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Condiciones generales de contratación Condiciones generales de suministro y pago de Karl Wörwag Lack- und Farbenfabrik GmbH & Co. KG I. Ámbito de validez 1. Nuestras siguientes condiciones de suministro y pago son sólo aplicables frente a empresas. No se aplican a consumidores. 2. Nuestras condiciones de suministro y pago son de aplicación exclusiva. No reconocemos condiciones contrarias o divergentes a nuestras condiciones de envío y pago, a menos que hayamos confirmado de forma expresa por escrito su validez. Nuestras ofertas son no vinculantes salvo que expresamente se acuerde algo distinto. 3. Los acuerdos accesorios, las modificaciones y las desviaciones de estas condiciones deben acordarse por escrito. II. Precios 1. Los precios acordados son ex fábrica, más el IVA legal vigente el día de envío. 2. Para la facturación son determinantes los pesos, unidades y cantidades establecidos por nosotros cuando el comprador no presente objeciones inmediatamente tras la recepción o, a más tardar, en un plazo de 14 días. 3. Si redujésemos o aumentásemos de forma general nuestros precios durante la duración del contrato, los precios modificados se aplicarán a las cantidades todavía por recibir. En caso de un aumento de precios el comprador tiene derecho a renunciar al contrato mediante declaración escrita de forma inmediata o, como muy tarde, dentro de un plazo de cuatro semanas tras recibir la notificación sobre el aumento de precios. La renuncia no tiene efecto sobre los envíos que deban realizarse antes del aumento de precios. III. Asesoramiento técnico sobre las aplicaciones 1. Cuando prestemos servicios de asesoramiento ello se hará con nuestro mejor conocimiento. Todos los datos e informaciones sobre la idoneidad y la aplicación de las mercancías suministradas no eximen al comprador de la realización de comprobaciones y ensayos propios. Esto vale especialmente cuando se mezclen diluciones, endurecedores, barnices adicionales u otros componentes que no hayan sido especificados por nosotros. IV. Suministro 1. El comprador debe recoger la mercancía en la fecha de entrega acordada o, si no se acordó una fecha de entrega, inmediatamente después de la comunicación de la disponibilidad en el lugar de cumplimiento según el punto. IX. 1. Si el comprador se demora en la recogida de la mercancía estamos autorizados, a discreción propia y por cuenta del cliente, a enviarla o a almacenarla, incluso en el exterior en caso de no haber otra posibilidad. En este supuesto no nos hacemos responsables del deterioro, la pérdida o los daños a la mercancía. En caso de almacenar la mercancía, estamos autorizados a facturar dicha mercancía una vez pasada una semana. 2. Cuando, a diferencia del punto 1, se acuerde que estamos obligados al envío de la mercancía, el transporte se realizará por cuenta del comprador y la elección tanto de los medios como del recorrido de transporte, a falta de instrucciones especiales, será según nuestro criterio. El traspaso de riesgo tiene lugar en el momento en que entregamos la mercancía al transportista. 3. Se permiten los envíos parciales al comprador que se consideren razonables. 4. Las incidencias de explotación y los incumplimientos de los plazos de entrega que sean significativos, imprevisibles y que no hayan sido provocados por nosotros, así como las suspensiones de envío de nuestros proveedores y las interrupciones del servicio por nuestra parte y por la de nuestros proveedores a causa de falta Página de , Fecha: Julio de 2016 1 4

Condiciones generales de contratación Condiciones ...lleve los embalajes a un centro de reciclaje conforme a las disposiciones sobre embalajes. V. Pago 1. El importe de la factura

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Page 1: Condiciones generales de contratación Condiciones ...lleve los embalajes a un centro de reciclaje conforme a las disposiciones sobre embalajes. V. Pago 1. El importe de la factura

Condiciones generales de contrataciónCondiciones generales de suministro y pagode Karl Wörwag Lack- und Farbenfabrik GmbH & Co. KG

I. Ámbito de validez 1. Nuestras siguientes condiciones de suministro y pago son sólo aplicables frente a empresas. No se aplican a

consumidores. 2. Nuestras condiciones de suministro y pago son de aplicación exclusiva. No reconocemos condiciones contrarias o

divergentes a nuestras condiciones de envío y pago, a menos que hayamos confirmado de forma expresa por escrito su validez. Nuestras ofertas son no vinculantes salvo que expresamente se acuerde algo distinto.

