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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 2

ÍNDICE Página

Resolución Directoral………………………………………………………………………………………. 11

Introducción………………………………………………………………………………………………….. 12

Misión…………………………………………………………………………………………………………. 13

Visión………………………………………………………………………………………………………….. 13

Valores, Virtudes y Actitudes…………………………………………………………………………….. 13

Nivel Inicial……………………………………………………………………………………………..… 13

Nivel Primaria………………..………………………………………………………………………..… 14

Nivel Secundaria……………………………………….……………………………………………..… 15

TÍTULO I: GENERALIDADES……………………………………………………………………………... 16

CAPÍTULO I: FINALIDAD Y ALCANCES…………..………………………………………………… 16

Artículo 1……………………………………………………………………………..……………….... 16

Artículo 2………………………………………………………………………………………..…….... 16

Artículo 3………………………………………………………………………………………..…….... 16

Artículo 4……………………………………………………………………………………..…………. 18

Artículo 5……………………………………………………………………………………..…………. 18

Artículo 6……………………………………………………………………………………..…………. 18

Artículo 7………………………………………………………………………………………..………. 19

Artículo 8………………………………………………………………………………………..………. 19

Artículo 9………………………………………………………………………………………..………. 20

Artículo 10………………………………………………………………………………………………. 21

CAPÍTULO II: MARCO LEGAL…………………………………………………………………………. 23

Artículo 11…………………….………………………………………………………………….…….. 23

CAPÍTULO III: APROBACIÓN………………………………………….……………………….......... 24

Artículo 12…………………………………………………………………………………………….... 24

Artículo 13…………………………………………………………………………………………….... 24

Artículo 14…………………………………………………………………………………….………… 24

Artículo 15………………………………………………………………………………………………. 24

Artículo 16……………………………………………………………………………………………… 24

Artículo 17……………………………………………………………………………………………… 24

Artículo 18……………………………………………………………………………………………… 24

Artículo 19……………………………………………………………………………………………… 24

TÍTULO II: DE LA ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN……………………………………………… 25

Artículo 20……………………………………………………………………………………………… 25

CAPÍTULO I: ÓRGANOS DE DIRECCIÓN…………………………………………………………… 26

Artículo 21……………………………………………………………………………….……………… 26

Artículo 22……………………………………………………………………………….……………… 26

Artículo 23……………………………………………………………………………….……………… 26

Artículo 24……………………………………………………………………………….……………… 27

Artículo 25……………………………………………………………………………….……………… 28

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 3

Artículo 26……………………………………………………………………………….……………… 28

CAPÍTULO II: ÓRGANOS DE COORDINACIÓN ACADÉMICA……………………………………. 30 Artículo 27……………………………………………………………………………….……………… 30

Artículo 28……………………………………………………………………………….……………… 30

Artículo 29……………………………………………………………………………….……………… 31

Artículo 30……………………………………………………………………………….……………… 31

Artículo 31……………………………………………………………………………….……………… 32

Artículo 32……………………………………………………………………………….……………… 32

Artículo 33……………………………………………………………………………….……………… 33

CAPÍTULO III: ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO………………………………………………… 34

Artículo 34……………………………………………………………………………….……………… 34

Artículo 35……………………………………………………………………………….……………… 34

CAPÍTULO IV: ÓRGANOS DE EJECUCIÓN………………………………………………………… 35

Artículo 36……………………………………………………………………………….……………… 35

Artículo 37……………………………………………………………………………….……………… 35

Artículo 38……………………………………………………………………………….……………… 36

Artículo 39……………………………………………………………………………….……………… 36

Artículo 40……………………………………………………………………………….……………… 37

Artículo 41……………………………………………………………………………….……………… 38

Artículo 42……………………………………………………………………………….……………… 38

Artículo 43……………………………………………………………………………….……………… 39

Artículo 44……………………………………………………………………………….……………… 39

Artículo 45……………………………………………………………………………….……………… 40

Artículo 46……………………………………………………………………………….……………… 40

Artículo 47……………………………………………………………………………….……………… 41

Artículo 48……………………………………………………………………………….……………… 41

Artículo 49……………………………………………………………………………….……………… 41

CAPÍTULO V: ÓRGANOS FORMATIVOS…………………………………………………………….. 42

Artículo 50………………………………………………………………….……….………………….. 42

Artículo 51…………………………………………………………………………….………………… 43

Artículo 52……………………………………………………………………………….……………… 44

Artículo 53……………………………………………………………………………….……………… 45

Artículo 54…………………………………………………………………………….………………… 45

Artículo 55…………………………………………………………………………….………………… 45

Artículo 56…………………………………………………………………………….………………… 46

Artículo 57…………………………………………………………………………….……………....... 46

Artículo 58…………………………………………………………………………….………………… 46

Artículo 59……………………………………………………………………………….……………… 48

Artículo 60……………………………………………………………………………….……………… 49

Artículo 61……………………………………………………………………………….……………… 49

Artículo 62……………………………………………………………………………….……………… 49

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 4

Artículo 63……………………………………………………………………………….……………… 49

Artículo 64…………………………………………………………………………….………………… 49

Artículo 65……………………………………………………………………………….……………… 49

Artículo 66……………………………………………………………………………….……………… 49

Artículo 67……………………………………………………………………………….……………… 50

Artículo 68……………………………………………………………………………….……………… 50

CAPÍTULO VI: ÓRGANO DE APOYO ……………………………………………………………….. 51

Artículo 69…………………………………………………………………………….………………… 51

Artículo 70…………………………………………………………………………….………………… 51

Artículo 71…………………………………………………………………………….………………… 52

Artículo 72…………………………………………………………………………….………………… 52

Artículo 73…………………………………………………………………………….………………… 53

Artículo 74……………………………………………………………………………….……………… 53

Artículo 75……………………………………………………………………………….……………… 53

Artículo 76……………………………………………………………………………….……………… 54

Artículo 77……………………………………………………………………………….……………… 54

Artículo 78……………………………………………………………………………….……………… 54

Artículo 79…………………………………………………………………………….………………… 55

Artículo 80……………………………………………………………………………….……………… 56

Artículo 81……………………………………………………………………………….……………… 56

Artículo 82……………………………………………………………………………….……………… 58

Artículo 83…………………………………………………………………………….………………… 58

Artículo 84……………………………………………………………………………..……………….. 59

Artículo 85……………………………………………………………………………….……………… 60

CAPÍTULO VII: ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN…………………………………………………….. 60

Artículo 86…………………………………………………………………………….………………… 60

Artículo 87……………………………………………………………………………….……………… 60

Artículo 88……………………………………………………………………………….……………… 60

Artículo 89……………………………………………………………………………….……………… 60

Artículo 90……………………………………………………………………………….……………… 61

Artículo 91……………………………………………………………………………….……………… 61

TÍTULO III: RÉGIMEN ACADÉMICO DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ESCOLAR……. 61

Artículo 92……………………………………………………………………………….……………... 61

Artículo 93……………………………………………………………………………….……………… 61 CAPÍTULO I: DEL PERIÓDO DE PLANEAMIENTO Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO………………………………………………………………………………………………. 61

Artículo 94……………………………………………………………………………….……………… 61

Artículo 95……………………………………………………………………………….……………… 62

Artículo 96……………………………………………………………………………….……………… 62

CAPÍTULO II: DEL PERIÓDO DE DESARROLLO CURRICULAR………………………………… 62

Artículo 97……………………………………………………………………………….……………… 62

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 5

Artículo 98……………………………………………………………………………….……………… 62

Artículo 99……………………………………………………………………………….……………… 62

Artículo 100……………………………………………………………………………….……………. 62

Artículo 101……………………………………………………………………………….……………. 62

CAPÍTULO III: MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO………………………….. 62

Artículo 102……………………………………………………………………………….…….……… 62

Artículo 103……………………………………………………………………………….……………. 62

Artículo 104……………………………………………………………………………….……………. 64

CAPÍTULO IV: INFORMES SEMESTRALES Y FINALES…………………………………………… 64

Artículo 105……………………………………………………………………………….……………. 64

Artículo 106……………………………………………………………………………….……………. 64

TÍTULO IV: DEL RÉGIMEN DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN………………………………… 64

CAPÍTULO I: DE LA EVALUACIÓN…………………………………………………………………… 64

Artículo 107……………………………………………………………………………….……………. 64

Artículo 108……………………………………………………………………………….……………. 64

Artículo 109……………………………………………………………………………….……………. 65

Artículo 110……………………………………………………………………………….……………. 66

Artículo 111……………………………………………………………………………….……………. 66

Artículo 112……………………………………………………………………………….……………. 66

Artículo 113……………………………………………………………………………….……………. 66

CAPÍTULO II: PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN…………………………………………………….. 66

Artículo 114……………………………………………………………………………….……………. 66

Artículo 115……………………………………………………………………………….……………. 66

Artículo 116……………………………………………………………………………….……………. 66

Artículo 117……………………………………………………………………………….……………. 67

Artículo 118……………………………………………………………………………….……………. 67

Artículo 119……………………………………………………………………………….……………. 68

Artículo 120……………………………………………………………………………….……………. 68

Artículo 121……………………………………………………………………………….……………. 68

Artículo 122……………………………………………………………………………….……………. 68

TÍTULO V: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO……………………………………………………………… 69

CAPÍTULO I: MATRÍCULA……………………………………………………………………………… 69

Artículo 123……………………………………………………………………………….……………. 69

Artículo 124……………………………………………………………………………….……………. 69

Artículo 125……………………………………………………………………………….……………. 69

Artículo 126……………………………………………………………………………….……………. 70

Artículo 127……………………………………………………………………………….……………. 70

Artículo 128……………………………………………………………………………….……………. 70

Artículo 129……………………………………………………………………………….……………. 70

Artículo 130……………………………………………………………………………….……………. 70

Artículo 131……………………………………………………………………………….……………. 70

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 6

Artículo 132……………………………………………………………………………….……………. 71

Artículo 133……………………………………………………………………………….……………. 71

Artículo 134……………………………………………………………………………….……………. 71

CAPÍTULO II: PENSIÓN DE ENSEÑANZA……………………………………………………………. 71

Artículo 135……………………………………………………………………………….…….……… 71

Artículo 136……………………………………………………………………………….……………. 71

Artículo 137……………………………………………………………………………….……………. 72

Artículo 138……………………………………………………………………………….……………. 72

TÍTULO VI: DE LOS ESTUDIANTES……………………………………………………………………. 72

CAPÍTULO I: DE LOS DERECHOS Y DEBERES………………………………………….............. 72

Artículo 139……………………………………………………………………………….……………. 72

Artículo 140……………………………………………………………………………….……………. 72

Artículo 141……………………………………………………………………………….……………. 72

Artículo 142……………………………………………………………………………….……………. 72

Artículo 143……………………………………………………………………………….……………. 72

Artículo 144……………………………………………………………………………….……………. 72

Artículo 145……………………………………………………………………………….……………. 72

Artículo 146……………………………………………………………………………….…………… 72

Artículo 147……………………………………………………………………………….……………. 73

Artículo 148……………………………………………………………………………….……………. 73

CAPÍTULO II: DE LOS MÉRITOS……………………………………………………………………… 74

Artículo 149……………………………………………………………………………….……………. 74

Artículo 150……………………………………………………………………………….……………. 74

Artículo 151……………………………………………………………………………….……………. 75

CAPÍTULO III: DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS………………………………………………….. 76

Artículo 152……………………………………………………………………………….……………. 76

Artículo 153……………………………………………………………………………….……………. 76

Artículo 154……………………………………………………………………………….…………… 76

Artículo 155……………………………………………………………………………….……………. 77

Artículo 156……………………………………………………………………………….……………. 78

Artículo 157……………………………………………………………………………….……………. 78

Artículo 158……………………………………………………………………………….……………. 78

Artículo 159……………………………………………………………………………….……………. 78

Artículo 160……………………………………………………………………………….……………. 79

Artículo 161……………………………………………………………………………….……………. 79

Artículo 162……………………………………………………………………………….……………. 79

Artículo 163……………………………………………………………………………….……………. 79

Artículo 164……………………………………………………………………………….……………. 79

Artículo 165……………………………………………………………………………….……………. 80

Artículo 166……………………………………………………………………………….……………. 80

CAPÍTULO IV: NORMAS DE CONVIVENCIA……………………………………………………….. 80

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 7

Artículo 167……………………………………………………………………………….……………. 80

Artículo 168……………………………………………………………………………….……………. 80

Artículo 169……………………………………………………………………………….……………. 80

Artículo 170……………………………………………………………………………….……………. 80

Artículo 171……………………………………………………………………………….……………. 81

Artículo 172……………………………………………………………………………….……………. 81

Artículo 173……………………………………………………………………………….…………… 81

Artículo 174……………………………………………………………………………….……………. 81 CAPÍTULO V: DE LA ASISTENCIA, PERMANENCIA, TARDANZAS E INASISTENCIAS DE LOS ESTUDIANTES……………………………………………………………………………………

81

Artículo 175……………………………………………………………………………….……………. 81

Artículo 176……………………………………………………………………………….……………. 81

Artículo 177……………………………………………………………………………….……………. 81

Artículo 178……………………………………………………………………………….……………. 82

Artículo 179……………………………………………………………………………….…………… 82

Artículo 180……………………………………………………………………………….……………. 82

Artículo 181……………………………………………………………………………….……………. 82

Artículo 182……………………………………………………………………………….……………. 82

Artículo 183……………………………………………………………………………….……………. 82

CAPÍTULO VI: DE LAS CLASES……………………………………………………………………….. 83

Artículo 184……………………………………………………………………………….……………. 83

Artículo 185……………………………………………………………………………….……………. 83

Artículo 186……………………………………………………………………………….……………. 83

Artículo 187……………………………………………………………………………….……………. 83

Artículo 188……………………………………………………………………………….…………… 83

Artículo 189……………………………………………………………………………….…………… 83

Artículo 190……………………………………………………………………………….…………… 83

Artículo 191……………………………………………………………………………….……………. 83

Artículo 192……………………………………………………………………………….…………… 83

Artículo 193……………………………………………………………………………….…………… 83

Artículo 194……………………………………………………………………………….…………… 83

Artículo 195……………………………………………………………………………….…………… 83 CAPÍTULO VII: DE LAS EXONERACIONES, PERMISOS Y ADELANTO O POSTERGACIÓN DE EVALUACIONES……………………………………………………………………………………. 84

Artículo 196……………………………………………………………………………….…………… 84

CAPÍTULO VIII: DE LOS RECREOS………………………………………………………………….. 84

Artículo 197……………………………………………………………………………….…………… 84

CAPÍTULO IX: DEL UNIFORME Y PRESENTACIÓN PERSONAL……………………………… 85

Artículo 198……………………………………………………………………………….…………… 85

Artículo 199……………………………………………………………………………….…………. 85

Artículo 200……………………………………………………………………………….…………. 86

Artículo 201……………………………………………………………………………….………….... 86

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 8

CAPÍTULO X: DE LA EDUCACIÓN FÍSICA Y LOS DEPORTES…………………………………. 86

Artículo 202……………………………………………………………………………….……………. 86

Artículo 203……………………………………………………………………………….……………. 86

Artículo 204……………………………………………………………………………….……………. 86

CAPÍTULO XI: DE LAS FIESTAS Y ACTUACIONES……………………………………………….. 87

Artículo 205……………………………………………………………………………….…………… 87

Artículo 206……………………………………………………………………………….…………… 87

Artículo 207……………………………………………………………………………….……………. 87

Artículo 208……………………………………………………………………………….……………. 87

CAPÍTULO XII: DEL MUNICIPIO ESCOLAR………...……………………………………………….. 87

Artículo 209……………………………………………………………………………….……………. 87

Artículo 210……………………………………………………………………………….……………. 87

Artículo 211……………………………………………………………………………….……………. 88

Artículo 212……………………………………………………………………………….……………. 88

Artículo 213……………………………………………………………………………….…………… 88

Artículo 214……………………………………………………………………………….…………… 88

Artículo 215……………………………………………………………………………….……………. 88

Artículo 216……………………………………………………………………………….……………. 88

Artículo 217……………………………………………………………………………….……………. 89

Artículo 218……………………………………………………………………………….…………… 89

Artículo 219……………………………………………………………………………….……………. 89

TÍTULO VII: DE LOS PADRES DE FAMILIA Y APODERADOS…………………………………….. 90

CAPÍTULO I: DE LOS DERECHOS…………………………………………………………………… 90

Artículo 220……………………………………………………………………………….……………. 90

Artículo 221……………………………………………………………………………….……………. 90

Artículo 222……………………………………………………………………………….……………. 90

Artículo 223……………………………………………………………………………….……………. 90

Artículo 224……………………………………………………………………………….…………… 90

Artículo 225……………………………………………………………………………….…………… 90

Artículo 226……………………………………………………………………………….…………… 90

Artículo 227……………………………………………………………………………….…………… 90

Artículo 228……………………………………………………………………………….……………. 90

CAPÍTULO II: DE LOS DEBERES…………………………………………………………………….. 91

Artículo 229……………………………………………………………………………….……………. 91

Artículo 230……………………………………………………………………………….……………. 91

Artículo 231……………………………………………………………………………….…………… 91

Artículo 232……………………………………………………………………………….…………… 91

Artículo 233……………………………………………………………………………….…………… 91

Artículo 234……………………………………………………………………………….……………. 91

Artículo 235……………………………………………………………………………….……………. 91

Artículo 236……………………………………………………………………………….…………… 91

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 9

Artículo 237……………………………………………………………………………….……………. 91

Artículo 238……………………………………………………………………………….…………… 91

Artículo 239……………………………………………………………………………….…………… 91

Artículo 240……………………………………………………………………………….…………… 91

Artículo 241……………………………………………………………………………….……………. 91

Artículo 242……………………………………………………………………………….…………… 91

Artículo 243……………………………………………………………………………….……………. 92

Artículo 244……………………………………………………………………………….…………… 92

Artículo 245……………………………………………………………………………….……………. 92

Artículo 246……………………………………………………………………………….……………. 92

Artículo 247……………………………………………………………………………….……………. 92

TÍTULO VIII: RECURSOS MATERIALES……………………………………………………………….. 93 CAPÍTULO I: INVENTARIOS, ADQUISICIONES, USO DE LOS RECURSOS DIDÁCTICOS DEL COLEGIO……………………………………………………………………………………………. 93

Artículo 248……………………………………………………………………………….……………. 93

Artículo 249……………………………………………………………………………….……………. 93

Artículo 250……………………………………………………………………………….…………… 93

Artículo 251……………………………………………………………………………….……………. 93

Artículo 252……………………………………………………………………………….……………. 93

CAPÍTULO II: DEL EDIFICIO ESCOLAR…………………………………………………………….. 93

Artículo 253……………………………………………………………………………….……………. 93

Artículo 254……………………………………………………………………………….……………. 93

Artículo 255……………………………………………………………………………….……………. 93

Artículo 256……………………………………………………………………………….……………. 93

Artículo 257……………………………………………………………………………….…….……… 93

CAPÍTULO III: DEL USO DE LOS LOCKERS………………………………………………………… 94

Artículo 258……………………………………………………………………………….……………. 94

Artículo 259……………………………………………………………………………….……………. 94

Artículo 260……………………………………………………………………………….……………. 94

Artículo 261……………………………………………………………………………….…………… 94

CAPÍTULO IV: DEL BANCO DE LIBROS……………………………………………………………. 94

Artículo 262……………………………………………………………………………….…………… 94

Artículo 263……………………………………………………………………………….…………… 94

CAPÍTULO V: DE LA ATENCIÓN DE DIVERSOS AMBIENTES…………………………………… 94

Artículo 264……………………………………………………………………………….…………… 94

Artículo 265……………………………………………………………………………….…………… 94

Artículo 266……………………………………………………………………………….……………. 95

Artículo 267……………………………………………………………………………….……………. 95

Artículo 268……………………………………………………………………………….……………. 96

Artículo 269……………………………………………………………………………….……………. 96

Artículo 270……………………………………………………………………………….…….……… 97

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 10

Artículo 271……………………………………………………………………………….…….……… 99

Artículo 272……………………………………………………………………………….……………. 99

Artículo 273……………………………………………………………………………….…….……… 101

Artículo 274……………………………………………………………………………….…….……… 101

TÍTULO IX: DEL RÉGIMEN LABORAL…………………………………………………………………. 102

CAPÍTULO I: DEL CONTENIDO, FINES Y ALCANCE……………………………………………… 102

Artículo 275……………………………………………………………………………….……………. 102

Artículo 276……………………………………………………………………………….…….……… 102

Artículo 277……………………………………………………………………………….……………. 102

Artículo 278……………………………………………………………………………….…….……… 103

Artículo 279……………………………………………………………………………….……………. 103

Artículo 280……………………………………………………………………………….…….……… 103

CAPÍTULO II: FUNCIONES, DEBERES Y DERECHOS DEL PROFESORADO…………………. 104 Artículo 281……………………………………………………………………………….……………. 104

Artículo 282……………………………………………………………………………….………….... 104

Artículo 283……………………………………………………………………………….………….… 104

Artículo 284……………………………………………………………………………….…………… 104

Artículo 285……………………………………………………………………………….……………. 104

Artículo 286……………………………………………………………………………….……………. 105

CAPÍTULO III: DESEMPEÑO LABORAL……………………………………………………………. 106

Artículo 287……………………………………………………………………………….……………. 106

Artículo 288……………………………………………………………………………….……………. 106

CAPÍTULO IV: DE LA EVALUACIÓN……………………………………………………………….. 106

Artículo 289……………………………………………………………………………….……………. 106

Artículo 290……………………………………………………………………………….…….……… 106

CAPÍTULO V: DEL PODER SANCIONADOR……………………………………………………….. 107

Artículo 291……………………………………………………………………………….……………. 107

Artículo 292……………………………………………………………………………….………….... 107

Artículo 293……………………………………………………………………………….………….… 107

Artículo 294……………………………………………………………………………….…………… 107

Artículo 295……………………………………………………………………………….……………. 107

Artículo 296……………………………………………………………………………….………….… 107

Artículo 297……………………………………………………………………………….…………… 107

Artículo 298……………………………………………………………………………….……………. 107

Artículo 299……………………………………………………………………………….…………… 107

CAPÍTULO VI: DEL ESTÍMULO A LOS TRABAJADORES………………………………………. 108

Artículo 300..…………………………………………………………………………….……………. 108

Artículo 301..…………………………………………………………………………….……………. 108

Disposiciones Transitorias y Complementarias………………………………………………………. 108

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 11

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 12

INTRODUCCIÓN

El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles es Escuela Católica, tal y como

la Iglesia lo propone: “lugar de formación integral mediante la asimilación sistemática y crítica de la cultura.” (Sagrada Congregación para la Educación Católica, Documento La Escuela Católica No. 26). El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles es un espacio donde se contempla, se recrea, se sostiene y se transmite la cultura católica, que es el bien común del Colegio.

El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles se ordena en una síntesis entre la fe y la razón, entre la fe y la ciencia y entre la fe y la cultura. Así promovemos la unidad del saber y procuramos el acercamiento a la sabiduría.

El proceso de transmisión del saber, por parte de los profesores a los estudiantes, del Reina de los Ángeles cuida que se produzca mediante un encuentro vital con la realidad cultural, que asegure el crecimiento y la madurez personal de cada estudiante, que es el fin principal de la formación integral de la persona. En el Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles se “forma, a los estudiantes. A cada estudiante, se le educa en cada una de sus dimensiones: individual, social, religiosa, intelectual, afectiva, artística, etc., sin ningún reduccionismo. Buscamos que los estudiantes, conscientes de su condición de bautizados, configuren su vida al servicio de Dios, de la Iglesia y del Perú.

La educación que impartimos se distingue por desarrollar una profunda y delicada formación catequística y doctrinaria, buscando centrar la vida del estudiante en su relación con Dios y la pastoral doctrinal se orienta ayudar a los estudiantes a madurar en su vida de fe ante el Misterio vivo de Dios, alimentando su inteligencia en la Verdad Revelada, en la Sagrada Escritura, en el Magisterio de la Iglesia y en las enseñanzas de la Tradición.

El esfuerzo educativo se centra en la formación de las virtudes, mediante el cultivo sistemático de la inteligencia y la voluntad. De esta manera se predispone el corazón y las potencias del alma a la dimensión sobrenatural, para la recepción de la Gracia de Dios, para que Él opere en la radical transformación del ser.

El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles se encuentra inmersa en los desafíos de la sociedad contemporánea, caracterizada por un proceso de desintegración de la inteligencia, y dotada de una visión secularizada, relativista y fragmentada de la realidad.

El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles educa en consonancia con los padres de familia, quienes al inscribir, matricular y hacer que permanezcan sus hijos en el Colegio, están manifestando su legítimo derecho a optar por el estilo educativo de sus hijos en el modo que es propio al CRA. Aceptar y adherir, libre y sinceramente, a las normas del presente Reglamento Interno, significa acatamiento a los principios que inspiran el modelo educativo de la Escuela Católica, así como a las normas y estrategias educativas institucionales. Así, los padres de familia, a través del Colegio, ejercen su responsabilidad de primeros educadores de sus hijos, y optan por el CRA en el ejercicio legítimo de su derecho a la libertad de enseñanza.

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 13

MISIÓN Somos un Colegio Privado Bilingüe, acreditado internacionalmente, promovido por la Congregación de las Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción, basado en su carisma: “Predicar la Verdad y Portar la Luz de Cristo”. Evangelizamos a través del proceso educativo sobre las base de las virtudes: fe, caridad, prudencia y fortaleza; orientadas a la formación integral de nuestros estudiantes, comprometiéndolos en el desarrollo de una sociedad más humana y cristiana.

VISIÓN Al 2021, el Colegio Privado Bilingüe “Reina de los Ángeles”, mantendrá los estándares de calidad obtenidos en el proceso de acreditación internacional, promoviendo planes de mejora continua mediante una cultura evaluativa y brindando una educación de calidad que aporte ciudadanos evangelizadores de la Luz y la Verdad en un mundo globalizado.

VALORES, VIRTUDES Y ACTITUDES

NIVEL INICIAL

BIMESTRE VIRTUD VIRTUDES

ESPECIFICAS ACTITUDES

Primer Fe Obediencia

Muestra gestos de respeto y reverencia por las cosas de Dios.

Respeta y sigue indicaciones de sus maestros y cumple las normas del aula al realizar diversas actividades.

Segundo Justicia

Respeto Respeta la opinión de los demás y

trata con delicadeza a sus compañeros y maestros.

Orden Ordena sus materiales y juegos

después de usarlos.

Tercer Fortaleza Responsabilidad

Asiste puntualmente y correctamente uniformado.

Cuida los materiales que utiliza, los suyos y los del aula.

Cuarto Caridad

Perdón

Sabe pedir disculpas ante un error

y corrige de manera asertiva a sus

compañeros.

Generosidad

Se involucra con las necesidades de los demás mostrando solidaridad ante las necesidades del prójimo.

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 14

NIVEL PRIMARIA

BIMESTRE VIRTUD VIRTUDES

ESPECIFICAS ACTITUDES

Primer Justicia

Veracidad

Es coherente con lo que siente, piensa, dice y hace.

Es sincero en sus comportamientos, palabras y afectos.

Respeto

Respeta y valora las opiniones de los demás.

Trata con delicadeza, usando un tono amable con sus compañeros y maestros.

Segundo Fortaleza

Responsabilidad

Cumple con sus obligaciones en el tiempo establecido.

Asume con valentìa las consecuencias de sus acciones.

Laboriosidad

Tiene cuidado en el orden y limpieza de sus trabajos.

Realiza con esmero las asignaciones o tareas.

Tercer

Fe Obediencia

Respeta y sigue las indicaciones de sus maestros al realizar diversas actividades.

Practica las normas de convivencia en el aula y el colegio.

Muestra gestos de respeto y reverencia por las cosas de Dios.

Cuarto Caridad

Perdón

Sabe pedir disculpas reconociendo su error.

Utiliza la corrección fraterna para ayudar a sus compañeros.

Generosidad

Muestra disposición para ayudar a su prójimo.

Se involucra con las necesidades de los demás.

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 15

NIVEL SECUNDARIA

BIMESTRE VIRTUD VIRTUDES

ESPECIFICAS ACTITUDES

Primer Justicia

Veracidad

Es sincero en sus comportamientos, palabras y afectos

Es coherente con lo que siente, piensa, dice y hace.

Respeto

Respeta y valora las opiniones de los demás.

Trata con delicadeza, usando un tono amable con sus compañeros y maestros

Segundo Fortaleza

Responsabilidad

Valora sus procesos, resultados y decide mejorarlos.

Propone alternativas de solución frente a un determinado problema.

Perseverancia

Muestra constancia en resolver retos

Muestra seguridad y constancia en el desarrollo de sus tareas.

Tercer

Fe

Obediencia

Respeta y sigue las indicaciones de sus maestros al realizar diversas actividades

Respeta y practica las normas de convivencia de su aula y colegio

Fidelidad

Demuestra su fidelidad a Dios participando en las diferentes actividades litúrgicas.

Muestra gestos de respeto y reverencia por las cosas de Dios

Cuarto Caridad

Perdón

Sabe pedir disculpas reconociendo su error

Utiliza la corrección fraterna para ayudar a sus compañeros.

Servicio

Muestra disposición para ayudar a su prójimo.

Se involucra con las necesidades de los demás.

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 16

TÍTULO I

GENERALIDADES

CAPÍTULO I

FINALIDAD Y ALCANCES Artículo 1°: El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles" imparte la educación según la orientación axiológica de la Iglesia Católica. Artículo 2°: La axiología del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles se enmarca dentro de los principios de la Congregación de Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción en un clima de amistad, superación y respeto hacia la persona. La Congregación “Dominicas de la Inmaculada Concepción”, asumiendo los principios y verdades de la Iglesia Católica y siendo integrante de la Orden de Predicadores, hace suyo el lema “VERITAS” y la sabia fórmula de Santo Tomás de Aquino: “Comunicar a los demás los frutos de la contemplación”, ya que la predicación y la enseñanza son actos que proceden de la abundancia y plenitud de la contemplación. Teniendo presente el rico legado doctrinal y espiritual de la Orden de Predicadores y sus santos, nuestra Congregación respondiendo a su carisma propio busca. “Predicar la Verdad, portar la Luz de Cristo”. Es la Congregación “Dominicas de la Inmaculada Concepción”, quien en su labor educativa se caracteriza por la búsqueda vivencial de Dios e intenta expresarse en la apertura al hombre, en la capacidad de diálogo y mutua aceptación, en un clima de amistad, en un ambiente de libertad orientado a la formación de un espíritu generoso que busque la superación, en el respeto hacia la persona, en la cordialidad, alegría, sencillez y naturalidad. La Congregación de las Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción, es responsable de la orientación axiológica, académica y administrativa del Colegio. Matricular a un estudiante en el “Colegio Reina de los Ángeles” es optar por una formación integral con el sello especial de la Orden Dominica “VERITAS”, con una axiología basada en el evangelio y la Iglesia Católica que les proporcione valores que enriquezcan su ideal de vida. Artículo 3°: Son aspectos básicos de la axiología: POSTULADO DE LA ESCUELA CATÓLICA El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles es un Colegio que además de avocarse a la consecución de los fines y funciones que le determina la Constitución Política del Perú y la legislación en materia de educación, inspira su ser y su quehacer en el Magisterio de la Iglesia, constituyéndose como una “comunidad de personas distintas en la experiencia y en las funciones iguales en la dignidad, comprometidas en la formación científica y en la formación integral del hombre, para lo cual buscan inspiración en la verdad revelada” (Pablo VI). El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles es una comunidad de profesores, padres, estudiantes y colaboradores empeñados en la búsqueda de la Verdad a través de la formación cristiana y humana de los estudiantes cuyos padres le confían su formación, para lograr en ellos un proyecto de vida que los capacite para el servicio de Dios, la Iglesia y la Patria. Es una comunidad que toma conciencia de su carácter de Escuela Católica y de Comunidad Educativa “en la cual se expresan los valores por medio de auténticas relaciones interpersonales entre los diversos miembros que la componen y por la adhesión

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 17

no solo individual, sino comunitaria, a la visión de la realidad en la cual ella se inspira” (Sagrada Congregación para la Educación Católica, Documento La Escuela Católica). La labor educativa ha de estar impregnada por el espíritu de la Doctrina y Pedagogía Dominica, que se caracteriza por la búsqueda vivencial de Dios e intenta expresarse en la apertura al hombre, en la capacidad de diálogo y mutua aceptación, en un clima de amistad, en un ambiente de libertad orientado a la formación de un espíritu generoso que busque la superación, en el respeto hacia la persona, en la cordialidad, alegría, sencillez y naturalidad. El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles:

a) Acepta a la niñez y juventud como una realidad social definida y asume el compromiso de encauzarla conforme a sus necesidades, inquietudes, iniciativas y aspiraciones religiosas y humanas.

b) Promueve el desarrollo de la personalidad de sus miembros, creando un recto espíritu de disciplina, mediante la conjugación armónica de la obediencia e iniciativa personal.

c) Crea en el Colegio un auténtico espíritu comunitario, eclesial y social. d) Orienta la Comunidad Educativa hacia una dedicación sería responsable al trabajo

y al estudio, por considerarlos como el servicio más importante que sus miembros han de prestar a la Iglesia y al Perú.

e) Promueve la participación de los docentes en actividades de capacitación institucional.

f) Promueve las actividades escolares como verdaderas instancias de formación de los estudiantes.

