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CONCEPTO TÉCNICO No. 421 CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO A LA RESOLUCIÓN No. 063 DEL 13/03/2012, POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES Y PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE PARA EL PROYECTO “ESTUDIOS, DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN ACUEDUCTO INTERVEREDAL - LA JOYA, MUNICIPIO DE VILLAGARZON, DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO. Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia Código: CT-DTP-421 Formato: F-GDO-019 Versión: 2.0-2014 Elaboró: María Carolina Chicunque Maritza Yumila Quenama Chachinoy Revisó: Harold Roberto Mora Acosta Vo. Bo.: Harold Roberto Mora Acosta Apoyo: Magaly Hueca Cargo: Director Territorial Putumayo Fecha: 24 de julio de 2020 Fecha: 24 de julio de 2020 Ruta: \\192.168.1.9\Putumayo\04. LICENCIAMIENTO\03. CONCESION DE AGUAS SUPERFICIALES\superficiales\2011\CO- AU-06-86-885-X-002-074-11 Acueducto INTERVEREDAL VILLA-JOYA\CONCEPTOS DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO\SEGUIMIENTO AÑO 2019 1. ASUNTO Seguimiento y monitoreo al trámite ambiental concesión de aguas superficiales para consumo humano y ocupación de cauce, del acueducto Interveredal la Joya. 2. INTERESADO (A): Alcaldía Municipal De Villagarzón. 3. CÓDIGO DEL EXPEDIENTE: CO-06-86-885-X-002-074-11 y AU-06-86-885-X-002-074-11 4. LOCALIZACIÓN GENERAL: Vereda la Tebaida, municipio de Mocoa, departamento del Putumayo. 5. ANTECEDENTES Que mediante Resolución DTP No. 0376 del 30 de diciembre de 2011, se otorgó al municipio de Villagarzón representado legalmente por el señor Luis Eduardo García Franco identificado con cedula de ciudadanía 18.101.691 expedida en Villagarzón (P), Concesión de Aguas Superficiales en la cantidad de 20.80 l/s del río El Dorado en las coordenadas geográficas 01°05´57.1” N y 076°42´20.7” W a 941 m.s.n.m, para el proyecto: ”Acueducto de Villagarzón - La Joya”, localizado en La Tebaida , Municipio de Villagarzón, Departamento del Putumayo; notificado personalmente el día 30 de diciembre de 2011. Que mediante Resolución DTP No. 063 del 13 de marzo de 2012, se modifica y adiciona la Resolución DTP 0376 del 30 de diciembre de 2011, por medio del cual se otorga al Municipio de Villagarzón, Concesión de Aguas Superficiales del rio El Dorado y Permiso de ocupación de cauce en la misma fuente, para el proyecto: “Acueducto Interveredal Villagarzòn - La Joya”, localizado en la vereda la Tebaida, Municipio de Mocoa, Departamento del Putumayo. Notificado personalmente el día 20 de marzo de 2012. Que mediante oficio DTP 1963 del 08 de junio de 2020, se remite al titular del trámite ambiental la liquidación y cobro por los servicios de seguimiento y monitoreo año 2020, por un valor de UN MILLÓN TRECIENTOS VEINTISÉIS MIL PESOS ($1.326.000.) M/CTE Que el día 29 de junio de 2020, dos contratistas de la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA, realiza seguimiento y monitoreo a la Resolución DTP No. 0376 del 30 de diciembre de 2011, modificada por la Resolución No 063 del 13 de marzo del 2012, por medio del cual se otorga concesión de aguas superficiales y ocupación de cauce a la Administración Municipal De Villagarzón, y se emite el presente concepto técnico. 6. RESULTADOS 6.1. Desarrollo del Seguimiento y Monitoreo:

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CONCEPTO TÉCNICO No. 421

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO A LA RESOLUCIÓN No. 063 DEL 13/03/2012, POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES Y PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE PARA EL PROYECTO “ESTUDIOS, DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN ACUEDUCTO INTERVEREDAL - LA JOYA, MUNICIPIO DE VILLAGARZON, DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO.

Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia

Código: CT-DTP-421 Formato: F-GDO-019 Versión: 2.0-2014

Elaboró: María Carolina Chicunque

Maritza Yumila Quenama Chachinoy

Revisó: Harold Roberto Mora

Acosta Vo. Bo.: Harold Roberto Mora Acosta

Apoyo: Magaly Hueca Cargo: Director Territorial Putumayo

Fecha: 24 de julio de 2020 Fecha: 24 de julio de 2020

Ruta: \\192.168.1.9\Putumayo\04. LICENCIAMIENTO\03. CONCESION DE AGUAS SUPERFICIALES\superficiales\2011\CO- AU-06-86-885-X-002-074-11 Acueducto INTERVEREDAL VILLA-JOYA\CONCEPTOS DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO\SEGUIMIENTO AÑO 2019

1. ASUNTO Seguimiento y monitoreo al trámite ambiental concesión de aguas superficiales para consumo humano y ocupación de cauce, del acueducto Interveredal la Joya.

2. INTERESADO (A):

Alcaldía Municipal De Villagarzón.

3. CÓDIGO DEL EXPEDIENTE:

CO-06-86-885-X-002-074-11 y AU-06-86-885-X-002-074-11

4. LOCALIZACIÓN GENERAL: Vereda la Tebaida, municipio de Mocoa, departamento del

Putumayo.

