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Jose María Maya M. CONSENTIMIENTO INFORMADO IDONEO E INFORMADO José María Maya Mejía [email protected] Copyright © Universidad CES. Está prohibida la reproducción y transmisión total o parcial de este material, por cualquier medio o con cualquier propósito, con o sin fines comerciales, sin la autorización escrita de la Universidad CES.

Consentimiento informado. Jose M. Maya. Universidad CES

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Consentimiento informado. Jose M. Maya. Universidad CES

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Jose María Maya M.

CONSENTIMIENTO INFORMADO

IDONEO E INFORMADO

José María Maya Mejía [email protected]

Copyright © Universidad CES. Está prohibida la reproducción y transmisión total o parcial de este material, por cualquier medio o con cualquier propósito, con o sin fines comerciales, sin la autorización escrita de la Universidad CES.

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PRINCIPIOS ÉTICOS BÁSICOS DEBERES PRIMA FACIE

• Respeto por la autonomía

• No maleficencia

• Beneficencia

• Justicia

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BASES PARA UNA BUENA ATENCIÓN EN SALUD

• Capacidad técnico- científica y humana del profesional.

• Consentimiento libre e informado del paciente.

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El consentimiento informado es una manifestación clara de una

sociedad pluralista y secular.

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DEFINICIÓN

Es la aceptación racional de una intervención en salud o la elección entre cursos alternativos posibles, por un paciente, en forma libre, voluntaria y consciente, después de que el profesional le ha informado de la naturaleza de la intervención, con sus riesgos y beneficios, así como de las alternativas posibles.

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FUNCIONES PRIMARIAS

• Promover la autonomía de los individuos.

• Fomentar la racionalidad de las decisiones en salud.

• Proteger a los enfermos y a los sujetos de investigación.

• Actuar más de acuerdo con una mentalidad probabilística más capaz de hacer frente a la incertidumbre.

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CONDICIONES DEL CONSENTIMIENTO IDÓNEO

• Competencia para decidir.

• Información suficiente y clara.

• Comprensión adecuada de la información.

• Libertad para decidir según los propios valores.

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REQUISITO FUNDAMENTAL PARA QUE EXISTA CONSENTIMIENTO

IDÓNEO

COMPETENCIA MENTAL

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UN SUJETO ES COMPETENTE CUANDO

• Tiene habilidad de comprender y comunicar información.

• Posee un conjunto de valores y objetivos

(cosmovisión).

• Tiene habilidad de razonar y deliberar en relación a alternativas.

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INFORMACIÓN

Apoyo al ejercicio de la

autonomía

Medio de manipulación del

paciente

INFORMACIÓN Y TOMA DE DECISIONES

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INFORMACIÓN NECESARIA PARA EL CONSENTIMIENTO

• Descripción de la intervención y sus objetivos.

• Molestias y riesgos más frecuentes o graves.

• Beneficios esperados.

• Alternativas factibles.

• Curso espontáneo del padecimiento.

• Opinión y recomendaciones.

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COMPRENSIÓN

Es necesario estar seguro que el paciente adquirió una impresión realista sobre su propio estado y una valoración adecuada de las alternativas que

se le ofrecen.

No se busca que el pacientes sepa tanto, ni de la misma forma, como el profesional de la salud.

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VOLUNTARIEDAD

• Poder elegir.

• No estar impedido por compromisos anteriores o autoridad justificada.

• Estar exento de coacción.

• No ser manipulado.

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MANIPULACIÓN DEL PACIENTE

• Con la información.

• Con la actitud.

• Psicológica: manejando la culpabilidad del paciente.

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CONSENTIMIENTO IDÓNEO ESCRITO

• No reemplaza el proceso comunicativo.

• Ofrece una garantía adicional al derecho de los pacientes a tomar decisiones.

• Asegura que el paciente dispone de la información mínima.

• Protege legalmente a los profesionales.

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EXCEPCIONES A LA OBLIGATORIEDAD DE OBTENER EL CONSENTIMIENTO

• Urgencia.

• Pacientes incompetentes sin familia.

• Tratamientos exigidos por ley.

• Alternativas de decisión urgente no previstas.

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CASOS ESPECIALES DE CONSENTIMIENTO IDÓNEO

• Consentimiento del anciano.

• Consentimiento del menor de edad.

• Consentimiento del paciente psiquiátrico.

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Llegar a la ancianidad no es sinónimo de pérdida de la autonomía. Es una etapa del proceso de vivir, enmarcada por algunas

limitaciones de orden físico, pero no necesariamente por la ausencia de capacidad

para tomar decisiones.

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Un menor puede dar su consentimiento para

recibir atención médica cuando es capaz de

tomar decisiones racionales.

Siempre debe ser tenido en cuenta.

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Si bien la autonomía no se correlaciona rígidamente

con la edad, podría asumirse que a menores de 6 a

12 años se les tome la opinión como asentimiento y a

los mayores de 12 se les pida el consentimiento una

vez se les entregue información adecuada y adaptada

a su edad.

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PROLONGACIÓN DE LA AUTONOMÍA

• Directrices en caso de incompetencia.

• Subrogación.

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DIRECTRICES EN CASO DE INCOMPETENCIA

El paciente consigna por escrito lo que desea que se le haga, en caso de no estar en condiciones de dar un consentimiento idóneo. Ejemplos: Acta de muerte natural. Orden de no realizar maniobras. Orientaciones sobre tratamiento.

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DIRECTRICES EN CASO DE INCOMPETENCIA

A pesar de los problemas que puedan presentar, ayudan a resolver conflictos éticos que surgen cuando el paciente no tiene capacidad de decisión.

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SUBROGACIÓN EN CASO DE INCOMPETENCIA

El paciente nombra a una persona para que decida las acciones de salud, cuando no tenga competencia para dar el consentimiento.

Es mas flexible que las directrices, pues la persona subrogante puede decidir situaciones, no predecibles con anterioridad.

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UN INTERROGANTE…

¿Es necesario forzar a los pacientes a ser autónomos, o es suficiente con darles la oportunidad de serlo?

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¡GRACIAS!

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