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CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014
PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES
MODALIDAD: CONCURSO DE MÉRITOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO
ABIERTO CON PROPUESTA TÉCNICA SIMPLIFICADA
OBJETO:
ELABORACIÓN Y EVALUACIÓN DE ESTUDIOS DE VULNERABILIDAD SÍSMICA Y
REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Y/O DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y CÁLCULO
ESTRUCTURAL DE LA EDIFICACIÓN DE ACUERDO CON LOS RESULTADOS DEL
ESTUDIO DE VULNERABILIDAD DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA DE LA SEDE
DEL INSTITUTO POPULAR DE CULTURA SEDE SAN FERNANDO UBICADA EN LA
CALLE 4 NO. 27-140 DE CALI, DE ACUERDO CON LA NORMA NSR-10
CALI VALLE, DICIEMBRE DE 2014
CAPITULO I
2
GENERALIDADES Y FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. DEFINICION DE LA NECESIDAD
La sede San Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC, se encuentra ubicada en
la Calle 4 No. 27-140 de Cali, en una edificación construida en el año 1950, época
desde la cual se han presentado grandes avances tecnológicos en áreas de la
ingeniería y la arquitectura que buscan hacer edificaciones más seguras y resistentes
a los desastres naturales. Acorde a este avance tecnológico también se ha
actualizado la normatividad y es así como se han expedido las normas Colombianas
de Diseño y Construcción NSR-10 la Ley 400 de 1.997 y decreto 33 de 1.988.
La Ley 400 de 1997, modificada por la Ley 1229 de julio 16 de 2008, en su Artículo 1º,
tiene por objeto “establecer criterios y requisitos mínimos para el diseño, construcción
y supervisión técnica de edificaciones nuevas, así como de aquellas indispensables
para la recuperación de la comunidad con posterioridad a la ocurrencia de un sismo,
que puedan verse sometidas a fuerzas sísmicas y otras fuerzas impuestas por la
naturaleza o el uso, con el fin de que sean capaces de resistirlas, incrementar su
resistencia a los efectos que estas producen, reducir a un mínimo el riesgo de pérdida
de vidas humanas, y defender en lo posible el patrimonio del Estado y de los
ciudadanos.
Además, señala los requisitos de idoneidad para el ejercicio de las profesiones
relacionadas con su objeto y define las responsabilidades de quienes las ejercen, así
como los parámetros para la adición, modificación y remodelación del sistema
estructural de edificaciones construidas antes de la vigencia de la presente Ley.
Parágrafo.- Una edificación diseñada siguiendo los requisitos de este Reglamento,
debe ser capaz de resistir además de las fuerzas que le impone su uso, temblores de
poca intensidad sin daño, temblores moderados sin daño estructural, pero
posiblemente con algún daño a los elementos no estructurales y un temblor fuerte con
daños a elementos estructurales y no estructurales pero sin colapso.
El cuidado tanto en el diseño como en la construcción y la supervisión técnica, son
fundamentales para la sismo resistencia de estructuras y elementos no estructurales.”
El Artículo 54, Actualización de las Edificaciones Indispensables dice: “A las
construcciones existentes cuyo uso las clasifique como edificaciones indispensables y
de atención a la comunidad, localizadas en zonas de amenaza sísmica alta e
intermedia, se les debe evaluar su vulnerabilidad sísmica, de acuerdo con los
procedimientos que habrá de incluir el Título A de la reglamentación, en un lapso no
mayor de tres (3) años contados a partir de la vigencia de la presente Ley. (Ver Anexo
Modificaciones técnicas y Científicas - literal A.10.9.1 – ALCANCE – (e))
3
Estas edificaciones deben ser intervenidas o reforzadas para llevarlas a un nivel de
seguridad sísmica equivalente al de una edificación nueva diseñada y construida de
acuerdo con los requisitos de la presente Ley y sus reglamentos, en un lapso no
mayor de seis (6) años contados a partir de la vigencia de la presente Ley.”.(Ver
Anexo Modificaciones Técnicas y Científicas - literal A.10.9.1–ALCANCE– (e))
El Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente – NSR-10, en su
Título A, Capítulo A.2.5, Coeficiente de Importancia, clasifica las edificaciones de
acuerdo a su tipo de uso y grado de importancia, para lo cual, las instituciones
educativas (Guarderías, escuelas, colegios, universidades y otros centros de
enseñanza) fueron clasificadas en el Grupo de Uso III, “Edificaciones de Atención a la
Comunidad”. (Ver A.2.5.1.2.)
Teniendo en cuenta lo anterior, las Leyes 400 de 1997 y 1229 de 2008 y los Decretos
0926 de 2010 y 2525 de 2010, el REGLAMENTO COLOMBIANO DE
CONSTRUCCION SISMO RESISTENTE, NSR-10, para la elaboración de los
diferentes proyectos que tengan que ver con los Estudios de Vulnerabilidad Sísmica y
Reforzamiento Estructural, establece unos criterios y requisitos mínimos para la
evaluación e intervención de éstos, mediante la cual, las diferentes propuestas que
resulten, se pueda escoger en un momento indicado, la que cumpla con los
requerimientos de éste.
En la sede San Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC se evidencian fisuras
en muros y pisos por lo que es indispensable realizar el estudio de vulnerabilidad
sísmica y reforzamiento estructural para garantizar la integridad de las personas que
hacen uso de estas instalaciones.
1.2. OBJETO
El Instituto Popular de Cultura IPC con NIT No. 900.431.928-3, Establecimiento
Público del Orden Municipal, adscrito a la Secretaria de Educación Municipal de
Santiago de Cali, Valle del Cauca, está interesado en recibir propuestas para la
elaboración y evaluación de los estudios de vulnerabilidad sísmica y reforzamiento
estructural y/o diseño arquitectónico y cálculo estructural de la edificación, de acuerdo
con los resultados del estudio de vulnerabilidad, de la infraestructura física de la sede
del Instituto Popular de Cultura sede San Fernando ubicada en la Calle 4 No. 27-140
de Cali, elaborando los diseños requeridos para su reforzamiento y actualización
sísmica de acuerdo con la norma NSR-10.
1.2.1 Objetivos específicos:
Evaluar el grado de vulnerabilidad sísmica y estructural del edificio, cumpliendo
con el reglamento y contenidos de la norma colombiana de diseño y construcción
Sismo Resistente actualizada (norma NSR-10), enespecial lo indicado para las
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edificaciones clasificadas en el grupo deuso III-Edificaciones Indispensables en el
Capítulo A.10.
Realizar los levantamientos estructurales y catastro arquitectónico (si no se
cuenta con los plano), ensayos de laboratorio, pruebas de resistencia de
materiales (núcleos), regatas (vigas y columnas), apiques (zapatas), estudio de
suelos y en general todas las actividades necesarias para evaluar la vulnerabilidad
sísmica de cada una de las estructuras.
Plantear posibles soluciones o tipos de refuerzo estructural, estableciendo
Conjuntamente con la Supervisión y el comité evaluador, la alternativa más
favorable o conveniente que deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:
a) Los costos de la alternativa propuesta.
Entregar los documentos técnicos necesarios, que permitan adelantarlas Obras de
rehabilitación y/o reforzamiento estructural dela edificación.
Todos los diseños deben realizarse cumpliendo la normatividad vigente.
1.2.2 Alcance:
Durante la ejecución del objeto antes descrito, el contratista debe cumplir con las
siguientes actividades las cuales se entenderán que se ajustan a lo establecido en la
Ley 400 de 1997 y en el Código NSR – 10 Normas Colombianas de Diseño y
Construcción Sismo Resistente (Decreto 926 de 2010, modificado mediante Decretos
2525 de 2010,092 de 2011 y 0340 de 2012)
a) Elaboración de un procedimiento para la recolección y análisis de la información
existente (levantamiento topográfico, estructural, metodología para la realización de
ensayos de campo y de laboratorio, etc.). Los ensayos que se requieran de cualquier
tipo, ya sean, parcialmente destructivos, regatas, apiques y demás, y la reconstrucción
deberá ser por cuenta del contratista.
b) Análisis de la información disponible, verificación y actualización de los espacios
existentes.
c) Análisis y descripción de la estructura actual.
d) Catastro del edificio, arquitectónico y estructural descripción de usos. (si no existen
planos).
e) Estudio de suelos y cimentación e informe necesario para rediseño estructural para el
cual se deberán tener en cuenta los parámetros e índices indicados en el estudio de
Microzonificación sísmica, para la obtención del espectro de diseño.
f) Levantamientos de lesiones y Determinación de las características físicas y mecánicas
del concreto.
g) Caracterización de la amenaza de acuerdo con la norma NSR-10, Vulnerabilidad
estructural de la edificación objeto del estudio.
h) Modelos y metodología de análisis estructural.
i) Informe del diagnóstico.
j) Presentación de alternativas de intervención y actualización estructural, incluyendo:
5
1. Planos estructurales y detalles de reforzamiento
2. Informe de verificación estructura actual con los planos Suministrados.
3. Informe del estudio de materiales.
4. Informe del estudio geotécnico.
5. Determinación del sistema estructural principal y su comportamiento Actual.
6. Modelación de la estructura.
7. Evaluación de la vulnerabilidad de la estructura existente.
8. Diagnóstico de la vulnerabilidad sísmica estructural y no estructural.
9. Registro Fotográfico del estudio.
10. Alternativas de solución.
11. Justificación alternativa final.
12. Recomendaciones para: la intervención y actualización, estructural y tratamiento
de elementos no estructurales.
13. Memorias y planos completos de los estudios realizados e intervenciones
Propuestas con soluciones eficientes, económicas y seguras.
14. Programación de obra (trabajos de intervención).
15. Entrega de análisis de precios.
16. Entrega de presupuesto.
17. Especificaciones técnicas.
18. Plantas arquitectónicas de las edificaciones existentes, Informe de verificación del
uso de los espacios arquitectónicos.
19. Diseño arquitectónico de acuerdo a los lineamientos que serán entregados al
momento de la adjudicación del contrato, especialmente para los espacios de
Cafetería, Camerinos y Salones Insonorizados en un área aproximada de 203,24
M2 distribuida en dos niveles.
1.3. DESCRIPCION TECNICA Y DETALLADA DEL BIEN Y/O SERVICIO A
CONTRATAR
En el Capítulo A.10 del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente,
NSR-10, “Evaluación e Intervención de Edificaciones construidas antes de la vigencia
de la presente versión del Reglamento” se establecen los criterios que se deben
seguir para los Estudios de Vulnerabilidad Sísmica.
A continuación se detalla el proceso que se debe seguir para la realización de dichos
estudios:
DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO
Para los Estudios de Vulnerabilidad Sísmica y de Reforzamiento Estructural de
edificaciones indispensables de los Grupos de Uso III y IV, se deben tener en cuenta
6
tres fases fundamentales a saber: (Ver A.10.1.4 – PROCEDIMIENTO DE
EVALUACION DE LA INTERVENCION del Reglamento NSR-10)
PRIMERA FASE – INFORMACION PRELIMINAR
Consiste en la búsqueda de toda la información necesaria concerniente al diseño y
construcción de la edificación original, para lo cual se tienen las siguientes etapas: Ver
etapas 1, 2 y 3 en A.10.1.4 del Reglamento NSR-10
SEGUNDA FASE – EVALUACION DE LA ESTRUCTURA EXISTENTE
Consiste en el estudio de la Vulnerabilidad Sísmica de la edificación para lo cual se
deben realizar las siguientes etapas: ver etapas 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de A.10.1.4 del
Reglamento NSR-10
TERCERA FASE – INTERVENCION DEL SISTEMA ESTRUCTURAL
Consiste en el planteamiento de las diferentes alternativas y recomendaciones para el
refuerzo sísmico de la edificación, de tal manera que cumpla con las especificaciones
del Reglamento vigente, NSR-10, según A.10.6, para lo cual se deben realizar las
siguientes etapas: Ver etapas 11 y 12 de A.10.1.4 del Reglamento NSR-10
RESULTADOS A ENTREGAR
Para efectos de establecer si la reparación es viable o no, deben realizarse, como
mínimo, los estudios e investigaciones que se describen a continuación:
Procedimiento de evaluación de los daños y del diseño de la reparación. (ver
A.10.10.2.1 del Reglamento NSR-10)
Información sobre la estructura y su estado. (Ver A.10.10.2.2 del Reglamento
NSR-10)
Criterios para diseñar la reparación y o reforzamiento estructural. (Ver
A.10.10.2.3 del Reglamento NSR-10)
Cálculos memorias y planos de la reparación y o reforzamiento estructural.
(Ver A.10.10.2.4 del reglamento NSR-10)
Diseño arquitectónico de la ampliación requerida a la planta física,
especialmente para los espacios de Cafetería, Camerinos y Salones
Insonorizados en un área aproximada de 203,24 M2 distribuida en dos niveles.
7
Diseño y cálculo estructural de la planta física ampliada.
Supervisión Técnica. (Ver A.10.10.2.5 del Reglamento NSR-10)
DE LOS PROFESIONALES DISEÑADORES, REVISORES DE DISEÑOS Y
DIRECTORES DE CONSTRUCCION
Es muy importante, que para la entrega de los resultados obtenidos en los Estudios de
Vulnerabilidad Sísmica, los Cálculos, las Memorias y los Planos, deban ir firmados por
un Ingeniero Civil, Arquitecto o Ingeniero Mecánico, que cumpla con las condiciones
establecidas en los Artículos 26, 27, 28 y 29, del Capítulo II, Título VI, de las Leyes
400 de 1997 y 1229 de 2008.
El Supervisor Técnico o Interventor encargado, por parte de la Institución o Empresa
Contratante, para la revisión de los diseños resultantes de los Estudios de
Vulnerabilidad, debe ser un Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero Mecánico, que
cumpla con los Artículos 30, 31 y 32 del Capítulo III, del Título VI, de las Leyes 400 de
1997 y 1229 de 2008.
Para el Reforzamiento Estructural, el Director de Construcción debe ser un Ingeniero
Civil, Arquitecto, Ingeniero Mecánico o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, que
cumpla con los Artículos 33 y 34 del Capítulo IV, del Título VI, de las Leyes 400 de
1997 y 1229 de 2008.
Todos los profesionales descritos con anterioridad, deberán tener matrícula
profesional y acreditar ante la Comisión Asesora Permanente para el Régimen de
Construcciones Sismo Resistentes, los requisitos de experiencia e idoneidad que se
señalan en todos los artículos enumerados.
DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
Ver Título IX, Capítulos 50 (Profesionales y Funcionarios), 51 (Constructores y
Propietarios) y 52 (Alcaldías), de las Leyes 400 de 1997 y 1229 de 2008.
ESTUDIOS DE MICROZONIFICACION SISMICA
En el caso de que en las ciudades donde se realizan los estudios de Vulnerabilidad
Sísmica existanlos estudios de Microzonificación Sísmica, las edificaciones se deben
evaluar, tanto con éstos, como con el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo
Resistente NSR-10 y se decidirá por el que resulte más crítico de los dos, así se
encuentren los de Microzonificación Sísmica, en trámite de aprobación por la
Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones Sismo Resistentes de
la Asociación de Ingeniería Sísmica.
8
De acuerdo a todo lo anteriormente enunciado, las planta física de la sede San
Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC construida antes de la entrada en
vigencia del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente – NSR-10,
deberá ser ACTUALIZADA OBLIGATORIAMENTE y para ello, deberán contar con
los Estudios de Vulnerabilidad Sísmica para su posterior intervención, ya sea, para
adición, modificación o remodelación del sistema estructural. Estas edificaciones
deben ser intervenidas o reforzadas para llevarlas a un nivel de seguridad sísmica
equivalente al de una edificación nueva diseñada y construida de acuerdo con los
requisitos de la presente Ley y sus reglamentos, en un lapso no mayor de seis (6)
años contados a partir de la vigencia de la presente Ley.
No se cuenta con registros o información que indique que a las instalaciones San
Fernando del Instituto Popular de CulturaIPC se le haya efectuado un estudio de
sismo resistencia o un reforzamiento estructural. En virtud de lo anterior y con el fin de
garantizar la prestación un servicio eficiente que en lo posible no se vea afectado por
la ocurrencia de un desastre natural, es necesario adelantar las actividades tendientes
a establecer las condiciones de sismo resistencia de la edificación y determinar si es
necesario efectuar un reforzamiento estructural a la misma.
1.4. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
1.4.1. Obligaciones del Consultor
Las establecidas en la Ficha Técnica de la presente convocatoria. (Anexo 5 del
presente pliego de condiciones)
El contratista deberá ejecutar el objeto contractual, conforme las
especificaciones técnicas correspondientes, cumpliendo con cada una de las
exigencias técnicas descritas en el presente proceso, de conformidad con la
propuesta presentada.
Presentar certificación expedida por el Revisor Fiscal de la empresa (Si lo
tiene) o por el representante legal acreditando el pago de aportes parafiscales
(Sena, ICBF, Caja de Compensación Familiar). Si la Persona Jurídica o la
persona natural se encuentra exonerada de pago de parafiscales, según el
artículo 25 de la Ley 1607 de 2012 Reforma Tributaria, dicha certificación debe
venir suscrita por el Revisor Fiscal de la Sociedad, o el Representante Legal de
acuerdo con la ley y aportes al Sistema de Seguridad Social y ARL en
cumplimiento del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás disposiciones
legales vigentes.
Cumplir a cabalidad el cronograma del contrato.
Suscribir actas de inicio y las demás a que haya lugar con el Supervisor del
contrato y el Ordenador del Gasto.
9
Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales.
Dar cumplimiento a las normas de conservación y protección del medio
ambiente.
Suministrar la certificación correctamente, sobre el tipo de cuenta (ahorro o
corriente), No. de -Cuenta, entidad bancaria y sucursal, con el fin de que la
Entidad pueda realizar los pagos a través de trasferencia electrónica.
Las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato.
Cumplir con las actividades que implique el desarrollo del objeto del contrato,
atendiendo las sugerencias y solicitudes del Supervisor, quien será el
representante directo del Instituto Popular de Cultura IPC, durante todas las
etapas de ejecución.
El contratista debe contar con los equipos necesarios para las labores de
nivelación y anexar la carta de calibración de los equipos utilizados.
Remitir al Instituto Popular de Cultura IPC dentro de los dos (2) días hábiles
siguientes a la suscripción del Contrato las garantías solicitadas.
1.4.2. Obligaciones del Instituto Popular de Cultura IPC
Garantizar al contratista el acceso a las instalaciones del Instituto popular de
Cultura IPC, cuando así lo requiera para la ejecución del contrato.
Informar al contratista sobre los aspectos técnicos que éste requiera para la
debida y oportuna ejecución del contrato.
Proporcionar la información requerida para la normal ejecución del objeto del
contrato.
