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Carrera 50 No. 26 20 Bogotá D.C. PBX: (57) 1 2220601 FAX: 2219537 Línea Gratuita Nacional 01 8000 911729 http://www.upme.gov.co 1 CONDICIONES TECNICAS NECESARIAS PROCESO DE PLURALIDAD DE OFERTAS No. 308 -2013 ASESORÍA EN LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES QUE PERMITAN VIABILIZAR LOS PROYECTOS DE USO RACIONAL DE ENERGÍA Y FUENTES NO CONVENCIONALES DE ENERGÍA EN COLOMBIA Bogotá D.C., febrero de 2013

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CONDICIONES TECNICAS NECESARIAS PROCESO DE PLURALIDAD DE OFERTAS No. 308 -2013

ASESORÍA EN LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES QUE PERMITAN VIABILIZAR LOS PROYECTOS DE USO RACIONAL DE ENERGÍA Y FUENTES NO

CONVENCIONALES DE ENERGÍA EN COLOMBIA

Bogotá D.C., febrero de 2013

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RECOMENDACIONES GENERALES

Se solicita a los proponentes cumplir con las siguientes recomendaciones, para facilitar la labor de evaluación de las propuestas: 1. Leer cuidadosamente el documento de condiciones técnicas necesarias, antes de elaborar la propuesta. 2. Entender que con la presentación de la propuesta se acogen y aceptan todas las condiciones estipuladas en el presente documento de Condiciones Técnicas Necesarias. 3. Presentar la totalidad de la propuesta, en orden para facilitar su estudio, con índice y debidamente foliados. 4. La presentación de la propuesta por parte del oferente constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que este documento de Condiciones Técnicas Necesarias son completos, compatibles y adecuados para identificar los bienes y servicios que se contratarán. 5. La presentación de la propuesta por parte del oferente constituye evidencia de que está enterado a satisfacción en cuanto al alcance del objeto a contratar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir su oferta económica y las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará- 6. La UPME podrá aplazar, suspender o terminar el presente proceso por fuerza mayor o caso fortuito o cualquier otro hecho no imputable a la UPME sin que tales hechos se puedan aducir por los oferentes o participantes para solicitar el reconocimiento y pago de algún tipo de indemnización.

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CONDICIONES TÉCNICAS NECESARIAS

ASESORÍA EN LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES QUE PERMITAN VIABILIZAR LOS PROYECTOS DE USO RACIONAL DE ENERGÍA Y FUENTES NO

CONVENCIONALES DE ENERGÍA EN COLOMBIA. 1.1 ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN La ley 697 de 2001, propuso el fomento del Uso Racional y Eficiente de la Energía-URE, declarándolo un asunto de interés social, público y de conveniencia nacional, que busca fundamentalmente asegurar el abastecimiento energético pleno y oportuno, la competitividad de la economía, protección al consumidor y utilización de Energías No Convencionales de manera sostenible con el medio ambiente y los recursos naturales. El Ministerio de Minas y Energía, MME, mediante resolución No. 180919 de junio de 2010, adoptó el Plan de Acción Indicativo 2010-2015 para desarrollar el PROURE, el cual contiene metas de ahorro de energía y de expansión de generación de electricidad basada en FNCE. Adicionalmente, dicho Plan de Acción incluye estrategias de carácter transversal y sectorial con líneas de acción específicas orientadas a satisfacer las necesidades energéticas de la población, aprovechando racional y eficientemente los recursos disponibles y promoviendo una economía energética sostenible, mediante la incorporación y desarrollo de nuevas tecnologías y procesos, con el fomento de una cultura ciudadana. En ese contexto se promueve el desarrollo de proyectos de ahorro y eficiencia que contribuyan al cumplimiento de las metas establecidas. Uno de los subprogramas de carácter transversal del Plan, es el desarrollo de esquemas financieros favorables que permitan financiar programas y proyectos de URE y FNCE, para el impulso del mercado. Dicha estrategia plantea dentro de sus líneas de acción, la implementación de las mejores alternativas de asignación de recursos, de acuerdos institucionales y de esquemas y modelos de negocios, entre otros, que permitan demostrar la viabilidad de su aplicación y su posterior replicabilidad en los diferentes sectores productivos y de servicios del país. Considerando lo anterior, en 2010 la UPME inició el diseño de una propuesta de Estrategia Financiera para promover y viabilizar proyectos de URE y FNCE, acorde con la disponibilidad de recursos energéticos, el desarrollo económico y la sostenibilidad ambiental del país. La propuesta incluyó diferentes esquemas financieros enfocados a estimular la financiación de estos proyectos a través de terceros con participación de los mercados de capitales y el sector bancario, los mecanismos y herramientas que permitirían ejecutar adecuadamente la promoción de las líneas de crédito y el acceso a ellas, y las estrategias para el otorgamiento de garantías a este tipo de proyectos, entre otras.

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Adicionalmente, el Plan de Acción Indicativo define como uno de sus objetivos específicos facilitar la aplicación de las normas relacionadas con incentivos, incluyendo los tributarios, que permitan impulsar el desarrollo de subprogramas y proyectos que hacen parte del PROURE. Estos incentivos corresponden a la exclusión de IVA y deducción de Renta, en materia de ahorro y eficiencia energética conforme a las metas ambientales de la Resolución 186 de 2012 fijadas con base en la selección de los subprogramas y líneas de acción establecidas en el mencionado Plan de Acción Indicativo, que contribuyen a obtener un beneficio ambiental directo y se encuentran en concordancia con las directrices del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. La UPME será la encargada de evaluar y conceptuar sobre las solicitudes que se presenten al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para acceder a los incentivos tributarios, con el fin de determinar si las mismas se enmarcan dentro de las metas y líneas de acción previstas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y en cuánto contribuyen los equipos, elementos y maquinaria objeto de la solicitud a las metas establecidas en la Resolución 186 de 2012. Otro de los subprogramas de carácter estratégico del Plan, es la promoción del uso de Fuentes No Convencionales de Energía que permita diversificar la canasta energética en Colombia aportando a la seguridad energética y a la optimización del uso de los recursos naturales, para lo cual se requiere remover diversas barreras (técnicas, de información, financieras, regulatorias, etc) y propiciar condiciones de mercado. En ese marco, la UPME viene desarrollando distintos proyectos de promoción de las Fuentes No Convencionales de Energía y Uso Racional y Eficiente de la Energía, entre los cuales se destacan: a. Proyecto UPME-BID “Inversiones catalizadoras para el desarrollo de la energía geotérmica en

Colombia”, del cual la UPME es la entidad ejecutora del Componente I, cuyo objetivo es “La remoción de barreras a las energías no convencionales renovables en el país” y con el cual se espera lograr un análisis completo de las condiciones de las FNCE-R que aporte elementos y referencias para mejorar la planificación, las políticas y regulaciones en relación con tres elementos: (i) el potencial para el desarrollo de las energías renovables, (ii) el análisis costo-beneficio económico de aumentar la participación de las energías renovables, y (iii) la mejora de la plataforma tecnológica con que cuenta el país con el propósito de consolidar un sistema de información y gestión del conocimiento.

b. Convenio de Cooperación Colciencias - UPME, cuyo objeto es aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros, con el fin de fortalecer el planeamiento integral minero energético colombiano, aprovechando sinergias interinstitucionales entre la entidad encargada del planeamiento integral del sector y la encargada del Programa Nacional de Investigaciones en Energía y Minería. En el marco de este Convenio se espera adelantar, entre otros estudios, la evaluación a escala regional de los recursos solar y eólico en la zona de La Guajira, y la determinación del potencial de reducción del consumo energético en los subsectores manufactureros de alimentos, textiles, confecciones, cueros y papeles en Colombia.

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En ese contexto, la UPME requiere contratar la asesoría que desarrolle lo siguiente: (i) Estrategias de implementación de los esquemas financieros más opcionados y replicables para el desarrollo de proyectos de URE y FNCE, considerando las oportunidades actuales del desarrollo en el país, y (ii) Definición y estrategias que hagan viable el desarrollo de las Fuentes no Convencionales de Energía en Colombia. 1.2 OBJETO Y CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN Asesorar a la UPME en la implementación de estrategias y desarrollo de actividades que permitan viabilizar los proyectos de Uso Racional y Eficiente de Energía y Fuentes No Convencionales de Energía en Colombia; contribuyendo al cumplimiento del Plan de Acción Indicativo 2010 – 2015 para desarrollar el PROURE. 1.3 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

i.) Apoyar el desarrollo de estrategias técnicas y financieras para programas y proyectos que promuevan las FNCE y EE en Colombia.

ii.) Apoyar la administración técnica y financiera del proyecto BID-GEF-UPME-CI “Inversiones catalizadoras para el desarrollo de la energía geotérmica en Colombia”.

iii.) Apoyar a la UPME en la evaluación de proyectos en FNCE y EE que apliquen para acceder a incentivos tributarios, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución UPME 0563 de 2012.

iv.) Apoyar a la UPME en las tareas que deba realizar como parte del Comité Ejecutivo del convenio marco 507-2012, celebrado entre Colciencias y la UPME, en lo que corresponde al diseño del plan de ejecución del convenio y seguimiento del mismo.

