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¿Cómo es este país?Información útil para las personas inmigradas y los nuevos residentes

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3

La Fundación “la Caixa” quiere expresar su

agradecimiento a las siguientes personas y

entidades que han colaborado en este proyecto,

haciéndonos llegar su opinión e información:

Mustapha Aoulad Sellam,

Centro Interreligioso de Barcelona.

J. Bosco B. Botsho, Presidente de Africat.

Asociación africana y catalana

de cooperación.

Rafa Crespo Ubero,

Antropólogo. Mediador intercultural.

Salwa El Gharbi,

Presidenta de la Asociación de Mujeres

Amazigas – Tamettut.

Begoña Ruiz de Infante,

Mediadora sociocultural con la comunidad

china.

Programa Migración y Multiculturalidad

de la Universidad Autónoma de Madrid,

dirigido por Carlos Giménez Romero.

La responsabilidad de las opiniones expresadas en esta publicación,

corresponde únicamente a los autores. La Fundación “la Caixa” no se

identifica necesariamente con la opinión de los autores.

Edita Fundación ”la Caixa”

Órganos de Gobierno de la Obra Social ”la Caixa”

COMIS IÓN DE OBRAS SOC IALES

Presidente Ricardo Fornesa Ribó

Vicepresidentes Salvador Gabarró Serra

Jorge Mercader Miró

Manuel Raventós Negra

Vocales Marta Domènech Sardà; Javier Godó Muntañola; Inmaculada Juan Franch;

Justo B. Novella Martínez; Magín Pallarés Morgades

Secretario Alejandro García-Bragado Dalmau

Director General de ”la Caixa” Isidro Fainé Casas

Director Ejecutivo Obra Social José F. de Conrado y Villalonga

PA T R O N A T O D E L A F U N D A C I Ó N ” L A C A I X A ”

Presidente José Vilarasau Salat

Vicepresidentes Salvador Gabarró Serra

Jorge Mercader Miró

Isidro Fainé Casas

Patronos Ramon Balagueró Gañet; Mª Amparo Camarasa Carrasco;

José F. de Conrado y Villalonga; Marta Domènech Sardà; Ricardo Fornesa Ribó;

Manuel García Biel; Javier Godó Muntañola; Inmaculada Juan Franch;

Juan José López Burniol; Montserrat López Ferreres;

Amparo Moraleda Martínez; Miguel Noguer Planas; Justo B. Novella Martínez;

Vicenç Oller Compañ; Magín Pallarès Morgades; Alejandro Plasencia García;

Manuel Raventós Negra; Leopoldo Rodés Castañé; Luis Rojas Marcos;

Lucas Tomás Munar; Francisco Tutzó Bennasar;

Nuria Esther Villalba Fernández; Josep Francesc Zaragozà Alba

Secretario (no patrono) Alejandro García-Bragado Dalmau

Director Generalde la Fundación ”la Caixa” José F. de Conrado y Villalonga

Á R E A D E I N T E G R A C I Ó N S O C I A L D E L A F U N D A C I Ó N “ L A C A I X A ”

Director Alberto López Martínez

Programa de inmigración:Subdirectora Sílvia Maldonado Melià

Coordinación de la publicación Lourdes Peracaula Guasch

Autores Unescocat

Centre UNESCO de Catalunya

Corrección de los textos Patricia Ortiz

Diseño gráfico Cel·lula

Ilustraciones Miriam Bauer y Cel·lula

Fotomecánica e impresión NG Nivell Gràfic

© de los textos, los autores

© de las ilustraciones, los autores

© de la edición, Fundación ”la Caixa”, 2006

Av. Diagonal, 621 - 08028 Barcelona

DL: B-34706-2006

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04Trabajo.

Actividad

económica

Página 23

4.1

Autorización de

trabajo y residencia

por cuenta ajena

4.2

Inscribirse en el

INEM

4.3

¿Quién debe

presentar la autori-

zación de trabajo?

4.4

Autorización de

trabajo y residencia

por cuenta propia

4.5

Asociaciones

y gremios

profesionales

4.6

Autorización de

trabajo y residencia

de duración

determinada

4.7

El Número

de Identidad

de Extranjero

4.8

Entidades

financieras

05Salud

Página 27

5.1

La tarjeta sanitaria

individual (TSI)

5.2

¿Cómo obtener

la TSI si se

dispone de

autorización

de residencia

y trabajo?

5.3

¿Cómo obtener

la TSI si se dispone

de autorización

de residencia

sin trabajo?

5.4

¿Cómo obtener

la TSI si no se

dispone

de autorización

de residencia?

5.5

Estructura

del sistema

sanitario público

06Educación

Página 31

6.1

¿Cuándo hay

que matricularse?

6.2

El año escolar

6.3

Estructura

del sistema

educativo

6.4

Estudios

universitarios

6.5

Formación

de adultos

6.6

Reciclar

conocimientos

profesionales

Presentación

Página 7

Aquí también

es tu casa

Página 9

Índice01Un estado

plural

y democrático

Página 12

02Itinerarios

básicos para la

regularización

Página 15

2.1

Un primer paso:

empadronarse

2.2

Un segundo paso:

obtener el permiso

de residencia

2.3

El permiso

de residencia

temporal

2.4

Reunirse con la

familia

03Vivienda

Página 19

3.1

Alquiler

3.2

Compra

3.3

La importancia

del seguro

3.4

Ahora eres vecino

o vecina

07Bienestar

Social

Página 35

08Civismo y

convivencia

Página 37

8.1

Respeto

por los vecinos

8.2

Respeto por los

espacios públicos

8.3

Respeto por el

medio ambiente

8.4

Seguridad y orden

público

8.5

Transporte

y movilidad

09Participación

ciudadana

Página 41

9.1

La libertad

religiosa

10Referencias

de interés en

internet

Página 43

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76

PresentaciónLa Obra Social “la Caixa” trabaja desde hace

más de cien años en programas para mejorar

la calidad de vida de las personas, con una

atención especial a las nuevas necesidades

surgidas de las transformaciones de la socie-

dad. Con este espíritu desarrolla un progra-

ma dedicado a la inmigración que tiene como

objetivo ofrecer recursos para mejorar el diá-

logo y la convivencia, de forma positiva y enri-

quecedora para todos los ciudadanos.

En los últimos años, la inmigración ha

aumentado en España hasta situarse en el

8,3 % de la población total, según datos de

2005 del Instituto Nacional de Estadística. La

importancia de este fenómeno reclama una

actuación por parte de las instituciones y de

las entidades que trabajan en el ámbito social,

para facilitar la integración de los recién lle-

gados, favorecer el conocimiento de la cultu-

ra del país de acogida y fomentar la acepta-

ción de la multiculturalidad en el conjunto de

la sociedad. En definitiva, para consolidar

formas de convivencia que permitan afron-

tar conjuntamente el futuro. En este sentido,

uno de los conceptos clave del Programa de

Inmigración de la Obra Social “la Caixa” es

la mediación intercultural. La colaboración

de profesionales especializados puede resul-

tar muy enriquecedora. Personas con expe-

riencia que, a partir de una relación basada en

el conocimiento y la confianza, ayuden a

prevenir posibles conflictos y promuevan la

cohesión social.

Uno de los campos que más deben traba-

jarse es el de los servicios de atención e infor-

mación para las personas inmigradas. Estas

personas, al llegar, se encuentran con una

realidad que desconocen y donde no les

resulta nada fácil orientarse: la lengua y las

costumbres diferentes, el funcionamiento

de la administración, pero también los recur-

sos que están a su alcance y a los que no pue-

den acceder por desconocimiento. Disponer

de una información práctica, asequible y

fácil de entender puede favorecer su capaci-

dad de integrarse y de participar en el futuro.

