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Coordinación Autopistas preacuerdo convenio colectivo ACESA La Mesa de Negociación del Convenio Colectivo de ACESA alcanza un preacuerdo tras 17 horas de negociación en sesión continua. Barcelona 3 de junio de 2010 En el día de hoy, cerca de las 7 de la mañana, y tras una intensa y maratoniana sesión de negociación, los representantes de los trabajadores y de la empresa en ACESA han alcanzado un preacuerdo que será sometido a refrendo asambleario en el plazo de una semana (10 / 11 de junio) El acta de la reunión recoge los términos de un preacuerdo que se ha desarrollado en 4 sesiones más de negociación (12, 18, 19 y 26 de mayo- y de las que no se levantado acta hasta la fecha) y a los que hay que añadir los que han sido acordados con anterioridad. Los aspectos resumidos de la negociación en su conjunto, y que serán ampliados y presentados en la asamblea son: - Vigencia: de 1 de enero de 2009 a 31 de diciembre de 2011 - Incremento salarial: o 2009: 1,4 % IPC real año 2008 o 2010: 0,8 % IPC real año 2009 más el coste equivalente al seguro médico en una cuantía de 360 € para el 2010, de los cuales el 50% serán consolidables. o 2011: IPC real año 2010 o 2012: IPC real año 2011 El incremento salarial basado en el IPC se devengará en lo relativo a los conceptos fijos de forma acumulada en junio y diciembre para que se asemeje a una paga (recibirá el nombre de plus convenio) - Seguro médico: A cargo de la empresa para todos los trabajadores fijos y para aquellos cuya previsión de contratación sea superior a doce meses. Posibilidad de extender este seguro, a cargo del trabajador, para los familiares de primer grado en los mismos términos y condiciones económicas. - Jornada: Para la confección de los cuadrantes de los colectivos con jornada de 1770 horas y 27 minutos, se establecerá una jornada de trabajo menos por la vía de la distribución de la jornada anual en los días que resulte (Ejemplo Peaje: pasa de 216 a 215 días de trabajo, la jornada pasa de 8 horas 10 minutos a 8 horas 14 minutos)

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Acord XV Conveni Col·lectiu ACESA

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Coordinación Autopistas

preacuerdo convenio colectivo ACESA

La Mesa de Negociación del Convenio Colectivo de ACESA alcanza un preacuerdo tras 17 horas de negociación en sesión continua.

Barcelona 3 de junio de 2010

En el día de hoy, cerca de las 7 de la mañana, y tras una intensa y maratoniana sesión de negociación, los representantes de los trabajadores y de la empresa en ACESA han alcanzado un preacuerdo que será sometido a refrendo asambleario en el plazo de una semana (10 / 11 de junio) El acta de la reunión recoge los términos de un preacuerdo que se ha desarrollado en 4 sesiones más de negociación (12, 18, 19 y 26 de mayo- y de las que no se levantado acta hasta la fecha) y a los que hay que añadir los que han sido acordados con anterioridad. Los aspectos resumidos de la negociación en su conjunto, y que serán ampliados y presentados en la asamblea son: - Vigencia: de 1 de enero de 2009 a 31 de diciembre de 2011

- Incremento salarial:

o 2009: 1,4 % IPC real año 2008 o 2010: 0,8 % IPC real año 2009 más el coste equivalente al

seguro médico en una cuantía de 360 € para el 2010, de los cuales el 50% serán consolidables.

o 2011: IPC real año 2010 o 2012: IPC real año 2011

El incremento salarial basado en el IPC se devengará en lo relativo

a los conceptos fijos de forma acumulada en junio y diciembre para que se asemeje a una paga (recibirá el nombre de plus convenio) - Seguro médico: A cargo de la empresa para todos los trabajadores

fijos y para aquellos cuya previsión de contratación sea superior a doce meses. Posibilidad de extender este seguro, a cargo del trabajador, para los familiares de primer grado en los mismos términos y condiciones económicas.

- Jornada: Para la confección de los cuadrantes de los colectivos con jornada de 1770 horas y 27 minutos, se establecerá una jornada de trabajo menos por la vía de la distribución de la jornada anual en los días que resulte (Ejemplo Peaje: pasa de 216 a 215 días de trabajo, la jornada pasa de 8 horas 10 minutos a 8 horas 14 minutos)

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- Contratación: 200 contrataciones a tiempo parcial de las cuales

aproximadamente 110 son de 1150 horas y 90 de 815 horas (número exacto pendiente de establecimiento)

El acceso a estas contrataciones se hará de la siguiente forma: A la firma del convenio los trabajadores que en aplicación del acuerdo y el artículo 6.2 tengan derecho a uno de estos contratos, quedarán determinados en una lista creada al efecto; el contrato, en cada caso, podrá formalizarse en adelante y con fecha límite de 31 de enero de 2011. Los trabajadores fijos a tiempo parcial, con contrato en vigor a la firma del convenio, y con una jornada de trabajo inferior a las 1150 horas anuales, podrán optar al aumento de su jornada contratada hasta ese porcentaje (65%)