1.4 ALCANCE DEL ESTUDIO El proponente, como resultado de su experiencia y conocimiento en el tema, podrán proponer actividades adicionales, las que deberán ser explicadas y justificadas en la propuesta. Las actividades que deberán desarrollar incluyen, pero no se limitan a las descritas a continuación:

1. Proponer esquemas financieros y apoyar la implementación de pilotos de EE basados en caracterizaciones de los consumos finales de energía, regionales o sectoriales y en las estrategias de eficiencia energética propuestas.

2. Asesorar en las tareas de administración que mejoren la utilización y funcionamiento del Sistema de

Gestión de Información y Conocimiento en Fuentes no Convencionales de Energía.

3. Participar en el proceso de registro, revisión y apoyo técnico en la coordinación de la ejecución del Componente I del proyecto UPME BID “Inversiones catalizadoras para el desarrollo de la energía geotérmica en Colombia”, así como en la preparación y elaboración de los documentos

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administrativos y financieros requeridos para la correcta ejecución del proyecto BID-GEF-UPME-CI de FNCE.

4. Participar en el proceso de registro, revisión y elaboración de conceptos, por parte de la UPME,

relacionados con proyectos de EE y FNCE que se presenten para optar por incentivos tributarios, incluyendo el cálculo del valor del incentivo al cual está aspirando el solicitante y estableciendo una relación costo-beneficio (valor incentivo / ahorro energético).

5. Apoyar en el diseño y puesta en marcha de un plan operativo para la ejecución del convenio marco

507-2012, y en la coordinación y supervisión del mismo convenio, celebrado entre Colciencias y la UPME.

1.5 RESULTADOS ESPERADOS

Al finalizar el trabajo, la UPME deberá contar con los productos que se enuncian a continuación, los cuales según los informes de avance o final, se presentarán formalmente por parte del contratista:

1. Documentos que contengan el análisis financiero de proyectos de EE y FNCE realizados y recomendaciones para la implementación y acompañamiento de pilotos de EE basados en caracterizaciones de los consumos finales de energía regionales o sectoriales y en las estrategias de eficiencia energética propuestas.

2. Documento que contenga las recomendaciones y gestiones realizadas para el rediseño y la

administración del Sistema de Gestión de Información y Conocimiento en Fuentes no Convencionales de Energía.

3. Documentos técnicos y comunicaciones para la implementación técnica, administrativa y financiera

de la ejecución del Componente I del proyecto UPME BID “Inversiones catalizadoras para el desarrollo de la energía geotérmica en Colombia”, incluyendo plan de adquisiciones, acompañamiento a la auditoría financiera, estimaciones de flujos de caja, informes semestrales, comunicaciones entre UPME, BID y CI, entre otros.

4. Documentos con los registros, revisiones y evaluaciones realizadas como apoyo en la elaboración

de los conceptos de EE y FNCE relacionados con proyectos que se presenten para optar por incentivos tributarios, información consolidada relacionada con los beneficios otorgados o a otorgar así como una relación costo-beneficio (valor incentivo / beneficio energético).

5. Uno o más documentos con los registros y resultados del apoyo a la supervisión del convenio marco

507-2012, celebrado entre Colciencias y la UPME.

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1.6 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Este proceso de contratación se rige por los principios contenidos en el artículo 209 de la Constitución Política, por la Resolución UPME No 0319 del 05 de julio de 2012 y por lo contenido en este documento de Condiciones Técnicas Necesarias. 1.7 PRESUPUESTO ASIGNADO El presupuesto asignado por la Unidad de Planeación Minero Energética para este proceso concursal es de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS MCTE ($ 59.300.000,oo), según certificado de disponibilidad presupuestal número 4813 del 31 de Enero de 2013, presupuesto que incluye todos los costos asociados directos e indirectos, IVA, retención en la fuente, garantías y cualquier otro costo o impuesto y los impositivos de ley en que incurra el proponente seleccionado para la ejecución del presente trabajo. 1.8 FORMA DE PAGO

La Unidad de Planeación Minero Energética realizará los pagos referentes a la presente consultoría contra entrega de los informes parciales y final. En consecuencia no se realizarán anticipos ni pagos anticipados. Los pagos se harán de la siguiente manera: La propuesta se debe presentar en pesos colombianos. La Unidad de Planeación Minero Energética realizará los pagos referentes a la presente contratación contra entrega de informes de avance y final, de cada periodo de la siguiente forma:

Un primer pago correspondiente al CUARENTA POR CIENTO (40%) cumplido el primer (1) mes de ejecución del contrato, con la presentación del primer informe correspondiente al avance de los resultados esperados No 1, 3 y 5.

Segundo pago correspondiente al TREINTA POR CIENTO (30%) cumplido el tercer (3) mes de ejecución del contrato, con la presentación del segundo informe correspondiente al avance de los resultados esperados de todos los productos enunciados.

Tercer pago correspondiente al TREINTA POR CIENTO (30%) del valor del contrato, el cual deberá presentarse al vencimiento del mismo, con la entrega del informe final, que deberá contener el consolidado de los resultados de todos los productos enunciados.

Los pagos se harán previa presentación del informe objeto de pago acompañado del certificado de cumplimiento expedido por el supervisor del contrato, copias legibles de los pagos efectuados al Sistema de Seguridad Social Integral, de impuestos y demás obligaciones de ley. Tratándose de personas naturales, los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral deberán corresponder al 40% de cada uno de los pagos acordados, sin que el valor base de aporte supere los 25 SMMLV.

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La acreditación de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales de las personas jurídicas se realizará en la forma y términos establecidos en la Ley 789 de 2002. Por cierre contable únicamente se recibirá facturación hasta el día 20 de cada mes, siempre y cuando el informe objeto de pago se encuentre aprobado por parte del supervisor del contrato. El contratista asumirá todos los impuestos, tasas o similares, que se deriven de la ejecución del mismo, de conformidad con las normas vigentes en la materia. 1.9 TERMINO DE DURACION DEL CONTRATO El término de duración de ésta consultoría será de cuatro (4) meses, contados a partir de la suscripción del acta de iniciación previa aprobación de las garantías exigidas en el respectivo contrato.- 1.10 MODALIDAD DE CONTRATACION El Artículo 16 numeral 2º de la Resolución UPME 0319 de 2012, dispone que se tramita bajo el procedimiento de pluralidad de ofertas las contrataciones “… cuyo valor es superior a los sesenta y cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes (65SMMLMV) y no exceda los seiscientos cincuenta Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (650) SMLMV ; se realizarán previa invitación o solicitud de al menos tres (3) ofertas a personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos señalados en el documento de Condiciones Técnicas Necesarias …” 1.11 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE PLURALIDAD DE OFERTAS

ACTIVIDADES Desde Hasta

Solicitud de 3 ofertas y publicación en la Web del documento de Condiciones Técnicas Necesarias

22 febrero-2013

Solicitud de observaciones al documento de Condiciones Técnicas Necesarias

22 febrero-2013 26 de febrero -2013

Respuesta observaciones a través de la página Web

27 febrero-2013

Presentación de Propuestas 4 marzo - 2013 hasta las 09:00 a.m.

Informe de evaluación disponible en la página Web o en la Secretaría General de la UPME

8 marzo - 2013

Observaciones al Informe de evaluación 11 marzo - 2013

12 marzo - 2013

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Respuesta observaciones al informe de evaluación

13 marzo - 2013

Comunicación de la aceptación de la oferta seleccionada en primer lugar o terminación del procedimiento sin aceptación de oferta alguna.

14 marzo -2013

1.12 CONSULTAS DE LOS PROPONENTES Las Condiciones Técnicas Necesarias pueden ser consultadas en la Secretaría General de la UPME, ubicada en la Carrera 50 # 26 - 20 en Bogotá D.C. y en la página Web www.upme.gov.co; link contratación, podrán formular aclaraciones a dicho documento dentro de los dos días siguientes a la publicación en la página Web del mismo. 1.13 ADENDAS En el evento en que se efectúen cambios al presente documento, éstos se realizarán mediante adendas escritas, las cuales pasarán a formar parte del mismo. 1.14 INFORMES DE EVALUACIÓN La UPME deberá preparar informe detallados sobre el análisis y comparación de las propuestas, exponiendo las razones precisas en que se fundamenta la selección de la propuesta. Esta será comunicada a través de la página Web además permanecerá, para su consulta, en la Secretaría General de la UPME ubicada en la Carrera 50 # 26 - 20 en Bogotá D.C., dentro del plazo establecido en el cronograma del proceso 1.15 TÉRMINO DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El contratista se obliga a firmar el contrato dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la comunicación que le envíe la Unidad, acerca de la disponibilidad del contrato para la firma. Si el proponente favorecido no suscribe el contrato dentro del término indicado, el Ordenador del Gasto de la Unidad de Planeación Minero Energética mediante podrá seleccionar al proponente que ocupó el segundo lugar en orden de elegibilidad en la evaluación, siempre que su oferta sea favorable para la entidad y considerada como elegible. 1.16 PARTES QUE INTERVIENEN 16.1 UPME

Es la entidad contratante.