La publicación que ahora tiene en sus

manos y que se edita en distintos idiomas

quiere servir para que las personas que aca-

ban de llegar, o las que ya hace más tiempo

que están aquí, tengan una referencia que les

ayude a saber qué deben hacer y de qué recur-

sos pueden disponer. Ha sido elaborada con

el máximo rigor por expertos en la materia,

con un lenguaje directo y entendedor, para

que pueda llegar a cuanta más gente mejor.

En sus páginas el lector encontrará una

serie de conceptos básicos sobre la organiza-

ción del país, el marco legal, la vida cotidia-

na, el trabajo, la vivienda, la salud, la educa-

ción, el ocio, la cultura y la religión. Más allá

de los datos concretos que se ofrecen, quie-

re ayudar a sensibilizar sobre la conveniencia

de estar en todo momento bien informado

para mejorar la capacidad de adaptación y

aprovechar al máximo las oportunidades.

Desde la Obra Social “la Caixa” espera-

mos que esta publicación cumpla su obje-

tivo, que sea útil y que abra caminos al diá-

logo y a la integración.

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98

que a los pies de mi puerta había un jardín

que era necesario cultivar y cuidar, porque

también es mi jardín, y de que mis plantas

tienen que echar raíces.

Me advirtieron de muchas cosas pero no

les hice caso, consideraba que mi viaje era

único, exclusivo y diferente. Cada uno de

nosotros piensa que el suyo es excepcional,

por esto no puedo advertir a nadie sobre lo

que tiene que hacer para realizar las aspira-

ciones por las cuales empezó su viaje, por-

que conmigo tampoco sirvieron las adver-

tencias. Sin embargo, sólo puedo decir que

todo cambió para mí: mi mirada, mi rela-

ción con las personas, mi manera de afron-

tar los retos, de tratar, negociar y dialogar

con ellas, a partir del momento en que des-

cubrí que mi árbol podía dar sus frutos en

cualquier parte del mundo, mientras lo

regara con la ilusión, la paciencia, el senti-

do común, y lo abonara con mis conoci-

mientos y la sabiduría de los demás.

Salwa El Gharbi

Entendí... que en mi otra tierra tampoco

me querían todos, ni todos me evitaban,

y que mi otra tierra es bella y ésta

también...

Abandoné la casa, la tierra y la lengua para

iniciar un largo viaje que se denomina “emi-

gración”. Emigré a otra casa, a otra tierra,

y empecé a hablar la lengua del otro, con la

que ni pensaba ni sabía pensar, y que no

entendía.

Buscaba la bondad de las nuevas opor-

tunidades, de las ilusiones, de las libertades

y de las mejorías, simplemente aspiraba a

tener una nueva calidad de vida y un mejor

horizonte.

Pero me sentí sola, invadida por la extra-

ñeza y la desorientación. Intuí que el otro

no me quería, me evitaba. Vivía acompaña-

da de los recuerdos, no entendía nada,

echaba de menos una sensación y una pala-

bra de serenidad que me dijera: estás en tu

casa, aquí también es tu casa.

Añoraba una sonrisa cálida, una mirada

de ternura y muchas otras cosas. Todo era

nuevo: la tierra, el cielo, el agua, los olores

y los aromas, la comida, la mirada, la son-

risa, el pensamiento, y hasta la noción del

tiempo.

Un día, sin cita previa, me desperté con

la nube despejada de mi mente, y me di

cuenta de que ya nada era nuevo ni ambi-

guo, que lo entendía casi todo, y lo habla-

ba, que estaba también en mi casa y no

necesitaba que nadie me lo recordara, por-

que ya no era una invitada, ya formaba

parte del panorama de la cotidianidad, y era

necesario superar las ausencias de los que

echaba en falta para caminar adelante; si

no, mi viaje no tenía ni tendría sentido.

Entendí además que allí, en mi otra tierra,

tampoco me querían todos, ni todos me evi-

taban, y que mi otra tierra es bella y ésta

también, cada una con sus particularidades.

Me sentí afortunada, y me di cuenta de

Aquí también es tu casa

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Informaciónútil para laspersonas inmigradas y los nuevosresidentes

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12 13

Cataluña

Navarra

La Rioja

Extremadura

Castilla-La Mancha

Castilla y León

PaísVasco

Cantabria

Principadode Asturias

Galicia

Aragón

ComunidadValenciana

Illes Balears

Región de Murcia

Comunidad de Madrid

Andalucía

Ciudad Autónoma de MelillaCiudad Autónoma

de Ceuta

Canarias

“España se constituye en un Estado social y

democrático de Derecho, que propugna como

valores superiores de su ordenamiento

jurídico la libertad, la justicia, la igualdad

y el pluralismo político.”

Preámbulo (art. 1.1) de la Constitución española de 1978

01Un estado plural y democráticoEspaña es un estado plural y democrático

que se rige por la Constitución de 1978.

La estructura administrativa territorial

presenta diferentes niveles: la administra-

ción central (Gobierno del Estado), las

comunidades autónomas, las diputacio-

nes (administración provincial), las comar-

cas y los ayuntamientos que gobiernan el

municipio.

La Constitución establece una organiza-

ción territorial en 17 comunidades autóno-

mas y 2 ciudades autónomas (Ceuta y

Melilla), cada una con su identidad carac-

terística.

El Estado es nacionalmente diverso por

historia y por razones culturales y lingüísti-

cas. Así pues, a pesar de que la lengua oficial

es el castellano, en las comunidades autóno-

mas con lengua propia, ésta tiene el rango de

cooficial junto al castellano. Estas comunida-

des son: Illes Balears, Cataluña, Comunidad

Valenciana, Pais Vasco, Navarra y Galicia.

El conocimiento de la lengua propia de la

comunidad de residencia favorece las rela-

ciones sociales y profesionales, es una de las

lenguas que aprenderán sus hijos en la escue-

la y, al mismo tiempo, supone una forma de

respetar a la comunidad de acogida.

El Estado español es miembro de la Unión

Europea y entre sus principios políticos figu-

ran el respeto y la aplicación de la Declaración

Universal de los Derechos Humanos.

A partir de este marco, se aplica la nor-

mativa europea para luchar contra la discri-

minación por motivos de género, origen

racial o étnico, religión o convicciones,

discapacidad, edad u orientación sexual.

Así mismo, se reconoce y asume la protec-ción jurídica del menor, cuya legislación

sigue las directrices de la Convención sobre

los Derechos del Niño de las Naciones

Unidas.

Igualmente, como signatario de la

Convención de Ginebra, el Estado recono-

ce en la Constitución el derecho de asilo y

refugio. Asilo es la protección, o refugio,

que se ofrece a los extranjeros a los que se

reconoce la condición de refugiado. Se con-

cede a personas que tienen temores funda-

mentados de ser perseguidos por motivos

de raza, religión, nacionalidad, pertenencia

a determinado grupo social u opiniones

políticas, que se encuentran fuera de su país

y que no pueden o no quieren acogerse a la

protección del mismo.

Uno de los fundamentos del Estado plu-

ral y democrático es el reconocimiento y la

asunción de los derechos y deberes de ciu-

dadanía para todos los hombres y mujeres

que viven en España. Esta publicación ofre-

ce información para conocer y ejercer sus

derechos y deberes como residente.

12

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15

02Itinerarios básicospara laregularizaciónTras la llegada, una serie de trámites adminis-

trativos permite conseguir la documenta-

ción necesaria para poder acceder a los ser-

vicios básicos, el trabajo y la vivienda.

