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Confrontación entre Locke y Hinkelammert sobre la idea de derechos humanos El presente trabajo recoge las premisas principales de estos filósofos para confrontarlas en materia de derechos humanos y conocer sus aciertos y desaciertos en la problemática jurídico-político que examinan. John Locke padre del liberalismo aporta en su tiempo ideas fresca que vienen a revolucionar la concepción de los derechos individuales, y al mismo tiempo a reivindicar el consentimiento del individuo como la base para todo contrato o pacto social. Franz Hinkelammert, filósofo contemporáneo, contrincante despiadado de John Locke, realiza un estudio sobre la inversión de los derechos humanos en nombre de la propiedad burguesa, en el que señala a Locke como el responsable de introducir el método que guía esta inversión, y fruto del cual las víctimas son las culpables y los victimarios los inocentes que se arrogan ser los jueces del mundo. En definitiva, le atribuye el descubrimiento y despliegue del esquematismo de inversión de los derechos humanos que hace historia hasta hoy. Sobre este punto, quiero mostrar la importancia que tiene el confrontar la concepción de derechos humanos de 1

Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

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Page 1: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

Confrontación entre Locke y Hinkelammert sobre la idea de derechos humanos

El presente trabajo recoge las premisas principales de estos

filósofos para confrontarlas en materia de derechos humanos y

conocer sus aciertos y desaciertos en la problemática jurídico-

político que examinan. John Locke padre del liberalismo aporta en

su tiempo ideas fresca que vienen a revolucionar la concepción de

los derechos individuales, y al mismo tiempo a reivindicar el

consentimiento del individuo como la base para todo contrato o

pacto social. Franz Hinkelammert, filósofo contemporáneo,

contrincante despiadado de John Locke, realiza un estudio sobre

la inversión de los derechos humanos en nombre de la propiedad

burguesa, en el que señala a Locke como el responsable de

introducir el método que guía esta inversión, y fruto del cual las

víctimas son las culpables y los victimarios los inocentes que se

arrogan ser los jueces del mundo. En definitiva, le atribuye el

descubrimiento y despliegue del esquematismo de inversión de los

derechos humanos que hace historia hasta hoy.

Sobre este punto, quiero mostrar la importancia que tiene el

confrontar la concepción de derechos humanos de Locke con la

crítica que Hinkelammert le realiza, al grado que comparto

algunas tesis y premisas fundamentales de su pensar, pero

también reconozco algunas virtudes del pensamiento lockiano. Es

aquí donde se halla la novedad de este trabajo, ya que no solo es

una descripción de las premisas fundamentales de estos autores

en el tema en mención, sino un esfuerzo de comprensión y de

síntesis personal.

1

Page 2: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

Para cumplir con este objetivo, el primer apartado de mi

trabajo versa sobre la reflexión lockiana de los derechos

naturales, en donde planteo sus límites y alcances, así como los

excesos y equilibrios del pensamiento del filósofo Inglés. En el

segundo apartado analizo las categorías que Franz Hinkelammert

recoge del pensamiento jurídico-político de Locke para justificar

su crítica; asimismo, voy a confrontar sus ideas con el

planteamiento del filósofo Inglés para conocer si hace o no justicia

a su pensamiento. Mi propuesta es el análisis global del Segundo

Tratado sobre el gobierno civil, para adoptar las tesis o categorías

de su autor y oponerlas a sus postulados más problemáticos sobre

todo desde un punto de vista jurídico-político.

Por último, aclaro que estamos frente a un diálogo que

confronta un tema en específico, por ello me restringiré al estudio

del “Segundo Tratado sobre el Gobierno civil”, y al texto, “La

inversión de los derechos humanos en nombre de la propiedad

burguesa”, en donde aparece con mayor énfasis su crítica a

Locke. En estas páginas he pretendido realizar una primera

aproximación a esta temática. Soy consciente de que el tema es lo

suficientemente apasionante para posibilitar a mi trabajo una

investigación más amplia y profunda. Quizá sirvan estas páginas

como punto de apoyo para este paso. La investigación seguirá un

orden secuencial y lógico.

1. John Locke: premisas fundamentales sobre los derechos individuales

2

Page 3: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

La riqueza del pensamiento filosófico político de John Locke

tiene varias avenidas, pero aquí solamente busco una

aproximación a la idea de los derechos individuales que, me

permita revisar cuál es la importancia que tienen para la

elaboración de los derechos humanos Occidentales; asimismo, los

puntos de discordia que la idea de derecho de este autor clásico

provoca en sus críticos. En ese sentido, se considera que para

hacer justicia a la reflexión político-jurídico de este pensador, hay

que situarse en el espacio y tiempo donde esgrime sus ideas.

Efectivamente, Locke se mueve en un contexto histórico del

debate entre la continuidad de la monarquía absoluta y la

instauración de un gobierno liberal, que en teoría tiene como

bandera la protección de los derechos del individuo. Así, Locke

como partidario de la revolución Whigs defiende los derechos

individuales, entendiendo por estos: el conjunto de aquellos que

gozan los individuos como particulares y que no pueden ser

restringidos por los gobernantes, entre ellos, la vida, la libertad,

la propiedad, la igualdad ante la ley, etc.

Ahora bien, es probable que nuestro lector se pregunte si

para el tiempo que Locke escribe sobre la idea de derechos

individuales existía lo que en la Cultura Occidental llamamos

derechos humanos. Sin embargo, debe tomarse en cuenta que si

por derechos humanos entendemos aquellos que hacen referencia

a lo humano, en Locke está presente esta concepción cuando

sostiene que toda persona tiene el derecho y el deber de la

“autopreservación”, es decir, a los bienes materiales que le

permitan vivir en libertad e igualdad frente a la ley, siendo la vida,

la libertad, la igualdad ante la ley y la propiedad, los derechos

3

Page 4: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

individuales que por excelencia más tarde serán llamados

derechos humanos de primera generación, tomados en cuenta,

tanto por la Declaración de los derechos del hombre y el

ciudadano de 1789, y por la Declaración del buen pueblo de

Virginia de 1776.

