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Configuración y Funcionamiento de los Modelos Fiscales: 303- Autoliquidación de IVA 340- Declaración de Operaciones
01/11/2014
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 2 of 34
1.0 Modelo 303 – Autoliquidación de IVA 3
1.1 Configuración 3
1.2 Funcionamiento – Generación del Modelo 7
1.2.1 Página Identificación 8
1.2.2 Página de Liquidación 9
2.0 Modelo 340 – Declaración de Operaciones 15
2.1 Configuración 15
2.2 Funcionamiento – Generación del Modelo 16
2.2.1 Pantalla Modelo 340 16
2.2.2 Condiciones para elaborar el modelo 340 34
Tabla de contenidos
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 3 of 34
1.1 Configuración
La configuración del modelo 303 consiste en relacionar cada uno de los TIPOS DE IVA
creados y utilizados por la empresa con los diferentes CONCEPTOS DE IVA que se
deberán declarar en el modelo 303, se adjunta una impresión del modelo oficial para poder
ver la relación entre los CONCEPTOS DE IVA y el MODELO OFICIAL.
La pantalla de configuración del modelo es la siguiente:
En la parte superior, el programa muestra los diferentes conceptos que se deberán separar
en la generación del modelo oficial y en la parte inferior, el programa permite relacionar los
diferentes tipos de IVA utilizados para registrar cada uno de los conceptos. Si analizamos
cada uno de los CONCEPTOS:
- IVA Devengado – Primer IVA (casillas 01, 02 y 03 del modelo oficial):
En este apartado se deberán indicar el o los tipos de IVA que se utilizarán para aquellos
movimientos de IVA corriente y nacional al tipo 4 %. En el momento de generar el modelo,
para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros
que sean de IVA Repercutido nacional y que tengan como TIPO el indicado en esta
configuración. En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma
configuración servirá para filtrar los registros que deberán calcular las casillas 16, 17 y 18
del modelo oficial correspondientes al detalle del recargo de equivalencia. Técnicamente,
1.0 Modelo 303 – Autoliquidación de IVA
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 4 of 34
el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos de IVA indicados en la
configuración y que tengan el campo Comunitari a .F. y tipo 1.
- IVA Devengado – Segundo IVA (casillas 04, 05 y 06 del modelo oficial):
En este apartado se deberán indicar el o los tipos de IVA que se utilizarán para aquellos
movimientos de IVA corriente y nacional al tipo 10 %. En el momento de generar el modelo,
para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros
que sean de IVA Repercutido nacional y que tengan como TIPO el indicado en esta
configuración. En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma
configuración servirá para filtrar los registros que deberán calcular las casillas 19, 20 y 21
del modelo oficial correspondientes al detalle del recargo de equivalencia. Técnicamente,
el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la
configuración y que tengan el campo Comunitari a .F. y tipo 1.
- IVA Devengado – Tercer IVA (casillas 07, 08 y 09 del modelo oficial):
En este apartado se deberán indicar el o los tipos de IVA que se utilizarán para aquellos
movimientos de IVA corriente y nacional al tipo 21 %. En el momento de generar el modelo,
para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros
que sean de IVA Repercutido nacional y que tengan como TIPO el indicado en esta
configuración. En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma
configuración servirá para filtrar los registros que deberán calcular las casillas 22, 23 y 24
del modelo oficial correspondientes al detalle del recargo de equivalencia. Técnicamente,
el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la
configuración y que tengan el campo Comunitari a .F. y tipo 1.
- IVA Devengado – Adquisiciones Intracomunitarias de bienes y servicios (casillas
10 y 11):
En este apartado se deberá indicar el o los tipos de IVA utilizados para registrar los IVAS
repercutidos ocasionados por compras comunitarias, tanto de bienes como de servicios (es
decir, IVA autorepercutido).
En configuraciones estándar, los tipos de IVA utilizados para registrar estos movimientos
equivalen a los Equivalentes Comunitarios o bien, a aquellos tipos que el usuario indique
de forma manual al registrar compras comunitarias que generen autofactura.
Los tipos de IVA creados para adquisiciones de servicios, se marcarán como “Tipo de IVA
de Servicios” en su mantenimiento.
Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados
en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T. y tipo 0.
- Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq.intracom):
En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar operaciones de
Inversión del Sujeto Pasivo (material recuperable, importaciones de servicios...) excepto
para las adquisiciones intracomunitarias de servicios.
El movimiento realizado en estos códigos de IVA se incluirá como IVA nacional para los
registros soportados y en las casillas 12 y 13 para los repercutidos.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 5 of 34
- Modificación Bases y Cuotas (casillas 14 y 15):
En este apartado se deberá indicar el o los tipos de IVA utilizados para registrar los IVAS
repercutidos ocasionados por rectificaciones de bases y cuotas (Alteraciones del precio
una vez hayan sido efectuadas, Créditos incobrables, tipos impositivos no vigentes…).
Todo el movimiento generado con estos TIPOS DE IVA configurados en este apartado
estará incluido como “Modificación bases y cuotas.
En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma configuración servirá para
filtrar los registros que deberán calcular las casillas 25 y 26 del modelo oficial
correspondientes al detalle del recargo de equivalencia.
Se desglosan, tanto para régimen general como de recargo de equivalencia casillas en las
que consignar las correspondientes modificaciones de bases imponibles y cuotas (antes
se declaraban todas, independientemente de la causa que motivara la rectificación, dentro
del IVA repercutido general, casillas [01 a 09]
- IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores corrientes:
(casillas 28 y 29 del modelo oficial).
Se deberán indicar los tipos de IVA utilizados para registrar los IVAS soportados
ocasionados por compras nacionales corrientes, cualquiera que sea el % de IVA utilizado.
Para la generación del modelo, el programa filtra los registros de IVA soportado que
correspondan con los tipos de IVA aquí indicados y que correspondan a proveedores
nacionales. Técnicamente, el programa filtra registros dentro de IVASOPOR que utilicen
los tipos indicados en la configuración, que el campo Comunitari sea .F. y que
correspondan a proveedores que tengan el campo Comunitari con valor 1 (nacional).
- IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores con bienes de
inversión:(casillas 30 y 31 del modelo oficial).
Este apartado recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las compras nacionales
de bienes de inversión. El programa filtrará los registros de IVA soportados que utilicen los
Tipos de IVA aquí indicados.
- IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes corrientes:
(casillas 32 y 33 del modelo oficial).
Este apartado recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las importaciones
(compras extracomunitarias) de bienes corrientes. El programa filtrará los registros de IVA
soportados que utilicen los Tipos de IVA aquí indicados y que el proveedor tenga en su
ficha la marca de extracomunitario. Técnicamente, el programa filtrará dentro del IVA
soportado, los registros que utilicen el tipo de IVA indicado en la configuración y que el
campo Comunitari de IVASOPOR sea .F. y que el proveedor tenga el campo Comunitari
con valor 3 (extracomunitario).
- IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes de inversión:
(casillas 34 y 35 del modelo oficial).
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 6 of 34
Este apartado recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las importaciones
(compras extracomunitarias) de bienes de inversión. El programa filtrará los registros de
IVA soportados que utilicen los Tipos de IVA aquí indicados (especiales para bienes de
inversión) y que el proveedor tenga en su ficha la marca de extracomunitario.
Técnicamente, el programa filtrará dentro del IVA soportado, los registros que utilicen el
tipo de IVA indicando en la configuración y que el campo Comunitari de IVASOPOR sea
.F. y que el proveedor tenga el campo Comunitari con valor 3 (extracomunitario).
- IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes: (casillas 36
y 37 del modelo oficial).
Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar los IVAS soportados ocasionados
por compras comunitarias de bienes. En configuraciones estándar, los tipos de IVA
utilizados para registrar estos movimientos equivalen a los Equivalentes Comunitarios o
bien, a aquellos tipos que el usuario indique de forma manual al registrar compras
comunitarias que generen autofactura. Técnicamente, el programa filtra, dentro de
IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo
Comunitari a .T.
- IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de servicios corrientes: (casillas
36 y 37 del modelo oficial).
Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar los IVAS soportados ocasionados
por compras comunitarias de servicios. En configuraciones estándar, los tipos de IVA
utilizados para registrar estos movimientos equivalen a los Equivalentes Comunitarios o
bien, a aquellos tipos que el usuario indique de forma manual al registrar compras
comunitarias que generen autofactura.
Los tipos de IVA creados para adquisiciones de servicios, se marcarán como “Tipo de IVA
de Servicios” en su mantenimiento.
Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados
en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T.
- IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión: (casillas
38 y 39 del modelo oficial).
Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar los IVAS soportados ocasionados
por compras comunitarias de bienes de inversión. En configuraciones estándar, los tipos
de IVA utilizados para registrar estos movimientos equivalen a los Equivalentes
Comunitarios o bien, a aquellos tipos que el usuario indique de forma manual al registrar
compras comunitarias que generen autofactura. Técnicamente, el programa filtra, dentro
de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el
campo Comunitari a .T.
- Rectificación de deducciones (casillas 40 y 41):
Se deberá indicar el o los tipos de IVA utilizados para registrar las bases y las cuotas
soportadas rectificadas.
Todo el movimiento realizado con los tipos de IVA configurados se mostrará en estas
casillas.
- Operaciones asimiladas: (casilla 60).
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 7 of 34
En este apartado se indicarán los tipos de IVA de ventas comunitarias que se desea incluir
en la casilla 43 Exportaciones y Operaciones Asimiladas en lugar de la casilla 43 Entregas
comunitarias.
- - Entregas intracomunitarias de bienes y servicios (casilla 59).
En este apartado se indicarán los tipos de IVA de ventas comunitarias de bienes y servicios
- Operaciones no sujetas o con Inversión del Sujeto Pasivo (ISP): (casilla 61).
Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar operaciones de ventas no sujetas
o con Inversión del Sujeto Pasivo.
- Tipo de IVA excluidos.
Se informarán los tipos de IVA (o IGIC) que no deben tenerse en cuenta en la generación
del modelo 303 y 390.
- Entregas Bienes de Inversión (Modelo 390).
En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar entregas de bienes
de Inversión para el Modelo 390.
- Operaciones exentas sin derecho a deducción (Modelo 390).
En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar operaciones exentas
sin derecho a deducción para el Modelo 390.
- Adquisiciones interiores exentas (Modelo 390).
En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar adquisiciones
interiores exentas para el Modelo 390.
- IVA Dev. – Modificación de bases y cuotas por auto de declaración de concurso de
acreedores (Modelo 390).
En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar la modificación de
bases y cuotas por auto de declaración de concurso de acreedores para el Modelo 390.
1.2 Funcionamiento – Generación del Modelo
Para poder generar el Modelo 303 desde Eurowin hay que liquidar el correspondiente
período de IVA.
Aunque la liquidación de los diferentes periodos sigue el funcionamiento habitual hay que
tener en cuenta los siguientes puntos:
En primer lugar se debe revisar la configuración de los períodos de IVA según si se
liquidará trimestral o mensualmente (dependiendo de las características de la
empresa), desde el módulo Contabilidad » menú Archivos » opción Períodos de
IVA.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 8 of 34
Desde el menú Fiscal » opción Liquidar IVA, se puede generar de forma automática
el asiento de liquidación correspondiente al período de IVA que muestra por defecto
el programa, o simplemente marcarlo como liquidado. El período a liquidar no es
seleccionable por el usuario ya que Eurowin no permite liquidar un período si el
anterior no lo está.
Una vez liquidado el período en cuestión ya se podrá generar el modelo.
El acceso a la generación del modelo 303 de autoliquidación de IVA será mediante el
Módulo Contabilidad » menú Modelos » opción Modelo 303 » pantalla Modelo 303.
La pantalla Modelo 303 tiene tres páginas: Identificación, Liquidación e Información
Adicional.
1.2.1 Página Identificación
En este apartado se deberán consignar si concurre alguna de las siguientes situaciones:
- Si está inscrito en el Régimen de devolución mensual. Si en la configuración de los
modelos está marcada la opción “Inscrito en el régimen de devolución mensual”
esta opción aparecerá marcada por defecto.
- Si tributa exclusivamente en el Régimen Simplificado.
- Si se trata de una autoliquidación conjunta.
- Si ha sido declarado en concurso de acreedores en el período al que corresponde
la liquidación, en cuyo caso se deberá:
o Consignar la fecha dentro del periodo de liquidación en que se dictó el auto
de declaración de concurso (día, mes y año)
o Consignar si la autoliquidación incluye los hechos imponibles producidos en
el propio período de liquidación con anterioridad a la declaración de
concurso (preconcursal) o si incluye los hechos imponibles posteriores
(postconcursal).
- Si ha optado por el régimen especial de criterio de caja o es destinatario de
operaciones a las que se aplique el citado régimen especial, deberá marcar las
casillas correspondientes. Esta opción se marcará por defecto si en el
mantenimiento de empresa está activada la opción de configuración “Empresa
acogida al régimen especial de criterio de Caja” o bien existe algún proveedor con
la marca de “RECC” activada.
También se informa del período de la declaración, según corresponda mensual o trimestral.
El programa muestra el número del último período liquidado.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 9 of 34
:: Botón CONSULTAR: Al pulsar este botón se mostrarán los valores en las casillas de las
pestañas de Liquidación e Información Adicional para determinar si todos los datos que
aparecen son correctos o hay que modificar algún campo.
Al pulsar el botón "Consultar" el resultado de la liquidación puede ser negativo o positivo.
Si es negativo, automáticamente se rellena con el mismo importe del resultado la casilla
C de Compensación.
La opción Sin actividad se debe marcar cuando no exista movimiento. Se entiende que
en el período en cuestión no ha existido movimiento.
Si el resultado en positivo, automáticamente se rellena con el mismo importe la casilla D
de Devolución.
También se captura de forma automática la cuenta bancaria a la que se abonará el importe
mediante transferencia bancaria. (Cuenta IBAN)
El programa obtiene el número de la cuenta a partir de los datos introducidos en la
configuración de los Modelos, página "Datos generales".
NOTA. Si en la configuración está marcada la empresa como inscrita en el
Registro de Devolución mensual, por defecto, si el resultado es negativo marca la
declaración a devolver y en el caso contrario, a compensar.
1.2.2 Página de Liquidación
RÉGIMEN GENERAL: Total Cuota Devengada: Importe total correspondiente al IVA devengado en el período seleccionado. Se corresponde a la casilla 27 del Modelo oficial y es la suma de las casillas: [03]+ [06]+ [09]+ [11]+ [13]+ [15]+ [18]+ [21]+ [24]+ [26]
- 03: IVA Devengado - Régimen General al tipo 4%. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará aquellos registros que sean IVAREPER Nacional.
En la configuración de modelos serán los informados en:
IVA Devengado-Primer IVA.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 10 of 34
- 06: IVA Devengado - Régimen General al tipo 10%. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros que sean de IVAREPER Nacional o el tipo de IVA configurado como ISP.
En la configuración de modelos serán los informados en: IVA Devengado-Segundo IVA.
- 09: IVA Devengado - Régimen General al tipo 21%. Para calcular los valores de
estas casillas, el programa filtrará aquellos registros que sean IVAREPER Nacional.
En la configuración de modelos serán los informados en: IVA Devengado-Tercer IVA.
- 11: Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios. Para calcular los
valores de estas casillas, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de
los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T. y tipo
0.
En la configuración de modelos serán los informados en:
Adquisiciones Intracomunitarias de bienes y servicios.
- 13: Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq.intracom).
Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la configuración. En la configuración de modelos serán los informados en: Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq. Intracom).
- 15: Modificaciones de bases y cuotas. Para calcular los valores de estas casillas,
el programa filtra dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la configuración, los registros en negativo cuyo número de factura empieza por R (rectificativa) y los que tengan la serie de factura configurada como Rectificativa (en la configuración del modelo 340).