El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles aspira a que sus estudiantes logren:

a) Una formación que tienda a elaborar una cosmovisión cristiana (Sagrada Congregación para la Educación Católica, Documento La Escuela Católica).

b) Un sólido compromiso sobre los valores e instituciones fundantes de nuestra cultura católica y su realización en la familia y en la Patria.

c) Una actitud de servicio, alegre y humilde, fundado en el compromiso personal, en las tareas apostólicas y de promoción social y cultural.

d) Un amor solicito al estudio y a la oración, como verdaderas fuentes de sabiduría cristiana.

e) La aceptación magnánima de su condición de hombre, y el sentido de su misión en el mundo, como respuesta a su vocación personal trascendente.

f) Descubrir la belleza de las distintas manifestaciones del arte y la naturaleza aprendiendo a disfrutarla desde el fino discernimiento del espíritu.

g) Forjar sólidas convicciones éticas a través de la formación de la conciencia personal para ser sobrios en el uso de los derechos y generosos en el cumplimiento de los deberes.

h) Cultivar una espiritualidad cimentada en las opciones personales, en la respuesta libre a la convocatoria eclesial y en una confiada esperanza en la Gracia del Señor.

i) Valorar profundamente el ser que le ha sido dado y esforzarse por la plenitud del SER más que del TENER.

j) Practicar una mirada atenta al presente, nutrida de una valoración de nuestro patrimonio cultural pre-hispánico, hispano y católico, abierta a interpretar el signo de los tiempos que la futura cultura nos revela.

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REGLAMENTO INTERNO 18

Para ello el Colegio busca ser un ámbito de respuestas educativas desarrollando no solo un plan de estudios sino todo un repertorio de servicios culturales tendientes a satisfacer las interrogantes y necesidades de los estudiantes y sus familias. LOS PADRES DE FAMILIA El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles reconoce la preponderante función de la familia en la educación de los hijos y su participación en la formación de una auténtica Comunidad Educativa. Por ello, realizará su tarea con eficacia y en estrecha colaboración con los padres de familia “quienes no deben ni pueden renunciar a su insustituible misión educadora, especialmente para la trasmisión de los valores espirituales propios de la familia, sobre todo si ésta tiene la suerte y la conciencia de ser cristiana” (Sagrada Congregación para la Educación Católica, Documento La Escuela Católica). Artículo 4°: Al 2021, el Colegio Privado Bilingüe “Reina de los Ángeles”, mantendrá los estándares de calidad obtenidos en el proceso de acreditación internacional, promoviendo planes de mejora continua mediante una cultura evaluativa y brindando una educación de calidad que aporte ciudadanos evangelizadores de la Luz y la Verdad en un mundo globalizado. Artículo 5°: Somos un Colegio Privado Bilingüe, acreditado internacionalmente, promovido por la Congregación de las Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción, basado en su carisma: “Predicar la Verdad y Portar la Luz de Cristo”. Evangelizamos a través del proceso educativo sobre las base de las virtudes: fe, caridad, prudencia y fortaleza; orientadas a la formación integral de nuestros estudiantes, comprometiéndolos en el desarrollo de una sociedad más humana y cristiana. Artículo 6°: Son fines del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles: El Colegio Reina de los Ángeles, partiendo de su propio Ideario buscará:

a) Formar integralmente a los estudiantes en sus proyecciones inmanentes y trascendentes.

b) Cuidar una disciplina consciente y de elevada moral fortaleciendo el amor a Dios y a la Patria junto a una cultura científica y humanista, iluminada por la fe cristiana.

c) Desarrollar armónicamente sus condiciones físicas, morales e intelectuales a fin de que vayan adquiriendo la necesaria madurez y los conocimientos esenciales para que se introduzcan en la sociedad.

d) Iniciar a los estudiantes en las vivencias de la amistad, como proceso de apertura a los demás hombres en su dimensión religiosa.

e) Inculcar sentimientos de solidaridad, compasión, ternura, misericordia, preparando a los estudiantes para el diálogo y la colaboración al bien común.

f) Generar actividades sociales – cristianas que las capaciten para encontrar soluciones a las nuevas situaciones que la vida les presente.

g) Motivar a la colaboración y el compromiso de los padres en la labor de formación de la personalidad de sus hijos.

Matricular a un estudiante en el “Colegio Reina de los Ángeles” es optar por una formación integral, con una axiología basada en el evangelio y la Iglesia Católica, con el sello especial de la Orden Dominica “VERITAS”, y el proyecto LYV, que les proporcione valores que enriquezcan su ideal de vida.

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REGLAMENTO INTERNO 19

Artículo 7°: El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles es una escuela católica que tiene como objetivo brindar una educación integral mediante el desarrollo armónico de los valores humano – cristianos:

a) Una educación que abarque con profundidad los objetivos de la estructura curricular nacional y los programas de cada área o asignatura.

b) Una educación humana basada en el desarrollo de diversos aspectos de la personalidad del estudiante:

Desarrollar las facultades cognitivas, afectivo-sexual, moral, físicas y espirituales de los estudiantes.

Estimular la capacidad creadora e innovadora y el libre ejercicio de la imaginación para el desarrollo de sus facultades creativas.

Orientar el recto sentido de la libertad, basado en el dominio de sí mismo, el respeto de los derechos humanos.

Estimular el espíritu y la capacitación para el trabajo en forma responsable y competente.

Potenciar los valores de la cultura nacional y el amor a la Patria.

Lograr la elaboración de un saber, saber ser y saber hacer.

c) Una educación cristiana y católica, fundamentada en:

El carisma de las Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción que reciben de Dios el don de ser Portadoras de Cristo, Luz del Mundo, para toda la Comunidad Educativa que se encuentran en tinieblas físicas, culturales y espirituales, acogiéndolos con misericordia, compasión y ternura.

Crear un ambiente católico abierto a la presencia de Jesús: Modelo, Maestro, Amigo y Hermano.

Impulsar la participación de todos los miembros de la Familia "REINA DE LOS ANGELES" para que actúe según las virtudes evangélicas.

Despertar la fe cristiana en los estudiantes y su progresivo crecimiento, promoviendo una educación religiosa seria y actualizada.

Fortalecer en el ámbito escolar, la vivencia de la fe; permitiendo a los estudiantes conocer el Plan de Salvación de Dios.

Artículo 8°: Los docentes, el personal administrativo y personal de apoyo, tendrán el siguiente perfil: El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles selecciona su personal de profesores, administrativos y de mantenimiento, atendiendo a su adhesión vital a la Fe Católica, a su integridad moral, a su espíritu de servicio, a su identificación e integración con los Fines y Objetivos del Colegio y, específicamente a sus profesores, a su vocación de educadores, a sus aptitudes pedagógicas y didácticas, a su profesionalidad, a su equilibrio afectivo y social.

a) Aceptar teórica y prácticamente los Fines y Objetivos del Colegio. b) Vivenciar el carisma dominico: Predicar la Verdad y Portar la Luz de Cristo,

siguiendo el ejemplo de las Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción. c) Participar activamente en la vida litúrgica y sacramental, demostrando su

compromiso con el Señor, apoyando la acción pastoral y de proyección social. d) Crear una atmósfera de confianza promoviendo la participación y creatividad de los

estudiantes. e) Propiciar en cada estudiante el descubrimiento de sus capacidades y ayuda a

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REGLAMENTO INTERNO 20

ejercitarlas. f) Formar en valores cristianos a través de su labor educativa. g) Conocer debidamente el currículo que enseña y se preocupa por su renovación. h) Se esfuerza por realizar un trabajo: interdisciplinario, eficaz y coherente. i) Se capacita constantemente en el campo científico y humanístico. j) Es reflexivo, posee espíritu crítico, vocación de servicio y demuestra deseos de

superación y se auto evalúa constantemente. k) Ser correcto y sobrio en sus actos y modales, dando ejemplo de sencillez, pulcritud,

prolijidad y buen gusto en el vestir. l) Respetar la vía jerárquica establecida en sus relaciones con las autoridades

superiores, observando un trato correcto con las mismas, con los estudiantes y con los padres.

m) Participar activamente en la Comunidad Educativa y asistir a los actos, reuniones de personal y a cualquier otra actividad en que participe el Colegio y que se determine.

Artículo 9°: Aspiramos que nuestros Padres de Familia muestren el siguiente perfil: Los padres de familia son miembros de la Comunidad Educativa y como tales ejercen en el ámbito del Colegio Reina de los Ángeles sus deberes y derechos en forma personal y comunitaria. Los padres de familia tienen la obligación personal de participar a las actividades y reuniones que el Colegio les convoque, específicamente en las de formación a través de la Escuela de Padres, en las de espiritualidad que sean convocadas por el Capellán del Colegio y en las reuniones que se relacionen con los estudios y el aprovechamiento de sus hijos. Todos los padres de los estudiantes están invitados a participar de las actividades artístico-culturales en las que actúen sus hijos, así como en las de fomento de la amistad y la camaradería y las de recreación que se organicen. Los padres de familia del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles deben tener el siguiente perfil: PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA Reconociendo la preponderante función de la familia en la educación de los hijos y su participación en la formación de una auténtica Comunidad Educativa, del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles realizará su tarea con eficacia y en estrecha colaboración con los padres de familia quienes no deben ni pueden renunciar a su insustituible misión educadora, especialmente para la trasmisión de los valores espirituales propios de la familia, sobre todo si ésta tiene la suerte y la conciencia de ser cristiana (Sagrada Congregación para la Educación Católica, Documento La Escuela Católica). Los padres de familia son miembros de la Comunidad Educativa y como tales ejercen en el ámbito del Colegio Reina de los Ángeles sus deberes y derechos en forma personal y comunitaria. Los padres de familia tienen la obligación personal de participar en las actividades y reuniones que el Colegio les convoque, específicamente en las de formación través de la Institución de Padres, en las de espiritualidad que sean convocados por el Capellán del Colegio y en las reuniones que se relacionen con los estudios y el aprovechamiento de sus hijos. Todos los padres de los estudiantes están invitados a participar de las actividades artístico-culturales en las que actúen sus hijos, así como en las de fomento de la amistad y la camaradería y las de recreación que se organicen. Los padres de familia del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles deben:

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 21

a) Conocer y respetar el Proyecto Educativo Institucional del Reina de los Ángeles y su Reglamento Interno.

b) Secundar al Colegio en la obtención, por el estudiante, de la mejor conducta y aplicación que sea capaz.

c) Concurrir al colegio cuando fuere citado para abordar asuntos relacionados con el

desarrollo académico, conductual o situación emocional de su hijo o hija.

d) Conocer y asumir conscientemente el cumplimiento de las normas y orientaciones

educativas del Colegio.

e) Respetar la autonomía del colegio en la determinación del personal docente,

administrativo y de apoyo que trabajará en la institución.

f) Secundar y fortalecer el desarrollo espiritual de sus hijos e hijas en coherencia con

el colegio, siendo testimonio de vida cristiana.

g) Establecer y fortalecer los vínculos entre el colegio y el hogar organizando y

participando en las actividades que la Comunidad Educativa propicie.

h) Responsabilizarse en el cumplimiento de las formalidades administrativas.

i) Cooperar con el colegio proporcionando los informes médicos y/o psicológicos del

estudiante para asegurar la atención pertinente que requiere su desarrollo

académico, conductual o psicológico.

j) Pagar las cuotas con puntualidad el costo del servicio educativo, dando testimonio a sus hijos en el cumplimiento de sus obligaciones.

k) Cumplir y hacer cumplir a sus hijos con lo establecido en el Reglamento Interno y demás normas que las autoridades del Colegio determinen.

A partir de ello, el perfil considera que el padre de familia:

a) Valora la vida como don de Dios y la defiende según los principios de la iglesia Católica.

b) Sigue el ejemplo de María Reina de los Ángeles viviendo con alegría, compasión, estudio, verdad, amor, paz y contemplación; de acuerdo con el carisma dominico.

c) Facilita la identidad y el desarrollo personal de sus hijos. d) Es comprometido y responsable en la educación de sus hijos. e) Fomenta el diálogo con su hijo(a), basándose en el amor y el respeto. f) Vivencia y promueve en su hijo(a) la práctica de los Sacramentos y Mandamientos. g) Conoce, asume, se compromete y vive con coherencia los valores que promueve el

CRA. h) Apoya solidariamente las obras de bien social.

Artículo 10°: Procuramos lograr que nuestros estudiantes muestren el siguiente perfil: PERFIL DEL ESTUDIANTE El perfil del estudiante es el conjunto armónico de cualidades perfectivas y estables que identifican y singularizan el ideal de estudiante que el Colegio Reina de los Ángeles procura formar y pretende alcanzar al finalizar cada período de formación. El perfil es la imagen del estudiante que el Colegio Reina de los Ángeles quiere formar. No es un modelo, pues, el conjunto de cualidades que el proceso educativo forma, da forma, en cada estudiante, se va forjando en el contexto singular de cada personalidad, única e irrepetible. Así, cada estudiante asumirá la forma educativa desde su propia personalidad, imprimiéndoles la tónica de su propio ser. El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles consagra su quehacer educativo en el logro de un perfil en el estudiante, porque la educación es una tarea intencional, no es

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REGLAMENTO INTERNO 22

fortuita ni tampoco espontánea. Concretar el perfil en cada estudiante es una realidad observable, porque las cualidades que van transformando al estudiante tienen una manifestación visible. Al terminar la formación escolar en el Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles, el estudiante debe de haber logrado las siguientes cualidades:

a. Conocer la visión cristiana del mundo en sus conceptos fundamentales, que configurar una doctrina.

b. Conocer y comprender el fundamento que da unidad, orden y sentido a los diversos saberes.

c. Conocer y comprender los conceptos que estructuran cada área del conocimiento, incorporándolos como criterios para poder interpretar la realidad:

i. Comprendiendo los conceptos de creación, orden natural, derechos

naturales, la vida como un don, dignidad de la persona humana, jerarquía de los seres creados, relación entre la ética y la intervención del hombre en la naturaleza y conceptos básicos de bioética.

ii. Comprendiendo el concepto de persona humana y su centralidad, la razón

de la dignidad humana, la capacidad de conocer y de amar del ser humano, su naturaleza individual y social, la libertad del hombre en su destino trascendente y su realización temporal.

iii. Comprendiendo las causas de la comunidad política, su pertenencia a una

Patria, asimilando su cultura, asumiendo conciencia de su patrimonio histórico-geográfico-ético, de su identidad histórico-patriótica, y su responsabilidad ciudadana de construir la Nación.

iv. Reflexionando sobre el lenguaje y mejorando el proceso de comunicación y

expresión oral y escrita.

v. Abordando con criterio las obras literarias, para comprenderlas y disfrutarlas.

vi. Interpretando, integral y profundamente, las obras artísticas.

vii. Entendiendo el conocimiento matemático como espacio favorito valioso

para el desarrollo de habilidades intelectuales y para su aplicación entre otros ámbitos del conocimiento, así como por su utilidad en la vida cotidiana.

viii. Con conocimiento natural y sobrenatural de Dios, y de la Doctrina Cristiana,

mediante la comprensión de algunos principios de la Cristología, Teología Moral, Teología Sacramental y Dogmática, Eclesiología y Doctrina Social de la Iglesia; que constituyen los elementos de la cultura católica, que le permitirá configurar su propia síntesis de Fe-Cultura-y-Vida.

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CAPÍTULO II

MARCO LEGAL Artículo 11°: Las bases legales sobre las cuales se fundamenta nuestro Colegio son las siguientes:

Constitución Política del Perú 1993.

Acuerdo suscrito por la Santa Sede y el Gobierno Peruano aprobado por D.L. 23211.

Ley General de Educación 28044 y sus modificatorias 28123, 28302, 28329 y 28740

Reglamento de la Ley general de educación, DECRETO SUPREMO Nº 011-2012-ED

Ley 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas

Decreto supremo 010-2012-ed, reglamento de ley 29719 ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas

Resolución Ministerial Nº 343-2010-ED

Ley 27337, Código de los Niños y de los Adolescentes

Ley 26549. Ley de los centros educativos privados.

Ley 27665. Ley de protección a la economía familiar respecto al pago de pensiones en centros y programas educativos privados.

Código de Protección y Defensa del Consumidor Ley 29571

Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882 y sus Reglamentos.

Ley N° 28740. Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa.

Decreto Supremo N° 042-2011-PCM, del 07 de mayo de 2011, sobre obligación de llevar el Libro de Reclamaciones en las Instituciones Educativas.

Reglamento del Libro de Reclamaciones Aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-PCM del 18 de febrero de 2011

Ley N° 28119, que prohíbe el acceso del menores de edad a páginas WEB de contenido pornográfico y a cualquier otra forma de comunicación en red de igual contenido.

Ley N° 29694, Ley que Protege a los Consumidores de las Prácticas Abusivas en la Selección o Adquisición de Textos Escolares para Logrear su Eficiencia, modificada por el Ley N° 29839 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015-2012-ED, del 28 de setiembre de 2012.

Decreto Supremo Nº 009-2005 ED, que aprueba el Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo.

Decreto Supremo Nº 009-2006-ED, que aprueba el Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva.

Resolución Ministerial Nº 234-2005-ED. Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de Educación Básica Regular.

Normas el régimen laboral de la actividad privada.

Decreto Supremo N° 004-98-ED. Reglamento de Infracciones y Sanciones para Instituciones Educativas Privadas, modificado por D.S N° 011-98-ED y D.S.N° 002-2001-ED y ampliado por el D.S. N° 005-2002-ED.

R.M. N° 0069-2008-ED, aprueba la Directiva “Normas para la matrícula de niños y jóvenes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo de la Educación Inclusiva.

Resolución Ministerial Nº 343-2010-ED, que aprueba las Normas para el Desarrollo de Tutoría y Orientación Educativa.

Resolución Ministerial Nº 519-2012-ED que aprueba la Directiva Nº 019-2012-VMGI-OET; “Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas

Texto Único del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral – Decreto Supremo N° 003-97-TR.

Decreto Supremo N° 004-2006 TR y su Modificatoria el Decreto Supremo N° 011-2006TR, sobre control de asistencia y de salida de los trabajadores.

Decreto Supremo 007-2002-TR.

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REGLAMENTO INTERNO 24

CAPÍTULO III

APROBACIÓN Artículo 12°: El presente Reglamento tiene por finalidad normar la organización y funcionamiento del Colegio "REINA DE LOS ANGELES", promovido por la Congregación de Religiosas Dominicas de la Inmaculada Concepción. El Reglamento Interno es la norma básica del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles, está orientado a regular la marcha Institucional del mismo, para posibilitar el logro de los fines y objetivos establecidos en el Proyecto Educativo Institucional CRA. Artículo 13°: El Reglamento Interno del Colegio “REINA DE LOS ANGELES” es un documento normativo cuyas características técnico-administrativas determinan y reglamentan la línea axiológica del Colegio, así como la dirección y organización, administración y funciones del centro educativo; los regímenes económicos, disciplinario, de pensiones y de beneficios económicos; las relaciones con los padres de familia, su organización administrativa y académica, los sistemas de evaluación y control de los estudiantes; y otras instituciones. Es el instrumento normativo-jurídico para todos los aspectos antes citados; y se extiende al Personal Directivo, Docente, Administrativo y de Apoyo; así como los Padres de Familia, estudiantes y ex estudiantes. Artículo 14°: El Colegio "REINA DE LOS ANGELES", brinda servicio en el Nivel Inicial, Primaria y Secundaria de Menores en forma escolarizada mixta. Artículo 15°: Está sujeta a la jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 06, el Colegio se encuentra ubicada en Malecón Monte Bello N° 605 – Urb. Rinconada Alta, Distrito de La Molina, en la Ciudad, Provincia y Departamento de Lima. Artículo 16°: El funcionamiento del Colegio “REINA DE LOS ANGELES” está autorizado por la R.D ZONAL 576-12-7-73, NIVEL INCIAL de fecha 12-07-1973, y R.M 76-73, NIVEL PRIMARIA, de fecha 16 de junio de 1958, R.M 7111, de fecha 18 DE MAYO DE 1960, y por lo dispuesto en la Ley General de Educación 28044 y sus modificatorias y la legislación educativa sectorial del caso y otros dispositivos legales que norman la relación labora! en el sector privado. Artículo 17°: Las disposiciones del presente Reglamento, alcanza al Personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo, de Apoyo, Estudiantes y Padres de Familia. Artículo 18°: El Colegio “REINA DE LOS ANGELES” rige su organización y funcionamiento de acuerdo a la normatividad establecida en la Ley General de Educación, en la Ley de Instituciones Educativas Privadas N° 26549, y demás disposiciones legales expedidas por la autoridad educativa, por otros dispositivos legales relacionados al sector educación, por la entidad promotora y por lo establecido en el presente Reglamento. Artículo 19°: El Reglamento Interno del Colegio “REINA DE LOS ANGELES” es aprobado por la Congregación Promotora, en coordinación con la Dirección del Colegio. La interpretación, modificación, ampliación, corrección, del presente Reglamento Interno es efectuada por la Congregación Promotora del Colegio y por la Dirección del Colegio.

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REGLAMENTO INTERNO 25

TÍTULO II

DE LA ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES ESPECÍFICAS

Artículo 20º: La estructura orgánica del Centro Educativo es la siguiente: A) Órganos de Dirección:

PROMOTORIA : Congregación Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción

DIRECCIÓN GENERAL

SUBDIRECCION GENERAL B) Órganos Consultivos:

Consejo Provincial

Asesor Legal

Asesor Contable

Equipo Institucional de Evaluación de la Calidad C) Órganos de Coordinación Académica:

Coordinación de Inicial

Coordinación de Primaria

Coordinación de Secundaria

Coordinación de Deportes

Coordinación de Actividades

Coordinación de Idiomas D) Órganos de Asesoría:

Asesoría de Comunicación

Asesoría de Matemática

Asesoría de Ciencia, Tecnología y Ambiente

Asesoría de Ciencias Sociales

E) Órganos de Ejecución:

Docentes de Inicial

Docentes de Primaria

Docentes de Secundaria

Docentes Tutores Aula

Docentes de Talleres

Auxiliares de Educación

Entrenadores F) Órganos Formativos:

Coordinación de Convivencia Pacífica y Democrática

Coordinación de Tutoría y Psicopedagógico

Coordinación de Pastoral G) Órganos de Apoyo:

Secretaria: - General y Notas - Dirección - Subdirección

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REGLAMENTO INTERNO 26

Tesorería

Biblioteca

Recepción

Impresiones y Abastecimiento

Enfermería

Mantenimiento

Vigilancia

Comité de Evaluación de Beneficios Económicos H) Órgano de Participación:

Padres Colaboradores

Municipio Escolar

Asociación de Ex Alumnos

CAPÍTULO I ÓRGANOS DE DIRECCIÓN CONGREGACIÓN PROMOTORA Artículo 21°: La Congregación de Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción es Promotora y Propietaria, del “Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles”. Artículo 22°: Las responsabilidades de la Congregación, propietaria del Colegio, son:

a) Establecer la línea axiológica, dentro del respeto a los principios y valores establecidos en la Constitución.

b) Establecer la dirección, organización, administración y funciones del Colegio. c) Establecer los regímenes: económico, disciplinario, de pensiones y de ayuda

económica. d) Aprobar el Reglamento Interno del “Colegio Reina de los Ángeles”, en concordancia

con la Ley General de Educación, Ley de Centros Educativos Privados y sus Reglamentos, y demás normas sectoriales conexas en materia de legislación educativa, y en coordinación con la Directora del Colegio.

e) Designar a la Directora y solicitar al Ministerio de Educación su reconocimiento mediante Resolución.

LA DIRECCIÓN Artículo 23°: La Dirección es ejercida por una Religiosa de la Congregación, Promotora del Colegio. Es un cargo de confianza y se ejerce a tiempo completo. Es la primera autoridad, representante legal y responsable de ejercer las funciones establecidas en la Ley de los Centros Educativos Privados. La Directora es responsable de la programación, organización, conducción, desarrollo, supervisión, evaluación y control de todas las acciones técnico-pedagógicas y de los diferentes servicios que brinda el Colegio. Depende, funcional y orgánicamente del órgano directivo superior que es el Promotor, el que regula sus atribuciones, funciones y competencias, y lo supervisa en todas sus obligaciones técnico – pedagógicas.

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REGLAMENTO INTERNO 27

Artículo 24°: En el ejercicio de sus funciones, la Directora es responsable de:

a) Controlar y supervisar las actividades técnico-pedagógicas del Colegio. b) La elaboración de la estructura curricular en un trabajo conjunto con los docentes. c) La correcta aplicación del presente Reglamento Interno. d) La existencia, regularidad, autenticidad y veracidad de los registros y actas de

notas, de la contabilidad, libros, documentos y operaciones que señale la Ley; dictando las disposiciones necesarias dentro de un ámbito para el normal desenvolvimiento del Colegio.

e) La administración de la documentación del Colegio. f) La existencia de los bienes consignados en los inventarios, el uso y destino de

éstos y las demás que sean propias de su cargo. g) Representar legalmente al Colegio. h) Elaborar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional (PEI), Reglamento

Interno (RI), Plan Anual de Trabajo (PAT) y el Proyecto Curricular de la Institución (PCI), el Plan de Prevención de Riesgos, el Plan de Convivencia Democrática, Plan de Tutoría y otros.

i) Velar por el cumplimiento de los objetivos de cada nivel y por el buen trato a los estudiantes dentro o fuera del Colegio.

j) Organizar y monitorear el proceso de matrícula de los estudiantes. k) Autorizar los traslados y exoneración de áreas curriculares, cuando lo soliciten,

previa justificación. l) Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los

documentos pedagógicos oficiales de acuerdo con las normas específicas. m) Expedir los certificados de estudios. n) Llamar la atención verbalmente o por escrito al personal del Colegio por

incumplimiento de funciones u otras faltas cometidas, previa procedimiento donde se respete el derecho de defensa.

o) Promover la conformación de los PADRES COLABORADORES (Comités de Aulas o de grado) y coordinar permanentemente para la ejecución conjunta de acciones en bien del aprendizaje de los estudiantes.

p) Administrar la documentación del centro educativo. q) Ordenar la elaboración y actualización del inventario de los bienes y velar por su

adecuado uso. r) Promover el desarrollo de los Programas de tutoría, y sistematización de

experiencias de orientación educativa, dentro del marco de la legislación vigente, garantizando la implementación de acciones para la convivencia y disciplina escolar a través del Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa.

s) Orientar y convocar al Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa, dentro del marco de aplicación de la Ley 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas; así como informar de las medidas correctivas y sanciones propuestas a los padres de familia y de Informar acerca de los casos ocurridos a la Defensoría del Pueblo.

t) Tener a su cargo el Libro de Registro de Incidencias sobre violencia y acoso entre estudiantes.

u) De acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Ley 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, decreto supremo 010-2012-ED,el Director deberá garantizar la implementación del Plan de Convivencia Democrática en el Colegio; así como también deberá supervisar que las medidas correctivas que se tomen se encuentren dentro del marco legal respectivo y a su vez deberá derivar a los estudiantes, que de acuerdo al caso específico analizado, requieran de atención especializada de la Demuna u otra Institución de Protección al Menor de acuerdo a las circunstancias presentadas.

v) Realizar las comunicaciones necesarias acerca de los logros de las Políticas de

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REGLAMENTO INTERNO 28

Convivencia a la Comunidad Educativa en general. w) Estimular o sancionar según el caso, al personal docente y a los estudiantes del

Colegio, de conformidad con lo normado en el presente reglamento. x) Implementar la selección de textos escolares de acuerdo a los parámetros

establecido en la Ley Nº 29694, Ley que Protege a los Consumidores de las Prácticas Abusivas en la Selección o Adquisición de Textos Escolares para lograr su Eficiencia, modificada por la Ley Nº 29839 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2012-ED, del 26 de setiembre de 2012.

y) Gestionar las acciones que demanden el servicio que brinda el Colegio. z) Definir la organización del Colegio. aa) Las demás funciones propios de su cargo.

LA SUBDIRECCIÓN Artículo 25°: La Sub Directora forma parte del Consejo Directivo, designada por la Directora. Realiza el trabajo en constante coordinación y mutuo acuerdo con la Directora. Asesora y coordina con todos los estamentos del Colegio en los aspectos ontológicos, axiológicos y pedagógicos, para que el proceso educativo se desarrolle en un ámbito de una sana convivencia y bienestar. Promueve el conocimiento y cumplimiento práctico del Proyecto Educativo Institucional. Artículo 26°: Son funciones de la Subdirectora: Tiene la responsabilidad de promover, apoyar, organizar, implementar, desarrollar y evaluar el currículo, en lo referente a conocimientos y contenidos del saber, teórico - práctico, actividades y tutoría.

a) Ejercer la supervisión Técnico Pedagógica, lo que informará permanentemente a la Directora.

b) Orientar, monitorear y evaluar los documentos de Gestión Pedagógica para asegurar el mejoramiento cualitativo de las acciones y servicios educativos.

c) Reunir periódicamente a los equipos de docentes de la misma especialidad para apreciar los resultados educativos, escuchando sugerencias y dictar las medidas convenientes para alcanzar un mejor rendimiento escolar.

d) Atender las consultas formuladas por los Padres de Familia en lo referente a normas de conducta y progreso académico.

e) Llamar la atención verbalmente o por escrito, al personal a su cargo, por incumplimiento de funciones o por acciones incompatibles con su rol de educador.

f) Colaborar con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio.

g) Elaborar la estructura curricular. h) Representar al Colegio, dentro de los límites que se le otorgue. i) Promover la capacitación y superación de los docentes, formulando las propuestas

pertinentes a la Dirección. j) Promover la cooperación de instituciones locales y regionales para mejorar los

servicios educativos que brinda el Colegio, formulando las propuestas pertinentes a la Dirección.

k) Proponer a la Dirección la dotación de materiales educativos que estimen ser requeridos, así como velar por su conservación y mantenimiento.

l) Emitir los informes correspondientes a las autoridades del Ministerio de Educación. m) Mantener informada a la directora sobre el desarrollo del proceso educativo,

procurando que la comunicación sea clara, oportuna y eficaz. n) Dar a conocer las disposiciones y normas emanadas de la Dirección. o) Resaltar iniciativas valiosas así como la participación y colaboración voluntaria de

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REGLAMENTO INTERNO 29

los docentes en las diferentes actividades del proceso educativo. p) Elaborar el Plan de Estudios en armonía con el Ideario y el Proyecto Educativo, el

mismo que es presentado a la Dirección para su aprobación. q) Elaborar el cuadro de horas de asignación de horas en coordinación con la

Dirección. r) Organizar el trabajo educativo y formular la distribución de horarios y jornadas de

trabajo para el personal docente. s) Coordinar las actividades y controlar el normal funcionamiento de las diferentes

instancias del Colegio. t) Supervisar las actividades extra y co curriculares. u) Evaluar el desarrollo de las acciones técnico pedagógicas en cada uno de los

niveles, compartiendo esta responsabilidad con los Coordinares y Asesores de Área. v) Preparar los cuadros estadísticos sobre el avance académico del trabajo docente:

metodología, evaluación y capacitación. w) Organizar, en coordinación con Pastoral, jornadas de reflexión para estudiantes,

personal docentes y padres de familia. x) Reglamentar y supervisar el uso y el buen funcionamiento de la Biblioteca y

promover en los estudiantes y docentes su permanente utilización. y) Organizar los equipos docentes y proponer a la Dirección los docentes que asumirán

los cargos de Asesoría y Tutoría. z) Reunir periódicamente a los equipos de docentes para apreciar los resultados

educativos, escuchando sugerencias para alcanzar la optimización de los resultados académicos.

aa) Velar para que la documentación se emita de acuerdo a las normas legales vigentes y las instrucciones emanadas de la Dirección.

bb) Organizar la documentación final que debe remitirse a los estamentos del Ministerio de Educación.

cc) Supervisar las acciones de Convivencia escolar en coordinación con las Coordinaciones respectivas.

dd) Revisar las actas de promoción y subsanación. ee) Supervisar el proceso de admisión y matrícula. ff) Velar por el cuidado y presentación de las dependencias, asegurando un

funcionamiento eficiente. Este organismo colabora con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio.

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REGLAMENTO INTERNO 30

CAPÍTULO II ÓRGANOS DE COORDINACIÓN ACADÉMICA DE LA COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN INICIAL Artículo 27º: La Coordinadora del nivel de educación inicial, jerárquicamente depende de la Subdirección General. Artículo 28º: Son funciones de la coordinadora:

a) Planificar, programar, orientar y evaluar las actividades propias del nivel. b) Participar en la formulación de los instrumentos de gestión y control del Colegio. c) Orientar, coordinar y monitorear la elaboración de los planes anuales, programas

curriculares y sesiones de aprendizaje de los grados del nivel a su cargo (Nursery, pre kinder y Kínder), acompañar y evaluar su ejecución.

d) Organizar, orientar y evaluar la participación de las docentes del nivel en las actividades internas y externas del Colegio.

e) Coordinar con los otros niveles para desarrollar los temas transversales, los proyectos y actividades de índole institucional.

f) Controlar el cumplimiento del horario de clases y designar reemplazos en caso de inasistencia de los docentes del nivel.

g) Revisar el material educativo y derivarlo a impresiones. h) Revisar los registros de evaluación de las docentes a su cargo y verificar su

conformidad al sistema establecido y las directivas impartidas. i) Informar periódicamente a la Subdirección General sobre el avance de la

programación curricular, rendimiento académico, necesidades de material didáctico y otros.

j) Cumplir con la jornada laboral de 48 horas. k) Velar por el cumplimiento de las disposiciones emanadas de las autoridades

Dirección y Subdirección General. l) Respetar la línea jerárquica y canales de comunicación. m) Participar asertivamente en las reuniones académicas de coordinadores, informar

sobre logros, dificultades y sugerencias manifestados en las reuniones semanales con las profesoras del nivel.

n) Mantener comunicación permanente con la superioridad y profesoras del nivel para optimizar el quehacer educativo.

o) Elaborar y ejecutar un plan de monitoreo de clases y elevarlo a la Subdirección General.

p) Revisar los proyectos de exámenes bimestrales, materiales y derivarlos al área de impresión.

q) Presentar los materiales para imprimir con 48 horas de anticipación. r) Elaborar los informes semestral y anual del nivel y elevarlos a Subdirección General. s) Ejecutar tareas encomendadas por los órganos directivos. t) Atender a los padres de familia, según rol de entrevistas, por asuntos de rendimiento

académico y / o comportamiento. u) Cursar memorandos de llamada de atención a las profesoras del nivel, por

incumplimiento de funciones, deberes o prohibiciones, previa coordinación con la sub dirección general.

v) Proponer proyectos de innovación pedagógica. w) Proponer a Dirección otorgar estímulos a las profesoras del nivel por acciones que

ameriten.