5. ANTECEDENTES

Que mediante Resolución DTP No. 0376 del 30 de diciembre de 2011, se otorgó al municipio de Villagarzón representado legalmente por el señor Luis Eduardo García Franco identificado con cedula de ciudadanía 18.101.691 expedida en Villagarzón (P), Concesión de Aguas Superficiales en la cantidad de 20.80 l/s del río El Dorado en las coordenadas geográficas 01°05´57.1” N y 076°42´20.7” W a 941 m.s.n.m, para el proyecto: ”Acueducto de Villagarzón - La Joya”, localizado en La Tebaida , Municipio de Villagarzón, Departamento del Putumayo; notificado personalmente el día 30 de diciembre de 2011.

Que mediante Resolución DTP No. 063 del 13 de marzo de 2012, se modifica y adiciona la Resolución DTP 0376 del 30 de diciembre de 2011, por medio del cual se otorga al Municipio de Villagarzón, Concesión de Aguas Superficiales del rio El Dorado y Permiso de ocupación de cauce en la misma fuente, para el proyecto: “Acueducto Interveredal Villagarzòn - La Joya”, localizado en la vereda la Tebaida, Municipio de Mocoa, Departamento del Putumayo. Notificado personalmente el día 20 de marzo de 2012.

Que mediante oficio DTP –1963 del 08 de junio de 2020, se remite al titular del trámite ambiental la liquidación y cobro por los servicios de seguimiento y monitoreo año 2020, por un valor de UN MILLÓN TRECIENTOS VEINTISÉIS MIL PESOS ($1.326.000.) M/CTE

Que el día 29 de junio de 2020, dos contratistas de la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA, realiza seguimiento y monitoreo a la Resolución DTP No. 0376 del 30 de diciembre de 2011, modificada por la Resolución No 063 del 13 de marzo del 2012, por medio del cual se otorga concesión de aguas superficiales y ocupación de cauce a la Administración Municipal De Villagarzón, y se emite el presente concepto técnico.

6. RESULTADOS

6.1. Desarrollo del Seguimiento y Monitoreo:

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CONCEPTO TÉCNICO Nro. 421

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO A LA RESOLUCIÓN No. 063 DEL 13/03/2012, POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES Y PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE PARA EL PROYECTO “ESTUDIOS, DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN ACUEDUCTO INTERVEREDAL - LA JOYA, MUNICIPIO DE VILLAGARZON, DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO.

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Nombres y Apellidos Cargo Firma

Elaboró: María Carolina Chicunque/ Maritza Yumila Quenama

Chachinoy Contratista-DTP

Revisó: Jonathan Caicedo Pazos Líder Recurso Hídrico

Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

El seguimiento y monitoreo al trámite ambiental consiste en la verificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas Resolución DTP No. 0376 del 30 de diciembre de 2011, modificada por la Resolución No 063 del 13 de marzo del 2012, el cual se requiere realizar la verificación en campo de las condiciones de la fuente hídrica y el uso a la misma, además la revisión documental del expediente: CO-06-86-885-X-002-074-11 y AU-06-86-885-X-002-074-11. La visita técnica para la verificación en campo de la concesión de agua superficial y permiso de ocupación de cauce sobre el rio Dorado, se realizó con el acompañamiento de la administración Municipal Villagarzón el ingeniero Guillermo Huaca, y por parte de la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA las contratistas Maria Chicunque y Maritza Quenama. 6.2. Localización del proyecto. El proyecto “CONSTRUCCION MACROACUEDUCTO INTERVEREDAL VILLAGARZON – LA JOYA”, está ubicado en la vereda La Tebaida, del Municipio de Mocoa, Departamento del Putumayo, en predios propiedad de los señores José Olmedo Álvarez, Guillermo Bravo y Carmen Luna, en zona rural de la vereda La Tebaida, jurisdicción del municipio de Mocoa, Departamento del Putumayo, sobre las Coordenadas Geográficas Origen WGS84 01°05´57,1” N y 76°42´20,7” W, a 941 m.s.n.m. Ver figura No 1.

Ver figura No 1: Localización de la bocatoma

Fuente: Google Earth

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Nombres y Apellidos Cargo Firma

Elaboró: María Carolina Chicunque/ Maritza Yumila Quenama

Chachinoy Contratista-DTP

Revisó: Jonathan Caicedo Pazos Líder Recurso Hídrico

Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

Para acceder al sitio donde se ubica el proyecto, se realiza un recorrido desde la cabecera municipal de Mocoa hasta la vereda La Tebaida; posteriormente se inicia el recorrido por un camino de herradura de aproximadamente cuarenta (40) minutos, hasta llegar al sitio de captación sobre el Rio Dorado.

6.3 Información General

El proyecto “CONSTRUCCION MACROACUEDUCTO INTERVEREDAL VILLAGARZON – LA JOYA”, se ejecutó mediante Proceso de Licitación Pública No- LP-010-2011, Contrato de Obra No. 056 del 19 de diciembre de 2011; por un valor total de $12.137.584.273,09. La Concesión de Aguas Superficiales otorgada con Resolución DTP No. 0376 del 30 de diciembre de 2011, modificada por la Resolución No 063 del 13 de marzo del 2012, contempla Concesión de Aguas Superficiales para el Acueducto en una cantidad de 20,80 L/s y vigencia de diez (10) años.

