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1 © WTO - OMC 2011 COMERCIO DE MERCANCIAS COMERCIO DE MERCANCIAS ACCESO A LOS MERCADOS ACCESO A LOS MERCADOS

COMERCIO DE MERCANCIAS ACCESO A LOS MERCADOS

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COMERCIO DE MERCANCIAS ACCESO A LOS MERCADOS. AM: Plan de la Presentación. Aranceles y medidas no arancelarias Listas de concesiones Renegociaciones Restricciones cuantitativas Negociaciones arancelarias en el GATT. B. A. ¿Por qué se necesita un marco legal?. - PowerPoint PPT Presentation

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COMERCIO DE MERCANCIASCOMERCIO DE MERCANCIAS

ACCESO A LOS MERCADOS ACCESO A LOS MERCADOS

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AM: Plan de la Presentación

• Aranceles y medidas no arancelarias

• Listas de concesiones

• Renegociaciones

• Restricciones cuantitativas

• Negociaciones arancelarias en el GATT

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¿Por qué se necesita un marco legal?¿Por qué se necesita un marco legal?

• ¿Cuál es el acceso a los mercados que un exportador del territorio A espera tener en el territorio B?

• ¿De qué manera puede el territorio B regular el acceso de productos extranjeros en su territorio?

AABB

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¿Qué es el acceso a los mercados?¿Qué es el acceso a los mercados?

• Las condiciones impuestas por el gobierno

(leyes / reglamentos / medidas) para que un

producto pueda ingresar a un territorio

aduanero en condiciones no discriminatorias.

• Regulado a través de medidas en frontera

incluyendo, entre otras, los aranceles,

contingentes arancelarios, restricciones

cuantitativas y otras medidas no arancelarias.

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• Metas OMC: acceso a los mercados de bienes y servicios predecible y creciente.

• Principios básicos: No discriminación (TN/NMF) y transparencia

• Predecible: compromisos vinculantes (v. gr. aranceles consolidados para los bienes)

• Acceso creciente: “rondas” periódicas de negociaciones

2. GATT/OMC: asegurando el AM2. GATT/OMC: asegurando el AM

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Tipos de barreras al comercio de bienesTipos de barreras al comercio de bienes

• Dos tipos básicos de barreras

al comercio de bienes:

1. Aranceles

2. Barreras No Arancelarias

(BNAs o NTBs)

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Marco básico del GATT/OMCMarco básico del GATT/OMC• Los aranceles normalmente son el único instrumento

utilizado para proteger a las industrias domésticas

• Las restricciones cuantitativas (incluyendo a las prohibiciones) están prohibidas (GATT Art. XI), pero ... pueden ser autorizadas bajo ciertas circunstancias

• Los aranceles deberán ser transparentes, predecibles y estables

• Los compromisos arancelarios se incluyen en las “Listas de Concesiones”

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Arancel: definición (1)Arancel: definición (1)

• Derechos o gravámenes cobrados en la frontera a las mercancías que van de un territorio aduanero a otro (GATT Art. I)

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Arancel: definición (2)Arancel: definición (2)• Los “aranceles a la importación” son los más

comunes. También se aplican “aranceles a la exportación” o “impuestos a la exportación”

• El principal interés del GATT/OMC en la materia: los aranceles a la importación

• No son un “impuesto interno”, v.gr. IVA (Par. 2 del GATT Art. III)

• No son “tasas” o “cargas” cobradas por un servicio a la importación (GATT Art. VIII)

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Aranceles: Tipos de derechosAranceles: Tipos de derechos

Tipo de derecho Ejemplo

Ad valorem 5%

Específico $5 por Kg.

Compuesto 10% + $2 por Kg

Mixto 10% o $2 por Kg, el que sea

más alto

“Técnico” 8.3% + EA MAX 18.7% + AD

S/Z

NAV

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Los aranceles y el GATTLos aranceles y el GATT

• Los Miembros pueden “consolidar sus aranceles”.

• Arancel “consolidado”: cuando hay compromiso legal de no aumentarlo más allá de un cierto nivel.

• La “consolidación” se denomina concesión arancelaria y se consigna en las Listas de Concesiones Arancelarias

• Un derecho consolidado es un “techo”, no un “piso”

• Los aranceles consolidados garantizan el acceso seguro y previsible al comercio de bienes

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GATT Artículo IIGATT Artículo II• “a. Cada parte contratante concederá al

comercio de las demás partes contratantes un trato no menos favorable que el previsto en la parte apropiada de la lista correspondiente anexa al presente Acuerdo.”

