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CONFIRMING DEFINICIÓN El confirming es un servicio financiero que ofrece una entidad financiera con tal de facilitar a sus clientes la gestión del pago de sus compras. Se ofrece para pagar las facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento de éstas o para obtener de parte del banco el financiamiento que el proveedor no estuvo dispuesto a otorgar, de esa forma, la relación entre cliente y proveedor no se daña y el cliente obtiene el plazo que requiere. Su uso es frecuente en empresas que tengan diversificados sus proveedores, que deseen dilatar el pago a proveedores o que tengan un sistema de pagos complejo. No confundir el confirming, con los "pagos confirmados" o "pagos domiciliados" de menor vinculación en la responsabilidad del pago por parte de la entidad financiera. El confirming equivale a un pago certificado, con la diferencia de que aquí el banco avala el pago al proveedor. De hecho, es un factoring inverso ya que lo inicia el cliente y no el proveedor. En consecuencia, en inglés este servicio se llama Reverse Factoring (y no, como uno podría pensar, Confirming). VENTAJAS PARA LA INSTITUCIÓN La Institución mantiene la iniciativa en los pagos. Eliminación de los trabajos administrativos propios de un departamento de pagos. Ahorro de los costes derivados de esa gestión de pagos. Permite decidir a la Institución pagar por cheque o transferencia según lo considere oportuno en cada caso. Mejora su gestión de tesorería.

Confirming

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CONFIRMING

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CONFIRMING

DEFINICIÓN

El confirming es un servicio financiero que ofrece una entidad financiera con tal de facilitar a sus clientes la gestión del pago de sus compras. Se ofrece para pagar las facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento de éstas o para obtener de parte del banco el financiamiento que el proveedor no estuvo dispuesto a otorgar, de esa forma, la relación entre cliente y proveedor no se daña y el cliente obtiene el plazo que requiere. Su uso es frecuente en empresas que tengan diversificados sus proveedores, que deseen dilatar el pago a proveedores o que tengan un sistema de pagos complejo.

No confundir el confirming, con los "pagos confirmados" o "pagos domiciliados" de menor vinculación en la responsabilidad del pago por parte de la entidad financiera. El confirming equivale a un pago certificado, con la diferencia de que aquí el banco avala el pago al proveedor. De hecho, es un factoring inverso ya que lo inicia el cliente y no el proveedor. En consecuencia, en inglés este servicio se llama Reverse Factoring (y no, como uno podría pensar, Confirming).

VENTAJAS PARA LA INSTITUCIÓN

La Institución mantiene la iniciativa en los pagos. Eliminación de los trabajos administrativos propios de un departamento de

pagos. Ahorro de los costes derivados de esa gestión de pagos. Permite decidir a la Institución pagar por cheque o transferencia según lo

considere oportuno en cada caso. Mejora su gestión de tesorería. Se simplifica la conciliación de cuentas, ya que la Institución recibirá un

único cargo por vencimiento. Evita mantener saldos ociosos en las cuentas de la Institución, ya que se

simplifican y pueden ser previstas las entradas y salidas de flujos monetarios.

Mejora la imagen de la Institución ante sus proveedores, al ofrecer un sistema de anticipo del cobro de sus créditos a precios muy competitivos sin ocupar sus líneas actuales de financiación.

La Institución podrá saber en todo momento la aceptación de este sistema de pagos entre sus proveedores.

El envío de remesas se realizará en soporte informático eliminando desde el primer momento el manejo de numerosos documentos.

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VENTAJAS PARA EL PROVEEDOR

Eliminación de los trabajos administrativos propios de un departamento de cobros.

Ahorro de los costes derivados de esa gestión de cobro. Conocimiento de fecha de cobro cierta para sus facturas. Tiene en sus manos un sistema rápido y sencillo de financiación. La financiación que solicite el proveedor no consume su riesgo bancario,

otorgándole una mayor capacidad de endeudamiento. El proveedor no tiene límites de financiación preestablecidos, pudiendo

financiar el 100% de la facturación que tenga con la Institución. Le permite la financiación flexible de sus facturas, pudiendo elegir la

financiación de una o varias, en la misma o en distintas fechas. La financiación vía Confirming supone la efectiva cesión del crédito. Esto

significa que el riesgo de impago recae directamente sobre Santander Central Hispano, permitiendo al proveedor dar de baja de balance las facturas financiadas, mejorando substancialmente sus ratios de liquidez y endeudamiento.

Su proveedor podrá domiciliar estos anticipos en cualquier entidad bancaria.

ASPECTOS GENERALES DEL CONFIRMING

El Confirming o Servicio de Pago a Proveedores se puede definir como un servicio administrativo-financiero por el cual una empresa encarga a una entidad financiera todos los aspectos relativos a la gestión del pago a sus proveedores por suministro de mercancías o servicios.