Por otra parte, es preciso recordar que desde el momento

que Locke introduce la ley a la naturaleza como una suerte de

código moral único y diáfano para los hombres, es incuestionable

su influencia en la teoría de los derechos humanos. Así, desde la

perspectiva de la ley de la naturaleza, lo fundamental son los

deberes, ya que su mera presencia conlleva aceptar que existen

ciertos fines que el hombre no exige por sí mismo. De eso sigue

que la naturaleza humana posee implícita una norma que obliga a

los hombres a un determinado comportamiento.

Por último, para Locke los derechos que tienen como

fundamento la ley natural, son por regla general inalienables e

irrenunciables, característica que comparte con la concepción

actual de los derechos humanos. A continuación se examinan las

premisas fundamentales de la reflexión lockiana sobre los

derechos naturales.

1.1 Derecho de igualdad

Para Locke este derecho tiene su fundamento en el estado de

naturaleza, el cual concibe como una situación de libertad e

igualdad total, en la que todo poder y jurisdicción son recíprocos y

en donde nadie los disfruta en mayor medida que los demás, por

tanto, ningún hombre está jurídicamente o legalmente por encima 4

Page 5: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

de otro1. Pues los hombres son criaturas de Dios, propiedad de

Dios, y originariamente no son súbditos de ningún hombre. Y

como criaturas de Dios, tienen el deber, el mandamiento de

conservar la vida, es decir, no tienen ningún derecho para

destruirla; esto significa que nadie debe someterse al total

arbitrio de otro, nadie puede convertirse en esclavo de otro

hombre, a menos que el amo y el señor de todas ellas por alguna

declaración manifiesta de su voluntad, ponga unas por encima de

otras, y le confiera, mediante un evidente y claro nombramiento,

un derecho indudable de dominio y soberanía.

El estado de naturaleza tiene una ley que gobierna y que

obliga a todos; y la razón que es esa ley, enseña a toda la

humanidad que quiera consultarla, que siendo todos los hombres

iguales e independientes, ninguno debe dañar a otro en lo que

atañe a su vida, salud, libertad y posesiones2. Esto significa, que

de conformidad al derecho de igualdad todos los hombres tienen

las mismas oportunidades para procurar mediante su trabajo la

obtención de los bienes que les permita existir; asimismo, todos

los hombres tienen el deber de no dañar la vida, salud, libertad y

posesiones de los otros hombres. Ahora, si alguno o algunos

rompen con esta razón común de la ley natural, todos los hombres

tienen el derecho a castigar al agresor.

De lo anterior sigue que esa ley natural no sólo genera una

responsabilidad moral sino también jurídica, por tanto, todos los

individuos tienen el derecho a juzgar y a castigar a alguien que no

respetó los bienes de un miembro de la comunidad. Respecto a la

1 John Locke. (2004) Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil. Alianza Editorial, Madrid. Pág. 36. 2 John Locke, op. cit., pág. 38.

5

Page 6: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

atribución derivada del derecho de igualdad que tienen los

hombres, llamo la atención en lo siguiente: que la postura que

adopta Locke, sobre el derecho que tienen todos los miembros de

la comunidad en el estado de naturaleza a castigar al agresor, lo

retoma más tarde el derecho penal liberal, en el sentido que el

derecho que tiene el Estado a castigar al agresor no lo ejercite de

modo arbitrario, sino en atención a la proporcionalidad entre la

acción y la gravedad de la transgresión3, aunque en el estado de

naturaleza nunca está garantizado que los individuos cumplan

adecuadamente estos preceptos de la razón.

Es importante rescatar que el derecho de igualdad que

describe Locke de acuerdo a la ley fundamental de la naturaleza,

contiene cuatro hipótesis que a pesar de las variantes respectivas

siguen vigentes hasta nuestros días. Estas hipótesis son las

siguientes: a) ningún hombre jurídicamente o legalmente está por

encima de otro; b) todos los hombres tienen derecho a la

autopreservación; c) todos los hombres están obligados a no hacer

daño a la vida, a la salud, a la libertad o a la propiedad de otro y;

d) todos los hombre tienen derecho a castigar al agresor de algún

miembro de la comunidad. Con esta reflexión sobre el derecho de

igualdad, Locke introduce un nuevo concepto al derecho moderno

que más tarde es llevado hasta sus últimas consecuencias con la

universalización de los derechos humanos.

Sin duda, que todo pensador original tiene sus críticos y

Locke no es la excepción. Así, Macpherson le acusa de introducir

dos concepciones de sociedad, una compuesta por hombres

iguales, y otra compuestas por dos clases diferenciadas por su

3 John Locke, op. cit., pág. 39. 6

Page 7: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

nivel de racionalidad: “los que eran industriosos y tenían

propiedades, y los que no lo eran, que en realidad trabajaban,

pero sólo para vivir y no para acumular”4. De esto se sigue la

acusación que Locke justifica la desigualdad no sólo respecto a la

propiedad, sino también en otras muchas cosas. Ahora bien, es

cierto que Locke parte del supuesto de que los hombres, por

naturaleza, son igualmente capaces de gobernarse por sí mismos,

y desde ahí justifica que es el esfuerzo que cada uno realiza para

conservar su vida el que lleva a que con su trabajo incorpore un

excedente a su propiedad, y también a que otros hombres en su

lucha por conservar su vida den su consentimiento para sujetarse

a las directrices de otro en el proceso de producción. En este

contexto, resulta muy riguroso atribuir a la teoría política de

Locke el propósito de perpetuar desigualdades abusivas e

injustas, ya que a raíz del fruto del trabajo el hombre puede

adquirir propiedad y convertirse en industrioso.

Por último, considero que con relación al derecho de

igualdad, Locke como crítico de la monarquía aboga por una

nueva forma de entender y desentrañar el sentido de los derechos

individuales, y en eso es probable que esté la virtud de su aporte a

los derechos humanos. Aunque, es probable que alguien se

pregunte: ¿Existía o no la intención de Locke en elaborar un

método de inversión de derechos humanos con el fin de legitimar

la burguesía imperial? ¿Estaba obligado a prevenir que su

concepción de derechos individuales podía ser llevada hasta las

últimas consecuencias?