• El trato puede ser más favorable:

Arancel consolidado vs. Arancel aplicado

• Otros tratos arancelarios son posibles debido a, entre otros, las zonas de libre comercio, las uniones aduaneras y los arreglos no-recíprocos (“cláusula de habilitación”)

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Ejemplo: Arancel de Costa Brava para el caféEjemplo: Arancel de Costa Brava para el café

Código

SA

Descripción del

producto

OMC

Arancel

Consol.

Aplicado

MFN

TLC con

Bratina*

Preferencia

unilateral a los

PMAs *

1 2 3 5 6 7

0901 Café

0901.1 Sin tostar

0901.11 Sin descafeinar 25% 10% 2% 0%

0901.12 Descafeinado 0% 0% 0% 0%

(*) Para beneficiarse de la preferencia arancelaria, el producto originario debe cumplir con la “regla de origen preferencial”

aplicable

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Demás Derechos y Cargas (DDCs)Demás Derechos y Cargas (DDCs)• Impuestos cobrados a las importaciones diferentes de

los aranceles y de los derechos que no están conformes al Artículo VIII del GATT (Derechos y Formalidades).

• GATT Artículo II:1 (b): los productos incluidos en las Listas “estarán también exentos de todos los demás derechos o cargas de cualquier clase aplicados a la importación o con motivo de esta..."

• Entendimiento relativo a la interpretación del párrafo 1 b) del Artículo II del GATT: Los Miembros debían registrar en sus Listas cualquier otro derecho o carga existente al 15 de Abril de 1994.

• De no ser incluídos en las listas, deben eliminarse.

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““Listas de concesiones”Listas de concesiones”• “Listas de concesiones arancelarias refundidas”

(GATT Artículo II): registro de aranceles consolidados y otras concesiones

• Cada Miembro tiene su Lista propia, identificada con un número romano único excepto las uniones aduaneras donde dos o más miembros cuentan con una única lista (Benelux, CEE)

• Las Listas se “anexan” y forman una “parte integrante del GATT

• Cualquier modificación requiere de la aceptación por parte de todos los Miembros (GATT Art. XXX y Art. X del Acuerdo de Marrakesh)

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Ejemplos de Listas de concesionesEjemplos de Listas de concesiones• Argentina – LXIV• Bolivia – LXXXIV• Brasil – III• Canadá – V• Chile – VII• China – XLII• Colombia – LXXVI• Costa Rica – LXXXV• Cuba – IX• Ecuador - CXXXIII• El Salvador – LXXXVII• Estados Unidos - XX• Guatemala – LXXXVIII

• Honduras – XCV• Jamaica – LXVI• México - LXXVII• Nepal – CLVII• Nicaragua – XXIX• Panamá – CXLI• Paraguay – XCI• Perú - XXXV• Rep. Dominicana – XXIII• Uruguay - XXXI• Nuevos números serán

asignados con las adhesiones y agrandamiento de las CEE

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GATT

199

4GA

TT 1

994

Estructura de una Lista de ConcesionesEstructura de una Lista de ConcesionesLis

ta d

e Co

nces

ione

sLis

ta d

e Co

nces

ione

s

Miembro x

Parte I

Parte II

Parte III

Parte IV

Sección I

I.A

I.B

Sección II

Derechos preferencialesDerechos preferenciales

Concesiones no arancelariasConcesiones no arancelarias

Subvenciones AgrícolasSubvenciones Agrícolas

Derechos NMFDerechos NMF

Derechos (Aranceles y DDCs)Contingentes arancelarios (TRQs)

Productos Agropecuarios

Otros Productos

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¿Por qué productos “no agrícolas”?¿Por qué productos “no agrícolas”?

• Los productos “agrícolas” se definen en el Anexo 1 del

Acuerdo sobre Agricultura

• Los productos “no agrícolas” son los demás productos

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Lista M – Costa Brava Lista M – Costa Brava

Esta lista es auténtica solamente en idioma españolEsta lista es auténtica solamente en idioma español PARTE I – ARANCEL DE LA NACIÓN MÁS FAVORECIDAPARTE I – ARANCEL DE LA NACIÓN MÁS FAVORECIDA

SECCIÓN II – SECCIÓN II – Otros productosOtros productos

Código Arancelario

Descripción de los productos

Tipo Base (C/NC)

Tipo Consolidado

Período de Implement.

DPN Otras cargas y derechos

1 2 3 4 5 6 7 0301 Peces o pescados, vivos.

