12
PUNA VILACAY I BELEN INCHASI GERMA NBUSC PACASI SEPULTUR, CONCE.JO DE PROVINCIA JOSE MARIA LINARES // '··. PUNA - POTOSi- 130Ll\'IA . . · f i ..· 1 / .. 1 ') ·¡· !- \.1 ' : , .... ;\ . .. , :' '-'l :. J • ... -, LEYMUNICIPAL N° 015 ..-·• .• : ... AREA NATURAL PARA EL MANEJ? INTEGRADO MUNICIPAL Y PARQUE N: i'i:;;; l :;J T HALACKOCHA, LAGUNAS ALEDANAS Y FUENTES DE AGUA DE LA ZONA CORDILL 'A DEL MUNICIPIO DE PUNA DE 20 MAYO 2014 ABG. ENRIQUE FLORES OLIMPO ALCALDE MUNCIPAL DE PUNA (VILLA TALAVERA) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Que la Constitución Política del Estado_ en su artículo 342, establece que es deber del Estado y la Población conservar. proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos na turales y la biodiversidad; así como mantener el equilibrio del medio ambiente. Que la Constitución Pol ítica del estado en su artículo. 346, establece que el patrimonio natural es El patrimonio . natural es de interés público y de carácter estratégico para el país, disponiendo en ¿rtículo 349 que los recursos naturales :. de y .dominio directo. indivisible e - .. - .. •. - • ' o • .• Imprescriptible del pueblo bo)iviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés .• ue la Constitución Polític<J ., en su .artículo 380 l. establece que " Los recursos naturales renovables se aprovecharán de manera sustentable, respetando las características y el valor natural de cada ecosistema". Que la Constitución del Estado en su art. 385 parágrafos l. dispone que "Las áreas protegidas constituyen. un bien común y forman parte del patrimonio natural y cultural del país; cumplen funciones ambientales, culturales, sociales y "' C onómicas para el desarrollo sustentable. Que la Constitución Política del Estado en su artículo 302 parágrafo f. numerales 5. 11 y 15 , establece que son competencias exclusivas de los Gobiernos 'Aunicipales Autónomos en su jurisdicción preservar . conservar y contribuir a la p rotección del medio ambiente y recursos naturales y fauna silvestre ; las áreas protegidas municipales en conformidad con los parámetros y condiciones OTAVI es tablecidas para los gobiernos municipales y la promoción y conservación del 1 patrimonio natural municipal. ¡oue el artículo 5 de la ley Marco de Autonomías y descentralización N°031 de 19 tulio de 20 10, establece como principios que rigen las organizaciones territorial y las MICULPAYA entidades territoriales autonómi cas el "Bien Común" , referido a que la actuación e los Gobiernos Autónomos se fundamenta y justifica en el interés colectivo irviendo con objetividad los intereses generales en la fil osofía del vivir bien , propio e nuestras culturas y de coordinación entendidos como la relación armónica ntre el nivel central de estado y los gobiernos autónomos constituye una bligación como base fundamental que sostiene el de autonomía para arantizar el bienestar de toda la población boliviana con pl ena justicia social.

CONCE.JO AUTÓNO~tq MU~ICIPAL f-U.~autonomias.gobernacionlapaz.com/wp-content/uploads/2015/leyes/... · arantizar el bienestar de toda la población boliviana con plena justicia social

  • Upload
    lymien

  • View
    218

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

PUNA

VILACAYI

BELEN

INCHASI

GERMANBUSC

PACASI

SEPULTUR,

CONCE.JO AUTÓNO~tq MU~ICIPAL DE f-U.~ PROVINCIA JOSE MARIA LINARES / / /··· .:--··~ '· ·.

PUNA - POTOSi- 130Ll\'IA . . · f i .. · 1 / .. ~. ¡--- -1

') ·¡· ~ . !- \.1 ' : , .... ~ ;\ • . ~ .. , : ' '-'l :. J • ... -, ~

LEYMUNICIPAL N° 015 ..-·• .• : i~:_;:; . : ...

AREA NATURAL PARA EL MANEJ? INTEGRADO MUNICIPAL Y PARQUE N:i'i:;;;l:;J THALACKOCHA, LAGUNAS ALEDANAS Y FUENTES DE AGUA DE LA ZONA CORDILL 'A

DEL MUNICIPIO DE PUNA

DE 20 MAYO 2014

ABG. ENRIQUE FLORES OLIMPO ALCALDE MUNCIPAL DE PUNA (VILLA TALA VERA)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Que la Constitución Política del Estado_ en su artículo 342, establece que es deber del Estado y la Población conservar. proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad; así como mantener el equilibrio del medio ambiente.