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REGLAMENTO INTERNO 31

Estos organismos colaboran con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio. DE LA COORDINACIÓN DE PRIMARIA Y SECUNDARIA Artículo 29º: Las coordinadoras de primaria y secundaria dependen jerárquicamente de la Subdirección General. Artículo 30º: Son funciones de las coordinadoras:

a) Participar en la formulación de los instrumentos de gestión y control del Colegio. b) Orientar, coordinar y monitorear la elaboración de los planes anuales, programas

curriculares y sesiones de clase de las áreas académicas a su cargo, acompañar y evaluar su ejecución. Asesorar a los profesores a su cargo.

c) Organizar, orientar y evaluar la participación de los docentes del área en las actividades internas y externas del Colegio.

d) Coordinar con los niveles para desarrollar los temas transversales, los proyectos y actividades de índole institucional.

e) Controlar el cumplimiento del horario de clases y designar reemplazos en caso de inasistencia de los docentes del nivel.

f) Revisar el material educativo (fichas, separatas, guías, cuadernos de trabajo) y derivarlo a impresiones con 48 horas de anticipación.

g) Revisar los registros de evaluación de los docentes a su cargo y verificar su conformidad al sistema establecido y las directivas impartidas.

h) Informar periódicamente a la Subdirectora General sobre el avance de la programación curricular, rendimiento académico, necesidades de material didáctico y otros.

i) Velar por el cumplimiento de las disposiciones emanadas de las autoridades: Dirección y Subdirección General.

j) Respetar la línea jerárquica y canales de comunicación. k) Elaborar los informes bimestrales y anuales del nivel, y elevarlos a la Subdirección

General. l) Mantener comunicación permanente con la superioridad y profesores del área para

optimizar el quehacer educativo. m) Ejecutar tareas encomendadas por los Órganos Directivos. n) Presentar los materiales para imprimir con 48 horas de anticipación. o) Atender a los padres de familia, según rol de entrevistas, por asuntos de rendimiento

académico y / o comportamiento. p) Informar a la Dirección y la Subdirección General acerca de los procesos

académicos y los posibles incumplimientos de los docentes en su ejecución q) Proponer proyectos de innovación pedagógica. r) Proponer a Dirección otorgar estímulos a los profesores del nivel por acciones que

ameriten.

Estos organismos colaboran con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio.

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REGLAMENTO INTERNO 32

COORDINACIÓN DE IDIOMAS Artículo 31°: Son funciones de la Coordinadora de Idiomas:

a) Participar directa y activamente en la elaboración y ejecución del plan de trabajo anual.

b) Orientar, coordinar, supervisar y evaluar la adecuada aplicación de los programas curriculares vigentes, las técnicas, procedimientos y materiales utilizados en el proceso de aprendizaje.

c) Promover y organizar las actividades cocurriculares en coordinación con las otras áreas Técnico Pedagógicas.

d) Orientar y apoyar al equipo docente del área en las diferentes etapas del proceso educativo.

e) Supervisar permanentemente la labor docente en el aula para ofrecer la orientación o asesoramiento a fin de superar deficiencias y mejorar la acción educativa.

f) Propiciar la actualización de los docentes a su cargo. g) Coordinar Proyectos de Investigación de del área de Idiomas. h) Crear armonía y concordancia entre los docentes, propiciando la integración y el

desarrollo personal. i) Velar por la conservación, el mantenimiento y adecuado uso de la infraestructura

física, material didáctico y bibliográfico. j) Permanecer en el Colegio cumpliendo las funciones inherentes a su cargo, las que

le sean fijadas por la Directora. COORDINACIÓN DE DEPORTES Artículo 32°: Son funciones de la Coordinadora de Educación Física:

a) Elaborar el plan de trabajo anual de Coordinación b) Coordinar permanentemente con el equipo de profesores de Educación Física sobre

el desarrollo de las actividades deportivas. c) Convocar a reuniones de evaluación sobre las actividades deportivas desarrolladas d) Ejerce la función de coordinar, supervisar con eficiencia el cumplimiento de la

programación anual de ADECORE. e) Promover e incentivar en forma permanente campeonatos y encuentros de las

diferentes disciplinas deportivas f) Asistir a todas las reuniones que programe Adecore durante el año lectivo. g) Participar y aceptar los cargos que la asamblea le designe por votación. h) Ser imagen de su Colegio. i) Solicitar a los entrenadores, con anticipación, la inscripción de estudiantes a las

competencias que participaran según el cronograma de Adecore j) Solicitar con anticipación a secretaría del Colegio las fichas de matrícula para la

inscripción de estudiantes nuevos en – Adecore. k) Enviar a la oficina de Adecore las inscripciones en las fechas indicadas. l) Solicitar a las autoridades competentes del colegio los uniformes que se usarán en

las competencias, necesidades que se entrega a comienzos de año. m) Solicitar a la Dirección del Colegio movilidad para el traslado de las deportistas todos

los viernes de la semana anterior. n) Acompañar a los diferentes equipos y deportistas a todas las competencias que se

desarrollan fuera del Colegio. o) Mantener informados a los Padres de Familia, enviando comunicados, fixture y

convocando a reuniones informativas. p) Convocar a reuniones con los entrenadores para informar de las asambleas de

Adecore y el cumplimiento del cronograma y actividades del Colegio.

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REGLAMENTO INTERNO 33

q) Mantener actualizado el inventario del material deportivo, gimnástico existente en el Colegio.

r) Cuidar y velar por el buen uso del material existente. s) Permanecer en el Colegio cuando el Colegio es sede de competencias hasta que

terminen los partidos programados por Adecore y enviando inmediatamente los resultados e informando de algún percance ocurrido en la sede. TAREAS PERMANENTES:

a) Permanecer en el Colegio cumpliendo con las funciones inherentes a la coordinación que se realiza después de la hora de salida. (3.30 p.m.)

b) Supervisar permanentemente la labor de los entrenadores c) Informar inmediatamente a las autoridades del Colegio, resultados de las diferentes

actividades deportivas y cualquier incidente y/o accidente ocurrido durante los entrenamientos.

d) Coordinar con el jefe de mantenimiento por el uso adecuado de los ambientes para el desarrollo de las diferentes actividades deportivas.

Estos organismos colaboran con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES Artículo 33°: Son funciones de la Coordinadora de Actividades:

a) Elaborar el Plan de Trabajo Anual de su competencia b) Programar como organizar, desarrollar y evaluar en coordinación con la SUD

DIRECCION- DIRECTORA, las actividades educativas que se desarrollen dentro y fuera del Colegio, proporcionando todo lo necesario para realizarlo.

c) Se encargara de realizar las actividades del calendario cívico, actuaciones, desfiles escolares, actividades pastorales, eventos deportivos, graduaciones, excursiones y visitas de estudio.

d) Informar a la Subdirección y Dirección de todo lo actuado inmediatamente después de realizada una actividad.

e) Otras que asigne la dirección. Estos organismos colaboran con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio.

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REGLAMENTO INTERNO 34

CAPÍTULO III ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO ASESOR DE ÁREA Artículo 34º: Son funciones y objetivos del Asesor de Área, los siguientes:

a) Participar directa y activamente en la elaboración y ejecución del plan de trabajo anual.

b) Orientar, coordinar, supervisar y evaluar la adecuada aplicación de los programas curriculares vigentes, las técnicas, procedimientos y materiales utilizados en el proceso de aprendizaje.

c) Promover y organizar las actividades cocurriculares en coordinación con las otras áreas Técnico Pedagógicas.

d) Orientar y apoyar al equipo docente del área en las diferentes etapas del proceso educativo.

e) Propiciar la actualización de los docentes a su cargo. f) Coordinar Proyectos de Investigación de su área. g) Crear armonía y concordancia entre los profesores, propiciando la integración y el

desarrollo personal. h) Las que le sean fijadas por la Directora.

Artículo 35º: Son deberes del Asesor de Área, los siguientes:

a) Supervisar permanentemente la labor docente en el aula para ofrecer la orientación o asesoramiento a fin de superar deficiencias y mejorar la acción educativa.

b) Velar por la conservación, el mantenimiento y adecuado uso de la infraestructura física, material didáctico y bibliográfico.

c) Permanecer en el Colegio cumpliendo las funciones inherentes a su cargo, COMO ASESOR Y DOCENTE.

d) Reunirse semanalmente con su equipo docente a fin de analizar, evaluar y proponer los medios necesarios para mejorar el proceso educativo del grado y/o área, a la Sub Dirección.

e) Reunirse una vez por semana con la Directora y las veces que ésta lo convoque a reunión.

f) Elevar bimestral, semestral y anualmente informe a la Sub Dirección y Coordinación Académica sobre el desenvolvimiento académico de las áreas a su cargo, o cuando se le solicite.

g) Observar al docente en el desempeño de sus funciones de dirección del proceso de aprendizaje y evaluación, para luego en entrevista individual, evaluar y ofrecer orientación o asesoramiento a fin de superar deficiencias y mejorar la acción educativa.

h) Analizar la bibliografía y material educativo para futura aplicación. i) Asesorar a los profesores en la elaboración de las unidades de aprendizaje, visar los

proyectos de prueba, las guías de trabajo práctico, actividades y otras labores. j) Revisar y visar las pruebas, las calificaciones, los registros de notas de los

profesores a su cargo, verificando que sigan las normas y directivas impartidas, haciendo las anotaciones u observaciones correspondientes de ser necesario.

k) Promover y supervisar la organización de concursos, exposiciones, actividades culturales en coordinación con las otras áreas Técnico-Pedagógicas.

l) Coordinar con los profesores la relación del material didáctico y bibliográfico para el mejor desarrollo del aprendizaje.

m) Apoyar la organización y funcionamiento de talleres.

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REGLAMENTO INTERNO 35

n) Atender a los padres de familia según horario. o) Representar al equipo de profesores de las áreas a su cargo en las distintas

actividades de su competencia. p) Informar a los padres de familia sobre las acciones de las áreas a su cargo o cuando

lo solicite la Directora. q) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones cívico-culturales que organice o en

las que intervenga el Colegio. r) Incentivar, inscribir y acompañar a los estudiantes en la participación de concursos y

otras actividades relacionadas con el área de su competencia, propiciando el interés por la misma.

s) Reemplazar personalmente o proveer el reemplazo a los profesores de su línea que falten eventualmente, y suplir las licencias que puedan presentarse.

t) Atender las inquietudes y consultas de los estudiantes, padres y apoderados y derivar la atención del problema a la persona a quien corresponda, cuando el caso sea ajeno a su función.

u) Preparar proyectos especiales, encomendados por la Dirección, o modificar los ya existentes.

v) Cuidar el material técnico pedagógico a su cargo, e informar a la instancia superior en caso de deterioro extravió o remplazo.

w) Las demás que le sean fijadas por la Dirección. Estos organismos colaboran con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio.

CAPÍTULO IV

ÓRGANOS DE EJECUCIÓN DOCENTES Artículo 36°: Son docentes del Colegio quienes prestan servicios magisteriales. El personal docente puede ser contratado a tiempo completo o por horas. Artículo 37°: Son deberes del Personal Docente:

a) Acatar y cumplir las normas sobre tardanzas, inasistencias y permisos que establezcan en el Colegio.

b) Justificar sus inasistencias motivadas por enfermedad o problema familiar debidamente documentada.

c) Elabora la documentación técnico-pedagógica que le corresponde desarrollar, informes, programación curricular y plan de actividades de cada asignatura.

d) Evaluar el proceso de aprendizaje y enseñanza de acuerdo a los dispositivos legales vigentes y a los órganos de apoyo.

e) Colaborar con la Dirección del Colegio para alcanzar los objetivos y metas propuestos en el Plan Anual de Trabajo.

f) Orientar a los estudiantes y velar por su integridad física durante el tiempo de permanencia en el Colegio.

g) Mantener permanente comunicación con los Padres de Familia en los horarios establecidos, para informarles sobre el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos.

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REGLAMENTO INTERNO 36

h) Emitir informes técnico-pedagógicos y conductuales al término de cada bimestre y al finalizar el año escolar y/o a solicitud de las autoridades del Colegio.

i) Ser discípulos y misioneros de Jesucristo acogiendo el evangelio como norma de vida.

j) Participar y colaborar con la disciplina establecida, asumiendo el rol de labor educativa durante los ingresos, recreos y salidas; velando por la seguridad e integridad de los estudiantes y del Colegio.

k) Participar en las actividades pedagógicas, religiosas, sociales y culturales del Colegio, para mejorar su labor docente.

l) Asistir a las reuniones de Padres de Familia, sesiones o actuaciones especiales en el Colegio y fuera de ella.

m) Velar por el mantenimiento adecuado del local, instalaciones y equipamiento; así como promover su mejoramiento.

n) Desempeñar la función educativa con dignidad y eficiencia. o) Mantener relaciones cordiales respetuosas con todo el Personal del Colegio.

Artículo 38°: Son obligaciones del Personal Docente con respecto a los estudiantes:

a) Descubrir sus valores y darles oportunidad para que los desarrollen, proponiéndoles ideales capaces de impulsar la acción.

b) Trabajar para que los estudiantes practiquen la colaboración libre, consciente, desinteresada, responsable y aprendan a opinar en forma crítica.

c) Vivir con los estudiantes solidariamente sus preocupaciones, inquietudes, alegrías; ayudándolos a perfeccionar su vida espiritual y procurando que logren su autonomía, creatividad y desarrollo de su proyecto de vida.

d) Comunicar oportunamente a los estudiantes las disposiciones emanadas por la Dirección y Órganos de Apoyo, para el mejor desarrollo de las actividades en el Colegio.

e) Entregar oportunamente los resultados de la evaluación, después de ser aplicadas las pruebas y/o prácticas, o de los trabajos y asignaciones.

f) Asumir la responsabilidad directa del proceso de aprendizaje y enseñanza; respetando los ritmos de aprendizaje de cada estudiante.

g) Mantener informado a los Padres de Familia sobre los problemas académicos y conductuales de sus hijos.

h) Mantener limpio y ordenada la Sala de Profesores. i) La presentación personal debe ser adecuada y de acuerdo a las actividades a

realizarse. j) Ser responsable del orden, limpieza y mantenimiento de las aulas o ambientes que

utilicen. k) No utilizar el celular durante horas de clase o en actos públicos donde exista

presencia del alumnado, como las formaciones, la hora de salida y las actividades religiosas.

DOCENTES DE INICIAL Artículo 39°: Son funciones de los docentes de inicial:

a) Tener una actitud afectuosa y favorable hacia el trato con los estudiantes b) Tener actitud tolerante y no autoritaria animando a los estudiantes que tengan una

actitud favorable con los demás. c) Actitud favorable hacia la búsqueda y descubrimiento motivando a los estudiantes a

que se interroguen, establezcan diálogos sobre sus propias ideas e hipótesis. d) Actitud abierta a la participación, al intercambio de ideas y opiniones, al trabajo en

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REGLAMENTO INTERNO 37

grupo y a la crítica constructiva y autocritica. e) Conceder entrevista a los padres de familia que lo soliciten, de acuerdo con las

disposiciones establecidas f) Detectar y tratar de solucionar los problemas de aprendizaje y conducta de sus

estudiantes. Casos especiales, como los de bullyng, y derivarlos a Coordinación de nivel y/o Departamento psicopedagógico.

g) Registrar en el cuaderno de incidencias los comportamientos positivos y negativos de los estudiantes.

h) Participar en actividades programadas de capacitación, así como en eventos de actualización profesional organizados por el Colegio y/o instituciones de prestigio.

i) Cumplir con la jornada laboral establecida en el contrato, con los horarios de clase, de vigilancia de recreos y refrigerio, de entrada y salida del plantel.

DOCENTES DE PRIMARIA Artículo 40°: Son funciones de los docentes de Primaria:

a) Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes del CE. b) Orientar a los educandos y velar por su seguridad durante su permanencia en el

Colegio. c) Involucrarse en todas las actividades asignadas. d) Emplear estrategias metodológicas adecuadas al grupo humano de su

responsabilidad. e) Participar en actividades programadas de capacitación, así como en eventos de

actualización profesional organizados por el Colegio y/o instituciones de prestigio. f) Cumplir con la jornada laboral establecida en el contrato, con los horarios de clase, de

vigilancia de recreos y refrigerio, de entrada y salida del plantel. g) Corregir y calificar las pruebas asignadas, dentro de los plazos dispuestos. h) Motivar el aprendizaje de los estudiantes, empleando y/o elaborando el material

didáctico pertinente para lograr que sea significativo. i) Respetar la línea jerárquica y los conductos regulares de comunicación y gestión. j) Ejecutar las tareas que les sean encomendadas por las autoridades del plantel. k) Orientar responsablemente la formación integral de los estudiantes. l) Cumplir las disposiciones emanadas de la Coordinación de nivel, Subdirección y

Dirección. m) Elaborar los planes anuales, programas curriculares, planes de clase, proyectos de

práctica y exámenes bimestrales de las áreas del grado a su cargo, informes y demás documentos académicos, según corresponda.

n) Ejecutar y evaluar los contenidos y actividades curriculares programadas. o) Participar eficientemente en las reuniones de profesoras de grado, informando sobre

incidencias, logros, dificultades y proponiendo sugerencias para mejorar el proceso educativo.

p) Portar a clases la carpeta pedagógica con los planes anuales, programas curriculares, planes de clase y el registro auxiliar de evaluación, asistencia y conducta.

q) Detectar y tratar de solucionar los problemas de aprendizaje y conducta de sus estudiantes. Casos especiales, como los de bullyng, y derivarlos a Coordinación de nivel y/o Departamento psicopedagógico.

r) Registrar en el cuaderno de incidencias los comportamientos positivos y negativos de los estudiantes.

s) Conceder entrevista a los padres de familia que lo soliciten, de acuerdo con las disposiciones establecidas

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REGLAMENTO INTERNO 38

t) No retirar del aula, por motivo alguno, a los estudiantes en horas de clase. En los casos de necesidad extrema, enviar al estudiante a las Coordinaciones respectivas o a la Coordinación de Convivencia.

u) Recibir la supervisión opinada e inopinada de los organismos responsables y ejecutar los correctivos para solucionar las deficiencias o cumplir con las omisiones

DOCENTES DE SECUNDARIA Artículo 41°: Son funciones de los docentes de Secundaria:

a) Participar en las reuniones académicas de planificación, programación, organización, coordinación u otras dispuestas por la Dirección.

b) Presentar oportunamente los documentos de planificación, programación y evaluación que le compete como docente de aula o de asignatura.

c) Elaborar guías de trabajo y presentarlos anticipadamente para el fotocopiado (48 horas antes).

d) Colaborar con la Dirección, Subdirección, las Coordinaciones Educativas, Tutores y demás organismos y personas del Colegio para el cumplimiento de los planes y programas académicos.

e) Cumplir su misión docente con sentido dinámico y vivencial, aplicando estrategias, métodos, procedimientos y formas didácticas recomendados por la tecnología educativa.

f) Conceder entrevista a los padres de familia que lo soliciten, de acuerdo con las disposiciones establecidas

g) Detectar y tratar de solucionar los problemas de aprendizaje y conducta de sus estudiantes. Casos especiales, como los de bullyng, y derivarlos a Coordinación de nivel y/o Departamento psicopedagógico.

h) Registrar en el cuaderno de incidencias los comportamientos positivos y negativos de los estudiantes.

i) Participar en actividades programadas de capacitación, así como en eventos de actualización profesional organizados por el Colegio y/o instituciones de prestigio.

j) Cumplir con la jornada laboral establecida en el contrato, con los horarios de clase, de vigilancia de recreos y refrigerio, de entrada y salida del plantel.

k) Corregir y calificar las pruebas asignadas, dentro de los plazos dispuestos. l) No retirar del aula, por motivo alguno, a los estudiantes en horas de clase. En los

casos de necesidad extrema, enviar al estudiante a las Coordinaciones respectivas o a la Coordinación de Convivencia.

m) Recibir la supervisión opinada e inopinada de los organismos responsables y ejecutar los correctivos para solucionar las deficiencias o cumplir con las omisiones

DOCENTES TUTORES DE AULA Artículo 42°: Son funciones y objetivos del Profesor Tutor de Aula, los siguientes:

a) Colaborar en la ejecución y cumplimiento del Proyecto Educativo del Colegio. b) Implementar el Proyecto de Tutoría de su salón velando por el desarrollo de una

efectiva orientación educacional y personal de los estudiantes según las normas dadas por las autoridades pertinentes.

c) Asumir el rol de animador del proceso de orientación de su grado y sección, vivenciando el ideario y carisma del Colegio.

d) Promover la participación responsable de los padres de familia en la formación integral de sus hijos.

e) Leer los documentos proporcionados por el Colegio, así como los Reglamentos y normas.

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REGLAMENTO INTERNO 39

f) Otras que asigne la Dirección del Colegio. Artículo 43°: Son deberes del Profesor Tutor de Aula, los siguientes:

a) Presentar un ejemplo de vida cristiana acorde con la naturaleza de la Escuela Católica.

b) Elaborar, diseñar y llevar a la práctica el Proyecto de Tutoría de su grado. c) Guiar y supervisar las diversas actividades que deben realizar los estudiantes en

representación del aula. d) Hacer cumplir las disposiciones disciplinarias mediante una vigilancia constante y

comprensiva de los estudiantes a su cargo. e) Coordinar las actividades de reforzamiento. f) Colaborar en las labores de orientación y bienestar con los estudiantes a su cargo,

realizando acciones de apoyo metodológico, información y asesoría. g) Revisar y firmar diariamente la Agenda del estudiante. h) Velar por el buen estado de conservación de los bienes del Colegio. i) Coordinar con los responsables del Departamento Psicopedagógico el tratamiento

de casos especiales que se detecten en la sección, en el orden académico, disciplinario, moral o social de los estudiantes.

j) Realizar un seguimiento cercano a los estudiantes con problemas académicos y disciplinarios e informar al padre y/o apoderado en casos especiales para ser derivada a la psicóloga.

k) Acompañar a los estudiantes durante las formaciones, desfiles y actuaciones y velar por el orden y disciplina.

l) Llevar un anecdotario de los estudiantes a su cargo, consignando en él los aspectos más relevantes.

m) Revisar el parte diario para realizar las orientaciones oportunas y la evaluación de conducta.

n) Incentivar a los estudiantes en la participación de las actividades curriculares y extracurriculares.

o) Motivar y asesorar la elección de la directiva del Comité de Aula de padres de familia de la sección.

p) Participar en las ceremonias religiosas que organice o convoque el Colegio y en jornadas especiales para profundización de la fe.

q) Aplicar los instrumentos psicopedagógicos para el diagnóstico de los estudiantes y utilizar los resultados en el diseño del Proyecto de Tutoría.

r) Colaborar en las actividades de Pastoral. s) Realizar actividades culturales, de proyección social y de integración con los

estudiantes. t) Atender a los padres de familia citados o que soliciten entrevistas para informarles

del rendimiento académico y conductual de sus hijos. u) Planificar las reuniones de padres de familia respetando la puntualidad en el inicio y

término de las mismas, notificando con anticipación la fecha y registrando la asistencia.

DOCENTES DE TALLERES Artículo 44°: Son funciones de los docentes de talleres:

a) Elaborar un Plan de Trabajo Anual del curso correspondiente. b) Coordinar permanente con la coordinadora. c) Ser líder positivo en todo momento. d) Supervisar y mantenerse informado del avance académico de los integrantes a su

cargo.

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REGLAMENTO INTERNO 40

e) Ser puntual al iniciar y finalizar sus sesiones. f) Mantener al día su registro de asistencia. g) Evitar ausentarse durante el horario establecido. h) Presentarse con el uniforme deportivo adecuado. i) Ser responsable en el cuidado y mantenimiento del material deportivo. j) Evitar el uso del celular durante las horas del dictado de clase. k) Usar un vocabulario acorde con la formación que se imparten a los estudiantes.

AUXILIARES DE EDUCACION Artículo 45º: Son funciones y objetivos de la Auxiliar de Educación, los siguientes:

a) Asumir y desarrollar las tareas y/o acciones encomendadas por el (la) Profesor (a) de Aula y/o Coordinadora de Ciclo.

b) Velar por la integridad física y el bienestar emocional de los estudiantes. c) Colaborar con el profesor de aula, en mantener el aseo y orden de los ambientes de

trabajo. d) Cumplir el rol de turnos en los horarios de entrada y salida, formaciones, actividades

y otros. e) Mantenerse informada del avance del programa curricular y apoyar activamente el

desarrollo del trabajo en aula. f) Asumir el control del aula en ausencia de los Profesores y reportar puntualmente a la

Coordinación de Ciclo. g) Responsabilizarse del control de prendas del uniforme, objetos y útiles de los

estudiantes revisando semanalmente que tengan consignados sus datos. h) Controlar el adecuado uso del uniforme de los estudiantes e informar al (la) Profesor

(a) de Aula. i) Apoyar al (la) Profesor (a) de Aula en la atención de las necesidades de los

estudiantes en adecuada higiene y presentación. j) Otras que asigne la Directora.

Artículo 46º: Son funciones y objetivos de la Auxiliar de Laboratorio, los siguientes:

a) Asumir y desarrollar las tareas y/o acciones encomendadas por el (la) Profesor (a) de Aula y/o Coordinadora de Ciclo.

b) Velar por la integridad física y el bienestar emocional de los estudiantes. c) Colaborar con el profesor de aula, en mantener el aseo y orden de los ambientes de

trabajo. d) Cumplir el rol de turnos en los horarios de entrada y salida, formaciones, actividades

y otros. e) Colocar el material que se va a usar en cada mesa de laboratorio para cada práctica. f) Diseñar y renovar las guías de práctica. g) Recibir a los estudiantes en el laboratorio y apoyar durante el desarrollo de la

práctica. h) Colaborar con los estudiantes en el trabajo de investigación. i) Recoger el material que se usó, lavarlo, limpiarlo, ordenarlo y guardarlo. j) Velar por el cumplimiento del reglamento de laboratorio, evitando así accidentes. k) Revisar que todos los ambientes de laboratorio queden ordenados. l) Otras que la Directora asigne.

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REGLAMENTO INTERNO 41

Artículo 47º: Son funciones y objetivos de la Auxiliar de Psicología, los siguientes:

a) Colaborar en la ejecución de las actividades en el Plan Anual del área. b) Apoyar en la aplicación y corrección de pruebas psicológicas aplicadas en el

Departamento. c) Asistir a las reuniones convocadas por el Departamento y/o Dirección del Colegio. d) Emitir los informes que se le solicitan. e) Integrar las comisiones y desempeñar las actividades afines con el cargo, que le

encomienda la Directora y/o Coordinadora. f) Asistir a la Psicóloga de Nivel en las actividades programadas en el Plan Anual. g) Otras que le sean asignadas por la Coordinadora.

Artículo 48º: Son deberes del cargo de la Auxiliar, los siguientes:

a) Acompañar a los estudiantes en su ingreso y salida, cautelando su integridad física. b) Repartir la documentación emanada de los estamentos superiores así como recoger

los desglosables, archivándolos por grado. c) Elaborar los documentos que le solicite el (la) Profesor (a) de Aula y/o Coordinadora

de Nivel. d) Cuidar a los estudiantes en los recreos, informando a las tutoras las conductas

observadas si no son apropiadas. e) Tomar asistencia y registrar las tardanzas de los estudiantes. f) Asistir a las reuniones y/o paseos de los estudiantes si se convoca su presencia. a) Consolidar al finalizar cada bimestre, las inasistencias y tardanzas de cada

estudiante y derivarlos a la tutora de aula. b) Organizar adecuadamente los archivos del nivel.

ENTRENADORES Artículo 49°: Son funciones de los entrenadores:

a) Ser líder positivo en todo momento. b) Supervisar y mantenerse informado del avance académico de las integrantes de su

equipo. c) Apoyar en las actividades deportivas que se desarrollen en el colegio. d) Ser puntual al iniciar y finalizar los entrenamientos. e) Mantener al día su registro de asistencia con los datos de cada uno de sus

deportistas. f) Evitar ausentarse durante el horario de entrenamientos. g) Presentarse con el uniforme deportivo adecuado h) Ser responsable en el cuidado y mantenimiento del material deportivo. i) Prepara, reparte y recoge comunicaciones para los padres de familia con

autorización de la coordinación j) Convocar a reunión y/o charlas a los padres de familia con fines informativos y

formativos. k) Solicita con anticipación y mediante un listado los uniformes que requiere para su

competencia l) Es puntual, responsable de llevar y traer a sus deportistas y/o lugares de

competencia. m) Evitar el uso de celular durante las horas del dictado de clase. n) Usar un vocabulario acorde con la formación que se imparte a los estudiantes.

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REGLAMENTO INTERNO 42

En las competencias:

a) Llegar al Colegio antes que parta la movilidad, si juega fuera del Colegio. b) Entregar el fixture y lugar de juego a todos las deportistas. c) Retirarse del campo de juego conjuntamente con las deportistas. d) Presentarse a las competencias con el uniforme del Colegio. e) Tener toda la documentación y acreditación de las deportistas para su participación

en las competencias. f) Ser responsable inmediato de cualquier incidente y/o accidente que ocurra dentro o

fuera del Colegio en actividades deportivas, comunicando a los Padres de Familia y a las autoridades inmediatas.

g) Reportar inmediatamente de cualquier incidente que se haya presentado en el campeonato.

h) Entregar a la coordinación de deporte, las inscripciones a los campeonatos con la debida anticipación.

i) Preparar todo lo necesario para llevar a las competencias (botiquín, carnets, balones) etc.

j) Contar con una agenda de direcciones y teléfonos de padres de familia de las deportistas.

CAPÍTULO V ORGANOS FORMATIVOS COORDINACIÓN DE PASTORAL Artículo 50°: Son funciones de la Coordinadora Pastoral:

a) Colaborar con el Capellán del Colegio en la planificación, dirección, supervisión y evaluación de las actividades de pastoral para los padres, docentes y estudiantes, a fin de que todo el quehacer educativo tenga el sello evangelizador.

b) Contribuir a la internalización y el cumplimiento del Proyecto Educativo y de la Propuesta Pedagógica, entre estudiantes, docentes y padres de familia, en lo concerniente a las actividades de Pastoral.

c) Organizar el equipo de pastoral con el asesoramiento del Capellán del Colegio. d) Promover entre la comunidad educativa, una esmerada y equilibrada valoración de

las actividades pastorales y de las diversas instancias de crecimiento en la fe, como un medio relevante y significativo, en el desarrollo integral de la persona.

e) Promover la integración de los docentes en las acciones de Pastoral del Colegio, favoreciendo la vivencia de su comportamiento cristiano.

f) Promover la religiosidad en las relaciones humanas y en toda actividad académica, cívica y de promoción comunal.

g) Propiciar la integración familiar y comunitaria de las estudiantes, siendo el gestor principal de las actividades que la favorezcan.

h) Fomentar en las jóvenes un verdadero sentimiento de adhesión y respeto por el prójimo y el compromiso de practicar con voluntad y convicción el mensaje cristiano.

i) Formar una comunidad educacional cada vez más auténtica, en los preceptos cristianos y en las urgencias pastorales de la Iglesia.

j) Propiciar en las estudiantes acciones de bienestar social. k) Otras que le sean asignadas por la Dirección. l) Preparar, dirigir y evaluar conjuntamente con el Capellán del Colegio, los retiros,

jornadas, encuentros y cursillos de formación religiosa para las estudiantes, personal

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REGLAMENTO INTERNO 43

del Colegio y padres de familia, en coordinación con la coordinadora del nivel. m) Organizar las celebraciones del calendario litúrgico con la participación de la

Comunidad Educativa. n) Organizar y coordinar con las Tutoras la preparación de las oraciones al inicio del

día, el periodo de reflexión y participación en las celebraciones litúrgicas. o) Organizar, coordinar y ejecutar las campañas de proyección a la comunidad. p) Orientar y apoyar al equipo docente de Religión en las diferentes etapas del proceso

educativo. q) Coordinar las celebraciones de Confirmación y Primera Comunión, bajo la dirección

y responsabilidad del Capellán del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles, con la Directora, las Tutoras y Padres de Familia.

r) Informar periódicamente a la Directora sobre la situación del Área de Religión. s) Revisar y proponer los materiales educativos más convenientes para el desarrollo

del área de Religión y las diferentes actividades que tengan relación con ella. t) Representar al Colegio en las actividades religiosas dentro y fuera de él. u) Se responsabilizará de las celebraciones religiosas especiales, así como de la

celebración de la Primera Comunión y Confirmación, dando a los estudiantes la debida preparación para estos solemnes actos.

v) Buscar la proyección social hacia la comunidad local con el apoyo de las tutoras. Estos organismos colaboran con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio. COORDINACIÓN DE TUTORIA Y PSICOPEDAGOGIA Artículo 51°: Son funciones de la Coordinadora de TUTORÍA Y PSICOPEDAGOGIA

a) Promover y dirigir la realización de reuniones entre tutores por grado y/o nivel para el intercambio de experiencias, en forma periódica durante el año.

b) Verificar la elaboración del Plan Tutorial de aula y velar por el cumplimiento de las funciones de los tutores.

c) Diseñar y administrar el archivo de los documentos elaborados por cada tutor, sobre la labor realizada con sus respectivos estudiantes.

d) Apoyar en la realización de los materiales dirigidos a tratar el tema de la convivencia pacífica entre estudiantes desde el punto de vista educativo.

e) Organizar, programar, orientar, monitorear, supervisar y evaluar las actividades de Tutoría y Orientación Educativa (TOE), dentro del marco de la RD 343-2010-ED.

f) Asegurar la incorporación de las acciones de TOE en el PEI, PCI y PAT. g) Contextualizar las actividades de Tutoría y Orientación Educacional, que incluyen los

Programas de Prevención, Convivencia y Disciplina Escolar, de acuerdo al diagnóstico del PEI.

h) Elaborar el Plan de Trabajo Anual del área de su competencia. i) Asesorar al personal docente en el área psicopedagógica. j) Programar, ejecutar y evaluar el seguimiento psicológico de los estudiantes desde su

ingreso hasta su egreso analizando sus evaluaciones, rendimiento y su comportamiento.

k) Coordinar y ejecutar charlas y talleres para padres, brindándoles pautas para potenciar el desarrollo personal del estudiante en su interacción social.

l) Realizar dinámicas grupales para docentes y estudiantes que permitan mayor acercamiento y conocimiento de sus intereses, necesidades y dificultades en su desempeño.

m) Atender y establecer el seguimiento psicopedagógico de los estudiantes en coordinación con el tutor de aula.