- Cuadrante y vacaciones: Distribución de la jornada y las vacaciones en peaje según el criterio establecido en el cuadrante acordado en el departamento de Treball a partir de 2011. El resto de los colectivos mantiene su actual regulación, a excepción de Centro de Operaciones y Equipo eléctrico y mecánico. Los trabajadores fijos a tiempo parcial con contrato en vigor a la firma del convenio, mantendrán la actual distribución de la jornada y vacaciones. El cuadrante será fijado anualmente en un 75% quedando el 25% restante fijado cada mes. Una vez fijado este 25% podrá ser modificado con una antelación de 24 horas en atención a la disponibilidad del trabajador. Se fijará un fin de semana al mes en el cuadrante anual. Los trabajadores fijos a tiempo parcial con ciclo mantendrán sus condiciones a título personal (garantía ad personam) Los trabajadores contratados en virtud del compromiso de las 200 contrataciones, así como las nuevas contrataciones de relevo, tendrán una distribución irregular de la jornada respectando los siguientes aspectos: Jornada diaria: entre 8 horas y 14 minutos, y 4 horas Jornada mensual: entre 21 días y 16 horas Vacaciones: 15 días entre 15 de junio y 19 de septiembre

Resto de días: Periodos mínimos de 7, de los cuales y de forma rotativa con el resto de los periodos, 1 se disfruta en la última semana de diciembre y otro en la primera de enero.

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Horas complementarias: Todos los TP´s podrán formalizar pacto de horas complementarias hasta el 50% de la jornada contratada en cada caso. Se establece un mecanismo de consolidación de horas complementarias que se pondrá en funcionamiento a partir de la realización del 30% de las horas contratadas, y por el cual se consolida el 10% de las horas efectivamente realizadas.

- Mantenimiento y Operaciones: Calendario laboral y cómputo de la jornada desde 1 de febrero a 31 de enero

- Técnicos de MSE: Se elimina la referencia de a partir de 2008 en el artículo 9 del convenio colectivo quedando fijado y actualizado el procedimiento de determinación de vacaciones.

- Centro de Operaciones: Periodos de 21 días, de los cuales 7 serán de trabajo y 4 de descanso. Las vacaciones se realizarán en 3 períodos de 7 días, entre días de descanso, distribuidos durante todo el año. A uno de los periodos se le podrá añadir 3 días de compensación por exceso de jornada. Se garantiza que uno de los periodos se disfrute entre el 1 de junio y 30 de septiembre.

- Equipo eléctrico y parque móvil: Les será de aplicación el art 18 del actual convenio. Dispondrá, en lo relativo al tiempo dedicado a la comida de la regulación de la jornada flexible presente en otros colectivos.

- Coordinadores de Turno: Establecimiento de la figura de

Coordinador de Turno en los términos recogidos en el Acta de Conciliación ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de fecha 1 de diciembre de 2009.

- Régimen de permisos:

o Se amplía el permiso de maternidad en 68 días pudiendo ser disfrutado por la madre o el padre (con la regulación establecida en el CC de Aucat) También para adopción o acogimiento

o El permiso por nacimiento de hijos será de 5 días hasta la entrada en vigor de la ampliación a 4 semanas del permiso de paternidad (previsión 1 de enero de 2011)

o Se establece un permiso retribuido para la asistencia a boda de hijos o hermanos

o Se establece una licencia si retribución de entre uno y tres meses.

- Parejas de hecho: Serán reconocidas a todos los efectos de uniones

estables de pareja

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- Comisión de Igualdad: Se regula la creación de una Comisión

paritaria para la implantación del plan de igualdad que constará de 4 miembros por cada parte.

- Régimen disciplinario: Adaptación a convenio del régimen

establecido en Aucat (consulta a través de http://ugtabertis.com/web/convenios/ccaucat2010.pdf)

- Jubiliación Obligatoria: De conformidad con lo establecido en la

Diposición adicional décima del ET; y en relación a la creación de empleo y el mantenimiento de una relación del 50% entre cobradores a tiempo parcial y tiempo completo.

- Reubicaciones por transformación AP7 Sur: Se realizarán en el

ámbito de los peajes de la AP7 sur. - Jubilación Parcial: Se ha solicitado la defensa del acuerdo suscrito

respecto al régimen transitorio de jubilación parcial, en el marco de la negociación colectiva, y en relación a los términos contenidos en la Disposición transitoria segunda del RDL 8/2010 (consulta a través de http://www.boe.es/boe/dias/2010/05/24/pdfs/BOE-A-2010-8228.pdf )

- Alcance de la cláusula social: Dado que la aplicación de nuevos

sistemas automáticos de peaje y nuevas tecnologías pueden incidir de forma directa en la realización y organización del trabajo, la Empresa, siguiendo las orientaciones del Grupo de trabajo para la reordenación de peajes del Parlament de Catalunya, proporcionará a los empleados la formación necesaria para la adaptación de éstos respecto a los nuevos requerimientos; así como para el perfeccionamiento profesional orientado todo ello al mantenimiento del empleo.

En lo relativo a la regularización económica de 2009 y la parte de 2010, y debido a que parte de los incrementos pasan a agruparse en el plus convenio, desde UGT se procurará presentar antes o en la asamblea, y coordinadamente con el resto de sindicatos en la mesa, una estimación del contenido de tablas y posibles conceptos de regularización en función de tipos de contrato y categorías.

Para mayor información diríjase a: Coordinador de Autopistas de TCM-UGT abertis Joan Muntada i Hars 680 650 127

CORREO ELECTRONICO [email protected] AVDA. PARC LOGÍSTIC 12-20

08040 BARCELONA TEL. 935031304

WEB

http://www.ugtabertis.com