Que la Constitución Política del estado en su artículo. 346, establece que el patrimonio natural es El patrimonio . natural es de interés público y de carácter estratégico para el desarr~u~· s~stent~ble d~i país, disponiendo en ¿rtículo 349 que los recursos naturales s~~ :. de pr~~~~d~d y .dominio directo. indivisible e

- .. - • .. • . - ~ • • ' • • o • .•

Imprescriptible del pueblo bo)iviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo~

.• ue la Constitución Polític<J .,en su .artículo 380 l. establece que "Los recursos

naturales renovables se aprovecharán de manera sustentable, respetando las características y el valor natural de cada ecosistema".

Que la Constitución Polític~ del Estado en su art. 385 parágrafos l. dispone que "Las áreas protegidas constituyen. un bien común y forman parte del patrimonio natural y cultural del país; cumplen funciones ambientales, culturales, sociales y "'Conómicas para el desarrollo sustentable.

Que la Constitución Política del Estado en su artículo 302 parágrafo f. numerales 5.11 y 15 , establece que son competencias exclusivas de los Gobiernos 'Aunicipales Autónomos en su jurisdicción preservar . conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales y fauna silvestre ; las áreas protegidas municipales en conformidad con los parámetros y condiciones

OTAVI establecidas para los gobiernos municipales y la promoción y conservación del 1patrimonio natural municipal.

¡oue el artículo 5 de la ley Marco de Autonomías y descentralización N°031 de 19

tulio de 2010, establece como principios que rigen las organizaciones territorial y las MICULPAYA entidades territoriales autonómicas el "Bien Común" , referido a que la actuación

e los Gobiernos Autónomos se fundamenta y justifica en el interés colectivo • irviendo con objetividad los intereses generales en la filosofía del vivir bien , propio e nuestras culturas y de coordinación entendidos como la relación armónica ntre el nivel central de estado y los gobiernos autónomos constituye una bligación como base fundamental que sostiene el ré~¡imen de autonomía para arantizar el bienestar de toda la población boliviana con plena justic ia social.

CONCEJO AUTÓN01'10 MUNICIPAL DE PUNA PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA - POTOSÍ- 1\01.1\'l:\

=;;....,:uv el artículo 7 parágrafo 11 numeral 7 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, establece que uno de los fines de los Gobiernos Autónomos

PUNA

VI LACAYA

BELEN

11\'CHASI

GERMAN JJUSCI1

PACASI

SEPUI:rURAS

OTAVI

MICULPAYA

1 como depositarios de la confianza ciudadana en su jurisdicción y al servicio de la misma, es preservar, conservar, promover y garantizar, en lo que corresponda al medio ambiente y los ecosistemas, contribuyendo a la ocupación racional del territorio y al aprovechamiento sostenible naturales en su jurisdicción.

Que el artículo 9 parágrafos 1 numerales 3 y 4 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización dispone que la autonomía se ejerce a través de la facultad legislativa, determinando así las políticas, administrativa, técnica, económica, financiera cultural y social.

Que por mandato del artículo 410 de la Constitución Política del Estado, esta es la forma suprema del ordenamiento jurídico Boliviano goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa, siendo las cartas orgánicas y demás egislación municipal de igual jerarquía que las leyes nacionales, mandato que adquiere relevancia jurídica a efecto del cumplimiento de las disposiciones del artículo 385 de la norma suprema.

Que el articulo 88parágrafo V numeral 3) inciso a) de la ley de Marco de Autonomías y Descentralización, dispone que es competencia concurrente de los Gobiernos Municipales Autónomos, proteger y contribuir a la protección según sus normas y practicas propia~, . el ~edioambiente, la . b!odiversidad, los recursos forestales y fauna silvestre, manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental~ '

Que Gobierno Autónomo .Municipal de Puna ante el inminente riesgo de .. · ... · . '

contaminación que corría la Laguna Thalaqocha , lagunas aledañas y fuentes de agua en las cordilleras del. Municipio de Puna , por las constantes actividades mineras emitido la Ordenanza Municipal No.060/20 l 3 de 9 de Diciembre de 2013 , DECLARANDO A TODA LA JURISDICCION MUNICIPAL DE PUNA EN EMERGENCIA POR EL PELIGRO DE CONTAMINACION QUE ESTAN CORRIENDO TODAS LAS AGUAS DE LAS LAGUNAS QUE SE ENCUENTRAN EN EL MUNICIPIO DE PUNA POR CAUSA DE LAS ACTIVIDADES MINERAS

. • . ·

Que el artículo 60 de la Ley N°l333, pe.clarp:que las áreas protegidas constituyen áreas naturales con o sin irtervención humana , declarada bajo protección del ¡;:stado mediante disposiciones legales , con el propósito de proteger y conservar la ora y fauna silvestre ,recursos genéticos , ecosistemas naturales cuencas idrográficas y valores de interés científico estilísticos , históricos , económicos y

social , con las finalidad de conservar y preservar el patrimonio natural y cultural del País.

