Comentario de la Ley General del Ambiente N° 28611-2005

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    La Ley General del Ambiente N 28611

    ESTRUCTURA

    Ttulo preliminar -Derechos y principiosTtulo I.-Poltica nacional del ambiente y esti!n ambientalCaptulo 1 Aspectos GeneralesCaptulo 2 Poltica Nacional del AmbienteCaptulo 3 Gestin ambientalCaptulo 4 Acceso a la Informacin Ambiental y Participacin CiudadanaTtulo II. " De los Su#etos de la esti!n ambientalCaptulo 1 r!ani"acin del #stadoCaptulo 2 Autoridades p$blicasCaptulo 3 Poblacin y ambienteCaptulo 4 #mpresa y ambienteTtulo III. " Interaci!n de la esti!n ambientalCaptulo 1 Apro%ec&amiento sostenible de los recursos naturalesCaptulo 2 Conser%acin de la di%ersidad biol!icaCaptulo 3 Calidad Ambiental Captulo 4 Ciencia' tecnolo!a y educacin ambientalTtulo I$. " Responsabilidad por Da%o AmbientalCaptulo 1 (iscali"acin y controlCaptulo 2 )*!imen de responsabilidad por el da+o ambientalCaptulo 3 ,edios para la resolucin y !estin de los con-ictos ambientalesDisposiciones transitorias& complementarias y 'nales.

    ASPECT(S )E*ERA+ES

    Artculo I./0el derec&o de acceso a la usticia ambiental oda persona tiene el derec&oa una accin rpida' sencilla y efecti%a' ante las entidades administrati%as y

    urisdiccionales' en defensa del ambiente y de sus componentes' %elando por la debidaproteccin de la salud de las personas en forma indi%idual y colecti%a' la conser%acinde la di%ersidad biol!ica' el apro%ec&amiento sostenible de los recursos naturales' ascomo la conser%acin del patrimonio cultural %inculado a a5uellos/ 6e puede interponeracciones le!ales aun en los casos en 5ue no se afecte el inter*s econmico delaccionante/ #l inter*s moral le!itima la accin aun cuando no se re7era directamente alaccionante o a su familia/8Art/ 92: del /;e!/ #Bp/ @=402@@20AAC'6entencia del ribunal Constitucional0Caso NeBtel?

    Artculo 1D/0el obeti%o;a presente ;ey es la norma ordenadora del marco normati%o le!al para la !estinambiental en el Per$/ #stablece los principios y normas bsicas para ase!urar el

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    efecti%o eercicio del derec&o a un ambiente saludable' e5uilibrado y adecuado para elpleno desarrollo de la %ida' as como el cumplimiento del deber de contribuir a unaefecti%a !estin ambiental y de prote!er el ambiente' as como sus componentes' conel obeti%o de meorar la calidad de %ida de la poblacin y lo!rar el desarrollo sostenibledel pas/

    Artculo 2D/0el mbito2/1 ;as disposiciones contenidas en la presente ;ey' as como en sus normascomplementarias y re!lamentarias son de obli!atorio cumplimiento para toda personanatural o urdica' p$blica o pri%ada' dentro del territorio nacional' el cual comprende elsuelo' subsuelo' el dominio martimo' lacustre' &idrol!ico e &idro!eol!ico y el espacioa*reo/A6P#C6 G#N#)A;#6

    Artculo

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    p$blicos descentrali"ados e instituciones p$blicas a ni%el nacional' re!ional y local 5ueeercen competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales> as comopor los 6istemas )e!ionales y ;ocales de Gestin Ambiental' contando con laparticipacin del sector pri%ado y la sociedad ci%il/

    14/3 ;a Autoridad Ambiental Nacional es el ente rector del 6istema Nacional de Gestin

    Ambiental/

    8Arts/ 2: y los Planes de Cierre> los Planes deContin!encias> los estndares nacionales de calidad ambiental> la certi7cacinambiental' las !arantas ambientales> los sistemas de informacin ambiental> losinstrumentos econmicos' la contabilidad ambiental' estrate!ias' planes y pro!ramasde pre%encin' adecuacin' control y remediacin> los mecanismos de participacinciudadana> los planes inte!rales de !estin de residuos8H? en !eneral' todos a5uellosorientados al cumplimiento de los obeti%os se+alados en el artculo precedente/ 8H?

