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COMUNICA S.A. Bridamos tecnología y seguridad en las comunicaciones de hoy.

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Bridamos tecnología y seguridad en las comunicaciones de hoy.Somos es una Compañía de servicios de Telecomunicaciones, con licencia de operador, especializada en la gestión de comunicaciones corporativas. Nuestro ámbito de acción se extiende por todo el territorio nacional, dando soporte también, a importantes empresas a nivel mundial.

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COMUNICA S.A.Bridamos tecnología y seguridad en

las comunicaciones de hoy.

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COMUNICA S.A. es una Compañía de servicios de Telecomunicaciones, con licencia de operador, especializada en la gestión de comunicaciones corporativas. Nuestro ámbito de acción se extiende por todo el territorio nacional, dando soporte también, a importantes empresas a nivel mundial.

CONOZCANOS

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PORTAFOLIO DE

SERVICIOS

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Cuando deseen implementar y aprovechar los equipos de Telecomunicaciones que esta disponible en el mercado apoyamos con una consultaría personalizada y brindamos la mejor solución a su requerimiento en:

Intercomunicaciones Residenciales e Industriales. Telefonía Digital e IP Facsímiles Papel Bond/ Térmico Video Porteros Electrónicos. B/N y Color Bloqueadores Electrónicos de telefonía Enlaces Inalámbricos de Telefonía y Datos. Seguridad de Comunicación. Bases Celulares GSM Software de Control y Administración de Llamadas. Cámaras de TV Circuito Cerrado Digital e IP. Electricidad Industrial y Comercial ( Media Tensión) Materiales Electrónicos y de Comunicaciones Cableado Estructurado y de Datos. Cat. 5E y 6ª. Implementación de Puesta a Tierra.

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Le ofrecemos asesoramiento constante y

soporte inmediatoDesarrollamos soluciones a medida, que se ajustan a las necesidades más específicas del cliente.

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Comunica SA, al igual que el mercado de las telecomunicaciones, está en constante evolución. Nuestros productos nacen de un intenso y constante trabajo en la creación de nuevas soluciones, para poderlas ofrecer a nuestros clientes e incorporarlas a nuestro catálogo de productos. Nuestra estructura empresarial está formada por un equipo de profesionales altamente cualificados y con una dilatada experiencia en el sector de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Contamos con un equipo especializado de consultores e ingenieros y la infraestructura necesaria para dar un servicio completo sin recurrir a soluciones externas.

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SERVICIOS DE BANDA CIUDADANA

Es un servicio especial de telecomunicaciones que tiene por objeto

atender necesidades de carácter cívico, recreativo, educativo, cultural,

científico y asistencial, sin fines políticos, religiosos, comerciales o de

lucro, y su uso tendrá prioridad en situaciones de socorro y seguridad de

la vida humana. Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda ciudadana

serán utilizados especialmente por la ciudadanía para realizar actividades

de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y coordinación de

emergencias

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SERVICIOS AUTORIZADOS POR LA UNIÓN

INTERNACIONAL DE

TELECOMUNICACIONES UIT

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Para cumplir con lo dispuesto por la unión internacional de Telecomunicaciones UIT, Comunica S.A presta el servicio de:

 Radioeléctricos de socorro y seguridad de la vida humana:

establecida por razones de socorro, urgencia o seguridad, acorde con las prioridades y procedimientos establecidos en el Capítulo VII del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT – Unión Internacional de Telecomunicaciones.

Servicios Especiales: se destinan a satisfacer, sin ánimo de lucro ni comercialización en cualquier forma, necesidades de carácter cultural o científico. Acorde con lo establecido por Unión Internacional de telecomunicaciones, UIT, los servicios especiales son destinados a satisfacer necesidades de interés general.

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CANAL FRECUENCIA

MHz

CANAL FRECUENCIA

MHz

CANAL FRECUENCIA

MHz

1 26.965 17 27.165 29 27.295

2 26.975 18 27.175 30 27.305

3 26.985 19 27.185 31 27.315

4 27.005 20 27.205 32 27.325

5 27.015 21 27.215 33 27.335

6 27.025 22 27.225 34 27.345

11 27.085 23 27.255 35 27.355

12 27.105 24 27.235 36 27.365

13 27.115 25 27.245 37 27.375

14 27.125 26 27.265 38 27.385

15 27.135 27 27.275 39 27.395

16 27.155 28 27.285 40 27.405

Distribución De Canales Del Sistema De Radiocomunicación De Banda

Ciudadana

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La frecuencias tienen y comprenden un rango de utilización del espectro radioeléctrico entre 26.965 hasta 27.405 en donde se consideran como banda ciudadana y libre utilización.