Que el artículo 61 de la mismo disposición legal antes citada establece que las 'lreas protegidas son patrimonio del Estado y de interés público y social, debiendo er administradas según sus categorías, zonificación y reglamentación en base al )Jan de manejo, con fines de protección y conservación de sus recursos naturales, w estigación científica, así como para la recreación educación y promoción del urismo ecológico.

~ue el AREA NATURAL PARA EL MANEJO INTEGRADO MUNICIPAL Y PARQUE lACIONAL THALACKOCHA, LAGUNAS ALEDAÑAS Y FUENTES DE AGUA DE LA ZONA :ORDILLERA DEL MUNICIPIO DE PUNA cubre una superficie total de 11067,72 ha.

•ue de conformidad con los estudios realizados y antecedentes analizados y ante ~ constantes oelioros de contaminación de la Laguna Thalaqocha y otras fuentes

PUNA

VI LACAYA

llELEN

INCJ-lASI

CONCEJO AUTONOMO MUNICIPAL DE PUNA PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA - POTOSÍ- BOLIVIA

agua por las actividades mineros , es deber del Gobierno Autónomo Municipal de Puno constituir como político municipal : o) Proteger en formo sistemático los

1 fuentes y los recursos de aguo que nacen principalmente de lo Laguna Tholoqocho y fuentes de aguas que se encuentran en la zona Cordillera del Municipio de Puna que son lo base del sistema hídrico del Municipio de Puna b) Conservar el paisaje único de la Laguna Tholaqocho y otras lagunas existentes en la zona cordillera del municipio de Puno, b) Proteger sitios arqueológicos y desarrollar turismo en base a ellos; e) Diversificar fuentes de ingreso a nivel local regional sobre la base del turismo y otras formas de uso sostenible de recursos naturales renovales ; e) Ordenar el uso el aprovechamiento de la Laguna Tholoqocha , fuentes de aguo y los recursos naturales delo Zona Cordillera del 'v\unicipio de Puno.

POR LO ANTERIORMENTE SEÑALADO, EL CONSEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE PUNA

SANCIONA:

LEY MUNICIPAL N°15

AREA NATURAL PARA EL rv't}\NEJO INTEGRADO MUNICIPAL Y PARQUE NACIONAL GERMA:-i llUSCH THALACKOCHA, LAGUNAS ALEDAÑAS Y FUENTES DE AGUA DE LA ZONA CORDILLERA

PACASI

.:>EPULTURAS

OTAVI

MICULPAYA

DEL MUNICIPIO DE PUNA

CAPITUlO 1

: 1

DECLARATORIA, DELIMITACION DEl MANEJO INTEGRADO

ARTICULO PRIMERO.· (DE LA DECLARACIÓN)

Declárese como Área Protegida Municipal o lo Laguna Tholoqocha, Lagunas Aledañas y Fuentes de Agua de la Zona Cordillera del Munic ipio de Puna , con lo categoría de AREA NATURAL PARA EL MANEJO INTEGRADO MUNICIPAL (ANMI) y PARQUE NACIONAL (PN) con una superficie de 11067,72 ha (ONCE MIL SESENTA Y SIETE 72/1000 HECT AREAS ) ubicada en el Municip io de Puna , Provincia José María Linares del Departamento Potosí. la mismo que formara parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) en cumplimiento de las previsiones del artículo 63 de la Ley de Medio Ambiente No.1333 de 27 de abril de 1992, área que será denominada " AREA NATURAL PARA EL MANEJO INTEGRADO MUNICPAL Y PARQUE NACIONAL -LAGUNA THALACKOCHA, LAGUNAS ALEDAÑAS Y FUENTES DE AGUA DE LA ZONA CORDILLERA DEL MUNICIPIO DE PUNA"

ARTÍCULO SEGUNDO (DE LOS LIMITES DEL AREA NATURAL)

Los límites dei"AREA NATURAL PARA EL MANEJO INTEGRADO MUNICIPAL Y PARQUE "JACIONAL- LAGUNA THALACKOCHA, LAGUNAS ALEDAÑAS Y FUENTES DE AGUA DE _A ZONA CORDILLERA DEL MUNICIPIO DE PUNA" están establecidos de acuerdo a as sjqujentes coordenadas geográficas:

POR UN MUNICIPIO PRODUCTIVO " PARA VIVIR BIEN" Dir<:e<.:ión: Plaza LO de )ulin s/n - Tc!UI'ax: 026 1362 12

PUNA

V lLACA YA

BELEN

ll'\CHASl

GERMAN llUSCI

PACASI

SEPULTURAS

OTAVI

MI CULPA YA

CONCE.JO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PUNA PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA- POTOSi- BOLIVIA

. TABLA W 1. COORDENADAS DE ÁREA TURAL DE MANEJO INTEGRADO (ANMI).

