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Departamento de Música Antigua, Pedagogía y Canto CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA MANUEL MASSOTTI LITTEL MURCIA TÍTULO SUPERIOR DE MÚSICA ESPECIALIDAD: PEDAGOGÍA MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA DIDÁCTICA DE LA MÚSICA EN EDUCACIÓN SECUNDARIA II ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2 Curso académico 2019-2020 Murcia, 5 de mayo de 2020

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Departamento de Música Antigua, Pedagogía y Canto

CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA MANUEL MASSOTTI LITTEL

MURCIA

TÍTULO SUPERIOR DE MÚSICA

ESPECIALIDAD: PEDAGOGÍA

MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA

DIDÁCTICA DE LA MÚSICA EN EDUCACIÓN SECUNDARIA II

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

Curso académico 2019-2020

Murcia, 5 de mayo de 2020

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MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA DIDÁCTICA DE LA MÚSICA EN EDUCACIÓN SECUNDARIA II

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

1. Antecedentes

La Orden conjunta de las Consejerías de Salud, de Educación y Cultura y de Empleo, Investigación y Universidades de la Región de Murcia, de 13 de marzo, por la que se adoptan medidas adicionales en relación con la pandemia global de Coronavirus (COVID-19), estableció la suspensión temporal de la actividad educativa presencial en todos los centros, etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza incluidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación con efectos a partir del día 16 de marzo de 2020. Con fecha 13 de marzo de 2020 fueron publicadas las Instrucciones de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia por las que se dictan las normas de organización en los centros educativos de la Región de Murcia durante la suspensión de la actividad lectiva con motivo de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), modificadas por las Instrucciones de 15 de marzo de 2020. Según dichas instrucciones, durante el período de suspensión de las actividades lectivas presenciales, la actividad educativa debía continuar por vía digital. Asimismo, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 decretó, para todo el territorio nacional, en su artículo 9, la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados. Dicho Real Decreto establece que, durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y on-line, siempre que resulte posible. Por último, con fecha de 24 de abril, al amparo de la Orden del Ministerio de Educación y Formación Profesional 361/2020 de 21 de abril por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de flexibilización de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y las enseñanzas de régimen especial, fueron publicadas las Instrucciones de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad de la Región de Murcia para el desarrollo del tercer trimestre del curso escolar 2019-2020 en los centros de enseñanzas de régimen especial ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. Los apartados 2.b) y 2.e) de la tercera de dichas instrucciones establecen, respectivamente, que “la adaptación del proceso de enseñanza-aprendizaje requiere de una adecuación y flexibilización de las programaciones o guías docentes donde se deje constancia no solo de las modificaciones realizadas a nivel metodológico y de los instrumentos de evaluación y, en su caso, también de la selección de contenidos y criterios de evaluación que inicialmente estaban previstos” y que “en el caso de las enseñanzas artísticas superiores, por su condición de estudios superiores incluidos a todos los efectos en el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), mientras se mantenga el cese de las actividades presenciales, se continuará la docencia de forma telemática. Para ello se revisarán y adaptarán las guías docentes publicadas adaptándolas a las competencias básicas imprescindibles que debe adquirir el estudiante, siendo coherentes con la situación de confinamiento

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actual, con el propósito de no perder el curso académico y, a la vez, garantizar la calidad de la docencia y del aprendizaje”. Por otra parte, la instrucción quinta, relativa a las medidas específicas a adoptar en las enseñanzas artísticas superiores, establece en sus apartados 1.b) y 1.c), respectivamente, que "la primera convocatoria de evaluación de todo el alumnado de aquellas asignaturas anuales o del segundo cuatrimestre, se realizará preferiblemente de forma no presencial" y que "la segunda convocatoria de todo el alumnado se realizará en las fechas previstas en el calendario establecido al inicio del curso".