1.16.2FIDUCIARIA

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Es la entidad que maneja los recursos de la UPME. 1.16.3SUPERVISOR La supervisión de este contrato será ejercida por el Subdirector de Planeación Energética de la UPME, o por quien éste designe y así se dará a conocer al contratista en su oportunidad. El Supervisor velará por los intereses de la misma y tendrá las funciones que por la índole y naturaleza del contrato le sean propias. El Supervisor tendrá, entre otras, las siguientes funciones: a. Adoptar las medidas de control e intervención necesarias que garanticen la ejecución del contrato. b. Expedir la certificación sobre el cumplimiento del objeto contratado. c. Hacer seguimiento a las labores de EL CONTRATISTA. d. Verificar permanentemente que el CONTRATISTA cumpla con el pago de los aportes parafiscales y mantener vigente y al día los aportes de sus empleados y dependientes destinados al cumplimiento del presente contrato al sistema General de Salud y Pensión. e. Suscribir el acta de inicio. Corresponde al supervisor, expedir las aprobaciones y certificaciones a que haya lugar, respecto al cumplimiento de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA, en un término no mayor a ocho (8) días hábiles. Dentro del mismo plazo podrá realizar y remitir las objeciones, observaciones y/o solicitar las aclaraciones respecto de los informes presentados por EL CONTRATISTA, las cuales deberán ser atendidas por éste último en un plazo máximo de ocho (8) días hábiles; igual término tendrá el supervisor, una vez recibida la respuesta por parte de EL CONTRATISTA, para expedir las aprobaciones y certificaciones a que haya lugar, o comunicar a la Dirección General sobre los motivos de su negativa. 1.17 CONDICIONES DEL CONTRATO, PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACION Este contrato requiere para su perfeccionamiento: 1) Acuerdo sobre el objeto y contraprestación. 2) Que se eleve a escrito. 3) Que exista el respectivo registró presupuestal. Se considera perfeccionado el presente contrato cuando los anteriores requisitos queden cumplidos a entera satisfacción. Para su ejecución se requerirá aprobación de las garantías y firma de la respectiva acta de iniciación. 1.18 FIRMA DEL CONTRATO Para la tramitación y legalización del contrato, el proponente favorecido deberá tener en cuenta lo siguiente: Salvo fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, si el proponente seleccionado no suscribe el contrato correspondiente dentro del término señalado, quedará a favor de la UPME, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las sanciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la citada garantía.

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En este caso, igualmente la UPME podrá optar entre abrir un nuevo proceso o seleccionar, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la Entidad. 1.19 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales se pacta como cláusula penal una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. 1.20 CESIÓN DEL CONTRATO Se prohíbe al oferente seleccionado ceder total o parcialmente, a cualquier título, el contrato que se suscriba, salvo expresa aceptación de la UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA -UPME. 1.21 FORMAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO Podrá darse por terminado el contrato suscrito por mutuo acuerdo entre las partes, o en forma unilateral por cualquiera de ellas como consecuencia del incumplimiento debidamente comprobado de cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato. Igualmente si por cualquier causa de fuerza mayor o caso fortuito que se encuentre fuera del control de EL CONTRATISTA o de LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA -UPME-, la continuación de los servicios se hiciera imposible, las partes podrán dar por terminado el contrato que suscriban. Si por cualquier causa de fuerza mayor o caso fortuito que se encuentre fuera del control del oferente seleccionado o de LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA -UPME-, la continuación de los servicios se hiciera impracticable temporalmente, las partes podrán suspender el contrato por el tiempo que resulte estrictamente necesario para restablecer las condiciones normales del mismo, teniendo presente que de ninguna manera el tiempo total de duración del contrato podrá ser superior al término de duración del contrato. 1.22 GARANTIA UNICA A FAVOR DE LA UPME La garantía única que presentará EL CONTRATISTA avalará el cumplimiento por parte suya de las obligaciones a su cargo surgidas del contrato, la cual se mantendrá vigente durante la vida del contrato y su liquidación y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado. La garantía única se formalizará en una póliza de seguro o garantía bancaria constituida por EL CONTRATISTA a favor de la UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGÉTICA y para particulares.

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Esta póliza se distribuirá en el cubrimiento de los siguientes riesgos que afectan la ejecución del contrato:

Clase de Riesgo % Sobre el valor Vigencia

Cumplimiento del Contrato 20 Del contrato La del contrato y seis (6 ) meses más

Calidad 20 Del contrato La del contrato y un año más

Salarios y prestaciones sociales

5 Del contrato La del contrato y tres años más

1.23 ENTREGA Y RECIBO DEL OBJETO DEL CONTRATO Los productos resultados del contrato, se recibirán en las instalaciones de la UPME, ubicada en la Carrera 50 # 26 - 20 en Bogotá D.C., o en el sitio en que se ubiquen las oficinas de la Unidad. No obstante, el objeto del contrato deberá ser desarrollado por el contratista en sus propias instalaciones. 1.24 CORRESPONDENCIA Toda la correspondencia que los proponentes envíen a la UPME, en virtud del presente proceso contractual, deberán dirigirla a la Secretaría General - Contratación - ubicada en la Carrera 50 # 26 - 20 en Bogotá D.C. o vía correo electrónico a la Dirección: [email protected]. 1.25 PROPIEDAD DE LOS ESTUDIOS Serán de propiedad de la UPME los productos objeto de la contratación. Lo relacionado con los derechos de autor se sujetará a lo establecido por la Ley 23 de 1.982 y demás normas complementarias. En el evento de requerirse el contratista deberá previo al pago final suscribir documento de transferencia de derechos de autor. Igualmente el contratista liberará a la UPME de toda responsabilidad por las acciones que inicien terceros en razón de las transgresiones de Derechos de autor, marca o patente como consecuencia de los productos o servicios que se contraten y que sean utilizados por el contratista para la ejecución del objeto de la contratación. En los eventos en que la UPME entregue para el desarrollo del objeto del contrato información considerada confidencial, el contratista deberá suscribir a la iniciación del contrato el respectivo acuerdo de confidencialidad. 1.26 INDEMNIDAD EN LOS SUBCONTRATOS Queda expresamente entendido que no habrá vínculo laboral alguno entre la UPME y el oferente seleccionado o el personal que éste contrate para la realización de las actividades que constituyen objeto del contrato a suscribir. El contratista mantendrá indemne a la UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME- contra todo reclamo, demanda, acción legal y costos que puedan causarse o surgir por responsabilidad de cualquier

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naturaleza, ocasionados por el Contratista, sus subcontratistas (grupo de profesionales o sus proveedores), durante la ejecución de los servicios que se contraten. 1.27 VISITAS La Unidad de Planeación Minero Energética se reserva el derecho a efectuar visitas al lugar donde desarrollan su actividad económica los oferentes y en la ejecución del contrato al respectivo contratista. 1.28 REVALUACION DEL CONTRATISTA (PROVEEDOR) Para dar cumplimiento a lo establecido en la norma NTC 1000:2004, al vencimiento del término del contrato se realizará la reevaluación de proveedores por parte del supervisor del contrato siguiendo los siguientes criterios:

CRITERIOS REVALUACIÓN PROVEEDOR CALIFICACIÓN MÁXIMA

1. Calidad del producto o servicio 10, así: Excelente 10, bueno 8; regular 5 y malo 2

2. Oportunidad (cumplimiento Tiempo de entrega) 10, así: Excelente 10, bueno 8; regular 5 y malo 2

4. Reclamos sobre el producto o servicio 10, así: 0 quejas 10; de 1 a 5 , 5 y más de 6 se asigna 0 puntos

Nota: Promedio mínimo 6 puntos Promedio

1. La calidad del producto se tomará con base en la certificación expedida por el supervisor del

contrato. 2. La de oportunidad con base en la fecha de entrega del producto ( fecha de radicación o acta de

entrega). 3. Reclamos de productos para ello se tendrá en cuenta la información que al respecto señale el

supervisor del contrato.

Esta reevaluación se dará a conocer por escrito al proveedor (contratista). Los parámetros para la calificación se establecen así:

Calidad o reclamos sobre el producto

10 puntos Ningún reclamo

8 puntos 1 a 2 reclamos

5 puntos 3 a 4 reclamos

2 puntos Más de 5 reclamos

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Oportunidad (cumplimiento tiempo de entrega)

Oportunidad (cumplimiento tiempo de entrega)

10 puntos Entrega en la fechas establecidas en el contrato

8 puntos Entrega entre 5 y 10 días después de la fecha establecida en el contrato

5 puntos Entrega entre 11 y 15 días después de la fecha establecida en el contrato

2 puntos Entrega después de 15 días de la fecha establecida en el contrato

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CAPÍTULO II

CAPÍTULO II. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Los interesados deberán presentar oferta y radicar su propuesta en la sede de la Unidad de Planeación Minero Energética ubicada en la Carrera 50 # 26 - 20, hasta el día y la hora señalada en el cronograma del proceso . Se tomará como hora oficial de entrega de la propuesta, la hora y fecha indicada en el reloj de radicación de la Unidad, a falta de esta, la hora legal que indique el reloj de la página Web de la Unidad. Vencido el plazo de presentación de ofertas, se procederá a abrir y verificar las propuestas presentadas, proceso del cual se levantará un acta. Si se presentan discrepancias entre el original y alguna copia prevalecerá el original. 2.1 FORMA DE PRESENTACIÓN La propuesta se deberá entregar en original y una copia en medio impreso La propuesta deberá presentarse en idioma español, sin tachaduras ni borrones, en sobres separados debidamente cerrados, foliadas en orden ascendente (el original y la copia) , contestando en forma clara y precisa cada uno de los datos que se solicitan y anexando todos los documentos y formatos que se exigen y que son requisitos indispensables para la evaluación de la oferta; cualquier enmendadura que contenga la propuesta deberá ser aclarada y validada con su firma por el oferente en la misma propuesta. Adicionalmente, si fuere necesario la UNIDAD podrá solicitar que los oferentes aporten los formatos solicitados en este documento, diligenciados tanto en forma impresa como en medio digital. El original y las copias presentarán idéntica información, marcando claramente en cada sobre y carátula el nombre del proponente, dirección, números de teléfono, fax y correo electrónico. Los sobres que contienen las propuestas se marcarán así:

UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA, UPME PROCESO PLURALIDAD DE OFERTAS No. 308-2013 Propuesta para la contratación de: ASESORÍA EN LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES QUE PERMITAN VIABILIZAR LOS PROYECTOS DE USO RACIONAL DE ENERGÍA Y FUENTES NO CONVENCIONALES DE ENERGÍA EN COLOMBIA Dirección: Teléfono: Fax: E-mail: Original / copia 1

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Cada una de las partes que componen la propuesta, se llenará teniendo en cuenta las instrucciones y formatos contenidos en las presentes condiciones técnicas necesarias, sin efectuar cambios en su redacción original y conservando el orden establecido. Si el proponente quisiera adicionar alguna explicación o aclaración, deberá hacerla en carta separada y consignarla dentro de anexo debidamente numerado y foliado. Si se advierte alguna diferencia entre el original de una propuesta y su copia, prevalecerá la información consignada en el original. 2.2 DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAN LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA Para ser evaluada la propuesta es requisito indispensable la presentación de los documentos descritos a continuación, los cuales serán objeto de verificación de cumplimiento más no de calificación, razón por la cual se consideran subsanables a título de adición, modificación o complementación. 2.2.1 DOCUMENTOS JURIDICOS 2.2.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la propuesta se elaborará de acuerdo con el modelo establecido en el Formato anexo. En esta carta el oferente deberá indicar, de la información suministrada en su propuesta, cual es de carácter reservado, señalando la norma que le otorga tal carácter. 2.2.1.2 GARANTÍA DE SERIEDAD Los proponentes deberán presentar una garantía de seriedad de la propuesta para ENTIDADES ESTATALES, a favor de la Unidad de Planeación Minero Energética, –UPME- por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial asignado para la presente contratación. La vigencia de esta garantía será de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre de este proceso concursal inclusive. Igualmente se debe adjuntar el recibo de pago correspondiente a la prima por concepto de seguro de la respectiva póliza. Para el efecto deberá adjuntar a la propuesta el original del mismo. Dicha garantía deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. La seriedad de la oferta también podrá ser garantizada por una entidad bancaria. La garantía deberá ser expedida por el Representante Legal de la entidad bancaria. En todo caso no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. En el evento en que la oferta se presente en representación de una persona jurídica, la garantía de seriedad deberá ser expedida a nombre del proponente, vale decir la persona representada.

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En el evento de presentación conjunta de propuestas, la garantía de seriedad deberá expedirse a nombre de todos los integrantes del consorcio o de la unión temporal según el caso, debiéndose indicar en la respectiva garantía el nombre de las personas naturales o jurídicas que integran esta clase de conformación. En el evento de prórroga en el plazo de selección, o para la suscripción del contrato o para la constitución de garantías o para el perfeccionamiento del mismo, el proponente deberá ampliar, por el periodo de la prórroga, el de la garantía de seriedad sí la vigencia inicial no cubre este nuevo término. El original de la garantía de seriedad y las copias de las ofertas les serán devueltas, previa solicitud, a todos los proponentes, cuando el proceso de evaluación termine sin la aceptación de oferta alguna. De la misma manera a los oferentes no favorecidos con la selección. Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el seleccionado o contratista no se allanare a cumplir las condiciones y obligaciones establecidas en estos Documentos de Condiciones Técnicas Necesarias, especialmente las relacionadas con la suscripción del contrato, constitución de las pólizas, contribución al perfeccionamiento del contrato dentro del término señalado y mantener lo ofrecido en su propuesta, se hará efectiva a favor de la UPME la póliza de seriedad de la propuesta. Lo anterior sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados a la UPME y no cubiertos por la cuantía de esta póliza y sin perjuicio de que la UPME pueda optar por seleccionar, dentro de los 15 días hábiles siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, si la propuesta presentada es favorable para la Entidad. 2.2.1.3 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR Los documentos solicitados en este capítulo y otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en el Artículo 259 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 480 del Código de Comercio. Por lo tanto, deberán autenticarse por funcionarios competentes del país de origen, a su vez por el Cónsul Colombiano o Agente Diplomático, al autenticar los documentos el Cónsul o Agente Diplomático hará constar que la sociedad existente ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país, la firma del Cónsul o Agente Diplomático se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Apostilla: Cuando se trate de documentos que provienen de países que hacen parte de la convención sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos se extranjeros, se aplicará lo dispuesto en ésta convención. 2.2.1.4 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL Las Personas Jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal o agencia en Colombia deberán presentar el certificado de Existencia y Representación Legal con fecha de expedición no mayor de treinta (30) días calendario anterior a la fecha de cierre del proceso contractual, donde acredite que su duración es mayor a la

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de la vigencia del contrato y un (1) año más. El objeto de la sociedad deberá permitir realizar el objeto de la presente contratación. Tratándose de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia deberán aportar los siguientes documentos:

Documento que acredite su existencia y su representación o su equivalente en el pais de origen, en donde se determine claramente el objeto y facultades del representante legal así como las limitaciones establecidas a este para poder contratar, el cual deberá tener fecha de expedición no mayor de treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso contractual, donde acredite que su duración es mayor a la de la vigencia del contrato y un (1) año más.

Documento de constitución de apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato cuando participe a título de oferente, así como para representarla extrajudicialmente, mediante la presentación del respectivo poder debidamente otorgado y legalizado.

Los documentos otorgados en el exterior, deberán presentarse debidamente traducidos al idioma español, consularizados y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Art. 259 del C. de P. Civil).

Apostilla: Cuando se trate de documentos que provienen de países que hacen parte de la convención sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos se extranjeros, se aplicará lo dispuesto en ésta convención. En caso de Consorcio ó Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá presentar este certificado. Cuando el proponente pertenezca a otro tipo de asociación (que no sea comercial), deberá aportar el certificado equivalente expedido por la entidad competente. 2.2.1.5 ACTA DE JUNTA DE SOCIOS De conformidad con el certificado de existencia y representación legal, cuando el proponente sea persona Jurídica y su Representante Legal se encuentre limitado en razón a la cuantía u otro factor para representar debidamente a la sociedad en este proceso contractual, deberá presentar el acta o extracto de junta de socios, en la cual se le autoriza para presentar la oferta y celebrar el correspondiente contrato en caso de que sea seleccionado. 2.2.1.6 DOCUMENTO ORIGINAL DE CONSTITUCION DE CONSORCIO O UNION TEMPORAL Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal y, en este último caso, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la entidad estatal contratante.

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Mediante un documento se designará la persona que los representará, señalando las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad. En caso de unión temporal, se indicará a la UPME la participación que tendrá cada uno de sus integrantes. Los consorcios o uniones temporales constituidas se comprometen a permanecer consorciados durante el término de la vigencia del contrato sus prórrogas y término de liquidación del contrato. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integren el consorcio o unión temporal. Los términos y extensión de la participación en la Unión Temporal no podrán ser modificados. Si la propuesta es conjunta, deberá ser presentada por la persona que represente el consorcio o la unión temporal. En todo caso, a la propuesta deberá anexarse el documento original de conformación de consorcio o unión temporal. La responsabilidad de los miembros del consorcio o la unión temporal se regirá por las normas vigentes en la materia. Toda la información y documentación solicitada acerca de los proponentes debe ser presentada por cada una de las personas que integran el consorcio o unión temporal. En el evento de suscribir contrato la Unión Temporal o Consorcio deberá solicitar el número de Registro Único Tributario- RUT - ante la DIAN y la facturación deberá realizarla la modalidad conformada. Las personas jurídicas nacionales y extranjeras deberán acreditar que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un año más. Cuando se obre en ejercicio de poder especial, es necesario que en el mismo se exprese concretamente que se otorga la facultad de participar en el presente proceso contractual, suscribir el contrato o contratos que de ella se deriven, para su ejecución, representación judicial y extrajudicial, por lo menos por el término del contrato y un (1) año más. Las ofertas deberán estar suscritas por el representante legal o su equivalente de la firma, consorcio o unión temporal, quien debe tener facultades específicas y vigentes para contratar y estar autorizado para comprometerla en cuantía igual o superior al valor de la oferta. Cuando se presente Consorcio o Unión Temporal bastará que uno de los integrantes se haya inscrito, de conformidad a lo establecido en el Capitulo I de estos Documentos de Condiciones Técnicas Necesarias 2.2.1.7 FOTOCOPIA LEGIBLE DE LA CEDULA DE CIUDADANIA DE LA PERSONA NATURAL O REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA O UNION TEMPORAL O CONSORCIO 2.2.1.8 FOTOCOPIA DEL RUT DE LA PERSONA JURÍDICA y /o NATURAL