45

46

230720,854 7816412,357

230715,145 7816381 '126

47 230670,482 7816311,396

N° DE COORDENADAS DE UTM 48 230658,729 7816236,843 VÉRTICE X y 49 230749,784 7815889,832

1 228058,009 7818020,341 50 230780,047 7815797,228

2 228600,000 7818471,271 51 230745,324 7815582,510

3 228625,000 7818491,271 52 230738,860 7815467,186

4 229265,000 7818994,271 53 230720,895 7815424,867

5 230072,000 7819199,271 54 230596,665 7815272,086

6 230130,367 7819214,591 55 230586,766 7815193,348

7 230152,857 7819169,594 56 230617,087 7815062,305

8 230153,936 7819147,183 57 230616,180 7815033,025

9 230132,506 7819115,172 58 230557,150 7814894,632

10 230105,503 7819093,636 59 230569,513 7814690,139

11 230092,739 7819079,873 . 60 230616,854 7814638,917

12 230081,336 7819058,282 61 230698,225 7814612,126

13 230156,557 7~18938,660 62 230747,802 7814571 ,669

14 230166,292 7818919,748 63 230748,083 7814567,088

64 230745,068 7814563,535 15 230134,375 7818662,885 . . •· 16 230316,782 781 ~242,691 65 230740,352 7814560,565

66 ?30~1~,868 7814550,045 17 230258,449 7817930,571 , ·,. - • ' 67. 23p485.952 7814526,830

: . ~ 18 230253,661 7817855,542 ' - .

19 230193,275 7811;743,562 68 230\68,003 7814458,212

20 230153,851 781 ~600,835 69 229877.,812 7814363,571

21 230177,570 781~422,071 70 229742,733 7814376,541

22 230232,586 7817342,657 71 229636,179 7814236,439

23 230311,093 781~287,350 72 229~32,657 7814030,650

24 230359,036 7817265,113 73 229556,222 7813983,977

25 230390,290 7817208,287 74 229257,704 7814001,748

26 230369,115 781~077,780 75 -· 229110,659 7813852,949

27 230410,061 7817014,555 76 228939,099 7813837,146

28 230427,571 7816955,614 77 228898,125 7813796,582

29 230384,740 7816810,482 78 228830,635 7813652,025

30 230334,993 7816773,683 79 228803,743 7813626,953

31 230321,559 7816739,283 80 228722,185 7813582,048

32 230321,972 7816707,717 81 228746,913 7813562,706

33 230248,326 7816638,952 82 228976,331 7813491,886

34 230186,358 7816602,848 83 229081,870 7813505,249

35 230123,273 7816515,156 84 229132,810 7813499,206

36 230126,942 7816454,477 85 229197,013 7813473,055

37 230281,134 7816490,241 86 229252,586 7813472,977

38 230330,936 7816474,657 87 229414,681 7813592,494

39 230393,896 7816422,094 88 229464,040 7813618,499

40 230468,199 7816412,659 89 229553,009 7813632,493

41 230517,863 7816458,053 90 229612,759 7813632,277

42 230564,338 7816469,479 91 229727,1 57 7813677,135

43 230612,253 7816445,607 92 229773,11 1 7813678,188

44 230673 722 7816452.850 93 229998,191 7813605,793

CONCEJO AUTÓNOMO MUNICIPA L. DE PUNA PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA - POTOSÍ - BO LI V!A

143 229453,876 7810082,078

144 229466,417 7810056,770

145 229558,045 7810010,561

146 229715,872 7809817,300

147 229677,079 7809773,230 PUNA 148 229121,516 7809668,555

149 228848,005 7809193,166

150 228823,200 7809170,893

151 228574,562 7809119,935

VI LACAYA 152 228571 ,008 7809118,459

153 228529,957 7809103,628

154 228331,196 7808770,578

155 228254,927 7808656,634

156 228203,475 7808634,903 BELEN 157 228185,135 7808463,099

158 228020,122 7808355,592

159 228005,800 7808335,165

160 227930,748 7808338,193

INCHASI 161 2277!)9,126 7808141,526

162 227864,240 7808007,858

163 227750,556 7807874,481

164 2?757~,967 7807865,879

·195 22755~.283 7807773,228

GERMAN BUSC 166 227418,487 7807657,048

167 227392,682 7807612,950

168 227050,740 7806972,042

169 227059,108 7806908,952

170 227164,362 7806777,585 PACASI 171 227142,786 7806743,458

172 226516,213 7807025,130

173 226352,180 7806953,809

. 174 226226,040 7807103,840

SEPULTUR 175 226099,615 7806886,218

176 226308,118 7806646,190

177 226527,509 7806573,890

178 227014,791 7806184,467

179 226893,883 7805979,335

OTAVI 180 226715,132 7805879,303

181 226587,610 7805743,315

182 226427,797 78057 41 ,705

183 226410,558 7805714,914

MI CULPA Y 184 226437,627 7805530,140

185 226410,574 7805505,633

186 226334,608 7805518,675

187 225954,808 7805681,439

188 225822,046 7805641 ,856

189 225619,348 7805671 ,008

190 225513,960 7805808,337

191 225350,007 7805864,315

PUNA

VILACAYA

llELEN

INCHASI

GERMANBUSC

PACASI

SEPULTURA~

OTAVI

MI CULPA YA

CONGE.JO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PUNA PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA- POTOSÍ- BOLIVIA