Supervisar al Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual.
El Instituto Popular de Cultura IPC iniciará los trámites de licencias ante
curaduría dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrega de los
documentos técnicos requeridos para tal fin, por parte del contratista.
Cancelar al contratista las sumas establecidas en la oportunidad y forma
prevista, sujeta a la disponibilidad del PAC.
1.5. PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato será de tres (3) meses, contados a partir del
perfeccionamiento del contrato, previa aprobación de la garantía única y de la
suscripción del acta de inicio.
1.6. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
El presupuesto oficial definido para la consultoría, objeto de este Concurso de Méritos,
es hasta por la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS MCTE
($75.000.000) INCLUIDO IVA, y los demás valores y costos directos e indirectos en
10
que incurra el contratista para el cumplimiento del contrato, suma que se encuentra
respaldada en con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.1355 de 2 de
diciembre de 2014, expedido por el Area Financiera del IPC.
Para determinar el valor del presupuesto oficial, de acuerdo a lo contemplado en el
artículo 15 del Decreto 1510 de 2013 se realizó el respectivo análisis del sector, el
cual reposa en los documentos relativos al presente proceso.
1.7. REGIMEN JURIDICO APLICABLE
El presente proceso de selección, se regirá por las Leyes 80 de 1993,1150 de 2007, el
Decreto 1510 de 2013 y por el pliego de condiciones.
1.8. MODALIDAD DE SELECCIÓN
Teniendo en cuenta que la naturaleza del objeto contractual, se enmarca dentro de los
conceptos señalados en el numeral 2º del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, el Instituto
Popular de Cultura IPC considera pertinente adelantar un proceso de selección a
través de la modalidad de Concurso de Méritos, de conformidad con lo establecido en
el numeral 3º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 219 del
Decreto Ley 019 de 2012, el artículo 66 y siguientes del Decreto 1510 de 2013 y
demás normas concordantes y complementarias.
Para efectos de realizar la presente consultoría, se realizará un Concurso de Méritos
Abierto con Propuesta Técnica Simplificada, teniendo en cuenta que se determina que
el grado de complejidad de la presente consultoría no se ajusta para surtir un trámite
de precalificación.
1.9. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras,
públicas o privadas, individualmente en consorcios o uniones temporales legalmente
constituidos y domiciliados en Colombia o cualquier otra forma de asociación permitida
por la ley Colombiana, cuyo objeto social este directamente relacionado con el objeto
de esta contratación, y en la cual la responsabilidad de sus integrantes sea solidaria y
que a la fecha de presentación de la propuesta se encuentren debidamente inscritas,
calificadas y clasificadas en el Registro Único de Proponentes de la Cámara
respectiva, en aquellas actividades, especialidades y grupo que se establecen en el
Capitulo 2Numeral 2.1.15 del presente Pliego de Condiciones y que no estén incursos
en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la
Constitución Política, en el artículo 8º de la Ley 80 de 11 de 1993.
Cuando los proponentes se presenten bajo cualquier forma asociativa, es posible que
una de esas personas sea natural.
11
Cuando el oferente sea una persona jurídica extranjera sin domicilio en Colombia, que
no tenga establecida sucursal en Colombia, debe presentarse el documento que
acredite la inscripción de la personería jurídica en el registro correspondiente del país
donde tenga su domicilio principal, así como los documentos que acredite su
existencia y representación legal, debidamente consular izados en la forma en que lo
establece el artículo 480 de Código de Comercio.
Adicionalmente deberá acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente
facultado para presentar oferta y celebrar el contrato, así como para representar a la
sociedad judicialmente o extrajudicialmente.
1.10. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El lugar de ejecución del Contrato será la Sede San Fernando del Instituto Popular de
Cultura IPC, ubicada en la Calle 4 No. 27-140, de la ciudad de Santiago de Cali.
1.11. LA PRESENTE CONVOCATORIA PODRA SER LIMITADA A MIPYMES
De acuerdo con lo previsto por los artículos 152 y 153 del Decreto 1510 de 2013, la
convocatoria se podrá limitar a Mipymes nacionales por ser inferior a ciento veinticinco
mil dólares de los Estados Unidos de América (USD125.000), liquidados con la tasa
de cambio que para el efecto determina el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
que tengan como mínimo un (1) año de existencia, siempre y cuando se reciban
solicitudes de por lo menos tres (3) Mipymes.
Las MIPYMES acreditarán su condición a través de la presentación de una
certificación expedida por el representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a
tenerlo, o el contador, en la cual conste que la Mipyme tiene el tamaño empresarial
establecido de conformidad con la ley.
En las convocatorias limitadas, se aceptarán solamente las ofertas de Mipymes,
Consorcios o uniones Temporales formados únicamente por Mipyme y promesas de
sociedades futuras suscritas como Mipyme
La manifestación de limitación a Mipymes debe ser enviada, junto con sus anexos al
Area Jurídica del IPC del Instituto Popular de Cultura IPCpara lo cual deberá ser
radicado en la Sede San Fernando, ubicada en la Calle 4 No. 27-140, piso1 de la
ciudad de Santiago de Cali o podrá ser enviada al correo electrónico:
rectorí[email protected] DEL 5 AL 15 DE ENERO DE 2015
1.12. INVITACION A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 el
Instituto Popular de Cultura IPC, invita a todas las personas y organizaciones
interesadas en hacer control social al presente Proceso de Contratación, en cualquiera
12
de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren
convenientes, intervengan en las audiencias y consulten los Documentos del Proceso
en el SECOP.
1.13. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el (Anexo
2), en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado Colombiano
contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus
empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el proceso
de Contratación actué en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta
o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con
posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento
tenga consecuencias adicionales.
1.14. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE
CONTRATACION
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los
documentos del proceso, la presentación de observaciones, la preparación y
presentación de las ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la
asistencia a audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la
participación en el proceso de contratación estará a cargo exclusivo de los interesados
y del Proponente.
1.15. COMUNICACIONES
Las comunicaciones en el marco del proceso de contratación deben hacerse por
escrito, por medio físico o electrónico a cualquiera de las siguientes direcciones:
- Dirección Física - Instituto Popular de Cultura IPC, Sede San Fernando, Calle 4 No.
27-140, piso1, de la ciudad de Santiago de Cali, de lunes a viernes en el horario de
atención de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
- Dirección electrónica: rectorí[email protected]
La comunicación debe contener:
1) El número del presente proceso de contratación;
2) Los datos del remitente que incluye el nombre, dirección física o electrónica y
teléfono;
3) Identificación de los anexos presentados con la comunicación.
13
1.16. CARÁCTER PÚBLICO DE LA INFORMACIÓN
El proponente conoce y acepta que en desarrollo de los principios de transparencia,
igualdad e imparcialidad, toda la información incluida en su propuesta para acreditar el
cumplimiento de los requisitos para participar y para efectos de la evaluación, es
pública y cualquier persona podrá obtener copia de la misma.
El proponente será responsable por el manejo de la información que reciba de parte
del Instituto Popular de Cultura IPC y, de acuerdo con la Constitución y la Ley, deberá
guardar laconfidencialidad que sea requerida y respetar los derechos de autor,
morales y patrimoniales.
Parágrafo: Las propuestas presentadas son públicas y sólo existirá confidencialidad o
reserva del documento especifico de las mismas cuando la Constitución o la ley lo
establezca; por lo tanto, cuando en la respectiva propuesta se incluyan textos de
reserva o confidencialidad sin soporte normativo se entenderá como no escritos.
1.17. IDIOMA
Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los
Proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser
tenidos en cuenta en el mismo deben ser otorgados en castellano. La oferta y sus
anexos deben ser presentados en castellano. Los documentos con los cuales los
Proponentes acrediten los requisitos habilitantes que estén en lengua extrajera, deben
ser traducidos oficialmente al castellano, la cual deberá ser oficial en los términos del
artículo 251 del Código General del Proceso cumpliendo el trámite de Apostilla o
consularización, y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera.
1.18. LEGALIZACION DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los Proponentes deben entregar con su Oferta los documentos otorgados en el
exterior debidamente legalizados y traducidos oficialmente al castellano en los
términos del artículo 251 del Código General del Proceso cumpliendo el trámite de
Apostilla o consularización, y presentarse junto con su original otorgado en lengua
extranjera.
1.19. CONVERSION DE MONEDAS
Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país
en la cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.
Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados
Unidos de Norte América, debe convertirse a ésta moneda utilizando para ello el valor
correspondiente con el procedimiento de legal de conversión establecido por el Banco
de la República.
Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la
información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos
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colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa del mercado certificada
por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha de corte de los estados
financieros.
1.20. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La propuesta será presentada en dos sobres así:
El Sobre No. 1 Contendrá:
Documentos Habilitantes de carácter jurídico, financiero, técnico y de calificación.
El cual debe ser presentado en Original y Dos (2) copias, tanto el original como las
copias deben presentarse foliados, escrita en cualquier medio mecánico, en español,
sin enmendaduras, tachones, y entregarlas en sobre cerrado. Los proponentes deben
adjuntar todos los documentos exigidos en el presente pliego de condiciones, tanto en
el original como en las copias, de tal manera que el número de folios de los
cuadernillos coincidan exactamente
Sobre No. 2. Contendrá la propuesta económica y se abrirá en la Audiencia
Deberá contener la propuesta económica (Anexo 4 del presente Pliego de
Condiciones) señalando el valor de la misma en números y letras.
Si se presenta alguna discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y
números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras.
Las propuestas deberán presentarse en idioma español, salvo los términos técnicos
que podrán expresarse en idioma distinto, y en pesos colombianos, sin tachones,
borrones o enmendaduras que hagan dudar sobre el contenido de la propuesta.
Cualquier enmendadura que contenga la oferta, deberá ser aclarada y validada por el
oferente en la misma propuesta,
CARÁTULA DE LAS PROPUESTAS
INSTITUTO POPULAR DE CULTURAIPC
CONCURSO DE MERITOS No. IPC.CM.001.2014 DE 2014
PROPONENTE
DIRECCIÓN
TELÉFONO
FAX
E. Mail
Los sobres serán entregados cerrados dentro del plazo fijado en el presente proceso,
en la siguiente dirección:
INSTITUTO POPULAR DE CULTURAIPC SEDE SAN FERNANDO
Con destino al Area Jurídica del IPC.
Calle 4 No. 27-140, piso1
Santiago de Cali– Valle del Cauca
15
En los sobres el proponente deberá incluir los documentos que se relacionan
anteriormente.
La Entidad no tendrá en cuenta las propuestas allegadas por correo o las radicadas en
dependencia diferente al Area Jurídica del IPC, dichas propuestas serán devueltas al
remitente en el estado recibido.
1.21. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los Proponentes deben entregar con su Oferta los documentos otorgados en el
exterior, debidamente legalizados o apostillados.
1.22. CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS
En ejercicio de lo señalado en el Artículo 26 de la Constitución Política de Colombia,
los interesados que presenten dentro de su equipo de trabajo personas que hayan
cursado carreras profesionales o postgrados en el exterior, deberán presentar los
títulos debidamente convalidados de acuerdo con lo establecido en la Resolución
5547 de 2005 del Ministerio de Educación Nacional.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley 842 de 2003, podrán ser
matriculados en el Registro Profesional de Ingenieros y obtener tarjeta profesional,
para poder ejercer la profesión en el territorio nacional, quienes hayan obtenido el
título académico de Ingeniero en cualquiera de sus ramas, otorgado por Instituciones
de Educación Superior que funcionen en países con los cuales Colombia haya
celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos, situación que debe ser
avalada por el ICFES o por el organismo que se determine para tal efecto. Así mismo,
quienes hayan adquirido el título académico de Ingeniero en cualquiera de sus ramas,
otorgado por Instituciones de Educación Superior que funcionen en países con los
cuales Colombia no haya celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos;
siempre y cuando hayan obtenido la homologación o convalidación del título
académico ante las autoridades competentes, conforme con las normas vigentes
sobre la materia.
NOTA 1: Los títulos académicos de postgrado de los profesionales matriculados no
serán susceptibles de inscripción en el registro profesional de ingeniería, por lo tanto,
cuando se necesite acreditar tal calidad, bastará con la presentación del título de
postgrado respectivo, debidamente otorgado por universidad o institución autorizada
por el Estado para tal efecto. Si el título de postgrado fue otorgado en el exterior, solo
se aceptará debidamente consularizado o apostillado de acuerdo con las normas que
rigen la materia.
NOTA 2: Todos los títulos obtenidos en el extranjero deberán ser convalidados ante el
Ministerio de Educación Nacional, toda vez que de conformidad con lo señalado en el
Guía Práctica para la Convalidación de Títulos Profesionales en Colombia publicada
en la página WEB del Ministerio de Educación Nacional, “La existencia de convenios
internacionales no exonera al interesado del trámite correspondiente”.
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Así mismo, la Resolución 5547 del 1 de diciembre de 2005 del Ministerio de
Educación Nacional, señala en el capítulo II: “DE LOS CRITERIOS APLICABLES
PARA LA CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS”, que para efectos de la convalidación de
títulos de pregrado y de postgrado se deberá hacer una evaluación de la información y
en su orden verificar cuál de los siguientes criterios se aplica para de esta forma
proceder al trámite correspondiente:
1. CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE TÍTULOS: Si el título procede de alguno
de los países con los cuales el Estado Colombiano ha ratificado convenios de
Convalidación de títulos, éstos serán convalidados en un término no mayor a dos (2)
meses contados a partir del recibo en debida forma de la documentación requerida”.
1.23. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser
entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1510 de 2013. Los
términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado
natural y obvio.
Definiciones Acuerdo Comerciales
Son tratados internacionales vigentes celebrados por el Estado colombiano, que contienen derechos y obligaciones en materia de compras públicas, en los cuales existe mínimo el compromiso de trato nacional para: los bienes y servicios de origen colombiano y los proveedores colombianos.
Clasificador de Bienes y Servicios
Es el sistema de codificación de las Naciones Unidas para estandarizar productos y servicios, conocido por las siglas UNSPSC
Adjudicación
Es la decisión final del Instituto popular de Cultura IPC, expedida por medio de un acto administrativo, que determina el adjudicatario del presente Proceso de Contratación.
Cronograma
Es el documento en el cual la Entidad Estatal establece las fechas, horas y plazos para las actividades propias del Proceso de Contratación y el lugar en el que éstas deben llevarse a cabo.
Mipyme
Es la micro, pequeña y mediana empresa medida de acuerdo con la ley vigente aplicable.
Proceso de contratación
Es el conjunto de actos y actividades, y su secuencia, adelantadas por la Entidad Estatal desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo, lo que ocurra más tarde.
Riesgo
Es el evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución deun contrato.
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Contratista
Es el Proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente Proceso de Contratación.
Contrato
Es el negocio jurídico que se suscribirá entre el Instituto Popular de Cultura IPC y el adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes obligaciones recíprocas y se conceden derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente Proceso de Contratación.
Oferta
Es la propuesta presentada al Instituto Popular de Cultura IPC por los interesados en ser el contratista del Proceso de Contratación objeto del presente Pliego de Condiciones.
Pliego de Condiciones
Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Oferta para participar en el Proceso de Contratación del Contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del presente Proceso de Contratación.
Primer Orden de Elegibilidad
Es la posición que ocupa el proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el Pliego de Condiciones.
Proponente
Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura que presenta una Oferta para participar en el Proceso de Contratación.
TRM
Tasa de cambio representativa del mercado spot de dólares de los Estados Unidos de América certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para una fecha determinada publicada en la página web www.superfinanciera.gov.co
Adenda
Es el documento que se expedirá con el fin de aclarar, modificar o precisar los presentes Pliegos, que se emitan con posterioridad a la apertura del proceso y que formarán parte de los mismos.
Certificación
Todo documento escrito expedido por una persona competente que da fe de algo que se pretende probar.
Aclaraciones
Cuando las modificaciones no afecten el valor o el plazo del contrato estas se consignarán en actas suscritas por las partes, salvo en el caso de errores mecanográficos, de trascripción o de copia, debidamente comprobados, donde la aclaración la firmará únicamente el Instituto Popular de Cultura IPC y podrá colocarse como nota marginal de la minuta que contenga el texto a aclarar.
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Día(s) corriente(s) o Día(s) calendario:
Es cualquier día del calendario, entendido como el espacio de tiempo de 24 horas, sin tener en cuenta si se trata de un día hábil o inhábil. En el evento en que la fecha en que finalice un plazo establecido en los presentes Pliegos resulte ser un sábado o domingo u otro día inhábil, el último día de tal período o la fecha correspondiente, se trasladará al día hábil siguiente.
Día(s) hábil(es)
Día(s) hábil(es): Es cualquier día comprendido entre el lunes y el viernes de cada semana entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m., excluyendo de éstos los días festivos determinados por Ley en la República de Colombia.
Documentos del contrato
Son aquellos que forman parte integrante del contrato independientemente que estén contenidos en otros documentos y que por su naturaleza complementen, aclaren o particularicen condiciones especiales a tener en cuenta durante la ejecución y liquidación del contrato.
CAPITULO II
DOCUMENTOS HABILITANTES
Los requisitos habilitantes mínimos exigidos a los interesados para participar en el
proceso de selección son Capacidad Jurídica, Condiciones de experiencia, Capacidad
financiera, y Organización de los proponentes.
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos o la no presentación de las
aclaraciones o de la información complementaria, será causal de rechazo de la
propuesta.
Los proponentes deberán presentar los documentos que a continuación se relacionan
con el propósito de que la propuesta sea hábil, sin perjuicio que a falta de estos pueda
subsanarse de acuerdo a lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 5° de la Ley
1150 de 2007.
No es subsanable la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten
circunstancias ocurridas con posterioridad a la fecha límite de recepción de las
propuestas.
2.1 CAPACIDAD JURÍDICA DEL PROPONENTE
Se demostrará con los documentos que deberá aportar el proponente, por lo tanto,
estos indicarán si la oferta CUMPLE o NO CUMPLE, los cuales se relacionaran en el
presente Pliego de Condiciones
2.1.1. CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA
La Carta de Presentación de la Propuesta deberá estar debidamente diligenciada
según la información del modelo suministrado por el Instituto Popular de Cultura IPC
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(Anexo 1del presente pliego de condiciones) y firmada por el proponente. En caso de
ser una persona jurídica, unión temporal o consorcio, deberá venir firmada por el
representante legal, debidamente facultado en los términos de la ley.
En esta carta el proponente deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que él o
sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal no se encuentra (n)
incurso(s) en las causales de inhabilidades o incompatibilidades, prohibiciones o
conflictos de intereses, establecidos en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993,
1474 de 2011 y demás normas pertinentes. Igualmente deberá efectuar las demás
manifestaciones señaladas en el formato de carta de presentación de la propuesta.