- 18: IVA Devengado – Recargo Equivalencia al tipo 0.5%. Para calcular los
valores de estas casillas, el programa filtrará dentro del IVAREPER Nacional, los registros con recargo de equivalencia de los tipos de IVA indicados en la misma configuración que para la casilla 03.
- 21: IVA Devengado – Recargo Equivalencia al tipo 1.4%. Para calcular los
valores de estas casillas, el programa filtrará dentro del IVAREPER Nacional, los registros con recargo de equivalencia de los tipos de IVA indicados en la misma configuración que para la casilla 06.
- 24: IVA Corriente y Nacional al tipo 5.2%. Para calcular los valores de estas
casillas, el programa filtrará dentro del IVAREPER Nacional, los registros con recargo de equivalencia de los tipos de IVA indicados en la misma configuración que para la casilla 09.
- 26: Modificaciones bases y cuotas del recargo de equivalencia. Para calcular
los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVAREPER, solamente los registros a los que se haya aplicado recargo, los registros de los tipos indicados en la configuración (Modificación de bases y cuotas), los registros en negativo cuyo número de factura empieza por R (rectificativa) y los que tengan la serie de factura configurada como Rectificativa (en la configuración del modelo 340).
Total a deducir: Importe total correspondiente al IVA Deducible (Soportado) en el período seleccionado. Se corresponde a la casilla 45 del Modelo oficial y es la suma de las casillas:
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[29]+ [31]+ [33]+ [35]+ [37]+ [39]+ [41]+ [42]+ [43]+ [44]
- 29: Por cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes. Para calcular
los valores de estas casillas, el programa filtra los registros dentro de IVASOPOR nacional.
En la configuración de modelos serán los informados en: IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores corrientes.
- 31: Por cuotas soportadas en las operaciones interiores con bienes de
inversión. Para calcular los valores de estas casillas, el programa recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las compras nacionales de bienes de inversión.
- 33: Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes corrientes. Para
calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVA soportado, los registros que utilicen el tipo de IVA indicando en la configuración.
- 35: Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes de inversión. Para
calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro del IVA Soportado, los registros que utilicen el tipo de IVA indicado en la configuración (IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes de inversión).
- 37: En adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios corrientes. Para
calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración.
En la configuración de modelos serán los informados en:
IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes
IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de servicios corrientes
- 39: En adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión. Para calcular
los valores de estas casillas, el programa filtra, dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración (IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión).
- 41: Rectificación de deducciones. Para calcular los valores de estas casillas, el
programa filtra dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración del modelo 303 (Rectificación de deducciones). También se deberá añadir en estas casillas los registros de IVA SOPORTADO generados en negativo.
NOTA1: No es posible identificar las facturas rectificativas de compra. Las
rectificaciones en negativo ya se incluirán por el hecho de ser negativas, para incluir las
positivas, se deberá utilizar un tipo de IVA configurado en este apartado para que se
incluyan en estas casillas.
NOTA2: si existen registros positivos generados a tipos No Vigentes, al
configurarlos dentro del apartado “IVA Deducible por cuotas soportadas de las
operaciones interiores corrientes” si su signo es positivo, se mostrarán en las casillas [28
y 29].
En el caso que por su tipo de operación correspondan otras casillas, al identificar el Tipo
de IVA en la configuración de modelos, se mostrarán en las casillas asociadas a la
configuración.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 12 of 34
- 42: Compensación Régimen Especial A.G y P. En el caso que esta casilla tenga
valor se deberá rellenar manualmente.
- 43: Regularización bienes de inversión. En el caso que esta casilla tenga valor
se deberá rellenar manualmente.
- 44: Regularización por aplicación de porcentaje definitivo de prorrata. En el caso que esta casilla tenga valor se deberá rellenar manualmente.
Resultado Régimen General: Importe total correspondiente a la diferencia entre el total
cuota devengada y el total a deducir. Será la diferencia de las casillas [27] – [45].
Se corresponde con la casilla 46.
Información Adicional:
En el modelo, se crea un nuevo apartado INFORMACIÓN ADICIONAL. En este apartado
se incluyen algunas opciones que ya estaban disponibles en el modelo anterior y se
añaden casillas nuevas:
- 59: Entregas intracomunitarias de bienes y servicios. Se incluirán las
Prestaciones intracomunitarias de servicios cuyos destinatarios sean empresarios
o profesionales. Para calcular el valor de esta casilla, el programa filtra dentro de
IVAREPER los registros de los tipos de IVA indicados en la configuración del
modelo.
NOTA: En la casilla 59 se deberán mostrar, además de los tipos de IVA
configurados en este apartado, las operaciones de ventas comunitarias de bienes y
servicios cuyos tipos de IVA no estén configurados en la configuración “Operaciones no
sujetas o con inversión del Sujeto pasivo”.
- 60: Exportaciones y operaciones asimiladas. Mostrará las ventas
extracomunitarias efectuadas en el período que se declare y las adquisiciones intracomunitarias de bienes cuyo tipo de IVA esté informado en el apartado Operaciones asimiladas en la configuración del modelo 303.
- 61: Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan
derecho a la deducción. Se incluirán aquellas Prestaciones intracomunitarias de
servicios cuyos destinatarios sean particulares ubicados fuera del TAI. Por tanto,
estamos en el caso de operaciones no sujetas. Para calcular el valor de esta casilla,
el programa filtra dentro de IVAREPER los registros de los tipos de IVA indicados
en la configuración del modelo dentro del apartado:
Operaciones no sujetas o con inversiones del Sujeto pasivo.
Configurando un tipo de IVA diferente en cada casilla, será el usuario quien
determine si se trata de una operación a persona jurídica o persona física.
Régimen especial del criterio de caja
Operaciones a las que se aplica el RECC: aquellas operaciones realizadas y cuyas facturas
han sido expedidas por un sujeto pasivo acogido al RECC.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 13 of 34
Operaciones afectadas por el RECC: aquellas operaciones realizadas y cuyas facturas han
sido expedidas por sujetos pasivos no acogidos al RECC y que tienen como destinatarios
sujetos pasivos que están acogidos al RECC y que por ello, deberán liquidar por criterio de
caja.
Aquellas operaciones realizadas por sujetos pasivos acogidos al RECC y que tienen como
destinatarios sujetos no acogidos, que por ser meros receptores de estas operaciones
sujetas al RECC deberán liquidar las mismas según criterio de caja.
Exclusivamente en las casillas [62 y 63], para los sujetos pasivos que estén sujetos al
RECC, tendrán que cumplimentar los importes que:
- 62 y 63: Importes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios a las
que habiéndoles sido aplicado el régimen especial del criterio de caja
hubieran resultado devengadas conforme la regla general de devengo
contenida en el art.75 LIVA. Se incluirán los importes facturados en el periodo del
cual se realiza la liquidación como si no se les aplicara el RECC, es decir, declararán
todo lo facturado por RECC independientemente de que aquellas operaciones que
declara se hayan o no cobrado, es decir, como si estuvieran en criterio de devengo.
Se consignará la base imponible (casilla 62) y las cuotas (casilla 63) de las
operaciones del período que se liquida y que están sujetas al RECC.
Se informarán, única y exclusivamente, aquellas facturas que hayan sido expedidas
en el período del cual se procede a realizar la liquidación y estén sujetas al RECC
(no se consignarán las facturas que deban liquidarse por devengo).
Son casillas informativas que no afectan al cálculo del impuesto.
Se cumplimenta siempre que haya facturas expedidas en el período que se liquida
que estén sujetas al RECC, con independencia de que en ese período se haya
producido o no un cobro (total / parcial).
Únicamente será cumplimentada cuando el declarante esté sujeto al RECC.
Es decir, en estas casillas se mostrarán los registros de IVA REPERCUTIDO
marcados como RECC tanto si están cobrados como si no lo están.
La descripción que se mostrará en el modelo por pantalla será:
“Importe entregas acogidas a RECC”
- 74 y 75: Importes de las adquisiciones de bienes y prestaciones de servicios
a las que sea de aplicación o afecte el régimen especial del criterio de caja. Se
incluirán los importes que provengan de operaciones facturadas por sujetos
pasivos acogidos al RECC, por tanto, son operaciones sujetas (aplica) al RECC.
