Upload
victor-echeverria
View
213
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
7/29/2019 Cmo conformar una asociacin civil
1/4
Cmo conformar una asociacin civil
04 julio 2011.
Lic. Fermn Lomel Vargas
Director Jurdico Bufete Lomel & Carranza
fuente:http://contaduriapublica.org.mx/?p=2570
Cuando un grupo de dos o ms personas convienen en reunirse, de manera que no sea
enteramente transitoria, para realizar un fin comn que no est prohibido por la ley y que no
tenga carcter preponderantemente econmico, constituyen una asociacin. Es decir, si deciden
formalizar una organizacin civil, cuentan con varias opciones para hacerlo, de acuerdo a la
legislacin mexicana, pudiendo optar por formar una asociacin o una sociedad civil
Si bien pareceran ser algo similar, ambos conceptos no lo son, ya que en esta ltima, por ser
contrato que se celebra, los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus
esfuerzos para la realizacin de un fin comn, de carcter preponderantemente econmico; sin
embargo, no constituye especulacin comercial alguna, ya que la aportacin en el caso de los
socios, puede consistir en una cantidad de dinero y otros bienes o en su industria. La aportacin
de bienes implica la transmisin de su dominio a la sociedad, salvo que, expresamente, se pacte
otra cosa.
En atencin a lo anterior, no debe haber confusin entre la sociedad y la asociacin, ya que esta
ltima, para su constitucin, implica un convenio, un contrato por escrito. Esto es, la voluntadentre varios individuos para reunirse para un fin comn lcito y no prohibido por la ley; asimismo,
es indispensable que no tenga un carcter preponderantemente econmico y se rija por sus
estatutos que deben ser inscritos ante el Registro Pblico de la Propiedad y del Comercio, para
que surta efectos contra tercero; se regula en cuanto a su constitucin por el Cdigo Civil y el
poder supremo de las asociaciones reside en la Asamblea General, pudiendo tener director o
directores con facultades que se especifiquen en los estatutos y en la Asamblea General con
sujecin a estos documentos.
En una asociacin civil, que no tiene un carcter preponderantemente econmico, la Asamblea
General, como rgano supremo, resuelve sobre la admisin y excusin de los asociados, sudisolucin anticipada o prrroga por mayor tiempo del fijado en los estatutos. Asimismo, decide el
nombramiento de director o directores cuando no hayan sido nombrados en la escritura
constitutiva, as como la revocacin de estos y lo dems que se encuentre asentado en los propios
estatutos, y sus decisiones se toman por mayora de votos de los presentes, pero solo de los
asuntos contenidos en el orden del dia.
mailto:[email protected]:[email protected]://contaduriapublica.org.mx/?p=2570http://contaduriapublica.org.mx/?p=2570http://contaduriapublica.org.mx/?p=2570http://contaduriapublica.org.mx/?p=2570mailto:[email protected]7/29/2019 Cmo conformar una asociacin civil
2/4
Una caracterstica que cabe mencionar, es que el asociado est impedido para votar la decisiones
en que se encuentran interesados l, su cnyuge o familiares directos y colaterales dentro del
segundo grado; asimismo, tiene derecho a separarse de la asociacin, previo aviso un par de
meses o, tambin, puede ser excluido de la asociacin por causas que sealen los estatutos; sin
embargo, la calidad de socio es intransferible.
En cuanto a la cuestin econmica de las asociaciones, los partcipes tienen derecho de vigilar que
las cuotas se dediquen al fin que se propone la asociacin; con ese objeto, pueden examinar los
libros de contabilidad y dems papeles de esta. Cuando no se sigue el objeto social conforme se
estipul o si se concluy el trmino fijado para la duracin de la asociacin o si consigui
totalmente el objeto de su fundacin o es incapaz por cualquier razn de continuar el fin para la
que fue concebida, adems de las causas sealadas en los estatutos o resoluciones de autoridad
competente, se extingue la misma. Sin embargo, si se disuelve la misma, los bienes se aplican
conforme a lo que determinen los estatutos y si no seala al respecto, segn lo que determine la
Asamblea, como rgano supremo, no podr repartir a los asociados una parte mayor al
equivalente de sus aportaciones, y si hay sobrante de bienes, se aplicarn a otra asociacin ofundacin de objeto similar a la extinguida.
Siendo que en este caso nos avocamos a las asociaciones civiles sin fines de lucro que, en lo
general, se encuentran reguladas en el Cdigo Civil y que no es complicada su constitucin -
siempre y cuando se cumplan con todos y cada uno de los requisitos de ley-, sugerimos que dentro
de la proyeccin de la misma, se haga un listado del objeto de la sociedad, que se traduce en el fin
que tiene la organizacin o la actividad preponderante que va a llevar a cabo, lo cual se tiene que
sealar en el acta constitutiva y en los estatutos que se emiten en el momento de crearla.