Los servicios de acogida organizados

por ayuntamientos y entidades sin ánimo

de lucro ofrecen información, orientación

y asesoramiento sobre los pasos que hay

que seguir para regularizar la situación.

También proporcionan información

sobre los recursos sociales y culturales exis-

tentes en la localidad. Se trata de servicios

gratuitos que a menudo cuentan con tra-

ductores y mediadores interculturales para

facilitar la comunicación.

2.1

Un primer paso: empadronarse

Tras contactar con los servicios de acogida,

el siguiente paso consiste en empadronar-

se, es decir, inscribirse en el registro del

ayuntamiento. De este modo se demuestra

la residencia en el municipio y se puede

acceder a los servicios sociales básicos,

educación y asistencia sanitaria.

Cualquier persona tiene el derecho de

inscribirse en el padrón municipal, indepen-

dientemente de su situación administrativa.

¿Qué documentación se necesita?

Para empadronarse se necesita uno de los si-

guientes documentos:

• El original del pasaporte o el permiso de

residencia (en el caso de personas mayo-

res de edad);

• El original del libro de familia (en el caso

de que haya menores de edad); o

• El original de la escritura de propiedad de

la vivienda cuando se es propietario. Si la

vivienda es de alquiler, se necesita el con-

trato de alquiler o el contrato de suminis-

tro de un servicio de la vivienda (agua, gas,

electricidad). Si la persona que se quiere

empadronar no es titular de ninguno de

estos documentos, debe presentar una

autorización del titular en la que se haga

constar que vive allí, o presentarse en las

oficinas municipales acompañado del

titular del contrato o del propietario de la

vivienda.

Todas las personas de países no-comu-

nitarios (que no pertenecen a la Unión

Europea) deben renovar el empadrona-

miento cada dos años si aún no han obte-

nido el permiso de residencia permanente.

El trámite se realiza en el ayuntamiento.

Los documentos necesarios son:

• El documento de identidad en vigor

(tarjeta de extranjero –ver Punto 4.8– o

pasaporte).

• Justificante de domicilio (si ha cambia-

do de casa).

2.2

Un segundo paso:

obtener el permiso de residencia

Cuando finaliza el plazo del visado, es nece-

sario obtener una autorización de residen-

14

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1716

celebrado en fraude de ley. En ningún

caso podrá reagruparse más de un cón-

yuge, aunque en el país de origen se

admita esta modalidad matrimonial.

• Los hijos del residente y del cónyuge,

menores de 18 años, naturales o adopta-

dos. También los hijos mayores incapa-

citados, según la ley española o del país

de origen, que no estén casados. Cuan-

do se trata del hijo de uno sólo de los

cónyuges, es necesario que ejerza la

patria potestad o que se le haya otorga-

do la custodia y que se encuentre efecti-

vamente a su cargo. En el caso de los

hijos adoptados, debe acreditarse que la

resolución por la cual se acordó la adop-

ción se adapta a la ley española.

• Los menores de 18 años o incapacitados

cuando el residente extranjero sea su

representante legal.

• Los ascendientes de la persona que soli-

cita la reagrupación o su cónyuge, cuan-

do estén a su cargo y existan razones que

justifiquen la necesidad de autorizar su

residencia en España.

Los extranjeros que hayan conseguido la

residencia como consecuencia de una rea-grupación podrán, a su vez, ejercer el dere-

cho de reagrupación de sus familiares. Para

ello deberán contar con un permiso de resi-

dencia obtenido independientemente del

permiso de la persona que solicitó la rea-

grupación.

Pueden obtener un permiso de residen-cia independiente:

• El cónyuge cuando obtenga el permiso

de trabajo.

• Las víctimas de violencia doméstica con

una orden de protección.

• Los hijos de la persona que ha solicita-do la reagrupación cuando alcancen la

mayoría de edad y obtengan una autori-

zación para trabajar.

• Los ascendientes reagrupados cuando

obtengan una autorización para trabajar.

La tramitación de la reagrupación es

compleja y las situaciones personales, muy

diversas. Por esta razón es recomendable

acudir a las entidades especializadas que

ofrecen información y asesoramiento sobre

la documentación necesaria, sobre dónde

y cuándo presentarla, además de realizar el

seguimiento de su expediente.

El fundamento jurídico del derecho de

reagrupación se desprende de la Declaración

Universal de los Derechos Humanos y del

Convenio Europeo de Derechos Humanos y

Libertades Fundamentales de 1950, en el

que se reconoce, “a toda persona (por tan-

to, también a los extranjeros), el derecho al

respeto a su vida privada y familiar”.

cia. La autorización de residencia, si no es

por reagrupación familiar, está vinculada a

la autorización de trabajo. Para conseguir

este documento hay que presentar la auto-

rización de trabajo (ver Punto 4: Trabajo.

Actividad Económica).

2.3

El permiso de residencia temporal

Aquellas personas que se encuentran en

situación irregular, ya sea porque han

agotado el periodo de visado o porque no

han podido renovar la autorización de

residencia y trabajo, pueden conseguir

una autorización de residencia alegando

razones humanitarias.

También pueden alegar:

• Razones de arraigo laboral: permanencia

continuada durante un período mínimo

de dos años, sin antecedentes penales ni

en España ni en el país de origen, con rela-

ciones laborales superiores a un año.

• Razones de acceso al mercado laboral yarraigo personal: permanencia en España

por un periodo mínimo de tres años, con

un contrato de trabajo de un año de dura-

ción, firmado por el trabajador y por el

empresario. Ausencia de antecedentes

penales en España y en el país de origen.

Vínculos familiares con otros extranjeros

residentes (cónyuge, ascendientes y des-

cendientes). También se puede presentar

un informe del ayuntamiento que acredi-

te su inserción social.

• Razones de parentesco: demostrar ser

hijos de padre o madre españoles de

origen.

2.4

Reunirse con la familia

La aspiración de la mayoría de personas

inmigradas cuando ya se han establecido,

es decir, cuando han conseguido trabajo y

vivienda propia, es reunirse con los suyos,

con su familia. Por ello, las leyes españolas

reconocen el derecho al reagrupamiento

familiar de las personas inmigradas.

Los requisitos principales son:

• La persona que solicita el reagrupa-

miento debe haber residido en España

un año y poseer autorización para resi-

dir al menos un año más.

• La persona que solicita el reagrupa-

miento debe demostrar, con un certifi-

cado del ayuntamiento o de un notario,

que posee un alojamiento adecuado,

que es propietario o titular del contrato

de alquiler y que tiene medios de subsis-tencia suficientes para atender a la fami-

lia. La autorización de residencia que se

concede a los familiares tiene la misma

duración que la que se concedió en su

momento a la persona que solicita el

reagrupamiento. La vigencia dependerá

de que se mantengan las circunstancias

que dan lugar al reagrupamiento.

Podrán reagruparse:

• El cónyuge del residente, siempre que

no se encuentre separado de hecho o de

derecho, o que el matrimonio se haya

16

La Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades

de los Extranjeros en España y su Inte-

gración Social es la ley que establece los

requisitos para que la persona inmigrante

resida y trabaje en el Estado español.

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19

03ViviendaLa vivienda es una necesidad básica y toda

persona tiene derecho a un alojamiento

digno y con las condiciones de intimidad

necesarias. Existen diferentes vías para

conseguir una vivienda: a través de relacio-

nes personales, de las agencias inmobilia-

rias y de internet. La vivienda puede ser de

alquiler o de compra.

3.1

Alquiler

El contrato de alquiler es un acuerdo priva-

do entre dos personas: el arrendador (pro-

pietario) y el arrendatario (inquilino).