4 C. B. Macpherson. (1970) La teoría del individualismo posesivo. Editorial Fontanella, S.A. Barcelona. Pág. 208.

7

Page 8: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

1.2 La libertad natural del hombre como derecho limitado

Para Locke la libertad natural del hombre consiste en ser

libre frente a cualquier poder superior sobre la tierra, y no estar

sometido a la voluntad o a la autoridad legislativa de hombre

alguno, sino adoptar como norma exclusiva la ley de la

naturaleza5. En ese sentido, los seres humanos creados por Dios

viven en un estado de perfecta libertad natural, sin

“subordinación ni sujeción alguna”, y sin estar sometidos a la

voluntad o autoridad legislativa de ningún hombre, no siguiendo

otra regla que aquella que la ley natural dicta.

Sin embargo, el estado de libertad no significa que sea un

estado de absoluta licencia, para que cada uno pueda hacer lo que

le venga en gana, pues el hombre tiene una ley natural que lo

gobierna y que es obligatoria y vinculante para todos. En efecto, si

la libertad no tuviera como límite una ley natural afirmando que

todos los hombres son libres e iguales, perdería su carácter

universal, pues a raíz de la libertad desenfrenada, el resto de la

humanidad seria colocada en una situación de inseguridad y

sumisión a otros, algo que no es posible desde la concepción

lockiana de la libertad humana. Para evitar esto, Locke amplía su

concepto señalando que la libertad consiste: “en que cada uno

puede disponer y ordenar, según le plazca, su persona, sus

5 John Locke, op. cit. pág. 52.8

Page 9: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

acciones, posesiones y su propiedad toda, y además que nadie

puede verse sometido a la arbitraria libertad de otro hombre”6.

Según Locke la ley natural nos enseña a todos, que si los

hombres son iguales e independientes, nadie puede perjudicar a

otro en su vida, libertad, salud o posesiones. En este sentido, la

libertad del hombre consiste en su superioridad frente a cualquier

poder terrenal, pues al estar dotado con facultades iguales no

cabe ningún tipo de subordinación a la voluntad o autoridad

legislativa de otro hombre”7. Ahora bien, este postulado teórico,

Locke lo aplica al estado de naturaleza, ya que cuando se produce

el paso hacia la sociedad civil se vuelve insostenible, obligándole a

justificar como natural la subordinación de una parte del pueblo

por la continua enajenación contractual de su capacidad para

trabajar, la cual según él se produce porque los hombres son

libres de alienar su libertad. Para Locke, esta diferencia de

racionalidad es una consecuencia de esa alienación, no causa de

ella8. Esto significa, que un contrato que produce una relación

jurídica de subordinación no anula la libertad del contratante,

pues la libertad como capacidad del individuo para decidir la clase

de trabajo que realizará para su beneficio personal se expresa en

el consentimiento que otorga.

En consonancia con la anterior, Locke intenta mostrar que

la sociedad civil y el gobierno se basan en el consentimiento de los

hombres para ser miembros de una sociedad política. Es así como

la libertad absoluta del estado de naturaleza resulta

necesariamente restringida por las instituciones jurídicas y

6 John Locke, op. cit. pág. 36 7 Ibídem. pág. 52 8 C.B. Macpherson, op. cit. pág. 211.

9

Page 10: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

políticas, y que éstas sólo pueden justificarse si provienen del

consentimiento de los que se han incorporado a la sociedad,

sometiéndose a un gobierno. Pero este sometimiento no es

arbitrario, ya que los hombres no renuncian a su libertad para

pasar a una condición de servidumbre, sino que cada uno

renuncia a sus poderes legislativo, ejecutivo y judicial para gozar

con más seguridad de su libertad, ya que no puede suponerse que

una criatura racional cambie su condición voluntariamente para

empeorar9.

En suma, para Locke la libertad es el fundamento de todas

las otras cosas. Del mismo modo, aquél que en el estado de

sociedad arrebata la libertad que pertenece a los miembros de esa

sociedad o Estado debe ser considerado como alguien que tiene la

intención de apropiarse de todo lo demás, y debe ser mirado igual

que lo haríamos en el estado de guerra10. Por otra parte, la

libertad considerada como fundamento del resto de derechos, es

llevada por Locke hasta sus últimas consecuencias, identificándola

con el uso del derecho que se asimila a lo correcto, donde la

libertad que tiene el hombre para elegir, el qué y cómo ha de

apropiarse de las cosas, debe realizarse dentro del límite de la ley

de la naturaleza; asimismo, el uso del derecho como correlación

entre derecho y deber en este autor, implica que el hombre tiene

derecho a la libertad de actuar, pero además tiene el deber de no

dañar la libertad del otro. Se trata pues, de un correlato entre la

libertad de actuación y el deber de respetar la libertad del otro.

9 John Locke, op. cit. pág. 138 10 John Locke, op. cit. pág. 47.

10

Page 11: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

1.3 El derecho natural de propiedad: de derecho

limitado a ilimitado

Para los críticos de Locke la propiedad es un término

polisémico: en sentido amplio, significa “vida, libertad y

hacienda”, y en un sentido más restringido, “bienes, el derecho a

heredar, y la capacidad de acumular riquezas”11. Sobre este

punto, Locke en su Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil, hace

la siguiente aclaración: “Por propiedad debe entenderse aquí y en

otros pasajes, la que los hombre tienen tanto en lo que se refiere a

sus personas como a sus bienes”12. En este orden de ideas, Locke

no está dispuesto a atribuir al concepto de propiedad un doble

sentido, ya que de lo contrario no hubiese formulado esta

aclaración.

La propiedad como derecho natural existía en el estado de

naturaleza, es decir, antes de la organización de la sociedad y

ningún poder supremo podía y puede arrebatar al hombre parte

alguna de su propiedad sin su propio consentimiento, ya que los

hombres entran en sociedad para preservar su propiedad13. Esto

implica que para Locke tanto en el estado de naturaleza como en

la sociedad civil, la ley natural del instinto de preservar la vida

que tienen todos los hombres constituye el fundamento del

derecho de propiedad, caracterizándose por ende la propiedad

como un derecho natural.

11 Tomás Várnagny. El pensamiento político de John Locke y el surgimiento del liberalismo. Universidad de Buenos Aires. Pág. 55. 12 John Locke. op. cit. pág. 175.13 Cfr. John Locke. págs. 135, 142, 147, 191, 213.