Si estas manifestaciones no se realizan en la carta de presentación, las mismas se
entenderán efectuadas con la presentación de la propuesta respectiva.
No se aceptarán propuestas parciales. Los proponentes deben ceñirse a los requisitos
exigidos en el Pliego de Condiciones.
PODER Cuando el proponente actúe a través de un representante o apoderado debe
acreditar mediante documento legalmente expedido, que su representante o
apoderado está expresamente facultado para presentar oferta.
2.1.2. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
Las personas naturales (En caso de ser comerciantes) deben presentar el certificado
de matrícula mercantil vigente expedido por la Cámara de Comercio respectiva dentro
de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre de la Convocatoria.
Acreditar la mayoría de edad con la cédula de ciudadanía para los nacionales
colombianos y con la cédula de extranjería o el pasaporte para los extranjeros.
La ausencia de limitaciones a la capacidad jurídica de las personas naturales.
Este requisito se verificará con la presentación de una declaración de la persona
natural en la cual certifique que tiene plena capacidad y que no está incursa en
inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones.
Las personas jurídicas deben acreditar su existencia legal mediante los siguientes
documentos:
Certificado de Existencia y Representación Legal
Expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre de
la Convocatoria, expedido por la Cámara de Comercio respectiva, en el cual conste la
matrícula mercantil vigente, que la sociedad está registrada o tiene sucursal
domiciliada en Colombia, el representante legal inscrito, las facultades del
representante legal y que el término de duración de esta no es inferior a la duración
del contrato y un año más. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del
contrato.
En el evento de existir limitante del representante legal para contratar, se debe
presentar copia del acta expedida como lo determina el Código de Comercio, en la
que se señale que ha sido facultado por el órgano social competente, para
comprometer a la sociedad como mínimo hasta por el valor de la oferta presentada, o
en su defecto presentar la certificación del Secretario de la Junta u órgano social
competente donde conste la autorización correspondiente. En el caso de los
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Consorcios y Uniones Temporales, este requisito procederá de igual forma para cada
una de las sociedades o personas jurídicas que los integren.
2.1.3. PROPUESTAS CONJUNTAS
En el evento que la propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal deberá
adjuntar con su propuesta debidamente diligenciado y firmado para cada caso en
particular el documento de conformación del consorcio o la unión temporal, de
conformidad con lo establecido en el artículo 7o. de la Ley 80 de 1993.
Los consorcios o uniones temporales constituidas se comprometen, en caso de ser
adjudicatarios del presente proceso de Selección a:
Permanecer consorciados o unidos durante el tiempo de vigencia del contrato y un
año más, por lo tanto, deberá indicarse expresamente que el consorcio o unión
temporal no podrán ser liquidados o disueltos durante la vigencia o prórrogas del
contrato que se suscriba, y a obtener el número de identificación tributario (NIT). En
ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integren el consorcio o
unión temporal. En caso de cesión la misma se hará a un tercero, previa solicitud por
escrito al Instituto Popular de Cultura IPC. Es de aclarar, que el cesionario deberá
cumplir con la totalidad de las exigencias del Pliego de Condiciones, en cuanto a las
capacidades y requisitos habilitantes exigidos.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada sociedad integrante de los
mismos, deberá comprobar su existencia y representación, mediante certificado
expedido por la Cámara de Comercio, el cual deberá contener la información y cumplir
las mismas exigencias anteriormente citadas.
Estos documentos deben haber sido expedidos dentro de los 30 días calendario
anteriores a la fecha definitiva de cierre de la Convocatoria. En caso de consorcio o
unión temporal se deberán presentar los anteriores documentos para todos y cada
uno de sus integrantes.
Las personas jurídicas extranjeras con actividades permanentes en Colombia deberán
estar legalmente establecidas en el territorio nacional de acuerdo con los artículos 471
y 474 del Código de Comercio.
Si la oferta es suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que
tenga abierta en Colombia, se deberá acreditar la capacidad legal de la sucursal y de
su representante o mandatario, mediante la presentación del original del certificado de
existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Colombia
en la cual se encuentre establecida la sucursal, dentro de los 30 días calendario
anteriores a la fecha definitiva de cierre de la Convocatoria. Cuando el representante
legal de la sucursal tenga restricciones para contraer obligaciones, deberá acreditar
autorización suficiente del órgano social competente para contraer obligaciones en
nombre de la sociedad. Dicha autorización debe haber sido otorgada previamente al
cierre del presente proceso de selección.
21
2.1.4. AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA U ÓRGANO SOCIAL
COMPETENTE
Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer
obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización
expresa del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para
presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor de la propuesta.
Los consorcios y uniones temporales deberán suministrar estos documentos para
todos y cada uno de sus integrantes, cuando esto se requiera.
2.1.5. DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Las personas naturales y jurídicas que participen en el presente proceso de selección
bajo la modalidad de consorcios o uniones temporales, deberán adjuntar el documento
de su constitución el cual deberá ser elaborado de conformidad con el Artículo 7° de la
Ley 80 de 1993.
En todo caso los consorcios y uniones temporales deben reunir como mínimo los
siguientes requisitos:
Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión
temporal y, en éste último caso señalarán los términos, extensión de su
participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no
podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Instituto Popular de
Cultura IPC.
Los miembros del consorcio o unión temporal deben designar la persona que
para todos los efectos los representará y señalarán las reglas básicas que
regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
Se debe anexar el documento de constitución del consorcio o unión temporal,
según el caso. En este documento deberá quedar consignado, cuando menos:
1) Los integrantes del consorcio o unión temporal, sean personas naturales o
jurídicas;
2) El porcentaje de participación de cada uno de ellos;
3) Las reglas de funcionamiento y obligaciones para sus integrantes;
4) La responsabilidad, los términos y extensión de la misma;
5) El representante del consorcio y/o Unión temporal para los fines
contractuales;
6) Duración del consorcio y/o Unión temporal que no podrá ser inferior al
término de ejecución del contrato y un año más;
7) Las demás normas que sus integrantes acuerden para el normal desarrollo y
cumplimiento de sus fines.
22
Para efectos impositivos, a los consorcios y uniones temporales se les aplicará
el régimen previsto en el Estatuto Tributario.
2.1.6. VERIFICACIÓN DE NO INCLUSIÓN EN EL BOLETÍN DE RESPONSABLES
FISCALES
El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los
procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, exige como
requisito indispensable para celebrar cualquier tipo de contrato con el Estado, verificar
que la correspondiente persona natural o jurídica según se trate, no se encuentra
reportada en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de
la República con periodicidad trimestral.
Con el fin de acreditar el cumplimiento de la anterior obligación, el Instituto Popular de
Cultura IPC, verificará en el último boletín de responsables fiscales expedido por la
Contraloría General de la República, que el proponente y cada uno de sus integrantes
cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, no se encuentre (n)
reportado (s) en dicho boletín.
2.1.7. VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES JUDICIALES DEL OFRERENTE
De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto-Ley 019 de 2012 y con el
fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (persona natural o
representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal, el Instituto
Popular de Cultura IPC realizará la consulta de los antecedentes judiciales a través del
mecanismo en línea que creó el Gobierno Nacional para el efecto.
2.1.8. VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS
Verificación de Antecedentes Disciplinarios vigente del proponente o del
Representante Legal de la empresa expedido por la Procuraduría General de la
Nación.
En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes cuando
los mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, se les verificarán sus
antecedentes.
2.1.9. LA AUSENCIA DE INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES O
PROHIBICIONES DE LA PERSONA JURÍDICA PARA CONTRATAR
Este requisito se verifica con la presentación de una declaración de la persona jurídica
en la cual éste certifique que ni la persona jurídica ni su representante legal están
incursos en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones. La cual se entiende
23
prestada con la suscripción de la carta de presentación de la Propuesta (Anexo 1 del
pliego de Condiciones) o en su defecto con la presentación de la propuesta.
2.1.10. CERTIFICACION DE PAGO DE PARAFISCALES Y APORTES AL SISTEMA
DE SEGURIDAD SOCIAL
Sí el proponente es persona jurídica debe adjuntar con su propuesta, una certificación
en la cual acredite el pago de los aportes realizados durante los seis (6) meses
anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria; certificación que deberá ser
expedida por el revisor fiscal de la empresa (Si lo tiene) o por el representante legal
acreditando el pago de aportes parafiscales (Sena, ICBF, Caja de Compensación
Familiar). Si la Persona Jurídica o la persona natural se encuentra exonerada de pago
de parafiscales, según el artículo 25 de la Ley 1607 de 2012 Reforma Tributaria, dicha
certificación debe venir suscrita por el Revisor Fiscal de la Sociedad, o el
Representante Legal de acuerdo con la ley, y los aportes al Sistema de Seguridad
Social y ARL en cumplimiento del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 828 de
2003 y demás disposiciones legales vigentes.
En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida,
deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Nota: Esta disposición aplica también para el caso de los miembros de consorcios o
uniones temporales, en donde cada integrante dependiendo de su naturaleza jurídica,
deberá acreditar este requisito.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de
alguna de las obligaciones mencionadas el proponente deberá manifestar que existe
el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el
oferente deberá anexar copia del acuerdo de pago correspondiente y el comprobante
de pago soporte del mes anterior al cierre del proceso de selección.
Cuando el proponente sea una persona natural, deberá presentar una declaración
bajo la gravedad de juramento donde certifique el pago de los aportes de sus
empleados al Sistema de Seguridad Social, y Aseguradora de Riesgos Laborales - y
pago de aportes parafiscales (Sena, ICBF, Caja de Compensación Familiar). Si la
persona natural se encuentra exonerada de pago de parafiscales, según el artículo 25
de la Ley 1607 de 2012 Reforma Tributaria, dicha certificación debe venir suscrita por
el Revisor Fiscal de la Sociedad, o el Representante Legal de acuerdo con la ley, y los
aportes al Sistema de Seguridad Social y ARL en cumplimiento del Artículo 50 de la
Ley 789 de 2002, la Ley 828 de 2003 y demás disposiciones legales vigentes.
Documento en el que debe constar que a la fecha de cierre de la convocatoria, ha
realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6)
meses.
En caso que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga personal a cargo y por
ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social
debe, también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la
mencionada certificación, pero deberá acreditar su afiliación como persona natural al
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sistema de seguridad social, según lo previsto en el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y
demás disposiciones legales vigentes.
Tratándose de proponentes extranjeros domiciliados en Colombia deben cumplir con
los requisitos exigidos anteriormente.
En el caso de que el proponente sea extranjero, en cuyo país de origen no exista la
obligación de realizar aportes parafiscales y/o al sistema de seguridad social, deberá
indicar esta circunstancia en documento suscrito bajo la gravedad del juramento por el
proponente persona natural o por el representante legal de la persona jurídica,
consorcio o unión temporal.
2.1.11. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Seriedad de la Oferta. Debe estar vigente desde la presentación de la oferta y por
noventa (90) días más y su valor debe ser de por lo menos el diez por ciento (10%) del
presupuesto oficial estimado.
2.1.12. FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANÍA
Del Representante Legal, persona natural y/o Apoderado si lo tiene.
Si es hombre mayor de edad y menor de (55) copia de la respectiva libreta militar.
2.1.13. LAS PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS DEBEN ACREDITAR SU
EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
Con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su
domicilio no anterior a tres (3) meses desde la fecha de presentación de la Oferta, en
el cual conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre
representante legal o nombre de la o persona que tenga la capacidad de
comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el
representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la
misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directivo
que lo faculta.
2.1.14. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
Los proponentes deberán presentar el Registro Único de Proponentes, con fecha de
expedición no mayor a tres (3) meses anteriores a la fecha límite de recepción de
propuestas, donde conste que, de acuerdo con su objeto social o sus actividades
mercantiles, cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos
relacionados con el objeto de este proceso y acreditar que su duración abarca como
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mínimo un (1) año a partir de la fecha de terminación del plazo de ejecución del
contrato que se suscriba.
En el evento en que del contenido del Registro Único de Proponentes expedido por la
Cámara de Comercio se haga la remisión a los estatutos de la Sociedad para
establecer las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de
la parte pertinente de dichos estatutos.
Si del Registro Único de Proponentes o de los Estatutos de Sociedad se desprende
que las facultades del representante legal están limitadas por razón de la naturaleza o
cuantía del negocio jurídico, el oferente deberá presentar el acta respectiva en la cual
se autoriza al representante legal para firmar la propuesta y celebrar el
correspondiente contrato en caso de que le sea adjudicado, y para constituir el
consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar.
El objeto social del interesado, persona jurídica o de cada uno de sus miembros en
caso de consorcios o uniones temporales, debe estar relacionado con el objeto del
presente proceso.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por
el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y en el artículo 8 y siguientes del Decreto
1510 de 2013, el oferente deberá acreditar mediante el RUP su inscripción y
clasificación en cualquiera de las siguientes codificaciones a nivel de clase del
Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas, así: Clasificación UNSPSC
80101600 gerencia de proyectos y/o 81101500 Ingeniería civil.
De conformidad con lo consagrado en el artículo 221 del Decreto – Ley 019 de 2012 y
el artículo 8 del Decreto 1510 de 2013, la inscripción del proponente debe encontrarse
vigente y en firme antes de la fecha de adjudicación del proceso.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales todos los miembros deberán
acreditar su inscripción en el Registro Único de Proponentes y al menos uno de los
miembros deberá estar inscrito en el grupo solicitado.
Nota: La personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas
jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, acreditarán el
cumplimiento de este requisito con los mismos documentos que aporten para acreditar
la experiencia del proponente y en el cual conste la ejecución de por lo menos un (1)
contrato.
2.2 CAPACIDAD TÉCNICA DEL PROPONENTE
2.2.1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
El proponente deberá acreditar experiencia específica en máximo UN (1) contrato de
consultoría (estudios de vulnerabilidad de edificaciones) ejecutado por un valor igual o
mayor al VALOR DEL PRESUPUESTO oficial, que esté debidamente certificado en el
RUP en la Clasificación UNSPSC 80101600 gerencia de proyectos y/o 81101500
Ingeniería civil.
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Nota: La personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas
jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, acreditarán el
cumplimiento de este requisito mediante la presentación de certificaciones, máximo
UNA (1) de experiencia suscrita por el contratante o copia del contrato acompañada
del acta de liquidación y/o terminación y que contenga:
Nombre o razón social del contratante.
Nombre o razón social del contratista.
Objeto del contrato identificado con la clasificación de bienes y servicios en el
cuarto nivel.
Número del contrato.
Valor del contrato, incluidos los adicionales, si los hubiere.
En caso de que el proponente (Personas jurídicas nacionales, personas naturales
nacionales, personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas
jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia) presente más
de Una (1) certificación, el Instituto popular de Cultura IPC tomará los presentados en
orden de foliación, que cumplan las condiciones establecidas en el inciso anterior,
con el propósito de habilitar al proponente.
Se requiere que el proponente acredite 20 años de experiencia.
REGLAS APLICABLES A LA EXPERIENCIA HABILITANTE DEL PROPONENTE:
a) De acuerdo con el literal e) del numeral 2 del artículo 9 del Decreto 1510 de 2013:
“Si la constitución del interesado es menos a tres (3) años, puede acreditar la
experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes”.
b) No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona
jurídica cuando estos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las
modalidades previstas en el Artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
c) Cuando los contratos con los cuales se pretenda acreditar esta experiencia sean
ejecutados bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, se deberá especificar
el porcentaje (%) de participación de cada uno de los miembros, o anexar copia del
contrato en el que se mencione el porcentaje de participación y únicamente será
tenido en cuenta en valor del contrato en forma proporcional a su porcentaje de
participación.
d) En caso de Consorcios o Uniones Temporales, esta experiencia podrá ser
acreditada por uno solo de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal.
2.2.3. EQUIPO MÍNIMO DE TRABAJO
Las ofertas deben incluir el recurso humano idóneo para la dirección y administración
de la consultoría. El equipo de trabajo para el desarrollo de la consultoría debe estar
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conformado como mínimo por tres (2) profesionales conformados por: un (1)
Ingeniero Estructural, un (1) Ingeniero Geotecnista y que cumplan con el perfil
presentado en el siguiente cuadro:
Cargo
Formación académica
Experiencia Específica Mínima
Requerida INGENIERO ESTRUCTURAL
Deberá ser Profesional en el área de ingeniería civil con experiencia general superior a DIEZ (10) años contados de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.
Deberá certificar haber participado como Ingeniero Diseñador Estructural en dos contratos (2) de consultoría cuyo valor ejecutado sea igual o mayor al presupuesto oficial y en uno de los cuales se haya realizado estudios de vulnerabilidad de edificaciones.
INGENIERO GEOTECNISTA
Deberá ser Profesional en el área de ingeniería civil con experiencia general superior a DIEZ (10) años contados de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.
Deberá certificarhaber participado como ingeniero geotecnistaen dos contratos (2) de consultoría cuyo valor ejecutado sea igual o mayor al presupuesto oficial y en uno de los cuales se haya realizado estudios y diseños de vulnerabilidad de edificaciones.
NOTA: La experiencia general se acreditara con la presentación de la matricula
profesional de cada uno de los profesionales. Su contabilización se tendrá en cuenta
a partir de la expedición de la misma.
Los estudios de educación superior (pregrado y/o postgrado), así como los
estudiostécnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos
ocertificados de obtención del título correspondiente y fotocopia de la
TarjetaProfesional.
De conformidad con los requerimientos mínimos del pliego de condiciones, no se
aceptará la propuesta del oferente que no cumpla con la acreditación de experiencia
específica mínima para cada uno de los profesionales. Cada profesional debe anexar
documentos que acrediten la idoneidad y experiencia.
El proponente deberá aportar para cada profesional propuesto los siguientes
documentos:
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Hoja de vida (La información contenida en el formato de la hoja de vida de la
Función Pública).
Copia del título profesional y de postgrado y/o actas de grado.
Carta de intención suscrita por el miembro del equipo de trabajo mediante la
cual se compromete a: 1. Desarrollar el objeto contractual en caso de que el
proponente sea adjudicatario del contrato; 2. Desarrollar las actividades de
acuerdo con la propuesta metodológica presentada y al anexo técnico del
contrato; 3. Asistir a todas la reuniones a las que sea convocado por el
Supervisor del contrato, conforme al Anexo 3 del presente Pliego de
Condiciones.
Copia de los certificados expedidos por la entidad contratante o actas de
liquidación y/o terminación que acrediten la experiencia, las cuales deben
contener mínimo la siguiente información:
o Nombre del contratante.
o Nombre del contratista.
o Objeto y/o descripción del contrato.
o Funciones o actividades del contratista.
o Fecha de inicio del contrato. (dd/mm/aa).
o Fecha de terminación del contrato. (dd/mm/aa).
o Nombre, cargo y firma de quien expide la certificación.