    Artculo 2D/0e los #studios de Impacto Ambiental/;os #studios de Impacto Ambiental #IA' son instrumentos de !estin 5ue contienenuna descripcin de la acti%idad propuesta y de los efectos directos o indirectospre%isibles de dic&a acti%idad en el medio ambiente fsico y social' a corto y lar!o pla"o'as como la e%aluacin t*cnica de los mismos/ 8H?

    Artculo 2=D/0e los Pro!ramas de Adecuacin y ,aneo Ambiental/2=/1 ;a autoridad ambiental competente puede establecer y aprobar Pro!ramas deAdecuacin y ,aneo Ambiental PA,A' para facilitar la adecuacin de una acti%idadeconmica a obli!aciones ambientales nue%as' debiendo ase!urar su debidocumplimiento en pla"os 5ue estable"can las respecti%as normas 8H?

    Artculo 2

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    Artculo 2D/0e las normas transitorias de calidad ambiental de carcter especial/;a Autoridad Ambiental Nacional en coordinacin con las autoridades competentes'puede dictar normas ambientales transitorias de aplicacin espec7ca en "onasambientalmente crticas o afectadas por desastres' con el propsito de contribuir a surecuperacin o superar las situaciones de emer!encia/ 8H?

    Artculo 3@D/0e los planes de descontaminacin y el tratamiento de pasi%osambientales /3@/1 ;os planes de descontaminacin y de tratamiento de pasi%os ambientales estndiri!idos a remediar impactos ambientales ori!inados por uno o %arios proyectos dein%ersin o acti%idades' pasados o presentes/ #l Plan debe considerar su 7nanciamientoy las responsabilidades 5ue correspondan a los titulares de las acti%idadescontaminantes' incluyendo la compensacin por los da+os !enerados' bao el principiode responsabilidad ambiental/ 8H?Artculo 31D/0el #stndar de Calidad Ambiental /31/1 #l #stndar de Calidad Ambiental #CA' es la medida 5ue establece el ni%el deconcentracin o del !rado de elementos' sustancias o parmetros fsicos' 5umicos ybiol!icos' presentes en el aire' a!ua o suelo' en su condicin de cuerpo receptor' 5ue

    no representa ries!o si!ni7cati%o para la salud de las personas ni al ambiente/ 6e!$n elparmetro en particular a 5ue se re7era' la concentracin o !rado podr ser eBpresadaen mBimos' mnimos o ran!os/ 8H?

    31/3 No se otor!a la certi7cacin ambiental establecida mediante la ;ey del 6istemaNacional de #%aluacin del Impacto Ambiental' cuando el respecti%o #IA concluye 5uela implementacin de la acti%idad implicara el incumplimiento de al!$n #stndar deCalidad Ambiental/ ;os Pro!ramas de Adecuacin y ,aneo Ambiental tambi*n debenconsiderar los #stndares de Calidad Ambiental al momento de establecer loscompromisos respecti%os/ 8H?8;ey 2

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    Artculo 49D/0e los mecanismos de participacin ciudadana49/1 ;as autoridades p$blicas establecen mecanismos formales para facilitar la efecti%aparticipacin ciudadana en la !estin ambiental y promue%en su desarrollo y uso porlas personas naturales o urdicas relacionadas' interesadas o in%olucradas con unproceso particular de toma de decisiones en materia ambiental o en su eecucin'se!uimiento y control> asimismo promue%en' de acuerdo a sus posibilidades' la

    !eneracin de capacidades en las or!ani"aciones dedicadas a la defensa y proteccindel ambiente y los recursos naturales' as como alentar su participacin en la !estinambiental/