De acuerdo a la información que reposa en el expediente CO-06-86-885-X-002-074-11 y AU-06-86-885-X-002-074-11, el acueducto interverdal la Joya se proyecta para el abastecimiento de una población de 4242 habitantes del municipio de Villagarzón, que corresponde a 20 veredas, en las que se encuentra: Porvenir, Canangucho, Champanat, Alemania, La Paz, Uchupayaco, Oroyaco, Islandia, Las Minas, Villa Hermosa, Puerto Umbría, Simón Bolívar, San Luis, La Mariposa, El Desierto, La Palanca, Las Palmeras, Rio Blanco, Alto Sinaí y Naranjito.

La captación se realiza sobre el rio Dorado Afluente del rio Pepino, la cual se encuentra localizada en terreno topográficamente ondulado, con pendientes fuertes, a moderadas, La cobertura vegetal en la parte alta de la fuente hídrica se caracteriza por presencia de bosque de galería y primario, se verifica aguas debajo de la bocatoma, la conservación la faja de protección de la fuente. Respecto a los usos de suelo circundante al área de proyecto están dedicados principalmente actividades de conservación, pastos para ganadería, a un que en la inspección ocular se verifico zonas de potreros en renegación natural y cultivos agrícolas. Realizada la verificación en campo y la información que reposa en el expediente CO-06-86-885-X-002-074-11 y AU-06-86-885-X-002-074-11, como diseños y memorias de cálculo, el sistema de Acueducto está conformado por las siguientes unidades:

Bocatoma lateral

Línea de Aducción

Desarenador

Planta de tratamiento Agua Potable

Tanque de almacenamiento Principal

Sistema de conducción

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Elaboró: María Carolina Chicunque/ Maritza Yumila Quenama

Chachinoy Contratista-DTP

Revisó: Jonathan Caicedo Pazos Líder Recurso Hídrico

Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

La bocatoma lateral: se encuentra dotada de una rejilla de fondo metálica que permite el ingreso del caudal captado e impide el paso de sedimentos gruesos y material flotante; cuenta con una compuerta para realizar labores de lavado y desagüe, un predisedimentador que permite la eliminación de arenas, gravas y la cámara de derivación de donde sale la línea de conducción en tubería PVC de 6”.

Descripción: Bocatoma caja de derivación Fuente: Este Concepto Figura Nro. 1

Descripción: Verificación de la bocatoma Fuente: Este Concepto Figura Nro. 2

El sedimentador: Se encuentra construido en concreto reforzado, que se ubica sobre las Coordenadas Geográficas Origen WGS84 01°05´55,8” N y 76°42´19,1” W, a 953 m.s.n.m. este cumple la función de sedimentador las arenas y material flotante que no retiene el presedimentador, además consta de una cajilla de rebose, válvulas de ingreso, válvulas de salida, cuenta con tubería de ingreso del caudal de la captación y salida a la PTAP de PVC de 6”.

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CONCEPTO TÉCNICO Nro. 421

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO A LA RESOLUCIÓN No. 063 DEL 13/03/2012, POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES Y PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE PARA EL PROYECTO “ESTUDIOS, DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN ACUEDUCTO INTERVEREDAL - LA JOYA, MUNICIPIO DE VILLAGARZON, DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO.

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Elaboró: María Carolina Chicunque/ Maritza Yumila Quenama

Chachinoy Contratista-DTP

Revisó: Jonathan Caicedo Pazos Líder Recurso Hídrico

Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

Descripción: Sedimentador Fuente: Este Concepto

Figura Nro. 3 y 4

Planta de Tratamiento de Agua Potable, construida en concreto reforzado, localizada sobre las coordenadas geográficas Datum WGS84 01°05´57,1” N y 76°42´20,7” W a 864 msnm, el proceso de tratamiento es mediante filtración lenta, filtración rápida y sistema de cloración residual; durante la visita se verifico que esta planta no se encuentra en funcionamiento y el agua captada llega directamente al tanque de almacenamiento sin tratamiento previo.

Descripción: PTAP Fuente: Este Concepto Figura Nro. 5

Descripción: tubería de entrada a la PTAP Fuente: Este Concepto Figura Nro. 6

Tanque de Almacenamiento: Construido en concreto reforzado, se ubica contigua a la planta de tratamiento cuenta con una capacidad aproximada de 550m3, el cual se encuentra operando, no presenta fugas, grietas, se verificó que el agua está ingresando directamente del desarenador al tanque, no se está realizando tratamiento previo e igualmente no se realiza contacto de cloración.

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Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

Descripción: Tanque de almacenamiento

Fuente: Este Concepto Figura Nro. 7 y 8

Posteriormente el agua es conducida y distribuida a la población a beneficiaria 6.4. Captación

Se realiza del rio el Dorado mediante una Bocatoma de Lateral en concreto, se localiza sobre las coordenadas geográficas origen WGS84 N 01º06'001” y W 076º42'25,1” a 912 m.s.n.m. Durante la visita se procedió a realizar el aforo de la fuente abastecedora (Rio Dorado), aproximadamente a seis (6) metros aguas arriba de la bocatoma, se empleó mediante el método de flotador, el día de la medición se realizó en tiempo de precipitación. El cual se obtuvo los datos que se relacionan en la siguiente tabla:

TABLA N°1: AFORO RIO El DORADO VEREDA LA TEBAIDA

PROFUNDIDAD

PUNTO A PUNTO B TOTAL AREA PROMEDIA

(m2) LONG (m) T (seg) V(m/s)

Q (l/s) Prf. (m)

ANCHO (m)

Prf. (m) ANCHO

(m)

1 0,7

6,7

0,4

9,1 10,95

14,5

10,70

1,8 16167

2 0,55 0,45 9,70

3 0,57 0,55 11,1

4 0,76 0,6 11,41

5 1,08 0,62

t promedio 10,50 6 1,2 0,7

7 1,5 0,88

8 1,6 1,3

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Descripción: área de aforo

Fuente: Este Concepto Figura Nro. 9 y 10

Fuente Hídrica abastecedora: Rio Dorado

Microcuenca/Subcuenca/Cuenca a la que pertenece: Rio Pepino.