En caso de no diligenciarse o no encontrase en los documentos aportados las fechas
de inicio, terminación del contrato y expedición de la certificación con día, mes y año,
el Instituto Popular de Cultura IPC tomará el último día de cada mes como fecha de
inicio y el primer día de cada mes como fecha de terminación, y el último mes del año
como mes de inicio y el primer mes del año como mes de finalización.
El Instituto Popular de Cultura IPC podrá verificar los soportes de hoja de vida de los
miembros del equipo y toda la documentación aportada de cada proponente con el fin
de corroborar su veracidad.
Presentar el Certificado de Vigencia y Antecedentes Disciplinarios emitido por el
Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-COPNIA
2.2.4. PROGRAMACIÓN DE LA CONSULTORÍA
El proponente deberá presentar la programación de actividades a realizar en el marco
del objeto del presente proceso, discriminado en actividades y semanas, con un plazo
máximo de ejecución de tres (3) meses. El oferente deberá tener en cuenta en la
programación, la revisión por parte de la supervisión de los diseños y estudios
técnicos, así como el tiempo necesario para la corrección de las observaciones que
29
sean consideradas. El contratista deberá organizar las entregas de forma que se
realicen los ajustes, correcciones y demás a que haya lugar durante el tiempo de
ejecución del contrato.
La programación presentada deberá contener mínimo lo siguiente:
• La secuencia y duración de cada una de las actividades (Diagrama de Gantt.).
• Trayectoria crítica
2.2.5. ORGANIZACIÓN DE LA CONSULTORÍA
El proponente deberá presentar el esquema de organización de los trabajos a
ejecutar, el cual debe incluir mínimo la descripción de las funciones y
responsabilidades de cada uno de los profesionales requeridos.
2.2.6. METODOLOGÍA DE LA CONSULTORÍA
El oferente deberá presentar un enfoque técnico definido y coherente con la
propuesta planteada para cada una de las actividades previstas en relación con el
grado de conocimiento que se demuestre para desarrollarlos. Así, deberán citarse y
explicarse todas las acciones que se consideren necesarias y oportunas en la
realización de cada uno de los ítems a desarrollar, en relación con las obligaciones
específicas y los productos planteados en este pliego de condiciones.
El oferente deberá proponer las actividades en relación con la consecución de los
objetivos de la consultoría, deberá citar y explicar las acciones que considere
oportunas para articular más operativamente las actividades del alcance describiendo
en su desarrollo las acciones y recursos necesarios para la ejecución del objeto
contractual y realizar un cronograma, por actividades, según los tiempos del contrato.
Se deberá presentar una metodología en que se refleje la forma como el consultor
desarrollará los trabajos, de tal manera que en ella garantice el cumplimiento de los
objetivos especificando las actividades a realizar y el recurso humano a requerir en
cada una de ellas.
En cuanto a las pruebas a realizar en el inmueble a intervenir, se deberá proponer los
ensayos necesarios para valorar si los elementos que conforman la edificación son
estructuralmente adecuadas o no. De igual manera la metodología debe tener
concordancia con el cronograma de ejecución y la organización propuesta para la
ejecución de los trabajos, relacionando el equipo profesional y el papel que debe
cumplir en cada una de las actividades a desarrollar.
30
2.2.7 CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL
Esta información será tomada del registro único de proponentes, la cual debe estar a
corte a treinta y uno (31) de diciembre de 2013.
LA ENTIDAD CONTRATANTE se reserva el derecho de consultar la veracidad de los
estados financieros con las entidades a quienes por disposición legal les corresponda
la vigilancia de la firma proponente y en su defecto utilizará los medios idóneos que le
permitan realizar tal consulta, sin que esto implique que los oferentes puedan
completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
Las propuestas serán hábiles para continuar participando cuando arrojen valores
aceptables en los indicadores relacionados a continuación:
INDICE DE LIQUIDEZ: Indica cual es la capacidad del proponente para cancelar sus
deudas a corto plazo comprometiendo sus activos corrientes, es decir, por cada peso
de deuda corriente establece cuanto se tiene de respaldo en activo corriente; entre
más alto sea el índice, menor es el riesgo de que exista incumplimiento de las deudas
a corto plazo.
ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO: Refleja el grado de apalancamiento que
corresponde a la participación de los acreedores en los activos del proponente
mientras más alto sea este índice menor es el apalancamiento financiero.
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES: Refleja la capacidad del proponente de
cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menos es
la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras.
INDICE FORMULA VALORES ACEPTABLES
INDICE DE LIQUIDEZ ACTIVO CORRIENTE
PASIVO CORRIENTE IGUAL O SUPERIOR A 10
INDICE DE
ENDEUDAMIENTO
PASIVO TOTAL
ACTIVO TOTAL MENOR O IGUAL AL 0,90
RAZON DE COBERTURA
DE INTERESES
UTILIDAD OPERACIONAL
GASTOS DE INTERESES IGUAL O SUPERIOR A 10
31
LA CAPACIDAD ORGANIZACIONAL según los siguientes indicadores: Esta información
será tomada del registro único de proponentes, la cual debe estar a corte a treinta y uno
(31) de diciembre de 2013.
RENTABILIAD SOBRE PATRIMONIO: Determina la rentabilidad del patrimonio del
proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso
invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la
rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente.
RENTABILIDAD SOBRE ACTIVOS: Determina la rentabilidad de los activos del
proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso
invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del
negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. Este índice debe ser siempre
menor o igual que el de la rentabilidad sobre el patrimonio.
INDICE FORMULA VALORES ACEPTABLES
RENTABILIDAD
SOBRE PATRIMONIO
UTILIDAD OPERACIONAL
PATRIMONIO IGUAL O MAYOR A 1.00
RENTABILIDAD
SOBRE ACTIVOS
UTILIDAD OPERACIONAL
ACTIVO TOTAL IGUAL O INFERIOR A 1.00
En caso de consorcios o uniones temporales deberán cumplir mediante sumatoria según
el porcentaje de participación. El no cumplimiento de cada uno de estos requisitos
hará que la propuesta no esté habilitada para la calificación económica. El Instituto
Popular de Cultura IPC podrá solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones
que estime indispensables. Los proponentes deberán allegarlos dentro del término
perentorio que le fije el Instituto Popular de Cultura IPC, so pena de rechazo de la
propuesta.
32
CAPITULO III
CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y REVISIÓN DE LA PROPUESTA
ECONÓMICA
Únicamente las propuestas declaradas como HÁBILES, en la evaluación de
requisitos habilitantes serán objeto de calificación.
3.1 CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El Instituto Popular de Cultura IPC evaluará las propuestas teniendo en cuenta los
criterios que se enumeran a continuación y con ellos se establecerá un orden de
elegibilidad.
Una vez establecido el orden de elegibilidad, el Instituto Popular de Cultura IPC
adjudicará el contrato ó declarara desierto el Proceso, de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 67 del Decreto 1510 de 2013.
Los criterios de evaluación técnica serán los siguientes:
Experiencia especifica del proponente: 20 puntos máximo.
Profesionales y Expertos integrantes del equipo de trabajo: 70 Puntos
máximo.
Incentivo a la Industria Nacional: 10 Puntos máximo
Puntaje máximo para ser tenida en cuenta la propuesta: 100 Puntos.
Puntaje mínimo que una oferta debe recibir para ser elegible: 70 Puntos.
3.1.1. EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE
PUNTAJE MAXIMO A ASIGNAR: VEINTE (20) PUNTOS.
PONDERACIÓN EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE (20 PUNTOS)
CRITERIO DE PONDERACIÓN PUNTAJE
Sí el proponente acredita experiencia específica en máximo UN (1) contrato de consultoría de estudios de vulnerabilidad de edificaciones cuyo valor sea mayor al valor del presupuesto oficial, que esté debidamente certificado en el RUP en la Clasificación UNSPSC 80101600 gerencia de proyectos y/o 81101500 Ingeniería civil.
20
Sí el proponente acredita experiencia específica en máximo UN (1) contrato de consultoría estudios de vulnerabilidad de edificaciones cuyo valor sea mayor al Ochenta por Ciento (80%) del presupuesto oficial pero menor o igual al
10
33
presupuesto oficial, que esté debidamente certificado en el RUP en la Clasificación UNSPSC 80101600 gerencia de proyectos y/o 81101500 Ingeniería civil.
El valor facturado actualizado de cada contrato (VFA), se determina a partir del valor
facturado o ejecutado expresado en salarios mínimos legales mensuales del año
correspondiente a la terminación del contrato o último año de ejecución, según
corresponda.
3.1.2. EXPERIENCIA DEL EQUIPO PROFESIONAL DE TRABAJO
PUNTAJE MAXIMO A ASIGNAR: SESENTA (70) PUNTOS.
PONDERACIÓN PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO (70
PUNTOS).
ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS:
Deberá ser Profesional en el área de
ingeniería civil con experiencia general
superior a DIEZ (10) años contados de la
fecha de expedición de la tarjeta
profesional.
Deberá certificar haber participado como
ingeniero diseñador estructural en dos
contratos (2) de consultoría cuyo valor
ejecutado sea igual o mayor al presupuesto
oficial y en el mismo se haya realizado
estudios de vulnerabilidad de edificaciones.
Se deberá anexar copia de la tarjeta
profesional, certificado de vigencia de la
matrícula, formato único de Hoja de Vida
del Departamento Administrativo de la
Función Pública, certificado de
antecedentes disciplinarios y fiscales.
Dedicación TOTAL EN EL PROYECTO
100%.
35 Puntos, si el Especialista en Estructuras es un
Profesional en el área de ingeniería civil con experiencia
general superior a Treinta (30) años contados de la fecha
de expedición de la tarjeta profesional. Si certifica haber
participado como Ingeniero Diseñador Estructural en dos
contratos (2) de consultoría cuyo valor ejecutado sea igual
o mayor al presupuesto oficial y en el mismo se haya
realizado estudios de vulnerabilidad de edificaciones.
20 Puntos, si el Especialista en Estructuras es un
Profesional en el área de ingeniería civil con experiencia
general superior a Quince (15) años y menor a Treinta
(30) años) años contados de la fecha de expedición de la
tarjeta profesional. Si certifica haber participado como
Ingeniero Diseñador Estructural en dos contratos (2) de
consultoría cuyo valor ejecutado sea igual o mayor al
presupuesto oficial y en el mismo se haya realizado
estudios de vulnerabilidad de edificaciones.
10 Puntos, si el Especialista en Estructuras es un
Profesional en el área de ingeniería civil con experiencia
general superior a Diez (10) años y menor a Quince (15)
añoscontados de la fecha de expedición de la tarjeta
profesional. Si certifica haber participado como Ingeniero
Diseñador Estructural en dos contratos (2) de consultoría
cuyo valor ejecutado sea igual o mayor al presupuesto
oficial y en el mismo se haya realizado estudios y diseños
de vulnerabilidad de edificaciones.
34
ESPECIALISTA EN GEOTECNIA: Deberá
ser Profesional en el área de ingeniería civil
con experiencia general superior a DIEZ
(10) años contados de la fecha de
expedición de la tarjeta profesional.
Deberá certificar haber participado como
ingeniero geotecnista en dos contratos (2)
de consultoría cuyo valor ejecutado sea
igual o mayor al presupuesto oficial y en el
mismo se haya realizado estudios de
vulnerabilidad de edificaciones.
Se deberá anexar copia de la tarjeta
profesional, certificado de vigencia de la
matrícula, formato único de Hoja de Vida
del Departamento Administrativo de la
Función Pública, certificado de
antecedentes disciplinarios y fiscales.
Dedicación 100%.
35 Puntos, si el Especialista en Geotecnia es un Profesional
en el área de ingeniería civil con experiencia general
superior a treinta(30) años contados de la fecha de
expedición de la tarjeta profesional. Si certifica haber
participado como ingeniero geotecnista en dos contratos (2)
de consultoría cuyo valor ejecutado sea igual o mayor al
presupuesto oficial y en el mismo se haya realizado
estudios de vulnerabilidad de edificaciones.
20 Puntos, si el Especialista en Geotecnia es un Profesional
en el área de ingeniería civil con experiencia general
superior a Quince (15) años y menor a Treinta (30) años
contados de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.
Si certifica haber participado como ingeniero geotecnista en
dos contratos (2) de consultoría cuyo valor ejecutado sea
igual o mayor al presupuesto oficial y en el mismo se haya
realizado estudios de vulnerabilidad de edificaciones.
10 Puntos, si el Especialista en Geotecnia es un Profesional
en el área de ingeniería civil con experiencia general
superior a Diez (10) años y menor a Quince (15) años de la
fecha de expedición de la tarjeta profesional. Si certifica
haber participado como ingeniero geotecnista en dos
contratos (2) de consultoría cuyo valor ejecutado sea igual
o mayor al presupuesto oficial y en el mismo se haya
realizado estudios y diseños de vulnerabilidad de
edificaciones.
3.1.3. INCENTIVOS A LA INDUSTRIA NACIONAL
PUNTAJE MAXIMO A ASIGNAR: DIEZ (10) PUNTOS.
Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de DIEZ (10)
puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 151 del Decreto 1510 de
2013, para los bienes y servicios y oferentes nacionales o aquellos considerados
nacionales con ocasión de la existencia de un tratado internacional, conforme a lo
establecido en el parágrafo del artículo 1 de la ley 816 de 2003, modificado por el
artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, se otorgara tratamiento de bienes y
servicios nacionales aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que
Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos
países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda
el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 816 de 2003 los puntajes que se
asignarán en cada uno de los casos serán:
35
- El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o
por residentes en Colombia de acuerdo con la legislación nacional o aplica principios
de reciprocidad (10 puntos).
- El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o
por residentes en Colombia y personas extranjeras de acuerdo con la legislación
nacional sin aplicación principio de reciprocidad (9 puntos).
- El oferente cuya empresa se haya constituido por personas extranjeras de acuerdo
con la legislación nacional (5 puntos)
3.2 CRITERIOS DE DESEMPATE
Con fundamento en lo establecido en el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013, con el
fin de dirimir un empate cuando respecto del puntaje total se llegue a presentar esta
situación en la puntuación de dos o más ofertas de manera que una u otra queden
ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se aplicarán las siguientes reglas:
Si se presenta empate se seleccionará el proponente que haya obtenido el
mayor puntaje en el criterio de experiencia del Equipo de Trabajo.
Si la paridad continúa, se seleccionará el proponente que haya obtenido el
mayor puntaje en el criterio de experiencia del Ingeniero Especialista en
Estructura.
En caso de que exista empate entre una propuesta nacional y una extranjera,
se preferirá la propuesta nacional, de conformidad con el artículo 2 de la ley
816 de 2006.
Se entiende por servicio de origen nacional aquellos prestados por empresas
constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales de
Colombia o por residentes en Colombia. Lo anterior será verificado del
certificado del RUP para personas jurídicas. Para personas naturales se
verificará con la copia de la cédula de ciudadanía, de extranjería o visa de
residente, si es el caso.
De igual manera, en aplicación a lo dispuesto en el parágrafo segundo del
artículo 20 de la ley 80 de 1993, el parágrafo del artículo 1° de la ley 816 de
1993 modificado por el artículo 51 del Decreto ley 019 de 2012, se otorgará el
tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos de origen extranjero
siempre que cumplan las siguientes condiciones:
o Que Colombia haya negociado trato nacional en materia de compras
estatales con dicho país. Dicha circunstancia será verificada en la Página
Web de Colombia Compra Eficiente.
36
o Que en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere
negociado trato nacional, las ofertas de bienes y servicios colombianas
reciban el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.
Esta circunstancia deberá acreditarse mediante certificación expedida por
el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de
Relaciones Exteriores, la cual deberá indicar si existe trato nacional en
virtud de principio de reciprocidad.
Si se presenta empate o este persiste y entre los empatados se encuentren
Mipymes, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o
consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada
únicamente por Mipymes nacionales.
Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los
empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de
sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, este se
preferirá, siempre que cumpla los siguientes requisitos:
o Que este conformada por al menos una Mipyme nacional que tenga un
participación de por lo menos el 25%.
o Que la Mipyme aporte mínimo el 25% de la experiencia presentada en la
oferta.
o Que ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean
empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión
temporal o promesa de sociedad futura.
Si persiste el empate, se preferirá al proponente que acredite tener vinculado
laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en la
condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos
contenidos en la ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio,
unión temporal o promesa de sociedad futura, debe cumplir los siguientes
requisitos:
o Que el integrante del oferente que acredite que el 10% de su nómina está
en condición de discapacidad, debe tener una participación de por lo
menos el 25% en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad
futura.
o Que el integrante del oferente aporte mínimo el 25% de la experiencia
presentada en la oferta.
o Tal circunstancia deberá ser acreditada en la propuesta con la presentación
de una certificación expedida por la oficina de trabajo respectiva, y con la
declaración bajo gravedad de juramento del representante legal donde
conste que dicho personal fue contratado con por le menos un año de
anterioridad y que lo mantendrá por un lapso igual al de la contratación.
Por último, de persistir el empate, se realizará una audiencia cuya fecha fijará
y comunicará oportunamente el Instituto Popular de Cultura IPC, en la cual se
hará un sorteo mediante el método de suerte y azar, conforme a lo dispuesto a
continuación:
37
Se introducirán en una bolsa el número de papeletas equivalente a los
proponentes respecto de los cuales persiste el empate y una (1) de ellas
contendrá la palabra adjudicatario.
o El orden alfabético del nombre de los proponentes determinará cuál de
ellos sacará la primera papeleta.
o El proponente que saque la papeleta que contenga la palabra adjudicatario
será el ganador.
3.3 ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y REVISION DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Efectuada la calificación de la propuesta técnica y publicado el informe de evaluación
de las propuestas, el Comité Evaluador resolverá las observaciones a los informes de
evaluación publicados y conformará la lista de elegibles de conformidad con la
ponderación obtenida.
En presencia del proponente ubicado en el primer lugar en el orden de calificación, la
Entidad procederá a revisar la coherencia y consistencia entre: La necesidad
identificada por la Entidad y el alcance de la oferta; la consultoría ofrecida y el precio
ofrecido; y el precio ofrecido y la disponibilidad presupuestal del presente proceso de
selección. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse los requerimientos
técnicos mínimos.
Si la Entidad y el oferente ubicado en primer orden de elegibilidad llegan a un
acuerdo sobre el alcance y el valor del contrato dejará constancia del mismo y
firmarán el contrato.