    Artculo 1D/0e los criterios a se!uir en los procedimientos de participacinciudadanaHa/ ;a autoridad competente pone a disposicin del p$blico interesado' principalmente

    en los lu!ares de mayor afectacin por las decisiones a tomarse' la informacin ydocumentos pertinentes' con una anticipacin ra"onable' en formato sencillo yclaro> y en medios adecuadosH debe ser accesible mediante Internet/

    b/ ;a autoridad competente con%oca p$blicamente a los procesos de participacinciudadanaH

    c/ Cuando la decisin a adoptarse se sustente en la re%isin o aprobacin dedocumentos o estudios de cual5uier tipo y si su compleidad lo usti7ca' la autoridadcompetente debe facilitar' por cuenta del promotor de la decisin o proyecto'%ersiones simpli7cadas a los interesados/

    d/ ;a autoridad competente debe promo%er la participacin de todos los sectoressociales probablemente interesadosH

    e/ Cuando en las "onas in%olucradas con las materias obeto de la consulta &abitenpoblaciones 5ue practican mayoritariamente idiomas distintos al castellano' laautoridad competente !aranti"a 5ue se pro%ean los medios 5ue faciliten sucomprensin y participacin/

    f/ ;as audiencias p$blicas se reali"an' al menos' en la "ona donde se desarrollar elproyecto de in%ersinH

    !/ ;os procesos de participacin ciudadana son debidamente documentados yre!istradosH

    &/ Cuando las obser%aciones o recomendaciones 5ue sean formuladas comoconsecuencia de los mecanismos de participacin ciudadana no sean tomados encuenta' se debe informar y fundamentar la ra"n de ello' por escrito' a 5uienes las&ayan formulado/

    8)/,/ =02@@20#,0,' )e!lamento de Consulta y Participacin Ciudadana en elProcedimiento de Aprobacin de los #studios Ambientales en el 6ector de #ner!a y,inas> )/,/ @2 de conformidad con la Constitucin y las leyes 5uede7nen sus respecti%os mbitos de actuacin' funciones y atribuciones' en el marco del

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    carcter unitario del #stado/ #l dise+o de las polticas y normas ambientales de carcternacional es una funcin eBclusi%a del !obierno nacional/8Art/ 2: de la ;ey 2924' ;ey ,arco del 6istema Nacional de Gestin ambiental> Art/ :del /6/ @@902@@0PC,' )e!lamento de la ;ey ,arco del 6istema Nacional de GestinAmbiental?

    Artculo 9D/0el eercicio sectorial de las funciones ambientales9/1 ;os ministerios y sus respecti%os or!anismos p$blicos descentrali"ados' as comolos or!anismos re!ulatorios o de 7scali"acin' eercen funciones y atribucionesambientales sobre las acti%idades y materias se+aladas en la ley/9/2 ;as autoridades sectoriales con competencia ambiental' coordinan y consultanentre s y con las autoridades de los !obiernos re!ionales y locales' con el 7n dearmoni"ar sus polticas' e%itar con-ictos o %acos de competencia y responder' conco&erencia y e7ciencia' a los obeti%os y 7nes de la presente ;ey y del 6istema Nacionalde Gestin Ambiental/

    EPRESA 1 AIE*TE 3Art. 456 y 7568

    Artculo

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    informacin relati%a a la salud' el ambiente y a los recursos naturales' sin !enerarobstculos innecesarios o inusti7cados al libre comercio' de conformidad con lasnormas %i!entes y los tratados internacionales rati7cados por el #stado Peruano/

    I*TE)RACI/* DE +A +E)IS+ACI/* AIE*TA+ 3Art. 796 al ::;8;a ;ey General del Ambiente &a inte!rado a su teBto disposiciones sobre

    Apro%ec&amiento 6ostenible de los )ecursos Naturales)eco!e y ampla las disposiciones contenidas en la ;ey N: 2=921 K;ey r!nica parael Apro%ec&amiento de los )ecursos NaturalesL ;os recursos naturales son patrimonio de la nacin/

    tor!amiento de derec&os de apro%ec&amiento se reali"a de acuerdo a las leyesespeciales dadas para cada recurso/

    Muien usa el recurso debe cumplir con la retribucin econmica 8derec&o de%i!encia? u otra establecida le!almente/

    Conser%acin de la i%ersidad Fiol!ica )eco!e las disposiciones contenidas en la;ey N: 2=93 K;ey sobre la conser%acin y apro%ec&amiento sostenible de ladi%ersidad biol!icaL

    CA+IDAD AIE*TA+ 3Arts. ::56 al :;

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    #l #stado autori"a' en base a la capacidad de car!a de los cuerpos receptores' el%ertimiento de a!uas residuales dom*sticas' industriales o de cual5uier otraacti%idad/ #l %ertimiento no debe causar deterioro del cuerpo receptor' ni afectar sureutili"acin para otros 7nes/

