Composición de la Corte Suprema

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  • 8/9/2019 Composicin de la Corte Suprema

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    Comparative Constitutional StudyEstudio Constitucional Comparativo

    Composicin de la Corte Suprema

    ltima Actualizacin: Marzo 8 de 2009

    BOLIVIAArtculo 181. El Tribunal Supremo de Justicia es el mximo tribunalde la jurisdiccin ordinaria. Est integrado por Magistradas yMagistrados. Se organiza internamente en salas especializadas. Sucomposicin y organizacin se determinar por la ley.

    BRASILArt. 101. O Supremo Tribunal Federal compe-se de onze Ministros,escolhidos dentre cidados com mais de trinta e cinco e menos desessenta e cinco anos de idade, de notvel saber jurdico e reputaoilibada.

    Pargrafo nico. Os Ministros do Supremo Tribunal Federal seronomeados pelo Presidente da Repblica, depois de aprovada a escolhapela maioria absoluta do Senado Federal.

    CHILEArtculo 78.- ...La Corte Suprema se compondr de veintin ministros.Los ministros y los fiscales judiciales de la Corte Suprema sernnombrados por el Presidente de la Repblica, eligindolos de unanmina de cinco personas que, en cada caso, propondr la mismaCorte, y con acuerdo del Senado.

    Este adoptar los respectivos acuerdos por los dos tercios de susmiembros en ejercicio, en sesin especialmente convocada al efecto.

    Si el Senado no aprobare la proposicin del Presidente de la Repblica,la Corte Suprema deber completar la quina proponiendo un nuevonombre en sustitucin del rechazado, repitindose el procedimientohasta que se apruebe un nombramiento.

    Cinco de los miembros de la Corte Suprema debern ser abogadosextraos a la administracin de justicia, tener a lo menos quince aosde ttulo, haberse destacado en la actividad profesional o universitariay cumplir los dems requisitos que seale la ley orgnica constitucionalrespectiva.

    La Corte Suprema, cuando se trate de proveer un cargo quecorresponda a un miembro proveniente del Poder Judicial, formar la

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    nmina exclusivamente con integrantes de ste y deber ocupar unlugar en ella el ministro ms antiguo de Corte de Apelaciones quefigure en lista de mritos. Los otros cuatro lugares se llenarn enatencin a los merecimientos de los candidatos.

    Tratndose de proveer una vacante correspondiente a abogadosextraos a la administracin de justicia, la nmina se formarexclusivamente, previo concurso pblico de antecedentes, conabogados que cumplan los requisitos sealados en el inciso cuarto. Losministros y fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones serndesignados por el Presidente de la Repblica, a propuesta en terna dela Corte Suprema.

    Los jueces letrados sern designados por el Presidente de la Repblica,a propuesta en terna de la Corte de Apelaciones de la jurisdiccin

    respectiva. El juez letrado en lo civil o criminal ms antiguo de asientode Corte o el juez letrado civil o criminal ms antiguo del cargoinmediatamente inferior al que se trata de proveer y que figure en listade mritos y exprese su inters en el cargo, ocupar un lugar en laterna correspondiente.

    Los otros dos lugares se llenarn en atencin al mrito de loscandidatos. La Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones, en su caso,formarn las quinas o las ternas en pleno especialmente convocado alefecto, en una misma y nica votacin, donde cada uno de susintegrantes tendr derecho a votar por tres o dos personas,respectivamente. Resultarn elegidos quienes obtengan las cinco o lastres primeras mayoras, segn corresponda. El empate se resolvermediante sorteo. Sin embargo, cuando se trate del nombramiento deministros de Corte suplentes, la designacin podr hacerse por laCorte Suprema y, en el caso de los jueces, por la Corte de Apelacionesrespectiva.

    Estas designaciones no podrn durar ms de sesenta das y no sernprorrogables. En caso de que los tribunales superiores mencionados nohagan uso de esta facultad o de que haya vencido el plazo de la

    suplencia, se proceder a proveer las vacantes en la forma ordinariasealada precedentemente.

