemplo, la alimentación la suministra o no el Colegio, siempre que se garantice el tiempo mínimo de dedicación a las actividades pedagógicas.

OBJETIVOSLa Jornada Única tendrá los siguientes objetivos:

1. Aumentar el tiempo dedicado a las actividades pedagógicas al interior del Colegio para fortalecer las competencias básicas y ciudadanas de los estudiantes.

2. Mejorar los índices de calidad educativa en los establecimientos educativos de preescolar, básica y media.

3. Reducir los factores de riesgo y vulnerabilidad a los que se encuentran expuestos los estudiantes en su tiempo libre.

DURACIÓN DE LA JORNADA ÚNICAPara Educación Media: Nueve (9) de horas de permanencia diaria por parte de los estudiantes.

Número de horas de dedicación a actividades pedagógicas: ocho (8) horas diarias. Cuarenta (40) horas semanales

FUNDAMENTOS LEGALESDecreto 501 del 30 de marzo de 2016 del Ministerio de Educación Nacional “Por el cual se adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación para reglamentar la Jornada Única en los establecimientos educativos oficiales y el Programa para la Implementación de la Jornada

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Única y el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Media, conforme a lo dispuesto en los artículos 57 y 60 de la Ley 1753 de 2015

Resolución 1839 del 11 de octubre de 2016 expedida por la Secretaría de Educación Distrital “Por el cual se autoriza a una Instituciones Educativas Distritales (IED) para prestar el servicio público educativo en Jornada Única”

De conformidad con estas disposiciones la jornada única para Educación Media es de carácter

OBLIgATORIO

Las líneas de profundización que orfece el Colegio pertenecen al 20% de las optativas: 2 horas de investigación y 8 de profundización en Inglés y Matemáticas.

CRITERIOS DE ACCESOTodos los estudiantes de grados 10° y 11° están obligados a cursar sus estudios en jornada única.

CAPÍTULO 12

ARTÍCULO 43. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

La participación de la comunidad educativa en la construcción inicial del presente sistema de evaluación se desarrolló en las siguientes instancias:

• Divulgación del decreto 1290 de 2009a la totalidad de docentes, directivos, administrativos, consejo de padres y madres de familia y del consejo de estudiantes.

• Estudioyanálisisdeldecretoencadaunadelas áreas.

• AnálisisporConsejoAcadémicoIntegrado.

• Análisis y aportes del Consejo de Padres yMadres de Familia.

• AnálisisyaportesdelConsejoEstudiantil.

• Revisión final y aprobación por el ConsejoAcadémico integrado.

• AprobaciónporpartedeConsejoDirectivo.

• Socialización del Sistema Institucional deEvaluación a la comunidad educativa a través del manual de convivencia.

Similar procedimiento se aplicará en el evento de reforma sustancial del presente Sistema de Evaluación Institucional.

Los ajustes que puedan presentarse año tras año se discutirán en Consejo Académico Integrado quien enviará el proyecto para su aprobación por el Consejo Directivo y socialización a la comunidad educativa mediante la inclusión en el Manual de Convivencia del año respectivo.

ARTÍCULO SEGUNDO. Publicación.- Ordenar la publicación y socialización del presente acuerdo a la comunidad educativa mediante incorporación en la agenda escolar, edición dos mil diecinueve 2019

ARTÍCULO TERCERO. Vigencia.- Este acuerdo surte efectos a partir del 10 de enero de dos mil diecinueve 2019

CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD

Según el decreto 1421 de 2017, Artículo 2.3.3.5.2.3.5. Construcción e implementación de los Planes Individuales de apoyos y ajustes razonables’(PIAR). El PIAR se constituye en la herramienta idónea para garantizar la pertinencia del proceso de enseñanza y aprendizaje del estudiante con discapacidad dentro del aula, respetando sus estilos y ritmos de aprendizaje. Es un complemento a las transformaciones realizadas con el Diseño Universal de los Aprendizajes. El PIAR es el proyecto para el estudiante durante el año académico, que se debe llevar a cabo en la institución y en el aula en conjunto con los demás

estudiantes de su clase, y deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

• Descripción del contexto general del estudiante dentro y fuera del establecimiento educativo (hogar, aula, espacios escolares y otros entornos sociales);

• Valoración pedagógica;• Informes de profesionales de la salud que

aportan a la definición de los ajustes;• Objetivos y metas de aprendizaje que se

pretenden reforzar;

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• Ajustes curriculares, didácticos, evaluativos y metodológicos para el año electivo, si se requieren;

• Recursos físicos, tecnológicos y didácticos, necesarios para el proceso de aprendizaje y la participación del estudiante;

• Proyectos específicos que se requieran realizar en la institución educativa, diferentes a los que ya están programados en el aula, y que incluyan a todos los estudiantes;

• Información sobre alguna otra situación del estudiante que sea relevante en su proceso de aprendizaje y participación y

• Actividades en casa que darán continuidad a diferentes procesos en los tiempos de receso escolar.

El diseño de los PIAR lo liderarán el o los docentes de aula con el docente de apoyo, la familia y el estudiante. Según la organización escolar, participarán los directivos docentes y el orientador. Se deberá elaborar durante el primer trimestre del año escolar, se actualizará anualmente y facilitará la entrega pedagógica entre grados. Frente al mismo, el establecimiento educativo deberá hacer los seguimientos periódicos que establezca en el sistema institucional de evaluación de los aprendizajes existente. Incluirá el total de los ajustes razonables de manera individual y progresiva.