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2.2.1.9 CERTIFICADO DE PAGO DE APORTES PARAFISCALES Y SEGURIDAD SOCIAL Para las personas jurídicas, el Revisor Fiscal cuando este exista de acuerdo a los requerimientos de ley y/o el Representante Legal si no estuviere obligado a tener aquel, deberá presentar una certificación en la cual conste que la firma se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales y seguridad social, cuyo periodo debe comprender un término no inferior a seis (6) meses (ley 789 del 2002). En el evento en que el proponente sea un consorcio o unión temporal, cada una de las personas naturales o jurídicas que lo integren deberá acreditar que se encuentra a paz y salvo por concepto de aportes parafiscales de sus empleados a la fecha de presentación de su propuesta. Tratándose de personas naturales se deberá presentar la manifestación bajo la gravedad del juramento que se encuentra efectuando aportes a la seguridad social en forma oportuna y a paz y salvo a la fecha de presentación de la propuesta. 2.3 OFERTAS CONSIDERADAS HÁBILES Se entiende que las ofertas presentadas son hábiles si cumplen con la totalidad de los requisitos señalados en este documento, no se aceptan propuestas parciales, condicionadas ni propuestas alternativas técnicas o económicas. 2.4 RETIRO DE LAS OFERTAS Los originales de las ofertas, una vez sean entregadas en la sede de la UPME, no podrán ser retiradas por los oferentes. La copia de las mismas, junto con la póliza de seriedad de la oferta, podrá ser retirada por los oferentes no favorecidos, una vez sea seleccionado el proponente o se termine el procedimiento. 2.5 PROCEDIMIENTO EN LA CORRECCIÓN DE ERRORES PRODUCTO DE OPERACIONES ARITMÉTICAS En la evaluación de la oferta se determinará si existen errores en el producto de las operaciones aritméticas de los precios de la misma, caso en el cual la UPME hará las correcciones correspondientes. Las correcciones establecidas en las ofertas, serán de forzosa aceptación para el proponente en relación con los precios en caso de que sea seleccionado. Si el oferente rehúsa aceptarlas, se hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, en cuyo caso se celebrará el contrato con el oferente calificado en segundo lugar, si la propuesta resulta conveniente para la entidad.

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CAPÍTULO III RECHAZO DE PROPUESTAS 3.1 CAUSALES DE RECHAZO Una propuesta será rechazada cuando se presente al menos cualquiera de las siguientes causales: a. Cuando se compruebe confabulación entre los oferentes. b. Cuando el oferente haya tratado de interferir, influir o informarse indebidamente del análisis de las

propuestas. c. Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente, bajo el mismo nombre o con

nombres diferentes. d. Cuando la propuesta sea presentada en forma extemporánea. e. Cuando el plazo máximo de ejecución exceda el exigido en este documento. f. Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en

otra u otras entidades diferentes, que también estén participando en el presente proceso g. Cuando el proponente presente información que no coincida con la realidad, una vez la Entidad haya

verificado la información y consultado su veracidad. h. En consorcios ó uniones temporales cuando en el documento de constitución se omita la firma de uno de

sus integrantes. i. El encontrarse incurso dentro de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la ley. j. Cuando las propuestas fueren presentadas a nombre de una firma diferente a la que fue invitada. k. No ajustarse substancialmente la propuesta a las bases y requisitos establecidos en el presente

documento. l. Cuando no se presente los documentos indicados en el capítulo II. y/o su presentación o diligenciamiento

no cumpla con lo exigido en cada documento, o no se subsanen dentro del término indicado por la UPME, o en la forma solicitada por la UPME.

m. Cuando se trate de Consorcios o Uniones temporales se aplicarán todas las anteriores a cada uno de sus integrantes.

n. Cuando la propuesta exceda el presupuesto oficial estipulado. o. No cumplir con las especificaciones técnicas mínimas exigidas en el capítulo IV p. Presentar propuestas alternas, parciales o establezca condiciones contractuales diferentes a las indicadas

en el presente documento q. Las demás contempladas en la Constitución, la Ley y en el presente documento.

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CAPÍTULO IV. ANÁLISIS, COMPARACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

4.1 ANÁLISIS Y COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS

La UPME analizará y comparará las ofertas que cumplan las condiciones exigidas y que por lo tanto no hayan

sido descartadas, de acuerdo con lo establecido en el presente documento. Se procederá a la comparación de las ofertas, con el propósito de seleccionar el proponente más favorable para la entidad, teniendo en cuenta todos los criterios de evaluación estipulados en el presente documento. El ofrecimiento más favorable es aquél que, teniendo en cuenta los factores de escogencia indicados en el presente capítulo, obtenga el mayor puntaje. Para hallar el puntaje total se sumarán los puntajes de las evaluaciones técnica y económica resultantes.

4.1 CRITERIOS DE DESEMPATE En caso de presentarse igualdad de puntajes entre dos o más proponentes, se escogerá aquél que tenga el mayor puntaje en el factor de experiencia del grupo básico de profesionales, si persistiere el empate se escogerá aquel que tenga el mayor puntaje en el factor metodología ; continuando el mismo la escogencia se realizará en audiencia pública mediante sorteo con la utilización de balotas, para lo cual se comunicará el procedimiento a realizar en la audiencia así como la fecha y hora de su realización.

4.2 CRITERIOS, DEFINICIONES Y PUNTAJES PARA LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA Los factores que se tendrán en cuenta para la evaluación de oferta, representan un puntaje máximo de mil (1.000) puntos. El componente técnico representa el 90% del puntaje máximo y el componente económico el 10% restante, distribuidos así:

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Tabla 4.1

FACTORES DE EVALUACIÓN PUNTAJE PARCIAL

PUNTAJE TOTAL

OFERTA TÉCNICA 900

Experiencia especifica del proponente 300

Experiencia específica del grupo básico de profesionales requerido

400

Metodología

Enfoque y Actividades 150

Cronograma 40

Participación de personal nacional

10

OFERTA ECONOMICA 100

Valor de la propuesta 100

PUNTAJE TOTAL 1.000

4.2.1 DEFINICIONES BÁSICAS PARA EVALUACIÓN DE EXPERIENCIA Y NIVEL ACADÉMICO a) Experiencia específica del proponente (300 puntos) Estimada en número de contratos. Corresponde al número de contratos o trabajos certificados en las temáticas exigidas. Para esta consultoría, el número mínimo de contratos específicos requeridos al proponente para poder concursar es de tres (3) en al menos dos (2) de las siguientes temáticas: i) Gestión Financiera.

ii) Evaluación Financiera de Proyectos de Infraestructura.

iii) Diseño de Esquemas Financieros para proyectos de Uso Racional y Eficiente de Energía y Fuentes No Convencionales de Energía.

iv) Diseño de programas pilotos de proyectos de uso racional y eficiente de la Energía.

Solo se considerarán contratos específicos certificados con una duración igual o mayor a tres (3) meses. La valoración de la “Experiencia del Proponente” se hará con base en el número de contratos específicos certificados. Se evaluarán aquellas propuestas que cumplan con el requisito mínimo de participación exigido en la experiencia específica del proponente. De lo contrario no será evaluada la misma. El proponente deberá diligenciar la información solicitada en el FORMATO No. 2 relacionando la experiencia específica del proponente en número de contratos. Los datos registrados en el FORMATO No. 2 deberán tener las respectivas certificaciones, en las cuales se

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especificarán las funciones desarrolladas, la fecha de finalización y/o iniciación y la duración en años y fracciones. La experiencia no certificada no será evaluada. El factor “experiencia específica del proponente”, se calificará de acuerdo con la tabla:

Tabla 4.2

Número de Contratos Certificados 3 4 5 o más

Puntaje 100 200 300

En el evento en que el Proponente no cumpla con la experiencia específica mínima certificada, no será evaluada la propuesta. b) Grupo básico de profesionales (400 puntos) Está constituido por Un (1) Director del Proyecto y Un (1) experto de acuerdo con lo definido en la Tabla 4.3. La síntesis de la experiencia específica y estudios debe relacionarse en el Formulario No. 2 El número mínimo de años de experiencia específica exigidos al Director del Proyecto para poder concursar es de cuatro (4) años a partir de la fecha de graduación de postgrado, de acuerdo con lo establecido en la Tabla 4.3 La experiencia específica del Director del Proyecto asigna un puntaje máximo de doscientos cincuenta (250) puntos. La experiencia específica del profesional de soporte asigna un puntaje máximo de ciento cincuenta (150) puntos, para un total de cuatrocientos (400) puntos del grupo básico de profesionales requerido. En el evento en que algún profesional del grupo básico no cumpla con la experiencia específica mínima certificada o no cumpla con el perfil mínimo exigido, no será evaluada la propuesta. Para participar en este proceso es necesario que el grupo básico de profesionales mínimo requerido tenga el perfil y cuente con la experiencia en las áreas que se describen en la siguiente tabla:

Tabla 4.3

Cargo Perfil Mínimo Mínima Experiencia Certificada

Un profesional Director del

Proyecto

Profesional en Administración Financiera, Finanzas o Economía, con estudios superiores a nivel de Maestría en Administración o Finanzas.

