COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE LOS INGENIEROS DE MINAS

Embed Size (px)

Citation preview

  • 8/17/2019 COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE LOS INGENIEROS DE MINAS

    1/7

     

    /

    ompetencias tribuciones

    profesion les de

    los

    ingenieros de min s

    En relación con las competencias y atribuciones profesionales de l

    as

    distintas ramas de la

    ingeniería entre ellas la de INGENIERO DE

    MINAS

    la doctrina del Tribunal Supremo

    es

    clara y rotunda:

    Cuando una ley no atribuye con carácter de exclusividad a una determinada titulación una

    competencia profesional determinada ésta puede ser desempeñada indistintamente por

    todos aquellos titulados cuyos conocimientos técnicos adquiridos al cursar sus estudios

    sean acordes con el proyecto en cuestión.

    Hay

    muy

    pocas le

    yes

    que reserven competencias exclusivas para una determinada profe-

    sión; citemos como muestra la última emitida la Ley de Ordenación de la Edificación y

    una de

    las

    más antiguas la Ley de Minas. La primera

    da

    la exclusividad a los arquitectos

    y arquitectos técnicos en el proyecto de edificios públicos o privados cuyo uso principal

    sea administrativo sanitario religioso residencial docente o cultural; la segunda a los

    titulados de minas en materia de minería y uso de explosivos. Igualmente hay algunas

    leyes reglamentos o decretos menos conocidos que reservan algunas competencias en el

    ámbito de su carrera para ingenieros de telecomunicación aeronáuticos navales agróno-

    mas que por otra parte no interfieren con las actividades y sectores en

    lo

    s que se mue-

    ven los ingenieros de minas.

    Pero ni

    las

    grandes leyes que rigen los sectores industriales y energéticos en donde

    lo

    s inge-

    nieros de minas desarrollan gran parte de su trabajo Ley de Industria Ley del Sector Eléc-

    trico o Ley del Sector de Hidrocarburos ni los Reglamentos que las desarrollan atribuyen

    de forma directa ni exclusiva la competencia a favor de una determinada ingeniería debien-

    do atenerse por lo tanto a la doctrina del Tribunal Supremo.

    También hay un caso excepcional: el de los ingenieros industriales. Esta ingeniería dispo-

    ne de

    un

    Decreto de 18 de septiembre de 1935 en el que

    se

    definen sus competencias y

    atribucion

    es

    que como no podía ser menos por su preparación generalista

    le

    s concede

    atribuciones en numerosas actividades pero

    NO

    EN EXCLUSIVA

    como

    se

    cansa de repe-

    tirles la Judicatura Ordinaria y la del Tribunal Supremo.

  • 8/17/2019 COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE LOS INGENIEROS DE MINAS

    2/7

     

    Por lo tanto, a falta de disposición legal que asigne a una o varias profesiones unas compe-

    tencias determinadas, rodas

    las

    ingenierías

    y

    sin duda,

    la

    Administración que ha de resol-

    ver están a

    las

    que emanen de

    los

    conocimientos técnicos adquiridos al cursar sus estudios.

    A partir de la Ley de Reordenación de las Enseñanzas Técnicas Superiores de 1957, de los

    Decretos de Especialidades de Escuelas Técnicas de Grado Superior de 1965 y de

    las

    Órde-

    nes Ministeriales sobre Planes de Estudio,

    se

    estableció una base de enseñanz

    as

    comunes

    a

    las

    distintas ramas de titulados superiores con un fondo igual de conocimientos técnicos

    que, con independencia de

    las

    distintas especialidades, otorga a cada uno, en el orden pro-

    fesional, capacidad técnica real por las asignaturas que figuran en sus planes de estudio

    Sentencias del Tribunal Supremo de 13.10.84, 30.04.85 y 24.10.86).

    Los estudios que integran la carrera de Ingeniero de Minas, conforme a los vigentes Pla-

    nes de Estudio, 1983 y 1996; Ley de Enseñanzas Técnicas de 29 de abril de 1964; Orden

    Ministerial de

    30

    de junio de 1957 y posteriores disposiciones en la materia, dan lugar a

    las cinco especialidades o intensificaciones siguientes: Energía y Combustibles; Laboreo

    de Minas y Obras Subterráneas; Metalurgia y Materiales; Gestión de Recursos y Medio

    Ambiente; Geología y Geofísica.