030110 - Peces ornamentales 10$/T (NC)

5$/T 1995/2004

03019 - Los demás peces o pescados, vivos:

030191 - - Truchas (Salmo trutta, Salmo mykiss, Salmo clarki,SalmoSalmoSalmoSalmo

100% 50% 1995 5%

030192 - - Anguilas (Anguilla spp.) 66% (N/C) 50% o $90, el que sea

mayor

1995/2004 $5/Kg

030193 - - Carpas 66% (N/C) 50% 1995/2004 030199 - - Los demás 66% (N/C) (N/C) 2000

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““Sistema Armonizado”Sistema Armonizado”• Artículo II del GATT: ninguna obligación de

utilizar una “nomenclatura” específica de clasificación

• Otras fueron utilizadas antes (BTN, CCCN, SITC)• OMA - Convención sobre el Sistema Armonizado

de Designación y Codificación de Mercancías 14 Junio de 1983

• Decisión de 1983 sobre las Concesiones del GATT bajo el Sistema Armonizado (L/5470/Rev.1)

• “Transposición”: Las concesiones existentes se deben mantener bajo la nueva nomenclatura, pero se permiten renegociaciones para evitar una “complejidad indebida” en las listas

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Listas de “hojas amovibles” Listas de “hojas amovibles”

• Los compromisos se registraban en múltiples Los compromisos se registraban en múltiples documentos jurídicos (v.gr. “Protocolos”) documentos jurídicos (v.gr. “Protocolos”) Ver Ver GATT Doc. TAR/W/7 de 18 de Junio de 1980GATT Doc. TAR/W/7 de 18 de Junio de 1980

• 19501950: surge la idea de una sola lista : surge la idea de una sola lista “consolidada” “consolidada”

• Decisión de 1980Decisión de 1980 (GATT doc. C/107/Rev.1): (GATT doc. C/107/Rev.1): introduce el sistema de “hojas amovibles”introduce el sistema de “hojas amovibles”

• Decisión de 1996Decisión de 1996 (G/L/138): “Establecimiento (G/L/138): “Establecimiento de las Listas refundidas en hojas amovibles ”. de las Listas refundidas en hojas amovibles ”.

• Base de datos LARBase de datos LAR: no es jurídicamente: no es jurídicamentevinculante, buena fuente de información vinculante, buena fuente de información sobre las consolidaciones (Ver G/MA/M/25)sobre las consolidaciones (Ver G/MA/M/25)

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Cambiar las concesiones arancelarias (1)Cambiar las concesiones arancelarias (1)

1.¿Podría un Miembro aplicar un arancel NMF que sea menor que el arancel consolidado correspondiente en su Lista?

2.¿Podría un Miembro aplicar un arancel mayor al nivel consolidado correspondiente?

3.¿Podría un Miembro cambiar su nivel consolidado?

4.Si es así, ¿cómo podría un Miembro cambiar (aumentar/reducir) sus aranceles consolidados?

SíSí

NoNo (en principio)(en principio)

SíSí

Depende de qué tipo de cambio se Depende de qué tipo de cambio se tratetrate

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1. Negociaciones, rectificaciones y modificaciones

2. Renegociaciones (GATT Artículo XXVIII)

3. Creación Unión Aduanera (GATT Artículo XXIV)

4. Otras situaciones especialesi. Implementación del SA (1988)ii. Transposición al SA92, SA96, SA2002 (¿SA2007?)iii. GATT Artículos XVIII y XXVII

¡Todos ellos cuentan con procedimientos especiales!

Cambiar las concesiones arancelarias (2)Cambiar las concesiones arancelarias (2)

El cambio debe ser “certificado” El cambio debe ser “certificado” para que sea jurídicamente para que sea jurídicamente vinculantevinculante

Y

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Rectificación y modificaciónRectificación y modificación

• Decisión de 1980, Procedimientos para la Modificación y Rectificación de Concesiones Arancelarias (GATT doc. L/4962)

• Procedimientos para cambios o rectificaciones de una naturaleza puramente formal “que no alteren el alcance de las concesiones”

• El miembro debe presentar un borrador con cambios, el cual se circula a los miembros (documentos serie G/MA/TAR/RS...)