La entidad financiera asume por cuenta de la empresa el pago de las facturas de sus proveedores, en las condiciones que se le indiquen (importe, vencimiento y medio de pago). Esta labor de intermediación de la entidad financiera entre la empresa y sus proveedores, no se limita a la gestión del pago de las facturas a su vencimiento ya que también puede ampliarse tanto a financiación (anticipar el pago al proveedor o retrasar el cargo a la empresa) como a colocación de fondos (recompra por la empresa de los créditos anticipados a los proveedores o retraso del vencimiento a los proveedores).

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Se trata, por tanto, de un servicio que se configura como una herramienta de simplificación administrativa y de gestión de tesorería, con la posibilidad de acceder a alternativas financieras, en el que intervienen las siguientes partes:

El cliente, al que hasta ahora denominábamos empresa, y que es el comprador de bienes o servicios a cuyo cargo se giran las facturas del proveedor.

El proveedor, que es el vendedor de las mercancías o suministrador de servicios al cliente.

La entidad financiera, que es el intermediador entre el cliente (pago de sus facturas) y el proveedor (abono de sus créditos comerciales).

DESCRIPCION DEL SERVICIO

La relación inicial se establece entre el cliente y sus diversos proveedores, a los cuales debe de hacer efectiva en una fecha determinada el importe de sus créditos comerciales (facturas).

Una vez que el cliente ha tomado la decisión de cambiar el sistema de pago con sus proveedores, el primer paso es la negociación con la entidad financiera de las condiciones en que se le prestará el servicio, tanto en lo referente a prestaciones, a coste y/o retribución, como el coste para sus proveedores.

El cliente tratará de obtener las mejores condiciones de la entidad financiera tanto para él como para sus proveedores, ya que por un lado obtiene todas las ventajas que le supone directamente el Confirming y además reduce el efecto del inicial rechazo que seguramente podría tener de este servicio por sus proveedores, dado que el cambio de sistema de pago, en principio, les cierra a éstos, los proveedores, toda vía de negociación con su entidad financiera habitual. Una vez acordadas y definidas las condiciones de la operación, a través de un contrato de Confirming, la entidad financiera reciben el encargo de su cliente de abonar a sus proveedores las facturas que le giren a su cargo y que éste, el cliente, valide (de conformidad).

La orden del cliente a la entidad financiera de las facturas a abonar (se denomina Remesa de Órdenes de Pago), se considera irrevocable y reseña, entre otros datos, los siguientes:

Datos del proveedor: nombre, NIF/CIF, domicilio, teléfono, fax. Número de factura (la del proveedor).

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Importe a abonar/cargar (se admiten notas de abono – cargo al proveedor por devoluciones, menos importe, etc. – siempre y cuando estén ligadas a una factura de importe superior y mismo vencimiento).

Fechas de vencimiento (fecha de abono al proveedor). Se fija siempre un mínimo de días entre la fecha de la orden del cliente y la fecha de vencimiento, generalmente cinco días.

Medio de pago: cheque o transferencia – se deberá indicar la codificación completa de la cuenta de abono en el caso de transferencia -).

Importe total de la Remesa de Órdenes de Pago.

Una vez aclaradas las posibles incidencias de la remesa entre la entidad financiera y el cliente (se denomina validación de la remesa), la entidad financiera comunica, normalmente por fax, a todos y cada uno de los proveedores incluidos en la remesa lo siguiente:

Que ha recibido el encargo del cliente de proceder al abono del importe de las siguientes facturas (reseña, número de factura, importe y vencimiento) giradas por el proveedor a cargo del cliente.

Que a su vencimiento, y siguiendo instrucciones del cliente, procederán al pago de las mismas, mediante transferencia o cheque (la modalidad que comunique el cliente a la entidad financiera).

Que la entidad financiera ofrece al proveedor, además de la posibilidad de cobro al vencimiento, las siguientes alternativas de financiación:

1. Anticipo puntual: Adelantarle el importe de la factura o facturas que el proveedor indique y desde la fecha que desee.

2. Anticipo automático: Adelantarle automática y sucesivamente todos los importes de los que resulte acreedor frente al cliente el día de la recepción de cada una de las órdenes de pago.

Que los anticipos devengarán a favor de la entidad financiera una comisión sobre el nominal anticipado y unos intereses por los días que medien entre la fecha de abono y la del vencimiento, y que dichos importes, comisión mas intereses por el descuento, se deducirán directamente del importe a percibir por el proveedor en concepto de anticipo.

Que el anticipo tiene la consideración de un contrato de cesión mercantil de créditos sin recurso (con cobertura de la insolvencia del ordenante), convirtiéndose la entidad financiera en titular de los mismos frente al cliente.

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Que en el caso de no solicitar anticipo, la entidad financiera actuaría como simple gestor de la orden de pago del cliente al proveedor.