Documentación necesaria para firmar

el contrato de alquiler:

• Documento de identidad: DNI o pasa-

porte, o permiso de residencia y traba-

jo (NIE).

• Generalmente se solicita también una

copia del contrato de trabajo y de las

nóminas.

• A veces se pide un aval bancario para

garantizar que el arrendatario puede

pagar el alquiler.

Condiciones económicas

• Hay que pagar dos o tres meses de

alquiler por adelantado, en concepto de

fianza. Se paga en metálico. El impor-

te queda depositado en la Cámara de la

Propiedad Urbana en el momento en

que el propietario registra el contrato.

• El propietario devolverá la fianza cuan-

do finalice el contrato siempre que no

se produzcan desperfectos en la vivien-

da atribuibles al inquilino.

• Para evitar malentendidos es aconseja-

ble realizar un inventario del estado del

mobiliario y de los objetos de la casa.

Este documento firmado por el inqui-

lino se adjunta al contrato.

• El precio de la renta (alquiler) se incre-

menta de año en año de acuerdo con el

índice de precios al consumo (IPC) que

establece el Estado.

• El propietario debe acreditar con un

recibo el pago mensual del alquiler. El

recibo se puede pagar a través del banco

o de la caja de ahorros.

Duración del contrato

La duración del contrato se pactará entre

las dos partes. Hay que tener en cuenta que

la Ley de Arrendamientos Urbanos obliga

al propietario a prorrogarlo año tras año

hasta llegar a los 5 años, si el arrendatario

lo desea.

Realquiler de vivienda

o habitaciones

La vivienda sólo se puede subarrendar

(realquilar) de forma parcial (una o varias

habitaciones). Para ello es necesario el

consentimiento por escrito del propieta-

rio. No está permitido el alquiler como

vivienda de un local comercial, industrial

o garaje. Tampoco la sobreocupación: las

personas que habitan una misma vivienda

deben estar en consonancia con el núme-

ro de habitaciones y metros cuadrados.

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20

En primer lugar, hay que colaborar en la

limpieza y el mantenimiento de la finca.

Respetar los espacios comunes (rellanos y

pasillos) y no depositar en ellos objetos de

uso personal. Las terrazas son también espa-

cios comunes, por lo que debe pedirse per-

miso para hacer un uso particular, así como

para instalar antenas parabólicas o aparatos

de aire acondicionado, entre otros.

No se deben realizar actividades moles-

tas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilíci-

tas que supongan un perjuicio para la finca

y sus vecinos.

Al adquirir una vivienda pasamos a ser

miembros de la comunidad de propietarios

y adquirimos el derecho a participar en la

gestión de los asuntos de la comunidad.

Para ello es necesario conocer las normas de

funcionamiento (cargos de la junta tempo-

rales y rotatorios, decisiones por mayoría,

acuerdos sobre cuotas y derramas para las

reformas y rehabilitación en el edificio, etc.).

Conversar con las personas que viven en

la misma finca facilitará las relaciones de

buena vecindad. Es importante saber qué

vecino es el presidente de la comunidad,

para conocer así cuáles son nuestros dere-

chos y deberes.

Antes de la firma del contrato

Antes de firmar el contrato debe compro-

barse si corresponde al propietario o al

arrendatario el pago del impuesto de bien-

es inmuebles (IBI), tasa de recogida de

basura, limpieza de la finca, desperfectos

en la vivienda, etc.

La firma del contrato supone la acepta-

ción de las condiciones acordadas por ambas

partes. Antes de firmar se recomienda una

lectura detenida del documento y, si es posi-

ble, obtener el asesoramiento de un experto

como un agente de la propiedad inmobilia-

ria (API) o de las oficinas municipales de

información al consumidor (OMIC).

3.2

Compra

La adquisición de una vivienda en propie-

dad representa un gasto muy elevado. Los

ahorros personales a veces no son sufi-

cientes y a menudo hay que solicitar un

préstamo hipotecario a alguna entidad

financiera. Es muy importante conocer

las condiciones económicas que ofrecen

las diferentes entidades bancarias y cajas

de ahorros: intereses, gastos de tramita-

ción y notario, impuestos, etc.

La vivienda puede ser de nueva construc-

ción o de segunda mano.

Vivienda de segunda mano

Antes de comprar una vivienda de segunda

mano es necesario asegurarse de que se

encuentra en buen estado y de que no surgi-

rán problemas.

• Es interesante consultar en el Registro de

la Propiedad la situación jurídica en la que

se encuentra la vivienda para saber quién

es el propietario y si está libre de cargas.

• Una tasación económica y técnica nos

permitirá conocer el estado del piso y del

edificio para detectar posibles proble-

mas, como por ejemplo la aluminosis.

• También es recomendable pedir la cédu-

la de habitabilidad al vendedor para ase-

gurarse de que el espacio está declarado

como vivienda y no como local comer-

cial, industrial o garaje.

Las administraciones públicas ofrecen

información y asesoramiento sobre cómo

acceder a la vivienda. También promueven

la construcción de viviendas de protección

oficial y de carácter social (de alquiler o de

compra). El ayuntamiento le informará

sobre las condiciones de acceso a estos

programas.

3.3

La importancia del seguro

Tanto si el piso es de compra como de alqui-

ler es aconsejable contratar un seguro que

incluya el mobiliario y demás enseres. De

este modo se evitarán perjuicios en caso de

accidente en el propio domicilio o de inci-

dentes que perjudiquen a otros vecinos

(escape de agua, incendios, etc.), ya que

cada vecino ha de asumir los gastos deriva-

dos de los daños que pueda causar a la

vivienda de otro vecino.

3.4

Ahora eres vecino o vecina

Al entrar a vivir en un piso o una casa, de

alquiler o de compra, adquirimos una serie

de derechos y obligaciones en relación con

los otros vecinos y vecinas de la finca.

20

El Ministerio de Justicia ha editado una guía

sobre los derechos y obligaciones de los

propietarios en la nueva ley de propiedad

horizontal que trata de recoger en un

lenguaje sencillo las respuestas que la Ley

da a las cuestiones que más frecuen-

temente surgen entre los ciudadanos.

http://www.mju.es/nl_guialph.htm

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23

04Trabajo. ActividadeconómicaUna de las principales motivaciones para

migrar es la necesidad de encontrar traba-

jo o de mejorar el que se tiene en el país de

origen. Ahora bien, para que la persona de

nacionalidad extranjera pueda trabajar,

debe tener más de 16 años y debe contar con

una autorización administrativa de trabajo

y de residencia en el país.

Las solicitudes de autorización deben

presentarse en las dependencias de Trabajo

y en las oficinas de Extranjeros de las capi-

tales de provincia.

Para informarse de la documentación

necesaria y los trámites que se deben reali-

zar recomendamos una consulta a la web

del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

(http://extranjeros.mtas.es/).

También podemos recurrir a los servi-

cios de atención a la población extranjera de

los ayuntamientos, a los sindicatos u otras

entidades especializadas en asesoramien-

to jurídico a inmigrantes.

Los ciudadanos de la Unión Europea

tienen derecho a entrar, salir, circular y

permanecer libremente en territorio espa-

ñol y trabajar en el mercado laboral.

4.1

Autorización de trabajo

y residencia por cuenta ajena

Se trata del permiso necesario para poder

trabajar como asalariado contratado por

una empresa.

Tipos de autorización de trabajo y resi-

dencia por cuenta ajena:

• La primera autorización (inicial) tiene

una vigencia de un año y permite traba-

jar en una profesión, en un ámbito geo-

gráfico determinado.