• El Director General deberá proceder a certificar la modificación si ningún Miembro presenta una objeción dentro de los 3 meses siguientes

• Si se presentan objeciones, el Miembro podría terminar en negociaciones bajo el Artículo XXVIII del GATT

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Renegociaciones arancelarias bajo el Art. XXVIII (1)Renegociaciones arancelarias bajo el Art. XXVIII (1)

• Los Miembros pueden modificar sus concesiones mediante “negociación y acuerdo” con los Miembros “principalmente interesados”

• La modificación podría requerir una “compensación” para mantener “un nivel general de concesiones recíprocas y mutuamente ventajosas no menos favorable para el comercio que el que resultaba del presente Acuerdo antes de las negociaciones”

• Es posible que haya “medidas de retorsión”

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Renegociaciones arancelarias bajo el Art. XXVIII (2)Renegociaciones arancelarias bajo el Art. XXVIII (2)

• Los procedimientos y definiciones se encuentran dispersos en una gran cantidad de instrumentos, incluyendo:

1. Artículo XXVIII del GATT2. Notas interpretativas al Artículo XXVIII del GATT3. Procedimientos para negociar bajo el Artículo

XXVIII del GATT (Ver GATT doc. C/113 y Corr.1)4. Entendimiento relativo a la interpretación del

Artículo XXVIII del GATT de 1994 (RU)5. Decisión de 1980: GATT doc. L/4962

(sobre certificación)Ver

WT/TC/NOTIF/MA/1

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¿Cuándo podría un Miembro solicitar un cambio?• Par. 1: Primer día del trienio que comienza el 1 Enero 1958

(Ultimo: 01.01.2009)

• Par. 4: En cualquier momento, en circunstancias especiales, si es autorizado por los Miembros

• Par. 5: En cualquier momento, si el Miembro se reserva este derecho antes de que concluya el período trienal (Ultimo: 01.01.2009) (Ver serie G/MA/...)

2003-2005: 27 Miembros se reservaron este derecho2009-2011: 33 Miembros se reservaron este derecho

Renegociaciones arancelarias bajo el Art. XXVIII (3)Renegociaciones arancelarias bajo el Art. XXVIII (3)

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¿Cuál es la diferencia entre estos párrafos? • Los requisitos sustantivos son los mismos

• La diferencia está en los plazos:• Par. 1: iniciar entre 3 y 6 meses previos al período trienal (i.e.

01.06.2011 / 31.09.2011). La negociación debe concluir antes del 31.12.2011. El cambio tendría efecto el 01.01.2012.

• Par. 4: se puede solicitar en cualquier momento. Debe concluir

a más tardar 60 días después de la autorización.

• Par. 5: se puede solicitar en cualquier momento. No establece tiempo límite para concluir las negociaciones.

Renegociaciones arancelarias bajo el Art. XXVIII (4)Renegociaciones arancelarias bajo el Art. XXVIII (4)

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TAR: Negociación y consultaTAR: Negociación y consulta

• Negociaciones con Miembros que tienen derecho de primer negociador

• Negociaciones con Miembros que tienen un interés como abastecedor principal

• Consultas con Miembros que tenganun interés importante

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TAR: Resultados de las renegociacionesTAR: Resultados de las renegociaciones

• Escenario A: Es posible alcanzar un acuerdo entre todas las partes

• Escenario B: Sólo se alcanza un acuerdo con las partes principalmente interesadas

• Escenario C: No puede alcanzarse ningún acuerdo

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QR: Definición y panorama generalQR: Definición y panorama general

• Protección mediante derechos de aduana,no mediante restricciones cuantitativas

• No se aplican restricciones cuantitativasa las importaciones ni a las exportaciones

• ¿Qué son las restricciones cuantitativas?

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QR: ExcepcionesQR: Excepciones

• Excepciones contenidas en el artículo XI

• Los Acuerdos sobre la Agricultura y los Textiles y el Vestido

• Excepciones por motivos de balanza de pagos

• La excepción a favor del desarrollo

• Medidas de salvaguardia

• Excepciones generales

• Excepciones en materia de seguridad

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QR: Administración de medidas no arancelariasQR: Administración de medidas no arancelarias

• Principio de no discriminación

• Preferencia por los contingentes

• Requisitos de información

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QR: Notificación de restricciones cuantitativasQR: Notificación de restricciones cuantitativas

• Introducción

• Decisión sobre los procedimientos de

notificación de las restricciones cuantitativas

• Decisión sobre notificaciones inversas de

medidas no arancelarias

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TAR: Técnicas de negociaciónTAR: Técnicas de negociación

• Negociaciones bilaterales por producto/país

• Reducción lineal

• Fórmula de armonización

• Enfoque sectorial

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Fórmula “suiza”Fórmula “suiza”• Propuesta por Suiza

durante la Ronda Tokio

• Resultados con porcentajes de reducciones más altos para aranceles más altos

• Cuanto más bajo es el coeficiente "A" más grande es el porcentaje de reducción

• Arancel máximo < “A”

0

01 tA

tAt

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TAR: Rondas de negociaciones (1)TAR: Rondas de negociaciones (1)

• Situación arancelaria anterior al GATT …

• ... y actual

• Las primeras rondas

• Negociaciones de Ginebra (abril a octubre de 1947)