    COLOMBIAArtculo 234.- La Corte Suprema de Justicia es el mximo tribunal dela jurisdiccin ordinaria y se compondr de un nmero impar deMagistrados que determine la ley. Esta dividir la Corte en salas,sealar a cada una de ellas los asuntos que deba conocerseparadamente y determinar aquellos en que deba intervenir la Corteen pleno.

    "La ley determinar el nmero de magistrados que conforman la Sala

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    Penal, lo mismo que la forma como se dividir para garantizar elcontrol de garanta constitucional respecto de las medidas judicialeslimitativas de derechos fundamentales que se tomen dentro del procesopenal. "(Artculo modificado por Decreto 1500 de 2002)

    COSTA RICAArtculo 157.- La Corte Suprema de Justicia estar formada por losMagistrados que fueren necesarios para el buen servicio; sernelegidos por la Asamblea Legislativa, la cual integrar las diversasSalas que indique la ley. La disminucin del nmero de Magistrados,cualquiera que ste llegue a ser, slo podr acordarse previos todos lostrmites dispuestos para las reformas parciales a esta Constitucin.

    CUBA

    Artculo 121.- Los tribunales constituyen un sistema de rganosestatales, estructurado con independencia funcional de cualquier otro ysubordinado jerrquicamente a la Asamblea Nacional del PoderPopular y al Consejo de Estado.

    El Tribunal Supremo Popular ejerce la mxima autoridad judicial ysus decisiones, en este orden, son definitivas.

    A travs de su Consejo de Gobierno ejerce la iniciativa legislativa y lapotestad reglamentaria; toma decisiones y dicta normas de obligadocumplimiento por todos los tribunales y, sobre la base de la experiencia

    de estos, imparte instrucciones de carcter obligatorio para estableceruna practica judicial uniforme en la interpretacin y aplicacin de laley.

    ECUADORArt. 182 .- La Corte Nacional de Justicia estar integrada por juezas y

    jueces en el nmero de veinte y uno, quienes se organizarn en salasespecializadas, y sern designados para un periodo de nueve aos; nopodrn ser reelectos y se renovarn por tercios cada tres aos. Cesarnen sus cargos conforme a la ley. 100 Las juezas y jueces de la Corte

    Nacional de Justicia elegirn de entre sus miembros a la Presidenta oPresidente, que representar a la Funcin Judicial y durar en susfunciones tres aos. En cada sala se elegir un presidente para elperodo de un ao. Existirn conjuezas y conjueces que formarn partede la Funcin Judicial, quienes sern seleccionados con los mismosprocesos y tendrn las mismas responsabilidades y el mismo rgimende incompatibilidades que sus titulares. La Corte Nacional de Justiciatendr jurisdiccin en todo el territorio nacional y su sede estar enQuito.

    EL SALVADORArt. 172.- La Corte Suprema de Justicia, las Cmaras de Segunda

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    Instancia y los dems tribunales que establezcan las leyes secundarias,integran el rgano Judicial. Corresponde exclusivamente a estergano la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en materiasconstitucional, civil, penal, mercantil, laboral, agraria y de locontencioso-administrativo, as como en las otras que determine la ley.La organizacin y funcionamiento del rgano Judicial serndeterminados por la ley. Los Magistrados y Jueces, en lo referente alejercicio de la funcin jurisdiccional, son independientes y estnsometidos exclusivamente a la Constitucin y a las leyes. El rganoJudicial dispondr anualmente de una asignacin no inferior al seispor ciento de los ingresos corrientes del presupuesto del Estado. (1)

    GUATEMALAArtculo 214.- (Reformado) Integracin de la Corte Suprema deJusticia. La Corte Suprema de Justicia se integra con trecemagistrados, incluyendo a su Presidente, y se organizar en lascmaras que la ley determine. Cada cmara tendr su presidente.

    El Presidente del Organismo Judicial lo es tambin de la CorteSuprema de Justicia y su autoridad, se extiende a los tribunales de todala Repblica.

    En caso de falta temporal del Presidente del Organismo Judicial ocuando conforme a la ley no pueda actuar o conocer, en determinadoscasos, lo sustituirn los dems magistrados de la Corte Suprema deJusticia en el orden de su designacin.