2. Modificación de la guía docente

De acuerdo con el marco normativo referido anteriormente, se especifican a continuación los apartados de la guía docente actualmente vigente de la asignatura “Didáctica de la música en educación secundaria II” que sufren modificaciones ante la nueva situación educativa derivada de las medidas propuestas por las Autoridades como respuesta a la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. No quedan incluidos en este documento aquellos apartados que no se ven modificados, para los que es necesario consultar la guía docente publicada al inicio del curso 2019-2020.

Modificaciones al apartado 4.2 (actividades obligatorias evaluables).

Donde la guía docente original especifica “Actividad 2 – Realización de dos arreglos con pequeña percusión Orff a partir de canciones populares adecuadas para los adolescentes” debe leerse “Actividad 2 – Realización de un arreglo con pequeña percusión Orff a partir de una canción popular adecuada para los adolescentes”.

Por otra parte, donde la guía docente original especifica “Actividad 4 – Preparación y desarrollo de una clase práctica, utilizando los materiales que se consideren oportunos, en base al guión de clase práctica propuesto en la Actividad 3” debe leerse “Actividad 4 – Preparación y desarrollo de una exposición oral, utilizando los materiales que se consideren oportunos, del guión de clase práctica propuesto en la Actividad 3”.

Modificaciones al apartado 6.1 (metodología).

Las actividades educativas vinculadas con esta asignatura se mantendrán por medios telemáticos durante el período que sea requerido por las Autoridades en función de la evolución de la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. Para mantener la docencia de manera telemática se utilizarán los siguientes medios técnicos: - Plataforma de gestión del aprendizaje Schoology, que ha sido empleada como apoyo a la docencia

presencial desde el comienzo del curso y en la que todos los alumnos estaban ya inscritos. - Software de videoconferencia Zoom para las clases telemáticas, que se mantienen en su horario

habitual y sin modificar la periodicidad establecida a principio de curso para las clases presenciales.

Por otra parte, el primer párrafo que puede leerse en el apartado 6.1 de la guía docente original debe quedar redactado de la siguiente manera:

“Esta asignatura es de carácter eminentemente práctico, y los temas que la integran se tratarán siguiendo un modelo de construcción colaborativa de conocimiento: así, jugará un papel esencial la realización de análisis críticos de materiales didácticos, la elaboración de arreglos de piezas populares utilizando el instrumental Orff, la preparación de unidades didácticas y el desarrollo por cada uno de los estudiantes de una exposición oral sobre cómo llevaría a cabo una clase de música destinada a

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uno de los cursos de la ESO. Estas exposiciones estarán siempre seguidas de una discusión sobre la clase proyectada en la que participarán todos los estudiantes, proponiendo sugerencias y realizando una crítica constructiva del desempeño de sus compañeros”.

Modificaciones al apartado 7.1 (criterios de evaluación).

El segundo párrafo que puede leerse en el apartado 7.1 de la guía docente original debe quedar redactado de la siguiente manera:

“La elaboración de una unidad didáctica y la exposición oral de una de las sesiones de la misma constituirán, en este sentido, un elemento fundamental para la valoración del nivel de logro alcanzado por el estudiante. También serán valoradas las destrezas desarrolladas en lo que respecta al análisis crítico de materiales didácticos y a la instrumentación de canciones populares utilizando la plantilla de pequeña percusión Orff. Será, por último, de gran importancia que el discente presente grandes dosis de creatividad en la selección, confección y utilización de recursos y materiales didácticos”.

Modificaciones al apartado 7.2 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación continua). El apartado 7.2 queda sustituido al completo por el siguiente texto1:

Para evaluar el aprendizaje se utilizará el procedimiento de evaluación continua, mediante la valoración de todos los ítems expuestos en el apartado 4.2, así como de la asistencia regular a clase (un número de faltas de asistencia igual o superior al 20% de las clases conllevará la imposibilidad de optar por este tipo de evaluación). A efectos de cálculo del porcentaje de presencialidad, además, cada tres retrasos en la asignatura serán considerados como una falta de asistencia.