Al cliente, la entidad financiera les ofrece las siguientes alternativas en relación al cargo en cuenta de su Remesa de Órdenes de Pago a los proveedores:

1. Efectuarlo el mismo día del vencimiento de las órdenes de pago. Esta modalidad ofrece una variante en el caso de que el pago a los proveedores se efectúe por la entidad financiera mediante cheque, y es pactar un “floating” o demora en el cargo en cuenta al cliente de unos días en función del retraso con que la entidad financiera abono o compensa los cheques de los proveedores. Este “floating” sólo se aplicaría a las órdenes de pago que no solicitaron anticipo.

2. Retrasarlo (financiación) o anticiparlo (colocación de fondos), en las condiciones temporales (plazos para el retraso o anticipo del vencimiento) y económicas (intereses y comisiones) pactadas entre ambos.

Otra de las posibilidades que ofrece el servicio es, además de la de anticipar la reposición de fondos de las remesas, la de la recompra a la entidad financiera los créditos anticipados a los proveedores.

FUNCIONAMIENTO

En resumen, es el siguiente:

1. El cliente acuerda con sus proveedores la unificación de medios de pago y vencimientos de cobro de su facturación.

2. El cliente negocia con la entidad financiera las condiciones en que se efectuará el Confirming:

Coste para el cliente, en el caso de que la entidad financiera se lo repercuta por el servicio.

Medio (conexión on-line, cinta magnética, disquete, listado) por el cual se facilitarán a la entidad financiera los datos de los abonos a proveedores.

Coste para los proveedores de los posibles anticipos. En este apartado no se debe olvidar que es posible que el cliente fuerce las condiciones económicas de los anticipos para todos o parte de sus proveedores, o bien lo deje a criterio de la entidad financiera., la cual actuará en función de diversos parámetros (interés comercial, grado de vinculación…), para la fijación del coste.

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Compensaciones de la entidad financiera al cliente: “floating”, comisiones a su favor por anticipos, por ejemplo.

Retribución para la colocación de tesorería del cliente: recompra de anticipos o anticipo de la reposición de fondos.

3. Es conveniente que antes de iniciar la operativa del Confirming, el cliente comunique a todos sus proveedores las principales características del nuevo sistema de pago:

Eliminación de letras, recibos, pagarés, etc, según el sistema de cobro que hasta este momento utilizara su proveedor.

Abono a un vencimiento determinado del importe de sus facturas por medio de la entidad financiera, la cual tendrá informado puntualmente al proveedor de las órdenes de pago del cliente emitidas a su favor.

Posibilidad de que la entidad financiera le anticipe el vencimiento del importe de aquellas facturas validadas por el cliente como conformes.

Exención de gastos por la transferencia o emisión del cheque a su favor, en el caso de no solicitar anticipo.

El cliente comunica a la entidad financiera la relación de facturas a abonar (Remesa de Órdenes de Pago).

4. La entidad financiera revisa y procesa los datos que le comunica el cliente (Validación de la Remesa de Órdenes de Pago).

5. La entidad financiera comunica a los proveedores las órdenes de pago a su favor emitidas por el cliente, indicándoles la posibilidad de financiación (anticipo).

6. El proveedor comunica a la entidad financiera su conformidad a un anticipo puntual (una o varias facturas) o al anticipo automático (todas las órdenes de pago que el cliente emita a su favor).

7. La entidad financiera efectúa los abonos correspondientes a las solicitudes de anticipos recibidas de los proveedores. El importe a abonar será la diferencia entre el nominal de la facturas y las comisiones e intereses por el anticipo.

8. La entidad financiera facilita información al cliente a dos niveles: Proveedores que han solicitado anticipo de sus órdenes de pago. Con unos días de antelación, el importe del vencimiento de las órdenes de

pago a favor de sus proveedores que no solicitaron anticipo.

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9. La entidad financiera efectúa las transferencias o emite los cheques (según el medio de pago elegido) correspondientes a las órdenes de pago a favor de proveedores que no solicitaron el anticipo.

10.La entidad financiera procede, al vencimiento, al cargo en cuenta al cliente de todas las órdenes de pago que emitió por facturas de sus proveedores, independientemente de que existiera anticipo o no, al proveedor.

Se debe matizar que lo normal es que al cliente se le carguen las órdenes de pago por fecha de vencimiento, por lo que un cargo puede corresponder a una sola remesa o a varias.

11.La entidad financiera comunica al cliente el resultado de la gestión de sus órdenes de pago, desglosando los siguientes datos:

Proveedor. Número de remesa. Número de factura. Importe. Vencimiento de la factura Los totales del cargo se especificarán por proveedor, número de remesa y

total general.

CARACTERISTICAS

El confirming es atractivo para empresas que reúnan una o más de las siguientes características:

Empresas que tengan diversificados a sus proveedores. Empresas que tengan un sistema de pagos complejo. Empresas que deseen alargar el plazo de pago a proveedores, o mejorar

sus condiciones de compra.