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8/11/2019 Compras Pblicas Ecuador.pdf
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Convenios marco.- El Instituto Nacional de Contratacin Pblica efectuar peridicamente
procesos de seleccin de proveedores con quienes se celebrar convenios marco en virtud de
los cuales se ofertarn en el catlogo electrnico bienes y servicios normalizados a fin de que
estos sean adquiridos o contratados de manera directa por las entidades contratantes, sobre
la base de parmetros objetivos establecidos en la normativa que para el efecto dicte el
Instituto Nacional de Contratacin Pblica.
Los convenios marco son una modalidad de licitacin en la que se establecen precios y
condiciones de compra para bienes y servicios, durante un perodo de tiempo definido. El
trmino marco pone de relieve el margen que tienen a su disposicin los Estados para
adaptar las disposiciones contenidas en este Convenio a la situacin especfica de su pas, a
travs de la legislacin nacional y de polticas gubernamentales apropiadas. Esto no
disminuye el carcter jurdicamente vinculante del Convenio.
Catlogo electrnico del INCP.- Como producto del convenio marco, el Instituto
Nacional de Contratacin Pblica crear un catlogo electrnico disponible en el Portal
COMPRAS PBLICAS, desde el cual las entidades contratantes podrn realizar sus
adquisiciones en forma directa.
Es una pgina en la que se muestran los productos y servicios ofrecidos por compaas,
empresas, etc. Los catlogos digitales pueden almacenar grandes cantidades de artculos y
permiten organizarlos y clasificarlos de distintas maneras para que los usuarios puedan
realizar bsquedas rpidas y efectivas.
Obligaciones de los proveedores.- Los adjudicatarios quedarn obligados a proveer
bienes y servicios normalizados de conformidad con las condiciones de plazo, precio, calidad,
lugar de entrega y garanta establecidas para el perodo de duracin del convenio marco. No
obstante, los adjudicatarios podrn mejorar las condiciones establecidas, siguiendo el
procedimiento que para el efecto se hayan previsto en el Convenio Marco.
Obligaciones de las entidades contratantes.- Las entidades contratantes debern
consultar el catlogo electrnico previamente a establecer procesos de adquisicin de bienes
y servicios. Solo en caso de que el bien o servicio requerido no se encuentre catalogado se
podr realizar otros procedimientos de seleccin para la adquisicin de bienes o servicios, de
conformidad con la presente Ley y su reglamento.
Si cualquiera de las entidades contratantes obtuviere ofertas de mejor costo que las que
consten publicadas en el catlogo electrnico, debern informar al Instituto Nacional de
Contratacin Pblica para que ste conozca y confirme que la oferta es mejor y adopte las
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Convocatoria.-La entidad contratante publicar la convocatoria junto con los pliegos en el
portal www.compraspublicas.gov.ec. En la convocatoria se deber establecer al menos lo
siguiente:
1. El cronograma para las preguntas y aclaraciones respecto del contenido de los
pliegos;
2.
El presupuesto referencial;
3.
La fecha y la hora lmites para que la oferta tcnica se suba al portal de Compras
Pblicas.
4. El perodo en que los oferentes calificados subirn la oferta econmica inicial al portal
de Compras Pblicas.
5. La fecha y la hora en las que se iniciarn las pujas a la baja a travs del referido
portal, y la duracin de las mismas.
6. La fecha de adjudicacin.
La mxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, de considerarlo de manera
motivada, podr cambiar el cronograma, nicamente en las fases de preguntas, respuestas y
aclaraciones; y, en la de calificacin de participantes. Para el efecto publicar en el portal
www.compraspublicas.gov.ec la resolucin motivada respectiva y proceder con el cambio
requerido, previo a las fechas lmites de las fases indicadas.
Preguntas, respuestas y aclaraciones.- Dentro del trmino establecido en la
convocatoria, mnimo de 1 da o mximo de 3 das, contado a partir de la fecha de
publicacin, los proveedores podrn realizar preguntas sobre los pliegos a la entidad
contratante.
La comisin tcnica, en un trmino mnimo de 1 da o mximo de 3 das, contado a partir de
la fecha lmite para recibir las preguntas, emitir las respuestas o aclaraciones, las cuales
podrn modificar los pliegos, a travs del portal Compras Pblicas sin que estasmodificaciones alteren el objeto del contrato y el presupuesto referencial. Todas las
respuestas y aclaraciones, impliquen o no modificacin a los pliegos, se debern notificar a
todos los participantes en la subasta a travs del portal.