Sujetos pasivos acogidos al RECC por adquisiciones realizadas que provengan
de operaciones facturadas por sujetos pasivos no acogidos al RECC, pero que
por el mero hecho de que el sujeto pasivo declarante esté acogido al RECC tiene
la obligación de liquidarlas por criterio de caja. Son operaciones afectadas por el
RECC.
Sujeto pasivo no acogido al RECC que es destinatario de operaciones facturadas
por sujetos pasivos acogidos al RECC y por tanto sujetas al RECC, y que por el
mero hecho de ser receptor de ellas tiene la obligación de liquidarlas mediante
criterio de caja. Son operaciones sujetas y a la vez afectadas por el RECC.
Casilla meramente informativa y que no interviene en el cálculo del impuesto.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 14 of 34
Es decir, en estas casillas se mostrarán los registros de IVA SOPORTADO
marcados como RECC tanto si están pagados como si no lo están.
- Diferencia: (casilla 38). Mostrará las diferencias entre las casillas 21 y 37.
- Atribuible a la Administración del Estado: (casilla 39/40). Casilla que se deberá
rellenar manualmente.
- Cuotas a compensar de períodos anteriores: (casilla 41). En esta casilla, se
mostrará, en aquellos casos que en períodos anteriores se haya marcado la opción
de a compensar, el importe compensado de declaraciones anteriores.
- Regularización anual de los sujetos: (casilla 45). Casilla que se deberá rellenar
manualmente.
- Resultado: Mostrará el resultado de la liquidación.
La presentación del Modelo Oficial se realiza mediante los procedimientos oficiales.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 15 of 34
2.0 Modelo 340 – Declaración de Operaciones
2.1 Configuración
La configuración del modelo 340 consiste en relacionar un Tipo de IVA específico para los
bienes de inversión para su diferenciación y correcta presentación en el modelo.
La pantalla de configuración del modelo es la siguiente:
En la parte superior, el programa muestra los diferentes conceptos que se deberán separar
en la generación del modelo oficial y que es necesaria una configuración previa y en la
parte inferior, el programa permite relacionar los diferentes tipos de IVA utilizados para
registrar cada uno de los conceptos. Si analizamos cada uno de los CONCEPTOS:
- Libro registro de bienes de inversión que se debe separar en la generación del
modelo oficial. En la parte inferior hay que relacionar los diferentes tipos de IVA
utilizados para los bienes de inversión.
- IVA Devengado y Deducible en las adquisiciones intracomunitarias e
importaciones de servicios. Hay que relacionar los diferentes tipos de IVA
utilizados para este tipo de operaciones (Operaciones de ISP).
- Tipos de IGIC. Si se trabaja con tipos de IGIC (Impuesto general indirecto Canario)
se deberán indicar en este apartado.
- Tipos de IVA excluidos. Se informarán los tipos de IVA que no deben tenerse en
cuenta en la generación del modelo 340.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 16 of 34
- Libro Registro de Determinadas Operaciones Intracomunitarias. Se informarán
los tipos de IVA utilizados para este tipo de operaciones específicas.
Si se trabaja con series de ventas en las facturas rectificativas, también hay que indicar el
código de la serie utilizado para este tipo de facturas
2.2 Funcionamiento – Generación del Modelo
Se trata de un modelo de declaración de operaciones incluidas en libros registros. Contiene
el detalle de las facturas incluidas en una declaración de IVA.
Deben presentar el Modelo 340 todas las empresas que se acogen al régimen de
devolución mensual de IVA (actualmente las exportadoras y las que se acogen
voluntariamente a este sistema).
Para ello, los sujetos pasivos deben estar inscritos en el Registro de devolución mensual.
La presentación se realiza por vía telemática: soporte CD o vía telemática, pero con
registros estandarizados por la Agencia Tributaria.
El modelo 340 incluye los siguientes libros registros:
Libro registro de facturas expedidas
Libro registro de facturas recibidas
Libro registro de bienes de inversión
Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias
Para poder generar el Modelo 340 desde Eurowin hay que liquidar el correspondiente
período de IVA.
Aunque la liquidación de los diferentes períodos sigue el funcionamiento habitual, hay que
revisar los siguientes puntos:
La configuración de los períodos de IVA según si la liquidación es trimestral o
mensual (dependiendo de las características de la empresa), en la opción del
módulo Contabilidad » Archivos » Períodos de IVA.
En el módulo Contabilidad » menú Fiscal » opción Liquidar IVA, se puede generar
de forma automática el asiento de liquidación correspondiente al período de IVA o
simplemente marcar dicho período como liquidado. El período que se puede liquidar
es el siguiente al último liquidado.
Una vez liquidado el período de IVA en cuestión ya se puede generar el Modelo 340.
NOTA: Si se presenta el 340, no se presentará en ningún caso, el modelo 347.
2.2.1 Pantalla Modelo 340
Acceso: Módulo Contabilidad » menú Modelos » opción Modelo 340 » pantalla Modelo 340
La pantalla Presentación Modelo 340 tiene cuatro páginas: Datos, Ventas, Compras y
Metálico.
Página DATOS
Filtros
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 17 of 34
:: Período: El período de IVA liquidado del que se desea generar el Modelo 340.
:: Tipo de soporte: Formato de presentación del modelo. Puede ser:
DVD-R: Soporte directamente legible por el ordenador y exclusivamente individual.
Si la declaración tiene más de 5.000.000 de registros es obligatorio este soporte.
Telemática: A través de Internet. Para declaraciones con menos de 5.000.000 de
registros.
Tipo de declaración:
Normal: Declaración que se presenta por primera vez con los datos
correspondientes al período de la declaración.
Nº Declaración: Número de identificación de la declaración que propone el
programa a partir de:
o Modelo 340
o Ejercicio
o Período: (01) Enero, (02) Febrero, (03) Marzo o primer trimestre, etc.
o Contador secuencial: Número siguiente al de la última declaración /
liquidación.
Sustitutiva: Declaración que anula y sustituye completamente a una declaración
presentada anteriormente en la que se hubieran consignado datos inexactos o
erróneos.
Nº Declaración Anterior: En el caso de presentar una declaración sustitutiva indica
el número de identificación de la declaración a la que sustituye la actual. En el
número de declaración sólo variará el contador secuencial.
:: Fichero: Ruta que propone el programa por defecto, donde se guarda el fichero una vez
generado el modelo. El usuario puede modificar esta ruta.
Botones
:: Generar: Una vez comprobado y revisado que todos los datos son correctos, se puede
generar el fichero correspondiente a la declaración del Modelo 340.
:: Salir: Cierra la pantalla del Modelo 340 guardando los datos modificados.
:: Consultar: Al pulsar este botón se habilitan las páginas Ventas y Compras para
determinar si todos los datos que aparecen son correctos o hay que modificar algún campo.
:: Generar: Realiza la generación del Modelo 340. Para poder generar el modelo deben
aparecer todas las líneas con el fondo de color blanco, lo cual significa que todos los datos
son correctos. El fichero generado se guarda en la ruta definida en el campo Fichero.
La pantalla informa del número de generaciones realizadas y la fecha de la última.
Con el programa de ayuda de Hacienda se pueden descargar los datos indicando la ruta
del fichero. De esta forma se validan y se terminan de cumplimentar los datos para la
posterior presentación del Modelo oficial, según los procedimientos establecidos.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 18 of 34
Página VENTAS
En esta pantalla aparecen los datos de las facturas de venta del período que se declara.
Es decir, aparecen tantos registros como facturas emitidas existan entre las fechas del
período a liquidar.
La información requerida de cada factura para la correcta presentación del Modelo 340 es
la que sigue:
:: Factura: Número de la factura. El programa coge el número de la factura de forma
automática a partir de las facturas emitidas durante el período.
:: Fecha expedición: Fecha de expedición de la factura. El programa muestra de forma
automática la fecha de la factura que figura en el propio documento.
:: Fecha de operación: Fecha der realización de la operación. Sólo se debe rellenar
cuando la fecha de operación es diferente de la de expedición. El programa la recoge a
partir de la fecha del albarán de venta. Cuando se trate de una factura que incluya más de
un albarán, como fecha de operación se considera la del último albarán.