Si la Entidad y el oferente calificado en el primer lugar de elegibilidad no llegan a un
acuerdo dejarán constancia de ello y la Entidad revisará con el oferente calificado en
el segundo lugar de elegibilidad los aspectos referidos anteriormente, si la Entidad y
el oferente llegan a un acuerdo dejarán constancia del mismo y firmarán el contrato.
Si la Entidad y el oferente calificado en el segundo lugar de elegibilidad no llegan a un
acuerdo, la Entidad debe declarar desierto el Proceso de Contratación
3.4 ADJUDICACION DEL CONTRATO
La adjudicación se hará mediante acto administrativo motivado el cual será publicado
en la página WEB del Sistema Electrónico de la Contratación Pública - SECOP,
www.colombiacompra.gov.co. De igual forma y mediante publicación en la página
www.institutopopulardecultura.edu.co, se comunicará a los oferentes que no
resultaren favorecidos dentro del proceso de selección.
38
El acto de adjudicación es irrevocable, salvo las excepciones contempladas por el
artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, y obliga tanto a la Entidad como al adjudicatario,
contra él no procede recurso alguno por la vía gubernativa. No obstante lo anterior, si
dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del
mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto
se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la Entidad
podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80
de 1993.
CAPITULO IV
PROPUESTA ECONÓMICA
El proponente deberá presentar su oferta económica en pesos colombianos teniendo
en cuenta el formato establecido en el Pliego de Condiciones. Anexo 4 del Presente
Pliego)
La oferta económica deberá estar debidamente firmada por el representante legal del
proponente o por la persona facultada para ello mediante poder debidamente
otorgado conforme con lo establecido en el Artículo 836 del Código de Comercio.
En la propuesta económica el oferente deberá indicar claramente cuál es el precio
propuesto. Cualquier costo a cargo del proponente que sea omitido en la propuesta
se entenderá que se encuentra incluido y por tanto no podrá ser objeto de reembolso
o de reclamación por restitución del equilibrio económico.
Serán de cuenta del contratista todos los gastos como derechos e impuestos que se
causen con ocasión de la legalización del contrato, y que se requieran cancelar para
dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular.
CAPITULO V
DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN – CRONOGRAMA
El proceso de selección a que se refiere el presente pliego de condiciones se
desarrollará dentro de los siguientes plazos:
5.1 CRONOGRAMA
39
OBJETO FECHA
SITIO DIA - MES MES
Publicación Aviso de Convocatoria
18 de Diciembre 2.014 SECOP - www.colombiacompra.gov.co
y www.institutopopulardecultura.edu.co
Publicación Proyecto de Pliego de Condiciones, Estudios y Documentos Previos
18 de Diciembre 2.014
Podrán ser consultados en el SECOP Página web
www.colombiacompra.gov.co y/o Area Jurídica del IPC del IPC
Observaciones al contenido del Proyecto de Pliego de Condiciones
Del 5 al 9 de Enero hasta las 5:00 PM
2.015 A través del correo electrónico
rectorí[email protected] y/o Area Jurídica del IPC IPC
Publicación Respuesta al contenido del Proyecto de Pliego de Condiciones
Hasta el 14 de Enero 2.015 En el SECOP Página web
www.colombiacompra.gov.co
Publicación Resolución Apertura del Proceso y Pliego de Condiciones Definitivo
15 de Enero 2.015 Podrán ser consultados en el SECOP
Página web www.colombiacompra.gov.co
Observaciones al contenido del Pliego de Condiciones Definitivo
Del 15 al 20 de Enero hasta las 5:00 PM
2.015 A través del correo electrónico
rectorí[email protected] y/o Area Jurídica del IPC IPC
Publicación respuesta a las observaciones formuladas al Pliego de Condiciones Definitivo
Hasta el 23 de Enero 2.015 En el SECOP Página web
www.colombiacompra.gov.co
Presentación de Propuestas – Acto de Cierre
30 de Enero hasta las 3:00 PM
2.015 Area Jurídica del IPC del IPC Calle 4
No. 27-140 de Cali
Evaluación de las Ofertas Del 2 al 4 de Febrero 2.015 Comité Evaluador
Publicación de los informes de evaluación de las propuestas
Del 5 al 9 de Febrero 2.015 En el SECOP Página web
www.colombiacompra.gov.co
Presentación de observaciones a los informes de evaluación de las propuestas
Del 5 al 9 de Febrero hasta las 5:00 PM
2.015 A través del correo electrónico
rectorí[email protected] y/o Area Jurídica del IPC IPC
40
Audiencia Pública en la que se dará lectura a la respuesta de las observaciones, se revisará la Propuesta Económica del primer elegible dando aplicación a lo establecido en el #4. del Artículo 67 del Decreto 1510 de 2013 y se procederá a la Adjudicación del Contrato. De no llegar a un acuerdo se dará cumplimiento a los #s5 y 6 del Artículo del Decreto 1510 de 2013 se procederá a la Adjudicación del Contrato o declaratoria de desierta
El 16 de Febrero a las 10:00 AM
2.015 Area Jurídica del IPC del IPC Calle 4
No. 27-140 de Cali
Celebración del contrato Dentro de los dos (2) días
hábiles siguientes a la adjudicación
2.015 Area Jurídica del IPC del IPC Calle 4
No. 27-140 de Cali
Expedición del Registro Presupuestal
El día de la suscripción del contrato
2.015 Grupo de Gestión Financiera del IPC
Publicación del contrato en el SECOP
Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la
suscripción del contrato 2.015 Area Jurídica del IPC del IPC
Cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato
Dentro de los dos (2 ) días hábiles siguientes a la
suscripción del contrato 2.015 Area Jurídica del IPC del IPC
El pago del contrato se efectuará de conformidad con lo establecido en la forma de pago.
Previo cumplimiento de los requisitos exigidos para el
mismo 2.015 Grupo de Gestión Financiera del IPC
Nota. El cronograma anterior podrá ser modificado en el Acto de Apertura del
Proceso y el Pliego de Condiciones Definitivo del proceso.
5.2 PUBLICACIÓN PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
41
El Instituto Popular de Cultura IPC publicará en página web del Sistema Electrónico
de Contratación Pública – SECOP www.colombiacompra.gov.co., el proyecto de
pliego de condiciones durante el término establecido en el artículo 23 del
Decreto1510 de 2013. Durante este término los interesados podrán formular
observaciones al contenido del proyecto de pliego de condiciones. La publicación del
proyecto de pliego de condiciones no genera obligación para la Entidad de dar
apertura al proceso de selección.
5.3 OBSERVACIONES AL CONTENIDO DEL PROYECTO DE PLIEGO DE
CONDICIONES
Los interesados podrán formular observaciones por escrito al contenido del proyecto
de pliego de condiciones, dentro del plazo establecido en el cronograma del proceso.
Dichas observaciones podrán ser remitidas al correo electrónico
rectorí[email protected] y/o ser radicadas en el l primer piso de la Sede San
Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC ubicado en la en la Calle 4 No. 27-140
de Cali, Con destino al Area Jurídica del IPC.
5.4 RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS AL PROYETO
DE PLIEGO DE CONDICIONES
El documento que contiene la respuesta a las observaciones formuladas al proyecto
de pliego de condiciones será publicado, en la página web del Sistema Electrónico de
Contratación Pública – SECOP www.colombiacompra.gov.co. En todo caso, la
aceptación o rechazo de tales observaciones se hará de manera motivada mediante
documento.
5.5 PUBLICACIÓN ACTO DE APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Y PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
El Instituto Popular de Cultura IPC publicará el acto de apertura, el pliego de
condiciones definitivo y las respuestas a las observaciones presentadas al proyecto
de pliego de condiciones, En las fechas establecidas en el cronograma del proceso,
en la página web del Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP
www.colombiacompra.gov.co
5.6 OBSERVACIONES AL CONTENIDO DEL PLIEGO DE CONDICIONES
DEFINITIVO
42
Los posibles proponentes podrán presentar observaciones al contenido del pliego de
condiciones definitivo, A través del correo electrónico rectorí[email protected] y/o
ser radicadas en el primer piso de la Sede San Fernando del Instituto Popular de
Cultura IPC ubicado en la en la Calle 4 No. 27-140 de Cali, Con destino al Area
Jurídica del IPC.
5.7 RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS AL PLIEGO
DE CONDICIONES DEFINITIVO
Las respuestas a las observaciones y las adendas que se den como resultado de las
observaciones presentadas por los posibles proponentes se publicarán con fecha
límite hasta un día antes de la fecha prevista para el cierre.
5.8 RECEPCION DE OFERTAS Y ACTA DE CIERRE
La recepción de ofertas se realizará en la Sede San Fernando del Instituto Popular de
Cultura IPC ubicado en la en la Calle 4 No. 27-140 de Cali, Con destino al Area
Jurídica del IPC, en la fecha y hora señalada en el presente pliego de condiciones, y
deberá presentarse conforme se establece en el pliego de condiciones.
Las propuestas que lleguen después de la hora prevista para la recepción de
propuestas no serán tenidas en cuenta. Para verificar la hora señalada, se acogerá la
hora que indique en el radicado de la Area Jurídica del IPC del Instituto Popular de
Cultura IPC.
Posteriormente se procederá a la apertura de los sobres en la Area Jurídica del IPC.
De esta diligencia se levantará un acta, que se suscribirá por las personas
encargadas por el Instituto Popular de Cultura IPC y por los proponentes presentes
que así lo deseen, y en la cual se relacionarán sucintamente las propuestas
presentadas así: Nombre del proponente, el número de garantía de seriedad de la
oferta, la compañía de seguros, el número de folios de que consta, si la numeración
de la misma presenta tachaduras o enmendaduras y valor de la oferta económica. En
el evento que la propuesta se encuentre sin foliar, la Entidad procederá a consignar
esta circunstancia en el Acta respectiva.
5.9 EVALUACION DE LAS PROPUESTAS – COMITÉ EVALUADOR
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto 1510 de 2013, el Instituto
Popular de Cultura IPC designará un Comité Evaluador.
Dicho Comité deberá realizar su labor de manera objetiva, ciñéndose exclusivamente
a las reglas contenidas en el pliego de condiciones.
43
El Comité Evaluador verificará y calificará las propuestas presentadas de conformidad
con lo dispuesto en el pliego de condiciones.
El Comité Evaluador, realizará la evaluación de las propuestas recibidas, en el
término establecido en el cronograma del proceso. El informe de evaluación será
suscrito por cada uno de los miembros del comité.
El informe de evaluación se elaborará dentro del plazo establecido para ello en el
cronograma de este proceso de selección y será publicado en la página web del
Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP www.colombiacompra.gov.co
5.10 TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN
Los resultados de la evaluación de las propuestas serán publicados en la página web
del Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP
www.colombiacompra.gov.co. y estarán a disposición de los interesados durante el
término establecido en el cronograma del proceso, para que los oferentes presenten
las observaciones que estimen convenientes a los informes. Vencido el término
indicado, los proponentes no podrán hacer nuevas observaciones, completar las
realizadas durante el período concedido en el pliego de condiciones y tampoco dará
derecho a quienes se abstuvieron de hacerlo para presentar observaciones al citado
informe. Quienes estén interesados en formular observaciones al informe de
evaluación, podrán hacerlo a través de documento escrito a través del correo
electrónico rectorí[email protected] y/o ser radicadas en el l primer piso de la Sede
San Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC ubicado en la en la Calle 4 No. 27-
140 de Cali, Con destino al Area Jurídica del IPC.
5.11 AUDIENCIA PÚBLICA EN LA QUE SE DARÁ LECTURA A LAS
RESPUESTAS DE LAS OBSERVACIONES, SE REVISARÁ LA
PROPUESTA ECONÓMICA DEL PRIMER ELEGIBLE Y SE PROCEDERÁ
A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO O DECLARATORIA DE
DESIERTA SI A ELLO HUBIERE LUGAR
Se realizará audiencia en la que se dará lectura a las observaciones formuladas al
informe de evaluación de propuestas y a las respuestas emitidas por la Entidad.
Posteriormente se realizará la revisión de la oferta económica del primer elegible y se
procederá a la adjudicación o declaratoria desierta según el caso, de acuerdo con las
reglas establecidas en el numerales 3.3 y 3.4 del presente pliego de condiciones
5.12 PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
44
El contrato se perfeccionará con la firma de las partes. Una vez firmado el contrato
por el ordenador del gasto del Instituto Popular de Cultura IPC se le entregará al
contratista para la firma, quien tendrá tres (3) días hábiles siguientes a la
adjudicación, para suscribirlo, una vez se encuentre firmado se procederá a tramitar
el registro presupuestal por parte del Area Financiera del IPC .
Para la ejecución del contrato se requiere de la expedición del registro presupuestal y
de la aprobación de la garantía que constituya el contratista seleccionado a favor del
Instituto Popular de Cultura IPC, por parte del Jefe del Area Jurídica del IPC.
Quien resulte favorecido en el presente proceso de selección, quedará sujeto a las
sanciones económicas establecidas en la Ley y en el presente pliego, en caso de que
se negare a firmar el contrato dentro del plazo establecido en el cronograma. En
dicho caso, el Instituto Popular de Cultura IPC podrá hacer efectiva la garantía de
seriedad de la oferta prevista en este pliego de condiciones, sin menoscabo de las
acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no
cubiertos por el valor de la garantía de seriedad. En el evento anterior, el Instituto
Popular de Cultura IPC dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento
del término de suscripción para el primer adjudicatario, mediante acto administrativo
debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en
segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la
Entidad.
CAPITULO VI
CAUSALES DE RECHAZO Y DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO
6.1 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas serán rechazadas cuando se presente al menos una de las siguientes
causales:
1. Cuando los proponentes se encuentren incursos en alguna de las causales de
inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, establecidas en la Constitución
Política y/o la ley, para lo cual la Entidad revisará el boletín de responsables fiscales,
el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales.
2. Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente, se
entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos
surgidos del mismo.
3. Cuando se presenten dos o más propuestas por un mismo proponente, bajo el
mismo nombre o con nombres diferentes o cuando el representante o los
45
representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otras u
otras personas jurídicas diferentes, que también estén participando en el presente
proceso de selección.
4. Cuando se realice entrega extemporánea de la propuesta o cuando la entrega de
la propuesta se realice en sitio diferente al indicado en el pliego de condiciones.
5. Cuando no se presenten las aclaraciones y/o documentos habilitantes requeridos
por la Entidad dentro del plazo establecido por el Instituto Popular de Cultura IPC.
6. Cuando la propuesta fuere presentada por personas naturales ó jurídicas que
hayan intervenido, directa o indirectamente en la elaboración de los estudios previos,
del pliego de condiciones, o por personas jurídicas cuyos socios o personas a su
servicio hayan tenido tal intervención.
7. Cuando el proponente no presente la póliza de seriedad de la oferta.
8. Cuando un mismo integrante de un equipo de trabajo sea propuesto en alguna otra
oferta para la misma convocatoria.
9. Cuando se compruebe que los documentos presentados por el proponente
contienen información imprecisa, inexacta o que de cualquier manera no
correspondan a la realidad e induzcan al Instituto Popular de Cultura IPC a error en
beneficio del proponente.
10. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para
obligarse o cuando no cumplan con las calidades o condiciones indicadas en la
presente convocatoria.
11. Cuando el valor de la oferta económica, supere el presupuesto oficial estimado
para la presente convocatoria.
12. Cuando la Carta de Presentación de la Oferta no esté firmada.
13. La presentación de ofertas parciales.
14. La no presentación de la propuesta conforme a las especificaciones técnicas
señaladas en la Ficha Técnica del Proceso. (Anexo 5 del Presente Pliego de
Condiciones)
15. Las demás contempladas en la Constitución Política Nacional, la ley y en la
presente convocatoria.
16. Cuando no haya suscrito el compromiso anticorrupción contenido en el anexo 2.
17. El mayor plazo ofrecido para la ejecución.
18. No cumplir con los indicadores financieros señalados en el Pliego.
46
19. Si el (los) proponente(s) expresa(n) algún tipo de ajuste o incremento a los
valores de la oferta.
20. Cuando el objeto social incluido en el certificado de existencia y representación
legal no le permita cumplir o desarrollar la actividad materia de la futura contratación.
21. Cuando las propuestas no cumplan con la totalidad de las generalidades,
especificaciones técnicas, condiciones mínimas solicitadas en el pliego de
condiciones.
22. Cuando no se encuentren debidamente inscritos, y clasificados en el Registro
Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de su jurisdicción o cuando no se
encuentre en firme su inscripción o renovación para la fecha de cierre del proceso.
23.Cuando el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución
a que se refieren los artículos 218, 342, 351, 370 y 457 del Código de Comercio.
6.2 DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Durante el término previsto para la adjudicación del contrato, el Instituto Popular de
Cultura IPC podrá declarar desierto el presente Concurso de Méritos cuando existan
motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable,
en los siguientes casos:
a) Por motivos o causas que impidan el cumplimiento del deber de selección objetiva.
b) Cuando no se presente propuesta alguna.
c) Cuando ninguna propuesta se ajuste a las condiciones consignadas en este pliego
de condiciones.
d) Cuando se encuentre dentro de las causales establecidas en el artículo 66 del
Decreto 1510 de 2013.
CAPITULO VII
CONDICIONES DE CELEBRACION DEL CONTRATO
7.1 FIRMA DEL CONTRATO
47
El proponente favorecido deberá firmar y cumplir con los requisitos de
perfeccionamiento y ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en
este pliego de condiciones y con las normas que regulan la materia.
b. Una vez suscrito el contrato por las partes, el CONSULTOR, procederá a constituir
la garantía en los términos, porcentajes y vigencias que al efecto se indiquen en el
cronograma de la presente convocatoria.
c. Para el trámite enunciado, el CONSULTOR deberá entregar en el Area Jurídica
del IPC del Instituto Popular de Cultura IPC el original de la garantía correspondiente.
Si se trata de póliza expedida por una compañía de seguros, deberá entregar
además, el clausulado de las condiciones generales de la póliza.
El presente pliego de condiciones y la propuesta seleccionada formarán parte del
contrato
7.2 DOMICILIO CONTRACTUAL Y LUGAR DE EJECUCIÓN
Las actividades se desarrollarán en la ciudad de Santiago de Cali. El domicilio
contractual será la Sede San Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC ubicado
en la en la Calle 4 No. 27-140 de Cali.
7.3 PLAZO DE EJECUCIÓN
Tres (3) meses, a partir del acta de inicio suscrita entre el supervisor y el contratista,
previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización del
contrato.
7.4 FORMA DE PAGO
Un primer pago del 60%, a la entrega de los estudios de suelos, vulnerabilidad
sísmica del edificio, de los elementos estructurales y no estructurales, para lo cual se
deberá suscribir el acta respectiva con el recibo a satisfacción de la supervisión.