3. Los acuerdos accesorios, las modificaciones y las desviaciones de estas condiciones deben acordarse por escrito.

II. Precios 1. Los precios acordados son ex fábrica, más el IVA legal vigente el día de envío. 2. Para la facturación son determinantes los pesos, unidades y cantidades establecidos por nosotros cuando el

comprador no presente objeciones inmediatamente tras la recepción o, a más tardar, en un plazo de 14 días. 3. Si redujésemos o aumentásemos de forma general nuestros precios durante la duración del contrato, los precios

modificados se aplicarán a las cantidades todavía por recibir. En caso de un aumento de precios el comprador tiene derecho a renunciar al contrato mediante declaración escrita de forma inmediata o, como muy tarde, dentro de un plazo de cuatro semanas tras recibir la notificación sobre el aumento de precios. La renuncia no tiene efecto sobre los envíos que deban realizarse antes del aumento de precios.

III. Asesoramiento técnico sobre las aplicaciones 1. Cuando prestemos servicios de asesoramiento ello se hará con nuestro mejor conocimiento. Todos los datos e

informaciones sobre la idoneidad y la aplicación de las mercancías suministradas no eximen al comprador de la realización de comprobaciones y ensayos propios. Esto vale especialmente cuando se mezclen diluciones, endurecedores, barnices adicionales u otros componentes que no hayan sido especificados por nosotros.

IV. Suministro 1. El comprador debe recoger la mercancía en la fecha de entrega acordada o, si no se acordó una fecha de

entrega, inmediatamente después de la comunicación de la disponibilidad en el lugar de cumplimiento según el punto. IX. 1. Si el comprador se demora en la recogida de la mercancía estamos autorizados, a discreción propia y por cuenta del cliente, a enviarla o a almacenarla, incluso en el exterior en caso de no haber otra posibilidad. En este supuesto no nos hacemos responsables del deterioro, la pérdida o los daños a la mercancía. En caso de almacenar la mercancía, estamos autorizados a facturar dicha mercancía una vez pasada una semana.

2. Cuando, a diferencia del punto 1, se acuerde que estamos obligados al envío de la mercancía, el transporte se realizará por cuenta del comprador y la elección tanto de los medios como del recorrido de transporte, a falta de instrucciones especiales, será según nuestro criterio. El traspaso de riesgo tiene lugar en el momento en que entregamos la mercancía al transportista.

3. Se permiten los envíos parciales al comprador que se consideren razonables. 4. Las incidencias de explotación y los incumplimientos de los plazos de entrega que sean significativos,

imprevisibles y que no hayan sido provocados por nosotros, así como las suspensiones de envío de nuestros proveedores y las interrupciones del servicio por nuestra parte y por la de nuestros proveedores a causa de falta

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5. de materia prima, energía o mano de obra, huelga, cierres patronales, dificultades para la adquisición de medios de transporte, incidencias de tráfico, disposiciones por acto de supremacía y fuerza mayor, supondrán la ampliación del plazo de envío durante el tiempo que dure el impedimento de la prestación del servicio, siempre que afecte de manera significativamente a la capacidad de suministro. Informaremos inmediatamente al comprador del comienzo y del fin de tales impedimentos. Si debido a estos impedimentos el envío se retrasa más de un mes, tanto el comprador como nosotros estamos autorizados, bajo exclusión de los derechos de indemnización por daños y perjuicios, a renunciar al contrato respecto a la cantidad afectada por el incidente en el suministro. El derecho de renuncia legal del comprador, en el caso de una deficiencia en el suministro a causa de una circunstancia de la que seamos responsables, permanece inafectado.

6. Si el envío se realiza en contenedores alquilados, éstos deberán vaciarse en un plazo de 90 días desde la recepción del suministro y devolverse sin portes. La pérdida y el daño de un embalaje alquilados corre por cuenta del comprador si es él el responsable de ello. Los embalajes alquilados no deben utilizarse para otro fin ni para conte-ner otros productos. Están destinados, exclusivamente, al transporte de la mercancía suministrada. Los rótulos no deben quitarse.

7. No recogemos los embalajes no retornables, en su lugar, señalaremos al comprador a una tercera empresa que lleve los embalajes a un centro de reciclaje conforme a las disposiciones sobre embalajes.