A cada banda se le genera su correspondiente rango de manejo y la cual no puede ser utilizada por dos entidades al mismo tiempo.

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Características técnicas de los equipos. Los equipos del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán operar única y exclusivamente en las frecuencias atribuidas y deberán satisfacer las siguientes características técnicas:

Frecuencia. Los equipos del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana utilizarán equipos de frecuencias fijas en cada uno de los cuarenta (40) canales autorizados o con oscilador de frecuencia variable (VFO), siempre y cuando se sintonicen las frecuencias estipuladas para los 40 canales autorizados.

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Modulación. Se autoriza la modulación de amplitud en equipos de la estación del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana en las siguientes emisiones:

- A3E: Un canal de voz con doble banda lateral.

- H3E: Un canal de voz con banda lateral única con portadora completa.

- R3E: Un canal de voz con banda lateral única con portadora reducida.

- J3E: Un canal de voz con banda lateral única con portadora suprimida.

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Potencia de transmisión. La potencia de los equipos del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana que funcionan en modulación de amplitud no será superior a 5 vatios de potencia de portadora, en el caso de modulación de amplitud con doble banda lateral (A3E), ni a 15 vatios de potencia de cresta de la envolvente en los distintos casos de modulación de amplitud con banda lateral única.

Tolerancia de frecuencia. La tolerancia de la frecuencia portadora debe ser mantenida dentro del ± 0,005%.

Operación. La modalidad de operación de los equipos de la estación del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana será en modo símplex, utilizando la misma frecuencia.

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CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

DE LAS INSTALACIONES.

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Las instalaciones del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán satisfacer las siguientes características técnicas:

las estaciones de banda ciudadana podrán ser fijas, móviles o portátiles, que operen dentro de los parámetros radioeléctricos autorizados.

Antenas. Los sistemas radiantes utilizados por las estaciones de Banda Ciudadana tendrán una ganancia máxima de 6 db respecto al dipolo en media onda.

La instalación de las antenas de las estaciones fijas del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana se sujetará a las disposiciones de la Unidad Administrativa especial de Aeronáutica Civil, UAEAC, sin perjuicio del cumplimiento de las normas urbanísticas y de planeación del respectivo municipio o distrito.

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Establecer comunicación con otros operadores del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, a fin de procurar el fin cívico y el desarrollo recreativo, educativo, cultural, científico y asistencial de la comunidad.

Cooperar mediante la operación del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana en actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y coordinación de emergencias.

velar por el uso correcto, eficiente y racional de los canales radioeléctricos atribuidos para la operación de los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana

1.1 Obligaciones generales respecto a la finalidad del sistema.

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1.2 Obligaciones respecto a la forma de comunicación.

Los operadores autorizados deberán atender los siguientes requerimientos para la comunicación eficiente del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana:

emitir el distintivo de llamada que se haya asignado a la estación, al inicio y al final de cada comunicación.

utilizar un lenguaje amable, decoroso y cortés, evitando las comunicaciones que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

Evitar las comunicaciones que atenten contra la seguridad nacional y el orden público.

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Utilizar los canales atribuidos al servicio Auxiliar de Ayuda para realizar actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención e información de emergencias.

informar a la autoridad competente, mediante los canales atribuidos al servicio Auxiliar de Ayuda, el conocimiento de una situación de emergencia, evitando crear situaciones de ansiedad y pánico o expectativas injustificadas. En todo caso, los canales del servicio Auxiliar de Ayuda serán de escucha permanente para las estaciones de Banda Ciudadana, a efectos de prestar la debida vigilancia, notificación y coordinación de la emergencia, en el momento oportuno.

Abstenerse de transmitir señales internacionales de socorro, tales como "mayday", excepto cuando la estación se encuentre a bordo de naves o vehículos de los servicios móviles terrestres, marítimos o aeronáuticos, que se encuentren en inminente peligro.

Guardar secreto en cuanto a las comunicaciones que capte el operador y que no le sean dirigidas.