La ponderación de los distintos elementos en la calificación final del curso será la siguiente:

Asistencia 5 %

Participación activa en clase 5 %

Realización de la Actividad 1 5 %

Realización de la Actividad 2 10 %

Realización de la Actividad 3 15 %

Realización de la Actividad 4 30 %

Realización de la Actividad 5 30 %

Cada una de las actividades, así como la asistencia y la participación en clase, se calificarán de 0 a 10 puntos. La media ponderada de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes supondrá la calificación final en la asignatura, que deberá ser igual o superior a cinco puntos para considerarse como superada. Para calcular dicha media ponderada, además, será imprescindible haber obtenido una calificación igual o superior a cinco puntos en la Actividad 5, y una calificación no inferior a cuatro puntos en el resto de actividades.

Se establecerá un plazo de entrega para la presentación de cada una de las actividades. Este plazo de entrega será improrrogable en lo que respecta a la convocatoria de junio de la asignatura. Sin embargo, y sólo en el caso de las Actividades 2 (elaboración del arreglo de una pieza para instrumental Orff) y 5 (elaboración de una unidad didáctica), se aceptará la presentación de trabajos

1 Los cambios realizados en este apartado son menores. Se destacan en el texto utilizando el subrayado.

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en la convocatoria de septiembre cuando éstos no hayan sido superados o no hayan sido entregados en el plazo correspondiente. La calificación de los trabajos que hayan sido superados será conservada hasta la convocatoria de septiembre en el caso de que el alumno necesite concurrir a la misma.

De manera lógica, los requisitos citados relativos a los apartados “Participación activa en clase” (siempre y cuando el alumno no haya alcanzado un número de faltas de asistencia igual o superior al 20% del total), “Realización de la Actividad 1” (recopilación y análisis de materiales didácticos), así como “Realización de la Actividad 4” (preparación y desarrollo de una exposición oral sobre el guión de clase práctica), deberán cumplirse durante el progreso del segundo cuatrimestre, por ser eminentemente prácticos y/o requerir la presencia del resto de compañeros del grupo para su realización. Los requisitos relativos al apartado “Realización de la Actividad 3” (elaboración de un guión de clase práctica) también deberán cumplirse durante el desarrollo del segundo cuatrimestre, puesto que esta actividad es imprescindible para poder llevar a cabo la exposición oral sobre el guión de clase práctica. La no entrega en plazo, o la no obtención durante el desarrollo del cuatrimestre de la calificación mínima antes señalada para los apartados citados en este párrafo (cuatro puntos sobre diez), supondrá que el alumno no podrá optar a la evaluación continua, pasando a ser calificado según el supuesto de evaluación final descrito en el apartado 7.3.

Modificaciones al apartado 7.3 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación final). El apartado 7.3 queda sustituido al completo por el siguiente texto2:

Los estudiantes que no hayan cumplido las condiciones especificadas para la evaluación continua, aquéllos que acumulen un número de faltas de asistencia igual o superior al 20% de las clases, así como aquéllos que decidan voluntariamente no optar a la evaluación continua, deberán realizar una serie de tareas de evaluación final. El alumno podrá ser calificado por el supuesto evaluación final en las convocatorias de junio y/o septiembre.

De acuerdo con lo establecido en la normativa anteriormente citada como respuesta a la situación de crisis sanitaria actual, las pruebas de evaluación correspondientes a la convocatoria ordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación final serán realizadas de manera no presencial. Las tareas a realizar en dicha convocatoria ordinaria y el peso relativo de cada una de ellas en la calificación final quedan establecidas a continuación:

TAREA

PONDERACIÓN

EN LA

CALIFICACIÓN

FINAL

Elaboración de una programación didáctica para Música en la ESO, para el curso propuesto por el profesor responsable de la asignatura antes del final del período lectivo en el mes de junio, en el que se respete estrictamente el formato de programación especificado por el docente. La programación didáctica deberá ser entregada digitalmente a través de la plataforma académica Schoology en la fecha señalada por jefatura de estudios para la realización del examen de evaluación final de la asignatura.