• Annecy (1949), Torquay (1950-51) y Ginebra (1955-56)

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TAR: Rondas de negociaciones (2)TAR: Rondas de negociaciones (2)

Ronda P. Desarrollados PED

Dillon ( 1961-1962) solicitud / oferta

Kennedy

(1964-1967)

Fórmula con corte lineal (corte de 50%). Se permitieron recortes menores para ciertos productos

Solicitud/oferta

Tokio

(1973-1979)

“Fórmula suiza” con coeficientes de 14 y 16. Se permitieron excepciones

(pero los picos se redujeron en general)

Solicitud/oferta

Uruguay

(1986-1994)

Montreal: Objetivo de reducción promedio simple (33.3% promedio) más algunos

acuerdos sectoriales (cero por cero y armonización)

Solicitud/oferta Consolidación

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Acuerdos Sectoriales de la Ronda Uruguay

Cero por Cero ArmonizaciónEquipo Agrícola Químicos

Cerveza

Equipo de construcción

Bebidas espirituosas destiladas

Muebles

Equipo médico

Papel

Farmacéuticos

Acero

Juguetes

Nota: los resultados de estas

negoc. fueron “multilateralizados”

e incluidos en las Listas de los

participantes de estos acuerdosPosteriormente se negoció

el Acuerdo de Productos de Tecnología de la

Información (Conocido como “ATI”)

(1996)

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Número de líneas consolidadas

44 %

83 %

1986 1994Volumen de comercio en lín. consolid.

70 %

88 %

Ronda Uruguay (1986 - 1994)

Porcentaje de líneas consolidadasPorcentaje de líneas consolidadas

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44 %

83 %Países desarrollados

78 %99 %

70 %

88 %94 %99 %

Ronda Uruguay (1986 - 1994)

1986 1994Número de líneas consolidadasVolumen de comercio en lín.

consolid.

Porcentaje consolidado – Porcentaje consolidado – Países DesarrolladosPaíses Desarrollados

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Número de líneas consolidadasVolumen de comercio en lín.

consolid.

44 %

83 %

1986 1994

Países en Desarrollo

22 %

72 %70 %

88 %

15 %

58 %

Ronda Uruguay (1986 - 1994)

Porcentaje consolidado – Porcentaje consolidado – Países en DesarrolloPaíses en Desarrollo

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0

5

10

15

20

25

30

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40

45

Arg

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Bol

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Cos

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Perú

Uru

guay

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AV

G (%

)

AVG consolidadoAVG Aplicado MFN

Aranceles consolidados vs. aplicados (América Latina)Aranceles consolidados vs. aplicados (América Latina)

“sobrante” del consolidado

Fuente: Secretaría de la OMC basada en la base de datos LAR, PC/BID y UNCTAD.

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05

1015202530354045

Ban

glad

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Bru

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Chi

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Chi

nese

Tai

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Mal

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Papu

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ia

AV

G (%

)

AVG consolidadoAVG Aplicado MFN

Aranceles Consolidados vs. Aplicados - Aranceles Consolidados vs. Aplicados - Asia y OceaníaAsia y Oceanía

“sobrante” del consolidado

Fuente: Secretaría de la OMC basada en la base de datos LAR, PC/BID y UNCTAD.

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Cobertura de la consolidación de los Cobertura de la consolidación de los productos no agrícolasproductos no agrícolas

• 50 Miembros tienen un 100% de sus aranceles consolidados (UE-25 contado como 1)

• 29 Miembros entre 90% y <100%

• 10 Miembros entre 50% y < 90%

• 10 Miembros entre 25% y < 50%

• 23 Miembros < 25%• NOTA: En Agricultura prácticamente todos los Miembros tienen

100% consolidado (Excepto pocos productos del Anexo 5 del AsA)

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¿En qué sectores se encuentran ¿En qué sectores se encuentran los aranceles más altos?los aranceles más altos?

• Textiles y vestido

• Cuero, hule, calzado y equipaje

• Equipo de transporte

• Pescado y productos de pescado

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Raw material Semi-manufactured Finished product

Arancel(%)

Progresividad arancelaria: Progresividad arancelaria: Ejemplo en textiles y vestidoEjemplo en textiles y vestido

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Mercancías: Resumen

• GATT de 1994• Acuerdos sectoriales específicos

• Agricultura• Textiles y Vestido integrado el 1.ro de enero de 2005

• Reglas• Obstáculos técnicos al comercio, medidas sanitarias y

fitosanitarias• Valoración en aduana, inspección previa a la expedición,

normas de origen, licencias de importación • Anti-dumping, subvenciones, salvaguardias• MICs, Comercio de Estado