Localización: La Tebaida.

Punto(s) de Captación

Localización N/W Caudal

Concesionado (L/s)

Uso Autorizado

Caudal Captado (L/s)

Uso

1 01°05’57.1” N

076°42’20.7” W 20.80 L/s

Consumo doméstico

No fue posible aforar porque no tienen sistema de

medición.

Consumo doméstico.

Uso: Agropecuario, Industrial, Consumo Humano, Agrícola, Ganadería, Piscícola.

Cuenta con Concesión de Aguas subterráneas: Si No_x___ Cuenta con Sistema de Tratamiento: Si _X_ No _, Cual: filtración lenta, filtración rápida y sistema de cloración residual

El Rio El Dorado presenta un caudal promedio de 16167 L/s, no fue posible determinar el caudal captado, en la bocatoma debido a que no cuenta con un sistema de medición de caudal, sin embargo, se observó que el caudal de la fuente hídrica, presuntamente no genera pérdida de biodiversidad ni la disponibilidad del recurso hídrico, sin embargo, se presume que la infraestructura y condiciones de la zona presenta modificación de la morfología fluvial y alteración del cauce de la fuente. 6.5. Situación Encontrada

Realizada la verificación en campo se evidencia que donde se ubica la bocatoma, parte de la infraestructura se encuentra en área de socavación del fondo del lecho del rio, de acuerdo a lo observado la socavación se presenta debido a la morfología del rio en la zona, y la obra hidráulica

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construida sobre la zona, lo que genera que el caudal de rio se desvía al área donde se encuentra socavando, y disminuye la dirección del caudal al punto donde se encuentra la captación lateral.

Descripción: zona de socavación

Fuente: Este concepto Imagen No: 11 y 12

De acuerdo a la información suministrada por el profesional que realizo el acompañamiento Guillermo Hueca, se realiza labores periódicas en el movimiento de piedras manualmente para tratar de conducir el caudal al punto de captación, ya que cuándo no se realiza la actividad el agua que ingresa a la cámara de derivación es mínima, lo que dificulta el abastecimiento a la población beneficiaria. De acuerdo a la verificación de la socavación de fondo del lecho del rio, se evidencia que la bocatoma se encuentra en riesgo de colapso, lo que puede generar interrupción total del servicio del líquido vital para la población se beneficia de dicho acueducto. Además, se observó en la cámara de derivación la instalación adicional de un tubo a corroído de PVC de 4”, el cual el caudal no llega a al desarenador, se encuentra conectado aproximadamente a cincuenta (50) metros de la ubicación del desarenador, directamente al tubo de conducción entre el desarenador y la planta de tratamiento. De acuerdo a la información suministrada por el profesional que realizo el acompañamiento Guillermo Hueca, menciona que la instalación del tubo el cual cuenta con una longitud aproximadamente de 250 metros, se realizó debido la falta de presión del agua y se dificultaba para la conducción. Realizada la revisión documental del expediente no se verifica información que soporte sobre la realización esta activada en el área.

Punto captación Área de socavación

Área socavada

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En el momento de la inspección ocular se evidencia que también se capta del tubo que conduce el agua hasta el desarenador.

Descripción: Instalación del tubo de 4” Fuente: Este concepto Imagen No: 13.

Descripción: Conexión del tubo adicional Fuente: Este concepto Imagen No: 14.

Realizada la verificación a la planta de tratamiento de agua potable del acueducto interveredal la Joya, se observa que se ha realizo actividades de mantenimiento y limpieza de dicha planta y el área circundante, sin embargo, no se encuentra en funcionamiento.

Descripción: Limpieza de la PTAP y

Fuente: Este concepto Imagen No: 15 y 16.

Tubo instalado

Conducción directa

Conducción principal

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Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

De acuerdo a la información suministrada por el profesional que realizo el acompañamiento Guillermo Hueca, menciona que se realizan actividades en la planta debido a que la nueva administración de Villagarzón está dispuesta en poner en marcha el funcionamiento de dicha planta para garantizar el agua potable a la población beneficiaria, agrega que la población ha crecido y que el caudal otorgado no abastece a toda la población.

Que realizada la revisión documental de expediente se verifica que de acuerdo al seguimiento y monitoreo al trámite ambiental la planta de tratamiento no opero desde su construcción, el agua es captada y pasa el tanque desarenador y posteriormente conducida el tanque de almacenamiento y posteriormente a la red de distribución.

Es de aclarar que es importante realizar el tratamiento previo al agua para el consumo humano con el fin de eliminar los contaminantes mediante operaciones de tratamiento y en su almacenamiento la cloración para la distribución y así garantizar el suministro continuo de agua inocua a la población beneficiaria.

6.6. ESTADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTEMPLADAS EN LA RESOLUCIÓN DTP NO. 0376 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2011, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN NO 063 DEL 13 DE MARZO DEL 2012.