25%

2 Los cambios realizados en este apartado son numerosos, por lo que no es posible destacarlos utilizando el

texto subrayado.

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Desarrollo de cuatro unidades didácticas, de cuatro sesiones de duración cada una, ajustándose de manera estricta al formato de unidad propuesto por el profesor responsable de la asignatura, en las que se desarrollen cuatro temas para un curso de Música en ESO concreto determinados por el docente antes del final del período lectivo en el mes de junio. Las unidades didácticas deberán ser entregadas digitalmente a través de la plataforma académica Schoology en la fecha señalada por jefatura de estudios para la realización del examen de evaluación final de la asignatura.

25%

Realización de un examen no presencial por videoconferencia, de una hora de duración, durante la semana del 1 al 5 de junio en una fecha acordada previamente con el docente. Dicho examen consistirá en la exposición de una clase práctica, elegida por sorteo en el momento de la prueba entre las sesiones de las cuatro unidades didácticas entregadas.

25%

Realización de un examen no presencial por videoconferencia, de una hora de duración, durante la semana del 1 al 5 de junio en una fecha acordada previamente con el docente. Dicho examen consistirá en la elaboración de un arreglo para instrumental Orff, adecuado para el alumnado de Música en educación secundaria, de una pieza propuesta por el docente al comienzo de la prueba.

10%

Realización de un examen no presencial por videoconferencia, de una hora de duración, durante la semana del 1 al 5 de junio en una fecha acordada previamente con el docente. Dicho examen consistirá en la realización de un análisis didáctico de un material utilizado para la asignatura de Música en ESO, propuesto por el docente al inicio de la prueba, atendiendo a los siguientes criterios: aspecto externo, organización interna, funcionalidad, relación con la materia, redacción del texto, rigor del contenido, estructuración del contenido, tipos de ejercicios y prácticas, bibliografía, y presencia de anexos.

15%

Para la determinación de los detalles y el formato de las dos primeras tareas (programación y unidades didácticas), el alumnado que tenga que ser calificado según el supuesto de evaluación final en la convocatoria ordinaria de junio deberá contactar ineludiblemente con el profesor responsable de la asignatura durante el desarrollo del segundo cuatrimestre, haciéndolo con antelación suficiente para poder realizar las tareas establecidas dentro de los plazos generales de evaluación marcados en el calendario del centro. Igualmente, el alumnado que deba ser calificado según este supuesto de evaluación en dicha convocatoria deberá comunicar expresamente al profesor, antes del 24 de mayo, su intención de realizar los dos exámenes no presenciales descritos, con el fin de permitir la planificación adecuada de los mismos en la semana del 1 al 5 de junio.

Por otra parte, las pruebas de evaluación correspondientes a la convocatoria extraordinaria de septiembre de la presente asignatura en el supuesto de evaluación final que consistan en exámenes serán realizadas de manera presencial siempre y cuando lo permitan las limitaciones de seguridad sanitaria, manteniéndose el tipo de prueba presencial definida en la guía docente original de la asignatura. Las tareas a realizar en dicha convocatoria extraordinaria y el peso relativo de cada una de ellas en la calificación final quedan establecidas a continuación:

TAREA

PONDERACIÓN

EN LA

CALIFICACIÓN

FINAL

Elaboración de una programación didáctica para Música en la ESO, para el curso propuesto por el profesor responsable de la asignatura antes del final del período lectivo en el mes de junio, en el que se respete estrictamente el formato de programación especificado por el docente. La programación didáctica deberá ser entregada digitalmente a través de la plataforma académica Schoology en la fecha señalada por jefatura de estudios para la realización del examen de evaluación final de la asignatura.