241 226418,403 7813294,189

242 226666,439 7813274,259

243 226808,021 7813305,141

244 226851,510 781 3338,709

245 226878,315 7813465,732

246 226940,1 62 7813607,259

247 226931,670 7813664,721

248 227055,194 7813750,623

249 227102,634 7813812,083

250 2271 39,918 7813903,180

251 227197,639 7813894,651

252 227252,183 7813902,711

253 227894,678 7814482,040

254 227869,653 7814683,229

255 227923,219 7814870,580 .. . 256 228139,787 7814908,269

257 228179,628 7815092,411

258 228299,345 7815256,299 . 259 2?~27~,843 7815437,204

260 22834~,617 7815595,670 .. 261 228366,493 7815613,989

262 22834~,430 7815666,520

- 2q3 · - . 228365,252 7815759,405 .. 264 228262,839 7815914,383

265 228206,131 7816076,158

266 228181,542 7816352,577

267 22808<\.846 7816388,758

268 228Q9~,732 7816437,319

269 228055,842 7816532,294

270 227~45,372 7816664,758

. ??-j .. 227921,796 7816714,308

·272 228037,239 7816780,200

273 228094,555 7816863,213

274 228106,748 7816970,437

275 228402,669 7817036,655

276 228437,571 7817303,407

277 228481,936 7817403,346

278 228469,101 7817534,815

279 228424,905 7817808,977

280 228555,683 7817964,531

281 228624,898 7818086,956

282 228565,693 7818096,051

283 228167,504 7818026,295

284 228058,009 7818020,341

PUNA

VI LACAYA

BELE

INCHAST

GEit\IAN BUSCI

PACASI

SEPULTURAS

OTAVI

MICULPAY1

CONCE.JO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PUNA PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA- POTOSÍ - BOLIVIA

TABLA N° 2. COORDENADAS DE PARQUE 45 228624,898 7818086,956 46 228565,693 7818096,051

N° DE VÉRTICE

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32

33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

NACIONAL (PN). 47 228167,504

COORDENADAS EN UTM 48 228058,009 X y 225336,131 7813045,396 225521,422 7813165,373 225688,309 7813211,047 226131,717 7813271,154

226418,,403 7813294,189 226666,439 7813274,259 226808,021 7813305,141 226851,510 7813338,709 226878,315 . 7813465,732

226940,162 7813Q07:,259 226931,670 7813664,721 227055,194 7813750,623 227102,634 7813812,083 227139,918 . 7813903,180 227197,639 ' 7813894,651 ' 227252,183 • . 7813902,7,11 227894,678 : 7814482,040 227869,653 .. 7814683,229 227923,219 . 7814870,580 228139,787 ... -7814908,269 228179,628 ... - 7815092,411

228299,345·' 7815256,299 228276,843· 7815437,204 228343,617 7815595,670· 228366,493 7815613,989 228344,430. 7815666,520 228365,252 ' 7815759,405 ' 228262,839 781591{383

228206,131 7816076,158

228181,542 7816352,577 228084,846 7816388,7 58

228095,732 7816437,319 228055,842 7816532,294 227945,372 7816664,758 227921 ,796 7816714,308 228037,239 7816780,200 228094,555 7816863,213 228106,748 7816970,437 228402,669 7817036,655 228437,571 7817303,407 228481,936 7817403,346 228469,101 7817534,815 228424,905 7817808,977 228555,683 7817964,531

49 226474,000 50 226847,000 51 227362,000 52 222365,606 53 222318,515 54 222192,681 55 221955,000 56 221476,000 57 221434,176

.. 58 221382,920 ·59 221 112,984 60 · 220671,621 61 220639,318 62 220370,237

63 220150;483

64 ·-·· 220087,6~7

65· - . 219875,791

69 219444,133 67 · .. ·-- -. 218~94,749

.. 68 . - . 2187~4,873

69 218~9p49

70 218926,1~3

71 21840Q,304 ' " 72 218062,826

73 218222,992 74 . . . 21838~,844

- - 75 . .... 218448,470 76 --- 218520,940 77 218550,643 78 218604,782

79 218717,656

80 219144,697

81 219308,628 82 219448,572 83 219514,334 84 219696,816 85 219785,831 86 219840,252 87 219891,064 88 219970,211

