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www.sinesss.org COMUNICADO Con fecha 03 de enero del 2014, se ha tomado conocimiento acerca del Laudo expedido por el Tribunal Arbitral (CASO FED-CUT, SINESSS y otros Vs. EsSalud) en el cual se declara INFUNDADA la pretensión presentada por el conjunto de organizaciones sindicales en razón a la Bonificación Extraordinaria Mensual por Prestaciones Económicas y Alta Responsabilidad otorgada bajo un criterio erróneo de inequidad a los afiliados del Sindicato Nacional Médico del Seguro Social del Perú - SINAMSSOP. En tal sentido, en base al compromiso del SINESSS en proteger los intereses laborales de nuestras agremiadas, la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Enfermeras del Seguro Social de ESSALUD (SINESSS) en coordinación conjunta con el Estudio Jurídico “Raúl Chanamé Orbe”, en calidad de nuestros nuevos asesores legales, hemos solicitado se nos alcance una copia completa del expediente arbitral al estudio jurídico que estuvo a cargo del caso arbitral referido para poder analizar y plantear lo antes posible las acciones pertinentes a realizarse ante los diferentes organismos judiciales a fin de cautelar y proteger los derechos de nuestros profesionales enfermeros(as), ya que NOS SORPRENDE que el Tribunal Arbitral refiera que NO HA EXISTIDO NEGOCIACIÓN COLECTIVA entre la SINAMSSOP Y LA ONDS (Oficina Nacional de Dialogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Concejo de Ministros). Por lo que, nos preguntamos ¿Que figura legal es el acuerdo entre el SINAMSSOP Y LA ONDS?, y SI ACASO FUESE ESTO UN MERO ACUERDO DE PARTES, POR EL PRINCIPIO DE IGUALDAD RECONOCIDO EN LA CONSTITUCIÒN POLÌTICA DEL PERU ES NUESTRO DERECHO QUE SE NOS OTORGUE LO SOLICITADO.SEGUIREMOS INFORMANDO UNA VEZ SE NOS ENTREGUE EL EXPEDIENTE ARBITRAL. ¡Viva el SINESSS Valiente y Combativo!

Comunicado laudo arbitral

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Page 1: Comunicado laudo arbitral

www.sinesss.org

COMUNICADO

Con fecha 03 de enero del 2014, se ha tomado conocimiento acerca del Laudo

expedido por el Tribunal Arbitral (CASO FED-CUT, SINESSS y otros Vs. EsSalud)

en el cual se declara INFUNDADA la pretensión presentada por el conjunto de

organizaciones sindicales en razón a la Bonificación Extraordinaria Mensual

por Prestaciones Económicas y Alta Responsabilidad otorgada bajo un criterio

erróneo de inequidad a los afiliados del Sindicato Nacional Médico del Seguro

Social del Perú - SINAMSSOP.

En tal sentido, en base al compromiso del SINESSS en proteger los intereses

laborales de nuestras agremiadas, la Junta Directiva del Sindicato Nacional de

Enfermeras del Seguro Social de ESSALUD (SINESSS) en coordinación conjunta

con el Estudio Jurídico “Raúl Chanamé Orbe”, en calidad de nuestros nuevos

asesores legales, hemos solicitado se nos alcance una copia completa del

expediente arbitral al estudio jurídico que estuvo a cargo del caso arbitral referido

para poder analizar y plantear lo antes posible las acciones pertinentes a

realizarse ante los diferentes organismos judiciales a fin de cautelar y proteger los

derechos de nuestros profesionales enfermeros(as), ya que NOS SORPRENDE

que el Tribunal Arbitral refiera que NO HA EXISTIDO NEGOCIACIÓN

COLECTIVA entre la SINAMSSOP Y LA ONDS (Oficina Nacional de Dialogo y

Sostenibilidad de la Presidencia del Concejo de Ministros). Por lo que, nos

preguntamos ¿Que figura legal es el acuerdo entre el SINAMSSOP Y LA

ONDS?, y SI ACASO FUESE ESTO UN MERO ACUERDO DE PARTES, POR EL

PRINCIPIO DE IGUALDAD RECONOCIDO EN LA CONSTITUCIÒN POLÌTICA

DEL PERU ES NUESTRO DERECHO QUE SE NOS OTORGUE LO

SOLICITADO.SEGUIREMOS INFORMANDO UNA VEZ SE NOS ENTREGUE EL

EXPEDIENTE ARBITRAL.

¡Viva el SINESSS Valiente y Combativo!