NOTA: En el caso de facturas rectificativas, el programa de ayuda de Hacienda solicita
la fecha de la factura a la que hace referencia la rectificativa. Para facilitar esta
información, en Eurowin se habilita el botón "Ver asiento" para poder navegar al asiento
y a la factura para ver la fecha de la factura que se rectifica.
:: Contado: Marca como contado los clientes que en su ficha tienen marcada la opción
"Cliente de solicitud de datos al contado". Para los casos en que la factura no es de tickets,
si el CIF, nombre o apellidos son incorrectos, se pueden modificar pulsando sobre
cualquiera de los tres campos.
:: Código: Código del cliente en Eurowin.
Tipo de identificación: Según el número de identificación fiscal del país o territorio de
residencia del cliente, existen diferentes claves:
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 19 of 34
Correspondiente a un NIF.
Se consigna un NIF / IVA (NIF operador intracomunitario).
Pasaporte.
Documento Oficial de identificación expedido por el país o territorio de residencia.
Certificado de residencia.
Otro documento probatorio.
Por defecto el tipo es el NIF y se puede cambiar manualmente.
:: CIF: Identificador fiscal del cliente. Eurowin comprueba que el CIF sea correcto y esté en
relación con el tipo de identificación. Muestra los datos a partir de la ficha del cliente.
:: Apellidos: En esta columna aparecen los apellidos del cliente introducidos en su ficha.
:: Nombre o Razón Social: Muestra el nombre o la razón social (según sea persona o
empresa) de la ficha del cliente.
:: Base: Importe base de la factura.
:: IVA: Importe de IVA de la factura.
:: Recargo: Importe del recargo en el caso de que la factura lo incluya.
:: Importe: Importe total de la factura.
:: Tipo de libro: Según el tipo de factura se debe asociar a su correspondiente libro
registro. Los diferentes libros registro contemplados son los que siguen:
Libro registro de facturas expedidas (E). Los empresarios o profesionales deberán
llevar y conservar un libro registro de las facturas y documentos sustitutivos que
hayan expedido, en el que anotarán con la debida separación, el total de los
referidos documentos. El programa marca con una "E" todas las facturas expedidas
a excepción de las que tienen el tipo de IVA específico de los bienes de inversión.
Libro registro de bienes de inversión (I). Deben llevarlo los sujetos pasivos que
tengan que practicar la regularización por bienes de inversión. El programa marca
con una "I" todas las facturas que tengan el mismo tipo de IVA que el asociado a la
configuración del Modelo 340 para el caso de los bienes de inversión. Por este
motivo se debe dar de alta un tipo de IVA específico para los bienes de inversión.
Libro registro de facturas recibidas (R): En el libro registro de facturas recibidas se
anotan una por una las facturas recibidas, y en su caso, los documentos de aduanas
y las facturas correspondientes a las entregas que den lugar a las adquisiciones
intracomunitarias de bienes sujetas al impuesto efectuadas por los empresarios
profesionales. El programa marca con una "R" todas las facturas recibidas a
excepción de las que tienen el tipo de IVA específico de los bienes de inversión.
Si el programa detecta algún tipo de IGIC definido en la configuración, aparece además de
estos libros, los siguientes:
Libro registro de facturas expedidas IGIC
Libro registro de facturas recibidas IGIC
Libro registro de bienes de inversión IGIC
NOTA: Para visualizar los códigos de los libros registros hay que pulsar sobre el campo
"Tipo de libro".
:: Clave de operación: En cada libro registro, las facturas pueden ser rectificativas, de
tickets, etc. Según su forma le corresponde una clave de operación. Las claves de
operación son las que siguen:
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 20 of 34
Asiento resumen de tickets (B): El programa marca automáticamente con la clave
B las facturas originadas por la facturación de tickets (en el número tienen la letra
T) y que además incluyen más de un ticket.
Factura rectificativa (D): El programa marca automáticamente con la clave D todas
las facturas rectificativas (en el número tienen la letra R). Si se trabaja con series
de ventas, se marcan las facturas de la serie asociada a las facturas rectificativas
en la configuración del Modelo 340.
Inversión del Sujeto Pasivo (ISP) (I): El programa marca automáticamente con la
clave I todas las facturas que se correspondan a operaciones sujetas a inversión
del sujeto pasivo. Estas operaciones son: adquisición de material recuperable,
adquisiciones intracomunitarias de servicios, importaciones de servicios,
determinadas operaciones sector construcción. Esta clave sólo se permite para
compras de ISP.
Ticket (J): El programa marca automáticamente con una J las facturas originadas
por la facturación de tickets con un ticket por factura.
Rectificación de errores registrales (K): El usuario de forma manual deberá marcar
el check “Error” para que el programa marque con una K las facturas que tienen la
marca error registral.
Adquisiciones intracomunitarias de bienes (P): El programa marca con una P las
facturas intracomunitarias, cuyo proveedor es comunitario. Esta clave sólo se
permite para compras intracomunitarias.
Arrendamientos locales de negocio (R): El programa marca con una R las facturas
registradas como de arrendamientos de locales de negocio. Para informar que se
trata de un arrendamiento de un local de negocio y que ésta aparezca en el modelo
340, se deberá indicar mediante el botón “Tipo de Operación” y marcar el asiento
como “Arrendamiento local negocio”. Por otro lado, se deberá indicar además la
referencia catastral del inmueble.
- Subvenciones Adm. Publicas (S): El programa marca automáticamente con una S
las subvenciones recibidas o emitidas. Para informar que se trata de una
SUBVENCIÓN RECIBIDA o EMITIDA y que esta aparezca en el modelo 340, se
deberá indicar mediante el botón "Tipo de Operación" y marcar el asiento como
"Subvenciones recibidas / emitidas". Por otro lado, se deberá indicar los datos
relativos a la factura mediante el botón "IVA EX." Marcando la factura como compra
e informando del número de factura, fecha e importe de la misma.
- Cobros por cuenta de terceros (T): El programa marca automáticamente con una T
los cobros por cuenta de terceros. Los cobros por cuenta de terceros no llevarán
registro de IVA. Para informar que se trata de un COBRO POR CUENTA DE
TERCEROS y que esta aparezca en el modelo 340, se deberá indicar mediante el
botón "Tipo de Operación" y marcar el asiento como "Cobro por cuenta de terceros".
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 21 of 34
Por otro lado, se deberá indicar los datos relativos a la factura mediante el botón
"IVA EX." Marcando la factura como venta e informando del número de factura,
fecha e importe de la misma.
Operaciones de Seguros(U): El programa marca automáticamente con una U las
operaciones de Seguros. Para informar que se trata de una OPERACIÓN DE
SEGUROS, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y marcar el
asiento como “Operaciones Seguros”.
Compras de Agencias de Viaje (V): El programa marca automáticamente con una
V las compras de agencias de viaje. Para informar que se trata de una COMPRA
DE AGENCIAS DE VIAJE, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y
marcar el asiento como “Agencia de Viaje”.
Operaciones sujetas al IPSI (W): El programa marca automáticamente con una W
las operaciones sujetas al IPSI (Ceuta y Melilla). Para informar que se trata de una
operación de este tipo, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y
marcar el asiento como “Agencia de Viaje”.
Compensaciones agrícolas (X): El programa marca automáticamente con una X las
compensaciones agrícolas. Para informar que se trata de una operación de este
tipo, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y marcar el asiento como
“Agencia de Viaje”.
Régimen especial de criterio de caja (Z): El programa marca automáticamente con
una Z las operaciones sujetas al Régimen Especial de Criterio de Caja. Para
informar que se trata de una operación de RECC, se deberá facturar y contabilizar
con la configuración especial de este nuevo régimen.
En blanco: Para el resto de los casos.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 22 of 34
NOTA Para visualizar las claves de operación hay que pulsar sobre el campo "Clave de
operación".
:: Error registral: Marcar si existe un error registral. En este caso, la factura se clasifica
automáticamente con la clave de operación K.