Para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución en mención, se realizó la visita de inspección ocular a la fuente autorizada e igualmente la revisión documental del expediente tipificado con código: CO-06-86-885-X-002-074-11 y AU-06-86-885-X-002-074-11, obteniendo los siguientes resultados:

No OBLIGACIONES

ESTADO DE CUMPLIMIENTO

% DE CUMPLIMIENTO

1. Abstenerse de transferir por venta, donación o permuta las aguas de uso público o constituir sobre ellas derechos personales o de otra naturaleza.

Cumple: Realizada la verificación en campo y la revisión del expediente se verifica que el titular del trámite ambiental no ha realizado acciones en contra o incumpliendo esta obligación

100

2. Cumplir con las disposiciones legales referentes al uso y goce de las aguas para su mejor aprovechamiento salubridad e higiene, ocupación de bienes de uso público y aquellas sobre las mismas materias rijan en un futuro, no habiendo posterior reclamación por su parte.

Cumple: Realizada la verificación se evidencia que la fuente se encuentra libre de residuos, el uso que se da la fuente es el dispuesto en la autorización de la concesión

100

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CONCEPTO TÉCNICO Nro. 421

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO A LA RESOLUCIÓN No. 063 DEL 13/03/2012, POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES Y PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE PARA EL PROYECTO “ESTUDIOS, DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN ACUEDUCTO INTERVEREDAL - LA JOYA, MUNICIPIO DE VILLAGARZON, DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO.

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Nombres y Apellidos Cargo Firma

Elaboró: María Carolina Chicunque/ Maritza Yumila Quenama

Chachinoy Contratista-DTP

Revisó: Jonathan Caicedo Pazos Líder Recurso Hídrico

Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

No OBLIGACIONES

ESTADO DE CUMPLIMIENTO

% DE CUMPLIMIENTO

3. Solicitar a la Corporación autorización previa en caso de ceder y hacer traspaso total o parcial de la concesión otorgada.

Cumple: Realizada la revisión del expediente y la información levantada en campo a un el titular del trámite es quien se lo otorgo la concesión inicialmente.

100

4. Preservar la calidad de las aguas, cuidar y mantener la vegetación protectora de la misma.

Cumple: Realizada la verificación en campo se evidencia cobertura vegetal sobra la faja de protección de la fuente hídrica, además se evidencia libre de residuos sólidos sobre su cauce.

100

5. Dar a las aguas objeto de esta concesión el uso dispuesto.

Cumple: el uso que se da la fuente es el dispuesto en la autorización de la concesión.

100

6 Implementar sistema de tratamiento que garanticen la remoción de sólidos en suspensión antes de los vertimientos sobre el sitio receptor dando cumplimiento a lo establecido en el decreto 1594 de 1984.

Cumple: Realizada la verificación en campo se evidencia que los desagües se instalan en el desarenador lo que permite la sedimentación de sólidos.

100

7 En ningún momento se podrá exceder del caudal autorizado para la captación de aguas superficiales y debe contar con los instrumentos de medición del caudal captado, con el objeto de verificar la cantidad de agua que se está captando.

No cumple: Realizada la verificación en campo la bocatoma no cuenta no cuenta con instrumentos de medición de caudal.

0

8 Preservar la calidad de las aguas, cuidar y mantener la vegetación protectora de la misma.

Repetida en la obligación cuarta.

9 Dar a las aguas objeto de esta concesión el uso dispuesto

Repetida en la obligación quinta

10. En el evento de generarse sobrantes devolverlos a la fuente de manera adecuada, sin generar impactos que causen deterioro ambiental sobre el medio.

Cumple: Realizada la verificación en campo se evidencia que los desagües son conducidos mediante

100

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CONCEPTO TÉCNICO Nro. 421

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO A LA RESOLUCIÓN No. 063 DEL 13/03/2012, POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES Y PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE PARA EL PROYECTO “ESTUDIOS, DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN ACUEDUCTO INTERVEREDAL - LA JOYA, MUNICIPIO DE VILLAGARZON, DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO.

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Elaboró: María Carolina Chicunque/ Maritza Yumila Quenama

Chachinoy Contratista-DTP

Revisó: Jonathan Caicedo Pazos Líder Recurso Hídrico

Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

No OBLIGACIONES

ESTADO DE CUMPLIMIENTO

% DE CUMPLIMIENTO

tubería la fuente receptora sin generar impacto o deterioro al ambiente.

11 El titular de la presente providencia deberá invertir el 1% del valor del proyecto en la compra de predios ubicados en la cuenca del río pepino. Para la ejecución de la presente medida el titular de la concesión deberá adquirir los predios en los primeros cinco años del término de duración de la presente concesión.

No Cumple: Realizada la revisión del expediente no se registra información referente al cumplimiento de esta obligación

0

12 Presentar ante la Dirección Territorial Putumayo, los costos de operación anual del proyecto, dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la resolución.

No Cumple: Realizada la revisión del expediente no se registra información referente al cumplimiento de esta obligación

0

13 Cancelar a favor de CORPOAMAZONIA, en la cuenta que se designe el valor correspondiente de las tarifas por los servicios de seguimiento y monitoreo de la presente resolución y tasa por uso de agua, de conformidad con lo establecido en las Resoluciones No. 0029 y No. 0260 de 2011.