Experiencia mínima de cuatro (4) años contada a partir de la fecha de graduación de la maestría. Debe tener experiencia en al menos 4 de los siguientes tópicos. i. Gestión Financiera ii. Evaluación Financiera de Proyectos de

Infraestructura iii. Diseño de Esquemas Financieros para

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proyectos de Uso Racional y Eficiente de Energía y Fuentes No Convencionales de Energía

iv. Diseño de programas pilotos de proyectos de uso racional y eficiente de la Energía

v. Elaboración de Presupuestos.

Un profesional experto en

FNCE

Profesional en Ingeniería Eléctrica o en Ingeniería en Energía.

Experiencia mínima de doce (12) meses en proyectos o cargos relacionados con: i) Evaluación técnica de proyectos de Fuentes No

Convencionales de Energía.

ii) Apoyo en la elaboración de sistemas de gestión de información y conocimiento

Los Expertos son parte del equipo mínimo de profesionales y por lo tanto son objeto de evaluación. Una persona natural podrá acreditar experiencia como proponente y como profesional experto sin que las experiencias acreditadas sean excluyentes. El director del proyecto y los expertos deberán contar con una dedicación del 100% del tiempo al proyecto. Únicamente se asignará puntaje a profesional quien cumpla con la mínima experiencia específica descrita en la Tabla 4.3. Para que el grupo básico de profesionales sea evaluado, debe haberse graduado y acreditar su nivel académico anexando copia del título obtenido o de la respectiva acta de grado. La experiencia específica del proponente y del grupo básico de profesionales debe certificarse debidamente para ser evaluada. Las certificaciones de experiencia deben ser legibles y especificar la labor desarrollada y/o el objeto del contrato, la dedicación, así como la fecha de iniciación y finalización de labores o el tiempo laborado y la fecha de expedición del certificado. El factor “experiencia específica del grupo básico de profesionales”, se calificará de acuerdo con la siguiente tabla:

Tabla 4.4

DIRECTOR DEL PROYECTO

EXPERIENCIA ESPECIFICA EN AÑOS

NIVEL ACADÉMICO NÚMERO DE AÑOS

4 5 6 ó más

Magister 150 200 250

EXPERTO EN FNCE

EXPERIENCIA ESPECIFICA EN AÑOS

NIVEL ACADÉMICO NÚMERO DE AÑOS

1 2 3 ó más

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Pregrado 50 100 150

La fracción en años otorgará puntaje de manera proporcional en el rango correspondiente. La UPME analizará la oferta con fundamento en las condiciones técnicas exigidas en el objeto, adicionalmente se tendrá en cuenta que la propuesta no supere el presupuesto oficial.

4.3 Metodología (200 puntos) Este factor tendrá un valor máximo de 200 puntos y se evaluará con los siguientes criterios: 4.3.1 Enfoque y Actividades (150 puntos) El puntaje se asignará de acuerdo con la claridad y detalle de las actividades presentadas por el proponente para cumplir con los objetivos generales y específicos consignados en el presente Condiciones Técnicas Necesarias y los alcances del estudio. Para ello se evaluarán, de la siguiente forma, el nivel de conceptualización y la estrategia para llevar a cabo el proyecto: Conceptualización: En este ítem se deberá explicar por parte del proponente cómo visualiza el desarrollo de la asesoría describiéndolo para cada uno de los ítem de objetivos, alcances y resultados esperados. El puntaje será distribuido proporcionalmente entre los tópicos citados y se valorará cualitativamente según la claridad en el desarrollo de cada uno de ellos. Se asignará puntaje de acuerdo con la Tabla 4.5 teniendo en cuenta, además, la Tabla 4.7 (Factores). Estrategia: se valorará el conjunto de acciones o instrumentos y su pertinencia para que permitan alcanzar los resultados esperados. Cada uno se debe explicar con el máximo detalle posible y la valoración se hará asignando puntaje de acuerdo con la Tabla 4.5 teniendo en cuenta, además, la Tabla 4.7 (Factores). El proponente podrá, de acuerdo con su criterio, adicionar actividades que considere necesarias para un mejor desarrollo del proyecto.

Tabla 4.5

ENFOQUE Y ACTIVIDADES PUNTAJE MAXIMO

a) Conceptualización 75

b) Estrategia 75

4.3.2 Cronograma (40 puntos) El Cronograma debe mostrar la coherencia, secuencia y articulación de las actividades propuestas con la asignación de tiempos del proponente, la duración de las mismas y la ubicación de entrega de resultados e informes, de manera que se cumplan los objetivos y alcances propuestos. La valoración del cronograma en este aspecto tendrá un puntaje máximo de 40 puntos y para el efecto se tendrá en cuenta la Tabla 4,7 (Factores).

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4.3.3 Participación de personal nacional (10 puntos) Los proponentes que incluyan en el grupo básico de profesionales un 100% de personal nacional recibirán el máximo puntaje de este criterio. Quienes incluyan extranjeros, recibirán 5 puntos. En consecuencia, la valoración de puntaje se hará de acuerdo con la tabla 4.6.

Tabla 4.6

La propuesta con puntaje en Metodología que sea inferior a 120 puntos será rechazada.

Tabla 4.7

FACTORES VALOR

Excelente 1,0

Muy Bueno 0,9

Bueno 0,8

Regular 0,6

Deficiente 0,3

Inexistente 0,0

5.EVALUACION ECONOMICA (100 puntos) En su oferta, el proponente debe incluir el valor de la propuesta desagregando el valor del IVA La UPME procederá a la evaluación económica de las propuestas que resulten técnicamente elegibles de conformidad con el siguiente procedimiento: Las propuestas que se consideren elegibles económicamente, se ordenarán de menor a mayor valor y se le asignará el mayor puntaje (100 puntos) a la propuesta de menor valor revisado antes del IVA. El valor total de la propuesta económica no podrá ser superior al presupuesto oficial asignado a este proyecto o que sea inferior al 95% del presupuesto oficial incluido IVA. Para aquellas empresas o instituciones no obligadas a incluir IVA y solo para el propósito de evaluación se adicionara al valor ofertado el equivalente al 16% correspondiente al IVA y sobre este valor corregido se aplicará la regla de rechazo posterior. En el evento en que esta sumatoria supere el presupuesto oficial se asumirá para efectos de evaluación el valor total del presupuesto. En el caso de las no obligadas a presentar IVA, se tomara el valor por ellas reportada. Las demás propuestas recibirán su puntaje en forma inversamente proporcional de la siguiente manera:

Participación de personal nacional Puntaje máximo

El Proponente certifica que utiliza en un 100% personal nacional para esta consultoría.

10

El proponente certifica que utiliza personal nacional y extranjero para esta consultoría.

5

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100 propuesta Precio

rmenor valo de propuesta Precio económica propuesta Puntaje

i

i

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FORMATO 1 CARTA DE PRESENTACIÓN

Señor DIRECTOR GENERAL UPME Ciudad __________________________________, mayor de edad, vecino de _______________ identificado con la cédula de ciudadanía número ________ expedida en _____________, de conformidad con los requerimientos que se estipulan en el documento de Condiciones Técnicas Necesarias, presento la siguiente propuesta relacionada con ASESORÍA EN LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES QUE PERMITAN VIABILIZAR LOS PROYECTOS DE USO RACIONAL DE ENERGÍA Y FUENTES NO CONVENCIONALES DE ENERGÍA EN COLOMBIA En caso de que sea aceptada, me comprometo a firmar el contrato correspondiente. Declaramos así mismo: 1. Que tengo el poder legal para firmar y presentar la propuesta, 2. Que ninguna persona o entidad distinta de la firmante tiene interés comercial en esta propuesta, ni en

el contrato probable que de ella se derive. 3. Que no me encuentro incurso en causales de inhabilidad o incompatibilidad para suscribir el contrato.