    Pues bien, sin menoscabo de las atribuciones profesionales de otros ingenieros superiores,

    muchas de

    las

    cuales son comunes a todas las ingenierías,

    el

    Co

    legio Oficial de Ingenieros

    de Minas del Noroeste de España considera, de acuerdo con los estudios recibidos, fun-

    ciones y trabajos que puede desempeñar el ingeniero de minas y que, habitualmente, rea-

    liza, aquellas directamente relacionadas con

    las

    especialidades que por ley corresponden a

    la titulación y que, por sus conocimientos y preparación específica, pueden desarrollar. A

    título informativo y no limitativo destacaremos, en primer lugar, los trabajos más frecuentes

    que realizan los ingenieros de minas y en segundo, l

    os

    sectores de actividad en l

    os

    que son

    desarrollados .

    1 TRABAJOS Ás FRECUENTES

    Inf

    ormes

    • Estudios

    • Anteproyectos

    • Proyectos

    • Direcciones técnicas de fábricas e instalaciones industriales

    • Direcciones facultativas de minas, canteras, usos de explosivos y establecimiento de

    beneficio

    • Direcciones de obra

    • Seguridad y prevención de riesgos laborales

    2

  • 8/17/2019 COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE LOS INGENIEROS DE MINAS

    3/7

     

    Gestión de la calidad

    Normas SO

    Sistemas integrados de seguridad calidad

    y

    medio ambiente

    Organización gestión industrial

    Diseño gestión de productos procesos

    Planteamiento urbanístico

    Planes de ordenación dc recursos naturales

    Mantenimiento

    de maquinaria e instalaciones

    Organización del trabajo

    Recursos humanos

    Auromática

    Informática

    Topografía teledetección

    Legalizaciones aperturas ampliaciones traslado

    de

    industrias

    Licencias

    y

    autorizaciones: de obras

    de

    apertura de actividad

    y

    ambiental

    Certificaciones

    Instalaciones de transporte distribución

    y

    utilización de agua gas

    y

    electricidad

    Asesorías

    y

    auditorías técnicas

    y

    ambientales

    Estudios de viabilidad técnica económica

    y

    ambiental

    Planificación análisis de inversiones

    Dictámenes peritaciones

    Tasaciones valoraciones

    Gestión de ayudas subvenciones e incentivos empresariales

    2 SECTORES DE ACTIVIDAD

    PROPIOS O

    COMPARTIDOS CON

    OTRAS

    INGENIERÍAS

    estión de recursos y medio ambiente

    • Ordenación del territorio planeamiento urbanístico movimiento de tierras planifi-

    cación gestión sostenible de recursos minerales aguas subterráneas aguas minerales

    termales petróleo gas natural espacio subterráneo otros recursos geológicos

    • Teledetección y técnicas de información geológica y ambiental cartografía temática y

    sistemas de información geográfica

    • Riesgos geológicos

    y

    ambientales. Prevención

    y

    corrección

    • Patrimonio geológico

    y

    minero. Defensa

    y

    conservación

    • Espacio subterráneo para uso urbano induStrial o almacenamiento de residuos radiac-

    tivos e industriales.

    • Impacto ambiental. Estudio

    y

    evaluación. Prevención corrección

    y

    restauración

    • Residuos sólidos urbanos

    y

    residuos especiales. Efluentes líquidos

    y

    gaseosos. Gestión

    integral. Recuperación reutilización reciclaje almacenamiento. Vertederos

    • Descontaminación

    de

    suelos

  • 8/17/2019 COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE LOS INGENIEROS DE MINAS

    4/7

     

    • Restauración de taludes, escombreras, verrederos y espacios degradados. Inregración

    paisaj ística

    Análisis del ciclo de vida del producro

    gua

    Hidrogeología. Prospección, captación, disrribución y utilización de aguas subterráneas

    Tecnología y gestión inregral del agua. Depuración y desalinización

    Cartografía hidrogeológica. Vulnerabilidad a

    l

    conraminación de acuíferos

    Redes de distribución e instalacion

    es

    de suministro interior a los edificios

    Geología y geoftsica

    • Prospección geofísica y geoquímica

    • Geotecnia

    • Cimenraciones y pilotajes

    • Estabilización, auscultación y drenaje de taludes, escombreras, túneles y obras subte-

    rráne s

    • Cartografía geológica y geotécnica

    Energía

    y

    combustibles

    • Petroquímica y carboquímica

    • Combustibles fósiles y nucleares

    • Generación, transporre, distribución y utilización de la energía

    • Cenrrales térmicas, nucleares e hidroeléctricas

    • Energías renovables

    • Ahorro, eficiencia y diversificación de la energía

    • Técnicas de captación y almacenamierno de COz

    • Cogeneración

    • Tecnología nuclear

    • Nuevas tecnologías energéticas

    • Redes de distribución y almacenamienro de combustibles gaseosos. Instalaciones recep-

    roras

    • Instalaciones petrolíferas para almacenamienro, usos propios y vehículos

    • Técnicas de conforr en edificios instalaciones de calefacción, climatización

    y gu

    calienre sanitaria)

