Conduccion de La Investigacion

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  • 8/18/2019 Conduccion de La Investigacion

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    El fiscal conduce y la PNP

    apoya la investigación en el NCPP

    Los Código Procesales y, en muchos casos, también las

    Leyes Orgánicas, regulan las facultades con las que cuentan

    los funcionarios o empelados policiales para cumplir la

    investigación preliminar, es decir, el rol de auxiliares de los

    scales y !ueces"# $in embargo, tal como se%ala &aier' (la

    actividad preventiva y la de investigación o !udicial

    conviven confundidas en un mismo cuerpo de funcionarios

    y, también en un mismo funcionario, con competencia para

    ambas funciones(#

    )hora bien, *usconi+ dice que (la promiscuidad funcional(

    provoca serios obstáculos para el desarrollo de un sistema

    eca y garantista de investigación criminal- primero,porque la (tendencia autoritaria proveniente de la actividad

    preventiva invade a menudo las tareas de investigación

    procesal(, segundo, porque (las actividades preventivas

    arrastran a las funciones investigativas aumentando el nivel

    de autonom.a en relación con el control del &inisterio

    P/blico 0iscal y de la función !urisdiccional(# Lo que ha

    conllevado que en muchas oportunidades, la Polic.a sienta

    tener el control de la investigación, obstaculiando la laborinvestigativa del 0iscal#

    Para un sector de la doctrina, el &inisterio P/blico debe

    ocupar un lugar intermedio entre los funcionarios de la

    investigación y la !urisdicción, o como dice 1inder2 una

    interfase, admitiendo que investigue directamente como

    una práctica supletoria, en aquellos casos en que la Polic.a

    no quiera o no pueda practicar estos actos de investigación#

    Otros autores pretenden más, pues sostienen que el scaldebe realiar y dirigir la investigación, es decir, debe de!ar

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    el escritorio y las actas para colocarse al frente de la

    investigación# 3ncluso otros autores contemporáneos

    plantean la conveniencia de suprimir la autonom.a

    investigativa de la Polic.a, planteando la necesidad que susfuncionarios act/en solo con impulso o autoriación scal#

    *oxin4 expresa al respecto que (el signicado del &inisterio

    P/blico reside en el control sobre la polic.a, inherente al

    estado de derecho, que él debe e!ercer(, pero además

    invoca las contundentes expresiones de $avigny, quien

    propiciaba que la polic.a criminal sea puesta en manos del

    &inisterio P/blico y le sea concedido un imperio material

    sobre todos sus funcionarios, de tal manera que estos esténobligados a subordinar su actividad de polic.a criminal a la

    autoridad del 0iscal, a satisfacer sus instrucciones en este

    sentido y, donde él intervenga, a apartarse de una

    intervención autónoma#

    5ué signica conducir la investigación del delito6

    7e acuerdo al inciso 2 del art.culo "48 de la Constitución

    Pol.tica, el &inisterio P/blico (conduce desde su inicio la

    investigación del delito(# 9n tal sentido a decir de $alinas

    $icha:, se entiende que el &inisterio P/blico tiene el

    monopolio de la acción penal p/blica y por ende, de la

    investigación del delito desde que ésta se inicia, cuyos

    resultados como es natural determinará si los 0iscales

    promueven o no la acción penal#

    )nte este hecho, resulta importante determinar con claridad

    meridiana, el ;uevo Código Procesal Penal, simplemente

    desarrolla el programa procesal penal que prevé la

    Constitución Pol.tica del 9stado, reriéndose al 0iscal (como

    el conductor de la investigación del delito y titular de la

    acción penal( y la polic.a debe apoyarlo y como tal está

    obligado a cumplir su mandato#

    9n suma, queremos de!ar establecido que por mandato de

    la ley fundamental conducir no es otra cosa que dirigir, ser

    el titular, amo y se%or de toda la investigación del delito

    desde que se inicia, ya sea en sede scal o policial# O comoarma &aier", considerar al &inisterio P/blico (como el

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    se%or de la 3nvestigación Preliminar y de la persecución

    penal estatal(#

    "# 09**)'4

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