Igualmente, no estoy incurso en prohibiciones especiales para contratar. 4. Que conozco las especificaciones técnicas y garantizo que los servicios ofrecidos cumplen con los

requisitos en ellas requeridas. 5. Que conozco el contenido de los documentos de Condiciones Técnicas Necesarias y sus anexos y que

acepto sus condiciones. 6. Que el término de duración de la presente contrato es de ___________ meses 7. Que si es seleccionada la propuesta y suscrito el contrato, me comprometo s a otorgar las Garantías

requeridas, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma de éste. 8. Que conozco las leyes de la República de Colombia que rigen la presente Contratación. 9. Que el valor total de mi oferta es de : $ ______________________ discriminado así: 10. Valor total antes de impuestos $ ______________ IVA $ ______

El (los) suscrito (s) señala(n) como dirección comercial, número de teléfono, Fax o correo electrónico a donde se realiza las r notificaciones y comunicaciones relacionadas con esta propuesta, los siguientes: Nombre ______________________________________ Dirección _________________________________________________ Teléfono _________________________________________________

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Fax ________________ Ciudad ______________ Correo Electrónico _______________ Atentamente, _________________________________ Firma del Proponente

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FORMATO No. 2

EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE (1)

Nombre del proponente: _______________________________________________________________

Nombre del Proyecto Entidad Contratante Objeto del Contrato Duración Fecha

Iniciación Finalización

(1): Ver definición de experiencia específica del proponente

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ORDEN 200-2013xxxxxxxxx

Entre los suscritos, ANGELA INES CADENA MONROY, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía No. 41.749.946 expedida en Bogotá, quien actúa como Directora General de la UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGETICA “UPME”, según Decreto de nombramiento No. 1708 del 15 de agosto de 2012 y acta de posesión 000085 del 16 de agosto del mismo año, de una parte y por la otra xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, domiciliada y residente xxxxxxxxxxxxxxx, identificada con la cédula de ciudadanía Nº xxxxxxxxxxxxxxxx expedida en xxxxxxxxxxxxx, obrando en nombre propio o en su condición de representante legal de la empresa, consorcio o unión temporal xxxxxxxxxxxxxxxx, con nit xxxxxxxxxxxxx y quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar la orden de servicios contenida en las cláusulas que se señalan a continuación previa las siguientes consideraciones: a). Que la ley 697 de 2001, propuso el fomento del Uso Racional y Eficiente de la Energía-URE, declarándolo un asunto de interés social, público y de conveniencia nacional, que busca fundamentalmente asegurar el abastecimiento energético pleno y oportuno, la competitividad de la economía, protección al consumidor y utilización de Energías No Convencionales de manera sostenible con el medio ambiente y los recursos naturales. b). Que el Ministerio de Minas y Energía, MME, mediante resolución No. 180919 de junio de 2010, adoptó el Plan de Acción Indicativo 2010-2015 para desarrollar el PROURE, el cual contiene metas de ahorro de energía y de expansión de generación de electricidad basada en FNCE así como estrategias de carácter transversal y sectorial con líneas de acción específicas, c). Que uno de los subprogramas de carácter transversal del Plan, es el desarrollo de esquemas financieros favorables que permitan financiar programas y proyectos de URE y FNCE, para el impulso del mercado, d) Que considerando lo anterior, en 2010 la UPME inició el diseño de una propuesta de Estrategia Financiera para promover y viabilizar proyectos de URE y FNCE, acorde con la disponibilidad de recursos energéticos, el desarrollo económico y la sostenibilidad ambiental del país. e). Que la propuesta incluyó diferentes esquemas financieros enfocados a estimular la financiación de estos proyectos a través de terceros con participación de los mercados de capitales y el sector bancario, los mecanismos y herramientas que permitirían ejecutar adecuadamente la promoción de las líneas de crédito y el acceso a ellas, y las estrategias para el otorgamiento de garantías a este tipo de proyectos, entre otras. f). Que durante la presente vigencia se requiere continuar el trabajo con la aplicación de estos esquemas y realizar el análisis financiero de los resultados de diversas auditorías energéticas ejecutadas por la UPME durante 2012 en varias regiones del país. f). Que adicionalmente, la UPME será la encargada de evaluar y conceptuar sobre las solicitudes que se presenten para acceder a incentivos tributarios (exclusión de IVA y deducción de renta líquida) por la ejecución de proyectos de eficiencia energética y FNCE, con el fin de determinar si las mismas se enmarcan dentro de las líneas de acción previstas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y en cuánto contribuyen los equipos, elementos y maquinaria objeto de la solicitud a las metas establecidas en la Resolución 186 de 2012. g). Que otro de los subprogramas de carácter del Plan, es la promoción del uso de Fuentes No Convencionales de Energía que permita diversificar la canasta energética en Colombia aportando a la seguridad energética y a la optimización del uso de los recursos naturales, para lo cual se requiere remover diversas barreras (técnicas, de información, financieras, regulatorias, etc) y propiciar condiciones de mercado. h).Que en ese marco, la UPME viene desarrollando distintos proyectos de promoción de las Fuentes No Convencionales de Energía y Uso Racional y Eficiente de la Energía, entre los cuales se destacan: el Proyecto UPME-BID “Inversiones catalizadoras para el desarrollo de la energía geotérmica en Colombia”, del cual la UPME es la entidad ejecutora del Componente I, cuyo objetivo es “La remoción de barreras a las energías no convencionales renovables en el país” y con el cual se espera lograr un análisis completo de las condiciones de las FNCE-R que aporte elementos y referencias para

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mejorar la planificación, las políticas y regulaciones; Convenio de Cooperación Colciencias - UPME, cuyo objeto es aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros, con el fin de fortalecer el planeamiento integral minero energético colombiano, aprovechando sinergias interinstitucionales entre la entidad encargada del planeamiento integral del sector y la encargada del Programa Nacional de Investigaciones en Energía y Minería. En el marco de este Convenio se espera adelantar, entre otros estudios, la evaluación a escala regional de los recursos solar y eólico en la zona de La Guajira, y la determinación del potencial de reducción del consumo energético en los subsectores manufactureros de alimentos, textiles, confecciones, cueros y papeles en Colombia. i). Que En ese contexto, la UPME requiere una consultoría que realice las actividades propuestas por la UPME a fin de continuar con la promoción de la implementación de los esquemas financieros más opcionados y replicables para el desarrollo de proyectos de URE y FNCE, considerando las oportunidades actuales del desarrollo en el país. j). Que los integrantes del Comité de Contratos el xxxxxx de xxxxxx de 2013, aprobaron la necesidad de Asesorar a la UPME en la implementación de estrategias y desarrollo de actividades que permitan viabilizar los proyectos de Uso Racional y Eficiente de Energía y Fuentes No Convencionales de Energía en Colombia. k). Que la UPME , conforme al Manual Interno de Contratación y teniendo en cuenta. l). Que la UPME, de conformidad con el Manual Interno de Contratación y teniendo en cuenta lo preceptuado en las Directivas Presidenciales 10 y 12 de 2002 que son de obligatorio cumplimiento para las entidades de orden nacional, para la celebración de este contrato , ha dado estricto cumplimiento en la aplicación de los principios de transparencia, economía, responsabilidad y selección objetiva tal como se acredita con la documentación a ese respecto respalda la gestión administrativa que ha ejecutado la UPME, la cual reposa en sus dependencias, por lo tanto, dio apertura al proceso xxxxxx , a través de a pagina Web de la Unidad, habiendo igualmente invitado a participar a XXXXXXXXXXXXXXXXX en cumplimiento al procedimiento establecido en el articulo 16 de la Resolución UPME 0319 de 2012 m). Que según acta de apertura del año xxxxxx , presentaron propuesta xxxxxxxx n). Que de acuerdo a lo anterior, la propuesta presentada por XXXXXXXXXXXXX cumple con las condiciones necesarias establecidas para ejecución del proyecto requerido, motivo por el cual la Dirección General acogiendo la recomendación del Evaluador selecciono xxxxxxxxxxxxxxxxxx, por cuanto su propuesta técnica y económica resulto ser la mas favorable para la unidad. ñ). Que por las razones anteriormente expuestas, celebra la presente orden xxxxxxxxx, la cual se regirá por las siguientes

CLAUSULAS PRIMERA: OBJETO.- EL CONTRATISTA se obliga por medio de la presente orden prestar los servicios profesionales para asesorar a la UPME en la implementación de estrategias y desarrollo de

actividades que permitan viabilizar los proyectos de Uso Racional y Eficiente de Energía y Fuentes No Convencionales de Energía en Colombia; contribuyendo al cumplimiento del Plan de Acción Indicativo 2010 –

2015 para desarrollar el PROURE, debiendo cumplir con los objetivos específicos que a título enunciativo se indican a continuación: 1.) Apoyar el desarrollo de estrategias técnicas y financieras para

programas y proyectos que promuevan las FNCE y EE en Colombia. 2.) Apoyar la administración técnica y financiera del proyecto BID-GEF-UPME-CI “Inversiones catalizadoras para el desarrollo de la energía geotérmica en Colombia”. 3.) Apoyar a la UPME en la evaluación de proyectos en FNCE y EE que apliquen para acceder a incentivos tributarios, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución UPME 0563 de 2012. 4.) Apoyar a la UPME en las tareas que deba realizar como parte del Comité Ejecutivo del convenio marco 507-2012, celebrado entre Colciencias y la UPME, en lo que corresponde al diseño del plan de ejecución del

convenio y seguimiento del mismo. PARAGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA deberá presentar en la Secretaría de la Unidad de Planeación Minero Energética, los comprobantes que acrediten el