V. Pago 1. El importe de la factura debe pagarse en un plazo de 10 días, en este caso con un 2 % de descuento, o de 30

días después de la fecha de factura sin descuento. Los pagos por adelantado solo se podrán realizar cuando podamos disponer del dinero en la cuenta indicada por nosotros el día de vencimiento.

2. Procedimiento de cargo en cuenta: al comprador se le enviará, como máximo 14 días naturales antes del día del vencimiento de un adeudo SEPA, una información preliminar sobre el día del vencimiento y el importe de este. El plazo puede acortarse mediante acuerdo individual entre la empresa Wörwag y el comprador, si bien nunca podrá ser menor de „entrada un día antes del vencimiento“. La información preliminar podrá realizarse a través de factura, SMS, teléfono, correo electrónico, fax o Internet. El importe adeudado se corresponde con el de la factura y tiene en cuenta los descuentos acordados. La ejecución del cargo en cuenta se realiza el día del vencimiento.

3. En caso de demora en el pago se deberán pagar intereses de demora del 8% sobre el tipo de interés básico correspondiente. La prueba de un mayor o menor daño por demora queda a nuestra discreción o a la del comprador.

4. La entrega de letras de cambio no se considera un pago en efectivo y sólo se permite como medio de pago con nuestra previa autorización. Los gastos de descuento y de letras de cambio corren por cuenta del comprador.

5. Se excluyen las retenciones y las compensaciones por derechos del comprador impugnados por nosotros. 6. El impago de facturas pendientes u otras circunstancias que hagan suponer un empeoramiento de la situación

patrimonial del comprador después del cierre del contrato, autorizan a la liquidación inmediata de todas nuestras deudas activas que se basen en la misma relación jurídica.

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VI. Reserva de propiedad 1. Nos reservamos la propiedad del objeto de suministro hasta el pago íntegro del precio de compra. Hasta el

cumplimiento de todas las exigencias de la relación comercial actual con el comprador, las mercancías suministradas seguirán siendo de nuestra propiedad. La reserva de propiedad también se mantiene cuando algunas de nuestras deudas activas estén incluidas en factura corriente y el saldo esté librado y reconocido. A pesar del pago, las exigencias del precio de compra no se consideran extinguidas mientras siga existiendo una responsabilidad asumida por nosotros en este sentido debido a efectos comerciales, como por ejemplo en el marco de un procedimiento de cheque-letra de cambio.

2. El comprador realiza una transformación o mezcla para nosotros sin que ello suponga una obligación para nosotros. En caso de transformación o mezcla con otros objetos que no sean de nuestra pertenencia, el comprador nos transfiere, como garantía de nuestras deudas activas, la copropiedad en el nuevo objeto, en proporción al valor de la mercancía bajo reserva de propiedad respecto a los otros objetos a transformar, de modo que el comprador custodie el nuevo objeto para nosotros.

3. El comprador está autorizado a disponer de los productos para el funcionamiento normal del negocio siempre que cumpla puntualmente sus obligaciones respecto a la relación comercial que mantiene con nosotros.

4. El comprador nos cede, para la garantía, las deudas activas de la venta de mercancías para las que nos corresponden derechos de propiedad según el alcance de nuestra cuota de propiedad en las mercancías vendidas. Si el comprador combina o mezcla la mercancía suministrada de forma remunerada con un objeto principal, proveniente de un tercero, nos cede, para la garantía, sus derechos de remuneración frente al tercero hasta la cuantía del valor de factura de la mercancía suministrada. Nosotros aceptamos estas cesiones.

5. A petición nuestra, el comprador nos deberá proporcionar toda la información necesaria sobre las existencias de las mercancías de nuestra propiedad y sobre las deudas activas cedidas a nosotros, e informar a su comprador de la cesión.

6. El comprador está obligado a conservar con diligencia las mercancías sujetas a reserva de propiedad y a asegurarlas, por cuenta propia, frente a extravío y daños. Nos cede previamente sus derechos de los contratos de seguro. Nosotros aceptamos estas cesiones.

7. Si el valor de las garantías supera el de nuestras deudas activas en más del 20 %, liberaremos garantías, a petición del comprador, según nuestro criterio.