11

Page 12: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

En efecto, es la necesidad de autopreservar la vida la que

lleva a Locke a fijar límites y alcances a este derecho natural. Así

pues, en el estado de naturaleza aunque todo pertenezca a los

hombres en común, cada hombre es propietario de su propia

persona y del trabajo de sus manos, por tanto, si toma algo y lo

cambia de su estado natural, mezcla su trabajo con él y le añade

algo que le pertenece y lo convierte en propiedad suya14, siempre

que dé esa cosa quede una cantidad suficiente y de la misma

calidad para que lo compartan los demás.

De lo anterior resulta, en primer lugar, que para Locke el

trabajo humano es el fundamento del derecho de propiedad, en

este sentido vale decir, que el único título para poseer algo es el

trabajo, ya que aquello que inicia la propiedad es, precisamente,

el acto de sacar algo del estado en que la naturaleza lo dejó. Por

ello, el trabajo que se tomé en hacerlas salir del estado comunal

en que se encontraban ha fijado en ellas su propiedad, por

ejemplo en palabras de Locke: “Aunque el agua que mana de la

fuente es de todos, sin embargo nadie pondrá en duda que la que

está en la jarra es de aquél que se molestó en llenarla”15. En

segundo lugar, la propiedad no consiste en un derecho ilimitado,

sino en el derecho de cada hombre podrá poseer legítimamente

todo lo que pueda abarcar con su trabajo, ya que la misma ley

natural que le otorga la propiedad, es la que le pone límites a la

misma. Puede apropiarme de todo antes que se malogre, y lo que

supera ese límite supera a la parte que corresponde a una

persona y pertenece a otros. Locke es muy claro y tajante: “la

14 John Locke, op. cit., pág. 56 15 John Locke, op. cit., pág. 58.

12

Page 13: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

medida de la propiedad vendrá fijada por la cantidad de tierra que

un hombre labre, siembre, cuide y cultive”16.

Sin embargo, con la invención del dinero y la tecnología que

preserva la materia prima, el derecho natural de propiedad

limitada desaparece, pues el hombre puede acumular más tierra

de la que necesite para existir. Aunque, se podría argumentar que

de acuerdo a la teoría lockiana de la propiedad, persiste la visión

de la propiedad como derecho natural limitado, ya que ninguna

persona puede adquirir la propiedad de otro sin su consentimiento

o bien dañar su propiedad sin responsabilidad penal alguna, por

tanto, válido argumentar que con el aparecimiento del dinero y el

crecimiento de la población, la tierra se volvió escasa, pero no se

convirtió en un derecho sin límites. Pero, cómo se justifica

entonces la expropiación de las tierras de los pueblos indígenas

de América del Norte, por el simple hecho de negarse a

cambiarlas por dinero. Como se observa el problema es complejo,

ya que para legitimar esta expropiación se recurre al marco

conceptual del estado natural y la ley natural que no es otra que

la libertad contractual, impuesta por la burguesía imperial.

También se podría argumentar que el derecho de propiedad

para Locke tiene un carácter universal e irrenunciable. Universal

porque todos los hombres mediante su trabajo pueden llegar a

poseer propiedades; así, en palabras de este filósofo Dios ha dado

a los hombres el mundo en común para que lo usen, por tanto,

todos los hombres mediante su trabajo tienen la oportunidad de

llegar a ser propietarios. Es irrenunciable, puesto que todo

hombre tiene el deber de preservar su vida y para esto debe

16 John Locke, op. cit., pág. 60. 13

Page 14: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

procurar mediante su trabajo la obtención de los bienes que le

permitan cumplir con el mandato divino de preservar su vida.

En conclusión, el aporte de Locke al derecho de propiedad

es importante a pesar de las críticas formuladas, ya que existe un

esfuerzo teórico para fijarle límites, entre ellos, la libertad del

hombre para decidir el destino de sus bienes. Además, Locke en

ningún momento dice que cualquier hombre tenga derecho a

amasar propiedad sin límite, y menos en perjuicio del

consentimiento de los demás. En cuanto a la acusación de que

Locke justifica el derecho natural de la propiedad desigual, se

debe tomar en cuenta que la propiedad privada

independientemente de las leyes de la sociedad civil no constituye

un hallazgo de Locke, sino que su mérito está en afirmar al menos

en teoría, que el límite de este derecho exige a los hombres no

dañar a otros en sus posesiones.

2. La inversión de los derechos humanos en nombre de

la propiedad privada: Crítica de Franz Hinkelammert

a John Locke

Para Franz Hinkelammert, John Locke elabora el método

mediante el cual disuelve los derechos humanos en nombre

justamente de estos derechos. Este método lo específica para dos

situaciones determinadas de su época: la legitimación del trabajo

forzado en forma de esclavitud, y la legitimación de la

expropiación de los pueblos indígenas de América del Norte por

los conquistadores europeos. 14

Page 15: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

2.1 Estado de naturaleza en Locke y la crítica de Franz

Hinkelammert

En opinión de Locke, el estado de naturaleza es un estado de

igualdad y libertad. Pero, aunque ese estado sea de libertad, no lo

es de licencia17. Ahora bien, para evidenciar la inversión de los

derechos humanos en nombre de la propiedad privada, el filósofo

germano citando a Locke expone:

de la misma manera que cada uno de nosotros está obligado a su propia conservación y a no abandonar voluntariamente el puesto que ocupa, lo está así mismo, cuando no está en juego su propia conservación, a mirar por la de los demás hombres y a no quitarles la vida, a no dañar ésta, ni todo cuanto tiende a la conservación de la vida, de la libertad, de la salud, de los miembros o de los bienes del otro, a menos que se trate de hacer justicia en un culpable. (II: 6)18

De esto deduce la definición del ser humano como

propietario en tres sentidos: de su propia persona, de sus bienes y

de su libertad. Propiedad que debe conservar y defender, pues

según Locke, ese es el fin primordial de la ley de la naturaleza,

que busca la paz y la conservación de todo género humano.

Por consiguiente, el fundamento de la ley de la naturaleza

descansa en el respeto a la integridad física del ser humano y en

el respeto de sus propiedades. Éste presupuesto Locke lo

considera evidente. Por eso según el autor alemán lo despliega en

términos muy breves. Lo que explaya largamente es el derecho

17 Franz Hinkelammert y Ulrich Duchrow. (2003) La vida o el capital. Alternativas a la dictadura global de la propiedad. Editorial Departamento Ecuménico de Investigaciones (DEI), San José, Costa Rica. Pág. 68. 18 Franz Hinkelammert, op. cit. pág. 68.