• Posteriormente se puede renovar por

dos periodos sucesivos de dos años

(autorizaciones renovadas), con el fin de

desarrollar una actividad determinada.

• Al alcanzar los cinco años de actividad

continuada se puede acceder a la residen-cia permanente, en las mismas condicio-

nes que las personas nacidas en el país.

4.2

Inscribirse en el INEM

En el caso de disponer de autorización para

trabajar y encontrarse sin empleo es aconse-

jable inscribirse en el INEM (Instituto

Nacional de Empleo) o en el organismo

correspondiente de su comunidad autóno-

ma. Allí nos informarán de ofertas de traba-

jo, prestaciones por desempleo y formación

profesional. Los servicios municipales de

promoción del empleo realizan también

una labor de información y asesoramiento.

4.3

¿Quién debe presentar

la autorización de trabajo?

La solicitud de autorización de trabajo es si-

multánea a la de autorización de residencia.

22

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2524

La participación en estas entidades es una

forma activa de ciudadanía y tiene un efecto

positivo sobre el negocio. Las asociaciones y

los gremios profesionales ofrecen informa-

ción sobre los cambios legislativos y las inno-

vaciones del sector, y se encargan de defen-

der nuestros derechos de forma colectiva.

4.6

Autorización de trabajo y residencia

de duración determinada

La autorización de trabajo y residencia de

duración determinada permite desarrollar:

• Obras y servicios de duración determinada.

• Actividades de temporada o de campa-

ña. Su duración coincide con la del con-

trato de trabajo, con un máximo de 9

meses sobre 12.

• Actividades de carácter temporal realiza-

das por personal de alta dirección,

deportistas, profesionales y artistas.

4.7

El Número de Identidad de

Extranjero

Una vez conseguida la autorización de resi-

dencia, el Gobierno español proporciona

un Número de Identidad de Extranjero

(NIE) que se incorpora a la Tarjeta de

Residencia.

El NIE es común a los ciudadanos comu-

nitarios y extracomunitarios. Es necesario

para poder presentar declaraciones de

impuestos, establecer comercios, abrir

cuentas bancarias, y para casi cualquier

trámite administrativo que deba realizar.

4.8

Entidades financieras

La red de oficinas de entidades bancarias y de

cajas de ahorros ofrecen servicios para el

envío de dinero al país de origen y productos

de interés para las personas inmigradas:

seguros, créditos, hipotecas, etc. Las entida-

des financieras reconocidas por el Estado

garantizan la transparencia de los trámites y

el ejercicio de los derechos de sus clientes.

La ley que regula las relaciones laborales entre empresa

y asalariados es el Estatuto de los Trabajadores. Los

sindicatos son las organizaciones que velan por los

intereses de los trabajadores. Algunas asociaciones de

migrantes, organizaciones no gubernamentales, abogados

especializados en temas laborales, departamentos de

recursos humanos de las empresas y sindicatos nos infor-

marán sobre derechos laborales, condiciones de trabajo

y seguridad laboral.

Según las características del empleo, el

encargado de realizar los trámites es:

• El propio trabajador cuando solicita un

trabajo por cuenta propia.

• La persona que contrata o la empresa

cuando se solicita autorización por cuen-

ta ajena, es decir, cuando contratan a un

trabajador extranjero.

¿Qué documentos se necesitan?

El trabajador tiene que presentar:

• Copia del pasaporte.

• Certificado de antecedentes penales.

• Certificado médico oficial.

• Tres fotografías.

• Documentación acreditativa de su cuali-

ficación laboral o profesional.

La persona o empresa que ofrece el

empleo tiene que presentar:

• NIF o CIF.

• Número de inscripción en la Seguridad

Social o un documento que acredite que

se halla exento.

• Oferta de empleo, con los elementos y

condiciones de trabajo.

• Memoria de actividades de la empresa y

del puesto de trabajo.

• En caso de que sea necesario, documen-

tación que acredite la solvencia y la capa-

cidad de la empresa para atender sus res-

ponsabilidades.

4.4

Autorización de trabajo

y residencia por cuenta propia

Si se es emprendedor y se desea instalar por su

cuenta —sólo o con la ayuda de otras perso-

nas— es aconsejable asesorarse en las admi-

nistraciones locales o en las entidades finan-

cieras sobre las posibilidades y los requisitos

necesarios para poder iniciar la actividad.

El primer paso es disponer de una autori-

zación de trabajo por cuenta propia.

¿Qué documentos se deben

presentar?

• Permiso inicial de duración de 1 año,

puede ser limitado en actividad y ámbito.

• Renovaciones por dos años.

• La renovación de 5 años permitirá al

residente el acceso a la actividad laboral

en las mismas condiciones que los espa-

ñoles (residencia permanente).

• Proyecto de inversión real, creación de

puestos de trabajo y licencias.

Para dar de alta un negocio hay que tra-

mitar diversas licencias y permisos para

legalizar la actividad. Los trámites depen-

den de varias administraciones.

• El ayuntamiento proporciona las licen-

cias urbanísticas (obras, reformas, usos,

etc.) y las licencias de actividades.

También establece impuestos y tasas

sobre actividades económicas.

• La Agencia Tributaria del Ministerio de

Hacienda otorga los permisos para

poder ejercer una actividad.

• El empresario y los trabajadores han de

estar dados de alta en la Seguridad

Social.

4.5

Asociaciones y gremios

profesionales

Los comerciantes y empresarios tienen

derecho a formar parte de asociaciones de

empresarios, comerciantes y gremios pro-

fesionales.

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2726

05SaludTodas las personas que viven en España

tienen derecho a la cobertura sanitaria,

independientemente de su situación

administrativa. El sistema sanitario espa-

ñol se rige por tres principios generales:

la concepción integral de la salud, la pro-

ximidad a la ciudadanía y la igualdad.

La atención sanitaria pública es gratui-

ta y es competencia de las comunidades

autónomas, excepto en Ceuta y Melilla

donde depende de la Administración

Central. Los ayuntamientos, por su parte,

asumen competencias en salud pública y

participan en actividades de prevención y

promoción de la salud.

Existe también un sistema de salud

privada al que se puede acceder de forma

individual y familiar mediante el pago

por los servicios recibidos. Los recursos

sanitarios de titularidad privada suelen

estar gestionados por compañías asegu-

radoras y mutuas, y a menudo están con-

certados con la red pública.

Además, existen diferentes organiza-

ciones sin ánimo de lucro (ONG) que ofre-

cen servicios sanitarios gratuitos a colecti-

vos desfavorecidos y desarrollan proyectos

de prevención y educación en salud.

5.1

La Tarjeta Sanitaria Individual (TSI)

El documento que permite el acceso a las

prestaciones del sistema de salud pública es

la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI). Tam-

bién es necesaria para la adquisición de

medicamentos en las farmacias a precios

subvencionados.

Se trata de una tarjeta con banda magné-

tica, personal e intransferible. Se obtiene de

forma gratuita y cada miembro de la fami-

lia, con independencia de la edad, debe

tener la suya.

La TSI garantiza la confidencialidad de los

datos personales.

5.2

¿Cómo obtener la TSI si se dispone de

autorización de residencia y trabajo?

La empresa tramita el número de afiliación a

la Seguridad Social y entrega la cartilla médi-

ca, que puede incluir como beneficiarios a

sus familiares (hasta el segundo grado).

Esta gestión se realiza en la oficina de la

Tesorería General de la Seguridad Social

correspondiente.

¿Qué documentos se deben

presentar?

• Documento personal identificativo (pasa-

porte o NIE).