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REGLAMENTO INTERNO 44

n) Evaluar y determinar el perfil psicológico del estudiante a fin de potenciar sus habilidades y capacidades.

o) Brindar asesoramiento a docentes y padres de familia para dar solución a casos problemas de aprendizaje y/o conducta.

p) Apoyar la evaluación y selección de personal del Colegio en el área de su competencia.

q) Organizar, dirigir y orientar las reuniones de coordinación del personal a su cargo. r) Supervisar y evaluar el desarrollo de las acciones a cargo del personal del

Departamento. s) Participar en las reuniones que convoque el personal Directivo. t) Integrar las comisiones y actividades afines a su cargo que le encomiende la

Directora. u) Informar periódicamente a la Directora sobre el desarrollo y evaluación de sus

funciones. v) Proponer a la Administración la lista de útiles y materiales requeridos para el

Departamento. w) Elaborar las fichas personales de estudiantes considerando principalmente los

aspectos referentes a datos personales, familiares, evaluaciones psicológicas y observaciones.

x) Evaluar y remitir los informes correspondientes a las actividades ejecutadas por el Departamento.

y) Apoyar en la evaluación y selección del personal que postula al centro educativo. z) Evaluar a los estudiantes ingresantes a el Colegio en las áreas cognitiva, académica

y emocional. aa) Preparar material de trabajo con pautas psicopedagógicas para orientar a padres de

familia, docentes y estudiantes. bb) Asistir a las reuniones convocadas por el Departamento y/o Director. cc) Desempeñar las comisiones o actividades afines al cargo que le encomienda la Jefe

del Departamento y/o la Directora. dd) Establecer el seguimiento psicopedagógico del estudiante a fin de potenciar sus

habilidades. ee) Intervenir de forma directa en los casos de violencia física o psicológica entre los

estudiantes, participando de forma activa en las campañas de prevención e informativas acerca de este tema y contribuir en la elaboración del Plan de Convivencia Pacífica y Democrática y su incorporación en los instrumentos de gestión educativa.

ff) Contribuir en la elaboración del Plan de Convivencia Pacífica y Democrática y su incorporación en los instrumentos de gestión educativa.

gg) Otras que designe la dirección.

Estos organismos colaboran con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio. COORDINACION DE CONVIVENCIA PACIFICA

Artículo 52°: Son funciones de la Coordinadora de CONVIVENCIA PACIFICA:

a) Elaborar el Plan de Trabajo Anual del área de su competencia. b) Establecer y coordinar con la Directora el desarrollo de las actividades normativas y

disciplinarias en el Colegio. c) Organizar el control de asistencia y puntualidad de los estudiantes al Colegio y al

aula, disponiendo las acciones correctivas según el caso.

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REGLAMENTO INTERNO 45

d) Velar por el fiel cumplimiento del Manual de Convivencia y por la buena conservación del orden y la disciplina en el Colegio.

e) Responsabilizarse de la atención a los estudiantes en caso de accidentes en coordinación con Enfermería.

f) Llevar el archivo individual de informes, entrevistas, esquelas y papeletas de conducta de los estudiantes.

g) Supervisar la realización de formaciones, asambleas, reuniones, organización de los estudiantes y otros controlando el orden y disciplina.

h) Organizar, desarrollar y evaluar las acciones de Defensa Civil con los estudiantes y personal del Colegio en coordinación con la Coordinación de Tutoría.

i) Organizar, dirigir e implementar la conformación y presentación de la Escolta del Colegio en actividades que fuera necesaria su presencia.

j) Participar en las reuniones disciplinarias para analizar casos individuales de problemas de conducta que pudieran perjudicar la disciplina y moralidad de sus compañeros elaborando el respectivo expediente.

k) Mantener entrevistas o comunicaciones frecuentes con los padres de familia para informarles acerca del comportamiento de sus hijos.

l) Informar bimestralmente o cuando se le solicite acerca de la marcha disciplinaria del Colegio, indicando logros obtenidos, dificultades encontradas y recomendaciones para el mejoramiento del sistema.

m) Informar a Administración sobre cualquier deterioro de material, equipos, mobiliario e instalaciones causados por los estudiantes, para su reposición.

n) Otras que asigne la Directora del Colegio.

DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA PACIFICA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA DEFINICIONES PREVIAS Artículo 53°: Concepto y características del Bullying. Se entiende por “bullying” a la conducta en la que un estudiante o un grupo de estudiantes agreden de manera verbal, física o psicológica a otro u otros estudiantes de forma reiterativa con la intención de intimidarlo o excluirlo atentando contra su dignidad, autoestima o integridad física o psicológica. Características del Bullying:

a) Excluir o intimidar. b) Afectar la autoestima. c) Agredir física o psicológicamente. d) Acciones constantes y reiterativas.

Artículo 54°: Modos de materializar el bullyng

a) PSICOLOGICO (Burlarse, humillar, excluir, de forma constante) b) FÍSICO (Empujar, toques físicos, hostigamiento sexual, bromas físicas, daño de

objetos personales) c) VERBAL (Apodos, insultos, amenazas, chismes, por cualquier medio; telefónico,

electrónico o informático, de forma constante) Artículo 55°: El Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa, es el equipo responsable del Colegio, que de acuerdo a la Ley 29719 y su Reglamento, tiene por finalidad realizar las acciones necesarias para diagnosticar, erradicar, prevenir, corregir, la violencia, el hostigamiento y el acoso entre los escolares; siendo así que también se encarga de

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REGLAMENTO INTERNO 46

elaborar el Plan de sana convivencia y Disciplina Escolar teniendo en cuenta los lineamientos legales del caso y a su vez dentro de sus funciones está el desarrollo y coordinación de los programas de tutoría y planes de trabajo para el cumplimiento de las mismas. Artículo 56º: El equipo responsable del Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa se integra por los siguientes miembros del Colegio:

a) DIRECTORA b) ASESORÍA LEGAL c) SUBDIRECTORA GENERAL d) COORDINACION DE PSICOPEDAGOGIA e) COORDINADORES DE NIVEL f) TUTORES

Artículo 57º: Además de las funciones establecidas en el Reglamento de la Ley 29719, DECRETO SUPREMO 010-2012-ED, las funciones de cada uno de los miembros del Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa son las siguientes:

a) Registrar los casos de violencia y acoso entre estudiantes en el Libro de Registro de Incidencias del Colegio, así como consolidar información existente en los anecdotarios de clase de los docentes, a fin de que se tomen las medidas pertinentes y permitan la elaboración de las estadísticas correspondientes.

b) Adoptar medidas de protección, contención y corrección, frente a los casos de violencia y acoso entre estudiantes, en coordinación con el Director o la Directora.

c) Informar periódicamente por escrito, al Director o la Coordinadora General del Colegio acerca de los casos de violencia y acoso entre estudiantes, anotados en el Libro de Registro de Incidencias, y de las medidas adoptadas.

d) Informar al Director o la Coordinadora General sobre los estudiantes que requieran derivación para una atención en entidades especializadas.

e) Realizar, en coordinación con el Director o la Coordinación General y los padres de familia o apoderados, el seguimiento respectivo de los estudiantes derivados a instituciones especializadas, garantizando su atención integral y permanencia en el Colegio.

f) Planificar, implementar, ejecutar y evaluar el Plan de Convivencia Democrática con la participación de las organizaciones estudiantiles, el mismo que debe incluir acciones formativas, preventivas y de atención integral.

g) Incentivar la participación de los integrantes de la comunidad educativa en la promoción de la Convivencia Democrática.

h) Promover la incorporación de la Convivencia Democrática en los instrumentos de gestión del Colegio.

i) Liderar el proceso de construcción de normas de convivencia consensuadas entre los integrantes de la comunidad educativa.

j) Desarrollar acciones que favorezcan la calidad de las relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa, especialmente la relación docente-estudiante y estudiante-estudiante.

k) Promover el desarrollo de capacidades y actitudes de las y los docentes, así como del personal directivo, administrativo y de servicio, que permitan la implementación de acciones para la Convivencia Democrática en el Colegio.

Artículo 58°: Los miembros del Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa, tienen las siguientes funciones:

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REGLAMENTO INTERNO 47

DE LA DIRECTORA

a) Apoyar las acciones del equipo responsable de la Convivencia Democrática en el Colegio.

b) Comunicar y rendir cuentas acerca de los procesos y logros de la Convivencia Democrática a los integrantes de la comunidad educativa.

c) Garantizar la elaboración e implementación del Plan de Convivencia Democrática del Colegio.

d) Supervisar que los procedimientos y medidas correctivas se establezcan y ejecuten en el marco de la Ley, el presente Reglamento y correspondiente Directiva.

DE LA SUBDIRECTORA

a) Informar de forma inmediata, a la Directora o a cualquier miembro o representante del Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa, acerca de cualquier hecho de violencia, hostigamiento intimidación, discriminación o cualquier forma de acoso entre estudiantes.

b) Mantener estrecha relación con las Coordinaciones de Nivel y docentes para la detección de casos de acoso, hostigamiento y violencia entre estudiantes.

c) Informar de forma inmediata, a la Directora o a cualquier miembro o representante del Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa, acerca de cualquier hecho de violencia, hostigamiento intimidación, discriminación o cualquier forma de acoso entre estudiantes.

d) Sensibilizar a los integrantes de la comunidad educativa sobre la importancia de la Convivencia Democrática; realizando una labor de prevención e información a través de boletines informativos periódicos.

e) Participar en el proceso de incorporación de la Convivencia Democrática en los instrumentos de gestión del Colegio.

f) Mantener estrecha relación con las Coordinaciones y docentes para la detección de casos de acoso, hostigamiento y violencia entre estudiantes.

DE LA COORDINADORA DE CONVIVENCIA PACIFICA

a) Convocar al equipo responsable del Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa.

b) Orientar y conducir las reuniones del Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa

c) Realizar el acta de reunión del Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa

d) Coordinar con el Comité de Convivencia Pacífica, los procedimientos a establecerse en el Plan de Convivencia Pacífica y Democrática.

e) Coordinar el diagnóstico de la situación de la Convivencia Democrática y el clima institucional.

f) Estructurar el diseño, implementación, ejecución y evaluación del plan de prevención e intervención ante situaciones que afectan la convivencia escolar y el clima institucional.

g) Orientar la producción de material educativo ( Boletines) pertinente para la comunidad educativa, y su entrega a los estamentos respectivos

h) Coordinar la implementación de lo establecido en el Libro de Incidencias. i) Coordinar la efectiva realización e implementación de las medidas correctivas

establecidas en cada caso. j) Establecer una comunicación directa con los padres de familia en cada caso y estar

pendiente de la implementación de las medidas correctivas en lo referido a los mismos.

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REGLAMENTO INTERNO 48

k) Presentar informes trimestrales acerca del desarrollo del Plan de Convivencia Pacífica y Democrática.

DE LA ASESORÍA LEGAL:

a) Cautelar que los procedimientos y medidas correctivas se establezcan y ejecuten en el marco de la Ley, el presente Reglamento y correspondiente Directiva.

b) Apoyar las acciones del equipo responsable de la Convivencia Democrática en el Colegio cuando éstas traspasan su jurisdicción.

DE LA COORDINACIÓN DE TUTORÍA Y PSICOPEDAGÓGICA Como integrante del equipo responsable, el profesional de Psicología tiene entre sus funciones:

a) Participar en la implementación de los programas y proyectos que el Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales, promueve para fortalecer la Convivencia Democrática en el Colegio.

b) Coordinar con los docentes y tutores a fin de orientar su acción en los casos de violencia y acoso entre estudiantes.

c) Promover y participar en redes de interaprendizaje e intercambio profesional y laboral.

d) Presentar el informe de sus acciones profesionales a la instancia superior correspondiente y contribuir a la elaboración del informe de la implementación y ejecución del Plan de Convivencia Democrática del Colegio.

e) Brindar orientación y consejería psicológica a los estudiantes del Colegio que lo requieran o sean derivados por sus respectivos tutores.

f) Sensibilizar a los integrantes de la comunidad educativa sobre la importancia de la Convivencia Democrática.

g) Participar en el proceso de incorporación de la Convivencia Democrática en los instrumentos de gestión del Colegio.

h) Contribuir a la elaboración, implementación, ejecución y evaluación del Plan de Convivencia Democrática del Colegio, participando en:

i) El diagnóstico de la situación de la Convivencia Democrática y el clima institucional. j) El diseño, implementación, ejecución y evaluación del plan de prevención e

intervención ante situaciones que afectan la convivencia escolar y el clima institucional.

k) La producción de material educativo pertinente para la comunidad educativa. DE LOS TUTORES DE AULA

a) Detectar, atender y denunciar de inmediato ante el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa los hechos de violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y cualquier otra manifestación que constituya acoso entre los estudiantes, incluyendo aquellos que se cometan por medios telefónicos, electrónicos o informáticos y sobre los que hayan sido testigos o hayan sido informados.

b) Sensibilizar a los estudiantes de su aula sobre la importancia de la Convivencia Democrática.

Artículo 59°: El equipo responsable del Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa se encargará de elaborar el Plan de Convivencia, que contendrá los lineamientos, objetivos y acciones para la correcta convivencia en el Colegio. En tal sentido, y de acuerdo a los lineamientos del Reglamento Decreto Supremo 010-2012,

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REGLAMENTO INTERNO 49

la convivencia democrática tendrá por finalidad crear procesos de democratización en las relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa, fomentando una cultura de paz y equidad entre sus miembros y buscando prevenir el acoso y violencia entre los estudiantes. Artículo 60º: Todas las acciones referentes a la Convivencia Pacífica y Orientación Educativa están reguladas por los procedimientos establecidos en el Plan de Convivencia Pacífica y Democrática. Artículo 61°: Implementación del Libro de Incidencias. La Dirección y el Comité de Tutoría y Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa implementarán el Libro de Incidencias donde debe registrarse todos los casos de acoso entre estudiantes. Este registro servirá para identificar las necesidades de atención de los estudiantes y procurarles un adecuado ambiente para el desarrollo de sus capacidades y habilidades de socialización. Artículo 62°: De las acciones a implementar. En caso de identificar relaciones interpersonales inadecuadas entre estudiantes deberán implementarse medidas correctivas y evitarse aquellas que contengan acciones de carácter punitivo. Artículo 63°: De la definición de medidas correctivas. Las medidas correctivas son el conjunto de acciones que tienen por finalidad el cambio de conductas por medio de la persuasión y apoyo especializado para ayudar al estudiante a desarrollar su voluntad, a respetarse y respetar el derecho de los demás a convivir armónicamente en comunidad. Artículo 64°: Características de las medidas correctivas Las medidas correctivas tienen las siguientes características:

a) Debe ser pertinente al desarrollo pedagógico b) Debe ser respetuosa de la integridad física, psíquica y moral de los estudiantes. c) Debe ser asertiva y constructiva, entendida como una medida que tienda a la

superación de sus debilidades. d) En casos críticos debe recibir apoyo de un centro especializado a donde se le

derivará previa coordinación con el padre de familia e) Debe propender a mejorar la autoestima del estudiante f) Debe ser formativa y reparadora. g) Debe ser oportuna.

Artículo 65°: Prohibición de medidas punitivas Está prohibido implementar medidas punitivas o que afecten la autoestima del estudiantes a través de tratos humillantes o que atenten contra su dignidad e integridad física y/o emocional. DEL ROL Y COLABORACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA Artículo 66°: El desarrollo de un marco de convivencia escolar democrática sin violencia requiere de la coordinación permanente con los padres de familia. Para ello, el colegio:

a) Realiza reuniones para coordinar con las familias acciones de prevención e intervención.

b) Aplica prácticas restaurativas para la solución de conflictos. c) Garantiza el bienestar integral de cada estudiante y, por tanto, asegura un manejo

prudente de la información en cada caso, así como el derecho de todo estudiante de

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REGLAMENTO INTERNO 50

ser tratado de una forma digna y justa. d) Registra en el Libro de Incidencias sobre violencia y acoso entre escolares, el

trámite seguido a cada caso, el resultado de la investigación y la medida correctiva aplicada, cuando corresponda.

e) Convoca a las familias de los estudiantes involucrados y coordina con ellos las acciones realizar para intervenir en cada caso.

f) Toma las medidas para asegurar el apoyo correspondiente a los estudiantes que hayan recibido agresión en la escuela.

COORDINACION DE PASTORAL Artículo 67°:

a) Colaborar con el Capellán del Colegio en la planificación, dirección, supervisión y evaluación de las actividades de pastoral para los padres, profesores y estudiantes, a fin de que todo el quehacer educativo tenga el sello evangelizador.

b) Contribuir a la internalización y el cumplimiento del Proyecto Educativo y de la Propuesta Pedagógicas, entre estudiantes, profesores y padres de familia, en lo concerniente a las actividades de Pastoral.

c) Organizar el equipo de pastoral con el asesoramiento del Capellán del Colegio. d) Promover entre la comunidad educativa, una esmerada y equilibrada valoración de

las actividades pastorales y de las diversas instancias de crecimiento en la fe, como un medio relevante y significativo, en el desarrollo integral de la persona.

e) Promover la integración de los docentes en las acciones de Pastoral del Colegio, favoreciendo la vivencia de su comportamiento cristiano.

f) Promover la religiosidad en las relaciones humanas y en toda actividad académica, cívica y de promoción comunal.

g) Propiciar la integración familiar y comunitaria de los estudiantes, siendo el gestor principal de las actividades que la favorezcan.

h) Fomentar en las jóvenes un verdadero sentimiento de adhesión y respeto por el prójimo y el compromiso de practicar con voluntad y convicción el mensaje cristiano.

i) Formar una comunidad educacional cada vez más auténtica, en los preceptos cristianos y en las urgencias pastorales de la Iglesia.

j) Propiciar en los estudiantes acciones de bienestar social. k) Otras que le sean asignadas por la Dirección.

Artículo 68°: Son deberes de la Coordinadora de Pastoral, los siguientes:

a) Fomentar las prácticas de piedad y de vida sacramental entre los estudiantes. b) Mantener cordiales relaciones con los padres de familia, ilustrándolos y

comprometiéndolos en las tareas de orientación de sus hijos. c) Fomentar en la Comunidad Educativa el encuentro diario con el Señor a través de la

Oración. d) Preparar, dirigir y evaluar conjuntamente con el Capellán del Colegio, los retiros,

jornadas, encuentros y cursillos de formación religiosa para los estudiantes, personal del Colegio y padres de familia, en coordinación con la coordinadora del nivel.

e) Organizar las celebraciones del calendario litúrgico con la participación de la Comunidad Educativa.

f) Organizar y coordinar con los Tutores la preparación de las oraciones al inicio del día, el periodo de reflexión y participación en las celebraciones litúrgicas.

g) Organizar, coordinar y ejecutar las campañas de proyección a la comunidad. h) Orientar y apoyar al equipo docente de Religión en las diferentes etapas del proceso

educativo.

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REGLAMENTO INTERNO 51

i) Coordinar las celebraciones de Confirmación y Primera Comunión, bajo la dirección y responsabilidad del Capellán del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles Educativa, con la Directora, los Tutores y Padres de Familia.

j) Informar periódicamente a la Directora sobre la situación del Área de Religión. k) Revisar y proponer los materiales educativos más convenientes para el desarrollo

del área de Religión y las diferentes actividades que tengan relación con ella. l) Representar al Colegio en las actividades religiosas dentro y fuera de él. m) Fomentar en los estudiantes las prácticas de piedad como fruto de su fe, propiciando

que los lleve a una creciente y activa participación en los sacramentos. k) Se responsabilizará de las celebraciones religiosas especiales, así como de la

celebración de la Primera Comunión, dando a los estudiantes la debida preparación para estos solemnes actos.

l) Buscar la proyección social de las actividades del Colegio hacia la comunidad local con el apoyo de las tutoras.

m) Organizar el Equipo de Pastoral a través del cual se procura despertar en los miembros del personal y estudiantes, la conciencia de bautizados.

Estos organismos colaboran con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio.

CAPÍTULO VI

ORGANO DE APOYO SECRETARIA GENERAL Y DE NOTAS Artículo 69º: Son funciones y objetivos de la Secretaría General y de notas, los siguientes:

a) Fomentar con el buen trato un ambiente propicio para el desarrollo de toda acción y gestión educativa, a través del dominio de las relaciones humanas y públicas.

b) Llevar, archivar y tramitar toda documentación del Colegio en forma eficiente. c) Efectuar los trabajos de secretaría que le sean solicitados. d) Otras funciones que le asigne la Directora, previa coordinación entre ambos. e) Realizar coordinaciones con el Sector Educación. f) Elaborar constancias de matrícula y conducta. g) Elaborar certificados de estudios. h) Elaborar las fichas únicas de matrícula. i) Elaborar documentación oficial durante el año. j) Entregar oportunamente circulares a las tutoras para su reparto al alumnado. k) Brindar apoyo en la organización de los eventos y/o que la dirección del Centro

Educativo le solicite. Artículo 70º: Son deberes de la Secretaria General y de notas, los siguientes:

a) Recepcionar la correspondencia de la Directora firmando el cargo correspondiente. b) Revisar la correspondencia oficial recibida y presentarla a la Directora, según

corresponda, para su conocimiento, visación y despacho. c) Tramitar los documentos visados por la Directora, a quien corresponda, verificar los

cargos y/o encargar la distribución. d) Distribuir fotocopias de los documentos provenientes de otras dependencias a las

oficinas correspondientes.

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REGLAMENTO INTERNO 52

e) Redactar y transcribir: contratos, decretos, resoluciones, memorándums, circulares, comunicados y constancias, que se le soliciten.

f) Comunicar con claridad, las indicaciones o directivas emanadas por la Directora a los diferentes estamentos del Colegio.

g) Llevar la agenda diaria de la Directora, comunicando las entrevistas concertadas. h) Llevar los cuadros estadísticos del personal docente, trabajadores no docentes y

estudiantado. i) Mantener al día y con reserva del caso los archivos de personal en todos los

aspectos tramitados y registrados. j) Coordinar la impresión y la distribución del Plan Anual de Trabajo. k) Preparar un legajo especial con documentos importantes para la memoria Anual de

la Directora. l) Elaborar la relación de Padres de Familia, Guía Domiciliaria y Listas de Estudiantes. m) Recepcionar los expedientes de los postulantes que solicitan trabajo en el Colegio. n) Efectuar gestiones en representación del Colegio ante entidades públicas y privadas. o) Asistir a las reuniones de coordinación de la UGEL. p) Elaborar tarjetas de invitación para las ceremonias escolares. q) Recepcionar y dar trámite a las solicitudes de traslados de estudiantes coordinando

con Departamento de Notas.

SECRETARIA DE DIRECCIÓN Artículo 71°: La Secretaria de Dirección tiene un cargo de confianza, desarrolla su actividad en contacto personal y directo con la Dirección del centro educativo, teniendo acceso a información de carácter reservado. Es responsable de ejecutar con suma discreción todo lo dispuesto por la Dirección General, brindándole información oportuna y veraz, para el normal desarrollo de las actividades del Centro Educativo. Sus funciones son las siguientes:

a) Recibir, emitir y archivar la correspondencia de la Dirección General. b) Concertar citas a solicitud de la Dirección General. c) Redactar y digitar toda documentación que emane de la Dirección. d) Brindar apoyo en la organización de eventos que promueve la Dirección. e) Concertar citas con la Dirección a solicitud de los padres de familia, profesoras,

estudiantes u otras personas. f) Elaborar circulares que emanen de la Dirección. g) Recibir y responder correos electrónicos de padres de familia y otros por encargo de

la Dirección. h) Atender las llamadas internas y externas para la Dirección. i) Dar cuenta inmediata a la directora de los casos que demanden pronta solución.

SECRETARIA DE SUBDIRECCIÓN Artículo 72°: La Secretaria de Subdirección tiene un cargo de confianza, desarrolla su actividad en contacto personal y directo con la Subdirectora del centro educativo, teniendo acceso a información de carácter reservado. Es responsable de ejecutar con suma discreción todo lo dispuesto por la Subdirección, brindándole información oportuna y veraz, para el normal desarrollo de las actividades del Centro Educativo. Sus funciones son las siguientes:

a) Recibir, emitir y archivar la correspondencia de la Secretaria General y de notas firmando el cargo.

b) Redactar y digitar toda documentación que emane de la Subdirección. c) Brindar apoyo en la organización de eventos que promueve la Dirección y

Subdirección.

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REGLAMENTO INTERNO 53

d) Concertar citas a solicitud de los padres de familia, profesoras, estudiantes u otras personas.

e) Coordinar el Proceso de Admisión y Matrícula de Estudiantes. f) Recibir y responder correos electrónicos de padres de familia y otros por encargo de

la Subdirección. g) Atender las llamadas internas y externas para la Subdirección. h) Dar cuenta inmediata a la Subdirectora de los casos que demanden pronta solución. i) Brindar apoyo a las coordinadoras de Inicial, Primaria y Secundaria. j) Brindar apoyo en la toma fotográfica de las diferentes actividades de nuestro

Colegio. k) Otras funciones que le asigne la Directora, previa coordinación entre ambos.

SECRETARIA DE PADRES COLABORADORES Artículo 73°: Función y objetivo del cargo.

a) Fomentar con el buen trato un ambiente propicio para el desarrollo de toda acción y gestión educativa, a través del dominio de las relaciones humanas y públicas.

b) Llevar, archivar y tramitar la documentación del colegio del área correspondiente en forma eficiente.

c) Efectuar los trabajos de secretaria que le sean solicitados. d) Elaborar un registro de los padres colaboradores. e) Comunicar con claridad, las indicaciones o directivas emanadas por la Directora. f) Tramitar los documentos visados por la Dirección. g) Elaborar relación de padres de familia, guía domiciliaria. h) Colaborar y verificar la documentación de las movilidades escolares. i) Otras funciones asignadas por la Dirección. j) Brindar servicios de Fotocopiado requeridos por los miembros de la comunidad

educativa. Artículo 74°: Deberes del cargo.

a) Asistir a las reuniones de coordinación del Colegio. b) Mantener al día el registro de padres colaboradores. c) Informar periódicamente sobre acciones realizadas en su área. d) Apoyar en todas las actividades culturales y sociales que organiza el Colegio.

TESORERIA Artículo 75º: Función y objetivo del cargo.

a) Llevar correctamente todo el sistema contable del Centro Educativo con el asesoramiento del Contador del Colegio.

b) Brindar la información necesaria al Contador para la elaboración del Presupuesto. c) Registrar ingresos y egresos. d) Mantener informada a la Directora sobre la situación del área de su competencia. e) Coordinar permanentemente con el Contador sobre las diferentes operaciones de

ingresos y egresos. f) Controlar permanentemente los saldos de las diferentes cuentas bancarias

informando oportunamente a la Directora y al Contador. g) Desempeñar otras funciones asignadas por la Dirección.

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REGLAMENTO INTERNO 54

Artículo 76º: Deberes del cargo.

a) Control de ingresos al Colegio por diversos rubros. b) Atención a los padres de familia con problemas económicos, derivándolos a la

Dirección. c) Elaborar las órdenes de pago indicadas por la Directora. d) Efectuar las gestiones bancarias necesarias. e) Mantener al día todos los libros de caja, registros de pagos, talonarios de recibos,

libro diario, libro de ingresos y egresos con la respectiva documentación. f) Entregar diariamente los fondos recabados a la coordinación administrativa, con la

documentación sustentadora. g) Pagar impuesto en la fecha correspondiente. h) Brindar la información necesaria al contador para la elaboración de las planillas de

pago de haberes y salarios (descuentos, horas extras). i) Entregar las boletas de pago y verificar su devolución debidamente firmadas. j) Elaborar planillones para pago de CTS, AFP e IPSS. k) Matricular al estudiantado e informar a otras entidades solo cuando recibe orden

expresa de la Dirección General. l) Llevar estricto control del pago de pensiones informando oportunamente el atraso de

las mismas. m) Elaborar la relación de padres de familia con domicilio, teléfono en coordinación con

la recepcionista del Colegio. n) Colaborar con las actividades que organice el Colegio dentro y fuera del horario de

trabajo. o) Reportar la información requerida para contratar el Seguro de Vida Ley. p) Absolver consultas del personal sobre descuentos por inasistencias o por cualquier

asunto cuya información es de su competencia. q) Organizar el historial laboral de todos los trabajadores. r) Certificar los depósitos correspondientes al seguro social, sistema nacional de

pensiones y demás aportes, conforme a ley. s) Registrar los adelantos de sueldo y/o gratificaciones al personal y descontar, por

planilla, según lo indicado. t) Realizar diversas cobranzas. u) Elaborar certificados de remuneraciones y retenciones. v) Archivar documentación relacionada con el movimiento económico-financiero. w) Preparar y tramitar subsidios (Essalud). x) Controlar las vacaciones del personal e informar a la Dirección administrativa. y) Realizar el cierre y arqueo de caja de cada semana. z) Realizar depósitos, cobranzas y otros pagos.

RECEPCIÓN Artículo 77º: Son funciones y objetivos de la Recepcionista, los siguientes:

a) Atender al público proporcionando información concreta, oportuna y veraz a través del dominio de las relaciones humanas.

b) Otras que le asigne la Dirección del Colegio. Artículo 78º: Son deberes de la Recepcionista, los siguientes:

a) Concertar las entrevistas de los profesores, padres de familia, estudiantes y demás visitas.

b) Recepcionar cortésmente a las visitas y anunciarlas a quien corresponda para su atención.

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REGLAMENTO INTERNO 55

c) Atender preferentemente a los padres de familia, profesores, estudiantes y público en general, proporcionando información y orientación oportuna.

d) Atender las llamadas telefónicas, tomar nota, comunicar y proporcionar información pertinente.

e) Recepcionar la correspondencia firmando el cargo respectivo y remitirla a Secretaría General y de notas.

f) Concertar las citas de padres de familia con los profesores comunicando al personal docente en forma anticipada.

g) Llevar control de las llamadas recibidas. h) Elaborar la relación de Padres de Familia y/o apoderados, anotando sus teléfonos. i) Distribuir la correspondencia personal enviada por otras instituciones. j) Llevar el control de llamadas entrantes. k) Llevar el control de llamadas telefónicas que solicitan las oficinas internas. l) Llevar el control de visitas. m) Recepcionar y llevar el control de padres de familia que asisten a entrevistas con

profesores. BIBLIOTECA Artículo 79°: Son funciones de la Bibliotecaria:

a) Planificar, organizar, dirigir y monitorear las actividades técnico administrativas de los programas asignados al área de su competencia.

b) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnico normativos de Bibliotecología.

c) Dirigir el procesamiento técnico Bibliotecario de la colección bibliográfica y los servicios a los usuarios.

d) Dirigir la elaboración de publicaciones de la Biblioteca. e) Asumir con prontitud y eficacia las tareas del servicio de libros. f) Cuidar el orden y disciplina en la sala de lectura. g) Llevar al día el registro de inventario en el que inscribirá todo libro que ingrese, con

los datos de autor, materia, precio y procedencia. h) Absolver consultas bibliográficas que requieran investigación especial. i) Educar a las estudiantes, en el correcto uso de los servicios de la Biblioteca,

siguiendo los procedimientos correspondientes. j) Proponer, de acuerdo con las sugerencias de la Directora, Sub Directora y

Coordinadoras de Nivel, las adquisiciones que deben realizarse. k) Presentar bimestralmente a la Directora, el informe sobre la marcha de la Biblioteca,

adjuntado las sugerencias y recomendaciones para el mejoramiento de este servicio. l) Prestar asesoramiento a los usuarios en el campo de su especialidad. m) Clasificar y catalogar el material bibliográfico y documental, de acuerdo a sistemas

y/o métodos específicos. n) Coordinar con la Subdirectora y las Coordinadoras de Nivel, el horario de atención

de la Biblioteca. o) Elaborar informes bimestrales sobre el funcionamiento de la biblioteca. p) Efectuar un inventario anual de los libros, bienes y material de Biblioteca. q) Difundir los servicios que brinda la Biblioteca. r) Seleccionar el material bibliográfico y renovarlo si es necesario. s) Reparar y renovar el material bibliográfico. t) Organizar exposiciones bibliográficas y culturales.