    Responsabilidad por da%o Ambiental-Administrati=a 3Art.:5>6 al :?>68

    (iscali"acin ambientalComprende acti%idades de %i!ilancia' control' se!uimiento' %eri7cacin y otrassimilares/ #st a car!o de la Autoridad Ambiental Nacional 8CNA,? y de las demsautoridades competentes/ #l #stado promue%e la participacin ciudadana en elproceso de 7scali"acin/

    )*!imen de 7scali"acin6e establecer un r*!imen com$n de 7scali"acin mediante ecreto 6upremo/ ;asautoridades pueden establecer normas complementarias' en tanto no se opon!an alr*!imen com$n/ #st a car!o de la Autoridad Ambiental Nacional 8CNA,? y de lasdems autoridades competentes/

    .i!ilancia ciudadana;as autoridades competentes dictarn medidas 5ue faciliten el eercicio de la%i!ilancia ciudadana/

    ;a %i!ilancia ciudadana se traduce en

    (iscali"acin y control %isual de procesos de contaminacin/

    (iscali"acin y control por medio de mediciones' o monitoreo ambiental/

    (iscali"acin y control %a la interpretacin o aplicacin de estudioso e%aluacionesambientales efectuadas por otras instituciones/

    ;a %i!ilancia ciudadana puede !enerar denuncias/

    )e5uiere de re!ulacin/

    )*!imen de sanciones/

    #l incumplimiento de las normas ambientales ser sancionado por la autoridadcompetente/

    ipo de sanciones Amonestacin' multa no mayor de 1@@@@ I' decomiso'restriccin de la acti%idad' suspensin o cancelacin del permiso' clausura parcial ototal' temporal o de7niti%a del establecimiento/

    No puede imponerse sucesi%amente o simultneamente ms de una sancinadministrati%a por el mismo &ec&o/ Cuando una misma conducta cali75ue comoms de una infraccin' se aplicar la sancin para la infraccin de mayor !ra%edad/

    ;a Autoridad Ambiental Nacional 8CNA,? dirime en caso 5ue eBista ms de un

    sector o ms de un ni%el de !obierno aplicando una sancin por el mismo &ec&o/ ;asolicitud de dirimencia suspende los procedimientos sancionadores/

    Artculo 144:/0e la responsabilidad obeti%a;a responsabilidad deri%ada del uso o apro%ec&amiento de un bien ambientalmenteries!oso o peli!roso' o del eercicio de una acti%idad ambientalmente ries!osa opeli!rosa' es obeti%a/

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    #sta responsabilidad obli!a a reparar los da+os ocasionados por el bien o acti%idadries!osa' lo 5ue conlle%a a asumir los costos contemplados en el artculo 142:precedente' y los 5ue correspondan a una usta y e5uitati%a indemni"acin> los de larecuperacin del ambiente afectado' as como los de la eecucin de las medidasnecesarias para miti!ar los efectos del da+o y e%itar 5ue *ste se %uel%a a producir/

    ;a formali"acin de la denuncia por delitos contra la ecolo!a del Cdi!o Penalre5uiere de opinin de la autoridad sectorial competente respecto a si se &ainfrin!ido la le!islacin ambiental/

    #l informe deber ser e%acuado en un pla"o no mayor de 3@ das/

    #l (iscal merit$a el informe 8no se se+ala 5ue sea %inculante? antes de laformali"acin de la denuncia/

    #n el caso 5ue el titular de la acti%idad cuente con un PA,A o un #IA slo se podr darinicio a la accin penal si se &ubiera infrin!ido la le!islacin penal por la no eecucinde pautas contenidas en dic&os documentos/

    (TRAS DISP(SICI(*ES DE I*TERES

    6#GNA/0#stndares de Calidad Ambiental y ;mites ,Bimos Permisibles#n tanto no se estable"can en el pas' #stndares de Calidad Ambiental' ;mites,Bimos Permisibles y otros estndares o parmetros para el control y la proteccinambiental' son de uso referencial los establecidos por instituciones de erec&oInternacional P$blico' como los de la r!ani"acin ,undial de la 6alud 8,6?/