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DOCUMENTO COMPRA -VENTA Yo, Oralis Arana, venezolana, mayor de edad, domiciliada San Juan de los Morros, estado Guárico y titular de la Cédula de Identidad No.V- 8.622.725, por el presente documento, declaro que: doy en venta pura y simple, perfecta e irrevocable a Vicencio padrino Loreto, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Calabozo y titular de la Cédula de Identidad No. V- 2.392.980, un inmueble de mi propiedad constituido por una casa, el cual está construida sobre una parcela municipal que no entra en esta venta, el inmueble se encuentra ubicado en la carrera dos entre calle 2 de Guamachito de la ciudad de Calabozo, en jurisdicción del distrito Miranda del estado Guárico. El mencionado inmueble tiene una superficie aproximada de SEISCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (640,00 m 2 ), y se encuentra alinderado así: NORTE: Vivienda Rural de José Chacca Solorzano, SUR: Vivienda Rural de Celestino Tapia; ESTE: Vivienda Rural de Simplicio Corrales y; OESTE: Calle sin nombre. El precio de esta venta es la cantidad de MIL QUINIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 1500.000, 00), los cuales recibo en este acto en dinero en efectivo a mi entera y cabal satisfacción. El inmueble objeto de esta negociación se encuentra libre de gravamen, nada adeuda por impuestos nación ales, estatales o

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DOCUMENTO COMPRA -VENTA

Yo, Oralis Arana, venezolana, mayor de edad, domiciliada San Juan de

los Morros, estado Guárico y titular de la Cédula de Identidad No.V-

8.622.725, por el presente documento, declaro que: doy en venta pura

y simple, perfecta e irrevocable a Vicencio padrino Loreto, venezolano,

mayor de edad, domiciliado en Calabozo y titular de la Cédula de

Identidad No. V- 2.392.980, un inmueble de mi propiedad constituido

por una casa, el cual está construida sobre una parcela municipal que

no entra en esta venta, el inmueble se encuentra ubicado en la carrera

dos entre calle 2 de Guamachito de la ciudad de Calabozo, en

jurisdicción del distrito Miranda del estado Guárico. El mencionado

inmueble tiene una superficie aproximada de SEISCIENTOS

CUARENTA METROS CUADRADOS (640,00 m2), y se encuentra

alinderado así: NORTE: Vivienda Rural de José Chacca Solorzano,

SUR: Vivienda Rural de Celestino Tapia; ESTE: Vivienda Rural de

Simplicio Corrales y; OESTE: Calle sin nombre. El precio de esta venta

es la cantidad de MIL QUINIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.

1500.000, 00), los cuales recibo en este acto en dinero en efectivo a mi

entera y cabal satisfacción. El inmueble objeto de esta negociación se

encuentra libre de gravamen, nada adeuda por impuestos nación ales,

estatales o municipales, ni por servicios públicos o privados y me

pertenece según consta de documento protocolizado en la Oficina

Subalterna de Registro Inmobiliario del Distrito Miranda del estado

Guárico el 26 de abril de 1991, anotado bajo el No.49, Tomo 30,

Protocolo Primero. Con el otorgamiento de este documento, queda

hecha la tradición legal del inmueble vendido obligándome al

saneamiento de Ley. Y yo, Vicencio Padrino Loreto, ya identificado,

declaro: que acepto la venta que se me hace en los términos y

condiciones expuestos.