89 220026,036 90 220100,296

91 220135,142 92 220165,124

-

POR UN MUNICIPIO PRODUCTIVO " PARA VIVIR BIEN Dirección• Plaza lO de julio s/n - Tclf./Fax: 0261362 12

7818026,295 7818020,341 7817483,000 7817191,000 7817441,000 7811243,606 7811408,691 7811464,841 7811448,271 7811583,271 7811623,314 781 1682,808 7811608,931 7811840,067 7811947,359 7811975,716 7811960,020

7811936,475 7811740,266 7811646,086 7811818,749 7812104,429 7812175,064 7812284,941 7813462,191 7813786,328 7814316,932 7814267,976 7814249,156 7814235,451 7814222,272 7814214,247 7814236,122 7814223,010 7814152,839 7814139,425 7814149,798 7814244,059 7814260,810 7814249,618 7814178,133 7814117,354 7814110,676 7814130,610 7814182,750

7814311,173

93 94 95 96

PUNA 97 98 99 100 101

VI LACAYA 102 103 104 105

BELEN 106 107 108 109 110

INCHASI 111 112 113 114 115

GERMAN BUSCH 116 117 118 119

PACASI 120 121 122 123 124

SEPULTURAS 125 126 127 128

OTAVI 129 130 131 132 133

MICULPAYA 134 135 136 137

CONCE.JO AUTÓNüMO MUNICIPAL. DE PUNA PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA - POTOSf- BOLIVIA

220114,480 7814331 ,690 220134,267 7814382,023 220120,267 7814476,756 220196,157 7814650,417 220045,096 7814767,017 220015,325 7814832,368 220056,758 7814937,763 220026,258 7814975,851 219974,860 7815007,069 219784,593 7815167,095 219668,737 7815357,837 219495,940 7815387,909 219466,713 7815588,722

219404,448 7815732,962 219261,496 7815902,997 219277,695 7816089,881 219361 ,923 7816160,123

219520,195 7816253,562

219756,723 7816614,971 220027,898. 78167,84;841 220043,917. 7816915,452 .

219925,220· 7817173,701 219941,316 : 7817275,471 220627,033 7817317,136 220646,178· .. 7817348,876

220733,1~5 7817609,225 220765,701 7817663,231 220790,846 7818013,274 220910,2~9 781~563,511

221018,701 7818780,690 220960,492 7819179,280 220880,621 7819311A78 -220723,157 7819408,604 220751,611 7819650,040 220766,000 7819654,271 221420,000 7818784,271 222199,000 7818587,271

223120,000 7818082,271

223693,000 7818267,271

224479,461 7818045,558

224479,461 7818045,286 226474,000 7817 483,000 226847,000 7817191,000 227362,000 7817441 ,000

228058,009 7818020,070

PUNA

VILACAYA

BELEN

INCHASI

ERMANBUSCI

PACASI

SEPULTUR/

OTAVI

MI CULPA)

CONCEJO AUTÓNOMO MUNICIPAL. DE PUNA. PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA - POTOSÍ - BOLIVIA

ULO TERCERO.- (DE LOS OBJETIVOS DEL AREA DE MANEJO INTEGRADO)

Son objetivos de conservación del AREA NATURAL PARA EL MANEJO INTEGRADO MUNICIPAL Y PARQUE NACIONAL- LAGUNA THALACKOCHA, LAGUNAS ALEDAÑAS Y FUENTES DE AGUA DE LA ZONA CORDILLERA DEL MUNICIPIO DE PUNA" los siguientes:

a) Proteger en forma sistemática las fuentes y los recursos de agua que nacen principalmente de lo Laguna Tholockocho y fuentes de aguas que se encuentran en lo zona Cordillera del Municipio de Puno que son lo base del sistema hídríco del Municipio de Puna

b) Conservar el paisaje único de lo Laguna Tholockocho y o tros lagunas existentes en lo zona cordillera del municipio de Puno . Estas áreas son biogeograficamente, singulares poseen endemismos importantes y uno

e} d)

e)

gran belleza paisajística. Proteger sitios arqueológicos y desarrollar turismo en base o ellos; Diversificar fuentes . de ingreso a nivel local regional sobre lo base del turismo y otras formas de uso sostenible de recursos naturales renovables ; Ordenar el uso el aprovechamiento de la Laguna Thalockocha , fuentes de aguo y los recursos naturales deJo Zona Cordillera del Municipio de Puna.