Acta de Acuerdo. Una vez finalizado el diseño del PIAR, se elaborará un acta de acuerdo (Artículo 2.3.3.5.2.3.6.) con los compromisos que se adquieren frente las situaciones particulares requeridas por cada estudiante, la cual deberá ser firmada por el acudiente, el directivo de la institución educativa, el docente de apoyo y los

docentes a cargo, quienes tendrán una copia para su seguimiento.

El PIAR definirá estrategias de trabajo para las familias durante los recesos escolares, en el .marco del principio de corresponsabilidad, y para facilitar las transiciones entre grados y niveles.

Parágrafo. El acta de acuerdo se constituirá en el instrumento que permita a la familia hacer seguimiento, control y veeduría a la garantía del derecho a la educación inclusiva del estudiante con discapacidad.

Artículo 2.3.3.5.2.3.7. Informe anual de competencias o de proceso pedagógico. Los estudiantes con discapacidad recibirán los mismos informes de seguimiento y retroalimentación que el establecimiento educativo fije en el sistema institucional de evaluación de todos los estudiantes.

Para aquellos estudiantes en cuyo PIAR se hayan identificado ajustes particulares en el proceso de evaluación de los aprendizajes, al finalizar cada año académico se anexará un informe anual de proceso pedagógico para los estudiantes de preescolar, o de competencias para los estudiantes de básica y media.

Este anexo será elaborado por el docente de aula en coordinación con el docente de apoyo y demás docentes intervinientes y hará parte del boletín final de cada estudiante y de su historia escolar. Dicho anexo deberá ser utilizado en los procesos de entrega pedagógica para favorecer las transiciones de los estudiantes en su cambio de grado y nivel educativo, y será indispensable para el diseño del PIAR del año siguiente y la garantía de la continuidad de los apoyos y ajustes que requiera, así como para la toma de decisiones frente a la titulación del estudiante.

CRITERIOS DE PROMOCIÓN PARA ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD

La promoción de estudiantes con discapacidad en la educación básica y media está regida por las mismas disposiciones establecidas en la presente sección, la cual tendrá en cuenta la flexibilización curricular que realice el establecimiento educativo con base en los resultados de la valoración pedagógica de estos estudiantes, su trayectoria educativa, proyecto de vida, las competencias desarrolladas, las situaciones de repitencia y el

riesgo de deserción escolar».

• Alcanzar los objetivos y metas de aprendizaje propuestos en el PIAR.

• Cumplir con lo establecido en el acta de acuerdos.

• Tener una asistencia a la institución educativa mayor al 80% porciento.

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CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA ESTUDIANTES CON CAPACIDADES Y/O TALENTOS EXCEPCIONALES

• Activación de la Ruta Distrital de Atencióneducativa Integral Diferencial para Estudiantescon Talentos Y/o Capacidades Excepcionales.

• Aportar las evidencias del potencial odesempeño excepcional del estudiante, deforma electrónica o física que permitan alColegio concluir que el estudiante manifiestacapacidades o talentos excepcionales. (Incluyaen el portafolio un registro de los eventosexcepcionales, como, por ejemplo, que inicióa caminar o hablar antes de lo esperado, queaprendió a leer por su cuenta o que pintabaantes de aprender a hablar. Incluya registros delas habilidades y fortalezas de su hijo. Incluyaejemplos de sus productos más representativosy, en particular, de aquellos en los que hayaavances significativos o en los que se puedaobservar cómo logra superar dificultades.Con la tecnología actual, puede realizar el

portafolio de manera virtual incluyendo videos y fotografías con la información que considere relevante como: descripción, fecha, lugar, evento, etc. Recuerde incluir información sobre los intereses de su hijo, la forma en que aprende y cómo le gusta mostrar lo aprendido.

• Diseñar, Ajustar y ejecutar el Plan EducativoPersonalizado (PEP) el cual contemplara:objetivos, metas de aprendizaje, las accionesque generen oportunidades de desarrollo ypotenciación de las capacidades y/o talentosa partir de los intereses y motivaciones delestudiante y recomendaciones.

• La flexibilización o ajuste curricular dependeráde la oportunidad de desarrollo de las capacidades y/o talentos, de esta manera se puedeenmarcar en 5 posibilidades: enriquecimiento,aceleración, diferenciación curricular, mentoríay encuentros de estudiantes.

CRITERIOS DE PROMOCIÓN PARA ESTUDIANTES CON CAPACIDADES Y/O TALENTOS EXCEPCIONALES

• La asistencia a la institución escolar estaríasujeta a la oportunidad de desarrollo de capacidades y/o talentos que más se ajuste al estudiante.

• Alcanzar los objetivos y metas de aprendizajepropuestos en el Proyecto EducativoPersonalizado.

• Cumplir con lo establecido en el acta deacuerdos.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., el diez (10) de noviembre de dos mil diecinueve (2019)

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Interactúa contu manual

Uniforme

Taller SIE

Taller escalas de valoración

Situaciones

Rutas de atención

Principios de los niños

Personero

Padres de familia

Obligaciones de los padres de familia

Ley 1620

Hábitos de higiene

Fundamentos legales

Derechos de los ninos

De�niciones de ley 1620

Debido proceso

Consejo estudiantil

Comité de convivencia

ESCANEA