25%

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Desarrollo de cuatro unidades didácticas, de cuatro sesiones de duración cada una, ajustándose de manera estricta al formato de unidad propuesto por el profesor responsable de la asignatura, en las que se desarrollen cuatro temas para un curso de Música en ESO concreto determinados por el docente antes del final del período lectivo en el mes de junio. Las unidades didácticas deberán ser entregadas digitalmente a través de la plataforma académica Schoology en la fecha señalada por jefatura de estudios para la realización del examen de evaluación final de la asignatura.

25%

Realización de una prueba presencial, de una hora de duración en la fecha señalada por jefatura de estudios para el examen de evaluación final de la asignatura, consistente en el desarrollo de una clase práctica, elegida por sorteo en el momento de la prueba entre las sesiones de las cuatro unidades didácticas entregadas. Para llevar a cabo dicha prueba, el alumno deberá contar con la asistencia de diez personas que desempeñen el rol de estudiantes de secundaria en la clase práctica; será responsabilidad del alumno, y no del docente, garantizar la presencia de estos diez voluntarios para poder poner en marcha su clase práctica.

25%

Realización de una prueba presencial, de una hora de duración en la fecha señalada por jefatura de estudios para el examen de evaluación final de la asignatura, en la que el estudiante deberá elaborar un arreglo para instrumental Orff, adecuado para el alumnado de Música en educación secundaria, de una pieza propuesta por el docente al comienzo de la prueba.

10%

Realización de una prueba presencial, de una hora de duración en la fecha señalada por jefatura de estudios para el examen de evaluación final de la asignatura, en la que se realice un análisis didáctico de un material utilizado para la asignatura de Música en ESO, propuesto por el docente al inicio de la prueba, atendiendo a los siguientes criterios: aspecto externo, organización interna, funcionalidad, relación con la materia, redacción del texto, rigor del contenido, estructuración del contenido, tipos de ejercicios y prácticas, bibliografía, y presencia de anexos.

15%

En caso de que en el mes de septiembre tampoco resulte posible realizar pruebas presenciales en condiciones de seguridad sanitaria, se mantendrá para la convocatoria extraordinaria la fórmula de examen no presencial especificado para la convocatoria ordinaria en esta modificación de la guía docente. Para la determinación de los detalles y el formato de las dos primeras tareas (programación y unidades didácticas), el alumnado que tenga que ser calificado según el supuesto de evaluación final en la convocatoria extraordinaria de septiembre deberá contactar ineludiblemente con el profesor responsable de la asignatura antes del final del período lectivo en junio. Igualmente, ya se lleven a cabo exámenes presenciales o no presenciales en dicha convocatoria extraordinaria, el alumnado que deba ser calificado según este supuesto de evaluación final deberá comunicar expresamente al profesor, antes del fin del período lectivo en el mes de junio, su intención de realizar los dos exámenes descritos, con el fin de que puedan planificarse adecuadamente las fechas de los mismos dentro de los períodos de exámenes concretados en el calendario académico del centro.

Cada una de las tareas aquí señaladas tanto para la convocatoria ordinaria como para la extraordinaria, todas de carácter obligatorio, será calificada de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener en todas ellas una calificación mínima de cinco puntos para poder agregar las calificaciones parciales de cada una de acuerdo con la ponderación establecida. Además, para garantizar un adecuado grado de desarrollo de las competencias ligadas a la asignatura así como la consecución de los objetivos del aprendizaje en aquellos casos en que el alumnado no haya podido asistir regularmente a clase (aspecto fundamental en las enseñanzas presenciales reguladas en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior) y/o no haya satisfecho los restantes requisitos para optar a la evaluación continua, para la superación de la misma se deberá obtener una calificación final de 6 (seis) o más puntos sobre diez una vez agregadas todas las calificaciones.