- Un segundo pago del 30% a la entrega de los diseños definitivos de reforzamiento
estructural, presupuesto detallado, cuadros de cantidades de obra, análisis de precios
unitarios, especificaciones técnicas, y demás entregables considerados en la Ficha
Técnica entregados por el contratista, para lo cual se deberá suscribir el acta
respectiva con el recibo a satisfacción por parte de la supervisión.
48
- Un último pago del 10%, a la aprobación de los estudios técnicos de reforzamiento,
diseños estructurales y planos arquitectónicos asociados por parte de la curaduría
urbana donde se adelanten los tramites de licencia.
El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la
ejecución previo cumplimiento de los requisitos internos exigidos por el IPC para
realizar el mismo (presentación de la factura por parte del contratista, certificación de
cumplimiento expedida por el supervisor, certificación expedida por el revisor fiscal de
la empresa (Si lo tiene) o por el representante legal acreditando el pago de aportes
parafiscales (Sena, ICBF, Caja de Compensación Familiar) Si la Persona Jurídica o la
persona natural se encuentra exonerada de pago de parafiscales, según el artículo 25
de la Ley 1607 de 2012 Reforma Tributaria, dicha certificación debe venir suscrita por
el Revisor Fiscal de la Sociedad, o el Representante Legal de acuerdo con la ley y
aportes al Sistema de Seguridad Social y ARL en cumplimiento del Artículo 50 de la
Ley 789 de 2002 y demás disposiciones legales vigentes y disponibilidad de PAC.
7.5 CONFIDENCIALIDAD
El consultor y su personal, excepto previo consentimiento por escrito del Contratante,
no podrán revelar en ningún momento a cualquier persona o entidad ninguna
información confidencial adquirida en el curso de la prestación de los servicios, ni el
consultor ni su personal podrán publicar las recomendaciones formuladas en el curso
de, o como resultado de la prestación de los servicios.
El consultor se obligará a utilizar la información de carácter privado o reservado con
sujeción a las normas y disposiciones constitucionales y/o legales vigentes, y a la
jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la materia, y a abstenerse de disponer
de bases de datos individuales a favor de entidades públicas o privadas diferentes,
reconociendo que en desarrollo de la consultoría pueden llegar a tener acceso a
información de carácter privado o protegida por el derecho fundamental del Habeas
Data establecido en el artículo 15 de la Constitución Política.
Durante el desarrollo de la consultoría, el contratante podrá solicitar informes de
avance o reuniones, en el marco de la consultoría, de acuerdo al desempeño o la
forma en que el consultor ejecute la evaluación.
7.6 ANALISIS DEL RIESGO
A continuación se presentará el análisis del riesgo por parte del Instituto Popular de
Cultura IPC, conforme a lo dispuesto en el Articulo 17 del Decreto 1510 de 2013, para
adelantar el proceso de contratación.
49
De conformidad con “El Manual para la identificación y Cobertura del riesgo en los
procesos de contratación”, de Colombia Compra Eficiente, el cual se encuentra
disponible en la página: http://colombiacompra.gov.co/es/manuales, el riesgo descrito
en la tabla – probabilidad del Riesgo, se categoriza y valora de la siguiente manera: N
o.
Cla
se
Fu
en
te
Eta
pa
Tip
o
DESCRIPCIÓN
MITIGACIÓN DEL RIESGO
QUIEN ASUME EL
RIESGO
Consecuencia de la
ocurrencia del evento
Pro
ba
bili
da
d
Imp
acto
Ca
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ació
n
To
tal
Pri
ori
da
d
1
Genera
l
Inte
rno
Eje
cució
n
Opera
cio
nal
Falta de
experiencia e idoneidad del contratista.
Seleccionar personas
naturales o jurídicas que
estén en capacidad de
ejecutar el objeto del contrato.
CONTRATISTA
No cumplimiento del contrato
Po
sib
le
Mo
de
rad
o
Alta
Alta
2
Genera
l
Exte
rno
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contr
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al
Opera
cio
nal
Daño en el IPC, como
consecuencia del proceso de instalación, integración,
prueba y puesta en funcionamiento
de los equipos requeridos para
realizar los estudios, que a su
vez, ocasiona daños en elementos
estructurales y no-estructurales
El contratista se obliga a reparar los elementos que resulten afectados en el desarrollo del estudio.
CONTRATISTA
Afectación en la edificación
Po
sib
le
Mo
de
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o
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Alta
3
Especific
o
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rno
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Socia
l
Falta de pago o retrasos en pagos
del valor del contrato.
Solicitud oportuna del
PAC
ENTIDAD
Desequilibrio financiero del
contrato
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Me
no
r
Ba
jo
Me
no
r
4
Especific
o
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rno
Pla
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n
Socia
l
Falta de previsión de la entidad al
definir el objeto y obligaciones del
contratista
Elaboración clara y precisa
de los estudios y
documentos previos del
objeto a contratar
ENTIDAD
Controversias post-
contractuales (liquidación)
Po
sib
le
Mo
de
rad
o
Ba
jo
Me
no
r
5
Especific
o
Exte
rno
Pla
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n
Opera
cio
nal
Que el contratista no cumpla dentro
del plazo estipulado con el
objeto y/o obligaciones y
especificaciones técnicas de lo
contratado
Seguimiento y evaluación al desarrollo del
objeto contractual
ENTIDAD
El incumplimiento del objeto
Po
sib
le
Mo
de
rad
o
Ba
jo
Me
no
r
50
7.7 MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO
Análisis de exigencias de garantías
Teniendo en cuenta el objeto del contrato, por lo que estaría en juego el patrimonio de la
entidad, se opta por solicitar al contratista las siguientes pólizas:
a) De cumplimiento: Cubre el cumplimiento de todas las estipulaciones pactadas sobre
los términos, condiciones y especificaciones de la convocatoria, en cuantía
equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia igual al
término de ejecución de este y cuatro (4) meses más, contados a partir de la de la
suscripción del acta de inicio del contrato.
b) Calidad del servicio: Cubre la calidad del servicio prestado en todas las
estipulaciones pactadas sobre los términos, condiciones y especificaciones de la
convocatoria, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato,
con vigencia igual al término de ejecución de este y tres (3) años más, contados a
partir de la de la suscripción del acta de inicio del contrato.
c) Pago de Salarios y prestaciones sociales: Cubre los salarios y prestaciones sociales que se deriven del contrato, que estén estrechamente ligadas a las actividades propias del mismo las cuales, por la naturaleza del contrato, corresponde al contratista responder por las mismas; en cuantía equivalente al veinte por ciento (10%) del
valor del contrato, con vigencia igual al término de ejecución de este y tres (3) años más, contados a partir de la de la suscripción del acta de inicio del contrato.
En ese orden el consultor deberá constituir garantía en los siguientes términos:
Garantía
Valor
Vigencia
Cumplimiento
20% del valor del contrato
Plazo de ejecución del contrato y cuatro (4)
meses más
Calidad del servicio
10% del valor del contrato
Plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses
más
Pago de Salarios y prestaciones sociales
10% del valor del Contrato
Plazo de ejecución del contrato y tres (3) años
más.
51
7.8 CESIÓN
El CONSULTOR no podrá ceder, el contrato a persona alguna natural o jurídica,
nacional o extranjera, sin previo consentimiento por escrito del Instituto Popular de
Cultura IPC, pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar la
autorización de la cesión.
7.9 SUPERVISIÓN Y COMITÉS TÉCNICOS DE EVALUACIÓN
7.9.1 SUPERVISIÓN
La supervisión de la ejecución y cumplimiento de las obligaciones contraídas por el
Consultor (contratista) estará a cargo del Supervisor designado por el Ordenador del
Gasto.
Cada producto de la consultoría, presentado por el CONSULTOR, debe ser
entregado como borrador en medio electrónico al supervisor del contrato quien
realizará comentarios. Con base en los resultados de los comentarios, el
CONSULTOR realizará los ajustes solicitados por el Supervisor y enviará el informe
definitivo en físico y en medio magnético al supervisor del contrato.
7.9.2 COMITÉ EVALUADOR
Para la evaluación de las propuestas que se reciban con ocasión del proceso de
selección se conformará un Comité Evaluación de propuestas.
7.10 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
La liquidación del contrato se efectuará dentro de los términos establecidos en el
artículo 60 de la Ley 80 de 1993, el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y demás
normas concordantes.
7.11 DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Los documentos que se citan a continuación determinan, regulan, complementan y adicionan las condiciones del contrato:
52
a. Estudios previos y sus anexos. b. El pliego de condiciones, con sus anexos y adendas. c. Las respuestas a las observaciones proferidas por el Instituto Popular de Cultura
IPC
d. La propuesta del consultor. e. El acto administrativo de adjudicación. f. El contrato. g. La garantía aportada como mecanismo de cobertura del riesgo. h. Los demás documentos expedidos en la etapa precontractual, contractual y post-contractual
CAPITULO VIII
ACUERDOS COMERCIALES
8.1 ACUERDOS COMERCIALES
Al presente proceso le son aplicables los siguientes acuerdos comerciales en caso de
no ser limitado a Mipyme:
País
Entidad Estatal incluida
Presupuesto del Proceso de Contratación superior al valor del Acuerdo Comercial
Excepción Aplicable al Proceso de Contratación
Proceso de Contratación cubierto por el Acuerdo
CANADÁ SI SI NO SI CHILE SI SI NO SI ESTADOS UNIDOS
SI SI NO SI
EL SALVADOR SI NA NO SI GUATEMALA SI NA NO SI HONDURAS SI NA NO SI MÉXICO SI SI NO SI CAN SI NA NO SI
53
ANEXO No. 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y fecha Señores INSTITUTO POPULAR DE CULTURA IPC Santiago de Cali. ASUNTO: Proceso de Contratación No. IPC.CM.001.2014 DE 2014 El (Los) suscrito (s) _______________________________________________ de acuerdo con las condiciones que se estipulan en los estudios previos, el pliego de condiciones y sus anexos, hacemos la siguiente oferta y en caso que el Instituto Popular de Cultura IPC, nos adjudique el contrato objeto del presente proceso de selección nos comprometemos a presentar los documentos requeridos para la suscripción del contrato, a suscribir el mismo y a efectuar los trámites para la legalización y ejecución del contrato, dentro de los plazos establecidos para el efecto en el pliego de condiciones. Igualmente, me comprometo a ejecutar el objeto contractual de acuerdo con los documentos que hacen parte del proceso de selección, así como los del contrato, los precios de esta propuesta y las demás estipulaciones de la misma, en las partes aceptadas por el Instituto Popular de Cultura IPC. En mi calidad de proponente hago las siguientes manifestaciones: 1. Que conozco el pliego de condiciones del proceso de selección en referencia e
informaciones sobre preguntas y respuestas, así como los demás documentos relacionados con el objeto a desarrollar y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos.
2. Igualmente, declaro bajo la gravedad del juramento que toda la información
aportada y contenida en mi propuesta es veraz y susceptible de comprobación. 3. Que acepto las condiciones y demás exigencias para la ejecución del contrato. 4. Que en caso de que se me adjudique el contrato me comprometo a suscribir el
acta de iniciación con el Instituto Popular de Cultura IPC y a terminar el contrato dentro de los plazos contractuales, de acuerdo con lo establecido en los documentos del proceso de selección.
5. Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a
este proceso contractual. 6. Que con la firma de la presente carta bajo la gravedad del juramento, manifiesto
que el proponente (o los integrantes del proponente si el mismo es un consorcio o unión temporal) que no se encuentra incurso dentro de las inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones o conflictos de intereses, establecidos en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993 y demás normas pertinentes.
54
7. Que el proponente (ni los miembros que lo integran si fuere el caso) no está (n) reportado (s) en el último Boletín de Responsables Fiscales, expedido por la Contraloría General de la República.
8. Que leí cuidadosamente el pliego de condiciones y elaboré mi propuesta ajustada
a los mismos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.
9. Que manifiesto que el proponente está a paz y salvo con sus obligaciones
laborales frente al Sistema de Seguridad Social y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales.
10. Adjunto garantía de seriedad de la Oferta.
11. QUE MI propuesta SE RESUME ASI:
Nombre completo del proponente
Cédula de ciudadanía o NIT
Representante legal
País de origen del proponente
(En caso de Consorcio o Unión Temporal, se debe indicar el nombre de cada una de las partes que lo conforman)
PLAZO PARA EJECUTAR EL CONTRATO:
Nos comprometemos a ejecutar el contrato, en los plazos establecidos en el pliego de condiciones en referencia.
VALIDEZ DE LA PROPUESTA:
Para todos los efectos, se entenderá que es por una vigencia igual a la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta.
GARANTIA DE SERIEDAD: Aseguradora: Valor : Vigencia :
$
Desde: (Día, mes, año) Hasta: (Día, mes, año)
12. Que los siguientes documentos de nuestra propuesta cuentan con reserva legal:..................................., según las siguientes normas:..................................
13. Que la presente propuesta consta de ( ) folios debidamente numerados.
14. Me permito informar que las comunicaciones relativas a este proceso de selección las recibiré en la siguiente dirección: Dirección: ______________ Ciudad: ______________
55
Teléfono(s): ______________ Correo Electrónico en que aceptó recibir las comunicaciones y notificaciones relacionadas con el presente proceso: ______________ Atentamente, Nombre o Razón Social del Proponente: ______________ Nit: ______________ Nombre del Representante Legal: ______________ C.C. Nº ______________ de ______________ FIRMA: ______________ NOMBRE DE QUIEN FIRMA: ______________
56
ANEXO No. 2
COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
REFERENCIA: Proceso de Selección No. IPC.CM.001.2014 DE 2014 que tiene por
objeto: Elaboración y evaluación de los estudios de vulnerabilidad sísmica y
reforzamiento estructural y/o diseño arquitectónico y cálculo estructural de la
edificación, de acuerdo con los resultados del estudio de vulnerabilidad, de la
infraestructura física de la sede del Instituto Popular de Cultura sede San Fernando
ubicada en la Calle 4 No. 27-140 de Cali, elaborando los diseños requeridos para su
reforzamiento y actualización sísmica de acuerdo con la norma NSR-10.
(Nombre del representante o de la persona natural proponente,) identificado como aparece al pie de mi firma (obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de , manifiesto que:
1. Apoyamos la acción del Estado Colombiano y del Instituto Popular de Cultura IPC par a fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas en la administración pública.
2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Selección No. IPC.CM.001.2014 DE 2014
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dadivas, sobornos o cualquier
forma de alego, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores del Instituto Popular de Cultura IPC directamente o a través de sus empleados, contratista o terceros.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el proceso de contratación por Selección No. xxxxxx de 2014
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Selección No IPC.CM.001.2014 DE 2014 nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente Compromiso Anticorrupción.
57
8. En consecuencia de lo anterior firmo este documento a los ________ del mes ______ año.
____________________________________________________________________ (Firma del Representante Legal del Proponente o del proponente Persona Natural) NOMBRE: No. Documento de Identificación Cargo:
58
ANEXO No. 3
FORMATO CARTA DE INTENCIÓN EQUIPO DE TRABAJO
Lugar y fecha
Señores
INSTITUTO POPULAR DE CULTURA IPC Calle 4 No. 27-140 Santiago de Cali
El suscrito ___________________identificado con C.C No.__________, manifiesto mi
compromiso en trabajar en el estudio objeto del concurso de méritos No.
IPC.CM.001.2014 DE 2014, en el evento de salir favorecidos con la adjudicación del
contrato, a desarrollar las actividades de acuerdo con la propuesta metodológica
presentada, a asistir a la todas la reuniones a las que sea convocado por parte del el
supervisor del contrato.
Así mismo, certifico que no he participado en la preparación o elaboración de otra
propuesta ni hago parte de otra propuesta para la presente convocatoria y que mi hoja
de vida no ha sido presentada para más de dos convocatorias que adelanta el Instituto
Popular de Cultura IPC.
Por último declaro bajo gravedad de juramento, que no me encuentro incurso en
causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la Ley y la
Constitución Política y ni en conflicto de interés alguno para hacer parte del equipo de
trabajo en el presente estudio.
Atentamente,
Nombre:
CC
Dirección.:
Teléfonos:
Correo electrónico:
Ciudad:
Nota. Cada uno de los miembros del Equipo de Trabajo propuesto debe
suscribir la carta de intención
59
ANEXO No. 4
PROPUESTA ECONÓMICA – SOBRE No. 2 (SEPARADO)
PROPONENTE:
PERSONAL PROFESIONAL
CONCEPTO A B C D E F
PERSONAL PROFESIONAL
SUELDO MES
BASICO
% DEDICACION
FACTOR MULTIPLICADOR
VALOR MES
(AxBxC)
No. DE MESES
VALOR PARCIAL (DxE)
$ $ $
SUBTOTAL COSTO DE PERSONAL PROFESIONAL (1) $
PERSONAL TECNICO
CONCEPTO A B C D E F
PERSONAL TECNICO SUELDO
MES BASICO
% DEDICACION
FACTOR MULTIPLICADOR
VALOR MES
(AxBxC)
No. DE MESES
VALOR PARCIAL (DxE)
$ $ $
SUBTOTAL COSTO DE PERSONAL TECNICO (2) $
OTROS COSTOS DIRECTOS
CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD VALOR
UNITARIO VALOR PARCIAL
(Ensayos, transportes, informes, etcétera) $ $
SUBTOTAL OTROS COSTOS DIRECTOS (3) $
TOTAL COSTOS (1+2+3) $
IVA 16% $
VALOR TOTAL DE LA OFERTA $
FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE
Para el cálculo del Factor Multiplicador el oferente deberá considerar variables tales como Prestaciones Sociales, Costos Directos, Gastos Generales, Impuestos, Imprevistos, Contingencias, etc., y debe ser presentada con este anexo en el sobre de la propuesta económica. Nombre o Razón Social del PROPONENTE_____________________ Nombre del Representante Legal ______________________________ Nit. No. ________________ Dirección___________________ Ciudad_____________________ Teléfono ___________________ Fax _______________________ Correo electrónico _________________________
60
________________________________ FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO No. 5
FICHA TÉCNICA
INSTRUCTIVO INFORMACIÓN
1. Consultoría
Realizar estudio de vulnerabilidad sísmica, monitoreo, patología y reforzamiento estructural de acuerdo con la norma de sismo-resistencia NSR–10, adicional a informes, presupuesto total de obras y análisis de precios unitarios del mismo para el inmueble La sede San Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC, que se encuentra ubicada en la Calle 4 No. 27-140 de Cali
2. Características Técnicas o Especificas del Servicio
1. Levantamiento general de la edificación mediante la cual se determinan la distribución de muros y otros elementos que son soportados por la estructura existente. Área: 1.047 M2 en dos niveles 2. Levantamiento general de la estructura de soporte de la edificación y que comprende el levantamiento de las dimensiones de vigas, columnas y demás elementos estructurales lo que sirve como base para la modelación a efectuarse. Área: 1.047 M2 en dos niveles 3. Diseño arquitectónico de la edificación a ampliar, especialmente para los espacios de Cafetería, Camerinos y Salones Insonorizados en un área aproximada de 203,24 M2 distribuida en dos niveles.. 4. Levantamiento del reforzamiento de la estructura de la edificación. Esta actividad se requiere con el fin de conocer el tipo de reforzamiento (Aceros), su límite de fluencia, cantidad por elemento y demás, lo cual permite conocer la capacidad estructural de estos. 5. Verificación de la resistencia de los concretos de los diversos elementos de la estructura de la edificación, actividad que conjuntamente con la anterior, permiten la modelación y verificación de su vulnerabilidad estructural ante eventos sísmicos y el tipo de reforzamiento requerido. 6. Estudios de geotecnia y suelos para tipificación de los parámetros sísmicos del suelo de fundación y capacidad portante. Mediante esta actividad se conocen los perfiles del suelo y los parámetros y características del mismo para conocer el espectro de diseño sísmico a
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aplicar en la modelación de la edificación. 7. Modelación de la estructura actual para conocer su vulnerabilidad ante los sismos. Reunidos los datos enumerados anteriormente se modela la estructura en programas 3D para conocer la vulnerabilidad de la edificación y los elementos que requieren reforzamiento. 8. Estudio del reforzamiento de la estructura. Con los resultados del numeral anterior se procederá mediante tanteos al diseño del reforzamiento de la estructura para su actualización a la norma NSR10. 9. Elaboración de planos de construcción. Se presentarán los planos resultantes para el reforzamiento de la edificación que contendrán los detalles de los nuevos refuerzos, incremento de secciones de elementos de concreto, cuadros de acero, etc., que permitan la actualización de la edificación a la norma NSR10. 10. Entrega de memorias de cálculo, cantidades de obra y presupuestos como soporte de las actividades anteriores.