Comisin tcnica y subcomisiones de apoyo.- Para los procesos de subasta inversa,
cuyo presupuesto referencial sea superior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente
0.000002 por el monto del Presupuesto Inicial del Estado, la mxima autoridad de la entidad
contratante, conformar una comisin tcnica; para cuyo efecto se observar lo previsto en
el artculo 18 del reglamento general.
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La comisin tcnica podr nombrar subcomisiones de apoyo, observando para el efecto lo
previsto en el artculo 19 del reglamento general.
Metodologa de evaluacin.- La metodologa de evaluacin aplicable para las ofertas
tcnicas, ser la definida en los pliegos.
Trmino mnimo.-El trmino entre la publicacin de inicio del proceso y la presentacin de
la oferta econmica inicial no ser menor a siete (7) das.
Puja.- Todos los participantes calificados podrn realizar durante el perodo de puja, las
ofertas sucesivas a la baja que consideren necesarias, respetando el rango de variacin
mnimo para la puja, establecidos por la entidad contratante en los pliegos.
BIENES Y SERVICIOS NORMALIZADOS
Los bienes y servicios normalizados son aquellos cuyas caractersticas o especificaciones
tcnicas han sido estandarizadas u homologadas por la entidad contratante; y en
consecuencia, dichas caractersticas o especificaciones son homogneas y comparables en
igualdad de condiciones.
RESOLUCIN No. INCOP 039-2010
Se podr contratar bajo este sistema en cualquiera de los siguientes casos:
1.
Las contrataciones de bienes y servicios no normalizados, exceptuando los de
consultora cuyo presupuesto referencial sea inferior al 0.000002 del Presupuesto
Inicial del Estado del correspondiente ejercicio econmico;
2. Las contrataciones de obras, cuyo presupuesto referencial sea inferior al 0.000007
del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio econmico;
3. Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinmicos previstos en el Captulo II de
este Ttulo o, en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos, stos hubiesen
sido declarados desiertos; siempre que el presupuesto referencial sea inferior al
0,000002 del Presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio econmico.
En los casos de los nmeros 1 y 3 se podr contratar directamente. En el caso previsto en el
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Contratacin de medicamentos.- La entidad que adquiera medicamentos a travs del
mecanismo de nfima cuanta deber observar lo que establece el artculo 21 de la
Codificacin de la Ley de Produccin, Importacin, Comercializacin y Expendio de
Medicamentos Genricos de Uso Humano.
Concurrencia de ofertas.- Siempre que sea posible, se exhorta a las entidades
contratantes a que cuenten con al menos tres proformas previamente a definir el proveedor
con quien se realizar la contratacin por nfima cuanta.
La proforma tendr los efectos de la oferta y tendr un perodo de validez por el tiempo para
el que haya sido emitida, de conformidad con el artculo 148 del Cdigo de Comercio.
Publicacin.-Cada contratacin realizada a travs del mecanismo de nfima cuanta, deber
ser publicada mediante la herramienta Publicaciones de nfima cuanta del portal
www.compraspublicas.gob.ec, durante el transcurso del mes en el cual se realizaron las
contrataciones.
RESOLUCIN No. INCOP 039-2010
Procedimientos de cotizacin.- Este procedimiento, se utilizar en cualquiera de lossiguientes casos:
1. Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinmicos o, en el caso que una vez
aplicados dichos procedimientos, stos hubiesen sido declarados desiertos; siempre
que el presupuesto referencial oscile entre 0,000002 y 0,000015 del Presupuesto
inicial del Estado del correspondiente ejercicio econmico;
2. La contratacin para la ejecucin de obras, cuyo presupuesto referencial oscile entre
0,000007 y 0,00003 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente Ejercicio
Econmico; y,
3. La contratacin para la adquisicin de bienes y servicios no normalizados,
exceptuando los de consultora, cuyo presupuesto referencial oscile entre 0,000002 y
0,000015 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente Ejercicio Econmico.
En cualquiera de los casos previstos en los nmeros anteriores, se invitar a presentar
ofertas a por lo menos cinco proveedores registrados en el RUP escogidos por sorteo pblico.
Sin perjuicio de los cinco posibles oferentes favorecidos en el sorteo, podrn participar en el
procedimiento toda persona natural o jurdica registrada en el RUP, que tenga inters.