\ RTÍCULO CUARTO (DE LAS POBLACIONES ORIGINARIAS Y ASENTAMiENTOS)

_as poblaciones originarias y los asentamiento humanos,_ legales existentes en el lugar antes de la promulgación de la presente ley ; permanecerán dentro de los límites del AREA NATURAL PARA El MANEJO INTEGRADO MUNICIPAL - LAGUNA THALACKOCHA, LAGUNAS ALED~ÑAS ~FUENTES DE AGUA DE LA ZONA CORDILLERA DEL MUNICIPIO DE PUNA de conformidad al artículo 64 de la ley de Medio Ambiente, respetando sus derechos . Estos podr()n intervenir en forma directa en la conservación y protección del AREA NATURAL PARA EL MANEJO INTEGRADO MUNICIPAL- LAGUNA THALA,CKOCHA, LAGUNAS ALEDAÑAS Y FUENTES DE AGUA DE LA ZONA CORDILLERA DEL MUNI~IPIO DE PUNA. obte_nie.ndo prioridad en los beneficios que puedo otorgar el Óreo contribuyend9,al desarrollo local y regional o través de diferentes actividades que permitan m~jora de su nivel económico y c ultural.

ARTICULO QUINTO.-(PROHIBICIONES}

l. A partir de la fecha y dentro de los limites señalados para el área protegido, quedo prohibida la dotación y adjudicación de tierras, concesiones, mineras e hidrocarburiferas, así como cualquier otra actividad susceptible de contaminación de las fuentes o vertientes de agua o que atente contra la conservación del Área Protegida, sujeta a las sanciones establecidas en la ley N°l333 (que es), sus reglamentos y demás disposiciones legales vigentes. Las transferencias debidamente constituidas (registrados en Derechos Reales) que se encuentren oJ interior de la Reservo deberán ser aprobadas por el Gobierno Autónomo MunicipaL estos estarán sujetos al Proyecto de uso del predio presentado por el interesado de adquirir el predio proyecto que deberá ser presentado por lo menos con treinta (30) días de anticipación antes de la celebración del acto transaccional , si no existe pronunciamiento de parte del Gobierno Autónomo Municipal se considerara como silenc io administrativo positivo y procederá al acto transaccional.

POR UN MUNICIPIO PRODUCTIVO" PARA VIVIR BIEN " Dirccciún: PL!za LO de julio s/n- "Ji:! U Fax: 0261362 12

PUNA

VILACAY1

BELEN

11\CHASI

GERMAN IJUSC.

PACASI

)EPUU'UHA

OTAVI

CONCEJO AUTÓNO!Y10 MUNICIPAL DE PUNA PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA- POTOSÍ- HOLIV!A

SEXTO.- DE LA EJECUCION DE ACTIVIDADES, OBRAS Y / 0 PROYECTOS En casos excepcionales y previo declaración de interés Municipal . Departamental ) Nocional , mediante Ley expresa se podrá permitir el aprovechamiento o el j esarrollo de obras d~ infraestructura en e l AREA NATURAL PARA EL MANEJO NTEGRADO MUNICIPAL Y PARQUE NACIONAL- LAGUNA THALACKOCHA, LAGUNAS ALEDAÑAS Y FUENTES DE AGUA DE LA ZONA CORDILLERA DEL MUNICIPIO DE PUNA , siempre y cuando el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental establezca que dichas actividades no a fecten el cumplimiento de los objetivos de protección del área , ni se contrapongan con el Plan de Manejo y su zonificación , tales proyectos , obras y/o actividades deberán adecuarse y realizarse en estricto cumplimiento de Jo Ley de Medio Ambiente y disposiciones conexas.

ARTICULO SEPTIMO.- DEL PRESUPUESTO PARA SU CONSERVACION

El presupuesto para la Administración y Conservación del Área Protegida, será consignado en lo POA de cada ges_!i<?n :del Go.bierno Autónomo Municipal de Puna de acuerdo a su techo presupuestaria, asimismo se podrá gestionar recursos económicos de las, entidades públicos departamentales y nacionales, además de donaciones que reciban de organismos nacionales extranjeros.

1 1 , ,

ARTICULO OCTAVO.- DENOMINACION DE LAS LAGUNAS Y VERTIENTES DEL AREA DE MANEJO INTEGRADO

·~ ¡ • 1 ' · ' 4

Lagunas declaradas como , área :. - : . natural para el mane~o Integrado municipal y

parque nacional se denominan:

PUNA HUAYCAYA ALLCAlUYO MOJON !U RISA CHILLCA MOLOMOLO PACASI A YLLU JA!UN '. A ... ::: NI .. MANKASAYA:

Laguna JalunCkoch Pedro Kaslrt WoraWar lgma Huoya lafa Ckucho HuayñaKhola l afakacha a (Muyo : o M acar! a Mundo (ChoquiCkocha Morfa Sisa ckochÓl C"haquiCkoch KullcoCkoch Mariano Sonia LajoroCkoc Chollo Uomero Ckocha WormlHuoriusckaCko a l a, Janckol acka Calollna ha - · K hola e ha

_ya Umón Ckocha Raplchl Podo Grande .. Kaslrl ChaupiCkocha

Choupllafa Punta Chana - UrakantuCh'allaKh Ckocha Ckocha! cta .. ·.·;._ ·

Vertiente AnalloCkoc Candetarto · WuorweroCkocha TalaCkochc ha ChaupiCkoch .. .