No Cumple: Realizada la verificación del expediente no se evidencia recibos de pago por los servicios de seguimiento y monitoreo de los años se encuentra pendiente realizar el pago de los años: 2014, 2015, 2016, 2017, 2019 y 2020 y respecto a tasa por uso de agua las siguientes facturas: 25, 059 y 129

0

14 Permitir y facilitar a los funcionarios de CORPOAMAZONIA la realización de las visitas técnicas de seguimiento y monitoreo

Cumple: Para realizar la verificación en campo se contó con el acompañamiento de un profesional de la administración de Municipal de Mocoa.

100

15 El titular de la presente providencia en caso de ser necesario deberá tramitar con los propietarios, tenedores, poseedores u ocupantes los permisos requeridos para la

Cumple: Realizada la revisión documental del expediente se verifica que reposan copias de anexos de

100

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CONCEPTO TÉCNICO Nro. 421

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Elaboró: María Carolina Chicunque/ Maritza Yumila Quenama

Chachinoy Contratista-DTP

Revisó: Jonathan Caicedo Pazos Líder Recurso Hídrico

Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

No OBLIGACIONES

ESTADO DE CUMPLIMIENTO

% DE CUMPLIMIENTO

ejecución del proyecto, así como las que sean necesarias durante la vida útil del mismo.

permiso de servidumbre los cuales se encuentra desde la página 379 a la 402

RESOLUCIÓN NO 063 DEL 13 DE MARZO DEL 2012.

16 Por otra parte, el término que se otorga para el permiso de ocupación de cauce corresponderá al de la duración de las obras que se ejecuten sobre el río La Joya y que tengan que ver con la construcción de la bocatoma y sus obras complementarias, para lo cual el titular de la presente providencia deberá informar a esta entidad la fecha de iniciación de ejecución de las citadas obras presentando un cronograma de actividades. De igual manera deberá presentar a CORPOAMAZONIA un informe de avance de ejecución cuando esta se encuentre en un cincuenta por ciento y otro final cuando se encuentre el cien por ciento de ejecución.

Cumple parcialmente: Realizada la revisión documental de expediente se evidencia que presenta informes del desarrollo de la actividad, pero no los informes de avance de ejecución cuando esta se encuentre en un cincuenta por ciento y otro final cuando se encuentre el cien por ciento de ejecución.

50

17 En todo caso el titular de la presente providencia deberá cancelar el valor de las visitas que se originen con relación a las visitas que se efectúen con motivo del trámite codificado con el número CO-AU-06-86-885-X002-074-11, para lo cual CORPOAMAZONIA liquidara y remitirá a la Administración Municipal de Villagarzón la correspondiente liquidación, la cual deberá efectuarse dentro de los cinco días siguientes a la fecha de entrega del documento antes citado en la cuenta bancaria que para el efecto se le indique.

Se esta obligación es similar al numeral 14

18 Para la ejecución de las obras que se autorizan en la ocupación de cauce estas deberán ejecutarse tal y como fueron presentadas en los diseños y documentos que se allegaron a esta entidad

Cumple: Realizada la información del expediente las obras se realizaron de acuerdo a las presentadas en los diseños ante esta

100

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CONCEPTO TÉCNICO Nro. 421

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO A LA RESOLUCIÓN No. 063 DEL 13/03/2012, POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES Y PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE PARA EL PROYECTO “ESTUDIOS, DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN ACUEDUCTO INTERVEREDAL - LA JOYA, MUNICIPIO DE VILLAGARZON, DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO.

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Chachinoy Contratista-DTP

Revisó: Jonathan Caicedo Pazos Líder Recurso Hídrico

Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

No OBLIGACIONES

ESTADO DE CUMPLIMIENTO

% DE CUMPLIMIENTO

entidad respecto las bocatoma,

19 Cualquier modificación que se efectúe a los diseños y demás documentos presentados podrá realizarse previo concepto favorable de CORPOAMAZONIA, para lo cual el solicitante deberá allegar solicitud por escrito con todos los soportes y cancelar los costos que se originen por tales actuaciones.

No cumple: Realizada la verificación de campo respecto a la bocatoma se realizan actividades sin informar de dichas actividades ante CORPORMAZONIA

0

7 CONCEPTO

De acuerdo a la visita de seguimiento y monitoreo y la revisión de información que reposa en el expediente código: CO-AU-06-86-885-X-002-074-11, de verificación al cumplimiento de las obligaciones contempladas en la Resolución DTP No. 0376 del 30 de diciembre de 2011, modificada por la Resolución No 063 del 13 de marzo del 2012, donde se establece diecinueve (19) obligaciones, de las cuales tres se repiten, por lo anterior el titular del trámite debe cumplir con dieciséis obligaciones, y de acuerdo al resultado de seguimiento y monitoreo se determina que cumple con diez (10) obligaciones que representan el 62,5 %, e incumple con cinco (05) obligaciones que representan el 31,2%, y una cumple parcialmente. que representan el 6 % Que la obligación que presenta incumplimiento corresponde a las siguientes:

1. En ningún momento se podrá exceder del caudal autorizado para la captación de aguas superficiales y debe contar con los instrumentos de medición del caudal captado, con el objeto de verificar la cantidad de agua que se está captando: Realizada la revisión en campo no fue posible aforar para determinar el caudal captado, debido a que no cuentan con un instrumento de medición de flujo, por lo anterior para el cumplimiento de esta obligación se requiere las instalación en un término de 30 días hábiles de dicho instrumento y una vez instalado informa a la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA.