15

Page 16: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

derivado de esta ley de la naturaleza. Es decir, el derecho de ser

juez sobre esta misma ley. Al respecto indica que la ley de la

naturaleza ha sido puesta en manos de todos los hombres, dentro

de ese estado [natural]; por eso cualquiera tiene el derecho de

castigar a los transgresores de esa ley con un castigo que impida

su violación.

Ahora bien, para Hinkelammert, juez no es nada más la

víctima, sino que todo ser humano puede decidir hacerse juez;

por supuesto también cualquier persona, independientemente de

donde se localice al culpable.

De esa forma, el centro del análisis lockiano lo ocupa la

figura del culpable frente a la cual cada uno es juez, y el culpable

es transformado en un verdadero monstruo”19. Para justificar esta

afirmación, el autor germano recurre a las citas de los numerales

8, 10 y 11 del Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil, y de estas

deduce que se trata de un pensamiento de aniquilamiento, donde

el culpable debe ser tratado como fiera salvaje, pues ha

manifestado que con él ya no rige la ley de la razón. Y al cometer

el crimen ha renunciado a sus derechos humanos20.

A mi juicio, la crítica de Hinkelammert a Locke sobre este

punto es radical, pues va más allá de la idea que en el estado de

naturaleza es común que el ofendido frente a cualquier delito

contra él o su grupo haga justicia de propia mano; sin embargo,

para el autor alemán Locke no está pensando en el castigo que se

debe imponer al delincuente común, sino en el castigo que

merece todo aquél que viole la ley de la naturaleza, que no es otra

19 Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 67. 20 Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 70

16

Page 17: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

cosa que la ley de la burguesía naciente para legitimar la

inversión de los derechos humanos, de libertad a trabajo forzoso y

de propiedad a expropiación de las tierras de los indígenas de

Norte América. En este sentido, el derecho a hacerse justicia

frente al culpable Locke lo justifica del modo siguiente:

“Y así como en el estado de naturaleza un hombre llega a tener poder sobre otro. Pero no se trata de un poder absoluto o arbitrario que permita a un hombre, cuando un criminal ha caído en sus manos, hacer con él lo que le venga dictado por el acalorado apasionamiento o por la imitada extravagancia de su propia voluntad, sino únicamente castigarlo según los dictados de la serena razón y de la conciencia, asignándole penas que sean proporcionales a la transgresión y que sirvan para que el criminal repare el daño que ha hecho y se abstenga de recaer en su ofensa”21.

En definitiva, la crítica de Hinkelammert a Locke consiste en

afirmar que cuando éste habla del estado de naturaleza no se

está refiriendo al pasado, sino al presente, es decir, al enemigo

que pierde sus derechos humanos por resistirse a los designios de

la burguesía imperial. Ahora, el mérito de Locke es el aporte que

realiza al derecho moderno sobre el deber que tiene todo ser

humano a no dañar injustificadamente la vida, la libertad y los

bienes de otro, pues cuando esto sucede a la víctima le asiste el

derecho a reclamar ante las instancias competentes el castigo

penal y la reparación por los daños y perjuicios. Reparación

económica a la que incluso los tribunales en la actualidad

condenan a los Estados violadores de los derechos humanos.

2.2 Estado de guerra: defensa o agresión frente al

género humano21 John Locke. op. cit. pág. 39

17

Page 18: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

Hinkelammert interpreta que el estado de guerra es de

veras el estado principal en el cual la humanidad de Locke se

encuentra. Así, Locke percibe el estado natural como bandera de

lucha. Donde existe un estado natural, hay que civilizarlo en

estado civil o estado político. Donde hay un estado civil, hay que

someterlo a la ley de la naturaleza22. El objetivo es claro, entrar

en conflicto con el mundo entero para que la construcción

conceptual del “estado natural” le posibilite mudar toda

resistencia a la burguesía en una guerra de agresión, en la cual

ésta enarbola los lemas de la paz y la defensa legítima.

De modo que toda resistencia a la ley burguesa por parte del

ser humano, hace que éste sea considerado como malvado,

dañino, a nivel de bestia salvaje levantada frente al género

humano y la razón, y que sea el mismo quien renuncie a sus

propios derechos humanos23. Pero, quién es el género humano y

cuál es la razón. El género humano es la burguesía; y la razón, es

la libertad contractual en nombre de la cual la burguesía

conquista el mundo en una guerra de defensa.

Para fundamentar esta problemática, Hinkelammert cita a

Locke en los apartados 16, 17, 176 y 20 del Segundo Tratado

sobre el Gobierno Civil. Y de estas citas deduce: en primer lugar,

quienes se ponen en estado de guerra para someter sin su

consentimiento a otros, arrebatarles su propiedad y esclavizarlos

son las monarquías absolutas del continente europeo (Ceilán, la

India y los pueblos indígenas de América del Norte); en segundo

22 Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 7123 Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 72.

18

Page 19: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

lugar, los agredidos para Locke son todos aquellos que defienden

el género humano, la ley de la razón que Dios ha puesto en el

corazón humano. Eso sí, son Locke y la burguesía inglesa que

descubren que todo el mundo está alzado contra el género

humano, excepto ellos, quienes lo defienden24.

Se trata pues de un verdadero estado de guerra, porque no

hay juez entre los bandos. Sin embargo, donde no hay juez

entonces cada uno es juez. La guerra decide ahora respecto al

resultado, y esta guerra es la anticipación del último juicio. Esta

referencia al último juicio, el cual es anticipado, es simplemente

una referencia al poder, cuyas decisiones no son y no tiene que

justificarlas frente a nadie, pues el derecho a la guerra se posee a

priori y será necesariamente una guerra justa de defensa del

género humano25.

De esta secuencia Franz Hinkelammert concluye que Locke

por un lado, legitima la guerra de parte de la burguesía para

conquistar el mundo entero y adjudicarse legítimamente todas las

riquezas de éste; y por otro, que es el clásico de la inversión de

los derechos humanos. Inversión por la cual anula los derechos

humanos de todos aquellos que se resisten a la sociedad burguesa

y su lógica26.