i : , o adre Ckocha Moría T'alla rulloMarlo MvrrryanlayuCkoc

ha gua nña T'loCkocha Hlrurulungo hulcko uarberoCkoc KlnsaCienega a

ARTÍCULO NOVENO.- ACTIVIDADES FACTIBLES DE DESARROLLO

Las actividades que se podrán llevar a cabo en el área natural para el manejo integrado municipal y parque nacional denominado" La guna Thalackocha, lagunas aledañas y vertientes" por el GAMP y los pobladores serán: proyectos de

MICULPAYA sistema de micro riego, agricultura, ganadería, manejo y aprovechamiento forestal sustentable de desarrollo ecoturístico, de flora, fa una y las d emás q ue d e termine el programa de manejo correspondiente.

ARTICULO DECIMO.- DE LA ADMINISTRACION

Los beneficiarios del área de manejo integrado participaron lo organización, conservación. administración, desarrollo, vigilanc ia y elaboración del p lan de

POR UN MUN ICI PIO PRODUCTIVO" I'AHA VIV IR HI E"­Di n:cciú n: Plaza lO d e juli,, si n - TL'I f. /l :ax: 026 1 J62 12

PUNA

VI LACAYA

BELEN

INCHASI

GERMAN BUSCI

PACA SI

SEPULTURAS

OTAVI

CONCE.JO AUTÓNOMO MUNICIPAL, DE PUNA PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA - POTOSÍ - BOLIVIA

nejo integrado del Laguna Thalaqocha. lagunas aledañas y vertientes", será 1e gestión compartida entre el Gobierno Autónomo Municipal de Puna y todas s instancias a nivel . departamental y nacional. a efecto de la :>mplementariedad interinstilucional y de garantizar el fortalecimiento. Jnservación. partic ipación social y cumplimiento de los objetivos de declaración al Área. (a la c reación del consejo)

RTICULO DECIMO PRIMERO.-DEL PLAN DE MANEJO INTEGRADO

o administración del área de manejo integrado se realizara de acuerdo a los Jisposiciones del p lan del área de manej'? integrado. documento rector que contendrá todo información técnico-normativa de lo Laguna Thalackocho. lagunas aledañas y vertientes . bajo el cual se regirá toda actividad de protección. conservación • manejo de recursos naturales • turismo ,permisiones y prohib iciones a l interior del área p rotegida . en_. cpncordancia ,con lo normativa nacional establecido en el reglamento general de áreas protegidos (D$.24781)

·:· ~" ; .

A RTICULO DECIMO SEGUNDO.-DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL ÁREA PROTEGIDA

Crease el consejo municipal del área protegida de la ·Laguna . Thalockocha. ! . .

lagunas aledañas y vertient~s como estructura de la gestión compartida entre el Gobierno Municipio de Puna' Y las, orgÓnizaciones sociales. y personas que se relacionan directa o indir.ectamente e~~ ~1 área protegida. cuy~; atribuciones.

1 . -·· · •· .• . . ¡ .

estructura y c onformación serán prevista por el Ejecutivo Municipal que será la . .. .. ~ . . . cabeza del Consejo Municipal del área protegida.

')ISPOSICIONES FINALES

) isposlclón Final primera.-Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias J la presente ley.

) isposiciones final segund~.- Los instituciones que han trqqajado directamente con 31 Área Protegida y que ~aya re~i~ido a nomb~e. d~, ellq, · deberá~ presentar un nforme detallado del uso de lo~ r mJs.rnos al Got>ierno municipal, siendo esponsabilidad para definir las responsabilidad emergentes del manejo de los n ismos.

Dlsposlciónfinal tercera.- La presente ley entrara en vigencia a partir de su publicación. una vez promulgado por el ejecutivo munic ipal.

POR UN MUNICIPIO PRODUCTIVO " PARA VIVIR BIEN " Dirc<:<:ión : Plaza 1 O dl' julio s/ n - TciUFax: 0261 :>62 12

CONCEJO AUTÓNOMO MUNICIPAL. DE PUNA PROVINCIA JOSÉ MARÍA LINARES

PUNA- POTOSÍ- BOUV!A

Remítase al Ejecutivo Municipa l para fines legales.

POR TANTO, la promulgo para que se tenga y se cumplo como Ley Municipal del PUNA Gobierno Autónomo Municipa l de Puna. o los :l.S del mes de mayo de dos mil

VI LACAYA

BELEN

INCHASI

GE!u\IAN BUSCH

PACASI

SEPULTURAS 1

OTAVI

MICULPAYA

c a torce.

POR UN MUN ICIPIO PRODUCTIVO " PARA VIVIR BIEN " Din:cciún: Piaz<l 1 O d e Julio s/n - Tcl f.fl'ax: 026136212