Es indispensable que lo anterior sea contemplado para que no tenga un fin de lucro. Pero si se
requiere que la asociacin tenga tambin la posibilidad de recibir donaciones y emitir sus
comprobantes fiscales deducibles en trminos de ley, debe cumplirse con las normas fiscales
contempladas para ser donataria autorizada. Las actividades que, conforme a la ley, pueden ser
autorizadas para recibir donativos son las asistenciales, educativas, las de investigacin cientfica y
tecnolgica, las culturales, ecolgicas y de preservacin de especies en peligro de extincin, las de
apoyo econmico, becantes, escuela empresa y de obras y servicios pblicos; es decir, todo lo
contemplado en la Ley del Impuesto sobre la Renta y su Reglamento.
No debemos olvidar que lo no lucrativo significa que no produce utilidad ni ganancia y en el caso
de la asociacin no podr tener un carcter preponderantemente econmico. Sin embargo, esto
no quiere decir que no cuente con ingresos o que toda su operacin debe obtenersegratuitamente de las donaciones o de la caridad, ya que la operacin real de estas asociaciones se
basa en los principios generales de la administracin de una empresa; por lo tanto, tiene ingresos,
egresos, hace pagos y recibe pagos. Es indispensable no confundir los trminos porque de lo
contrario, tendra grandes conflictos para su desarrollo.
En el desarrollo del proyecto, ser necesario idear un nombre o denominacin de la asociacin,
pero se sugiere que tenga unas siglas para fines prcticos como la emisin de cheques, ya que si
7/29/2019 Cmo conformar una asociacin civil
3/4
una organizacin se llamara: Asociacin Nacional para el Apoyo a Personas Dedicadas a las Artes
Plsticas y Obras de Arte y Artistas Diversos en todo el Pas, ocupara ms all del espacio
asignado para el nombre; lo mismo sucedera con su tarjeta de presentacin; adems, sera un
nombre muy difcil de recordar para el pblico. Por lo tanto, sera conveniente designarla con un
nombre tomando las siglas principales: ANAPARTE.
Asimismo, en la misma acta constitutiva deber designarse el nombre largo, con la aclaracin que
tambin puede ser conocida por sus siglas.
El objeto social de una asociacin civil es su parte medular, por lo cual es indispensable que
aparezca sealado en su constitucin. Por lo tanto, se sugiere que se determinen todos y cada uno
de los conceptos para lo cual se form. Entre estos, se pueden sealar los que son generales como
apoyar causas precisas o resolver problemas concretos de situaciones de una ndole especfica, sin
olvidar que sern actividades que conforme a la ley pueden ser autorizadas para recibir donativos.
Tambin se deben asentar situaciones que pareceran ajenas a la misma en un principio, pero que
su omisin, en los ms de los casos, limita el crecimiento o expansin de la asociacin.
Un ejemplo claro de lo que no se acostumbra agregar en esta parte esencial de la constitucin de
una empresa, es rentar inmuebles para el cumplimiento de su objeto o enajenar los mismos;
tambin, tener la capacidad de otorgar becas o tener sucursales en otra entidad de la Repblica
Mexicana. Si en su constitucin se omiten estos objetos y la Asociacin tuviera en mente ejecutar
algunas de estas acciones o ampliarse con una sucursal, tendra que hacer una modificacin al
objeto social y a sus estatutos para poder operar.
Contando ya su denominacin, objeto social y domicilio, nos tenemos que avocar a cumplir con los
requisitos generales de la ley, como los nombres, el nmero de asociados y su participacin dentro
de la asociacin, ya sean en dinero, en especie o trabajo.
Por ltimo, nos referiremos a las obligaciones principales de las asociaciones civiles que lograron
su registro como donatarias en Mxico o en los EE.UU. Estas son la presentacin, a ms tardar el
15 de febrero de cada ao, de la declaracin anual informativa en la que se calcule el remanente
distribuible, as como sus ingresos y erogaciones; si se hace, pagos por sueldos, servicios
profesionales o por arrendamiento de inmuebles a personas fsicas, entre otros casos, debe
retenrseles y enterar al SAT el ISR, as como proporcionarles las constancias respectivas;
presentar declaraciones informativas de retenciones del ISR, de pagos efectuados a residentes en
el extranjero, de donativos otorgados, de retenciones por sueldos y salarios, a ms tardar el 15 de
febrero de cada ao, y la informacin a las autoridades fiscales, a travs de medios y formatoselectrnicos de la contraprestacin o donativo recibido en efectivo, moneda nacional o extranjera,
as como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos, a ms tardar el da
17 del mes inmediato posterior en que se realice la operacin.
Es obligacin indispensable tener en su domicilio fiscal y en sus sucursales, a disposicin del
pblico, para su consulta y en el horario normal de labores, los originales y copias de los
documentos relativos al cumplimiento de las obligaciones fiscales de los ltimos tres aos, as
7/29/2019 Cmo conformar una asociacin civil
4/4
como los relacionados con la autorizacin para recibir donativos y los referentes al uso y destino
que se haya dado a los donativos recibidos. Tambin, deber manifestar en los dos primeros
meses del ao, bajo protesta de decir verdad, que sigue cumpliendo con los requisitos y
obligaciones para ser donataria autorizada.