Conozca Cómo Aplicar El Crédito de Las EPS Contra Los Pagos de Las Aportaciones a ESSALUD

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  • 7/25/2019 Conozca Cmo Aplicar El Crdito de Las EPS Contra Los Pagos de Las Aportaciones a ESSALUD

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    ResumenLas entidades emcoberturas de saltratacin de entidcios propios) o a con Entidades Prpecial respecto dforme tratar acede dichos servici

    Conozca cmo aplicar el cr

    1. IntroduccinLas polticas de gobierno de todo pas enmateria de salud deben estar orientadashacia la unificacin y universalizacin dela cobertura de salud a toda la poblacin.Por ello, con fecha 17 de mayo de 1997,se promulg la Ley N 26790, Ley de Mo-dernizacin de la Seguridad Social, (enadelante la Ley), que cre un nuevo siste-ma de cobertura para toda la poblacin,conformado por el rgimen contributivo

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    (i) y (ii). Respecto a las prestaciones debienestar y promocin social y las presta-ciones econmicas, deben ser otorgadas enforma obligatoria por EsSalud; sin embargo,las EPS tambin podrn ofrecer optativa-mente estas prestaciones dentro del rgimende libre competencia (ver Cuadro N 1).

    5. Crditos contra las aportacio-nes a EsSaludLas entidades empleadoras que otorguencoberturas de salud a sus trabajadores enactividad, mediante servicios propios o a tra-vs de planes o programas de salud contra-tados con EPS, gozan de un crdito equiva-lente al 25% respecto de las aportaciones aEsSalud (9%). Ver casos prcticos 1 y 2.El derecho al crdito se adquiere a partir del trabajador, los

    Preventivas ypromocionales

    - Educacin para la sa- Evaluacin y control

    riesgos

    - Inmunizaciones- Otras actividades

    preventivas ypromocionales

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    20%) quienes soliciten contratar unaEPS, ser necesario el asentimientodel empleador teniendo en cuenta lasnecesidades de la empresa y su pre-supuesto, por cuanto la entidad em-pleadora solo est obligada a contra-tar a EsSalud, mas no necesariamen-te contratar a una EPS.

    (ii) La entidad empleadora debe poner enconocimiento de los trabajadores la in-formacin suministrada por las EPSpostoras con una anticipacin no me-nor de diez (10) das hbiles ni mayorde veinte (20) a la fecha lmite fijadapara la votacin (ver Modelo N 2)

    En los casos ras que cuentde trabajo, la cada uno de etrabajadores qtro. Sin embadora podr, sagrupar a uno

    jo, los que sesolo a efectossu contratacila aplicacin dtaciones a EsCabe precisapermitidos los

    MODELO DE COMUNICACIN A LOS TRABAJADORES DEL PROCESO DE E

    MODELO N 2

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    que en el caso de mora en el pago de di-chos conceptos, la entidad empleadora nopodr hacer uso del crdito contra las apor-taciones a EsSalud (25%).Al respecto, consideramos que el artculodel Reglamento estara vulnerando el prin-cipio constitucional de legalidad al estable-cer limitaciones no contempladas por la Ley.

    Tal ha sido el criterio establecido por el Tri-bunal Fiscal en su Resolucin N 00419-3-2004 (02/03/2004), que es de observanciaobligatoria y segn el cual en el caso deque una entidad empleadora pague en for-ma extempornea la retribucin a la EPS,y en la medida en que la Ley no contemplala prdida del derecho al crdito por estarazn, deber entenderse que una vez efec-tuado el pago de la referida retribucin, la

    Nos consulta, cpara utilizar el craportaciones a Esviembre de 2005?

    Solucin:

    Para una mejor asentamos el registremuneraciones dSe provisiona la viembre de 2005sigue:

    ASIENTO

    ------------------x----62 Cargas del pers

    6211 Remunera

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    Los trabajadores incluidos en la coberturamantendrn su derecho a la cobertura deatenciones de alta complejidad, enferme-dades crnicas y subsidios econmicos acargo de EsSalud.En el caso planteado, el trabajador y sumenor hijo sern hospitalizados en la EPSen el mes de noviembre y su esposa e hija

    (derechohabientes) han sido atendidas enforma ambulatoria, para lo cual deber te-nerse en cuenta los siguientes datos:Datos:

    - Remuneracin fija mensual : S/. 2,050

    - Asignacin familiar : 46

    - Bonificacin al cargo : 380

    - Concepto de atencihijo) 2 ambulatorias (

    Procedimiento papagos asumidos

    - Tasas mximas de csual por hospitalizaccada ambulatoria

    - Ingreso mensual as

    - Dos (2) atencionespor hospitalizacin(10% de S/. 2,476

    - Dos (2) atencionesambulatorias(2% de S/. 2,476 x

    Total a pagar