• Certificado de empadronamiento.

• Libro de familia, cuando sea necesario.

• Tarjeta de afiliación a la Seguridad Social

(cartilla de la Seguridad Social).

La tarjeta de cada uno de los beneficiarios

de la cartilla de la Seguridad Social llega a casa

por correo. Si no se recibe, hay que reclamar

al Centro de Salud que corresponda.

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28

Si el paciente no se puede desplazar,

existe un servicio de atención a domicilio.

Para casos de urgencias en el domicilio y en

la vía pública hay que llamar al teléfono de

emergencias 112.

Atención especializada

Cuando el problema de salud exige una

atención especializada, desde el CAP se

deriva al enfermo a otros doctores, centros

de pruebas diagnósticas, hospitales, etc.

Existen servicios especializados en salud

mental, atención a drogodependencias,

salud sexual y reproductiva (planificación

familiar), rehabilitación, enfermedades tro-

picales, etc. Los servicios varían según las

comunidades autónomas y las poblaciones

de residencia.

Los hospitales atienden posibles urgen-

cias, partos y operaciones.

Para facilitar la comunicación entre el

personal sanitario y los pacientes de origen

extranjero, algunas comunidades autóno-

mas disponen de servicios de traducción y

mediación intercultural.

Existen varias entidades y asociaciones

sin ánimo de lucro, coordinadas con la red

pública, que ofrecen información sobre el

acceso al sistema sanitario y ayudan a resol-

ver las posibles dudas.

5.3

¿Cómo obtener la TSI si se dispone

de autorización de residencia

sin trabajo?

Se debe realizar la solicitud directamente en

el Centro de Salud que corresponda.

¿Qué documentos

se deben presentar?

• Documento personal identificativo

(pasaporte o NIE).

• Libro de familia, cuando sea necesario.

• Autorización de residencia.

• Certificado de empadronamiento.

5.4

¿Cómo obtener la TSI

si no se dispone de autorización

de residencia?

Se debe realizar la solicitud directamente en

el Centro de Salud que corresponda.

¿Qué documentos se deben

presentar?

• Documento personal identificativo

(pasaporte).

• Certificado de empadronamiento.

• Libro de familia, cuando sea necesario.

• Para las personas sin recursos suficien-tes será necesario, además, presentar

una declaración jurada.

En las oficinas municipales le informa-

rán del Centro de Salud más cercano a su

domicilio.

Los menores de 18 años que se encuen-

tren enfermos y las mujeres embarazadas,

en situación irregular, tienen derecho a

recibir atención. Para ello deben acudir al

Centro de Salud más cercano. Los menores

deberán acudir siempre acompañados del

tutor o de una persona responsable.

5.5

Estructura del sistema

sanitario público

La Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) per-

mite acceder al conjunto de recursos sani-

tarios previstos por el sistema sanitario

público.

Atención primaria

El Centro de Atención Primaria (CAP) o

Centro de Salud es el primer lugar al que

hay que acudir cuando se tiene algún pro-

blema de salud.

A cada titular de la TSI le corresponde un

CAP, cercano a su domicilio, un médico de

cabecera, un pediatra y un servicio de enfer-

mería.

En los CAP nos informarán del calenda-

rio de vacunaciones y de los programas de

prevención y educación en salud.

Las visitas

Para obtener el día y la hora de la visita es

necesario solicitarlo previamente en el

mismo Centro de Salud o por teléfono, lla-

mando al número que allí mismo le facilita-

rán. En los pueblos más pequeños los médi-

cos de cabecera visitan en los consultorios

locales, que tienen un horario determinado.

Los servicios de urgencias de los CAP

funcionan al margen del horario asignado.

También existen centros que realizan aten-

ción continua (mañana, tarde, sábados y

festivos) para atender a los pacientes de una

zona determinada.

Los niños tienen derecho al disfrute del más

alto nivel de salud posible y a servicios para

el tratamiento de las enfermedades y

la rehabilitación de la salud. Artículo 24 de

la Convención Internacional sobre los

Derechos del Niño.

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3130

06Educación La educación constituye uno de los pilares

básicos del desarrollo de la persona y, en la

sociedad actual, en continua transforma-

ción, la formación es necesaria a lo largo de

toda la vida. Por ello la educación es uno de

los derechos fundamentales, y toda persona

que reside en territorio español puede ejercer

el derecho a una educación pública y gratui-

ta. También existen centros privados.

Algunos de ellos son concertados, es decir,

reciben financiación de la administración

pública. Los contenidos de los programas de

estudios tanto de los centros públicos como

de los privados son los mismos porque se

rigen por la misma Ley de Educación.

La educación es competencia de las co-

munidades autónomas. Los ayuntamientos

colaboran en la matrícula escolar y en activi-

dades socioeducativas.

6.1

¿Cuándo hay que matricularse?

El periodo de matrícula se inicia a principios

de primavera. Las familias deben presentar la

solicitud en el centro en el que desean inscri-

bir al alumno.

Las personas que cambien de domicilio o

que acaben de llegar pueden formalizar la

inscripción, fuera de plazo, es decir en cual-

quier momento del año. En este caso la asig-

nación de la escuela o del instituto se realiza-

rá en función de las plazas libres.

En algunas comunidades autónomas y

municipios, si la familia desconoce alguna de

las lenguas oficiales del Estado español, el

centro educativo puede solicitar el servicio de

traducción y mediación intercultural. En los

centros también se organizan actividades de

acogida para los nuevos alumnos y alumnas.

6.2

El año escolar

El año escolar comienza en septiembre y

finaliza en junio, si bien la comunidad autó-

noma establece el día concreto de inicio y

final de curso. Los centros educativos dispo-

nen de autonomía, dentro de los márgenes

que fija la ley, para establecer los horarios y

los días de libre disposición, de los que se

informa a las familias a principio de curso.

Si bien la educación es gratuita, en las

escuelas públicas las familias deben cubrir

los gastos de comedor, salidas culturales y

colonias, así como del material escolar y

libros de texto, aunque en algunas comuni-

dades autónomas los libros son gratuitos.

La educación en la diversidad, el antirra-

cismo y la promoción de la convivencia

son ejes significativos de los programas

pedagógicos.

6.3

Estructura del sistema educativo

El sistema educativo español es mixto (alum-

nos y alumnas comparten la misma clase) y

se estructura en diferentes etapas y sectores.

Educación infantil: de 0 a 5 años

La educación infantil se estructura en

dos etapas:

• Guardería: de o a 3 años. Antes de los 3

La escolarización de los niños

es obligatoria por ley de los 6

a los 16 años.

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32 33

Primer ciclo

Tiene una duración de tres años y se obtie-

nen los títulos de Diplomado, Maestro, Ar-

quitecto Técnico o bien Ingeniero Técnico.

Segundo Ciclo

Tiene una duración de dos años y se obtie-

nen los títulos de de Licenciado, Arquitec-

to o bien Ingeniero. La superación de unos

estudios de Segundo Ciclo da derecho al

acceso a los estudios de Tercer Ciclo

(Doctorado).

Tercer ciclo

Se trata de Programas de Doctorado y se

obtiene el título de Doctor.

La tramitación de la homologación de

los títulos académicos obtenidos en el

país de origen se realiza a través de las

delegaciones locales del Ministerio de

Educación.

6.5

Formación de adultos

Para los mayores de edad, las escuelas de

adultos desarrollan una oferta educativa gra-

tuita que ofrece un amplio abanico de posi-

bilidades: cursos de alfabetización, forma-

ción básica, GES (Graduado en Educación

Secundaria), acceso a los ciclos formativos de

grado medio y superior, acceso a la universi-

dad para mayores de 25 años así como talle-

res de idiomas, informática, cultura, etc.