A mi opinión, la crítica de Hinkelammert a Locke pone en

evidencia que el objetivo del filósofo inglés no consiste en

elaborar un esquema de derechos humanos, en donde a la base

del derecho natural todos los hombres sean libres e iguales para

ordenar sus acciones y preservar sus posesiones dentro de los

24 Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 73.25 Franz Hinkelammert. Op. cit. pág. 73 26 Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 76

19

Page 20: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

límites de la ley de naturaleza; al contrario su pretensión es que

en nombre de la defensa del derecho “libertad-igualdad

contractual” la burguesía se coloque en guerra con otros pueblos,

para apoderarse legítimamente de sus riquezas y que no parezcan

un robo.

En efecto, este esfuerzo conceptual lo realiza Locke al

afirmar que el derecho de igualdad natural corresponde a todo

hombre, pero el golpe de gracia lo da cuando invierte este

derecho a favor de los principios burgueses. Así pues, el agresor

es quien en defensa de sus derechos se resiste a los designios de

la burguesía imperial, y al hacerlo pierde sus derechos humanos

incluyendo la integridad física que tanto defiende Locke.

Ningún hombre, ninguna sociedad de hombres tiene el poder para renunciar a su propia preservación, ni para entregar los medios de conseguirla poniéndolos bajo el dominio arbitrario y absoluto de otro; y siempre que haya alguien que quiera esclavizar a los hombres de esta manera, éstos tendrán el derecho de conservar aquello a lo que no pueden renunciar ni compartir; y tendrán según esto, el derecho de deshacerse de quienes violen esta fundamental, sagrada e inalterable ley de autopreservación, guiados por la cual entraron en sociedad27.

En apariencia Locke no autoriza a ninguna clase o poder

imperial para esclavizar a la humanidad, sino que elabora un

derecho de libertad para todos los hombres. Tampoco afirma que

donde hay un estado civil hay que someterlo al estado de

naturaleza; al contrario señala que sin el consentimiento del

pueblo, ningún nuevo gobierno podría erigirse; asimismo, que si

por la ambición que ha llenado al mundo, el agresor se pone en

un estado de guerra con otro e injustamente invade sus derechos

no puede jamás, como resultado de esa guerra injusta, tener

derecho alguno sobre el conquistado tampoco podrá estar nadie

27 John Locke. op. cit. pág. 15520

Page 21: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

obligado a cumplir promesas que le han sido arrancadas

ilegalmente mediante intimidación y violencia28. Pero, cuáles son

esos derechos que se invaden y que llevan a considerar injusto el

estado de guerra, son los derechos que la burguesía reconoce

como parte de la ley natural, pues cuando no los reconoce o los

hombres exigen su cumplimiento, se considera de acuerdo al

esquema lockiano que existe un estado de agresión al que la

burguesía debe responder, aplastando los derechos humanos de

pueblos enteros, en nombre de la paz y el orden.

En suma, el acierto de Hinkelammert consiste en descubrir la

inversión de los derechos humanos llevada a cabo por Locke en

nombre de los derechos humanos, y conectar este esquematismo

de inversión con la actual estrategia de globalización. Sin duda,

que este enfoque teórico ilumina un análisis ético-filosófico

comprometido con la defensa y desarrollo de los derechos del ser

humano.

2.3 La legitimación del trabajo forzado por la esclavitud

Franz Hinkelammert señala que la legitimación del trabajo

forzado la deriva Locke de su propio examen del estado de

guerra, y de la argumentación de que el adversario que lucha en

una guerra injusta pierde todos sus derechos humanos, por su

decisión de alzarse en contra del género humano29.

Continúa nuestro autor señalando que Locke inicia con el

derecho humano de no poder ser jamás esclavo de nadie, y

28 John Locke. op. cit. pág. 177-178.

29 Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 77.21

Page 22: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

citándole en el epígrafe 22 del Segundo Tratado sobre el

Gobierno Civil, concluye que: “El ser humano no solamente es

libre, sino que está obligado a serlo. No puede renunciar a su

libertad para tornarse en esclavo de otro. Mas es esta libertad

según Locke la que legitima el trabajo forzoso. Ya que se la puede

perder, si bien nadie puede renunciar a ella30.

Ahora bien, ¿Hace o no justicia el autor germano al marco

conceptual lockiano? A mi juicio, si realizamos un análisis

superficial a la problemática que aborda el filósofo inglés se

puede decir que no, máxime si se tiene como punto de partida la

idea que para Locke el derecho natural de la libertad es derecho y

deber al mismo tiempo. Así pues, todos tienen el derecho de

apropiarse de los bienes que la naturaleza pone para la

autoconservación del hombre, pero esta apropiación no puede

realizarla el hombre a su antojo, sino dentro del marco de la ley

natural. Es ahí donde su libertad le impone el deber de no dañar

la libertad, vida y posesiones de otros, pues si lo hace se pone en

un estado de guerra con el otro, y puede llegar a perder su

libertad. Pero, si revisamos el espacio dentro del cual operan

estos derechos y dejamos por fuera aquellos derechos adquiridos

que no corresponden a ese marco encontramos que el sujeto de

derecho al tratar de recuperarlos o bien al resistirse a perderlos,

para Locke se está colocando a nivel de violador de la ley natural,

y por ende en agresor inicial, al grado que víctima puede llevar a

cabo una guerra justa contra él por haberse levantado contra la

humanidad, a quien una vez hecho cautivo podrá matar, mutilar o

someter a trabajo forzoso para la reparación por los daños y

30 Ibídem, pág. 77 22

Page 23: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

perjuicio en que incurrió en la guerra justa. Como se observa, la

libertad en Locke es libertad a la esclavitud, puesto que el único

espacio para ejercerla es desde la libertad contractual y para la

libertad contractual, por tanto, quien se resiste a esa libertad o no

quiere realizar contratos pierde su vida, integridad, posesiones y

libertad.