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REGLAMENTO INTERNO 56

AUXILIAR DE BIBLIOTECA Artículo 80°: Son funciones de la Auxiliar de la Biblioteca:

a) Planificar y organizar en coordinación con la bibliotecaria, los programas y ambientes adecuados para la realización de las actividades programadas. Llevar un inventario actualizado del material y velar por el buen uso de los equipos con que se dispone.

b) Otros que le asigne la Dirección. c) Cuidar el orden y disciplina en la sala de lectura y velar por el uso correcto de la

misma. d) Inscribir a los usuarios para la obtención del carnet de Biblioteca. e) Atender a los usuarios y entregar el material de lectura, controlando el buen uso y

devolución. f) Controlar el cuidado de los libros de consulta a su cargo y el préstamo de los

mismos. g) Atender a los docentes en la solicitud de material audiovisual, bibliográficos y

elaborar horario las visitas a la biblioteca. h) Vigilar que los materiales y equipos encomendados, no salgan del Colegio bajo

ningún pretexto. i) Mantener al día una relación detallada con número de serie y otras características

necesarias de toda la maquinaria y equipos a su cargo. j) Participar en la recepción, registro y distribución del material de lectura que sale e

ingresa a la Biblioteca. k) Llevar el control y registro de los equipos y materiales asignados a la Biblioteca. l) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico y didáctico. m) Acomodar en estantes y anaqueles los libros y revistas, catálogos y ficheros. n) Clasificar y catalogar el material bibliográfico y audiovisual. o) Coordinar con la Subdirectora la consecución de catálogos de material bibliográfico y

audiovisual. p) Sugerir a la Dirección la conveniencia de adquirir nuevos equipos o material

didáctico. q) Coordinar todo lo concerniente a la filmación de programas educativos. r) Indagar sobre cursillos o seminarios de su campo y asistir a los mismos para el

mejor desempeño de su labor. s) Presentar informes bimestrales sobre la labor desempeñada. t) Elaborar el inventario anual del material y equipos audiovisuales. u) Seleccionar, reparar y renovar el material audiovisual si fuera necesario. v) Coordinar con las docentes el uso del equipo multimedia a usar en el ambiente de

biblioteca. IMPRESIONES Y ABASTECIMIENTO Artículo 81°: Son funciones del encargado de impresiones y abastecimiento: ABASTECIMIENTO

a) Presentar proformas y ejecutar la compra de materiales para limpieza, carpintería, jardinería, útiles de oficina y otros.

b) Realizar la distribución y control de abastecimientos del Colegio. c) Supervisar y ejecutar la limpieza general del Colegio. d) Proponer a la Dirección mejoras técnicas de acuerdo con los medios con que cuenta

El Colegio. e) Proporcionar información para la elaboración del inventario del Colegio.

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REGLAMENTO INTERNO 57

f) Participa en el mantenimiento del Colegio. g) Entregar al comienzo del año y recibir al finalizar el año material de oficina de las

aulas, llevar un registro de cargo de entregas, así como también velar por el mantenimiento de las mismas.

h) Entregar material didáctico a solicitud de los profesores para el desarrollo de las actividades educativas.

i) Llevar el control de stock de útiles y materiales. j) Entregar los equipos audiovisuales a las profesoras. k) Entregar anualmente los textos escolares para implementar las bibliotecas de las

aulas, así como mantener actualizado el padrón de registro de libros y las listas de cargos de las aulas.

l) Recibir y verificar la devolución anual de materiales y textos por las tutoras. m) Presentar proformas a la Dirección y ejecutar la compra de materiales para el

Colegio. n) Registrar el ingreso y egreso de materiales de la oficina en el sistema de inventarios.

IMPRESIONES FUNCIONES GENERALES: Es el órgano encargado de coordinar, supervisar y ejecutar las labores de impresión.

a) Coordinar los trabajos de impresión. b) Adquirir oportunamente los insumos y materiales necesarios para el desempeño de

las actividades. c) Brindar el servicio de fotocopias, enmicado y anillado. d) Apoyar en la reproducción de pruebas. e) Supervisar la impresión solicitado por las docentes. f) Llevar el control del material impreso y coordinar con la autoridad superior el

mantenimiento de los equipos de impresión. g) Abastecer el papel a la máquina fotocopiadora. h) Colocar el thonner cuando sea necesario. i) Ordenar y contabilizar la producción de la impresión. j) Archivar todos los trabajos que se han realizado en el día. k) Mantener limpia el área de su trabajo como de sus máquinas. l) Operar máquinas sencillas como guillotina, engrapadoras, perforadoras y similares

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Recoger los folders en las oficinas de las coordinaciones de los niveles de inicial,

primaria, secundaria conteniendo los trabajos para fotocopias. b) El área de impresión recepciona la hoja de requerimiento, se revisa que tenga el

visto bueno de la coordinadora y su respectiva firma, caso contrario no se prestará el servicio de fotocopia.

c) Permanece en el archivo del área de impresiones los trabajos en original y su requerimiento firmado para luego proceder al vaceado de la información (cantidad, fecha, etc.) en el cuaderno de fotocopia.

d) Archivar los trabajos originales en su respectivo casillero, que cuenta con el nombre de cada profesora, llevando en orden la cantidad de copias para su contabilidad.

e) Los trabajos fotocopiados del nivel Primaria a partir del 2do. grado hasta el 6to. grado y nivel Secundaria a parir del 1ro. a 5to. Año de secundaria, se entregan a la persona responsable, quien se encuentra ubicada en la sala de profesores para su distribución a cada profesor.

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REGLAMENTO INTERNO 58

f) Los trabajos fotocopiados de inicial de 3 años, 4 años, 5 años y 1er. grado de primaria, se entregan a la coordinadora de nivel para su distribución a cada profesora.

g) Atender con prioridad los trabajos de las áreas administrativas (Dirección, Administración, Sub Dirección) como circulares, hoja de entrevistas, FUT, comunicados, etc.

h) Otras funciones que le asigne la Directora, previa coordinación entre ambos. ENFERMERÍA Artículo 82°: Son funciones de la enfermera:

a) Brindar atención de primeros auxilios a toda la comunidad educativa durante la jornada escolar

b) Anotar las atenciones de los estudiantes de acuerdo a los protocolos del servicio de enfermería del Colegio.

c) Mantener actualizado los registros de atención diaria. d) Mantener actualizada la ficha medica de cada estudiante. e) Emitir informes estadísticos de acuerdo a la morbilidad, accidentabilidad y

atenciones otorgadas. f) Coordinar con la dirección del Colegio las estrategias de comunicación necesarias

frente a problemas de salud del Colegio que revistan carácter epidémico. g) Controlar los recursos asignados. h) Derivar a los estudiantes al recinto asistencial más cercano en caso de urgencias o

enfermedad grave, en coordinación directa con los padres de familia. i) Administrar Tratamientos crónicos previa entrevista con la madre o padre del

estudiante. j) Realizar campañas de prevención de la salud. k) Proponer a la Dirección las compras de material de primeros auxilios. l) Promover el desarrollo de actividades de bienestar para toda la Comunidad

Educativa. m) Elaborar y actualizar la base de datos de los estudiantes asegurados y exoneradas

del seguro escolar. n) Registrar a los estudiantes con enfermedades pre-existentes. o) Administrar medicamentos pautados (enviados de casa por indicación de los

padres). p) Elaborar un reporte mensual y anual de la atención de los estudiantes por

enfermedad. q) Hacer el reporte diario de la salida de los estudiantes por enfermedad. r) Elaborar boletines informativos. s) Elaborar el mural informativo con diferentes temas en el año. t) Planificar y desarrollar el trabajo de atención primaria de la salud de emergencia

antes del inicio de cada año escolar. MANTENIMIENTO Artículo 83°: Son deberes del Jefe de Mantenimiento

a) Planifica las actividades del personal a su cargo. b) Supervisa el mantenimiento de las instalaciones. c) Ordena y supervisa la reparación de equipos. d) Estima el tiempo y los materiales necesarios para realizar las labores de

mantenimiento y reparaciones. e) Elabora notas de pedidos de materiales y repuestos.

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REGLAMENTO INTERNO 59

f) Suministra al personal los materiales y equipos necesarios para realizar las tareas asignadas.

g) Rinde información al jefe inmediato, del mantenimiento y las reparaciones realizadas.

h) Efectúa inspecciones de las instalaciones para detectar fallas y recomendar las reparaciones pertinentes.

i) Planifica, coordina y controla el mantenimiento preventivo y correctivo de equipos y sistemas eléctricos, electrónicos y/o mecánicos.

j) Controla el mantenimiento y las reparaciones realizadas. k) Inspecciona el progreso, calidad y cantidad de trabajos ejecutados. l) Supervisa y controla el personal a su cargo. m) Evalúa el personal a su cargo. n) Detecta fallas, dificultades y/o problemas que se presenten durante la ejecución del

trabajo y decide la mejor solución. o) Tramita requisiciones de materiales de mantenimiento y reparaciones. p) Adiestra al personal a su cargo sobre los trabajos a realizar. q) Atiende las solicitudes y reclamos por servicio, mantenimiento y reparaciones, e

imparte las correspondientes órdenes para la solución de éstos problemas. r) Elabora y presenta los reportes estadísticos referidos a aspectos de su competencia. s) Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía. t) Elabora informes periódicos de las actividades realizadas. u) Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada.

Artículo 84°: Son deberes del Personal de Mantenimiento

a) Asumir la responsabilidad del mantenimiento y cuidado del Colegio. b) Mantener debidamente limpios los compartimientos, mobiliario, enseres y demás

servicios. c) Impedir el ingreso de personas extrañas a los ambientes restringidos del Colegio,

sin permiso de la Dirección. d) Colaborar con la Dirección y el Personal en las actividades que requieran sus

servicios. e) Cumplir con el horario de 8 horas diarias, de lunes a sábados. f) Cuidar el mobiliario del Colegio. g) Colaborar con el Director y el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación

Educativa en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio.

h) Informar a la Dirección sobre algún deterioro del mobiliario, instalaciones eléctricas, sanitarios e infraestructura.

i) Entregar a la Dirección o Coordinación General o en Secretaría los objetos ajenos encontrados.

j) No retirar del Colegio objetos o materiales sin autorización. k) No dar información del Personal o trabajadores que laboran en nuestro Colegio. l) Tener un trato cordial y amable con los estudiantes, Padres de Familia y el Personal

del Colegio. m) Las prohibiciones, son todas aquellas que se contemplan en el presente

Reglamento Interno.

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REGLAMENTO INTERNO 60

VIGILANCIA Artículo 85°: Son funciones del Personal de Vigilancia:

a) Control del ingreso del personal docente del colegio. b) Control del ingreso de proveedores a las áreas administrativas, kiosco,

concesionario y auditorio. c) Verificación de la salida del alumnado con sus padres o con su respectivo carné de

salida. d) Velar por la seguridad de las instalaciones del colegio. e) Cuidar que no ingrese al colegio personal no autorizado.

CAPÍTULO VII ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN DE LOS DEBERES DE LOS PADRES COLABORADORES Artículo 86°: Es el órgano a través del cual los Padres de Familia, Tutores o Apoderados colaboran en el proceso educativo de sus hijos. A su vez, en cumplimiento de la Ley 29649 y su Reglamento, participan en la selección de los textos escolares propuestos por el Colegio. Los Padres Colaboradores son elegidos en cada sección, y de forma independiente o conjunta representan al grado para la selección de los textos escolares propuestos por el Colegio. La duración de su labor es de un año y puede ser renovada. Artículo 87°: Son deberes de los padres colaboradores

a) Apoyar a solicitud de los profesores o del tutor de aula, las actividades que requieran mayor atención en beneficio de los estudiantes.

b) Cooperar a solicitud del profesor de aula o del tutor las actividades culturales, deportivas, sociales y las que contribuyan a la formación integral de los estudiantes.

c) Elaborar responsablemente el Plan de Trabajo d) Trabajar coordinadamente con la Dirección del Colegio. e) Presentar un informe semestral de las actividades desarrolladas al Consejo

Directivo. f) Seleccionar los textos escolares partiendo de la propuesta realizada por el Colegio.

ASOCIACION DE EX ALUMNAS Artículo 88°: La Asociación de Ex Alumnas es una entidad que continua la obra formativa del Colegio, manteniendo los vínculos espirituales de las Ex Alumnas con su “Alma Mater”. Artículo 89°: Los fines de la Asociación de Ex Alumnas son los siguientes:

a) Vincular mejor a las Ex Alumnas con el Colegio donde recibieron su formación intelectual, moral y física.

b) Proporcionar entre las Ex Alumnas de todas las promociones la cooperación más amplia, ayudándose mutuamente dentro de las esferas de sus actividades.

c) Facilitar la educación de los hijos, nietos y familiares cercanos de las Ex Alumnas que necesiten apoyo.

d) Sostener vinculación constante con los docentes del Colegio, ayudándolas intelectual y moralmente

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REGLAMENTO INTERNO 61

e) Promover actuaciones culturales, artísticas y deportivas entre estudiantes y Ex Alumnas, procurando cooperar con ellas por lo menos con su asistencia y la de sus familiares.

f) Contribuir a la organización de las sociedades promocionales del Colegio, para estrechar los vínculos entre ellas y la Asociación.

g) Colaborar a la solución de los problemas educacionales que pudieran presentarse en el Plantel, para mantener su prestigio y contribuir a su progreso.

Artículo 90°: La organización y funcionamiento de la Asociación de Ex Alumnas se regirá por su Estatuto Particular. Artículo 91°: La Organización tendrá como asesora a la Directora del Colegio.

TÍTULO III

RÉGIMEN ACADÉMICO DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ESCOLAR

Artículo 92º: El trabajo escolar comprende cuatro periodos que se desarrollarán desde la primera semana del mes de marzo hasta la tercera semana de diciembre. Artículo 93º: El trabajo educativo abarcará los siguientes aspectos:

a) Planificación y Organización. b) Desarrollo Curricular c) Monitoreo y Acompañamiento Pedagógico d) Informes Semestrales y Finales

CAPÍTULO I

DEL PERIODO DE PLANEAMIENTO Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

Artículo 94º: Se iniciará a partir de la primera quincena de febrero y concluirá dos días antes del inicio del periodo de desarrollo curricular y en él se realizará:

a) Ratificación de la matrícula de los estudiantes antiguos. b) El proceso de admisión y matrícula de los estudiantes nuevos. c) Evaluación y admisión de personal. d) Elaboración del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) e) Distribución de cargos docentes, tutores de aula, asesores de línea, responsables de

organismos estudiantiles. f) Capacitación, perfeccionamiento y actualización del personal. g) Elaboración del Plan Anual de Trabajo (PAT) h) El reajuste del Reglamento Interno. i) Calendarización del año académico. j) Elaboración de Planes, Programas y Unidades de Aprendizaje y Proyectos

Pedagógicos de cada una de las áreas o líneas de acción correspondientes a cada grado.

k) Elaboración del cronograma de actividades. l) Elaboración de directivas, fichas y otros documentos educativos. m) Elaboración del Cuadro de Distribución de Horas de clase entre el personal. n) Distribución de los periodos y horas de clases, y elaboración de los horarios

correspondientes.

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o) Organización y ambientación de los salones de clase y la distribución del estudiantado según las normas establecidas por la Dirección.

p) Reacondicionamiento de las instalaciones y mobiliario del Colegio. q) Coordinación para el ingreso de las movilidades al Colegio.

Artículo 95º: El Plan Anual de Trabajo será elaborado antes del inicio de clases con participación del personal del Colegio. Será aprobado por la Directora quien tiene la responsabilidad de su presentación a las autoridades correspondientes. Artículo 96º: El Reglamento Interno será revisado y reajustado anualmente por una Comisión de los diferentes niveles educativos y áreas de trabajo del Colegio. Será aprobado por la Directora y remitido a las instancias correspondientes.

CAPÍTULO II

DEL PERIODO DE DESARROLLO CURRICULAR

Artículo 97º: El desarrollo curricular se iniciará el primer día útil de marzo. Comprenderá dos semestres lectivos con un total de 37 semanas. El semestre estará dividido en dos periodos bimestrales de 9 semanas cada uno (solo el primer bimestre estará comprendido en 10 semanas). Artículo 98º: A la finalización de cada bimestre habrá una semana de descanso vacacional que corresponde al estudiantado. Artículo 99º: No habrá labores escolares los días feriados que sean declarados oficialmente por el gobierno. Artículo 100º: El Programa Curricular se elaborará de acuerdo con el Plan de Estudios aprobado por el Ministerio de Educación para el COLEGIO PRIVADO BILINGÜE REINA DE LOS ANGELES y demás disposiciones vigentes sobre el particular. Artículo 101º: La Dirección aprueba la programación curricular de cada asignatura con la opinión de los Asesores de Área y considerando las disposiciones del Ministerio de Educación.

CAPÍTULO III

MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGOGICO Artículo 102º: Es responsabilidad de la Directora y la ejerce personalmente y/o por medio del personal jerárquico de cada nivel o área. Artículo 103º: Tiene como objetivos:

OBJETIVOS GENERALES: a) Implementar acciones de monitoreo y el asesoramiento pedagógico en el Colegio en

forma planificada y oportuna con el propósito de fortalecer las capacidades de los docentes, brindar un mejor servicio a la comunidad educativa y mejorar los aprendizajes de los estudiantes.

b) Establecer mecanismos que ayudan a fortalecer a los agentes educativos para mejorar la Gestión, en función de los Estándares Educativos (Regionales y Locales)

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a través de una participación responsable. c) Contribuir a la mejora de los procesos de desarrollo curricular en el aula, y; los

procesos cognitivos en los estudiantes, a través del sistema de Asesoría, Monitoreo y Acompañamiento Pedagógico permanente.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

a) Precisar el marco legal y teórico para la Asesoría, Monitoreo y Acompañamiento

Pedagógico de acuerdo a lo establecido en la RVM Nº 038-2009-ED., necesario para su ejecución en las II. EE.

b) Institucionalizar la Asesoría, Monitoreo y Acompañamiento Pedagógico como práctica inherente a la dinámica de trabajo en todas las II. EE. Para el mejoramiento continuo de los procesos de aprendizaje.

c) Verificar de manera permanente la carpeta y portafolio pedagógico de los docentes. (Las Programaciones curriculares anuales, Unidades Didácticas: Unidades de Aprendizaje,

d) Proyectos de Aprendizaje, Módulos de Aprendizaje, Sesiones de Aprendizaje, registro auxiliar, registro anecdótico y otros).

e) Fortalecer las capacidades de los docentes del Colegio a través de procesos de diálogo interactivo y reflexivo en torno a dos elementos ligados centralmente a los logros de aprendizaje: Condiciones para el aprendizaje Competencias pedagógicas.

f) Realizar visitas a las diferentes aulas a fin de recoger información respecto condiciones de aprendizaje y competencias pedagógicas, considerando estrategias tales como: La observación del aula de clase y las sesiones pedagógicas.

g) Identificar las fortalezas de la práctica docente y las que se deben mejorar en relación a las condiciones de aprendizaje en el Colegio y en torno a las competencias pedagógicas observadas en las sesiones de aprendizaje.

h) Brindar orientación y asesoría a los docentes en torno a la información recogida, considerando la identificación de: Buenas prácticas que puedan ser difundidas y replicadas, buscando con ello la motivación de otros docentes a fin de que logren las metas de aprendizaje planteadas y los aspectos que requieren ser fortalecidos por procesos formativos y de asesoramiento, con miras a lograr las metas de aprendizaje previstas en el PATCRA 2015.

i) Realizar asesoramiento y acompañamiento pedagógico en forma permanente desde el inicio hasta la finalización del año escolar 2015, con la finalidad de orientar, apoyar, asesorar oportunamente sobre las dificultades registradas en las acciones educativas que desarrollan los docentes del aula.

j) Garantizar el uso, producción y conservación de los materiales educativos existentes en el plantel, como un medio primordial de apoyo del proceso de Enseñanza y aprendizaje.

k) Asegurar que el servicio educativo que brinda el plantel se desarrolle en base a los ocho compromisos y los indicadores de gestión educativa y que respondan en calidad y eficacia a las exigencias de la comunidad.

l) Potenciar las relaciones de los miembros de la comunidad educativa, promoviendo la mutua colaboración y la participación organizada en las acciones educativas.

m) Fortalecer las competencias docentes mediante la incorporación de conocimientos pedagógicos relevantes en función a sus necesidades de aprendizaje.

n) Promover la reflexión, la socialización y el trabajo colegiado a partir de una interacción basados en la confianza, el respeto y la tolerancia.

o) Promover la construcción de propuestas innovadoras pedagógicas y la investigación en aula.

p) Generar expectativas favorables a la comunidad y las familias a fin de que participen con acciones concretas para mejorar el aprendizaje de sus hijos.

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Artículo 104°: MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGOGICO se desarrollará durante todo el año escolar y se regirá por lo establecido en el Decreto Supremo Nº 050-82-DE, Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa.

CAPÍTULO IV

INFORMES SEMESTRALES Y FINALES Artículo 105: El Periodo de Elaboración de Informes se iniciará inmediatamente después de concluidas las clases y terminará el último día laborable del mes de diciembre. Durante este periodo se realizará:

a) La elaboración de los informes anuales de docentes, personal jerárquico y directivo. b) La determinación de los Primeros Puestos de la Promoción. c) La clausura del año escolar. d) La entrega de certificados de estudios. e) La remisión del informe anual a las autoridades educacionales. f) Se efectuará un balance exhaustivo de las actividades realizadas. g) Elaborará un esquema preliminar de las acciones de planificación para el año

siguiente. Artículo 106°: Los estudiantes tendrán un periodo vacacional de dos meses. Las vacaciones se iniciarán al día siguiente de la clausura del año escolar.

TÍTULO IV

DEL REGIMEN DE EVALUACION Y CERTIFICACION

CAPÍTULO I

DE LA EVALUACION DE LA EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN Artículo 107°: En el Colegio Reina de los Ángeles, la evaluación, promoción y certificación de los estudiantes, se sustenta en las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. Así mismo, por las directivas y normas específicas, que anualmente emite el Ministerio de Educación y los órganos especializados del Ministerio de Educación. Para el caso de la evaluación y repitencia de los estudiantes de los niveles de inicial y primaria se incluye los acápites correspondientes de la Directiva Nº 004-VMGP-2005, aprobada por R.M. Nº 0234-2005-ED Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la educación básica regular. DE LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES Artículo 108: La evaluación del estudiante es integral, permanente, flexible y referida a criterio. Es decir, se evalúa al estudiante en sus dimensiones emocional, intelectual y psicomotora, a lo largo de las actividades de aprendizaje y respetando los ritmos individuales de cada estudiante, en función de las metas de aprendizaje planificadas para

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cada área y grado. La evaluación se realiza de acuerdo a las normas vigentes y no consiste únicamente en pruebas escritas mensuales, bimestrales o finales. Para evaluar a los estudiantes, se consideran todos los procedimientos válidos contemplados en las normas educativas vigentes (R.M.N. 0234-2005-ED). La evaluación del comportamiento se realiza con fines de ayuda y orientación. En ella se tiene en cuenta, entre otros, los criterios de responsabilidad, veracidad, ayuda mutua y respeto a la persona, orden y puntualidad. La evaluación anual del comportamiento correspondiente a la calificación obtenida por cada estudiante en el cuarto bimestre del año escolar en curso. Son objetivos de la evaluación:

a) Conocer los logros alcanzados por el estudiante y obtener información acerca de los elementos influyentes en el proceso enseñanza-aprendizaje, a fin de adoptar las medidas necesarias para alcanzar los objetivos del trabajo educativo.

b) Estimular el esfuerzo del estudiante, brindándole los incentivos necesarios que hagan factible el pleno desarrollo de sus potenciales.

c) Proporcionar información sobre el avance y logros del aprendizaje a los padres de familia y a los estudiantes.

d) De acuerdo a la temporalidad la evaluación puede ser: e) De entrada o inicio, para conocer las capacidades o habilidades desarrolladas por el

estudiante, conocer a su familia y el ambiente que lo rodea; verificar las condiciones previas y los conocimientos que poseen. Esta evaluación es de carácter diagnóstico.

f) De proceso o formativa, permanente, orientadora, estimulante que exige analizar las formas de evaluación para presentar el informe respectivo a la dirección académica sobre todo el sistema de evaluación realizado. Permite reformular y observar la pertinencia de las estrategias e instrumentos.

g) De salida o sumativa parcial y final para determinar el nivel de logro del año lectivo. h) Considerando a los sujetos de evaluación promovemos la autoevaluación, la

coevaluación y la heteroevaluación. Artículo 109°: En las evaluaciones se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) La evaluación será permanente, sistemática y acumulativa para todos los Grados y Niveles durante el año escolar.

b) Las evaluaciones escritas deberán ser revisadas en clase, firmadas por los padres y pegadas o archivadas en sus respectivos cuadernos.

c) El estudiante que por enfermedad o pérdida de un ser querido no haya rendido evaluaciones, podrá subsanarlas según cronograma establecido, fuera del horario escolar. Es necesaria la presentación del FUT y certificado médico dirigido a la Dirección en un plazo máximo de 48 horas.

d) En la evaluación cuantitativa, vigesimal, el medio punto se considerará a favor del estudiante en el promedio Bimestral y Anual.

e) En el Nivel Secundario, repite el grado, el estudiante que desapruebe cuatro cursos en el promedio anual o desapruebe dos o más cursos en las evaluaciones de aplazados.

f) EL estudiante de la Promoción con tres asignaturas desaprobadas debe rendir evaluación de recuperación dentro de los treinta días posteriores a la finalización del Año Escolar.

g) La deshonestidad en cualquier evaluación amerita la nota o calificativo mínimo en la misma.

h) EL estudiante que no alcancen el calificativo requerido en las áreas de Comunicación, Matemática e Inglés, en el Nivel Primario, deberá seguir los

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REGLAMENTO INTERNO 66

lineamientos establecidos en la legislación educativa sectorial para su recuperación académica.

Artículo 110º: La conducta será evaluada bajo el sistema cualitativo desde pre-kinder hasta el 5º grado de secundaria, teniéndose en cuenta los resultados obtenidos en los siguientes documentos:

a) Registro Anecdótico: es el documento que consiga informes de tipo conductual, afectivo, académico y cognitivo del estudiante.

b) Hoja de parte diario. c) Porcentaje de inasistencias injustificadas, las que deben alcanzar como máximo el

30%.

Artículo 111º: Los padres de familia recibirán información oportuna del rendimiento académico y conductual a través de la Hoja Informativa. Artículo 112º: La convalidación o revalidación de estudios realizados en el extranjero se tramita en el Colegio. Los autoriza la Directora mediante Decreto Directoral. Los certificados de estudios de Primaria y/o Secundaria provenientes de países del CONVENIO “ANDRES BELLO” deben ser convalidados por la autoridad educativa correspondiente, observando lo dispuesto en el D.S. 012-99-ED del 17 de agosto de 1999, para ser aceptados por el Colegio. Artículo 113º: El padre de familia o apoderado tramitará en el Colegio las exoneraciones permitidas por Ley.

CAPÍTULO II

PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN Artículo 114º: Los procedimientos de promoción y certificación se realizarán de acuerdo a las normas reglamentarias y a las disposiciones de la U.G.E.L. Nº 06. Artículo 115º: No podrán aprobar un área o línea de acción, o el grado de estudio, aquellos estudiantes que tuvieran 30% o más, de inasistencias injustificadas a clase. Artículo 116º: Promoción y Repitencia:

a) Promoción en Nivel Inicial: La evaluación del estudiante en la Educación Inicial es permanente, integral y flexible.

b) Promoción y Repitencia en Nivel Primaria:

Estudiantes de 1er. Grado: La promoción es automática. Estudiantes de 2do a 6to. Grado: Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienen “A” en todas las

áreas curriculares incluidas las áreas o talleres creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

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REGLAMENTO INTERNO 67

Los estudiantes de 2º, 3º y 4º grados que obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática e Inglés y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

Los estudiantes de 5º y 6º grados que obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática, Inglés, Personal Social y Ciencia y Ambiente (Science) y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad. Repitencia

Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2º, 3º, 4º, 5º y 6º grados que al término del año escolar obtienen “C” en dos áreas curriculares: Matemática, Comunicación e Inglés.

Repiten de grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación Académica (Matemática, Comunicación e inglés) o en la Evaluación de Recuperación (Personal Social y Ciencia y Ambiente (Science) no alcanzan los calificativos requeridos tal como lo disponen los incisos anteriores.

c) Promoción y Repitencia en Nivel Secundaria

Las áreas o talleres del Plan de estudios, que se implementen en el Colegio dentro de las horas de libre disponibilidad, como parte del Proyecto Curricular de Centro y aprobados por Resolución Directoral, serán considerados para efectos de promoción o repitencia de grado con el mismo valor que las áreas curriculares contenidas en el Plan de Estudios del Diseño Curricular Nacional de la EBR. Estudiantes de I a V año: Promoción al grado superior: Cuando al término del año escolar, aprueban todas las áreas curriculares,

incluidas las áreas o talleres que fueron creados como parte de las horas de libre disponibilidad y si se diera el caso apruebe el área curricular pendiente de subsanación.

Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación, aprueban todas las áreas curriculares o desaprueban como mínimo un área o taller curricular.

Repitencia Cuando al término del año escolar, desaprueban cuatro o más áreas

curriculares, incluidas las áreas o talleres que fueron creadas como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación.

Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación desaprueban dos o más áreas curriculares.

DE LA ORGANIZACIÓN DE RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA Artículo 117°: Pueden participar en el Programa de Recuperación Pedagógica o en la Evaluación de Recuperación los estudiantes que desaprobaron una, dos tres áreas o talleres curriculares, incluida el área curricular pendiente de subsanación. DEL ADELANTO O POSTERGACIÓN DE LAS EVALUACIONES Artículo 118°: Los padres de un estudiante pueden presentar a la Dirección, una solicitud con documentos probatorios para pedir la variación de las fechas de evaluación, en los casos que ameriten, tales como enfermedad prolongada del estudiante, accidente, cambio de residencia al extranjero o viaje en delegación oficial. En el caso de cambio de residencia

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REGLAMENTO INTERNO 68

al extranjero se podrá adelantar o postergar las evaluaciones del último período, solo si se tiene calificativos en los períodos anteriores. Los resultados de estas evaluaciones se incluyen en el Acta consolidada de evaluación del estudiante a fin de año y se certifican normalmente. DE LAS EXONERACIONES Artículo 119°: En el área de Educación Física, solo se procederá a la exoneración del estudiante en la parte práctica por motivos de salud, previa prescripción médica mediante la presentación de una solicitud del padre de familia o apoderado del estudiante. DE LOS INSTRUMENTOS Y REGISTROS DE EVALUACIÓN Artículo 120°: Los instrumentos de evaluación son los que el colegio propone en base a las disposiciones de los órganos competentes del Ministerio de Educación, así como los que el propio Ministerio aplicada. LOS CURSOS DE SUBSANACIÓN Artículo 121°: Los estudiantes de educación secundaria que al finalizar el programa de recuperación pedagógica hayan desaprobado un curso, deberán rendir los exámenes de subsanación correspondientes en el propio colegio, según la normativa vigente y sujeta al cumplimiento de los derechos administrativos correspondientes. La evaluación para los estudiantes con un curso de subsanación del quinto (5°) grado de Educación Secundaria será dentro de la primera quincena del mes de enero y de acuerdo al rol que se publicará oportunamente. La evaluación de los estudiantes con curso de subsanación del primero (1º) al cuarto (4º) grado de Secundaria se efectuará en la segunda quincena del mes de Marzo y la primera quincena del mes de julio. La evaluación de los estudiantes estará a cargo del docente designado por el Director(a). DE LOS CERTIFICADOS DE ESTUDIO DE LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DE ESTUDIOS Artículo 122°: El Director/la Directora es la responsable de extender, oficial y oportunamente, la certificación correspondiente que acredite los resultados de la evaluación anual de los estudiantes de Educación Inicial, Primaria y Secundaria. Asimismo, de los certificados de conducta del estudiante u otros certificados que soliciten los padres de familia, dentro del marco de la normativa vigente y del presente reglamento interno. La expedición de estos documentos es a solicitud de los padres del estudiante y está sujeta, tanto, a los plazos como al cumplimiento de los derechos administrativos correspondientes. Se retendrán los certificados de estudios a los estudiantes cuyos padres tengan deudas pendientes con el colegio.