Si no conoce el español y/o las lenguas

propias de cada comunidad autónoma (cata-

lán, gallego y euskera), las escuelas oficiales

de adultos y asociaciones ofrecen cursos

gratuitos.

6.6

Reciclar conocimientos

profesionales

Existe una amplia oferta de formación ocu-

pacional (laboral) para mejorar la capacita-

ción y reciclar conocimientos profesiona-

les, que corre a cargo de ayuntamientos y

comunidades autónomas.

Los programas de formación y trabajo se

imparten en las Escuelas Taller y Casas de

Oficios (menores de 25 años) y en los Talleres

de Ocupación (mayores de 25 años).

años los padres pueden llevar a sus

hijos a las guarderías. El ayuntamiento

ofrece información de la red de guarde-

rías del municipio de residencia.

• Parvulario: de 3 a 6 años. En esta edad

no es obligatorio ir a la escuela pero es

recomendable para que niños y niñas

se adapten mejor a la vida escolar. En

los centros de titularidad pública se

trata de un servicio gratuito, y parcial-

mente subvencionado en los centros

privados concertados.

Educación primaria obligatoria:

de 6 a 12 años

La educación primaria obligatoria se com-

pone de seis cursos académicos, organi-

zados en tres ciclos: ciclo inicial (de 6 a 8

años), ciclo medio (de 8 a 10 años) y ciclo

superior (de 10 a 12 años).

Se quiere proporcionar a todos los

niños y niñas una educación común que

permita adquirir los elementos básicos

culturales. Se trabaja la expresión oral, la

lectura, la escritura y el cálculo aritméti-

co. También se promueve la progresiva

adquisición de hábitos de convivencia,

trabajo y estudio.

Educación secundaria obligatoria

(ESO): de 12 a 16 años

La ESO se imparte en los Institutos de

Educación Secundaria (IES).

En esta etapa, el proceso de aprendiza-

je proporciona a los alumnos conocimien-

tos que favorezcan su autonomía personal

e integración social, que potencien el des-

arrollo personal y faciliten la incorpora-

ción al mundo laboral.

Educación postobligatoria:

de 16 a 18 años

Después de la ESO, los alumnos pueden

optar por seguir sus estudios:

• Formación profesional: programas de

garantía social y ciclos formativos de

grado medio que preparan para el

mundo laboral.

• Bachillerato: permite acceder a los ciclos

formativos de grado superior o a la uni-

versidad.

Actividades extraescolares

Las actividades extraescolares y de tiempo

libre (ludotecas, entidades juveniles, cultu-

rales y artísticas, centros excursionistas y

deportivos) contribuyen a la educación y a

la socialización de los niños.

La Asociación de Madres y Padres

(AMPA)

En las etapas de educación infantil, primaria

y secundaria es importante la participación de

padres y madres en la comunidad educativa,

a través de los consejos escolares y de las aso-

ciaciones de madres y padres (AMPA).

6.4

Estudios universitarios

También llamados estudios superiores,

aquellos estudiantes que han realizado el

Bachillerato o COU deben realizar la selec-

tividad (PAAU) para acceder a ellos.

Asimismo, otra vía de acceso consiste en los

ciclos formativos de grado superior y en las

pruebas de acceso para mayores de 25 años.

La organización de los estudios univer-

sitarios se estructura en ciclos:

18 años Universidad Formación Profesional

(Grado superior)

16 años Bachillerato Formación Profesional

(Grado medio)

12 años Educación Secundaria Obligatoria (ESO)

1º y 2º ciclo

6 años Educación Primaria Obligatoria

Ciclos inicial, medio y superior

3 años Educación infantil: Parvulario

0 años Educación infantil: Guardería

Periodo de escolarización obligatoria y gratuita

Gratuito en los centros públicos y subvenciona-

do parcialmente en los centros privados con-

certados

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35

07Bienestar SocialLas personas, en el ámbito individual y

familiar, pueden encontrarse ante proble-

mas económicos, de salud, etc. que afectan

a su bienestar y que no pueden resolver por

sí mismas, de modo que necesitan un

apoyo, una orientación de los recursos

públicos, de los denominados serviciossociales. Se trata de un conjunto de servi-

cios y programas de promoción, desarrollo

y atención social a personas, familias y

colectivos que se encuentran en riesgo o

sufren exclusión social y económica.

Personas sin recursos que viven en situa-

ción de dependencia (personas mayores,

discapacitados, enfermos crónicos, etc.)

y/o que requieren atención especializada:

drogodependencias, salud mental, maltra-

tos infantiles, violencia doméstica, etc.

Los recursos de Bienestar Social abarcan

diferentes campos, entre los que destacan:

• Programas sociales de infancia y adoles-cencia. Protección de menores, centros

abiertos, programas contra el absentis-

mo escolar, etc.

• Políticas de igualdad de género. Para

combatir la desigualdad laboral y social

que afecta a las mujeres.

• Albergues para personas transeúntes.

En algunas comunidades autónomas

funcionan albergues de acogida tem-

poral de personas inmigradas.

• Programas comunitarios. Promoción del

voluntariado, el civismo y la convivencia.

Se trata de servicios gratuitos que depen-

den tanto del ayuntamiento como de la

comunidad autónoma y de entidades sin

ánimo de lucro. Para acceder a los serviciossociales oficiales es necesario estar empa-

dronado, excepto para los transeúntes (per-

sonas de paso). Para determinadas presta-

ciones también es preciso disponer de

permiso de residencia. Su objetivo es pro-

porcionar un apoyo temporal mientras la

persona consigue recursos económicos y

sociales para organizar su vida por sí

misma. Los recursos de Bienestar Social

están coordinados con otros servicios

(sanitarios, educativos, culturales, labora-

les, etc.).

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37

08Civismo y convivenciaLa comunidad de vecinos y los espacios

públicos son lugares de paso, encuentro ydisfrute de los vecinos y vecinas de todas las

edades y condición social. Entre todos debe-

mos cuidarlos con civismo y urbanidad,entendida ésta como la cualidad de las per-

sonas de relacionarse en grupo, respetando

la personalidad del resto de personas y obser-

vando las normas de convivencia y de relación

social. Así pues, la vida en sociedad conlleva

una serie de derechos y deberes. Conocerlos

nos ayudará a relacionarnos y convivir con las

personas de nuestro entorno.

8.1

Respeto por los vecinos

La calle y la comunidad de vecinos son

espacios de comunicación y relación entre

las personas. Hay que respetar ciertas pau-

tas de comportamiento marcadas por las

ordenanzas municipales. Por ejemplo:

• Limitar el nivel de ruido (sobre todo entre

las 10 de la noche y las 7 de la mañana) por

ejemplo cuando se organiza una fiesta.

• Los comerciantes han de respetar los

horarios comerciales y las normativas

específicas de almacenamiento de pro-

ductos, el derecho de admisión en esta-

blecimientos de hostelería y espectácu-

los, etc. También deben cumplir con la

normativa de tratamiento de residuos.

8.2

Respeto por los espacios públicos

Plazas, calles, equipamientos cívicos, cul-

turales, deportivos, etc. son espacios de

convivencia. A pesar de que el manteni-

miento corresponde a las administraciones

públicas, su cuidado es responsabilidad de

todos los ciudadanos y ciudadanas. Hay que

evitar realizar actividades que los degraden

y que puedan molestar o perjudicar a otros

vecinos (ruidos, ocupación de la vía públi-

ca, no recoger los excrementos de los ani-

males de compañía, dañar el mobiliario

público, etc.). Para realizar ciertas activida-

des (fiestas, ferias, etc.) es necesario cono-

cer las ordenanzas municipales al respecto

y solicitar permiso al ayuntamiento.