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De no existir dicho nmero mnimo, se podr invitar a presentar ofertas al nmero de
proveedores que consten registrados en el RUP, situacin que se deber ser justificada por la
entidad contratante y comunicada al INCP, para la correspondiente verificacin, de ser el
caso.
Los Pliegos sern aprobados por la mxima autoridad o el funcionario competente de la
entidad contratante, y se adecuarn a los modelos obligatorios emitidos por el Instituto
Nacional de Contratacin Pblica.
PROCEDIMIENTO
CONVOCATORIA.- En este procedimiento la invitacin a presentar ofertas a cinco (5)
proveedores elegidos mediante sorteo pblico se lo realizar de forma aleatoria a travs del
Portal www.compraspublicas.gov.ec de entre los proveedores que cumplan los parmetros de
contratacin preferente e inclusin (tipo de proveedor y localidad), de acuerdo a lo que
establece los Arts. 50 y 52 de la Ley.
En los pliegos se determinar un sistema de calificacin en virtud del cual aquellos
proveedores invitados por sorteo obtengan una puntuacin adicional por el hecho de haber
salido favorecidos; sin perjuicio del margen de preferencia que se deber establecer en los
pliegos para los dems proveedores locales que participen sin ser invitados por sorteo.
RESOLUCIN INCOP No. 022-09
Procedencia.- La licitacin es un procedimiento de contratacin que se utilizar en los
siguientes casos:
1. Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinmicos o, en el caso que una vez
aplicados dichos procedimientos, stos hubiesen sido declarados desiertos; siempre
que el presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de multiplicar el
coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto inicial del Estado delcorrespondiente ejercicio econmico;
2. Para contratar la adquisicin de bienes o servicios no normalizados, exceptuando los
de consultora, cuyo presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de
multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto inicial del Estado del
correspondiente ejercicio econmico; y,
3. Para contratar la ejecucin de obras, cuando su presupuesto referencial sobrepase el
valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,00003 por el monto del Presupuesto
inicial del Estado del correspondiente ejercicio econmico.
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RESOLUCIN INCOP No. 066-2012
CONTRATACIN DIRECTA
El proceso de evaluacin, negociacin y adjudicacin establecido para la contratacin directaen el artculo 36 del Reglamento General, se realizar observando los modelos que se
integren en los pliegos respectivos.
Ser responsabilidad de la mxima autoridad de la entidad contratante establecer los
parmetros y la calificacin mnima para la adjudicacin.
CONTRATACIN MEDIANTE LISTA CORTA Y CONCURSO PBLICO
Un solo proponente.- Si en este procedimiento se presenta un solo proponente, la ofertaser calificada y evaluada; y, si sta cumple los requisitos y criterios establecidos en los
pliegos y se llega a un acuerdo en la negociacin, podr ser objeto de adjudicacin.
Dentro del trmino establecido en la convocatoria, mnimo de 3 das o mximo de 6 das,
contado a partir de la fecha de publicacin, los proveedores podrn realizar preguntas sobre
los pliegos a la entidad contratante.
La comisin tcnica, en un trmino mnimo de 3 das o mximo de 6 das, contado a partir de
la fecha lmite para recibir las preguntas, emitir las respuestas o aclaraciones, las cualespodrn modificar los pliegos, a travs del portal www.compraspublicas.gob.ec sin que estas
modificaciones alteren el objeto del contrato y el presupuesto referencial.
En casos que la entidad justifique, en los contratos de concurso pblico, este trmino podr
prorrogarse hasta por un perodo mximo de diez das hbiles.
La comisin tcnica, una hora despus del da y hora sealados para la entrega de las
ofertas, proceder a la apertura de las ofertas tcnicas e iniciar la evaluacin del sobre 1.
Para acceder a la evaluacin de la propuesta econmica, la propuesta tcnica deberalcanzar el puntaje mnimo de setenta (70) puntos. Las propuestas tcnicas que no alcancen
dicho puntaje sern descalificadas y rechazadas en esta etapa.
En un trmino no mayor a diez (10) das contados a partir de la fecha de apertura del sobre
1, la comisin tcnica notificar travs del portal www.compraspublicas.gob.ec los
resultados finales de la evaluacin del sobre 1, debidamente sustentados.
La asignacin de puntajes de las ofertas econmicas de los consultores que hayan alcanzado
el puntaje mnimo en la calificacin de la oferta tcnica, se realizar mediante la aplicacin
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