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REGLAMENTO INTERNO 69

TÍTULO V

DEL REGIMEN ECONOMICO

CAPÍTULO I

MATRÍCULA Artículo 123°: La matrícula se entiende como un proceso y como un contrato implícito, cuyas partes son el padre de familia y el Colegio; el cual se obliga a brindar, a sus estudiantes, el servicio educativo durante el periodo lectivo. Por otro lado, al matricular a sus hijos, los padres de familia admiten el Reglamento Interno y las demás normas del Colegio, y se responsabilizan al pago diligente de las pensiones. Este contrato de matrícula puede ser ratificado cada año siempre que exista la voluntad de hacerlo por parte de los padres de familia y no existan razones pre establecidas que lo impidan. Se publicara y comunicara de forma pertinente el número de vacantes por grados de estudios y la fecha termino de inscripción de los estudiantes nuevos, teniendo en cuenta los principios de no discriminación, inclusión y equidad en materia de servicios educativos. La matrícula puede ser realizada por los padres de familia a sus apoderados que presenten un poder simple con firma legalizada ante notario u otro documento de carácter legal que lo reemplace. Para el supuesto de los estudiantes con discapacidad, y de acuerdo a la legislación vigente, la entrega de documentos pedagógicos y del certificado de discapacidad no condiciona la matrícula según la Ley. CONSIDERACIONES LEGALES Artículo 124°: Para el proceso de matrícula se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones legales:

a) El monto de la matrícula no excederá el importe de una pensión mensual. b) Las fechas para la realización dela matricula son informadas por el Colegio de

manera pertinente a los padres de familia. c) El monto por concepto de matrícula no excede al de la pensión mensual y debe ser

cancelado en su totalidad y de una sola vez. d) Existe cuota de ingreso para estudiantes nuevos en todos los niveles. e) De acuerdo a Ley, la matrícula no está condicionada al pago de las contribuciones

extraordinarias o voluntarias. f) Para el supuesto de los estudiantes con discapacidad, no se condiciona el proceso

de matrícula a la entrega de documentos pedagógicos y certificado de discapacidad. g) El proceso de matrícula termina cuando se presentan la totalidad de los documentos

requeridos en la Secretaría del Colegio. Artículo 125°: Corresponde a la Dirección del Colegio establecer y hacer cumplir los siguientes requisitos para la admisión de nuevos estudiantes:

a) Número de vacantes por Grado de estudios. b) Certificación concluyente de los estudios cursados en los años anteriores, al grado

solicitado. c) Edad reglamentaria al 31 de marzo del año de matrícula, de acuerdo a las

disposiciones legales vigentes.

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REGLAMENTO INTERNO 70

ESTUDIANTES NUEVOS AÑO ESCOLAR 2019 Artículo 126°: Las inscripciones de 2° Grado de Primaria a 4º Año de Secundaria estarán sujetas a las vacantes disponibles y se realizarán durante el mes de enero del 2018. Las vacantes serán publicadas oportunamente. Artículo 127°: Para la matrícula de los estudiantes NUEVOS, es necesario presentar la siguiente documentación: Estudiantes nuevos:

a) Ficha de matrícula (SIAGIE). b) Código del estudiante. c) Partida de nacimiento (original). d) DNI del estudiante, papá y mamá (copia). e) Certificado de Estudios. f) Constancia de Conducta (requisito indispensable). g) Constancia de No Adeudo (requisito indispensable). h) Carnet de Seguro contra accidentes (DE LA ASEGURADORA QUE ELIJAN LOS

PADRES DE FAMILIA) (copia). i) 3 fotos tamaño carnet. j) 1 mica A4. k) Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del estudiante. l) Copia de la cartilla de vacunas (solo inicial). m) Libreta de notas del colegio de procedencia. n) Recibo de servicios del domicilio (agua, luz o teléfono). o) Resolución Directoral de Traslado. p) Firma de la Declaración Jurada de Padre de Familia. q) Haber abonado la cuota de matrícula. r) Otros documentos que el colegio considere necesarios

Artículo 128°: La matrícula quedará automáticamente anulada si alguno de los documentos requeridos, resultasen falsos. Artículo 129°: En el supuesto que los estudiantes tuvieran promedio anual desaprobatorio en Conducta o bien en tres calificativos Bimestrales; sus padres o tutores deberán firmar un compromiso en donde se responsabilizan en apoyar la mejora del desarrollo conductual o académico del menor; siendo así que, de ser el caso, se deberán comprometer a informar a el Colegio de forma mensual acerca de los tratamientos psicológicos que sigue el menor. Artículo 130°: Los Padres de Familia de aquellos estudiantes que se hubieran hecho merecedores a la matrícula condicional deberán firmar una Carta de Compromiso antes de la matrícula. Artículo 131°: Para el caso de la ratificación de matrícula de estudiantes antiguos, deberán presentar:

a) Recibo de pago por concepto de matrícula. b) Declaración Jurada de conocimiento y aceptación de las condiciones del servicio

educativo. c) Otros que se indiquen.

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REGLAMENTO INTERNO 71

DE LA NO RATIFICACION DE LA MATRICULA Artículo 132°: La matrícula no será ratificada en los siguientes casos:

a) Cuando los padres mantengan deudas pendientes con el colegio a diciembre del año anterior al año escolar para el cual se gestiona el proceso de ratificación de matrícula.

b) En los otros casos que se establezcan en la legislación sectorial y en el presente Reglamento Interno.

DE LOS TRASLADOS DE MATRÍCULA Artículo 133°: De acuerdo a disposiciones legales vigentes, los traslados de matrícula se efectúan solo hasta el término del tercer (3°) bimestre. Artículo 134°: Información Adicional para la Matricula:

a) No es requisito para la matrícula de los estudiantes tomar el seguro de accidentes por que el Colegio no lo ofrece.

b) Si el estudiante o sus familiares contraen alguna enfermedad contagiosa, están obligados a informar inmediatamente a la Dirección.

c) El Colegio no se responsabiliza por la pérdida de objetos de valor que el estudiante lleve al Colegio. La ropa y útiles deben estar marcados.

d) Para estudiantes del Nivel Inicial y los primeros años de Primaria deberán dar a conocer a la Coordinación de Nivel, los nombres de las personas autorizadas a recoger a los estudiantes del Colegio.

CAPÍTULO II

PENSIÓN DE ENSEÑANZA Artículo 135°: Según lo establecido en la normativa sectorial en materia educativa, la pensión de enseñanza se establece en diez cuotas mensuales, estas cuotas deben ser informadas a los padres de familia antes de contratar el servicio educativo de forma oportuna y señalando el monto y la fecha de pago de las pensiones; las cuales deberán ser pagadas puntualmente, es decir, deben ser abonadas hasta el último día de cada mes, una vez prestado el servicio educativo, en la entidad bancaria designada por el Colegio. Se entiende que el pago de las pensiones, vence legalmente a partir del primer día del mes siguiente al que corresponde el servicio educativo; siendo así que se cobrara una tasa de interés para los casos en que se incurra en mora, de acuerdo a las consideraciones legales del caso. EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL PADRE O MADRE Artículo 136°: En el supuesto que los padres o apoderados encargados del pago de la pensión del estudiante, hayan fallecido o padezcan de una incapacidad permanente o cualquier otro supuesto contemplado en la legislación sectorial específica, se procederá de acuerdo a lo estipulado en esta normativa; siempre que se acredite la insolvencia económica familiar y esté correctamente registrado en los documentos de la matrícula del año en curso el padre, madre o apoderado/a.

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REGLAMENTO INTERNO 72

BENEFICIOS ECONOMICOS Artículo 137°: El Colegio antes de finalizar el año escolar; realzara una convocatoria a todos los padres de familia para que se puedan acoger al sistema de beneficios económicos del Colegio; siempre que demuestren no tener los medios económicos suficientes para solventar la educación de sus hijos y luego de la evaluación del Comité de Beneficios Económicos del Colegio. Artículo 138°: El Colegio, otorga beneficios económicos al alumnado, por falta de recursos económicos del padre o apoderado. El otorgamiento de estos beneficios, es potestativo y no obligatorio y se asignan si se cumple lo establecido en el Reglamento de Beneficios Económicos del Colegio. QUE SE COMUNICA A LOS PADRES QUE SOLICITAN ESTE BENEFICIO.

TÍTULO VI

DE LOS ESTUDIANTES

CAPÍTULO I

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS DERECHOS

Todo estudiante que ingresa al Colegio "Reina de los Ángeles" tiene derecho a: Artículo 139°: Ser tratado con dignidad, respeto y deferencia, reconociéndolo como persona humana e hijo de Dios. Artículo 140°: Recibir una esmerada formación integral acorde con la axiología del Colegio, dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral y física, así como los servicios de orientación y bienestar que respondan a las necesidades actuales y futuras del país. Artículo 141°: Ser informado oportunamente sobre la existencia del Reglamento Interno y de las normas del Colegio, así como de los principios que se promueven. Artículo 142°: Elegir y ser elegido para formar el Comité de Aula o asumir las responsabilidades que el Colegio le encargue. Artículo 143º: Ser evaluada en forma integral, permanente y dosificada, así como recibir informe de su rendimiento. Artículo 144°: Gozar de la postergación de las evaluaciones cuando representen al CRA en competencias deportivas o concursos externos de índole formativo. Artículo 145°: Ser escuchado y atendido cuando tiene una opinión o problema de tipo académico, disciplinario o personal. Artículo 146°: En lo académico, el estudiante tienen los siguientes derechos:

a) Recibir clases a la hora prevista, evitando las interrupciones excepto en casos especiales.

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b) Que se respeten las fechas de trabajos y pruebas. Si hubiera lugar a modificaciones éstas deben ser comunicadas con la debida anticipación.

c) Recibir pruebas y trabajos corregidos con las indicaciones pertinentes en forma oportuna.

d) Tener acceso al uso de instalaciones y equipamiento del Colegio de acuerdo a las disposiciones de la Dirección.

Artículo 147°: En lo formativo cristiano, el estudiante tienen los siguientes derechos:

a) Recibir una sólida formación cristiana a través de una enseñanza conforme a la. Verdad Evangélica y al Magisterio de la Iglesia Católica.

b) Ser instruido y preparado para participar en las celebraciones Eucarísticas y en las jornadas de oración, para recibir los sacramentos de la Reconciliación, Eucaristía y Confirmación.

c) Contar con el apoyo y orientación espiritual de consejeros, sacerdotes y laicos que contribuyan a su formación religiosa.

d) Desarrollar su autoestima desde una perspectiva humana y cristiana. DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES Artículo 148°: El estudiante del Colegio, a partir de las normas establecidas en el presente Reglamento, tienen los siguientes deberes y obligaciones: Respecto al Colegio:

a) Participar activamente en las actividades académicas, deportivas, religiosas, psicopedagógicas, tutoriales, u otras que determine el Colegio

b) Identificarse con su Colegio participando en ceremonias, actuaciones cívico - patrióticas o culturales, conformando la escolta de su sección si así se lo solicitasen.

c) Cuidar las instalaciones, el mobiliario y el material educativo, haciendo un buen uso de ellos.

d) Evitar hacer uso del nombre del Colegio en las actividades no autorizadas por la Dirección.

e) Evitar la compra y/o venta de artículos (comestibles, tangibles o intangibles) dentro de las instalaciones del colegio, así como concretar transacciones que se realizaron de forma virtual.

f) Evitar solicitar dinero a sus compañeras sin el debido permiso de la Dirección.

Respecto a lo personal:

a) Respetar y amar a sus padres, sus primeros educadores. b) Dedicar esfuerzo y constancia al trabajo organizado y solidario. c) Practicar la honradez en todo momento.

d) Cuidar su presentación personal y asistir correctamente uniformados. e) Cada prenda del uniforme debe tener bordado el nombre y apellido del estudiante.

De lo contrario no se podrá facilitar la búsqueda de las prendas extraviadas. f) Utilizar adecuadamente el mobiliario del Colegio y sus objetos personales

Respecto a lo académico:

a) Cumplir con sus tareas y entregar sus trabajos en las fechas señaladas, éstos deberán ser presentados considerando las especificaciones impartidas por el docente, así como primordialmente deben ser elaborados por ellos mismos.

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b) Participar en los concursos internos y/o externos de carácter académico, deportivo o artístico.

c) Usar la Agenda escolar con fines exclusivamente académicos, para registrar las actividades académicas u otras relacionadas al proceso educativo.

d) El padre de familia debe revisar y firmar la agenda diariamente como señal de verificación y seguimiento escolar. En caso de pérdida o deterioro, gestionará una nueva agenda en la administración del CRA.

Respecto a la disciplina:

a) Comportarse con decoro y respeto dentro y fuera del Colegio. b) Respetar lo establecido en el Reglamento interno del Colegio, teniendo conocimiento

de lo estipulado en el Titulo VI De los Estudiantes, manteniendo una conducta que colabore con el orden y la convivencia pacífica.

c) Ser puntuales al ingreso a clases, prestar atención y tomar parte activa en las sesiones de aprendizaje.

d) Respetar a sus profesores, compañeras de estudios y todo el personal que labora en el Colegio, guardándoseles gran consideración.

e) Abstenerse de intervenir en actos reñidos con la moral y las buenas costumbres que atenten contra la salud física o mental fuera y/o dentro del Colegio.

CAPÍTULO II DE LOS MÉRITOS

Artículo 149°: Se consideran méritos las acciones sobresalientes de los estudiantes que ameriten un reconocimiento al esfuerzo, trabajo o actitud positiva durante su desempeño escolar. Entre las acciones que el Colegio reconoce se encuentran:

a) Participar de manera sobresaliente en actividades formativas dentro y fuera del Colegio.

b) Desempeñar con responsabilidad algún cargo dentro y fuera del aula. c) Mostrarse comprometida y solidaria con sus compañeras ayudando a otras a

superarse. d) Realizar un trabajo sobresaliente de investigación. e) Asumir un compromiso en las actividades de proyección social, concretándose en

acciones proactivas, de liderazgo y de contribución al bienestar de su comunidad y de las personas beneficiadas.

DE LOS PREMIOS Y ESTÍMULOS

Artículo 150°: El colegio otorgará estímulos y premios en los siguientes casos: PREMIOS INDIVIDUALES

a) Integrarán la Escolta que representará al Colegio en las actividades externas las estudiantes de Quinto año de secundaria que hayan obtenido los 6 puntajes académicos más altos de su Promoción y evidencien una conducta digna a imitar obteniendo el calificativo A o AD durante su paso por el nivel secundaria.

b) Portará el Estandarte del Colegio en el desfile interno y presentaciones cívicas, la estudiante de Quinto año de secundaria que obtuviese el mejor puntaje en su evaluación durante el Primer Bimestre.

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c) La estudiante de la Promoción que haya obtenido el puntaje más alto desde el primer año de secundaria hasta el momento del desfile, será elegida Brigadier General para representar al Colegio en los desfiles internos y externos.

Artículo 151º: El Colegio otorga menciones a la Excelencia académica, al Mérito y de Reconocimiento en los niveles de primaria y secundaria en los siguientes casos:

a) En el Nivel Secundaria se premiará, al término del Año Lectivo, a las estudiantes que hayan sobresalido en su rendimiento académico individual, con las siguientes menciones: A LA EXCELENCIA: Al estudiante de la Promoción que haya alcanzado el primer lugar durante los cinco grados de Educación Secundaria en el Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles. AL MÉRITO: Otorgado al PRIMER Y SEGUNDO puesto de cada grado de estudio en los cursos generales. DE RECONOCIMIENTO: A Estudiantes de V año de secundaria El Colegio otorga premios especiales a las estudiantes de Quinto año de secundaria basadas en sus cualidades personales evidenciadas por la comunidad educativa a lo largo de su vida escolar, a los que denomina Ideal CRA Veritas y Premios especiales. Ideal - CRA VERITAS: otorgado al estudiante de la Promoción que por sus características y cualidades académicas, actitudinales y espirituales cristaliza los indicadores consignados en el perfil de Egreso del Colegio. Premios Especiales, para los estudiantes de la Promoción reconocidas por su:

Constancia Lealtad Responsabilidad Cortesía Respeto Al mejor deportista Servicio Al mejor artista

A estudiantes de I año a IV año de secundaria

Convivencia Escolar: otorgado a la estudiante, de I a IV Año, que haya evidenciado una conducta basada en valores dominicos y en el logro destacado de los indicadores evaluados en el Registro de Convivencia.

Concursos Internos, otorgado al primer puesto de cada grado en los diversos concursos de Áreas Académicas. Este reconocimiento será entregado en el bimestre que corresponda.

b) En el Nivel Primaria, se premiará, al término del Año Lectivo:

o El Esfuerzo Académico, otorgado al estudiante que haya obtenido la mitad

más uno con calificación AD en las áreas académicas consideradas en el Informe de evaluación bimestral.

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o La Convivencia Escolar, otorgado al estudiante que haya registrado una conducta cristalizada en la aplicación de valores dominicos y en el logro destacado de los indicadores evaluados en el Registro de Convivencia.

Concursos internos, otorgado al primer puesto de cada grado en los diversos concursos de las diferentes Área Académicas. Este reconocimiento será entregado en el bimestre que corresponda.

PREMIOS DE RECONOCIMENTO BIMESTRAL

a) En el Nivel Inicial::

o Reconocimiento a dos estudiantes por aula, en mérito a su buen desempeño

conductual, según los indicadores consignados en el instrumento apropiado para el nivel educativo.

b) En el Nivel Primaria y Secundaria:

o Reconocimiento a la Convivencia escolar , otorgado a una estudiante por

sección que cumpla satisfactoriamente los indicadores consignados en el Registro de Convivencia, que resaltan las actitudes positivas hacia el adecuado desempeño académico, desenvolvimiento conductual y formación espiritual.

CAPÍTULO III

DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS DE LAS FALTAS Artículo 152°: Los supuestos a continuación detallados, se entienden como faltas y no son de carácter taxativo; de tal modo se evaluaran lo supuestos diferentes a ellas que se presenten según el caso. Se entiende por falta la trasgresión personal o colectiva de una disposición del presente Reglamento, de una norma en particular y/o del orden establecido. VALORACION DE LAS FALTAS Artículo 153°: Ante una falta leve el Colegio seguirá procedimientos correctivos que comienzan con una llamada de atención oral y/o escrita en la agenda escolar, hasta que se le coloque una papeleta blanca, la cual puede influir en la calificación conductual bimestral. Sin embargo si el estudiante mejora su actitud y lo refleja en sus acciones su calificación bimestral no será afectada. Por el contario si el estudiante recibe dos papeletas blancas en el bimestre su calificación bimestral será B. Artículo 154°: Ante una falta de mayor intensidad y complejidad, el Colegio colocará una papeleta amarilla o celeste dependiendo de la gravedad del caso, la misma que afectará la calificación conductual en el bimestre correspondiente. Además de las medidas antes detalladas y dependiendo de la gravedad de la falta cometida, el Colegio podrá tomar las siguientes medidas:

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a) Acompañamiento reflexivo conductual re orientador: Son las acciones que el Colegio adopta para orientar el comportamiento de los estudiantes que así lo ameriten, a través de actividades relacionadas a las acciones que se desean corregir basándose en la aplicación de valores dominicos. Estas actividades serán especificadas por las coordinaciones de Nivel y de Convivencia. Los padres de familia de los estudiantes firmarán un compromiso de apoyo conductual.

b) Informe a la UGEL 06: El Colegio presentará un Informe a la UGEL correspondiente ante la incidencia de los estudiantes en lo que se considera faltas graves especificadas en lSituación que representa la calificación conductual C y la remisión a la autoridad administrativa pertinente, acompañado de una solicitud mediante la cual se pide la autorización respectiva para que el estudiante no sea admitido en el próximo grado académico.

En el nivel Inicial Artículo 155°: Si el estudiante demuestra indisciplina, falta o incumplimiento al reglamento interno y/o a las normas de convivencia en el aula, se procederá a dialogar con él o ella, así como también se comunicarán los hechos sucedidos a los padres a través de la agenda o de la plataforma Sianet. En el caso de reincidir en la falta se solicitará una entrevista con los padres. Las acciones de los estudiantes que pasan por este proceso son las siguientes:

a) Actuar de manera impulsiva lastimando física y/o verbalmente a sus compañeros, docentes, auxiliares o a sí mismo.

b) Se exprese de manera inadecuada usando palabras no apropiadas para su edad. c) Falte al seguimiento de indicaciones impartidas por los docentes que alternan con él

o con la estudiante. d) Acumule cuatro tardanzas durante el bimestre. e) Asista al Colegio incorrectamente uniformado. f) Asista al Colegio evidenciando poco cuidado en su presentación y aseo personal. g) Asista al Colegio sin agenda o sin que los padres la hayan firmado.

Si a pesar de las anotaciones en la agenda y/o en el parte diario y la entrevista con los padres de familia no se observa un cambio de actitud en el estudiante, se procederá a citar a los Padres de Familia en conjunto con la tutora, coordinadora y/o psicóloga del nivel procediéndose a firmar una carta de compromiso. En el nivel Primaria y secundaria El estudiante que demuestre indisciplina o incumplimiento, recibirá una primera y segunda llamada de atención verbal. La tercera llamada de atención se registrara en la agenda y parte diario. Siendo estas llamadas de atención de carácter acumulativo. Si las llamadas de atención escritas en la agenda y parte diario se repiten hasta en tres oportunidades, el estudiante recibirá una papeleta blanca. Estas medidas correctivas se aplican en las siguientes situaciones:

a) Incumplimiento en su responsabilidad académica (presentación de las tareas, exposiciones, presentaciones fuera de fecha o no presentación de las mismas).

b) Faltar a las normas de convivencia del aula (conductas que interrumpen el proceso educativo en los diferentes ambientes, dificultad en el seguimiento de indicaciones en forma reiterativa hasta en tres oportunidades).

c) Incorrecta presentación personal y del uniforme (uso inadecuado de las prendas del uniforme, accesorios y calzado, hecho que fue corregido hasta en tres oportunidades).

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d) Presentación de la agenda sin la firma respectiva del padre, madre o apoderado (hecho que fue corregido hasta en tres oportunidades).

e) La estudiante asiste al colegio sin agenda o sin los materiales correspondientes según su horario (hecho que fue corregido hasta en tres oportunidades).

f) La estudiante no registra las tareas diariamente en la agenda (hecho que fue corregido hasta en tres oportunidades).

g) Hace uso incorrecto de las instalaciones del colegio, así como del mobiliario y material educativo.

h) Uso del celular durante la jornada académica, selecciones y academias deportivas, talleres así como actividades artísticas (de 7:30 am a 5: 00 pm según sea el caso).

i) Acumulación de tardanzas injustificadas (a la 4ta tardanza en el bimestre). j) otros que determine la dirección

Artículo 156º: Si el estudiante recibe una papeleta blanca se citará a los padres para hacer de su conocimiento las conductas que se desean corregir con el fin de conseguir su apoyo y compromiso en el proceso. Artículo 157°: Tres anotaciones en el Parte Diario o agenda escolar o cuatro tardanzas de carácter acumulativo durante el bimestre, originan una PAPELETA BLANCA que influye en el calificativo de la conducta del Bimestre correspondiente. Si el estudiante acumula dos papeletas blancas obtendrá el calificativo B, en el bimestre correspondiente. Artículo 158º: Se consideran faltas, que ameritan una papeleta amarilla:

a) Evadir las clases cuando el estudiante se encuentra en el Colegio. b) Llegar tarde a clase en tres ocasiones después de recreos o cambios de hora. c) Emplear vocabulario soez o vulgar. d) Reincidir en conductas que ya han sido corregidas. e) Proceder con deshonestidad en las evaluaciones. f) Actuar de manera deshonesta en la elaboración de las tareas escolares y/o

asignaciones. g) Empleo de lenguaje verbal (frases, comentarios) y/ o lenguaje corporal que denote

falta de respeto hacia sus maestros, compañeros o miembros que laboren en la institución educativa.

h) Actuar sin medir las consecuencias de las acciones que realiza poniendo en riesgo su integridad y /o la de sus compañeras.

i) Actuar de manera indecorosa, mientras representa al colegio en alguna actividad académica, deportiva o cultural.

j) Fomentar hurtos de cualquier índole a algún miembro de la comunidad. (Aplicable a estudiantes hasta 4to grado de Primaria)

k) Emplear las redes sociales para perjudicar al Colegio y/o sus miembros (CYBERBULLYNG).

l) Otras que la Dirección considere. Artículo 159º: EL estudiante que reciba una PAPELETA AMARILLA obtendrá el calificativo conductual de B en el bimestre correspondiente. Si ese bimestre es el Cuarto, esa calificación será con la que termine el año escolar. La tutora y la coordinadora de convivencia se reunirán con los padres de familia para establecer el compromiso de orientación hacia sus menores hijos.

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Artículo 160º: La aplicación de la PAPELETA CELESTE originara automáticamente el calificativo C en la conducta del Bimestre correspondiente y la firma de una Carta de Compromiso por los padres del menor, cuyos requerimientos especificará el Colegio según sea el caso. Al día siguiente de haber recibido la papeleta celeste, los padres deberán asistir al colegio para entrevistarse con la coordinadora de convivencia y coordinadora de nivel. Artículo 161º: Se consideran faltas que ameritan una PAPELETA CELESTE:

a) Retirarse del Colegio sin autorización, obviando los procedimientos establecidos. b) Agredir físicamente a sus compañeras, al personal docente, administrativo, de

mantenimiento y a toda persona que transite por las instalaciones del Colegio. c) Fomentar riñas y agresiones físicas entre estudiantes. d) Reincidir en conductas inapropiadas después de haber sido corregidas. e) Manipular, sustraer o alterar documentos oficiales del Colegio u otros de uso

pedagógico. f) Realizar o fomentar hurtos de cualquier índole que hayan sido comprobados por un

miembro de los diferentes estamentos del Colegio. (Aplicado para estudiantes de 5to grado de Primaria a V año de Secundaria)

g) Falsificar la firma de los padres o apoderados en los documentos que así lo requieran.

h) Portar cigarrillos, bebidas alcohólicas, drogas y/o consumirlas en el Colegio o en actividades educativas.

i) Comercializar sustancias psicoactivas dentro o fuera del Colegio. j) Otras que la Dirección considere.

ACOMPAÑAMIENTO REFLEXIVO CONDUCTUAL RE ORIENTADOR Artículo 162°: Si ocurriese un supuesto que ameritase un Acompañamiento reflexivo conductual Re orientador; en primer término se citara al padre de familia para poner en su conocimiento la gravedad de la falta. La autoridad competente determinara los parámetros bajo los cuales se aplicará el Acompañamiento reflexivo conductual Reorientador, ya sea en el domicilio del estudiante, por un periodo determinado y con la finalidad de que entienda la magnitud de la falta cometida y cambie su conducta de forma positiva bajo los criterios establecidos en el presente Reglamento. Artículo 163º: De las medidas correctivas. Las medidas detalladas en el presente capitulo deben garantizar el derecho de defensa del estudiante, de tal modo que se respete la garantía intrínseca del debido proceso. Las medidas correctivas, no tienen por finalidad el castigo en sí mismo, sino que el estudiante comprenda lo inadecuado de su conducta y pueda corregirse. DE LAS FALTAS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA PACÍFICA Y DEMOCRÁTICA ENTRE ESTUDIANTES Artículo 164°: En los supuestos que se consideren faltas a la convivencia pacífica y democrática dentro del Colegio, las medidas correctivas son las detalladas en los Artículos precedentes dependiendo el tipo de falta cometida, dentro del entorno del procedimiento específico determinado para estos casos por el Comité de Convivencia Pacífica y Orientación Educativa, que realizara las acciones pertinentes para reorientar la conducta de los estudiantes comprometidos desde el ámbito psicopedagógico y tutorial.

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Artículo 165°: DE LAS CITACIONES El estudiante que reciba una citación para sus padres o apoderados, deberá demostrar que sus padres o apoderados tienen conocimiento de la misma, con la firma del padre o apoderado sobre el cargo de la citación o con la firma en la agenda diaria. Para que los padres se puedan oponer a la medida correctiva impuesta, es necesario como requisito de admisibilidad la acreditación por parte de los mismos del conocimiento previo de las citaciones antes mencionadas y la confirmación de su asistencia. Si los padres o apoderados solicitasen algún documento, referido a los procedimientos antes descritos, deberá ser pedido por escrito; y les serán entregados en sobre cerrado a los mismos solicitantes, de tal modo que se proteja la intimidad de los estudiantes involucrados. En caso de que los padres o apoderados no asistan a las entrevistas solicitadas sin mayor justificación escrita o telefónica o solicitud de postergación, los motivos por los cuales se citó prevalecerán como parte del proceso de información sobre el desempeño académico o conductual del estudiante. Artículo 166°: ABANDONO DEL MENOR Si lo padres demuestran un desinterés continuo por la situación conductual de su menor hijo(a), ello faculta al Colegio a que en virtud de la protección del Interés Superior del Niño, se denuncie el estado de abandono del menor ante las autoridades correspondientes, luego de agotar de manera coherente los mecanismos necesarios para establecer una comunicación fehaciente con los padres o apoderados del menor.

CAPÍTULO IV

NORMAS DE CONVIVIENCIA

ADVERTENCIAS GENERALES

Artículo 167º: El Colegio se encuentra facultado para no entregar los certificados de estudios a los padres de los estudiantes que adeuden el pago por el servicio educativo. Artículo 168º: El estudiante que tuviera que asistir al hospital o clínica para algún control médico, debe presentar por escrito a la Dirección, la solicitud de permiso para salir del colegio, así como informar su retorno y solicitar el permiso a la Subdirección para poder ingresar al colegio y retomar sus actividades. Artículo 169º: EL estudiante portará los útiles necesarios para desarrollar su trabajo escolar según el horario. No se aceptarán encargos (tareas, materiales de exposición, usb, uniformes u otros objetos) de parte de padres de familia en ninguna instancia del colegio, evitando utilizar las puertas de acceso para dejar o encargar a los estudiantes que transitan la entrega de objetos a sus hijos, tampoco podrá solicitar este servicio a la persona encargada de la recepción del colegio. Los únicos objetos que se pueden recibir de forma esporádica son: loncheras con alimentos, anteojos con medida y medicinas, los mismos que dejará en recepción indicando a quien pertenecen. De ninguna manera deberá solicitar este servicio a las estudiantes o al personal del colegio. Artículo 170º: Se prohíbe al estudiantado ingresar al colegio con aparatos de radio, Ipod, Mp3, Mp4, Ipad, tablet y cualquier otro aparato o material que no se relacione con el trabajo educativo, de lo contrario éstos serán retenidos, sancionándose a la estudiante con una con una PAPELETA BLANCA . Del mismo modo, se solicitará la presencia de los padres o apoderados para ser recuperados, en una entrevista.

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En relación a los celulares, estos pueden ingresar colegio apagado y ser entregados a la tutora u otro personal a l empezar la jornada escolar. Los celulares serán devueltos minutos antes de la salida. Los estudiantes que participen los talleres, academias deportivas, selecciones u otras actividades programadas por el colegio deberán mantener apagados sus celulares hasta el término de su permanecía en el colegio. Si el estudiante no entrega el celular y este permanece en su mochila, debajo de la carpeta, bolsillos u otros lugares, será decomisado y devuelto en una entrevista programada con los padres, llevando una papeleta amarilla y B como calificativo conductual en el bimestre correspondiente. Artículo 171º: Si un estudiante o varios ocasionan daño en la infraestructura, muebles o materiales del colegio, a través de juegos o acciones inadecuadas, los padres serán comunicados a través de una entrevista y asumirán los gastos totales o parciales según sea el caso. Artículo 172º: Los cambios de sección que se realicen al inicio del año escolar, deberán ser respetados por el estudiante y padres de familia. Artículo 173º: El estudiante debe colaborar con el cumplimiento de las disposiciones descritas en el Reglamento Interno, así como mantener una actitud adecuada ante las observaciones académicas o conductuales que se le hicieran. Artículo 174°: La comunicación con los padres o apoderados de los estudiantes serán agendados por el personal del colegio en sus horas de atención o solicitados por los padres a través de Sianet. Estas se llevarán a cabo en las salas de entrevistas, oficinas u otros ambientes que determine la sub dirección. Queda prohibido atender y dar información a los padres sobre el desarrollo académico, conductual o emocional del estudiante sin sostener una entrevista formal.

CAPÍTULO V

DE LA ASISTENCIA, PERMANENCIA, TARDANZAS E INASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 175º: El horario de ingreso a considerar es el siguiente: Nivel Inicial: hasta las 8:30 am Nivel Primaria y Secundaria: hasta las 7:30 am. A partir de las 7: 31 am, del reloj marcador del colegio se considerará tardanza. Artículo 176º: Los estudiantes deben ingresar a clase de manera puntual al término de recreos, refrigerios o cambios de hora. Caso contario se les anotará en agenda y parte. Artículo 177°: La justificación por inasistencia o tardanza del estudiante, ya sea por enfermedad u otro motivo de fuerza mayor, debe ser presentada dentro de las 48 horas siguientes de reincorporado el estudiante, mediante un FUT y está sujeta a evaluación por parte de la Dirección.

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Artículo 178º: El estudiante no podrá salir del Colegio durante las horas de clase, salvo autorización expresa de la Dirección del plantel, previa presentación del FUT por lo menos con 24 horas de antelación, por sus padres o apoderado. El padre de familia debe acudir al Colegio al día siguiente de presentado el FUT y recabar la respuesta de la Dirección al trámite realizado. La presentación del FUT no significa la aprobación del trámite solicitado. Artículo 179º: El estudiante que deba retirarse de los talleres de los días viernes, debe contar con una papeleta de salida, la misma que será entregada poco antes de su salida después de haber solicitado el FUT correspondiente. Caso contrario y de forma inusual deberá comunicar al responsable de talleres el retiro del estudiante y regularizar el trámite el día lunes, de lo contrario la falta se considerará injustificada. Artículo 180º: El padre de familia debe evitar solicitar autorización para viajes de placer con sus hijos durante el proceso educativo. Siendo consciente del atraso y posterior repercusión que las inasistencias puedan ocasionar. En el caso de ser inevitable, el padre asumirá totalmente la nivelación de su menor hijo o hija, así como la responsabilidad de que el o la estudiante se ponga al día en cuadernos, fichas y trabajos dejados en su ausencia, durante la primera semana de su retorno. Artículo 181º: • Los días lunes que se realiza la formación, los estudiantes deben dirigirse al patio de primaria, inmediatamente después de dejar sus útiles en su aula. Artículo 182º: La puntualidad intervendrá en la calificación de la conducta cuando se trate de tardanzas reiteradas en el bimestre o sistemáticas durante el año, denotando pocos o nulos cambios para mejorar la situación, pese a las continuas observaciones sobre el tema. Artículo 183º: El 30% o más de inasistencias injustificadas impiden la aprobación de un área curricular o asignatura según las Normas Legales vigentes. La inasistencia de los estudiantes se controla de acuerdo con las disposiciones del Colegio. El horario de recreos y refrigerios a considerar son los siguientes:

Nivel Inicial: Diferenciado por grados.