    • Instalaciones eléctricas de alta, media y baja tensión

    Laboreo explosivos

    • Modelización y evaluación de yacimienros

    • Diseño, planificación y dirección de explotaciones de minas, canteras, salinas yescom-

    breras

    4

  • 8/17/2019 COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE LOS INGENIEROS DE MINAS

    5/7

     

    Diseño, excavación, sostenimiento, ventilación, servicios y control de túneles y obras

    subterráneas

    Fábricas y depósitos de explosivos

    Pirotecnia

    Voladuras y demoliciones

    etalurgia materiales

    • Fundiciones yacerías

    • Técnicas de unión y conformado

    • Materiales de construcción, metálicos, cerámico

    s,

    plásticos y compuestos

    • Nuevos materiales

    • Sinterizados

    • Refractarios

    • Reciclado de metales y residuos

    • Plantas de preparación, tratamiento, recuperación y reciclaje de minerales, rocas, resi-

    duos y otros materiales

    • Plantas de mortero, hormigón y aglomerado asfáltico

    • Plantas de molturación y micronización

    • Industrias del cemento, piedra natural, potasa, cal, yeso, cerámica,

    arcillas

    especiales, car

    bonato, talco, margas, pigmentos, aglomerantes y otras rocas y minerales industriales

    a

    capacidad legal del ingeniero de minas para intervenir en todos estos trabajos y secto

    res de actividad, que permite a los Colegios de Ingenieros de Minas de España visar más

    de 6.000 proyectos de todo tipo que realizan sus colegiados cada año, eman

    a,

    por una par

    te, de la Ley de Minas, ya citada, que concede a los titulares de minas la exclusividad en

    materia de minería y uso de explosivos, y de otra, de la doctrina del Tribunal Supremo,

    también mencionada, que, r

    es

    pecto al tema de l

    as

    competencias profesionales de

    las

    di

    s-

    tintas ramas de la ingeniería, se pronuncia, inequívocamente, de la siguiente mane

    ra:

    a

    Que la competencia de cada Rama de la Ingeniería depende de la capacidad técnica

    real para el desempeño de las funciones propi

    as

    de la misma. Sentencias de 26-2-66,

    16

    -3-67 31-

    12-73, 24-3-75 8-7-81 1-4-85 y 26-1-87).

    b

    Se rechaza el monopolio competencial a favor de una determinada profesión técnica

    superior predeterminada,

    al

    mantener la necesidad de dejar abierta la entrada a todo

    título facultativo oficial que ampare un nivel de conocimientos técnicos que se corres

    ponda con la clase y categoría de los proyectos que se suscriban Sentencias 2-7-76,

    29-3-82 22-6-83 17-1-84 11-6-84

    Y 26-1-87), mientras que

    la

    ey

    no imponga uno

    determinado o sea notoriamente dispar aquél con el trabajo a realizar. Sentencias de

    27-10-87 14-5-90).

  • 8/17/2019 COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE LOS INGENIEROS DE MINAS

    6/7

     

    c Abundando en lo expuesto anteriormente,

    el

    Tribunal Supremo, por lo que respecta

    a la delimitación de competencias correspondientes a cada titulación técnica, ha opta

    do por establecer

    el

    principio de Adscripción Indistinta, y

    se

    ha manifestado en con

    tra de los monopolios competenciales (Sentencias citadas anteriormente). Posterior

    mente, en su Sentencia de 19-12-91, señala

    que:

    Para que pueda sentarse la competencia

    de unos técnicos, descartando las de otros que también la tienen con carácter genéri

    co, resulta absolutamente imprescindible que la exclusividad esté legal o reglamenta

    riamente reconocida».