3. Obligaciones a exigir al contratista. Detalle cada una de ellas. En las obligaciones se deben destacar las metas y los entregables o productos.
1. El contratista debe contar con los equipos necesarios para las labores de nivelación y anexar la carta de calibración de los equipos utilizados. 2. El contratista debe tomar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los profesionales y técnicos que involucre en el proyecto. 3. El contratista se obliga a presentar con cada factura la certificación expedida por el revisor fiscal de la empresa (si lo tienen) o por el representante legal acreditando el pago de aportes parafiscales (SENA, ICBF, Caja de Compensación Familiar) y patronales (Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales de los Empleados de la Empresa), en cumplimiento del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002. 4. Las demás que se requieran para cumplir con el objeto pactado, en coordinación con el supervisor del contrato, encargado de ejercer el control y vigilancia del mismo. 5. Deberá realizarse un análisis técnico a la información existente, diseños con los cuales fue construido el edificio (arquitectónico, estructural).
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6. Para la realización de cada uno de los sondeos del estudio de suelos y apiques del análisis de la cimentación, deberá coordinarse previamente con el supervisor del contrato según la programación aprobada para los estudios, la ubicación de cada uno de ellos; con el fin de adecuar los espacios necesarios y autorizar el ingreso del personal. 7. Cada espacio o zona donde se estén realizando los sondeos o apiques externos, deberá estar demarcada con cintas de seguridad mínimo (tres cintas), (la cinta deberá indicar peligro) y postes en PVC, en la zona interna deberá cerrarse el espacio con poli sombra o polietileno calibre 6 con estructura en madera de piso a techo y el recorrido hacia el exterior deberá estar demarcado con cinta de seguridad, protegiendo el piso de la edificación.
8. Cada vez que se realice un sondeo o un apique, se deberán hacer las reparaciones necesarias para dejar cada espacio en las mismas condiciones que estaba inicialmente, antes de iniciar el siguiente; utilizando la misma especificación de materiales. 9. Los elementos que sean dañados debido al recorrido que realiza el personal que realiza los trabajos o a la mala ejecución de los mismos, deberán ser reparados o remplazados con las mismas especificaciones iniciales a costa del contratista. 10. Se deberá realizar un estudio de suelos o geotécnico en el área específica de la edificación (interna y externa), con un número de sondeos y profundidad de acuerdo a lo estipulado en la norma NSR10. 11. Una vez determinada la vulnerabilidad sísmica del edificio, cimentación y estructura, se deberá hacer una presentación en formato PowerPoint, donde se explique las falencias de la edificación en las condiciones actuales ante los requerimientos de la NSR-10. 12. De acuerdo al análisis de vulnerabilidad sísmica del edificio deberán ser presentadas tres propuestas de reforzamiento en las cuales se deben reflejar aspectos tales como costos, planos arquitectónicos, tiempos de ejecución y procedimiento constructivo de cada una de ellas; de las cuales en coordinación con el supervisor del contrato se determinará la más viable técnica y económicamente.
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13. Una vez determinada la alternativa de reforzamiento; se deberá diseñar el reforzamiento estructural de todo el edificio, de acuerdo a los parámetros establecidos en la NSR-10 y demás normas que la complementen o modifiquen; para la disposición de cada elemento, se deberán mostrar la ubicación y disposición de cada uno de ellos dentro de los Planos solicitados en el arquitectónico de las áreas a ser intervenidas. La misma deberá tener en cuenta las condiciones funcionales del edificio. 14. El diseño del reforzamiento estructural deberá realizarse de acuerdo a los parámetros establecidos en la NSR-10, haciendo el modelo matemático de la estructura existente con los elementos de reforzamiento adoptados mediante programas de computador especializados para estructuras de concreto y acero, mostrando en planos a colores el comportamiento después del reforzamiento de los puntos que eran vulnerables a falla del edificio; del diseño del reforzamiento estructural se deberán presentar las memorias de cálculo (datos de entrada al programa de cálculo, datos de salida del programa de cálculo, cálculo de derivas, comparación de los índices de sobresfuerzo de la vulnerabilidad con el reforzamiento, comparación de los índices de flexibilidad de la vulnerabilidad con el reforzamiento), planos de diseño, planos de detalles constructivos, cartillas de hierros, cantidades de obra, presupuesto de obra con vigencia 2014 y proyectado a 2015, análisis de precios unitarios (materiales, equipos, herramientas y mano de obra), especificaciones técnicas de materiales y procesos constructivos. 15. En los puntos donde se realicen ensayos destructivos (núcleos, regatas para detección de refuerzo y ensayos de calidad del acero), se deberán realizar las reparaciones del elemento estructural utilizando concretos o morteros de alta resistencia, baja retracción, pegantes epóxicos y acero de 60000 PSI) 16. Una vez realizado el diseño del reforzamiento estructural y de elementos no estructurales de todo el edificio, se deberá realizar la propuesta arquitectónica para la adecuación de cada uno de los espacios donde quedan ubicados los elementos de reforzamiento, utilizando materiales con similar especificación a los existentes en cada zona del edificio.
17. Se deberá realizar una programación en diagrama de barras GANNT, de la ejecución de las obras de
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reforzamiento estructural que resulten del estudio de vulnerabilidad sísmica además de que el edificio debe seguir funcionando en el proceso constructivo del reforzamiento. 18. EL contratista deberá entregar la siguiente información: - Original impreso en papel pergamino (90 gramos), tamaño pliego y medio magnético de la programación en diagrama GANNT de la ejecución de los estudios. - Original impreso en papel pergamino (90 gramos), tamaño pliego y medio magnético del levantamiento arquitectónico realizado a la edificación junto con el informe de materiales y acabados de la edificación. - Original impreso en papel pergamino (90 gramos), tamaño pliego y medio magnético del levantamiento estructural realizado a la edificación junto con el informe del estado actual de la estructura. - Un informe en original impreso y medio magnético de la evaluación hecha a la información técnica existente (diseños iniciales). - Un informe en original impreso y medio magnético del estudio de suelos, el cual debe contener: generalidades del estudio, geología de la zona, parámetros de elaboración, plano de localización de sondeos en papel pergamino (90 gramos) tamaño pliego , plano de localización general del proyecto en papel pergamino (90 gramos), registro fotográfico de las perforaciones realizadas con testigo métrico de la profundidad alcanzada, perfiles estratigráficos de cada una de las perforaciones, perfil estratigráfico general de la zona de localización del edificio, parámetros físico mecánicos del suelo estudiado, capacidad de soporte del suelo según cada estrato y profundidad de estos, grado de licuación del suelo, expansibilidad del suelo, localización del nivel freático, parámetros sísmicos del suelo, comportamiento de estabilidad del terreno, asentamientos probables, relación de ensayos realizados, resultado de los ensayos realizados, especificaciones técnicas para la alternativa de reforzamiento de la cimentación seleccionada. - Un informe en original impreso y en medio magnético de la presentación de las alternativas de reforzamiento estructural de la cimentación para todo el edificio con recomendaciones para el diseño y construcción de la alternativa de reforzamiento seleccionada. -Un informe en original impreso y en medio magnético del estudio de vulnerabilidad sísmica realizado al edificio considerando los elementos Estructurales y no-estructurales, el cual debe contener: plano en papel
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pergamino (90 gramos), tamaño pliego de la localización de los puntos donde se tomaron las muestras para la vulnerabilidad (planta y altura), indicando si fueron destructivas o no destructivas y qué tipo de ensayo se realizó, plano en papel pergamino (90 gramos) tamaño pliego de la localización de los puntos donde se tomaron muestras (planta y altura) para la patología estructural de todo el edificio, indicando el tipo de ensayo realizado, análisis del resultado obtenido de los ensayos tanto para la vulnerabilidad sísmica como para la patología estructural, modelo matemático empleado, memorias de cálculo que deben contener como mínimo (datos de entrada al programa, datos de salida del programa, cálculo de derivas, índices de sobre esfuerzo, índice de flexibilidad), planos en papel pergamino (90 gramos) a colores que muestren los puntos vulnerables a falla del edificio; análisis comparativo con la información existente del edificio. -Un informe en original impreso y medio magnético del diseño del reforzamiento estructural (elementos estructurales y no estructurales) de todo el edificio incluyendo memorias de cálculo con (datos de entrada al programa de cálculo, datos de salida del programa de cálculo, cálculo de derivas, comparación de los índices de sobresfuerzo de la vulnerabilidad con el reforzamiento, comparación de los índices de flexibilidad de la vulnerabilidad con el reforzamiento), modelo matemático empleado, planos en papel pergamino (90 gramos) tamaño pliego del diseño de reforzamiento estructural, planos de detalles constructivos del reforzamiento estructural, análisis del comportamiento estructural antes y después del reforzamiento del edificio, cartillas de hierros, cantidades de obra, presupuesto de obra con vigencia 2013 y proyectado a 2014, análisis de precios unitarios con estudio de mercado de la zona (mínimo tres cotizaciones directas de materiales, equipos, herramientas y mano de obra), especificaciones técnicas de materiales y procesos constructivos. -Un informe en original impreso y medio magnético de la solución arquitectónica adoptada para cada uno de los espacios donde quedan los elementos de reforzamiento (elementos estructurales y no estructurales), el cual debe contener: planos en papel pergamino (90 gramos) tamaño pliego de la solución arquitectónica en planta y perfil, de cada espacio afectado por el reforzamiento estructural de todo el edificio, cantidades de obra, presupuesto de obra, análisis de precios unitarios (materiales, equipos, herramientas y mano de obra), especificaciones técnicas de materiales y procesos
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constructivos. -Un original impreso y medio magnético de la programación de ejecución de las obras de reforzamiento, en papel pergamino (90 gramos), tamaño pliego. -El contratista se obliga a realizar los ajustes requeridos a los cálculos y planos anexados hasta la aprobación de los mismos por parte de la Curaduría Urbana donde se adelanten los tramites de permisos y licencias por parte del Instituto Popular de Cultura IPC, a costo del contratista. -El contratista se obliga a realizar la disposición adecuada de los residuos resultantes de los diferentes procesos técnicos desarrollados en el estudio.
4. Obligaciones del Instituto Popular de Cultura IPC, definirlas en el caso que el servicio exija de la entidad información, documentos, espacios locativos, equipos, instalaciones eléctricas, textos en el caso de publicaciones, entre otros.
1. Garantizar al contratista el acceso a las instalaciones del Instituto Popular de Cultura IPC, cuando así lo requiera para la ejecución del contrato. 2. Informar al contratista sobre los aspectos técnicos que éste requiera para la debida y oportuna ejecución del contrato. 3. Proporcionar la información requerida para la normal ejecución del objeto del contrato. 4. Supervisar al Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual. 5. El Instituto Popular de Cultura IPC iniciará los trámites de permisos ante curaduría 10 días hábiles posteriores a la entrega por parte del contratista de los documentos técnicos requeridos para tal fin. 6. Cancelar al contratista las sumas establecidas en la oportunidad y forma prevista, sujeta a la disponibilidad del PAC.
5. Plazo de ejecución.
TRES (3) MESES
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ANEXO No. 6
INFORMACIÓN TRIBUTARIA
Para dar cumplimiento a la ley 863 del 29 de diciembre de 2003 y demás normas que la modifique o adicione, norma establece la obligación de efectuar las retenciones en los impuestos de IVA, INDUSTRIA Y COMERCIO e IMPUESTO A LA RENTA, favor suministrar la siguiente información la cual permitirá efectuar correctamente sus pagos. FECHA: __________________________________________ NOMBRE Y RAZON SOCIAL:___________________________________________ DIRECCION COMERCIAL: _______________________________________________ CIUDAD DE OPERACIÓN:_________________________TELEFONO:_______________ CORREO ELECTRONICO:_________________________FAX:_____________________ C.C NIT No_________________________ Régimen Común Régimen Simplificado Gran Contribuyente SI NO Autoretenedor SI NO Resolución No________________ Actividad económica (ICA) ______________ Código_______________ ENTIDAD BANCARIA ________________________________________ SUCURSAL________________________________________________ Cta Corriente No____________________________________ Cta de Ahorros No____________________________________ _______________________________________ Nombre y firma del Responsable
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ANEXO No. 7
MINUTA DE CONTRATO
CONTRATO No. XXXXXX
CONTRATANTE Establecimiento Público - Instituto Popular de Cultura. IPC.
CONTRATISTA XXXXXXXXX NIT O CEDULA : XXXXXXXX
OBJETO Elaboración y evaluación de los estudios de vulnerabilidad sísmica y
reforzamiento estructural y/o diseño arquitectónico y cálculo estructural
de la edificación, de acuerdo con los resultados del estudio de
vulnerabilidad, de la infraestructura física de la sede del Instituto Popular
de Cultura sede San Fernando ubicada en la Calle 4 No. 27-140 de Cali,
elaborando los diseños requeridos para su reforzamiento y actualización
sísmica de acuerdo con la norma NSR-10
VALOR SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS MCTE ($75.000.000)
INCLUIDO IVA
FORMA DE PAGO Un primer pago del 60%, a la entrega de los estudios de suelos, vulnerabilidad sísmica del edificio, de los elementos estructurales y no estructurales, para lo cual se deberá suscribir el acta respectiva con el recibo a satisfacción de la supervisión.
Un segundo pago del 30% a la entrega de los diseños definitivos de reforzamiento estructural, presupuesto detallado, cuadros de cantidades de obra, análisis de precios unitarios, especificaciones técnicas, y demás entregables considerados en la Ficha Técnica entregados por el contratista, para lo cual se deberá suscribir el acta respectiva con el recibo a satisfacción por parte de la supervisión.
Un último pago del 10%, a la aprobación de los estudios técnicos de reforzamiento, diseños estructurales y planos arquitectónicos asociados por parte de la curaduría urbana donde se adelanten los tramites de licencia.
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PLAZO El plazo de ejecución del contrato será de tres (3) meses,
contados a partir del perfeccionamiento del contrato, previa
aprobación de la garantía única y de la suscripción del acta de
inicio.
C. D. P. No. XXXXX de XXXX de 2014 la cual debe ser actualizada con la
vigencia fiscal correspondiente
Entre los suscritos a saber: MARIA DEL PILAR MEZA DIAZ mayor de edad vecino y
residente en esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía No. 31.895.155
expedida en Cali, en su calidad de Rectora del Establecimiento Público del orden
Municipal denominado - Instituto Popular de Cultura IPC con NIT No. 900.431.928-3
Adscrito a la Secretaría de Educación Municipal, según Acuerdo Municipal 0313 de. 2011
y nombrada como Rectora mediante el Decreto 411.0.20.0226 de Abril 9 de 2012, con
Acta de Posesión No. 0256 de Abril 24 de 2012, por una parte, quien en adelante se
denominara EL INSTITUTO y xxxxxxxxxxxx identificada con el NIT o cedula
xxxxxxxxxxx empresa con domicilio en la Ciudad de xxxxxxx constituida a través de
Escritura Pública xxxxxx otorgada por la Notaría xxxxxx de xxxxxx el xxxx de xxxxxx de
xxxxxx inscrita en la Cámara de Comercio de xxxxxx el xxxx de xxxxxx de xxxxxx, en el
libro xxx folio xxxxx bajo el número xxxxx representada legalmente por xxxxxxxxxxxxx,
mayor de edad, con domicilio en la ciudad de xxxxxx, identificado con cédula de
ciudadanía número xxxxxxx de xxxxxxx, quien en adelante se denominará EL
CONTRATISTA, de conformidad con el certificado de existencia y representación legal
expedido por la Cámara de Comercio de xxxxxxxx, quien declara que ni ella ni la sociedad
que representa se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o de
incompatibilidad consagradas en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, adicionado por el
artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, y teniendo en cuenta previamente lo siguiente: 1. Que
mediante resolución xxxx del xxxx de xxxxx de xxxxxx, se ordenó la apertura del proceso
número xxxxxxxx – Concurso de meritos. 2. Que con ocasión del proceso
IPC.CM.001.2014, presentaron ofertas las siguientes sociedades: xxxxxxxxx 3. Que de
conformidad con el decreto 1510 de 2013 se efectuó la respectiva verificación de los
requisitos habilitantes y la evaluación de la oferta. 4. Que mediante resolución No. Xxxx
de xxxxxx de xxxxx se adjudicó el contrato de xxxxxxxxxxx objeto del proceso xxxxxxxx
Con fundamento en lo anteriormente señalado se suscribe el presente contrato, que se
regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO: Elaboración y evaluación de los
estudios de vulnerabilidad sísmica y reforzamiento estructural y/o diseño arquitectónico y
cálculo estructural de la edificación, de acuerdo con los resultados del estudio de
vulnerabilidad, de la infraestructura física de la sede del Instituto Popular de Cultura sede
San Fernando ubicada en la Calle 4 No. 27-140 de Cali, elaborando los diseños
requeridos para su reforzamiento y actualización sísmica de acuerdo con la norma NSR-
10. SEGUNDA. ALCANCE DEL OBJETO : El presente contrato tendrá el siguiente
alcance: DESCRIPCION TECNICA Y DETALLADA DEL BIEN Y/O SERVICIO En el
Capítulo A.10 del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente, NSR-10,
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“Evaluación e Intervención de Edificaciones construidas antes de la vigencia de la
presente versión del Reglamento” se establecen los criterios que se deben seguir para los
Estudios de Vulnerabilidad Sísmica. A continuación se detalla el proceso que se debe
seguir para la realización de dichos estudios: DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO Para los
Estudios de Vulnerabilidad Sísmica y de Reforzamiento Estructural de edificaciones
indispensables de los Grupos de Uso III y IV, se deben tener en cuenta tres fases
fundamentales a saber: (Ver A.10.1.4 – PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LA
INTERVENCION del Reglamento NSR-10). PRIMERA FASE – INFORMACION
PRELIMINAR Consiste en la búsqueda de toda la información necesaria concerniente al
diseño y construcción de la edificación original, para lo cual se tienen las siguientes
etapas: Ver etapas 1, 2 y 3 en A.10.1.4 del Reglamento NSR-10. SEGUNDA FASE –
EVALUACION DE LA ESTRUCTURA EXISTENTE. Consiste en el estudio de la
Vulnerabilidad Sísmica de la edificación para lo cual se deben realizar las siguientes
etapas: ver etapas 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de A.10.1.4 del Reglamento NSR-10. TERCERA
FASE – INTERVENCION DEL SISTEMA ESTRUCTURAL. Consiste en el planteamiento
de las diferentes alternativas y recomendaciones para el refuerzo sísmico de la
edificación, de tal manera que cumpla con las especificaciones del Reglamento vigente,
NSR-10, según A.10.6, para lo cual se deben realizar las siguientes etapas: Ver etapas 11
y 12 de A.10.1.4 del Reglamento NSR-10. RESULTADOS A ENTREGAR Para
efectos de establecer si la reparación es viable o no, deben realizarse, como
mínimo, los estudios e investigaciones que se describen a continuación: (i)
Procedimiento de evaluación de los daños y del diseño de la reparación. (ver
A.10.10.2.1 del Reglamento NSR-10) (ii) Información sobre la estructura y su
estado. (Ver A.10.10.2.2 del Reglamento NSR-10) (iii) Criterios para diseñar la
reparación y o reforzamiento estructural. (Ver A.10.10.2.3 del Reglamento NSR-
10) (iv) Cálculos memorias y planos de la reparación y o reforzamiento estructural.