Primer recreo - Nivel Primaria y Secundaria: de 10: 35 a 10: 50 am. Refrigerios:

1er- 2do y 3er grado: de 12: 10 a 12:50 pm

4to- 5to y 6to grado: 12:50 a 1:30 pm

Secundaria: de 1: 30 a 2: 10 pm

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REGLAMENTO INTERNO 83

CAPÍTULO VI

DE LAS CLASES

Artículo 184º: Las clases en el colegio podrán desarrollarse en los distintos ambientes que cuenta la institución educativa. Artículo 185º: El colegio cuenta con timbres que indican el inicio de las actividades educativas, los cambios de hora, recreos, refrigerios y el término de la jornada escolar. Es deber del estudiante llegar de manera puntual a cada clase. Artículo 186º: En cada sección, las estudiantes miembros del comité de aula, colaboran con el orden, la disciplina y la limpieza, siguiendo las indicaciones del docente. Artículo 187º: Los estudiantes guardarán sus útiles en los casilleros y sacarán el material necesario antes del inicio de la primera hora de clase, durante el recreo y a la salida, después de la última hora. Evitará la acumulación de prendas del uniforme u otros objetos debiendo llevárselos a su casa. Los objetos que permanezcan fuera de un casillero por dos días o más y que nadie los reclame, serán sacados del aula y dependiendo de su estado serán llevados a objetos perdidos por 15 días, al cabo de ese tiempo el colegio podrá deshacerse de ellos. Artículo 188º: El estudiante podrá participar en las clases, respetando las normas de convivencia establecidas. Artículo 189º: Si existiese una consulta por la calificación obtenida, el estudiante deberá dialogar con el docente encargado, mostrando respeto y cortesía. Estas consultas las podrá realizar al término de la hora de clase o cuando el docente se lo indique. Artículo 190º: Durante las clases el estudiante mostrará una conducta de colaboración hacia las diversas estrategias que se utilicen, evitando distractores materiales y acciones que interrumpan el proceso de enseñanza a aprendizaje. Artículo 191º: Los estudiantes deben velar por la limpieza y conservación de las aulas laboratorios y del material y equipo que en ella se dispone, evitando hacer uso de las computadoras del aula sin la autorización y presencia de un docente. Artículo 192º: Ningún estudiante podrá entrar a los salones e interrumpir el dictado de clases, para dar avisos o por cualquier otro motivo sin el permiso de la Coordinadora de nivel. Artículo 193º: Cuando un profesor o visitante ingrese al salón, los estudiantes saludarán poniéndose en pie y luego tomarán asiento. Artículo 194º: Para ausentarse de una clase o parte de ella, el estudiante deberá tener la autorización de la Coordinadora de Nivel, previo consentimiento del profesor que dicta la clase. Artículo 195°: Al toque del timbre de la salida, las estudiantes acompañadas por el docente de la última hora se desplazarán ordenadamente. Dejando previamente el aula limpia y ordenada, sin objetos sobre la carpeta, casilleros con candados y las cuatro puertas del aula cerradas.

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REGLAMENTO INTERNO 84

CAPÍTULO VII

DE LAS EXONERACIONES, PERMISOS Y ADELANTO O POSTERGACIÓN DE

EVALUACIONES

Artículo 196º: Sobre las exoneraciones deberá considerarse:

a) Exoneración del curso de Educación Física. Solo se puede autorizar la inasistencia prolongada al curso de educación física, por una cuestión de salud avalada por un certificado médico que así lo indique. Si es que el estudiante se encuentra en el colegio y puede movilizarse con o sin ayuda, deberá asistir a las clases sin embargo no realizará las acciones propias del curso. Para efectos de evaluación el docente dejará asignaciones teóricas, las cuales debe presentar con puntualidad.

b) Permisos de inasistencias ampliando las vacaciones. Este tipo de permisos solo se conceden en casos excepcionales y deben ser solicitados por escrito, con la debida anticipación, a la Dirección, quien puede autorizar, por Resolución, previa solicitud con documentos probatorios, el adelanto o postergación de las evaluaciones bimestrales en los casos de enfermedad prolongada, cambio de residencia al extranjero o viajes en delegación oficial.

CAPÍTULO VIII

DE LOS RECREOS

Artículo 197º: Durante los recreos, se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) Las estudiantes deben participar en juegos integradores, evitando aquellos que

propicien burlas o peleas.

b) Ir a los SSHH durante los periodos de recreo o refrigerio, con tal de no interrumpir el

proceso educativo.

c) Depositar los desperdicios alimenticos, envolturas, botellas u otros dentro de los

tachos que se ubican fuera de las aulas.

d) Recordar a los estudiantes que el ingreso a la sala y comedor de profesores, está

restringido, salvo que cuenten con la autorización debida y la orientación de otro

docente dentro de los ambientes en mención.

e) No está permitido permanecer en las aulas durante los tiempos de recreo o

refrigerio, salvo casos particulares que tengan permiso y supervisión de la tutora o

cotutora, también se considerara el factor climático para permitir la permanencia en

el aula, sin embargo en el caso del almuerzo, este se deberá tomar en el comedor

del colegio.

f) Recordar que no se puede ingresar a las aulas durante el recreo o refrigerio para

dejar loncheras, sacar objetos, debiendo esperar el toque del timbre. Para hacer

excepciones se deberá contar con la presencia de la tutora o cotutora del aula.

g) Respetar los ambientes designados tanto para los recreos como para los refrigerios.

Para el recreo pueden usarse las rotondas, las cuales deben permanecer limpias al

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REGLAMENTO INTERNO 85

término, pueden desplazarse por los patios tanto de primaria como de secundaria,

sin embargo para almorzar el único lugar autorizado es el comedor.

h) Durante las clases u otras actividades no podrán comprar productos en la cafetería,

ni solicita tickets de atención para el almuerzo.

CAPÍTULO IX

DEL UNIFORME Y PRESENTACIÓN PERSONAL

Artículo 198°: La presentación y aseo personal, deben ser características permanentes del estudiante. Artículo 199°: Las especificaciones en relación al uso del uniforme escolar son:

a) El uso diario del uniforme escolar es obligatorio, exceptuando los días señalados por la Dirección del colegio y comunicadas previamente en la agenda, SIANET o mediante una circular.

b) Los estudiantes del nivel Primaria y Secundaria deberán considerar las siguientes indicaciones:

i. Usar correctamente las prendas del uniforme tanto de verano como de invierno evitando combinaciones.

ii. El uniforme con el que asisten al colegio lo determina el horario de clases. iii. Los días que asisten con buzo completo son aquellos que tienen educación

física, danza y los días viernes que tiene talleres. Las estudiantes que participen en academias deportivas, selecciones u otros talleres que demanden su permanencia en el colegio deberán traer su ropa deportiva para cambiarse en el colegio.

iv. La altura del jumper será de dos centímetros sobre la rodilla. La altura de la falda del uniforme de verano será de un máximo de 5 centímetros sobre la rodilla.

v. El uso del mandil blanco debe contar con el nombre y apellido bordado, expuesto y visible. Es de uso obligatorio en las estudiantes del nivel Primaria durante su jornada escolar, solo sacándoselo para asistir a la capilla, a clases de educación física, a formaciones u otras actividades que así lo ameriten indicadas por la Dirección.

vi. El uso del blazer en las estudiantes del nivel Secundaria es obligatorio los días lunes y aquellos días que la Dirección lo determine.

vii. El calzado a utilizar con el jumper es escolar y las zapatillas que se utilizan con el buzo son completamente blancas.

viii. Todas las prendas deberán ser marcadas (bordadas) con el nombre y apellido del estudiante.

ix. Toda prenda de vestir, que no sea del uniforme (chompas, bufandas, polos, mantas, etc.) así como collares, pulseras, aretes grandes o vistosos serán recogidos por las profesoras, tutoras y coordinadora de Convivencia y entregados a los padres de familia en una entrevista durante la semana de haber decomisado los objetos.

x. Los zapatos del uniforme deben ser mocasines negros, modelo clásico. xi. En época de invierno, solo se permite el uso de cafarena blanca debajo de la

blusa y media pantys color natural o azules, las que no reemplazan a las medias del uniforme.

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REGLAMENTO INTERNO 86

xii. El uniforme de Educación Física establecido por el Colegio (buzo, polera, polo, pantaloneta y zapatillas blancas sin ningún aditamento) se usará solo para los entrenamientos y clases de Educación Física.

xiii. El uniforme de deportes para competencias solo se usará cuando tengan partidos oficiales (no se usará para las clases de Educación Física, así como no se usaran los polos de las selecciones, olimpiadas u otros que siendo del colegio no forman parte del uniforme escolar).

xiv. El mandil blanco será usado obligatoriamente en cada clase que se realice en el Laboratorio de Ciencias. De no portarlo será enviada a la Biblioteca a realizar un trabajo, perdiendo toda evaluación durante el desarrollo de la clase.

xv. El color de las prendas distintivas de la Promoción deberá ser aprobado por la Dirección y ellos irán de acuerdo a los colores que distinguen al Colegio: azul, gris y blanco.

Artículo 200º: El cabello deberá peinarse cada día, manteniéndose corto o recogido en una cola ubicada a la altura de la nuca, llevando el cabello hacia la espalda. Durante la permanencia del estudiante en el Colegio no se le permitirá el teñido de éste con tonalidades lejanas a su color natural. Solo se permite el uso de gancho, collet y/o cinta de color azul marino. Artículo 201º: La estudiante no podrá asistir a clases maquillada, con restos de maquillaje, con pestañas postizas, uñas largas, uñas pintadas ni tatuajes expuestos. Así como no podrá usar alhajas como pulseras, anillos, collares, aretes largos, medianos y/o de colores llamativos, pititas, etc. De darse el caso se le solicitará que entregue los objetos, los cuales serán entregados a sus padres o apoderado en una entrevista.

CAPÍTULO X

DE LA EDUCACIÓN FÍSICA Y LOS DEPORTES

Artículo 202°: El estudiante deberá asistir al Colegio vistiendo el buzo reglamentario solo el día que le corresponda la clase de Educación Física y otras, según horario o indicación expresa de la Dirección. Los estudiantes que participan en los entrenamientos deberán portar la vestimenta de cambio en un maletín para el cambio respectivo en el horario indicado. Artículo 203°: El estudiante que por razón justificada (prescripción médica) no estuviera en condiciones de hacer los ejercicios de Educación Física, podrá ser exonerado de la parte práctica del curso, más no de la parte teórica, previa presentación del FUT debidamente fundamentado (Certificado Médico), y firmada por el padre de familia o apoderado pidiendo la respectiva dispensa. El estudiante exonerado de la parte práctica del curso de Educación Física, deberá asistir a clases como observadoras y responsabilizarse por la parte teórica del Área. Artículo 204°: Participar en las selecciones deportivas representando al Colegio es una cuestión de honor y disciplina, por tanto, el o la estudiante que faltara a un compromiso deportivo será sancionado. Así mismo el o la estudiante seleccionado en algún deporte deberá asumir sus responsabilidades académicas obteniendo resultados satisfactorios, como también se desenvolverá según lo esperado en el aspecto conductual debiendo obtener el calificativo A en los cuatro bimestres. De lo contrario el colegio podrá tomar las medidas que considere pertinentes, respecto a su participación en la selección deportiva y asistencia a los entrenamientos.

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CAPÍTULO XI

DE LAS FIESTAS Y ACTUACIONES

Artículo 205°: Las principales actividades que se celebrarán en el Colegio son : La Apertura del Año Escolar, el Día de la Madre, el Día del Padre, el Día del Maestro, el Aniversario Patrio, la Semana del Colegio y la Clausura del Año Escolar. Artículo 206°: Las efemérides cívico - patrióticas se conmemorarán en la formación de los días lunes de cada semana. Artículo 207°: Con excepción del Día del Maestro, no se organizarán actuaciones en honor de los profesores del Colegio, ni en público ni en Privado. En ningún caso se les hará llegar obsequios. Artículo 208°: El Colegio no organiza fiestas sociales, de Promoción y otras de camaradería, por lo tanto no es responsable de este tipo de actividades.

CAPITULO XII

DEL MUNICIPIO ESCOLAR

Artículo 209°: El municipio escolar es una organización de participación estudiantil cuya finalidad es promover en los estudiantes el ejercicio de la ciudadanía en las diversas actividades escolares, constituyéndose como un espacio de formación que contribuya al desarrollo de su dimensión personal y social. Los integrantes del municipio escolar deberán ser elegidos por sus compañeras del nivel Primaria y Secundaria siguiendo un proceso democrático. Artículo 210°: Los requisitos para conformar el municipio escolar son los siguientes:

a) Ser estudiante del nivel secundaria del CRA. b) Demostrar identidad y compromiso con su colegio. c) Mantener un desempeño académico satisfactorio. d) Mantener un desenvolvimiento conductual cuya calificación cualitativa sea A o AD

considerándose el año anterior a su postulación, como el año en el que conforma el municipio escolar.

e) Evidenciar un liderazgo positivo orientado a la convivencia pacífica y democrática. f) Contar con disposición de tiempo para realizar coordinaciones entre los miembros

del municipio escolar, así como con los miembros de la comunidad educativa y concretar acciones planificadas que contribuyan al desarrollo integral de sus compañeras y compañeros.

g) Utilizar un lenguaje verbal y gestual adecuado y respetuoso, evitando palabras soeces.

h) Expresar sus opiniones y discrepancias con respeto y consideración. i) Evidenciar conductas afines al trabajo en equipo, mostrándose empática, asertiva y

responsable. j) Motivar a sus compañeras a convivir en el colegio con la práctica de valores

dominicos y el respeto a las normas. Especialmente con su ejemplo. k) Asumir con responsabilidad las funciones que se le encomienden y solicitar asesoría

y colaboración.

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REGLAMENTO INTERNO 88

Artículo 211°: En el caso de incumplimiento de uno o más requisitos expresados en el Artículo 209°, la integrante del municipio escolar, con el conocimiento de la Dirección del colegio no podrá participar del proceso. Artículo 212°: En caso de incumplimiento a sus funciones y evidencia de comportamientos contrarios a los expresados en el Artículo 209°, la integrante del municipio escolar solicitará su renuncia, sin poder volver a participar como candidata durante su permanencia en el colegio. Artículo 213°: El municipio escolar está integrado por seis estudiantes que han sido elegidas democráticamente para desempeñarse como:

- Alcalde o Alcaldesa - Teniente Alcalde - Regidor (a) de Educación, Cultura y Deporte - Regidor (a) de Salud y Medio Ambiente - Regidor (a) de Producción y Servicios - Regidor (a) de Derechos del Niño, niña y adolescente

Artículo 214°: Son funciones de la Alcaldesa:

a) Representar al Colegio en actividades internas o externas propias del municipio escolar, con la debida autorización de la Dirección del colegio.

b) Coordinar la elaboración del plan de trabajo del municipio escolar, con la asesoría de los docentes designados.

c) Convocar y dirigir las reuniones del municipio escolar fuera del horario de clases, pudiendo llevarse a cabo durante el recreo o refrigerio, previa coordinación con su asesor o asesora, la que debe estar presente en la reunión. Las reuniones se deben llevar a cabo en un ambiente adecuado solicitado por el asesor o asesora y debe contar con un acta en el que se consignen los temas a tratar así como lo acuerdos y las firmas de los asistentes.

d) Para tomar decisiones democráticas se deberá reunir la aprobación de la mitad más uno de los votos de los asistentes.

e) Trabajar en continua coordinación con sus regidores y brindar apoyo activo en sus proyectos escolares.

f) Informar sobre los avances del plan de trabajo a la Dirección del Colegio y coordinación de nivel Secundaria una vez por bimestre, recibiendo retroalimentación y sugerencias.

g) Dirigir las formaciones los días lunes y viernes o cuando sea necesario. Artículo 215°: Son funciones de la Teniente Alcalde:

a) Reemplazar a la alcaldesa por ausencia y asumir el mandato en caso de vacancia. b) Mantener una continua comunicación con la alcaldesa así como con los regidores

apoyándolos activamente en sus proyectos escolares. c) Mantener comunicación con las estudiantes del nivel Primaria y Secundaria para

conocer sus inquietudes así como para motivarlas a proceder según las normas del colegio.

Artículo 216°: Son funciones de la Regidora de Educación de Educación, Cultura y Deporte:

a) Informar sobre sus proyectos a los otros integrantes del municipio escolar y solicitar asesoría a los docentes designados

b) Apoyar en la formación de talleres los días viernes, motivando a sus compañeras a

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REGLAMENTO INTERNO 89

asistir de manera puntual y organizada. c) Coordinar, elaborar y mantener el periódico mural del municipio escolar, trabajando

conjuntamente con las regidoras. El periódico mural será actualizado cada mes. d) Informar sobre sus proyectos a los otros integrantes del municipio escolar y solicitar

asesoría a los docentes designados. e) Mantener comunicación con las deportistas que integran las diversas selecciones del

colegio para conocer sus inquietudes, necesidades y conocer su desempeño académico y conductual. Dar a conocer la información a las coordinadoras de nivel según sea el caso.

f) Participar en las actividades deportivas organizando con las delegadas de deportes de cada aula las barras de los colores representativos en las olimpiadas.

g) Organizar actividades recreativas durante los recreos en conjunto con las delegadas de deporte de cada sección, con fines de integración entre las estudiantes.

Artículo 217°: Son funciones de la Regidora de Salud y Medio Ambiente:

a) Informar sobre sus proyectos a los otros integrantes del municipio escolar y solicitar asesoría a los docentes designados.

b) Mantener comunicación con la enfermera del colegio e informarse sobre las campañas de vacunación que se han programado a lo largo del año para que pueda difundirlas en las formaciones y en las aulas según se diera el caso.

c) Colaborar en la coordinación y ejecución de las campañas de reciclaje u otras que se promueven en el colegio con la asesoría del área de Ciencia y Ambiente.

d) Conformar y dirigir un comité de cuidado del medio ambiente en el nivel Primaria con el fin de promover prácticas afines al cuidado de la salud, el ornato, protección a los animales y plantas y buen uso de los recursos del colegio.

e) Participar en la actualización del periódico mural del municipio escolar, facilitando información relevante sobre sus proyectos.

Artículo 218°: Son funciones de la Regidora de Producción y Servicios:

a) Informar sobre sus proyectos a los otros integrantes del municipio escolar y solicitar asesoría a los docentes designados.

b) Apoyar los proyectos de Gestión que el colegio ha considerado realizar, verificando que las estudiantes se rijan a las normas establecidas.

c) Apoyar al área de Psicopedagogía en la organización de las jornadas vocacionales, desempeñando los roles que se le asignen.

d) Apoyar en la organización de la Proyección social del nivel Primaria y secundaria, desempeñando los roles que se le asignen.

e) Participar en la actualización del periódico mural del municipio escolar, facilitando información relevante sobre sus proyectos.

Artículo 219°: Son funciones de la Regidora de Derechos del Niño, niña y adolescente:

a) Informar sobre sus proyectos a los otros integrantes del municipio escolar y solicitar asesoría a los docentes designados.

b) Planificar con la coordinadora del nivel Inicial las actividades por la semana internacional de los Derechos del Niño, niña y adolescente, participando activamente.

c) Difundir los Derechos del Niño, niña y adolescente a las estudiantes del nivel Primaria y Secundaria mediante la organización de diversas actividades planificadas en conjunto con el Área de Sociales.

d) Participar en la actualización del periódico mural del municipio escolar, facilitando información relevante sobre sus proyectos.

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TÍTULO VII

DE LOS PADRES DE FAMILIA Y APODERADOS

CAPÍTULO I

DE LOS DERECHOS

En virtud de haber elegido al Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles, ésta reconoce que, en su calidad de padre de familia o apoderado tiene derecho a: Artículo 220°: Recibir un trato adecuado, respetuoso y cordial de parte de todo el personal del Colegio. Artículo 221°: Informarse del proceso de formación de sus hijos de manera continua o cuando la situación lo amerite. Artículo 222°: Recibir información oportuna sobre el desempeño de sus hijos en los campos cognitivo, personal y social. Artículo 223°: Conocer por lo menos cada periodo los resultados de la formación integral de sus hijos, siempre y cuando cumpla con los compromisos contraídos con el Colegio. Artículo 224°: Ser atendido por la Directora, Sub directora o profesores cuando lo hayan solicitado con el debido respeto mediante solicitud previa. El colegio considerará que la hora de consulta para padres y apoderados es muy importante para la formación de los estudiantes, por esta razón, la consulta no se debe llevar a cabo, por regla general, en la puerta de la sala de clases, ni en la Sala de Profesores, ni en los pasillos o durante la hora de recreo, sino únicamente en la hora de consulta fijada en común acuerdo y en un lugar adecuado. De dicha reunión se dejará constancia en la Ficha de Atención a Padres de Familia, donde se consignará el tema tratado y los acuerdos y compromisos a que se llegue. Artículo 225°: Ser elegido como miembro del equipo de los Padres Colaboradores, según los criterios establecidos por la Dirección del Colegio. Artículo 226°: Presentar reclamos respetuosos sobre la evaluación o trato recibido hacia su menor hijo. Artículo 227°: Conocer en forma impresa o digital, al comenzar el año escolar el Reglamento Interno del Colegio. Artículo 228°: Expresar inquietudes y reclamos siendo atendidos oportunamente en el colegio.

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REGLAMENTO INTERNO 91

CAPÍTULO II

DE LOS DEBERES

Los padres de familia y/o apoderado (a) de los estudiantes del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional, son los primeros educadores, y están involucrados con la educación de sus hijos como parte insustituible. Su acción educativa es clave para el tipo de educación que nos hemos planteado. A fin de lograr el propósito propuesto, en su calidad de padre y/o apoderado (/a) debe asumir el siguiente compromiso: Artículo 229º: Concurrir al Colegio, cuando este lo requiera, a reuniones periódicas con fines informativos o citaciones ante una situación de dificultad en relación al desempeño académico o desenvolvimiento conductual. Artículo 230º: Justificar, oportunamente según lo indicado en el artículo 177 las ausencias o tardanzas de su hijo(a). Artículo 231°: Compartir los propósitos y la orientación básica del Proyecto Educativo Institucional. Artículo 232°: Conocer, respetar y cumplir lo estipulado en el Reglamento Interno. Artículo 233°: Representar oficialmente al hijo(a) o pupilo en calidad de padre o apoderado (a). Artículo 234°: Comprender y asumir la calidad de apoderado (a) como misión personal y familiar frente al aprendizaje escolar y formativo de su pupilo. Artículo 235°: Solicitar apoyo remedial, para su hijo(a) o pupila, ante la eventualidad que esta lo requiera en aspectos de aprendizaje o de conducta general. Artículo 236°: Respetar el compromiso establecido en la matrícula, suscrito voluntariamente al elegir a el Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles, como una institución educativa particular. Artículo 237º: Tratar respetuosamente a todos los miembros del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles. Artículo 238º: Mantenerse informado sobre el avance escolar y el comportamiento general de su hijo(a) o pupilo. Artículo 239°: Revisar diariamente la agenda y registrar con su firma que ha tomado conocimiento de la información, así como de las circulares y todo documento extendido por el Colegio. Artículo 240°: Proporcionar a su hijo(a) o pupilo el material escolar requerido por los profesores o por los talleres extraescolares. Artículo 241°: Velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos dentro y fuera del Colegio. Artículo 242°: Mantener informada a la Dirección, psicólogas y tutoras sobre las situaciones que puedan estar afectando a sus hijos.

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REGLAMENTO INTERNO 92

Artículo 243°: Preocuparse de que su hijo(a) o pupilo asista a el Colegio en el horario de clases establecido, como así velar por su correcta presentación personal. Artículo 244°: Colaborar con la Directora y el Comité de Convivencia Pacífica y Democrática en la implementación y desarrollo de todos los aspectos referidos a la normativa de convivencia pacífica dentro del Colegio. Artículo 245°: Retirar personalmente a su hijo(a) o pupilo, durante la jornada diaria de clases. Si otra persona retirase al menor, se deberá comunicar al Colegio mediante un FUT o una anotación en la agenda escolar, con un plazo de anticipación de 24 horas, firmada por ambos padres o tutores de ser el caso. Cualquier impedimento legal de retiro del menor por motivos judiciales por uno de los padres, deberá ser comunicado al Colegio y sustentado con la documentación pertinente. Artículo 246°: Utilizar la plataforma SIANET, de forma respetuosa y estrictamente con fines educativos, al comunicarse con los profesores, autoridades o algún otro miembro del Colegio. Recordar que esta herramienta se ha puesto a su disposición, solo como recurso pedagógico (entregar y recibir información del curso y de su hijo(a) o pupilo, específicamente), y no para proferir insultos, increpar, descalificar y/o desautorizar a cualquier miembro de la comunidad educativa. Ante un reclamo, éste deberá efectuarse personalmente, solicitando entrevista con antelación. Si se quebrantara esta norma, el Colegio se reserva el derecho de solicitar cambio de Apoderado quedando consignado en la Hoja de Vida del estudiante. Artículo 247°: Al matricular a su hijo(a) o pupilo en nuestro Colegio, queda explicitado que el padre de familia o apoderado (a) acepta lo estipulado en el Reglamento Interno y los procedimientos de evaluación que lo rigen, por lo cual, no puede quebrantarlas, tratar de cambiarlas o cuestionarlas, ya que su decisión fue tomada con plena libertad, a conciencia y voluntariamente

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REGLAMENTO INTERNO 93

TÍTULO VIII

RECURSOS MATERIALES

CAPÍTULO I

INVENTARIO – ADQUISICIONES – USO DE LOS RECURSOS DIDÁCTICOS DEL COLEGIO

Artículo 248º: El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles, contará para lograr el eficiente desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje, con ambientes como:

a) Laboratorio de Química, Física y Biología b) Laboratorios de Informática c) Biblioteca d) Sala para música e) Capilla f) Áreas para deporte g) Piscina h) Auditorio

Artículo 249°: Las instalaciones, equipos, aparatos, materiales mostrarios, especies, mapas, maquetas, modelos y otros implementos de que se dispongan estarán ubicados en los salones laboratorios respectivos y se destinarán exclusivamente a actividades y práctica de carácter educativo y en general, a satisfacer las necesidades de enseñanza. Artículo 250°: La Subdirectora, adecuará los horarios a fin de que los cursos o asignaturas afines se desarrollen en las aulas, laboratorios sin ninguna interferencia. Artículo 251°: Las aulas laboratorios funcionarán bajo la responsabilidad de los profesores de la especialidad, encargados de su manejo y conservación. Artículo 252°: El uso de los equipos del Laboratorio de Ciencias, de Informática, así como los libros de la Biblioteca, estará normado en Reglamentos especiales.

CAPÍTULO II

DEL EDIFICIO ESCOLAR

Artículo 253°: El Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles tiene un local institucional ubicado en Malecón Monte Bello 605, Urbanización Rinconada Alta, distrito de la Molina, ciudad, provincia y departamento de Lima. Artículo 254°: La distribución racional de la infraestructura es responsabilidad del Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles Artículo 255°: El uso y conservación de la infraestructura es responsabilidad de la Dirección. Artículo 256°: Los profesores cautelan y contribuyen al buen uso y conservación del local. Artículo 257°: La limpieza y mantenimiento del local escolar es responsabilidad del personal de mantenimiento.

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REGLAMENTO INTERNO 94

CAPÍTULO III

DEL USO DE LOS LOCKERS

Artículo 258°: En el Colegio Privado Bilingüe Reina de los Ángeles, cada estudiante dispondrá de un locker, siendo responsable de lo que guarde en él. Artículo 259º: En el locker, el estudiante solo guardará sus útiles escolares y libros que usará durante el día. Artículo 260°: No está permitido guardar en los locker, revistas, libros y cualquier otro material que no tenga que ver con los estudios. Artículo 261°: La Coordinadora de Convivencia verificará periódicamente el contenido de los lockers para su correcto uso.

CAPÍTULO IV

DEL BANCO DE LIBROS

Artículo 262º: En el colegio funciona el sistema “banco de libros”. El estudiante utilizará los libros bajo el sistema de préstamo. La Dirección del Colegio encargará la administración y dirección de este banco de libros al responsable de esta área. Artículo 263°: El banco de Libros funcionará según su propio reglamento.

CAPÍTULO V

DE LA ATENCIÓN EN DIVERSOS AMBIENTES

Artículo 264°: De la atención en las Oficinas:

a) Los estudiantes serán atendidos en las oficinas durante los períodos de recreo, para efectuar pagos, trámites de documentos, uso de fotocopiadora, consultas, etc. Durante las horas de clase, no deben ingresar al hall, ni a las oficinas.

b) Los estudiantes podrán hacer uso del teléfono público solo durante los recreos, salvo motivo urgente.

c) Los padres de familia que deseen concertar citas con profesores(as), podrán hacerlo telefónicamente, a través de la recepción del plantel, y de acuerdo al rol establecido hasta fines del mes de octubre.

Artículo 265°: De la Capilla:

a) Cada sección deberá ingresar y permanecer en silencio, estará acompañada por su profesor(a) en los sitios ya establecidos. Si ingresa en forma individual, lo harán con el debido respeto y devoción.

b) No se permitirá el ingreso de los estudiantes con alimentos, bebidas, etc. c) Cualquier mal comportamiento en las Celebraciones Eucarísticas o actos litúrgicos

constituyen falta grave.

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REGLAMENTO INTERNO 95

Artículo 266°: De la Biblioteca:

a) Al ingresar a la Biblioteca el estudiante deberán permanecer en absoluto silencio, guardando el debido orden.

b) Durante la etapa de investigación y observación del material audiovisual, El estudiante deben estar sentadas correctamente en las sillas evitando hacerlo en el piso. Al terminar deberán dejar todo el ambiente en orden.

c) Queda terminantemente prohibido el ingreso a la Biblioteca del estudiantado que se encuentre con alimentos y/o bebidas.

d) Para el ingreso a la Biblioteca dentro del horario de clases, el estudiante deberá contar con la autorización de su profesor(a).

e) Queda terminantemente prohibido retirar libros de la Biblioteca sin la presentación del carnet.

f) Si deseas un préstamo de libros te acercarás al módulo de préstamo y devolución, con tu carné y llenar la ficha de “pedido de libro”. Sólo se prestarán enciclopedias para ser utilizadas dentro del Colegio, en este caso el estudiante las solicitará y las devolverá dentro del horario escolar.

g) Los libros y cuentos se prestan a casa por una semana. h) Las enciclopedias, revistas, mapas, juegos y mini cuentos, son para usarse en la

biblioteca. i) En caso de deterioro del libro como: manchas, roturas del libro, pérdida de un libro,

este se repondrá con otro libro en buen estado. j) Sólo se harán préstamos en el primer semestre hasta una semana antes de

vacaciones de medio año y en el segundo semestre hasta la última semana de noviembre.

k) Los juegos de mesa se usarán solamente en el segundo recreo y dejarlos en su lugar.

l) Los servicios higiénicos deberán dejarse limpios y ordenados, tal como los encuentran.

m) Solicitar el ambiente de la biblioteca con 48 horas de anticipación. n) Solicitar el material necesario como libros, enciclopedias, cuentos, con 48 horas de

anticipación. o) Los profesores serán responsables del buen comportamiento y uso de las normas

de convivencia de la Biblioteca. p) Los profesores serán responsables del buen uso del material solicitado para el

trabajo con las estudiantes, de acuerdo con las normas de convivencia. Artículo 267°: Del uso de la Enfermería:

a) Los estudiantes acudirán a la Enfermería portando su Agenda. Una vez recibida la atención requerida regresará inmediatamente a su salón, con la constancia firmada por la persona responsable, indicando la hora en que fue atendida.

b) Si el estudiante continuamente padece de alguna dolencia, debe traer los medicamentos de casa, acompañados de la receta del médico o permiso de sus padres para consumirlos Debe también informar de su situación médica oportunamente.

c) No se puede medicar a los estudiantes sin el consentimiento previo de los padres de familia, si el estudiante acudiera a Enfermería de forma recurrente con la misma dolencia, se comunicará a los padres de forma inmediata y de encontrarse en una situación de emergencia se tomaran las medidas del caso para salvaguardar la integridad del menor.

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REGLAMENTO INTERNO 96

Artículo 268°: En las Ceremonias el estudiante debe:

a) Asistir correctamente uniformado y presentarse con puntualidad a las actividades internas y externas.

b) Asistir a las actividades propuestas por el Colegio, de no hacerlo, se harán acreedores deméritos.