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1.3 Obligaciones respecto de la operación del sistema

Adicionalmente son obligaciones de los operadores para el correcto funcionamiento del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, las siguientes:

Operar personalmente la estación de Banda Ciudadana con base en el uso común y compartido de las frecuencias radioeléctricas entre los demás operadores de Banda Ciudadana, sin perjuicio de permitir su utilización a personal autorizado, bajo la estricta responsabilidad del operador.

Abstenerse de utilizar potencias mayores a la autorizada, de instalar repetidoras o enlaces y de operar simultáneamente más de un (1) canal radioeléctrico.

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Abstenerse de probar o ajustar equipos utilizando canales ocupados.

Suspender las transmisiones cuando estén causando interferencia a estaciones de servicios autorizados. La operación no podrá reanudarse hasta tanto se haya subsanado la interferencia.

Abstenerse de intercambiar comunicaciones con estaciones no autorizadas.

Abstenerse de conectar la estación de banda Ciudadana a estaciones de otros servicios públicos o privados.

Abstenerse de utilizar la Banda Ciudadana para fines diferentes a los autorizados. en especial, las estaciones de Banda Ciudadana no deben ser utilizadas para el servicio de despacho por empresas de transporte o por empresas de vigilancia privada.

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1.4 Obligaciones respecto de la inspección de las instalaciones.

Los operadores de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán permitir el acceso de los funcionarios del Ministerio de Comunicaciones a los lugares donde existan estaciones de Banda Ciudadana para realizar inspecciones a las instalaciones. el operador se encuentra obligado a prestar las facilidades requeridas para la inspección.

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COMO OBTENER UNA LICENCIA

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Toda persona que pretenda ser operador de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, debe obtener licencia otorgada por el Ministerio de Comunicaciones.

La licencia para la operación de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana se otorgará mediante carné personal e intransferible que deberá ser portado permanentemente por su titular, el cual incluye la autorización de la red y el permiso por el uso del espectro radioeléctrico.

El carné será título habilitante para la operación de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana y será válido en todo el territorio nacional.

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REQUISITOS DE LA

LICENCIA.

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Documentos RequeridosPerfil: Persona Natural y Jurídica

Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del interesado y/o del Representante Legal.

Para el caso de personas jurídicas presentar Certificación de la Existencia y Representación Legal, a efectos de verificar la información de la persona jurídica. Si tal documento ya reposa en el expediente, y éste es de reciente expedición y está actualizado, no es necesario allegar tal documento.

En caso de Entidades Oficiales o Gubernamentales debe anexar fotocopia del acto administrativo en el cual se demuestre la existencia de la entidad y presentar copia del Acta de Posesión del Representante Legal. Si tales documentos ya reposan en el expediente, y éstos son de reciente expedición y están actualizados, no es necesario allegar tales documentos.

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Solicitud suscrita por el interesado, indicando: nombre del solicitante o razón social de la persona jurídica, documento de identificación, nacionalidad, municipio, departamento y dirección. También puede diligenciar el Formato de Solicitud suministrado por el Ministerio de Comunicaciones.

Comprobante de consignación a favor del Fondo de Comunicaciones, por valor equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales diarios, que corresponden al valor de la licencia inicial.

Comprobante de consignación a favor del Fondo de Comunicaciones, por valor equivalente a dos (2) salarios mínimos legales diarios cada vez que la licencia sea prorrogada.

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Formato Descripción de Redes (Cubrimiento - Enlace): Formulario suministrado por el Ministerio que debe ser diligenciado para el caso de informar la dirección del lugar donde funciona la estación o para el cambio de dirección de la misma, en el caso de que la estación sea fija.

Formato Información Técnica de Equipos (Cubrimiento - Enlace): Formulario suministrado por el Ministerio que debe ser diligenciado para el caso de la descripción de los equipos y antenas de radiocomunicación o, actualización de los mismos. Este formato va asociado al Formato Descripción de Redes (Cubrimiento - Enlace).

Las personas naturales deben entregar una (1) fotografía reciente, en tamaño 3cm x 4cm, en fondo azul. Debe ser entregada sin pegar en la solicitud, sin grapar y en un sobre, debidamente marcada con los datos del solicitante.

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Tutor:

HAROLD EMILIO CABRERA MEZA

 

por:

Francisco Javier Chávez FlórezIngeniería de las telecomunicaciones

 UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA

LEGISLACION DE TELECOMUNICACIONES