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pago de aportes al sistema general de pensiones y en la forma y términos indicados en el Decreto 1703 de 2002 y ley 797 de 2003. PARAGRAFO SEGUNDO: Queda expresamente entendido por las partes que la presente orden de servicio no genera ningún tipo de relación laboral entre ellas.-El CONTRATISTA actuará con plena autonomía técnica, financiera, administrativa y directiva en el desarrollo y ejecución de la Orden, y no será agente, ni mandatario o representante de la UPME. CLAUSULA SEGUNDA: DURACION: El término de duración de la contratación será de cuatro (4) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previa aprobación de las garantías y Registro Presupuestal. CLAUSULA TERCERA: VALOR: Para todos los efectos legales, administrativos y fiscales, el valor de la presente orden será de xxxxxxxxxxxxxxxxx M/cte CLAUSULA CUARTA. FORMA DE PAGO El valor de la presente orden será cancelado por el FIDEICOMISO, previa instrucción por parte de la UPME en los términos establecidos en el contrato de fiducia, así: a). La suma de xxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx al vencimiento del primer (1) mes de ejecución del contrato, previa presentación del primer informe correspondiente al avance de los resultados esperados No 1, 3 y 5, certificado de cumplimiento y recibido a satisfacción expedida por el supervisor; b) La suma de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxal vencimiento del tercer mes de ejecución del contrato, presentación del segundo informe correspondiente al avance de los resultados esperados de todos los productos enunciados, certificado de cumplimiento y recibo a satisfacción expedido por el supervisor y, c).La suma de xxxxxxxxxxxxxxxxxx al vencimiento del término de ejecución previa entrega entrega del informe final, que deberá contener el consolidado de los resultados de todos los productos enunciados, certificado de cumplimiento y recibo a satisfacción expedido por el supervisor. PARAGRAFO PRIMERO: Los pagos se harán previa presentación del informe objeto de pago acompañado del certificado de cumplimiento expedido por el supervisor del contrato, copias legibles de los pagos efectuados al Sistema de Seguridad Social Integral, de impuestos y demás obligaciones de ley. PARAGRAFO SEGUNDO: Tratándose de personas naturales, los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral deberán corresponder al 40% de cada uno de los pagos acordados, sin que el valor base de aporte supere los 25 SMMLV. PARAGRAFO TERCERO: La acreditación de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales de las personas jurídicas se realizará en la forma y términos establecidos en la Ley 789 de 2002. PARAGRAFO CUARTO:Por cierre contable únicamente se recibirá facturación hasta el día 20 de cada mes, siempre y cuando el informe objeto de pago se encuentre aprobado por parte del supervisor del contrato. PARAGRAFO QUINTO: El contratista asumirá todos los impuestos, tasas o similares, que se deriven de la ejecución del mismo, de conformidad con las normas vigentes en la materia. PARAGRAFO SEXTO: EL CONTRATISTA debe indicar el número de cuenta, aclarando si es de ahorros o corriente, banco y sucursal, donde se realizará la transferencia electrónica.- PARAGRAFO SEPTIMO: Las facturas o cuentas de cobro se deberán expedir a nombre del FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. Patrimonio Autónomo No. 3-1-19547 con Nit 830.053.105-3. CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES.- El CONTRATISTA deberá cumplir con las obligaciones que surjan del desarrollo de las actividades relacionadas con el objeto de la orden de servicio y particularmente, con las siguientes: 1.) Proponer esquemas financieros y apoyar la implementación de pilotos de EE basados en caracterizaciones de los consumos finales de energía, regionales o sectoriales y en las estrategias de eficiencia energética propuestas. 2.) Asesorar en las tareas de administración que mejoren la utilización y funcionamiento del Sistema de Gestión de Información y Conocimiento en Fuentes no Convencionales de

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Energía. 3.) Participar en el proceso de registro, revisión y apoyo técnico en la coordinación de la ejecución del Componente I del proyecto UPME BID “Inversiones catalizadoras para el desarrollo de la energía geotérmica en Colombia”, así como en la preparación y elaboración de los documentos administrativos y financieros requeridos para la correcta ejecución del proyecto BID-GEF-UPME-CI de FNCE. 4.) Participar en el proceso de registro, revisión y elaboración de conceptos, por parte de la UPME, relacionados con proyectos de EE y FNCE que se presenten para optar por incentivos tributarios, incluyendo el cálculo del valor del incentivo al cual está aspirando el solicitante y estableciendo una relación costo-beneficio (valor incentivo / ahorro energético). 5.) Apoyar en el diseño y puesta en marcha de un plan operativo para la ejecución del convenio marco 507-2012, y en la coordinación y supervisión del mismo convenio, celebrado entre Colciencias y la UPME., 6.) El contratista deberá presentar los informes en la forma y términos establecidos en el documento de Condiciones Tecnicas Necesarias. 7.) el contratista deberá utilizar en el desarrollo del objeto del contrato el personal propuesto el cual no se podrá cambiar sino por circunstancias de fuerza mayor y caso fortuito, debidamente demostrads y previa autorización y aceptación del Supervisor del contrato, quien dado el caso verificara que la persona o gurpo de persona proppuestos cumplan con los mismos requisitos exigidos en los documentos de Condiciones TEcnicas Necesarias y con el puntaje minimo asignado en la evaluación de la propuesta presentada. 8.) Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión de las tareas asignadas en desarrollo del contrato y utilizarla exclusivamente para cumplir el objeto contratado, 9.) Obrar con lealtad y buena fe, evitando las dilaciones y entrabamientos que pudieran presentarse en la ejecución de los servicios contratados y defender los intereses del CONTRATANTE, 10.) Constituir la garantía pactada y asumir todos los gastos inherentes al perfeccionamiento de la presente orden de servicio y los que se ocasionen para poder iniciar su ejecución, si a ello hubiere lugar, 11.) Acreditar y mantener durante la vigencia de la presente orden de servicio, el pago de los aportes a la seguridad social integral. 12.) Las demás relacionadas con el objeto de esta orden de servicio y las que estén incluidas en los Documentos de Condiciones Técnicas Necesarias y propuesta, las cuales forman parte integral de ésta. CLÁUSULA SEXTA: IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL IMPUTACIÓN El valor del presente contrato se pagará con cargo a la Sección 2109 - UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA, PROGRAMA 520- ADMINISTRACIÓN CONTROL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SUBPROGRAMA 500: INTERSUBSECTORIAL DE ENERGIA/ PROYECTO 17: ASESORIA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE ENERGIA NACIONAL; RECURSOS 20: Ingresos corrientes, del presupuesto de Inversión aprobado para la vigencia de 2013. CLAUSULA SEPTIMA: GARANTIAS. EL CONTRATISTA, se compromete a constituir a su costa una garantía expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente constituida en el país, que ampare: a) Cumplimiento del contrato, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de la presente orden con una vigencia igual al término de duración del mismo y seis (6) meses más. b) Calidad del servicio, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de la presente orden con una vigencia igual al término de duración y un (1) año más. c) Salarios y prestaciones sociales, en cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la presente orden con una vigencia igual al término de duración y tres (3) años más. PARAGRAFO PRIMERO: La póliza de seguro deberá ser la existente en el mercado a favor de PARTICULARES

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PARAGRAFO SEGUNDO: El beneficiario o asegurado de tales pólizas deberá ser UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGÉTICA. Nit. 830.000.282-1. CLAUSULA OCTAVA: CLAUSULA PENAL PECUNIARIA.- En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales las partes pactan a título de sanción pecuniaria una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de la orden de servicio. Cuando el incumplimiento provenga del contratista, este valor podrá ser tomado directamente del saldo que exista a favor este, quien en caso de incumplimiento autoriza al CONTRATANTE para efectuar los descuentos señalados en esta cláusula. Las partes renuncian expresamente a los requerimientos legales para ser constituida en mora. CLAUSULA NOVENA: CAUSALES DE TERMINACIÓN: La presente Orden de servicio se podrá dar por terminado antes del plazo señalado en la cláusula tercera del mismo, por las siguientes causales: 1. Por mutuo acuerdo entre las partes. 2. Por incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales a cargo del CONTRATISTA. 3. Por fuerza mayor, caso fortuito. 4. Por las demás causales establecidas en la ley. CLAUSULA DÉCIMA.- SUPERVISIÓN. La supervisión de la presente orden estará a cargo del subdirector de Planeación Energética, o quien designe quien deberá: 1. Adoptar las medidas de control e intervención necesarias que garanticen la ejecución de la orden. 2. Aprobar los informes presentados por EL CONTRATISTA. 3. Dirigir las labores de EL CONTRATISTA. 4. Las demás que se requieran para la supervisión de la orden. PARÁGRAFO PRIMERO: El supervisor de que trata la presente cláusula, expedirá las aprobaciones y certificaciones a que haya lugar, respecto del cumplimiento de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA, en un término no mayor a ocho (8) días hábiles siguientes a la fecha de entrega del respectivo informe. Dentro del mismo plazo podrá realizar y remitir las objeciones, observaciones y/o solicitar las aclaraciones respecto de los informes presentados por EL CONTRATISTA, las cuales deberán ser atendidas por éste último en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles; igual término tendrá el supervisor, una vez recibida la respuesta por parte de EL CONTRATISTA, para expedir las aprobaciones y certificaciones a que haya lugar, o comunicar a la Dirección General sobre los motivos de su negativa. PARÁGRAFO PRIMERO: Sólo se entenderán como tales, las instrucciones que por escrito imparta a EL CONTRATISTA el supervisor de que trata el presente artículo. PARAGRAFO SEGUNDO: En ningún caso el supervisor podra exonerar al CONTRATISTA del cumplimiento o responsabilidad derivada de las obligaciones adquiridas contractualmente o por disposición legal, ni tampoco modificar los términos del presente instrumento. Las partes una vez leído el contenido de la presente orden, manifiestan su conformidad, aceptan todas y cada una de las condiciones expresadas aquí y como constancia de ello firman en Bogotá, a POR LA UNIDAD DE PLANEACION POR EL CONTRATISTA MINERO ENERGETICA – UPME

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ANGELA INES CADENA MONROY xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Directora General Preparó Revisó Orden 200- 2013xxxxx