:: Código: Código postal del cliente.
:: Población: Población del cliente.
:: Dirección: Dirección del cliente.
:: Provincia: Provincia del cliente.
:: Letra del país: Número de identificación del país de residencia.
:: Paìs: País de residencia del cliente. Si en la ficha del cliente se ha indicado el país, el
programa adapta el formato del CIF a este país. Es importante comprobar que el
identificador del país coincide con el propuesto por Hacienda.
:: Tipo Operación Intracomunitarias: Información necesaria para el Libro Registro de
Determinadas Operaciones intracomunitarias. Desplegable que muestra el texto indicado
en la configuración del Modelo 340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado
como “Determinadas operaciones intracomunitarias” en la configuración del modelo 340
aparecerá el texto configurado en el mismo apartado, botó “Valores por defecto”.
:: Clave Declarado: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas
Operaciones intracomunitarias. Desplegable que muestra el texto indicado en la
configuración del Modelo 340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como
“Determinadas operaciones intracomunitarias” en la configuración del modelo 340
aparecerá el texto configurado en el mismo apartado, botó “Valores por defecto”.
:: Plazo de Operación: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas
Operaciones intracomunitarias. Se muestra el texto indicado en la configuración del Modelo
340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como “Determinadas operaciones
intracomunitarias” en la configuración del modelo 340 aparecerá el texto configurado en el
mismo apartado, botó “Valores por defecto”.
:: Descripción del Bien: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas
Operaciones intracomunitarias. Se muestra el texto indicado en la configuración del Modelo
340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como “Determinadas operaciones
intracomunitarias” en la configuración del modelo 340 aparecerá el texto configurado en el
mismo apartado, botó “Valores por defecto”.
:: Referencias: El programa muestra la referencia catastral para aquellos registros
marcados como tal en el asiento y que tengan la correspondiente referencia asignada. Si
existe más de una referencia para cada registro, se podrán consultar mediante el botón
“Detalle de las referencias de los inmuebles”, además de visualizar el detalle relacionado
con cada referencia.
:: Fecha de Cobro: Se visualizarán los registros cobrados por el Régimen Especial de
Criterio de Caja y se mostrará la fecha de cobro del registro. Se corresponderá con la fecha
del asiento de cobro.
:: Importe Cobrado: Se informa del importe cobrado para cada registro de las operaciones
sujetas al régimen especial de criterio de caja. Se corresponde con el importe total cobrado
de cada una de las previsiones de cobro.
:: Medio de Cobro: Se informa de las claves C, T u O, dependiendo de la forma del cobro:
C: Cuenta Bancaria (IBAN), T: Cheques, O: Otros medios de cobro.
El programa muestra esta información de forma automática a partir de la información en
previsiones.
:: Cuenta Bancaria / Medio cobro utilizado: Se informa de la descripción del medio de
cobro utilizado según la clave:
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 23 of 34
C: Cuenta Bancaria, el programa mostrará el código IBAN correspondiente al cobro.
T: Cheuqes, el programa mostrará el nº del pagaré correspondiente al cobro que tenga la
marca de “Cheque” activa.
O: Otros medios de cobro. (Para efectivo, el texto será Metálico, cuando se registre por
haber llegado a la fecha máxima se mostrará Devengo 31/12).
El programa muestra esta información de forma automática a partir de la información en
previsiones.
NOTA: Las facturas de los clientes de contado no pueden superior los 100 €. En los casos
en que el importe sea superior se deben tratar como un ticket.
Botones
:: Consultar: Permite refrescar los datos y actualizarlos según los cambios y correcciones
necesarios para que la información sea correcta al generar el Modelo 340.
:: Mant. Cuentas: Abre la pantalla del mantenimiento de clientes con los datos del cliente
actual, donde el usuario puede modificar los datos que sea necesario.
:: Ver asiento: Navegación al asiento de la factura seleccionada. Desde el asiento también
se puede navegar a la factura.
:: Filtrar datos: Permite organizar la información de la pantalla agrupando los datos para
su revisión, según los siguientes filtros:
Filtro clave Tipo de Libro: Según el tipo de libro en el que hay que registrar la factura.
Filtro Clave de Operación: Permite seleccionar una o varias claves de operación.
Muestra las facturas que tienen las claves seleccionadas.
Errores: Posibilidad de filtrar según el error que pueda aparecer en las facturas:
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 24 of 34
o Color Rosa: Muestra las facturas de cuentas sin CIF o con el CIF incorrecto.
Por lo tanto, se debe introducir el CIF correcto en la ficha del cliente.
o Color Amarillo: Muestra las facturas de cuentas con nombre o apellidos
incompletos. Por lo tanto, hay que corregir esta información en la ficha del
cliente.
o Color Azul: Muestra las facturas de proveedores intracomunitarios con la
dirección incompleta. Por lo tanto, se deben completar estos datos en la
ficha del proveedor.
o Presentar toda la información: Se debe marcar esta opción para poder
generar el Modelo 340.
Si existe algún tipo de filtro el botón "Generar" queda deshabilitado y en la pantalla aparece
el aviso "INFORMACIÓN FILTRADA".
Avisos de la página Ventas del Modelo 340: Mediante el botón Filtrar datos puede realizar los filtros necesarios para localizar más
rápidamente los documentos según el tipo de libro y de operación.
Si tiene alguna factura de algún cliente al contado con CIF o nombre incorrectos. Puede
modificar los datos directamente pulsando en uno de los campos.
Si tiene alguna clave de operación de rectificación de error registral, selecciónelo
linealmente en el desglose de facturas manualmente.
Recuerde que para las personas físicas debe entra el nombre en el siguiente orden: 1r
apellido + [espacio] + 2º apellido + [, espacio] + nombre.
Para exportar el modelo es necesario no tener filtrados los datos. Si tiene algún dato
filtrado entre en la opción filtrar y seleccione todos los filtros.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 25 of 34
Página COMPRAS
En la página Compras de la pantalla Modelo 340 aparece un registro por cada factura de
compra del período a declarar.
La información requerida de cada factura para la correcta presentación del modelo es la
que sigue:
:: Orden: Número de orden de la factura. Al generar la factura de compra, el programa
asigna el número de orden automáticamente a la factura y al asiento.
:: Factura: Número de la factura: Número de factura de compra.
:: Fecha expedición: Fecha de la factura de compra.
:: Fecha de operación: Fecha de realización de la operación. Sólo se debe rellenar cuando
es diferente de la fecha de expedición. El programa obtiene la fecha de operación de la
fecha del albarán de compra. Si la factura corresponde a varios albaranes, la fecha
operación es la del último albarán.
:: Proveedor: Código del proveedor en Eurowin.
:: Tipo de operación: Según el número de identificación fiscal del país o territorio de
residencia del proveedor. Existen varias claves:
Correspondiente a un NIF.
Se consigna un NIF / IVA (NIF operador intracomunitario).
Pasaporte.
Documento Oficial de identificación expedido por el país o territorio de residencia.
Certificado de residencia.
Otro documento probatorio.
El tipo que aparece por defecto es el NIF y se puede cambiar manualmente.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 26 of 34
:: CIF: Identificador fiscal del proveedor. El programa comprueba que el CIF de la ficha del
proveedor sea correcto y esté en relación con el tipo de identificación.
:: Apellidos: Apellidos de la ficha del proveedor.
:: Nombre o Razón Social: Muestra el dato de la ficha del proveedor, según sea persona
o empresa.
:: Base: Importe base de la factura.
:: IVA: Importe del IVA de la factura.
:: Recargo: Importe del recargo en el caso de que la factura lo incluya.
:: Importe: Importe total de la factura.
:: Tipo de libro: Según el tipo de factura corresponde un libro de registro. Los libros de
registro contemplados son:
Libro registro de facturas expedidas (E): Los empresarios o profesionales deben
llevar y conservar un libro registro de las facturas y documentos sustitutivos que
hayan expedido, en el que anotarán con la debida separación, el total de los
referidos documentos. El programa marca con una "E" las facturas expedidas a
excepción de las que tienen el tipo de IVA específico de los bienes de inversión.
