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Composición: Artículo 73.1 LPHc’99
El patrimonio etnográfico de Canarias está compuesto por todos los bienes muebles e inmuebles, los conocimientos, técnicas y
actividades y sus formas de expresión y transmisión, que son testimonio y expresión relevante de la cultura tradicional del
pueblo canario.
Lo integran: Artículo 73.3.b) LPHc’99
Edificios y obras de ingeniería que reúnan las
características que se determinen
reglamentariamente.
Protección: Artículo 74.1 LPHc’99
La protección administrativa de los bienes etnográficos inmuebles y
muebles se regirá por las disposiciones relativas a los
bienes de interés cultural o incluidos en un catálogo
arquitectónico municipal o, en su caso, en el Inventario de
Bienes Muebles.
Artículo 18.1.g LPHc’99
Lugar que contiene, bienes , inmuebles o muebles, representativos de los
valores propios de la cultura tradicional o popular
Artículo 18.1.g LPHc’99
Lugar que contiene, bienes, inmuebles o muebles,
representativos de los valores propios de la cultura tradicional o popular
EN
TRÁM
ITE
Artículo 15.4 LPHE’85
Lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos o recuerdos
del pasado, a tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras del
hombre, que posean valor histórico, etnológico,
paleontológico o antropológico
Artículo 18.1.c LPHc’99
Lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos o recuerdos del pasado de destacado valor histórico,
etnológico, paleontológico o antropológico
Artículo 15.2 LPHE’85
Espacio delimitado, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces
complementado con estructuras de fábrica, y estimado de interés en función de su origen o pasado
histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos
Artículo 18.1.c LPHc’99
Espacio delimitado, producto de la ordenación
por el hombre de elementos naturales, caracterizado por
sus valores estéticos, sensoriales o botánicos
sobresalientes