    s

    decir,

    el

    criterio del Tribunal Supremo viene siendo rotundo en

    re

    chazar

    el

    monopolio

    competencial a favor de una específica profesión técnica, reconociendo la competencia a

    todo título facultativo legalmente reconocido como tal, siempre que integre un nivel de

    conocimientos técnicos correspondientes a la naturaleza y envergadura de los proyectos a

    realizar, dependiendo la competencia de cada Rama de la Ingeniería, de la capacidad téc

    nica real, conforme a los estudios emanados de su titulación, criterio jurisprudencial que

    se ha visto reforzado recientemente por las Sentencias de 11 de junio y 30 de noviembre

    de 2001; 14 de septiembre de 2002 17 Y31 de octubre de 2003 y últimamente,

    las

    de 14

    de mayo de 2004 15 de febrero de 2005 y 16 de febrero de 2005, que confirman que:

    . .. en defecto de restricción legislativa o de exclusiva capacitación técnica en beneficio de

    una sola profesión, rige

    el

    principio de la concurrencia competencial para

    el

    ejercicio de

    una determinada atribución ... », señalando, asimismo, que: .. .la jurisprudencia del Tri

    bunal Supremo viene inclinándose a favor de la consideración de que ha de rechazarse el

    criterio del monopolio competencial a favor de una ptofesión técnica determinad

    a,

    per

    mitiendo la intervención a toda profesión titulada que otorgue

    el

    nivel de conocimientos

    técnicos necesarios para la realización de la obra de que se trate ( ..

    Pues bien, sin querer ser exhaustivos, con el fin de dejar clara la po

    li

    valencia del ingenie

    ro de minas, tanto para desempeñar puestos en las diferentes Administraciones Públicas,

    como para realizar trabajos al servicio de empresas o en régimen de ejercicio libre de la

    profesión, extractamos, de nuestro amplio repertorio de sentencias favorables en los Juz

    gados de lo Contencioso-Administrativo, en lo que a puestos en la Administración que

    pueden ser desempeñados por ingenieros de minas se refiere, una variada gama que demues

    tra lo que venimos exponiendo:

    Jefe de Servicio de Protección Ambiental y Jefe de Servicio de Gestión de Residuos Indus

    triales (Aragón); Jefe de Sección de Análisis y Estadísticas Energéticas, Jefe de Sección de

    Energía, Jefe de Sección de Reglamentación Energética, Jefe de Sección de Inspección de

    Instalaciones Radioactivas, Jefe de Sección de Control de Suministros Energéticos, Jefe de

    Sección de Instalaciones Eléctricas, Jefe de Sección de Instalaciones de Gas y Petróleo, Jefe

    de Sección de Investigación y Cualificación Ambiental, Jefe de Sección de Programación

  • 8/17/2019 COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE LOS INGENIEROS DE MINAS

    7/7

     

    Ambiental, Jefe de Sección de Evaluación y Control de Impacto Ambiental, Jefe de Sec-

    ción de Ecología Aplicada Cataluña); Jefe de Servicio de Ordenación y Registro Indus-

    trial, Jefe de Sección de Apoyo al Sector Industrial, Jefe de Sección de Innovación y Pro-

    gramas Tecnológicos, Jefe de Sección de Infraestructuras Tecnológicas Castilla y León);

    Jefe de Departamento de Planificación y Promoción Energética, Jefe de Servicio de Ener-

    gía Andalucía). Esta sentencia fue recurrida por la unta de Andalucía ante el Tribunal

    Supremo, quien desestimó el recurso de apelación.

    En relación con la actividad del ingeniero de minas en

    el

    ejercicio libre o al servicio de la

    empresa, nuestras reclamaciones se han resuelto favorablemente, bien en contenciosos o,

    sin llegar al juzgado, informados favorablemente por las Consejerías correspondientes de

    diferentes Comunidades Autónomas, en numerosas ocasiones. Citaremos, a modo de ejem-

    plo: plantas de depuración y tratamiento de agua, vertederos, almacenamiento de residuos,

    proyectos eléctricos de todo tipo, distribución de gas, abastecimiento de agua, estaciones

    de servicio, fábricas de vidrio, fabricas de productos químicos, instalaciones de calefacción

    y climatización de edificios, parques eólicos, industrias del plástico, etc.

    Finalmente, destacar que

    el

    ingeniero de minas, cualquiera que sea su especialidad, tiene

    plenas competencias en todas las especialidades de la carrera, de acuerdo con la legisla-

    ción vigente y como tiene reconocida, una reiterada doctrina jurisprudencial del Tribu-

    nal Supremo.