8.3

Respeto por el medio ambiente

Los vecinos tienen la responsabilidad de

mantener limpio el barrio y el entorno natu-

ral de la población de residencia, evitando

aquellas actividades que puedan suponer la

degradación del mismo: dejar la basura fuera

de los contenedores especialmente habilita-

dos para ello, encender fuego en el bosque,

etc. En el domicilio es recomendable sepa-

rar los residuos y utilizar los contenedores de

recogida selectiva. En general, los distintos

tipos de contenedores suelen ser:

• Los específicos para residuos orgánicos.

• Los destinados a papel y cartón.

• Los específicos para envases ligeros

(plástico, latas, chapas y briks).

• Los destinados a la recogida de vidrio.

El ayuntamiento ofrece información de

los horarios recomendados para depositar

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38 39

abonos, o si se aplican tarifas integradas (el

mismo título/billete permite viajar en metro,

tren y autobús en una zona determinada).

Permiso de conducir

Por lo que respecta al transporte personal y

al uso de vehículo propio, se reconocen los

permisos de conducir de la Unión Europea.

Además, el Estado español ha firmado acuer-

dos bilaterales de convalidación con ciertos

países. Para conocer la relación y los trámi-

tes se puede consultar por internet

(http://www.dgt.es/tramites/

canjes/citaprevia.htm).

En el caso de que en España no se recono-

ciera el permiso de conducir de su país de ori-

gen, las autoescuelas le informarán sobre

los trámites para obtener uno válido.

la basura, la ubicación y horario de los cen-

tros de recogida de materiales para recicla-

je y recuperación (aceites, pilas, electrodo-

mésticos...), así como de los servicios

municipales de recogida de muebles y uten-

silios en desuso.

8.4

Seguridad y orden público

Cuando se detecta algún problema de

orden público o de peligro para las perso-

nas y la propiedad, lo mejor es dirigirse a la

policía, que está al servicio de la ciudadanía.

En el Estado español conviven dife-

rentes servicios policiales: la Policía

municipal o Guardia Urbana (de carácter

local), la Guardia Civil y la Policía nacio-

nal (de ámbito estatal). Cataluña y el País

Vasco cuentan con un cuerpo de policía auto-

nómico, en Cataluña se llama Mossos d’Esqua-dra y en el País Vasco Ertaintza.

La función de todos ellos es proteger,

prevenir y orientar al conjunto de la población

en temas que afectan a la seguridad indivi-

dual y colectiva.

8.5

Transporte y movilidad

Para conectar las diferentes localidades y

barrios existen las redes de transporte públi-

co (trenes, metros y autobuses) y privado

(taxis y autocares).

Es importante estar bien informado del

funcionamiento de la red (estaciones, hora-

rios, transbordos, etc.) así como de las tari-

fas: precio del billete, tarjetas multiviaje,

Si requiere atención sanitaria, extinción

de incendios y salvamento, seguridad

ciudadana o protección civil, existe un

número de teléfono único para todo el

Estado Español: el 112

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09ParticipaciónciudadanaEl reconocimiento y ejercicio de los dere-

chos sociales y políticos son fundamenta-

les en las sociedades democráticas.

Entidades de vecinos, de jóvenes, de

mujeres, de inmigrantes, deportivas, cultu-

rales, profesionales, sindicatos, ONG de

solidaridad, de comerciantes y consumido-

res, son el testimonio de una vida asociati-

va rica y diversa. Participar en alguna de

estas asociaciones permite expresar nues-

tras preocupaciones y favorece la convi-

vencia. También nos permite realizar apor-

taciones al conjunto de la sociedad.

Estas entidades realizan su labor en

diferentes espacios públicos: centros cívi-

cos y bibliotecas, centros culturales de las

administraciones públicas y de fundaciones

privadas. Asistir a sus actividades es una

buena forma de conocer nuestro entorno.

Los ayuntamientos ofrecen información

sobre asociaciones y entidades, así como

sobre los trámites que hay que seguir para

fundar y gestionar una asociación. Las

organizaciones sociales (asociaciones)

favorecen el hecho de compartir un interés

común entre un grupo de personas, pero

además tienen la función de informar, dina-

mizar y defender los derechos de los asocia-

dos ante las instancias pertinentes, ya sean

públicas o privadas.

9.1

La libertad religiosa

Uno de los ámbitos en los que se manifies-

ta la diversidad cultural y social es el religio-

so. Todas las personas pueden tener sus

creencias religiosas o no y practicarlas, en

privado o en público, sin que ello constitu-

ya un motivo de desigualdad o de discrimi-

nación ante la ley. La pluralidad religiosa

implica la necesidad del diálogo interreli-

gioso para favorecer el conocimiento

mutuo y la convivencia entre ciudadanos y

ciudadanas de diferentes creencias.

El reconocimiento oficial de una comu-

nidad religiosa se adquiere con la inscrip-

ción en el Registro de Entidades Religiosas

del Ministerio de Justicia (http:// www.jus-

ticia.es, apartado de trámites personales).

Antes de la apertura de un centro de culto

es necesario consultar al ayuntamiento

sobre la normativa vigente.

La Constitución española establece que

España es un Estado aconfesional. La Ley de

Libertad Religiosa garantiza el derecho a la

libertad de culto.

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10Referencias de interés eninternetSecretaria de Estado de Inmigración y

Emigración (Ministerio de Trabajo y Asun-

tos Sociales)

http://extranjeros.mtas.es/

INEM. Servicio Público de empleo estatal

del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

http://www.inem.es

Dirección General de Tráfico

http://www.dgt.es

Portal Intégrate XXI de “la Caixa”

http://www.integratexxi.es

Páginas web de las administraciones autonó-

micas que cuentan con información dirigida

a las personas inmigradas:

Andalucía

http://www.juntadeandalucia.es/

gobernacion/opencms/portal/listadoespe-

cifico.jsp?entrada=tematica&tematica=63

Aragón

Gobierno de Aragón:

http://portal.aragob.es

Canarias

http://www.gobiernodecanarias.org/emple

oyasuntossociales/inmigracion/

Castilla-La Mancha

http://www.jccm.es/organigrama/index.ph

tml?cod=2003#null

Castilla y León

Junta de Castilla y León:

http://www.jcyl.es

Cataluña

http://www.gencat.net/benestar/societat/c

onvivencia/immigracio/index.htm

Ciudad Autónoma de Ceuta

http://www.ceuta.es

Comunidad de Madrid

http://www.madrid.org/

cservicios_sociales/index_inmigra.htm

Comunidad Valenciana

http://www.gva.es/jsp/

portalgv.jsp?deliberate=true

Extremadura

http://www.inmigraex.org/foro.asp

Galicia

http://galiciaaberta.xunta.es/conselleria/

Illes Balears

http://immicooper.caib.es/

Navarra

http://www.inmigracionpamplona.com/

4ApoyoInmigrantes/index.asp

(Ayuntamiento de Pamplona)

La Rioja

http://www.larioja.org/web/centrales/

servicios_sociales/inmigracion.htm

País Vasco

http://www.gizaetxe.ejgv.euskadi.net/

r40-2204/es/contenidos/

informacion/2449/es_2194/es_11950.html

Principado de Asturias

http://www.asturiastelecentros.com/inde

x.asp?MP=7&MS=0&TR=C&IDR=51&idc

olectivo=11

Región de Murcia

http://www.carm.es/ctra/inmigracion/

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