Libro registro de bienes de inversión (I): Deben llevarlo los sujetos pasivos que
tienen que practicar la regularización por bienes de inversión. El programa marca
con una "I" las facturas que tienen el mismo tipo de IVA que el asociado a la
configuración del Modelo 340 para los bienes de inversión. Debe haber un tipo de
IVA específico para los bienes de inversión.
Libro registro de facturas recibidas (R): En este libro se anotan una por una, las
facturas recibidas, y en su caso, los documentos de aduanas y las facturas de las
entregas que den lugar a las adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al
impuesto efectuadas por los empresarios o profesionales. El programa marca con
una "R" las facturas recibidas a excepción de las que tienen el tipo de IVA específico
de los bienes de inversión.
Si el programa detecta que existe algún tipo de IGIC definido en la configuración, además
aparecen los siguientes libros:
Libro registro de facturas expedidas IGIC
Libro registro de facturas recibidas IGIC
Libro registro de bienes de inversión IGIC
NOTA: Para visualizar los códigos de los libros hay que pulsar sobre el campo "Tipo de
libro".
:: Clave de operación: En cada libro registro, las facturas pueden ser rectificativas, de
tickets, etc. Según su forma le corresponde una clave de operación. Las claves de
operación son las que siguen:
Asiento resumen de tickets (B): El programa marca automáticamente con la clave
B las facturas originadas por la facturación de tickets (en el número tienen la letra
T) y que además incluyen más de un ticket.
Factura rectificativa (D): El programa marca automáticamente con la clave D todas
las facturas rectificativas (en el número tienen la letra R). Si se trabaja con series
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 27 of 34
de ventas, se marcan las facturas de la serie asociada a las facturas rectificativas
en la configuración del Modelo 340.
Inversión del Sujeto Pasivo (ISP) (I): El programa marca automáticamente con la
clave I todas las facturas que se correspondan a operaciones sujetas a inversión
del sujeto pasivo. Estas operaciones son: adquisición de material recuperable,
adquisiciones intracomunitarias de servicios, importaciones de servicios,
determinadas operaciones sector construcción. Esta clave sólo se permite para
compras de ISP.
Ticket (J): El programa marca automáticamente con una J las facturas originadas
por la facturación de tickets con un ticket por factura.
Rectificación de errores registrales (K): El usuario de forma manual deberá marcar
el check “Error” para que el programa marque con una K las facturas que tienen la
marca error registral.
Adquisiciones intracomunitarias de bienes (P): El programa marca con una P las
facturas intracomunitarias, cuyo proveedor es comunitario. Esta clave sólo se
permite para compras intracomunitarias.
Arrendamientos locales de negocio (R): El programa marca con una R las facturas
registradas como de arrendamientos de locales de negocio. Para informar que se
trata de un arrendamiento de un local de negocio y que ésta aparezca en el modelo
340, se deberá indicar mediante el botón “Tipo de Operación” y marcar el asiento
como “Arrendamiento local negocio”. Por otro lado, se deberá indicar además la
referencia catastral del inmueble.
- Subvenciones Adm. Publicas (S): El programa marca automáticamente con una S
las subvenciones recibidas o emitidas. Para informar que se trata de una
SUBVENCIÓN RECIBIDA o EMITIDA y que esta aparezca en el modelo 340, se
deberá indicar mediante el botón "Tipo de Operación" y marcar el asiento como
"Subvenciones recibidas / emitidas". Por otro lado, se deberá indicar los datos
relativos a la factura mediante el botón "IVA EX." Marcando la factura como compra
e informando del número de factura, fecha e importe de la misma.
- Cobros por cuenta de terceros (T): El programa marca automáticamente con una T
los cobros por cuenta de terceros. Los cobros por cuenta de terceros no llevarán
registro de IVA. Para informar que se trata de un COBRO POR CUENTA DE
TERCEROS y que esta aparezca en el modelo 340, se deberá indicar mediante el
botón "Tipo de Operación" y marcar el asiento como "Cobro por cuenta de terceros".
Por otro lado, se deberá indicar los datos relativos a la factura mediante el botón
"IVA EX." Marcando la factura como venta e informando del número de factura,
fecha e importe de la misma.
Operaciones de Seguros(U): El programa marca automáticamente con una U las
operaciones de Seguros. Para informar que se trata de una OPERACIÓN DE
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 28 of 34
SEGUROS, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y marcar el
asiento como “Operaciones Seguros”.
Compras de Agencias de Viaje (V): El programa marca automáticamente con una
V las compras de agencias de viaje. Para informar que se trata de una COMPRA
DE AGENCIAS DE VIAJE, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y
marcar el asiento como “Agencia de Viaje”.
Operaciones sujetas al IPSI (W): El programa marca automáticamente con una W
las operaciones sujetas al IPSI (Ceuta y Melilla). Para informar que se trata de una
operación de este tipo, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y
marcar el asiento como “Agencia de Viaje”.
Compensaciones agrícolas (X): El programa marca automáticamente con una X las
compensaciones agrícolas. Para informar que se trata de una operación de este
tipo, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y marcar el asiento como
“Agencia de Viaje”.
Régimen especial de criterio de caja (Z): El programa marca automáticamente con
una Z las operaciones sujetas al Régimen Especial de Criterio de Caja. Para
informar que se trata de una operación de RECC, se deberá facturar y contabilizar
con la configuración especial de este nuevo régimen.
En blanco: Para el resto de los casos.
NOTA: Para visualizar las claves de operación hay que pulsar sobre el campo "Clave de
operación".
:: Error registral: Marcar si existe un error registral. En este caso, la factura se clasifica
automáticamente con la clave de operación K.
Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 29 of 34
:: Prorrata: Campo específico para las facturas de bienes de inversión. Para este tipo de
facturas, hay que seleccionar la línea y pulsar la tecla F10 para localizar la partida de
inventario. Al seleccionar la partida de inventario se captura automáticamente la
identificación del bien (referencia) y la fecha de inicio de la partida de inventario. El campo
Prorrata por defecto aparece con el valor 100% pero el usuario lo puede modificar.
:: Identificación del Bien: Es la referencia de la partida de inventario. Este campo también
es específico para las facturas de inversión. Desde esta columna, al seleccionar la factura
del bien de inversión se activa el botón de búsqueda para seleccionar la partida de
inventario y capturar los datos de forma automática.
Nota: La captura automática de estos campos a partir de la partida de inventario sólo está
disponible si está instalado el módulo Amortizaciones. En el caso contrario se debe rellenar
manualmente.
:: Fecha de inicio: Fecha de inicio de la ficha de la partida de inventario. El funcionamiento
de este campo es el mismo que la prorrata y la identificación del bien, ya que son los tres
campos concretos para las facturas de bienes de inversión.
:: Código: Código postal del proveedor.
:: Población: Población del proveedor.
:: Dirección: Dirección del proveedor.
:: Provincia: Provincia del proveedor.
:: Letra país: Número de identificación del país de residencia.
:: País: País de residencia del proveedor. Según el país indicado en la ficha del proveedor,
el programa adapta el formato del CIF. Es importante comprobar que el identificador del
país coincide con el propuesto por Hacienda.
:: Tipo Operación Intracomunitarias: Información necesaria para el Libro Registro de
Determinadas Operaciones intracomunitarias. Desplegable que muestra el texto indicado
en la configuración del Modelo 340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado
como “Determinadas operaciones intracomunitarias” en la configuración del modelo 340
aparecerá el texto configurado en el mismo apartado, botó “Valores por defecto”.
:: Clave Declarado: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas
Operaciones intracomunitarias. Desplegable que muestra el texto indicado en la
configuración del Modelo 340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como
“Determinadas operaciones intracomunitarias” en la configuración del modelo 340
aparecerá el texto configurado en el mismo apartado, botó “Valores por defecto”.
:: Plazo de Operación: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas
Operaciones intracomunitarias. Se muestra el texto indicado en la configuración del Modelo
340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como “Determinadas operaciones
intracomunitarias” en la configuración del modelo 340 aparecerá el texto configurado en el
mismo apartado, botó “Valores por defecto”.
