Confirmatoria de Incautacion

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documento fiscal

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PRIMER DESPACHO DE INVESTIGACIONSEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL PENALCORPORATIVA DE SAN ROMANCaso N: 2706124502-2014-0-0Exp.: S/NImputado: Agustn ROCA LAZODelito: TRAFICO DE PRODUCTOS PIROTECNICOS Agraviado: EL ESTADO PERUANO

REQUERIMIENTO N 01-2013 CONFIRMACION DE INCAUTACION

SEOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TURNO DE LA PROVINCIADE SAN ROMAN - JULIACA

ALBINO MOROCCO CHAUCHA,Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigacin de la Segunda Fiscala Provincial Penal Corporativa de San Romn, con domicilio en la Plaza Zarumilla S/N Tercer Piso -Juliaca a Ud; digo:

1.-REQUERIMIENTO FISCAL:De conformidad con lo prescrito en el inciso segundo del Artculo 218 del Cdigo Procesal Penal vigente en este Distrito Judicial;SOLICITOa su judicatura, laCONFIRMACION DE LA INCAUTACIONde:

De las especies descritas en el Actade Incautacin de fecha 10 de Marzo del 2014 Fs. 08 de la carpeta Fiscal,detalladas a continuacin:

Dos mil quinientos (2500) unidades de cohetones con mecha

Dos mil (2000) unidades de cohetones sin mecha

Mil ochocientos (1800) unidades de palos de carrizo

2.-HECHOS:Siendo las 04:00 horas del 10 MARZ. 2014, en la interseccin de las avenidas Mrtires 4 de noviembre y Juliaca, se intervino un vehculo de placa de rodaje pk-2030, de color blanco, el mismo que se encontraba estacionado, encontrndoseen calidad de conductor el seor miguel llanos Aguirre, quien refiri ser taxista, y que brindaba servicio a la persona de Agustn ROCA LAZO, quien al ver la presencia Policial intento darse a la fuga, siendo capturado a 100 metros del lugar de los hechos,por personal PNP, el mismo que refiri que las 5 cajas y el saquillo de polietileno era de su propiedad, y que contenan material pirotcnico, siendo trasladado a la Dependencia Policial de Santa Brbara, en donde con presencia del Representante del Ministerio Publico, se hizo la apertura de las cajas y la incautacin de los productos pirotcnicos.

3.- FUNDAMENTACION JURIDICA:Seor Juez de la Investigacin Preparatoria, amparamos nuestro requerimiento Fiscal:

3.1.- En el inciso segundo delArticulo 218 del Nuevo Cdigo Procesal Penal, el cual establece Cuando existe peligro por la demora, la exhibicin o la incautacin debe disponerla el Fiscal. En todos estos casos, el Fiscal una vez que tom conocimiento de la medida o dispuso su ejecucin, requerir al Juez de la Investigacin Preparatoria la correspondiente resolucin confirmatoria.

3.2.- En el inciso 1 y 2 del articulo 316 del Cdigo Procesal Penal, el cual faculta al Ministerio Pblico a realizar la incautacin durante lasprimeras diligencias.

4.- PRUEBA DOCUMENTAL:

INFORME N 001 - 2014-DIRNAOP/FRENPOL-P/DIVICAJ-

P/DIVICAJ-J/SEINCRI-PNP-JRemitido por la seccin de investigacin criminal de Juliaca, en el que se da cuenta de las diligencias preliminares efectuadas sobre el hallazgo, recojo e incautacin de MATERIAL PIROTECNICO a Agustn ROCA LAZO en torno a la probable comisin del delitoContra La seguridad publica en su forma de delitos de peligro comn, en la modalidad detrafico de productos pirotcnicos, sancionadaen el artculo 279-C del Cdigo Penal, en agravio del Estado Peruano representado por el Procurado Publico del Ministerio de JusticiaActa de Intervencin Policial, Fs. / de la carpeta Fiscal.

Acta de Hallazgo, Recojo e Incautacin, Fs. / de lacarpeta Fiscal.

Declaracin del imputado Agustn ROCA, Fs. de la carpeta Fiscal.

Fotografas de los productos pirotcnicos incautados

5.- ANEXOS:Se remite copia certificadas de la Carpeta Fiscal a Fs. ( ).

POR LO EXPUESTO:Solicito se declarefundado el presente requerimiento deCONFIRMACIN DE INCAUTACIN, dentro del plazo de Ley.

Juliaca 20 de noviembre del 2013