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CONFORMACIÓN DE
EXPEDIENTE TÉCNICO PARA
ASPIRANTES A C/DUYA
R+S
Reglamento de Construcciones para el Distrito FederalTÍTULO TERCERO
ART. 32.- Director Responsable de Obra es la persona física
auxiliar de la Administración, que tiene la administración en
todas aquellas actividades vinculadas con su responsiva, de
ordenar y hacer valer en la obra, la observancia de la Ley.*
*REF. GTA. No. 63 BIS 02/04/2019.
I. Acreditar que posee cédula
profesional […];
II. Acreditar ante la Comisión,
que conoce las disposiciones
relativas;
ART. 33.- Requisitos:
III. Acreditar como mínimo cinco
años de experiencia […]
IV. Acreditar que es miembro activo
del Colegio de Profesionales
respectivo.
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Reglamento de Construcciones para el Distrito FederalTÍTULO TERCERO
I. Suscriba una manifestación de construcción, una
solicitud de licencia de construcción especial, un
registro de obra ejecutada;
II. Tome a su cargo el cumplimiento normativo del
proyecto, aceptando la responsabilidad de la misma,
de conformidad con este Reglamento;
III. Suscriba un dictamen de estabilidad o seguridad
estructural de una obra, edificación o instalación;
IV.Suscriba el Visto Bueno de Seguridad y Operación de
una obra, edificación o instalación; y 65 V.
Responsiva (art. 34)
R+S
Reglamento de Construcciones para el Distrito FederalTÍTULO TERCERO
Capítulo II. De los Corresponsables
ART. 36.- Corresponsable es la persona física auxiliar de la
Administración con autorización, registro y conocimientos técnicos
especializados en las siguientes materias:*
*REF. GTA. No. 63 Bis. 02/04/2019
A.Seguridad Estructural.
B. Diseño Urbano y Arquitectónico.
C. Instalaciones. Nivel 1
Nivel 2
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Reglamento de Construcciones para el Distrito FederalTÍTULO TERCERO
Art. 37.- Requisitos para CDUyA’s:
I. Acreditar que posee cédula profesional […];
II. Acreditar ante la Comisión o ante el Instituto, según
sea el caso, que conoce la normatividad
aplicable[…];
IV. Acreditar que es miembro activo del Colegio de
Profesionales respectivo.
III. Acreditar como mínimo cinco años de experiencia en su
especialidad, así como su participación activa en proyectos y
en obras, y
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Reglamento de Construcciones para el Distrito FederalTÍTULO TERCERO
c) El resto de las edificaciones que
tengan más de 2,000 m2 cubiertos, o
más de 20 m de altura, sobre nivel
medio de banqueta […].
Se requiere responsiva de los Corresponsables* para obtener el registro de
manifestación de construcción o la licencia de construcción especial a que se
refieren los artículos 53 y 58 del Reglamento, en los siguientes casos:
II. *Corresponsable en
Diseño Urbano y
Arquitectónico, para:
a) Habitación Plurifamiliar de más de 50
viviendas, hospitales, clínicas, centros
de salud […];
b) Las edificaciones o demoliciones
ubicadas en zonas de Monumentos
Históricos, Artísticos y Arqueológicos
(ACP);
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Reglamento de Construcciones para el Distrito FederalTÍTULO TERCERO
Art. 39.- Obligaciones de CDUyA’s
a) Suscribir, conjuntamente con el Director Responsable de Obra, la
manifestación de construcción o la solicitud de licencia de construcción
especial, cuando se trate de las obras previstas en el art. 36;
b) Revisar el proyecto en los aspectos correspondientes a su especialidad;
c) Verificar que el proyecto cumpla con las disposiciones relativas a los Programas, y con las
disposiciones legales y reglamentarias en su materia;
d) Vigilar que la construcción, durante el
proceso de la obra, se apegue estrictamente al
proyecto correspondiente a su especialidad;
e) Notificar al Director Responsable de Obra
cualquier irregularidad durante el proceso de
la obra y,
f) Responder de cualquier violación a lasdisposiciones de este Reglamento relativas a suespecialidad.
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Reglamento de Construcciones para el Distrito FederalTÍTULO TERCERO
CAPÍTULO III
De las Responsabilidades y Sanciones de los Directores
Responsables de Obra y Corresponsables
II. Cuando no hayan refrendado suregistro correspondiente, y
Art. 40.- Las funciones del Director
Responsable de Obra y Corresponsables, y
casos para los que hayan otorgado su
responsiva se terminarán:
*REF. GTA. No. 63 Bis. 02/04/2019
I. Cuando ocurra sustitución o retiro del
Director Responsable de Obra y/o
Corresponsables
III. Cuando la Delegación expida la
autorización de uso y ocupación de la obra.
Art. 41.- La responsabilidad de carácter
administrativo de los Directores Responsables
de Obra y de los Corresponsables termina a
los cinco años, salvo los casos sujetos al
otorgamiento del visto bueno de seguridad y
operación y la constancia de seguridad
estructural.
Art. 42.- La Secretaría de Desarrollo Urbano
y Vivienda o el Instituto según corresponda,
son las autoridades competentes para
sustanciar, notificar e imponer las infracciones
en que incurran los Directores Responsables de
Obra y/o Corresponsables*
R+S
Reglamento de Construcciones para el Distrito FederalTÍTULO TERCERO
CAPÍTULO IV
De la Comisión de Admisión de los Directores Responsables de Obra
y Corresponsables
Art. 44.- La Comisión se integra por:
I. El Secretario de Obras y Servicios, quien la presidirá, elSecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda y el DirectorGeneral del Instituto fungirán como Secretarios Técnicospara presentar los casos que les correspondan en elámbito de su competencia. *
II. Un representante de cada uno de los Colegios deProfesionales y Cámaras, a invitación del Presidente de laComisión:
Art. 43.- La Comisión de Admisión de Directores Responsables de Obra y
Corresponsables es el Órgano Colegiado al que se refiere la Ley.