Artículo 269°: De la Piscina:

a) Queda absolutamente prohibido el uso de juegos acuáticos de cualquier tipo sin autorización de los responsables.

b) Cada Usuario se hace responsable del material de trabajo que se le asigne c) Los materiales de trabajo existentes en la Piscina son propiedad del Colegio y no

pueden ser retirados fuera de este ambiente. d) No podrán hacer uso de la Piscina personas ajenas al Colegio que no cuenten con la

autorización respectiva. e) Podrán acceder a la Piscina los docentes o cualquier otro miembro del Colegio,

siempre y cuando cuenten con la autorización de la Coordinadora de Educación Física.

f) Los docentes, o cualquier miembro del Colegio deberán verificar antes de ingresar a la Piscina si se encuentra libre o si se va a dictar alguna clase.

g) No se podrá hacer uso de la piscina en horarios libres cuando éste se encuentre en mantenimiento.

h) Toda necesidad de uso de la Piscina fuera del horario habitual, deberá ser autorizado por la Coordinadora de Educación Física.

i) El solicitante, asume todas las responsabilidades implícitas de la Piscina, firmando en el registro de uso de la Piscina.

j) Se restringe el ingreso de docentes, personal administrativos y personal de mantenimientos en horarios de Clases.

k) Sólo permanecerán dentro de la Piscina los estudiantes propios del curso. l) El docente a cargo permitirá, si es conveniente el ingreso de personas ajenas al

curso. m) El docente-entrenador deberá coordinar previamente para solicitar un horario

determinado para el dictado de su clase con la Coordinadora de Educación Física ya que es la que conocen la disponibilidad del mismo. El cual deberá solicitar a través del Cronograma de Visitas (con su grupo de estudiantes).

n) Toda solicitud de requerimiento de uso de la Piscina por parte de los docentes deberá realizarse con una anticipación no menor de cuarenta y ocho (48) horas. El Usuario de la Piscina deberá:

a) Tener conocimiento de las normativas de la Piscina. b) Usar los materiales didácticos con fines académicos o laborales. c) Al ingresar y retirarse se deberá cerrar la puerta de la Piscina. d) No consumir alimentos y/o bebidas en la Piscina, para evitar el desorden, suciedad y

posibles daños en las instalaciones. e) No usar aparatos celulares ni equipos distractores en horarios de clase f) Informar a la Coordinadora de Educación Física sobre cualquier incidente que

presenten los estudiantes en la Piscina en un lapso no mayor a diez (10) minutos. g) Mantener una conducta acorde con el lugar de trabajo, es decir, no molestar con

ruidos excesivos a los demás usuarios y no ingresar en estados alterados a la Piscina.

h) No jugar con los materiales didácticos. El ser sorprendido en dicha actividad, implicará la salida inmediata de la Piscina.

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 97

i) Luego de cambiarse con la ropa de trabajo, dejará sus pertenencias en las gradas (su canastilla, mochilas, cuadernos, carpetas, etc.)

j) Al momento de retirarse recogerán la canastilla hacia los camerinos con toda su indumentaria, el personal de servicio no se responsabilizan por las pérdidas o daños a las pertenencias de los Usuarios.

k) Al salir de la Piscina el estudiante, Docente o Personal Administrativo deberá dejar en buen estado y en forma ordenada los implementos que le fueron asignados (flotadores, aletas, tablas etc).

l) Todos los usuarios deberán retirarse (10) minutos antes del próximo inicio de clases o cambio de turno (las estudiantes estarán en la siguiente clase en el horario correspondiente)

Los Usuarios podrán hacer uso:

a) Para realizar presentaciones, ensayos, entrenamientos etc. b) Participar en talleres o cursos planificados por la Coordinación de Educación Física c) Para competencias planificadas por el área, previa autorización de las autoridades

competentes. Es responsabilidad del Responsable del ambiente de Piscina:

a) Atender todas las dudas que tengan los Usuarios con respecto al uso de la piscina b) Administrar todo el material didáctico, así mismo su buen uso. c) Velar por que exista un ambiente adecuado, detectando aquellos usuarios que no

utilicen los recursos en forma apropiada o interfieran con el trabajo de los demás usuarios.

d) En los casos de “Horarios Libres” deberá llevar un control de ingreso de los Usuarios a través del registro de uso de la piscina de los tres niveles.

e) Mantener un control sobre los recursos existentes en la Piscina, por medio de un inventario los cuales deben ser actualizados cada vez que se presenten cambios o nuevos materiales.

f) Cada material didáctico debe tener una Ficha Técnica que determine al detalle las características y configuración que posee.

g) Hacer seguimiento de las reparaciones de los materiales didácticos h) Hacer cumplir las Políticas, Normas y Procedimientos detallados en el presente

manual.

Artículo 270°: De los Coliseos:

a) Queda absolutamente prohibido el uso de material deportivo, gimnástico y recreativo de cualquier tipo sin autorización de los responsables.

b) Cada Usuario se hace responsable del material de trabajo que se le asigne c) Los materiales de trabajo existentes en los coliseos son propiedad del Colegio y no

pueden ser retirados fuera de este ambiente. d) No podrán hacer uso de los coliseos personas ajenas al Colegio que no cuenten con

la autorización respectiva. e) Podrán acceder a los coliseos los docentes o cualquier otro miembro del Colegio,

siempre y cuando cuenten con la autorización de la Coordinadora de Educación Física.

f) Los docentes, o cualquier miembro del Colegio deberán verificar antes de ingresar a los coliseos, si en ese momento no se dictará clases.

g) No se podrá hacer uso de los coliseos en horarios libres cuando éste se encuentre en mantenimiento.

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 98

h) Toda necesidad de uso de los coliseos fuera del horario habitual, deberá ser autorizado por la Coordinadora de Educación Física y/o las autoridades del Colegio

i) El solicitante, asume todas las responsabilidades implícitas de los coliseos, firmando en el registro de uso de los coliseos.

j) Se restringe el ingreso de docentes, personal administrativos y personal de mantenimientos en horarios de clases.

k) Sólo permanecerán dentro de los coliseos los estudiantes propios del curso. l) El docente a cargo permitirá, si es conveniente el ingreso de personas ajenas al

curso. m) El docente-entrenador deberá coordinar previamente para solicitar un horario

determinado para el dictado de su clase con la Coordinadora de Educación Física ya que es la que tiene el horario de la disponibilidad del mismo. El cual deberá solicitar a través del Cronograma de Visitas (con su grupo de estudiantes).

n) Toda solicitud de requerimiento de uso de los coliseos por parte de los docentes deberá realizarse con una anticipación no menor de cuarenta y ocho (24) horas. El Usuario del Coliseo deberá:

a) Tener conocimiento de las normativas de los coliseos b) Usar los materiales didácticos con fines académicos, deportivos o laborales. c) Solo se permite el ingreso de los coliseos con zapatillas y/o zapatos de goma en

ningún momento con zapatos de fútbol o zapatos tacones d) No consumir alimentos y/o bebidas en los coliseos, para evitar el desorden, suciedad

y posibles daños en las instalaciones. e) No usar aparatos celulares ni equipos distractores en horarios de clase f) La ubicación de los visitantes en horarios de partidos en que represente el Colegio

será en las graderías. g) Informar a la Coordinadora de Educación Física sobre cualquier incidente que

presenten los estudiantes en los coliseos en un lapso no mayor a diez (10) minutos. h) Mantener una conducta acorde con el lugar de trabajo, es decir, no molestar con

ruidos excesivos a los demás usuarios y no ingresar en estados alterados a los coliseos

i) No está permitido jugar y/o efectuar calentamientos con balones y/o otros objetos en baños, camerinos, pasillos de acceso, graderías y todos aquellos espacios que no se consideren deportivos.

j) No se permite el ingreso de patines, monopatines, skates, bicicletas o cualquier otro vehículo a las instalaciones.

k) Al momento de retirarse recogerán sus pertenencias, el personal de servicio no se responsabilizan por las pérdidas o daños de los usuarios.

l) Cualquier artículo u objeto (ropa, joyas, dispositivos electrónicos, etc) que se encuentre por las estudiantes, usuarios o personal del Colegio en las instalaciones del coliseo por obligación deber ser derivado a la oficina de Coordinación de Deportes o Garita de vigilancia.

m) Los deportistas, estudiantes y usuarios deben tener un comportamiento ético, evitando el uso de vocabulario soez o siendo participe de riñas o conductas antideportivas. Dado este caso se procederá a la expulsión del usuario de las instalaciones Los Usuarios podrán hacer uso:

a) Para realizar presentaciones, ensayos, entrenamientos, etc. b) Participar en talleres o cursos planificados por la Coordinación de Educación Física c) Para realizar partidos de Adecore y otras competencias planificadas por los

entrenadores, profesores.

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 99

d) Atender todas las dudas que tengan los usuarios con respecto al uso de los coliseos e) Administrar todo el material didáctico, así mismo su buen uso. f) Velar por que exista un ambiente adecuado, detectando aquellos usuarios que no

utilicen los recursos en forma apropiada o interfieran con el trabajo de los demás usuarios.

g) En los casos de “Horarios Libres” deberá llevar un control de ingreso de los usuarios a través del registro de uso de los coliseos de los tres niveles.

h) Mantener un control sobre los recursos existentes en los coliseos, por medio de un inventario los cuales deben ser actualizados cada vez que se presenten cambios o nuevos materiales.

i) Cada material didáctico debe tener una Ficha Técnica que determine al detalle las características y configuración que posee.

j) Hacer seguimiento de las reparaciones de los materiales didácticos k) Hacer cumplir las Políticas, Normas y Procedimientos detallados en el presente l) manual.

Artículo 271°: El Usuario de Laboratorio de Informática de Inicial, Primaria y Secundaria deberá:

a) Usar los Equipos de Informática con fines Académicos o Laborales. b) Al Ingresar y retirarse se deberá cerrar la puerta del Laboratorio. c) No consumir alimentos y/o bebidas en los Laboratorios de Informática, para evitar el

desorden, suciedad y posibles daños en los equipos. d) No chatear ni escuchar música. e) Informar al Responsable del laboratorio sobre cualquier falla que presente el equipo

de cómputo en un lapso no mayor a diez (10) minutos. f) No modificar la configuración de los equipos (hardware y software). g) Mantener una conducta acorde con el lugar de trabajo, es decir, no molestar con

ruidos excesivos a los demás usuarios y no ingresar en estados alterados al Laboratorio de Informática.

h) No dejar sus pertenencias en los módulos (mochilas, cuadernos, carpetas, etc.) i) Al momento de retirarse. Los responsables de los laboratorios no se responsabilizan

por las pérdidas o daños a las pertenencias de los usuarios. j) Al salir del laboratorio el estudiante, docente o personal Administrativo deberá dejar

en buen estado y en forma ordenada los implementos que le fueron asignados (PC, Mouse, Teclado, Sillas).

k) Todos los usuarios deberán retirarse cinco (05) minutos antes del inicio de clases o cambio de turno (en el caso de que existiera gran demanda).

Artículo 272°: Del Laboratorio de Ciencias:

a) La infraestructura, el mobiliario y equipo son exclusivamente para ser usados en las experiencias programadas por el área de Ciencia Tecnología y Ambiente.

b) El horario de funcionamiento es de 8:00 a.m. a 15:15 p.m. c) Las estudiantes ingresaran al laboratorio en el horario y turno que les corresponda,

con su respectivo profesor (a) en estricto orden el cual debe ser mantenido en el laboratorio.

d) Las estudiantes están obligadas a vestir adecuadamente el mandil blanco (bien planchado y limpio) durante el desarrollo de la clase práctica para proteger de esta forma el uniforme y su integridad.

e) Las estudiantes se instalaran en las mesas, según el grupo que se le asigne, solamente podrán cambiar de lugar previa autorización del docente.

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REGLAMENTO INTERNO 100

f) Durante el desarrollo de la experiencia, las estudiantes que integren un grupo podrán tener intercambio de ideas y opiniones exclusivamente con las participantes de su grupo. El dialogo entre grupos queda terminantemente prohibido.

g) La experiencia culminará 10 minutos antes del toque de timbre los que serán distribuidos para dejar limpio y ordenado el material utilizado sobre la mesa de trabajo, y retirarse en perfecto orden a sus respectivas aulas.

h) Las estudiantes que malogren o rompan algún equipo de laboratorio deberán reponer estos en el transcurso de la semana, siendo el tiempo límite a fin de mes.

i) Las estudiantes que no hubiesen realizado alguna experiencia por la inasistencia al colegio, podrán recuperar la práctica en la fecha y hora establecida por el jefe de laboratorios previa autorización del profesor (a) del curso, documento que será remitido al laboratorio.

j) En el caso de que algún profesor (a) necesite el laboratorio para realizar una experiencia en turno que no le corresponde, solicitará la cronogramación de su uso con anticipación.

k) Está totalmente prohibido que las estudiantes tomen material de los armarios y anaqueles, sin autorización del docente y/o responsable del laboratorio.

l) El préstamo de materiales de laboratorio al salón de clase debe ser pedido el día anterior o una hora antes a la clase previa autorización escrita y responsabilidad del profesor (a).

m) Las sustancias de laboratorio son exclusivamente para uso de las respectivas prácticas. Está prohibido que las estudiantes soliciten para otros fines, como por ejemplo acetona, ácidos, etc.

LO QUE DEBE HACER: a) Leer atentamente las guías de laboratorio, entender, razonar, planificar

grupalmente el trabajo y plantear hipótesis antes de efectuar el experimento. b) Llevar consigo al laboratorio sólo el material necesario para tomar apuntes y lo

solicitado por el profesor (a). c) Antes de desarrollar la práctica deberá comprobar y verificar el material necesario

para la experiencia. d) Tener los equipos, materiales y área de trabajo siempre limpio evitando recargar con

útiles u otros objetos su mesa de trabajo. e) Utilizar el equipo montado solo después de haber sido revisado por la profesora del

curso o de laboratorio. f) Usar material, equipo y sustancias estrictamente necesarias planificando

creativamente su experiencia. g) Leer bien las etiquetas de los envases antes de usar algún reactivo. h) Tomar las precauciones necesarias para manipular material caliente, ácidos y álcalis

fuertes así como sustancias inflamables y equipos de vidrio. i) Al calentar una sustancia en el tubo de ensayo, cuidar de no dirigir el extremo

superior del tubo hacia sus compañeras. j) Echar los desperdicios sólidos al tacho de basura y los líquidos al lavadero, cuando

éstos sean ácidos deje caer abundante agua a fin de diluir y evitar que las tuberías se deterioren.

k) Al concluir cada experimento verificar que las llaves del agua estén bien cerradas. l) Informar al profesor (a) ante cualquier accidente por muy pequeño que sea. m) Durante el experimento recuerde que es fundamental: ATENDER, PLANIFICAR,

OBSERVAR, RAZONAR, REALIZAR, ENTENDER, DEBATIR Y CONCLUIR. n) Antes de salir lavarse las manos, registrar la firma del docente en la guía de

laboratorio y esperar la indicación del docente para retirarse del laboratorio.

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REGLAMENTO INTERNO 101

LO QUE NO DEBE HACER:

a) Solicitar mandil u otros materiales a compañeras de otros salones interrumpiendo las clases.

b) Conversar o hacer ruidos que distraigan a sus compañeras de trabajo. c) Efectuar experiencias que no estén en las guías, las cuales quedan

terminantemente prohibidas. d) Tocar los compuestos químicos o soluciones con las manos a menos que esté

autorizada para ello. e) Oler o degustar compuestos químicos, salvo que se indique y esté enterada del

modo de hacerlo. f) Usar incorrectamente los equipos y materiales para evitar accidentes. g) Encender fósforo antes de controlar la llave de gas o mechero. h) Nunca haga bromas en el laboratorio. PELIGRO: podría lamentarse toda la vida. i) No descarte ningún resultado obtenido hasta que esté completamente segura que

no lo necesitará más. j) Prohibido el uso de artefactos ajenos a los del laboratorio, tales como teléfonos

celulares, iPod, reproductores digitales, juegos u otros que distraigan el trabajo científico y podría generar accidentes.

SOLICITUD DE USO DE LOS LABORATORIOS DE CIENCIAS PARA VISITA DE DOCENTE O ESTUDIANTES: El (la) docente deberá

a) Programar el uso de un laboratorio, en la sesión de aprendizaje. b) Visar la sesión con el Asesor de Ciencias. c) Coordinar con la auxiliar de laboratorio para informar la necesidad de uso y verificar

la disponibilidad en la hora y fecha programadas. d) Solicitar un horario determinado para el dictado de la experiencia o actividad

programada y registrarla en el cuaderno de Uso de los laboratorios. e) Toda solicitud de requerimiento de uso del laboratorio por parte de los docentes

deberá realizarse con una anticipación no menor de cuarenta y ocho (48) horas. f) Terminado la actividad experiencia de laboratorio, el (la) docente registra su

conformidad o disconformidad, marcando sí o no respectivamente, en la hoja de Registro de Uso de los laboratorios de Ciencias disponible en cada escritorio adyacente a la puerta de ingreso.

Artículo 273°: Del Auditorio:

a) La infraestructura, el mobiliario y equipo multimedia son exclusivamente para ser usados por los estudiantes, docentes y padres de familia para actividades y prácticas de carácter educativo y en general, a satisfacer las necesidades de enseñanza.

b) Podrán acceder al uso del auditorio previa autorización de la Coordinadora General o Dirección.

c) Toda solicitud del uso del auditorio debe realizar con 48 horas de anticipación. d) Terminada la actividad del auditorio se debe registrar su conformidad o

desconformidad, respondiendo a los indicadores del registro de uso. e) Mantener limpio y ordenado el Auditorio durante su uso.

Artículo 274°: Del Salón de Música:

a) Traer siempre los materiales que se necesitan para trabajar (instrumento musical). b) Hacer uso apropiado de los materiales y de los equipos (instrumentos musicales). c) No consumir alimentos en el salón de clases.

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REGLAMENTO INTERNO 102

d) Mantener un clima de respeto y de armonía. e) Prohibido el uso de celulares, iPod y cualquier artefacto que no sea necesario para

la clase. f) Mantener una conducta ética, poniendo en práctica el carisma Dominico “Predicar la

Verdad y Portar la Luz de Cristo”. g) Estar atenta de la clase y actividades que indique el profesor. h) Entrar en forma ordenada. i) Mantener el salón de clase limpio y ordenado. j) El profesor es quien despide la clase. El profesor indicará al momento de salir.

TÍTULO IX

DEL RÉGIMEN LABORAL

CAPÍTULO I

DEL CONTENIDO, FINES Y ALCANCES

Artículo 275°: El PRESENTE TÍTULO será obligatorio para el (la) trabajador(a) del Colegio, para el fiel y estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en su texto. Desde la fecha de su ingreso al Colegio y/o entrega del presente extracto normativo al trabajador, no podrá alegar ignorancia de las disposiciones del presente Reglamento Interno, no siendo necesario hacer declaración expresa en el respectivo contrato de trabajo de conocerlos y de comprometerse a cumplir todas sus disposiciones. En todo lo no contemplado en el presente título, será de aplicación las disposiciones que emanan de la Ley, teniendo como punto de partida, el carácter SINALAGMATICO DEL CONTRATO DE TRABAJO así como el principio de buena fe laboral. Artículo 276°: El personal docente y no docente del Colegio , se encuentra sujeto única y exclusivamente al régimen laboral de la actividad privada, teniendo como marco normativo las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 728 Decreto Supremo 003-97 TR y normas concordantes, de conformidad a lo establecido en el Artículo 61º de la Ley General de Educación Nº 28044, concordante con el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación; y el Artículo 81º del Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-ED de fecha 20 de abril del año 2006. Artículo 277°: Son fines del presente Título:

a) Establecer un marco normativo interno que de forma especial regule aspectos no contemplados por la norma laboral, a fin de regular el ingreso de los trabajadores al Centro Educativo; la jornada y horario de trabajo; refrigerio; control de asistencia, permisos; licencias e inasistencias; descansos semanales, derechos y obligaciones del Centro Educativo, derechos y obligaciones del trabajador, mantenimiento de la armonía entre trabajadores, miembros en general de la comunidad educativa y el empleador; modalidad de los descansos semanales; medidas disciplinarias; persona encargada de atender los asuntos laborales y la tramitación de los mismos; higiene y seguridad en el trabajo; indicaciones para evitar accidentes; instrucciones para prestar primeros auxilios; y demás disposiciones necesarias para el buen funcionamiento del Centro Educativo, con el propósito de brindar un servicio educativo de calidad.

b) Efectuar una adecuada administración de personal, en apoyo del servicio educativo. c) Reconocer los méritos y desempeño laboral de los trabajadores en base a su

identificación y compromiso con los fines y objetivos institucionales.

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REGLAMENTO INTERNO 103

Artículo 278°: ALCANCE

a) El alcance de este Reglamento se aplica a todas las actividades y servicios que desarrolla el Centro Educativo.

b) A todo el personal que labora en Centro Educativo. c) Todo trabajador del Centro Educativo debe conocer y cumplir el contenido del

presente Reglamento, por lo tanto, el Colegio, difundirá el mismo por los medios de comunicación a su alcance.

d) El presente Reglamento Interno podrá ser modificado cuando así lo exija el desarrollo educativo y/o las disposiciones legales vigentes que le sean aplicables. Todas las modificaciones del Reglamento Interno serán puestas a conocimiento de los trabajadores.

Artículo 279°: El Centro Educativo al tener un carácter ideológico claramente definido y reconocer que el profesorado es agente fundamental de la educación, exige rigurosa selección, preparación adecuada y permanente, una actitud y conducta irreprochables para su misión católica; por eso ha ideado el siguiente perfil:

a) Tener una sólida formación en valores que guía la integridad y la coherencia de su conducta, tanto dentro como fuera del Centro Educativo.

b) Demuestra autoconocimiento y autocontrol de su persona, tanto dentro como fuera del Centro Educativo.

c) Sabe escuchar y genera un ambiente de empatía. d) Es responsable frente a su misión de liderazgo y de su compromiso como agente

formador de líderes positivos. e) Es una persona auténtica, justa y responsable. f) Es modelo de valores cristianos e inspiración de sus estudiantes, transmitiendo una

vocación de servicio a los demás. g) Despierta entusiasmo en los estudiantes para descubrir y desarrollar sus

potencialidades con el fin de construir un mundo mejor. h) Respeta la individualidad de cada estudiante, reforzando sus virtudes y fortaleciendo

su autoestima. i) Comparte con los padres de familia la responsabilidad en la tarea formadora de los

estudiantes, teniendo siempre apertura al diálogo. j) Propicia el trabajo en equipo, generando un ambiente de armonía y enriquecimiento

en las interrelaciones humanas. k) Tiene una sólida formación académica y preocupación constante por su capacitación

y actualización. l) Es abierto al cambio, incorporando a su quehacer educativo los últimos avances de

la ciencia y la tecnología para alcanzar la excelencia. m) Está comprometido con la visión y misión del Centro Educativo. n) Asume, respeta y hace respetar las normas del Reglamento.

Artículo 280°: el Incumplimiento del profesorado del compromiso ético enmarcado en la cláusula precedente, constituye falta grave que hace imposible la subsistencia del vínculo laboral, por lo tanto el Centro Educativo, dado el carácter ideológico que ostenta, está facultado para sancionar dicho incumplimiento conforme a los alcances del Decreto Supremo 003-97-TR dentro de un marco adecuado de respeto a los principios de inmediatez y razonabilidad.

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REGLAMENTO INTERNO 104

CAPÍTULO II

FUNCIONES DEBERES Y DERECHOS DEL PROFESORADO Artículo 281°: Son funciones del profesorado:

a) Planificar, ejecutar y evaluar las acciones educativas propuestas por los órganos de apoyo del Colegio.

a) Programar, desarrollar y evaluar la programación curricular en el grado o asignatura a su cargo; emitir los informes de orden técnico-pedagógico y conductual; y formular las sugerencias que estime conveniente para el mejor desarrollo del proceso educativo.

b) Utilizar técnicas y métodos educativos que garanticen el mejoramiento cualitativo de la educación.

c) Promover su capacitación y actualización técnico-pedagógica en base a la investigación y al interaprendizaje.

d) adicionalmente y por necesidad del servicio demostrado razonablemente, el profesorado realizara las funciones que el Centro educativo les asigne, aun cuando estas no tengan incidencia directa con el dictado de clases.

DE LOS DEBERES: Artículo 282°: En adición a los dispositivos de la Ley General de Educación, Ley de Colegios Privados y sus respectivos Reglamentos, Reglamento Interno y Manual de Organización y Funciones del Colegio , constituyen funciones del trabajador:

a) Respetar y hacer cumplir los principios y objetivos de la Educación Católica asumidos por el Colegio en el presente Reglamento.

b) Concurrir puntualmente a el Colegio y desempeñar con eficiencia sus responsabilidades especificadas en el Manual de Organización y Funciones, priorizando la orientación del aprendizaje y enseñanza.

c) Cumplir la jornada de trabajo la cual se deja constancia que es Variable y se determinara en función a las necesidades del Colegio siendo la jornada básica de 48 horas semanales cuya distribución se realizara mediante un Memorando en el que se determinara el horario y las funciones de cada Trabajador.

Artículo 283°: Los docentes distribuirán su Jornada de trabajo en planificación, ejecución curricular, evaluación, coordinación y actividades propias de la labor docente. Asimismo participarán de las reuniones y actividades con los Padres de Familia. Artículo 284º: Los docentes que reúnan las cualidades requeridas asumirán la responsabilidad de Tutoría. DE LOS DERECHOS: Artículo 285°: El Personal Docente del Colegio tendrá derecho a:

a) Tener un documento de contratación y estar sujeto a las disposiciones de carácter laboral que rigen para el sector privado.

b) Percibir una remuneración justa de acuerdo a las condiciones económicas del Colegio.

c) No sufrir disminución en sus haberes, salvo los descuentos de ley o por tardanzas e inasistencias injustificadas al Colegio.

d) Gozar de vacaciones remuneradas, las que se abonarán de acuerdo a las normas

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REGLAMENTO INTERNO 105

del Régimen Laboral de la Actividad Privada. e) Gozar de licencia por enfermedad y estudios, en concordancia a los dispositivos que

norman en el Régimen Laboral de la Actividad Privada. f) Gozar de los servicios asistenciales ofrecidos por el Seguro Social, AFP, Seguro de

Vida y Accidentes. g) Gozar de beneficios económicos de acuerdo al presupuesto anual del Colegio. h) Participar activamente en la Comunidad Educativa y/o alcanzando sugerencias en

materia de organización, funcionamiento y orientación pedagógica y proyecto de mejora del Colegio ,

i) Recibir capacitación y perfeccionamiento para el mejor desempeño de sus funciones.

j) Recibir estímulos de agradecimiento y felicitación cuando se conozca de acciones excepcionales y cumplimiento altamente eficiente de las tareas o comisiones encargadas por el Personal Directivo.

k) Elegir y ser elegido en los diversos cargos dentro de la organización del Colegio. DE LAS PROHIBICIONES Artículo 286°: Las acciones del personal docente que se detalla a continuación, quedan expresamente prohibidas por el Centro Educativo, constituyendo Falta Grave el quebrantamiento de cualquiera de ellas.

a) Obstaculizar el cumplimiento de los principios y lineamientos católicos del Colegio. b) Abandonar sus tareas o ausentarse del Colegio, sin previo aviso a la Subdirectora

General. c) Solicitar préstamos a Padres de Familia o Personal del Colegio. d) Censurar las disposiciones emanadas de la Autoridad Superior o fomentar el

desacato de las mismas. e) Atentar en cualquier forma contra la integridad física, intelectual o moral de los

estudiantes. f) Dar clases particulares remuneradas o gratuitas a los estudiantes del Colegio dentro

o fuera de la misma. g) Reunirse con los Padres de Familia fuera del ámbito escolar sin autorización de la

Dirección. h) Desempeñar dentro del Colegio actividades ajenas a la labor docente como: venta

de libros, objetos y otros Artículo s. i) Hacer propagandas de índole político partidaria dentro del Colegio. j) Realizar cambios de horarios o actividades sin la debida autorización. k) Hacer colectas por cualquier motivo, sin permiso expreso del Colegio. l) Expulsar a los estudiantes de clase. m) Fumar en cualquier ambiente del Colegio. n) Otorgar permisos consecutivos sin justificación coherente alguna a un estudiante; en

caso extremo vigilará su retorno. o) Emitir entre los estudiantes o Padres de Familia, opinión negativa de las Autoridades

o Personal del Colegio, ya sea de forma presencial o través de medios informáticos de comunicación.

p) Delegar en cualquier forma funciones docentes sin previa autorización de la Dirección del Colegio.

q) Dedicar los períodos de clase a la calificación de las pruebas y a las actividades de orden personal.

r) Imponer castigos corporales. s) Uso de celulares y otros dentro del horario de clases. t) Mostrar comportamientos impropios que atenten contra la moral y las buenas

costumbres en el Colegio y/o llevar una conducta deshonrosa fuera de esta.

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REGLAMENTO INTERNO 106

CAPÍTULO III

DESEMPEÑO LABORAL

Artículo 287°: El desempeño laboral del Personal del Colegio “REINA DE LOS ANGELES” está conformado por un conjunto de normas e instrumentos que sistemáticamente registran y proporcionan información válida y confiable sobre el acceso, desplazamiento, evaluación y promoción de quienes laboran en el Colegio , lineamientos que se encuentran desarrollados en el Reglamento Interno de Trabajo (R.I.T.) Artículo 288°: El desempeño laboral permite:

a) Registrar el ingreso del personal y sus antecedentes profesionales. b) Apreciar el desempeño laboral. c) Registrar y valorar los méritos. d) Registrar las deficiencias y deméritos. e) Brindar información sobre la eficiencia de los servicios que presta el trabajador a

fin de tomar las decisiones para optimizar la acción y gestión educativa. f) Acumular el tiempo de servicios.

CAPÍTULO IV

DE LA EVALUACIÓN

Artículo 289°: La evaluación a docentes es permanente e integral y se consolidará bimestralmente, semestralmente y anualmente y estará a cargo de la Dirección, Subdirección, Coordinación de nivel, Asesores y Consultoría Externa y el resultado de la evaluación serán tomados en cuenta para determinar la permanencia del personal en la Institución. Artículo 290°: En el proceso de evaluación se consideran los siguientes aspectos básicos:

a) Antecedentes profesionales:

Títulos o grados con posterioridad al Título Profesional en Educación.

Tiempo de Servicios.

Cargos desempeñados. b) Desempeño laboral

Eficiencia en el servicio.

Asistencia y puntualidad.

Participación, colaboración en el trabajo escolar. c) Méritos

Distinciones, felicitaciones y reconocimiento.

Producción intelectual.

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 107

CAPÍTULO V

DEL PODER SANCIONADOR

Son de aplicación a todo el personal las sanciones impuestas por el incumplimiento de la buena fe laboral que haga imposible la subsistencia del contrato de trabajo: Artículo 291°: La Dirección del Colegio “REINA DE LOS ANGELES” ejerce el poder de dirección que emana del contrato de trabajo, pudiendo delegar dicho poder de dirección al personal de confianza delimitando en el Reglamento Interno De Trabajo, el contenido y alcances de dicha delegación. Artículo 292°: Las sanciones disciplinarias se aplicarán teniendo en cuenta la gravedad de la falta y deberán estar debidamente comprobadas dentro de un adecuado procedimiento, el mismo que será normado en el reglamento interno de trabajo (R.I.T). Artículo 293°: Cualquier falta a las normas establecidas en el presente Reglamento serán sancionadas según el caso por caso, con:

a) Amonestación verbal. b) Amonestación escrita. c) Descuentos. d) Suspensión sin goce de haber de 2 a 30 días. e) Despido o separación definitiva del Colegio.

Artículo 294°: La ausencia del personal por más de tres días consecutivos al Colegio sin la autorización escrita correspondiente, será tipificado como abandono de cargo y será sancionada con falta grave, conforme a los alcances de la norma laboral. Artículo 295°: La ausencia menor de tres días sin aviso, será descontada indefectiblemente y se hará merecedora a una amonestación escrita. Salvo que la misma se justifique de forma adecuada dentro de los tres primeros días de cometida la falta. Artículo 296°: Tres tardanzas consecutivas equivalen a una falta sin justificar. Artículo 297°: Toda falta debe ser justificada con la documentación de la Entidad Pública o Afiliación del Seguro Particular. Artículo 298°: El despido de un trabajador se realizara tomando en cuenta las normas legales que Garanticen el derecho de defensa de todo trabajador, solo se podrá despedir por causa justa y dentro de un adecuado procedimiento que garantice el DEBIDO PROCESO. Artículo 299°: La terminación del vínculo laboral se produce por:

a) Renuncia. b) Despido por falta grave. c) Vencimiento del plazo de contrato. d) Mutuo acuerdo. e) Jubilación. f) Otros que contempla la Ley.

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COLEGIO PRIVADO BILINGÜE “REINA DE LOS ÁNGELES”

REGLAMENTO INTERNO 108

CAPÍTULO VI

DEL ESTIMULO A LOS TRABAJADORES

Artículo 300°: Los trabajadores, podrán realizar capacitaciones, las mismas que para contar con el apoyo y permisos respectivos, deberán ser comunicadas con la debida anticipación al área de recursos humanos. Artículo 301°: Los trabajadores que reciban capacitación auspiciada íntegramente por el Colegio, deberán suscribir la documentación que el Centro Educativo requiera, conforme al R.I.T (Pacto de permanencia)

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS

Primera.- El presente Reglamento Interno entrará en vigencia luego del primer día que se emita la Resolución expedida por la Entidad Promotora del Colegio que lo aprueba. Segunda.- El presente Reglamento Interno será de público conocimiento y de obligatorio cumplimiento para todos los miembros de la Comunidad Educativa; Personal Docente y no Docente que labora en el Colegio, así como a los Padres de Familia. Tercera.- Los casos no contemplados en el presente Reglamento Interno del Colegio “REINA DE LOS ANGELES” serán evaluados por la Dirección General. La Dirección General, es la representante legal del Colegio y por ende del cumplimiento del presente Reglamento.