En este sentido, Hinkelammert siguiendo el epígrafe 22 del

Segundo Tratado de Locke señala que: “Si el derrotado que ha

emprendido una guerra injusta, pierde toda su humanidad,

entonces el vencedor adquiere un poder absolutamente arbitrario

sobre él. Puede legítimamente matarlo, pero de igual puede

aprovecharse de su trabajo en términos de un trabajo forzado, y

con ello no le causa perjuicio alguno”31. En efecto, esta

posibilidad la justifica Locke desde el poder despótico legítimo,

que es el poder que ejerce el vencedor sobre el agresor que

renunció a su propia vida al ponerse en un estado de guerra

injusto. Así, la legitimación del trabajo forzado la sustituye Locke

por el postulado de la renuncia de derechos del agresor;

postulado que para él es la auténtica condición de la esclavitud.

También señala Hinkelammert que “Locke considera la

esclavitud como legítima más allá de cualquier límite”32. Esta

afirmación es aceptable cuando se trata del mismo agresor,

porque pierde todos sus bienes incluyendo su vida, pero no aplica

respecto a la vida de su esposa, hijos y bienes de estos cuando no

han participado en la agresión. Ciertamente, Locke esgrime al

respecto el siguiente argumento:

31 Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 78.32 Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 80

23

Page 24: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

Como la ley fundamental de la naturaleza dice que ha de procurarse la conservación de todos hasta donde sea posible, a ello sigue que si no hay bienes suficientes para proteger los del vencedor y los de los hijos, quien ya tiene bienes de sobra para mantenerse habrá de ceder algo de su completa indemnización, y dárselo a quienes tienen mayor y más urgente derecho, debido a que están en peligro de perecer si carecen de esos bienes33

Por último, Hinkelammert señala que Locke defiende la

esclavitud en términos más extremos que cualquier escritor

anterior, al afirmar que el pacto social no incluía a los esclavos,

pero en su criterio la ley de naturaleza había condenado de modo

alguno al esclavo al estado en que se hallaba. Posición que

elabora en términos tan extremos, para que cualquier tratamiento

que los conquistadores liberales den a los vencidos, parezca poca

cosa en comparación con lo que legítimamente podrían hacer34.

Sobre punto se podría argumentar que en el segundo Tratado

sobre el Gobierno Civil no existe ninguna afirmación en defensa

sobre el sometimiento a esclavitud de los indígenas de Norte

América por parte de los conquistadores liberales; al contrario se

diría que Locke es tajante en el sentido que ninguna persona debe

renunciar a sus derechos para ponerse bajo el dominio arbitrario

y absoluto de otro, y lo cual era obvio que también contara para

los indígenas por su condición de seres humanos. Sin embargo, el

núcleo central del pensamiento lockiano son sus postulados

teóricos que justifican que todo grupo humano que se encuentra

en estado de naturaleza, la ley natural indica que los bienes

pertenecen en común, por tanto, cualquiera puede para su

autoconservación trabajarlos y apodarse de ellos, y si alguien los

33 John Locke. op. cit. pág. 185

34 Cfr. Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 81.24

Page 25: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

reclama como propios o de la comunidad, la ley de la naturaleza

lo condena a esclavitud, porque ante esta agresión la ley natural

autoriza al propietario a defender sus posesiones, y en el caso que

el agresor resulte vencido, el vencedor posee un poder despótico

para quitarle la vida o para someterlo a esclavitud por el tiempo

que le plazca, pues el cautivo ya no es dueño de su vida y su

libertad. Con esta posición extrema sobre el esclavismo Locke

legitima los actos realizados por los conquistadores liberales

En suma, el acierto de Hinkelammert consiste en poner en

evidencia la inversión del derecho humano de la libertad a

esclavitud y su justificación por Locke según el postulado de la

ley de la naturaleza, a la cual renuncia el agresor, y al hacerlo

renuncia también a sus derechos humanos.

2.4 La acumulación ilimitada de la propiedad a través

del dinero

Para el autor germano, Locke exige un contrato sobre el uso

del dinero que es anterior e independiente al contrato de

constitución de una sociedad civil. Esto por razones obvias, pues

le permite asegurar una mayor cantidad de ventajas posibles,

para los trabajadores racionales en materia de acceso a la

propiedad. Ahora bien, si la propiedad común no puede lograrlo y

el trabajo en el estado natural tampoco, la acumulación va más

allá de eso35.

De lo anterior deduce que Locke construye, por tanto, un

acuerdo común que va más allá de “toda sociedad y de pacto”. Se

35 Cfr. Franz Hinkelammert. op. cit. pág. 8425

Page 26: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

trata del acuerdo referente al uso del dinero y la propiedad

privada, del que se sigue el derecho de la acumulación ilimitada

de la tierra. Para justificar esta afirmación cita a Locke en lo que

sigue: “Por un acuerdo común, los hombres encontraron y

aprobaron una manera de poseer legítimamente y sin daño para

nadie mayores extensiones de tierras de las que cada cual puede

servirse para sí, mediante el arbitrio de recibir oro y plata,

metales que pueden permanecer largo tiempo en manos de los

hombres sin que se eche a perder el excedente”36.

Por último, Hinkelammert encuentra de la lectura de los

epígrafes 45 y 50 del Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil,

que el acuerdo de los habitantes para el empleo del dinero común

une, para Locke, la propiedad privada, el desarrollo superior de

las fuerzas productivas y el afán de acumulación. En ese sentido,

el uso del dinero no es simplemente un medio para un fin, sino un

conjunto de relaciones de producción que contienen en sí una

ética con sus normas correspondientes. Usar el dinero sin aceptar

estas relaciones de producción y esta ética aparece como una

contradicción en sí. En consecuencia, el contrato social, que

constituye de acuerdo con Locke la sociedad civil, es subsidiario

al uso del dinero y sus implicaciones37.

En definitiva, considero que la crítica que sobre este punto

Hinkelammert realiza a Locke es parcialmente válida, ya que es

aceptable la decisión voluntaria de los hombres para aceptar el

uso del dinero en el intercambio mercantil; asimismo, el acuerdo

para organizar una sociedad civil donde el derecho de propiedad

36 Franz Hinkelammert, op. cit. pág. 85

37 Franz Hinkelammert, op. cit. págs. 85-86.26

Page 27: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

sea el eje de rotación de la organización jurídico-político. Pero, es

inaceptable un acuerdo que autorice la acumulación ilimitada de

la propiedad, porque limita la posibilidad de otras personas a

ejercer su derecho irrenunciable a la propiedad, es por ello que la

organización jurídico-política actual reconoce

constitucionalmente la propiedad como un derecho limitado.