    HONDURASArtculo 308.- La Corte Suprema de Justicia es el mximo rgano

    jurisdiccional; su jurisdiccin comprende todo el territorio del Estadoy tiene su asiento en la capital, pero podr cambiarlo temporalmente,cuando as lo determine, a cualquier otra parte del territorio.La Corte Suprema de Justicia, estar integrada por quince (15)Magistrados. Sus decisiones se tomarn por la mayora de la totalidadde sus miembros.* Modificado por Decreto 262/2000 y ratificado por Decreto 38/2001.

    Artculo 316.- La Corte Suprema de Justicia estar organizada ensalas, una de las cuales es la de lo Constitucional. Cuando lassentencias de las salas se pronuncien por unanimidad de votos, seproferirn en nombre de la Corte Suprema de Justicia y tendrn elcarcter de definitivas. Cuando las sentencias se pronuncien pormayora de votos, debern someterse al Pleno de la Corte Suprema deJusticia.

    MXICOArtculo 94. Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federacinen una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en

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    Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados deDistrito.La administracin, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de laFederacin, con excepcin de la Suprema Corte de Justicia de laNacin, estarn a cargo del Consejo de la Judicatura Federal en lostrminos que, conforme a las bases que seala esta Constitucin,establezcan las leyes.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nacin se compondr de onceMinistros y funcionar en Pleno o en Salas.

    En los trminos que la ley disponga las sesiones del Pleno y de las Salassern pblicas, y por excepcin secretas en los casos en que as loexijan la moral o el inters pblico.

    La competencia de la Suprema Corte, su funcionamiento en Pleno ySalas, la competencia de los Tribunales de Circuito, de los Juzgados deDistrito y del Tribunal Electoral, as como las responsabilidades en queincurran los servidores pblicos del Poder Judicial de la Federacin, seregirn por lo que dispongan las leyes, de conformidad con las basesque esta Constitucin establece.

    El Consejo de la Judicatura Federal determinar el nmero, divisinen circuitos, competencia territorial y, en su caso, especializacin por

    materia, de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de losJuzgados de Distrito.

    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia estar facultado para expediracuerdos generales, a fin de lograr una adecuada distribucin entre lasSalas de los asuntos que competa conocer a la Corte, as como remitir alos Tribunales Colegiados de Circuito, para mayor prontitud en eldespacho de los asuntos, aqullos en los que hubiera establecido

    jurisprudencia o los que, conforme a los referidos acuerdos, la propiacorte determine para una mejor imparticin de justicia. Dichos

    acuerdos surtirn efectos despus de publicados.

    La ley fijar los trminos en que sea obligatoria la jurisprudencia queestablezcan los tribunales del Poder Judicial de la Federacin sobreinterpretacin de la Constitucin, leyes y reglamentos federales olocales y tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano,as como los requisitos para su interrupcin y modificacin.

    La remuneracin que perciban por sus servicios los Ministros de laSuprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito ylos Consejeros de la Judicatura Federal, as como los Magistrados

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    Electorales, no podr ser disminuida durante su encargo.

    Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia durarn en su encargoquince aos, slo podrn ser removidos del mismo en los trminos delTtulo Cuarto de esta Constitucin y, al vencimiento de su perodo,tendrn derecho a un haber por retiro.

    Ninguna persona que haya sido Ministro podr ser nombrada para unnuevo perodo, salvo que hubiera ejercido el cargo con el carcter deprovisional o interino.

    NICARAGUAArtculo 163.- La Corte Suprema de Justicia estar integrada pordiecisis magistrados electos por la Asamblea Nacional, por un perodode cinco aos.

    La Corte Suprema de Justicia se integrar en Salas, cuya organizacine integracin se acordar entre los mismos magistrados, conforme loestipula la Ley de la materia. La Corte Plena conocer y resolver lorecursos de inconstitucionalidad de la ley y los conflictos decompetencias y constitucionalidad entre los Poderes del Estado. LaAsamblea Nacional nombrar por cada magistrado a un Conjuez.Estos Conjueces sern llamados a integrar Corte Plena o cualquiera delas Salas, cuando se produjera ausencia, excusa, implicancia orecusacin de cualquiera de los magistrados.

    Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia toman posesin de sucargo ante la Asamblea Nacional, previa promesa de ley y eligen deentre ellos a su Presidente y Vicepresidente por mayora de votos paraun perodo de un ao, pudiendo ser reelectos(2).

    PANAMARTCULO 203. La Corte Suprema de Justicia estar compuesta delnmero de Magistrados que determine la Ley, nombrados medianteacuerdo del Consejo de Gabinete, con sujecin a la aprobacin delrgano Legislativo, para un periodo de diez aos. La falta absoluta deun Magistrado ser cubierta mediante nuevo nombramiento para elresto del periodo respectivo.

    Cada Magistrado tendr un suplente nombrado en igual forma que elprincipal y para el mismo periodo, quien lo reemplazar en sus faltas,conforme a la Ley.

    Solo podrn ser designados suplentes, los funcionarios de CarreraJudicial de servicio en el rgano Judicial. Cada dos aos, sedesignarn dos Magistrados, salvo en los casos en que por razn delnmero de Magistrados que integren la Corte, se nombren ms de doso menos de dos Magistrados. Cuando se aumente el nmero de

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    Magistrados de la Corte, se harn los nombramientos necesarios paratal fin, y la Ley respectiva dispondr lo adecuado para mantener elprincipio de nombramientos escalonados.

    No podr ser nombrado Magistrado de la Corte Suprema de Justicia:

    1. Quien est ejerciendo o haya ejercido el cargo de Diputado de laRepblica o suplente de Diputado durante el periodo constitucional encurso.

    2. Quien est ejerciendo o haya ejercido cargos de mando yjurisdiccin en el rgano Ejecutivo durante el periodo constitucionalen curso. La Ley dividir la Corte en Salas, formadas por tresMagistrados permanentes cada una.

    PARAGUAYArtculo 258.- DE LA INTEGRACIN Y DE LOS REQUISITOSLa Corte Suprema de Justicia estar integrada por nueve miembros.Se organizarn en salas, uno de las cuales ser constitucional, elegirde su seno, cada ao, a su Presidente. Sus miembros llevarn el ttulode Ministro. ...

    REPBLICA DOMINICANAArtculo 64.-La Suprema Corte de Justicia se compondr de, por lomenos, once jueces, pero podr reunirse, deliberar y fallar vlidamentecon el qurum que determine la ley, la cual reglamentar suorganizacin. ...

    UNITED STATES OF AMERICAArticle. III.

    Section. 1. Normas de imparticin de justicia.

    URUGUAYArtculo 234.- La Suprema Corte de Justicia se compondr de cincomiembros.

    Artculo 238.- Su dotacin ser fijada por el Poder Legislativo.

    VENEZUELAArtculo 262.- El Tribunal Supremo de Justicia funcionar en SalaPlena y en Sala Constitucional, Poltico Administrativa, Electoral, deCasacin Civil, de Casacin Penal y de Casacin Social, cuyasintegraciones y competencias sern determinadas por su ley orgnica.

    La Sala Social comprender lo referente a la casacin agraria, laboraly de menores.

    Ley Organica del Tribunal Supremo de Justicia de la RepublicaBolivariana de Venezuela

    http://www.tsj.gov.ve/legislacion/Nuevaleytsj.htmhttp://www.tsj.gov.ve/legislacion/Nuevaleytsj.htmhttp://www.tsj.gov.ve/legislacion/Nuevaleytsj.htmhttp://www.tsj.gov.ve/legislacion/Nuevaleytsj.htm
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    Como citar esta pgina:Base de Datos Polticos de las Amricas. (2008) Normas de la

    justicia.Anlisis comparativo de constituciones de los regmenespresidenciales. [Internet]. Georgetown University y Organizacin deEstados Americanos.http://pdba.georgetown.edu/Comp/Judicial/Suprema/composicion.html

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