8. El derecho del comprador de disposición de los productos que estén bajo nuestra reserva de propiedad y para la reclamación de las deudas activas cedidas a nosotros se extingue en cuanto realice una suspensión de pagos y/o quiebre. Si se dan estas circunstancias, tenemos derecho, bajo exclusión del derecho de retención sin fijación de plazo sucesivo o ejercicio de la renuncia, a exigir la entrega inmediata y provisional de todas las mercancías que se encuentren bajo nuestra reserva de propiedad.

9. Si la reserva de propiedad no fuese eficaz, según el derecho del país en el que se encuentra la mercancía suministrada, el comprador nos deberá proporcionar una garantía equivalente a petición nuestra. Si no satisface esta exigencia podemos reclamar, sin consideración de los objetivos de pago acordados, el pago inmediato de todas las facturas pendientes.

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VII. Reclamaciones por defectos 1. El comprador debe comprobar la mercancía en busca de defectos inmediatamente después de su recepción. 2. Los defectos visibles deben comunicarse por escrito de forma inmediata o, a más tardar, en un plazo de 14 días

desde la recepción. Los defectos ocultos pueden comunicarse, a más tardar, en un plazo de 14 días desde su detección. La comunicación debe realizarse por escrito y debe indicar, de forma precisa, la clase y el alcance del defecto.

3. En caso de reclamaciones por defectos realizadas y justificadas correctamente, estamos autorizados, según nuestro criterio, a subsanar el defecto o a realizar un suministro sustitutivo. En caso de subsanación del defecto, correremos con todos los gastos necesarios para ello, siempre que éstos no aumenten debido a que el objeto comprado se llevase a un lugar distinto del lugar de cumplimiento. Si no estamos capacitados para la subsanación del defecto o para realizar un suministro sustitutivo o si ello se demora más allá de un plazo razonable por motivos atribuibles a nosotros o si fracasa de otro modo la subsanación del defecto o el suministro sustitutivo, el comprador tendrá derecho, a su discreción, a exigir la cancelación del contrato o una reducción del precio de compra.

4. Todas las reclamaciones por defectos expiran en 12 meses después de la recepción de la mercancía por parte del comprador, siempre que las mercancías suministradas no se hayan utilizado para una obra de manera distinta de la forma de utilización normal y, por ello, se hayan causado defectos.

5. En caso de un recurso del empresario (art. 478 del código civil alemán) estamos autorizados a rechazar los derechos de recurso del comprador a excepción de los derechos de un nuevo suministro de la mercancía y compensación de gastos, siempre que concedamos al comprador, para la exclusión de sus derechos, una compensación equivalente. Se excluyen los derechos del comprador a la indemnización de daños y perjuicios sin que se conceda una compensación.

VIII. Responsabilidad 1. Siempre que no se acuerde de diferente forma, todas las reclamaciones sucesivas por daños y perjuicios del

comprador frente a nosotros y nuestros empleados, trabajadores, colaboradores, representantes y auxiliares están excluidas, especialmente cualquier derecho de compensación de daños que no surja de las propias mercancías suministradas.

2. Los límites y exclusiones de responsabilidad contenidos en estas condiciones de suministro y pago no son de aplicación en caso de dolo, negligencia grave o lesiones a la vida, al cuerpo y a la salud, o como consecuencia de una garantía de estado o durabilidad aceptada o cuando se prescriba una responsabilidad obligatoria de nuestra parte según las leyes de responsabilidad civil por productos defectuosos. Lo mismo es de aplicación en caso de una infracción de las obligaciones por nuestra parte que ponga en peligro la consecución del objeto contractual, pero la garantía se limitará a la compensación del daño típico previsible.

IX. Lugar de cumplimiento, tribunal competente y otras disposiciones 1. El lugar de cumplimiento para todas las disputas de la relación comercial o del contrato individual es nuestro

centro de suministro correspondiente, mientras que para el pago corresponde a nuestro domicilio social. 2. El tribunal competente es, según nuestro criterio, nuestro domicilio social o el tribunal competente general del

cliente. Esto también es de aplicación para conflictos en el proceso documental, de letra de cambio o cheque. 3. Para las relaciones contractuales con nuestros clientes se aplica exclusivamente el derecho de la República

Federal de Alemania. Se excluye la aplicabilidad del Tratado de las Naciones Unidas del 11 de abril de 1980 sobre contratos para compras internacionales de mercancías (CISG – “Convención de Viena”).

4. Los datos del comprador serán procesados y almacenados por nosotros siempre que sea necesario para el desarrollo correcto de las relaciones contractuales.

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