*REF. GTA. No. 63 Bis. 02/04/2019
Los representantes de los Colegios y Cámaras deben tener registro
vigente de DRO o de Corresponsable y durarán en sus funciones
cuatro años.*
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Reglamento de Construcciones para el Distrito FederalTÍTULO TERCERO
Art. 45.- La Comisión
tiene las siguientes
atribuciones:
I. Constatar que los aspirantes a obtener el registro de DRO o
Corresponsable cumplan con los requisitos establecidos en los
artículos 33 y 37 del RCDF;
II. Admitir con el carácter de DRO o Corresponsables, a las
personas físicas que hayan cumplido con los requisitos señalados;
III. Emitir opinión sobre la actuación de los DRO y Corresponsables cuando le sea solicitada por autoridades;
IV. Vigilar la actuación de los DRO y/o Corresponsables;
V. Constituirse en Comisión Dictaminadora […], la cual emitirá el
dictamen correspondiente a efecto de ser integrado y valorado
dentro del procedimiento administrativo.
VI. Las demás que se establezcan en el Manual de
Funcionamiento de la Comisión.
R+S
Reglamento de Construcciones para el Distrito FederalTÍTULO TERCERO
El Secretario de Obras y Servicios expedirá los Manuales deFuncionamiento de la Comisión y de sus Comités Técnicos deconformidad con la normativa aplicable.
Art. 46.- Para el cumplimiento de las atribuciones, la Comisión contará
con cuatro Comités Técnicos, integrados por profesionales de
reconocida experiencia y capacidad técnica […].
El Presidente de la Comisión tiene derecho de veto en la designación de los
miembros de los Comités.
Dichos Comités
quedarán integrados
de la siguiente forma:
I. Un Comité Técnico de Directores Responsables de Obra.
II. Tres Comités Técnicos de Corresponsables, uno por
cada una de las siguientes disciplinas.
III. Los Comités evaluarán los conocimientos de los
aspirantes y
IV. Los miembros de los Comités durarán en sus funciones
hasta por un periodo de cuatro años.
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CAPÍTULO V. SECCIÓN QUINTA
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
DE LOS PERITOS EN DESARROLLO URBANO Y DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA
Artículo 91. El poseedor o desarrollador, durante el procesode evaluación de impacto urbano o urbano- ambiental,puede sustituir al PDU y/o al DRO y/o Corresponsable, paralo cual debe informar por escrito a la Secretaría,explicando los motivos de la sustitución, así como ladesignación de los nuevos profesionistas que asumirán laresponsiva.
Artículo 92. El PDU y/o al DRO y/o Corresponsable podráretirar su responsiva del estudio de impacto urbano ourbano– ambiental si lo considera pertinente, debiendoexpresar los motivos por escrito ante la Secretaría.
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CONTENIDO DE LA CARPETA DE ASPIRANTES PARA DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA Y
CORRESPONSABLES
ANEXO TÉCNICO
R+S
Solicitud de Evaluación y Registro de Director Responsablede Obra o Corresponsables (TISCDF_ERD_1). Original y trescopias.
Pago de derechos por el Art. 192 del Código Fiscal 2019del D.F. ($2,161.00 por la primera evaluación y $1,090.00por las subsiguientes).
Cedula profesional. (Expedida por la Secretaria deEducación publica).
Fotografías (tamaño: 2-Titulo y 2-Infantil).
Titulo Profesional. (Expedido por la Secretaria de EducaciónPublica).
Identificación Oficial con fotografía. (IFE o INE).
Carta del Colegio al que pertenece.
Carta de Recomendación.
Curriculum Vitae del aspirante actualizado.
DATOS Y DOCUMENTOS DEL ASPIRANTE
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Experiencia mas reciente y terminando con las mas antiguas para
mínimo de cinco años.
Tipo(s) de obra(s), fecha(s) de inicio y termino de su participación;
Puesto(s) y actividades que se desarrollo en dichas obras;
Descripción de las actividades desarrolladas: Funciones, tipo o
grado de responsabilidad, en el proyecto o de la obra en
comendada.
Datos de cada proyecto presentado: Nombre, domicilio, teléfono
de la persona que le haya encomendado dicho trabajo.
Indicar si es empresa constructora, propietario, dependencia
oficial u otro, haciendo la definición correspondiente en este
ultimo punto caso (para acreditar como mínimo cinco años de
experiencia).
ANEXO TÉCNICO, REQUISITOS:
R+S
ANEXO TÉCNICO, REQUISITOS:Solicitud de Evaluación y Registro de DRO o Corresponsable
*FORMATO TISC DF_ERD__1
R+S
ANEXO TÉCNICO, REQUISITOS:Cuadro Resumen
R+S
ANEXO TÉCNICO, REQUISITOS:Contenido del Proyecto Arquitectónico
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ANEXO TÉCNICO, REQUISITOS:Complemento del Proyecto Arquitectónico
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Complemento del Proyecto Arquitectónico
R+S
ANEXO TÉCNICO, REQUISITOS:Reporte Fotográfico
R+S
ANEXO TÉCNICO, REQUISITOS:Memoria Descriptiva
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ANEXO TÉCNICO, REQUISITOS:Planos Arquitectónicos
R+S
ANEXO TÉCNICO, REQUISITOS:Tabla de Evaluación