2. El titular de la presente providencia deberá invertir el 1% del valor del proyecto en la compra de predios ubicados en la cuenca del río pepino. Para la ejecución de la presente medida el titular de la concesión deberá adquirir los predios en los primeros cinco años del término de duración de la presente concesión. Realizada la revisión documental del expediente no se verifica soporte de adquisición de predio en el cumplimiento de esta obligación, por lo anterior se requiere que en un término de 30 días hábiles presente ante la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA soportes de la gestión de cumplimento ya que el termino establecido para

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el cumplimiento a esta obligación fue los primeros cinco años sin embargo a la fecha no se evidencia el cumplimento de la misma.

3. Presentar ante la Dirección Territorial Putumayo, los costos de operación anual del proyecto, dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la resolución. Realizada la revisión documental del expediente no se verifica los costos de operación anual del proyecto en el cumplimiento de esta obligación, por lo anterior se requiere que en un término de 30 días hábiles presente ante la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA este requerimiento para dar cumplimiento a esta obligación.

4. Cancelar a favor de CORPOAMAZONIA, en la cuenta que se designe el valor correspondiente de las tarifas por los servicios de seguimiento y monitoreo de la presente resolución y tasa por uso de agua, de conformidad con lo establecido en las Resoluciones No. 0029 y No. 0260 de 2011. Que, realizada la revisión documental del expediente codificado: CO-AU-06-86-885-X-002-074-11 y el Sistema Información Seguimiento Ambiental (SISA), con relación a la cancelación por concepto de seguimiento y monitoreo y Tasa por Uso de Agua no se reflejan los pagos que se relacionan en la siguientes Tabla No.1 y 2:

Tabla No.2: Valor por concepto de seguimiento y monitoreo

Respecto a Tasa por Uso de Agua no se evidencia los pagos de las facturas que se relaciona continuación.

Tabla No. 3: Facturas de Tasa por Uso de Agua ESTADO DE CARTERA

TASA POR USO DE AGUA

EXPEDIENTE: CO-06-86-885-X-002-074-11

VIGENCIA CUENTA

No. VALOR

FACTURADO INTERES

VALOR POR

PAGAR OBSERVACIONES

2016 25 554.933 458.000 1.012.933 Liquidación de interés desde el 24/05/2017 al 30/04/2020

FECHA VALOR DE LA

LIQUIDACIÓN CONCEPTO TÉCNICO DÍA MES AÑO

12 11 2014 $1.035.600 CT-DTP-1297-2014

15 10 2015 $1.028.853 CT-DTP-1226-2015

09 09 2016 $581.400 CT-DTP-1692-2016

18 12 2017 $1.223.800 CT-DTP-1047-2017

21 02 2019 $1.273.900 CT-DTP-096-2019

05 04 2020 $1.326.000 CT-DTP-0421-2020

TOTAL $6.469.553

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CONCEPTO TÉCNICO Nro. 421

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2017 059 298.925 148.000 446.925 Liquidación de interés desde el 12/07/2018 al 30/04/2020

2017 129 234.694

109.000 343.694 Liquidación de interés desde el 12/07/2018 al 30/04/2020

Total 1.088.552 715.000 1.803.552

RESUMEN

VALOR TOTAL FACTURADO 1.088.552,00

VALOR INTERESES 715.000,00

VALOR TOTAL A PAGAR 1.803.552,00

Razón por el cual, se adeuda un saldo total por concepto de seguimiento y monitoreo y Tasa por Uso de Agua, por el valor de OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CINTOS PESOS ($8.273.105) M/CTE, por lo anterior es necesario se realice los respectivos pagos y si ya se efectuaron hacer allegar los comprobantes de pago a las oficinas de CORPOAMAZONIA. Se informa que los pagos a realizar se efectúen en las siguientes cuentas:

Tabla No. 4 Cuentas

Pagos por Concepto No. De cuenta Tipo de Cuenta Banco Valor total ($)

Seguimiento y

Monitoreo

598-163210 Ahorros BBVA 6.469.553

Tasa por Uso de

Aguas

598-289924 Ahorros BBVA 1.803.552

Que mediante oficio DTP-1963 del 29 de mayo de 2020, el cual fue notificado por correo electrónico, se realiza una aclaración correspondiente al párrafo donde menciona “Se determina con respecto a seguimiento y monitoreo el valor total de SÍES MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($11.657.924) M/CTE,” como se evidencia en el párrafo el valor subrayado y en negrita no corresponde el valor de letreado, por lo anterior se aclara que el valor que adeuda por seguimiento y monitoreo corresponde a SÍES MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS, e incluyendo el valor de seguimiento y monitoreo correspondiente al año 2020, como se puede evidenciar en la tabla No.2, de este concepto

5. Cualquier modificación que se efectúe a los diseños y demás documentos presentados podrá realizarse previo concepto favorable de CORPOAMAZONIA, para lo cual el solicitante deberá allegar solicitud por escrito con todos los soportes y cancelar los costos que se originen por tales actuaciones. Realizada la revisión en campo se evidencia la instalación de un tubo de 4” sobre la caja de derivación de la bocatoma, revisado el expediente el cual reposa la autorización de concesión, no se verifica que repose solicitud por escrito ante la dirección Territorial Putumayo sobre la realización de esta actividad en el acueducto la Joya.