(Ver A.10.10.2.4 del reglamento NSR-10) (v) Diseño arquitectónico de la
ampliación requerida a la planta física, especialmente para los espacios de
Cafetería, Camerinos y Salones Insonorizados en un área aproximada de 203,24
M2 distribuida en dos niveles. (vi) Diseño y cálculo estructural de la planta física
ampliada. (vii) Supervisión Técnica. (Ver A.10.10.2.5 del Reglamento NSR-10). El
contratista deberá obrar con lealtad y buena fe durante la ejecución del contrato,
evitando dilaciones y entrabamientos que pudieran presentarse. Allegar la
certificación del cumplimiento del pago de los aportes al Sistema General de
Seguridad Social y contribuciones parafiscales de ley de sus empleados. Las
demás que contribuyan a garantizar el cumplimiento del contrato y las que por su
naturaleza le sean atribuibles conforme al objeto y alcance del mismo. Para
efectos del cumplimiento del contrato, el contratista se compromete a cumplir las
obligaciones previstas en las disposiciones legales vigentes que regulan el
contrato. TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Durante la ejecución del
objeto antes descrito, el contratista debe cumplir con las siguientes actividades las cuales
se entenderán que se ajustan a lo establecido en la Ley 400 de 1997 y en el Código NSR
– 10 Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistente (Decreto 926 de
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2010, modificado mediante Decretos 2525 de 2010,092 de 2011 y 0340 de 2012) a)
Elaboración de un procedimiento para la recolección y análisis de la información existente
(levantamiento topográfico, estructural, metodología para la realización de ensayos de
campo y de laboratorio, etc.). Los ensayos que se requieran de cualquier tipo, ya sean,
parcialmente destructivos, regatas, apiques y demás, y la reconstrucción deberá ser por
cuenta del contratista. b) Análisis de la información disponible, verificación y actualización
de los espacios existentes. c) Análisis y descripción de la estructura actual. d) Catastro
del edificio, arquitectónico y estructural descripción de usos. (si no existen planos). e)
Estudio de suelos y cimentación e informe necesario para rediseño estructural para el cual
se deberán tener en cuenta los parámetros e índices indicados en el estudio de
Microzonificación sísmica, para la obtención del espectro de diseño. f) Levantamientos de
lesiones y Determinación de las características físicas y mecánicas del concreto. g)
Caracterización de la amenaza de acuerdo con la norma NSR-10, Vulnerabilidad
estructural de la edificación objeto del estudio. h) Modelos y metodología de análisis
estructural. i) Informe del diagnóstico. j) Presentación de alternativas de intervención y
actualización estructural, incluyendo: 1. Planos estructurales y detalles de reforzamiento.
2. Informe de verificación estructura actual con los planos Suministrados. 3. Informe del
estudio de materiales. 4. Informe del estudio geotécnico. 5. Determinación del sistema
estructural principal y su comportamiento Actual. 6. Modelación de la estructura. 7.
Evaluación de la vulnerabilidad de la estructura existente. 8. Diagnóstico de la
vulnerabilidad sísmica estructural y no estructural. 9. Registro Fotográfico del estudio. 10.
Alternativas de solución. 11. Justificación alternativa final. 12. Recomendaciones para: la
intervención y actualización, estructural y tratamiento de elementos no estructurales. 13.
Memorias y planos completos de los estudios realizados e intervenciones Propuestas con
soluciones eficientes, económicas y seguras. 14. Programación de obra (trabajos de
intervención). 15. Entrega de análisis de precios. 16. Entrega de presupuesto. 17.
Especificaciones técnicas. 18. Plantas arquitectónicas de las edificaciones existentes,
Informe de verificación del uso de los espacios arquitectónicos. 19. Diseño arquitectónico
de acuerdo a los lineamientos entregados al momento de la adjudicación del contrato,
especialmente para los espacios de Cafetería, Camerinos y Salones Insonorizados en un
área aproximada de 203,24 M2 distribuida en dos niveles. 20. Ejecutar el objeto del
contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y
financieras estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con la propuesta.
21. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato imparta el INSTITUTO
POPULAR DE CULTURA, a través de la supervisión del contrato. 22. Brindar soporte
técnico especializado en sitio cuando sea necesario, en el tiempo de garantía de los
bienes y durante los mantenimientos preventivo y correctivo. 23. Obrar con lealtad y
buena fe durante la ejecución del contrato, evitando dilaciones y entrabamientos que
pudieran presentarse. 24. Allegar la certificación del cumplimiento del pago de los aportes
al Sistema General de Seguridad Social y contribuciones parafiscales de ley de sus
empleados. 25. Las demás que contribuyan a garantizar el cumplimiento del contrato y las
que por su naturaleza le sean atribuibles conforme al objeto y alcance del mismo. 26.
Para efectos del cumplimiento del contrato, el contratista se compromete a cumplir las
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obligaciones previstas en las disposiciones legales vigentes que regulan el contrato.
CUARTA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE: LA CONTRATANTE se obliga a: 1.
Cancelar al CONTRATISTA el valor del contrato de conformidad con la forma de pago
establecida. 2. Verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista frente al
Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales para la realización de cada uno de los
pagos derivados del presente contrato. QUINTA. PLAZO: El plazo de ejecución del
contrato será de tres (3) meses, contados a partir del perfeccionamiento del contrato,
previa aprobación de la garantía única y de la suscripción del acta de inicio, previa
aprobación de la garantía única y expedición del registro presupuestal.; sin perjuicio que
pueda agotarse en el menor tiempo posible. SEXTA. VIGENCIA.- La vigencia del
presente contrato será el plazo del contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de
la fecha de aprobación de la garantía única. SEPTIMA.VALOR. Para efectos legales y
fiscales el valor del presente contrato es SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS
MCTE ($75.000.000) INCLUIDO IVA, OCTAVA. FORMA DE PAGO: el INSTITUTO
POPULAR DE CULTURA pagará al contratista el valor del contrato en tres (3) cuotas
según entregables debidamente certificados por el supervisor del contrato así: (a) Un
primer pago del 60%, a la entrega de los estudios de suelos, vulnerabilidad sísmica del
edificio, de los elementos estructurales y no estructurales, para lo cual se deberá suscribir
el acta respectiva con el recibo a satisfacción de la supervisión. (b) Un segundo pago del
30% a la entrega de los diseños definitivos de reforzamiento estructural, presupuesto
detallado, cuadros de cantidades de obra, análisis de precios unitarios, especificaciones
técnicas, y demás entregables considerados en la Ficha Técnica entregados por el
contratista, para lo cual se deberá suscribir el acta respectiva con el recibo a satisfacción
por parte de la supervisión. (c) Un último pago del 10%, a la aprobación de los estudios
técnicos de reforzamiento, diseños estructurales y planos arquitectónicos asociados por
parte de la curaduría urbana donde se adelanten los tramites de licencia. PARÁGRAFO
PRIMERO: El último pago se efectuará dentro de los treinta (30) días calendario
siguientes a la ejecución, previo cumplimiento de los requisitos internos exigidos por el
IPC para realizar el mismo (presentación de la factura por parte del contratista,
certificación de cumplimiento expedida por el supervisor, certificación expedida por el
revisor fiscal de la empresa (Si lo tiene) o por el representante legal acreditando el pago
de aportes parafiscales (Sena, ICBF, Caja de Compensación Familiar) Si la Persona
Jurídica o la persona natural se encuentra exonerada de pago de parafiscales, según el
artículo 25 de la Ley 1607 de 2012 Reforma Tributaria, dicha certificación debe venir
suscrita por el Revisor Fiscal de la Sociedad, o el Representante Legal de acuerdo con la
ley y aportes al Sistema de Seguridad Social y ARL en cumplimiento del Artículo 50 de la
Ley 789 de 2002 y demás disposiciones legales vigentes. Así mismo se infiere que deberá
acreditar que se encuentra al día en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad
Social Integral y Parafiscales. PARÁGRAFO SEGUNDO: SUJECIÓN AL PAC: De
conformidad con el artículo 73 del Decreto 111 de 1996 - Estatuto Orgánico del
Presupuesto, la suma que LA CONTRATANTE se obliga a pagar está sujeta a las
apropiaciones presupuestales y a la situación de fondos del Programa Anual de Caja
(PAC). PARÁGRAFO TERCERO:LA CONTRATANTE cuenta con disponibilidad
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presupuestal, con cargo al presupuesto de la entidad según certificado de disponibilidad
presupuestal número No.1355 de 2 de diciembre de 2014 expedidos por la Coordinación
Financiera de LA CONTRATANTE, el cual debe ser actualizado según la vigencia fiscal a
la que corresponda. PARÁGRAFO CUARTO: Para realizar el pago respectivo LA
CONTRATANTE cancelará la suma correspondiente, consignando directamente el
respectivo valor en la cuenta bancaria que EL CONTRATISTA indique a LA
CONTRATANTE previo a la celebración del contrato y/o con cheque de gerencia. La
factura debe cumplir con las exigencias consagradas en el artículo 617 del Estatuto
Tributario y debe ser remitida a LA CONTRATANTE, para efectos de efectuar el
respectivo pago. PARÁGRAFO QUINTO:LA CONTRATANTE pagará en moneda
nacional el valor del contrato. NOVENA. GARANTIA: Para asegurar el cumplimiento de
las obligaciones adquiridas en virtud del presente contrato el CONTRATISTA deberá
constituir una garantía, a su elección, en cualquiera de las modalidades que describe el
Título V Capítulo II del Decreto 0734 de 2012 (esto es póliza de seguros, fiducia mercantil
en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de título
valores, depósito de dinero en garantía) con las coberturas indicadas a continuación:
a) De cumplimiento: Cubre el cumplimiento de todas las estipulaciones pactadas
sobre los términos, condiciones y especificaciones de la convocatoria, en cuantía
equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia igual al
término de ejecución de este y cuatro (4) meses más, contados a partir de la de la
suscripción del acta de inicio del contrato. b) Calidad del servicio: Cubre la calidad
del servicio prestado en todas las estipulaciones pactadas sobre los términos,
condiciones y especificaciones de la convocatoria, en cuantía equivalente al veinte
por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia igual al término de ejecución
de este y tres (3) años más, contados a partir de la de la suscripción del acta de
inicio del contrato. c) Pago de Salarios y prestaciones sociales: Cubre los salarios
y prestaciones sociales que se deriven del contrato, que estén estrechamente
ligadas a las actividades propias del mismo las cuales, por la naturaleza del
contrato, corresponde al contratista responder por las mismas; en cuantía
equivalente al veinte por ciento (10%) del valor del contrato, con vigencia igual al
término de ejecución de este y tres (3) años más, contados a partir de la de la
suscripción del acta de inicio del contrato. PARÁGRAFO: Cuando exista variación en
el plazo de ejecución del contrato o en su valor EL CONTRATISTA deberá ampliar la
vigencia y/o el valor de la garantía, modificación que requerirá de aprobación por parte de
EL CONTRATANTE. DÉCIMA.- CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni
subcontratar la ejecución del presente contrato, sin el consentimiento previo, expreso y
escrito de LA CONTRATANTE. UNDÉCIMA.- FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO:
EL CONTRATISTA estará exento de responsabilidad por el atraso en el cumplimiento de
sus obligaciones, solamente cuando sea consecuencia de fuerza mayor o caso fortuito
comprobados conforme a la ley. DÉCIMA SEGUNDA.- DE LA TERMINACIÓN,
MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL: De conformidad con lo
establecido en el numeral segundo del artículo 14 de la ley 80 de 1993, el presente
contrato, además de sus estipulaciones, se rige por lo previsto en los artículos 15, 16 y 17
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del citado estatuto contractual. DÉCIMA TERCERA.-CADUCIDAD DEL CONTRATO: Si
se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a
cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato
y evidencie que puede conducir a su paralización LA CONTRATANTE podrá declarar la
caducidad del contrato. DÉCIMA CUARTA.-MULTAS POR MORA O INCUMPLIMIENTO
PARCIAL DE LAS OBLIGACIONES: En caso de mora o incumplimiento parcial de las
obligaciones por parte del CONTRATISTA, se generará a cargo de la misma a partir del
momento en que la entidad tenga conocimiento de la ocurrencia del hecho de acuerdo
con el informe presentado por el supervisor del contrato y hasta tanto se dé el
cumplimiento de tales obligaciones, multas diarias y sucesivas equivalentes al cero punto
cinco por ciento (0.5%) del valor del presente contrato, sin sobrepasar el veinte por ciento
(20%) de su valor. PARÁGRAFO: Para hacer efectivas las multas se observará el
proceso señalado en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007. DÉCIMA QUINTA.-
CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total se hará exigible a
cargo del CONTRATISTA, a título de pena, una suma equivalente al veinte por ciento
(20%) del valor del contrato. PARÁGRAFO: Para hacer efectiva la cláusula penal
pecuniaria se observará el proceso señalado en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007.
DÉCIMA SEXTA.- LIQUIDACIÓN: El contrato se liquidará de conformidad con lo previsto
en el artículo 60 de la ley 80 de 1993 y artículo 11 de la ley 1150 de 2007. DÉCIMA
SEPTIMA.- SOLUCIÓN DIRECTA: Antes de acudir a la jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, las partes intentarán solucionar las controversias surgidas con ocasión del
contrato a través de la utilización de mecanismos de solución de conflictos como el
acuerdo, la transacción, la conciliación o la amigable composición, de conformidad con lo
señalado en el artículo 68 de la ley 80 de 1993. DÉCIMA OCTAVA.- EXCLUSIÓN DE LA
RELACIÓN LABORAL: De conformidad con lo señalado en el inciso 2 del numeral 3 del
artículo 32 de la ley 80 de 1993, este contrato no implica relación laboral alguna entre EL
CONTRATISTA y LA CONTRATANTE. DÉCIMA NOVENA.- INDEMNIDAD: EL
CONTRATISTA mantendrá indemne a LA CONTRATANTE contra todo reclamo,
demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a
personas o bienes, ocasionados por EL CONTRATISTA o su personal, durante la
ejecución del objeto y obligaciones del contrato. VIGÉSIMA. - DE LA SUPERVISIÓN: La
supervisión del contrato será ejercida por la Rectora de la Institución o por quién designe
la Ordenadora del Gasto, quien vigilará y coordinará el adecuado cumplimiento del
contrato de la forma que sigue: 1. Dar aviso oportuno a los firmantes de este contrato
sobre cualquier irregularidad que afecte la ejecución del mismo. 2. Adoptar las medidas
que conduzcan a evitar la paralización temporal o definitiva de la ejecución del presente
contrato. 3. Velar porque se controlen adecuadamente las irregularidades que puedan
afectar la ejecución del contrato. 4. Certificar el cumplimiento total o parcial de las
obligaciones del CONTRATISTA. El mencionado certificado se constituye en requisito
previo para el pago en la forma establecida en la cláusula séptima del presente contrato.
5. Las demás inherentes a la función desempeñada. PARÁGRAFO PRIMERO: El
incumplimiento de las funciones por parte del o los supervisores conlleva las
responsabilidades previstas en la ley. PARÁGRAFO SEGUNDO: LA CONTRATANTE se
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reserva la facultad de remover o nombrar a otros supervisores cuando lo considere
pertinente. VIGÉSIMA PRIMERA.- DOMICILIO Y NOTIFICACIONES: Las partes
acuerdan como domicilio para todos los efectos judiciales y extrajudiciales la ciudad de
Cali. Las notificaciones que una de las partes deba hacer a la otra, se harán mediante
correo certificado a las siguientes direcciones: CONTRATANTE: xxxxxx de la ciudad de
Cali CONTRATISTA: xxxxx de la ciudad de xxxxxx VIGÉSIMA SEGUNDA.-
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la
suscripción del mismo y para su ejecución se requiere, por parte del CONTRATISTA, del
registro presupuestal y de la aprobación de la garantía única. Para constancia se firma por
las partes en Cali a los xxxxx días del mes de xxxxx de 20xx
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
INSTITUTO POPULAR DE CULTURA xxxxxxxxxxx MARIA DEL PILAR MEZA DIAZ xxxxxxxxxxxxxx Rectora Representante Legal