3. Algunas reflexiones finales

Frecuentemente unos acusan a John Locke de ser un servidor

de la burguesía, ya que su pensamiento tiene la intención no

solamente de consolidar esta clase en el poder político, sino

también configurar una nueva política imperial. Es probable que

otros piensen que esta crítica lleva hasta las últimas

consecuencias un planteamiento teórico moderado, que las

fuerzas del mercado, la fe en el progreso y la política imperial

corrompieron. En efecto, para el esquema jurídico-político de

Locke, los derechos individuales se poseen por la condición

hombre de hombre natural, no por la pertenencia a una clase

social, y en ese sentido es el trabajo humano el que configura la

propiedad como derecho transferible, pero la libertad y la

igualdad ante la ley conservan la característica de derechos

intransferibles.

Fijado esto tenemos que en la obra de Locke se

identifican al menos los siguientes usos del concepto derecho: (I)

El derecho se asimila a lo correcto. Es decir que para el filósofo

inglés se tiene derecho a hacer aquellas cosas no prohibidas por

27

Page 28: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

la ley de la naturaleza38. Así por ejemplo, de conformidad al

derecho de apropiación los hombres pueden apropiarse

libremente del fruto de su trabajo, por lo tanto, son ellos quienes

eligen el qué y el cómo deben realizar dicha apropiación, pero eso

sí, dentro de los límites de la ley de naturaleza. (II) Locke se

refiere, a su vez, a los derechos como un poder moral que altera

la situación y los derechos y deberes de los otros. Por ejemplo:

cuando reconoce el poder que tienen los hombres de hacer lo que

crean oportuno para la preservación de sí mismos y del resto de

la humanidad. Siguiendo el mismo ejemplo, cuando los hombres

ejercen ese poder y se apropian de un determinado bien están

creando derechos y deberes que antes no existían, puesto que

según la ley natural el que de conformidad con su trabajo se

apropia de un bien adquiere un derecho que el otro está obligado

a respetar. (III) En la mayor parte de los dos ensayos la referencia

a los derechos se realiza como si existiese una correlación directa

con un deber. La correlación entre derechos y deberes se produce

en ambas direcciones como por ejemplo, el deber de caridad se

conecta con el derecho a esa caridad. Lo mismo ocurre con los

deberes y derechos extraídos sobre igual consideración de la

dignidad humana; esto significa aceptar que el deber de igual

consideración se correlaciona con el derecho a recibir dicho

tratamiento.

Ahora bien, el punto central es conocer si Locke descubre y

despliega un esquematismo de inversión de los derechos humano

como afirma Hinkelammert. En mi opinión, la evidencia se

encuentra en el trabajo forzado por esclavitud y en la

38 John Locke. op. cit. pág. 36. 28

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expropiación de las tierras de los pueblos indígenas de América

del Norte, en donde Locke siguiendo su método acerca de que las

víctimas son las culpables y los victimarios los inocentes sustituye

el postulado de la libertad natural por la esclavitud del supuesto

agresor, a fin de justificar la esclavitud del agresor al género

humano. Con esto pone en evidencia la ambigüedad de su marco

categorial, pues muestra la universalidad de los derechos

individuales, y por otra establece excepciones en nombre de los

derechos individuales, ahora derechos del individuo propietario.

Este esquematismo de inversión de los derechos humanos

desarrollado por Locke, lleva a Hinkelammert a considerar que

para recuperar los derechos humanos de la vida hoy, se debe

comenzar por revisar los medios que realicen los derechos

humanos, pues muchas veces contradicen estos derechos. Esta

preocupación lo lleva a criticar despiadadamente el marco

categorial lockiano. Sin embargo, tanto Locke como

Hinkelammert son acérrimos enemigos de la sumisión o sujeción

del hombre a otro, pues ambos son partidarios del amplio margen

de libertad con la que debe contar el hombre en el cúmulo de

acciones que realiza, siempre que no terminen por dañar la

libertad del otro.

También Hinkelammert se distancia de Locke en cuanto al

concepto de propiedad, y por tanto, es partidario de la

reconstrucción de un régimen de propiedad desde abajo, decir, en

la perspectiva de la vida y del bien común. En este sentido, para

superar la pobreza, deudas y esclavitud que crea la propiedad

absoluta, recurre al análisis del surgimiento de la economía de

propiedad en la antigüedad y las alternativas bíblicas. Locke en

29

Page 30: Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamos

cambio es partidario de la propiedad privada, pues considera que

cada individuo tiene el derecho a poseer el fruto de su trabajo, el

cual nadie puede arrebatarle, y sí lo hace se coloca contra él en

un estado de guerra. Además se distancian respecto a la

concepción del sujeto de derecho. Hinkelammert concibe el sujeto

como ser corporal, necesitado y vulnerable; al contrario, Locke

piensa el individuo como un sujeto abstracto reducido al género

humano, a quien se refiere de manera recurrente en su Segundo

Tratado sobre el Gobierno Civil. A pesar de la referencia puntual

a la confrontación de estas dos categorías, en mi opinión, es útil

comprender el marco conceptual en que ambos filósofos se sitúan

ambos filósofos, para dejarse llevar cada uno en su época a

pensar los derechos humanos desde enfoques diferentes.

En definitiva, poniendo en perspectiva lo dicho sobre las

condiciones filosófico-jurídico actuales, la concepción de los

derechos naturales elaborada por John Locke es ineludible a la

hora de abordar la problemática sobre los derechos humanos de

nuestro tiempo, ya que ningún ser humano debe renunciar a los

derechos humanos individuales que forman parte de nuestra

herencia humanista, tampoco debe renunciar a los derechos

humanos de la vida, pues ellos constituyen un estandarte para la

construcción de un mundo en el que quepan todos.

El tiempo dirá si el esfuerzo teórico por complementar

ambos enfoques es la mejor alternativa para la vigencia integral

de los derechos humanos. Recién entonces, las personas

individuales y colectivas tendrán en el marco conceptual que

ilumina la defensa de sus derechos, óptimas condiciones para

avanzar en la exigencia de sus reclamos históricos y conseguir la

30

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vigencia de los derechos humanos, que tantos años de lucha y

entrega le han costado a la humanidad.

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