Que la obligación que cumple parciamente corresponde a la siguiente:

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Aprobó Harold Roberto Mora Acosta Director Territorial Putumayo

Por otra parte, el término que se otorga para el permiso de ocupación de cauce corresponderá al de la duración de las obras que se ejecuten sobre el río La Joya y que tengan que ver con la construcción de la bocatoma y sus obras complementarias, para lo cual el titular de la presente providencia deberá informar a esta entidad la fecha de iniciación de ejecución de las citadas obras presentando un cronograma de actividades. De igual manera deberá presentar a CORPOAMAZONIA un informe de avance de ejecución cuando esta se encuentre en un cincuenta por ciento y otro final cuando se encuentre el cien por ciento de ejecución: Realizada la revisión documental de expediente se evidencia que presenta informes del desarrollo de la actividad, pero no los informes de avance de ejecución de las obras en el desarrollo del 50% y el final cuando se encuentre el cien por ciento de ejecución, por lo anterior se requiere que en un término de 30 días hábiles se allegue la información ante la Dirección Territorial Putumayo y dar cumplimiento a esta obligación. Que realizada la visita técnica de inspección ocular al trámite ambiental de concesión de aguas superficial otorgado al municipio de Villagarzón para el acueducto interveredal la Joya, se evidencia la socavación de fondo del lecho del rio, donde se ubica la bocatoma, situación que pone en riesgo de colapso total de la infraestructura, lo que puede generar interrupción total del servicio del líquido vital para la población se beneficia de dicho acueducto. la socavación se presume que se da debido a la geomorfología de la zona y a esto se suma la intervención lateral del rio para la construcción de la bocatoma, lo que acelera la socavación del fondo del rio. En caso de realizar acciones en dicha infraestructura se requiere la autorización de ocupación de cuece por esta entidad.

De acuerdo al incumplimiento de las obligaciones en la Resolución DTP No. 0376 del 30 de diciembre de 2011, modificada por la Resolución No 063 del 13 de marzo del 2012, con relación al artículo sexto, “CORPOAMAZONIA podrá revocar o suspender la presente resolución, cuando quiera que las condiciones y exigencias por ella establecida no se estén cumpliendo conforme a los términos del presente acto, así el incumplimiento de las normas y de las obligaciones impuestas mediante esta Resolución dará lugar a la aplicación de las sanciones contempladas en el artículo 85 de la Ley 99 de 1993, previo el trámite sancionatorio respectivo” por tal motivo se requiere que la Administración Municipal de Villagarzón, realice el cumplimento total de las obligaciones y allegar informes, recibos de pago y demás requerimientos realizados en este concepto ante esta entidad con el fin de evitar el inicio de un proceso administrativo sancionatorio. Que realizada la revisión documental de expediente se verifica que de acuerdo al seguimiento y monitoreo al trámite ambiental la planta de tratamiento no opera desde su construcción, el agua es captada y pasa el tanque desarenador y posteriormente conducida el tanque de almacenamiento y posteriormente a la red de distribución, por lo anterior se recomienda se ponga en funcionamiento dicha planta con el fin distribuir agua potable a la población beneficiaria.

8 RECOMENDACIONES

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8.1. AL TITULAR DEL TRÁMITE

Dar total cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Resolución DTP No. 0376 del 30 de diciembre de 2011, modificada por la Resolución No 063 del 13 de marzo del 2012, el cual reposa en el expediente de código. CO-AU-06-86-885-X-002-074-11.

Presentar informes y soportes de pago (recibos de consignación originales y/o copias), correspondientes al pago de las visitas de seguimiento y monitoreo y recibos de consignación originales y/o copias), por Concepto de Tasa por Uso de Agua, y edemas requerimientos de este concepto en un término de 30 días hábiles ante esta Corporación.

Informar con anticipación a CORPOAMAZONIA, todas aquellas modificaciones o ampliaciones que se pretendan realizar sobre el sistema de abastecimiento de recurso hídrico.

Desde el área de ocupación de cauce se solicita dar especial cumplimiento al numeral 16 de la Resolución No 063 del 13 de marzo del 2012, dado que durante la visita de inspección ocular se aprecia que la ejecución de la obra ya se encuentra finalizada en su totalidad de acuerdo a los diseños y especificaciones técnicas del proyecto, y por lo tanto es necesario allegar la documentación restante para dar cumplimiento a esta obligación y proceder al cierre.

Poner en funcionamiento la Planta de Tratamiento de Agua Potable, presentar informe de las actividades a realizar para dicho fin ante la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA.

8.2. A CORPOAMAZONIA

Realizar los requerimientos pertinentes al usuario, respecto al incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución DTP No. 0376 del 30 de diciembre de 2011 y demás aspectos incluidos en el presente concepto técnico.

En caso de que no haya pronunciamiento por parte del titular, remitir el presente concepto técnico o el Expediente CO-PE-06-86-885-X-002-074-11, a la oficina jurídica de la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA, para su conocimiento y fines pertinentes.

Remitir el presente concepto técnico como soporte para dar viabilidad al cierre del trámite de permiso de ocupación de cauce, código expediente: AU-06-86-885-X-002-074-11

Es el concepto,

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MARITZA YUMILA QUENAMA CHACHINOY Contratista DTP

CORPOAMAZONIA

MARIA CAROLINA CHICUNQUE Contratista-DTP

CORPOAMAZONIA

Apoyó. Magali Huaca Ruiz Contratista-DTP

CORPOAMAZONIA

Vo. Bo. HAROLD ROBERTO MORA ACOSTA Director Territorial Putumayo

CORPOAMAZONIA