:: Descripción del Bien: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas
Operaciones intracomunitarias. Se muestra el texto indicado en la configuración del Modelo
340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como “Determinadas operaciones
intracomunitarias” en la configuración del modelo 340 aparecerá el texto configurado en el
mismo apartado, botó “Valores por defecto”.
:: Fecha de Pago: Se visualizarán los registros pagados por el Régimen Especial de
Criterio de Caja y se mostrará la fecha de pago del registro. Se corresponderá con la fecha
del asiento de pago.
:: Importe Pagado: Se informa del importe cobrado para cada registro de las operaciones
sujetas al régimen especial de criterio de caja. Se corresponde con el importe total cobrado
de cada una de las previsiones de pago.
:: Medio de Pago: Se informa de las claves C, T u O, dependiendo de la forma del pago:
C: Cuenta Bancaria (IBAN), T: Cheques, O: Otros medios de pago.
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El programa muestra esta información de forma automática a partir de la información en
previsiones.
:: Cuenta Bancaria / Medio pago utilizado: Se informa de la descripción del medio de
cobro utilizado según la clave:
C: Cuenta Bancaria, el programa mostrará el código IBAN correspondiente al cobro.
T: Cheques, el programa mostrará el nº del pagaré correspondiente al pago que tenga la
marca de “Cheque” activa.
O: Otros medios de cobro. (Para efectivo, el texto será Metálico, cuando se registre por
haber llegado a la fecha máxima se mostrará Devengo 31/12).
El programa muestra esta información de forma automática a partir de la información en
previsiones.
Botones
:: Consultar: Permite refrescar los datos y actualizándolos según los cambios y
correcciones necesarios para que la información sea la correcta al generar el Modelo 340.
:: Mant. Cuentas: Abre la pantalla del mantenimiento de proveedores donde el usuario
puede, si es necesario, modificar los datos de la ficha del proveedor de la factura
seleccionada.
:: Ver asiento: Navega al asiento de la factura. Desde el asiento también se puede navegar
a la factura.
:: Filtrar datos: Permite organizar la información de la pantalla agrupando los datos para
su revisión, según los siguientes filtros:
Filtro clave Tipo de Libro: Según el tipo de libro en el que hay que registrar la factura.
Filtro Clave de Operación: Permite seleccionar una o varias claves de operación.
Muestra las facturas que tienen las claves seleccionadas.
Errores: Posibilidad de filtrar según el error que pueda aparecer en las facturas:
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o Color Rosa: Muestra las facturas de cuentas sin CIF o con el CIF incorrecto.
Por lo tanto, se debe introducir el CIF correcto en la ficha del proveedor.
o Color Amarillo: Muestra las facturas de cuentas con nombre o apellidos
incompletos. Por lo tanto, hay que corregir esta información en la ficha del
proveedor.
o Color Azul: Muestra las facturas de proveedores intracomunitarios con la
dirección incompleta. Por lo tanto, se deben completar estos datos en la
ficha del proveedor.
o Presentar toda la información: Se debe marcar esta opción para poder
generar el Modelo 340.
Si existe algún tipo de filtro el botón "Generar" queda deshabilitado y en la pantalla aparece
el aviso "INFORMACIÓN FILTRADA".
Avisos de la página Compras del Modelo 340: Mediante el botón Filtrar datos puede realizar los filtros necesarios para localizar más
rápidamente los documentos según el tipo de libro y de operación.
Si tiene alguna factura de algún proveedor al contado con CIF o nombre incorrectos.
Puede modificar los datos directamente pulsando en uno de los campos.
Si tiene alguna clave de operación de rectificación de error registral, selecciónelo
linealmente en el desglose de facturas manualmente.
Recuerde que para las personas físicas debe entra el nombre en el siguiente orden: 1r
apellido + [espacio] + 2º apellido + [, espacio] + nombre.
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Para exportar el modelo es necesario no tener filtrados los datos. Si tiene algún dato
filtrado entre en la opción filtrar y seleccione todos los filtros.
Página METÁLICO:
A partir del ejercicio 2012 se registran los cobros percibidos en metálico superiores a 6.000
€.
No se exige el detalle de metálicos superiores a 6.000 € que correspondan a operaciones
realizadas antes del 2012 (ejercicio de la operación "factura").
Los cobros en metálico lo son en relación a la totalidad de operaciones facturadas de una
misma persona o entidad, no por cada factura individual sino por el total.
El momento de declarar los cobros en metálicos es en la declaración correspondiente del
mes en que efectivamente se superan los 6.000 €.
No es anual como el 347 sino mensual.
La información se filtra del mismo modo que en el modelo 347 pero teniendo en cuenta que
los importes de cobro en metálico deben filtrarse por meses y de operaciones cuyo ejercicio
sea 2012 o posterior.
Si se producen más cobros en metálico en meses posteriores, se informarán acumulando
los importes (igual que en el 347) en el mes en que efectivamente se perciban.
Si durante un mes no se percibe ningún cobro en metálico, no se declara nada en ese mes,
aunque en meses anteriores se hayan relacionado importes en metálico.
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EJEMPLO:
Marzo: cobro en efectivo de operaciones de 2012 de 3000 €. No se declara en el mes 3.
Abril: cobro en efectivo de operaciones de 2012 de 3000 €. Acumulado de 6000 € como
no supera no se declara nada en el mes 4.
Mayo: no se cobra nada. No se declara en el modelo 340 en el mes 5.
Junio: cobro en efectivo de operaciones de 2012 de 1000 €, la suma de los efectivos es
de 7000 €. Se declara en el mes 6 un importe en metálico de 7000 €.
Julio: no se cobra nada. No se declara en el modelo 340 en el mes 6.
Agosto: cobro en efectivo de operaciones de 2012 de 600 €. La suma de los efectivos es
de 7600. Se declara en el mes 8 un importe en metálico de 7600 €.
El ejercicio siempre será 2012 o años posteriores, respecto al año en que se anotan las
facturas.
Es decir, el ejercicio metálico en el modelo 340 (ejercicio de anotación de la factura
expedida) coincide con el ejercicio metálico del modelo 347 (ejercicio en que se declara la
factura expedida, siempre por fecha de expedición igual que en el 340).
En la página Metálico de la pantalla Modelo 340 aparece un registro por cada importe en
metálico a declarar.
La información requerida de cada registro para la correcta presentación del modelo es la
que sigue:
:: CIF: Identificador fiscal del cliente. Eurowin comprueba que el CIF sea correcto y esté en
relación con el tipo de identificación. Muestra los datos a partir de la ficha del cliente.
:: Apellidos: En esta columna aparecen los apellidos del cliente introducidos en su ficha.
:: Nombre o Razón Social: Muestra el nombre o la razón social (según sea persona o
empresa).
:: Código Postal: Código postal del cliente.
:: Población: Población del cliente.
:: Dirección: Dirección del cliente.
:: Provincia: Provincia del cliente.
:: Letra del país: Número de identificación del país de residencia.
:: Paìs: País de residencia del cliente. Si en la ficha del cliente se ha indicado el país, el
programa adapta el formato del CIF a este país. Es importante comprobar que el
identificador del país coincide con el propuesto por Hacienda.
:: Importe metálico: Importe percibido en metálico en el mes a declarar si es superior a
6000 €.
Este importe se obtiene a partir del extracto contable del cliente según el NIF / CIF, de los
asientos que tienen como contrapartida del cliente la cuenta de caja (570). Si el importe
acumulado es superior a 6000 €, el programa localiza las operaciones asociadas a los
cobros en metálico, según la fecha de la factura cobrada y genera los registros separados
por ejercicio de operación con el correspondiente cobro en metálico. :: Ejercicio: Ejercicio en el que se han declarado las operaciones asociadas a los cobros
en metálico.
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2.2.2 Condiciones para elaborar el modelo 340
"Es necesario especificar el Nombre / Razón social en la configuración de modelos."
"Revise el N.I.F. en la configuración de modelos."
"Es necesario especificar el nombre de la persona de contacto en la configuración de
modelos."
"Es necesario especificar el teléfono de la persona de contacto en la configuración de
modelos."