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MURCIA

TÍTULO SUPERIOR DE MÚSICA

ESPECIALIDAD: PEDAGOGÍA

MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA

DIDÁCTICA DE LA MÚSICA PREESCOLAR II ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

Curso académico 2019-2020

Murcia, 5 de mayo de 2020

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MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA DIDÁCTICA DE LA MÚSICA PREESCOLAR II

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

1. Antecedentes

La Orden conjunta de las Consejerías de Salud, de Educación y Cultura y de Empleo, Investigación y Universidades de la Región de Murcia, de 13 de marzo, por la que se adoptan medidas adicionales en relación con la pandemia global de Coronavirus (COVID-19), estableció la suspensión temporal de la actividad educativa presencial en todos los centros, etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza incluidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación con efectos a partir del día 16 de marzo de 2020. Con fecha 13 de marzo de 2020 fueron publicadas las Instrucciones de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia por las que se dictan las normas de organización en los centros educativos de la Región de Murcia durante la suspensión de la actividad lectiva con motivo de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), modificadas por las Instrucciones de 15 de marzo de 2020. Según dichas instrucciones, durante el período de suspensión de las actividades lectivas presenciales, la actividad educativa debía continuar por vía digital. Asimismo, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 decretó, para todo el territorio nacional, en su artículo 9, la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados. Dicho Real Decreto establece que, durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y on-line, siempre que resulte posible. Por último, con fecha de 24 de abril, al amparo de la Orden del Ministerio de Educación y Formación Profesional 361/2020 de 21 de abril por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de flexibilización de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y las enseñanzas de régimen especial, fueron publicadas las Instrucciones de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad de la Región de Murcia para el desarrollo del tercer trimestre del curso escolar 2019-2020 en los centros de enseñanzas de régimen especial ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. Los apartados 2.b) y 2.e) de la tercera de dichas instrucciones establecen, respectivamente, que “la adaptación del proceso de enseñanza-aprendizaje requiere de una adecuación y flexibilización de las programaciones o guías docentes donde se deje constancia no solo de las modificaciones realizadas a nivel metodológico y de los instrumentos de evaluación y, en su caso, también de la selección de contenidos y criterios de evaluación que inicialmente estaban previstos” y que “en el caso de las enseñanzas artísticas superiores, por su condición de estudios superiores incluidos a todos los efectos en el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), mientras se mantenga el cese de las actividades presenciales, se continuará la docencia de forma telemática. Para ello se revisarán y adaptarán las guías docentes publicadas adaptándolas a las competencias básicas imprescindibles que debe adquirir el estudiante, siendo coherentes con la situación de confinamiento actual, con el propósito de no perder el curso académico y, a la vez, garantizar la calidad de la docencia y del aprendizaje”. Por otra parte, la instrucción quinta, relativa a las medidas específicas a adoptar en las

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enseñanzas artísticas superiores, establece en sus apartados 1.b) y 1.c), respectivamente, que "la primera convocatoria de evaluación de todo el alumnado de aquellas asignaturas anuales o del segundo cuatrimestre, se realizará preferiblemente de forma no presencial" y que "la segunda convocatoria de todo el alumnado se realizará en las fechas previstas en el calendario establecido al inicio del curso".

2. Modificación de la guía docente

De acuerdo con el marco normativo referido anteriormente, se especifican a continuación los apartados de la guía docente actualmente vigente de la asignatura “Didáctica de la música preescolar II” que sufren modificaciones ante la nueva situación educativa derivada de las medidas propuestas por las Autoridades como respuesta a la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. No quedan incluidos en este documento aquellos apartados que no se ven modificados, para los que es necesario consultar la guía docente publicada al inicio del curso 2019-2020.

Modificaciones al apartado 4.2 (actividades obligatorias evaluables).

Las actividades 1 y 2 definidas en la guía docente original quedan suprimidas dadas las dificultades actuales para acceder a material editado tanto por la restricción a la movilidad como por la prohibición de apertura de bibliotecas (generalistas y de centros educativos). Dichas actividades no resultan imprescindibles para desarrollar las competencias y alcanzar los resultados de aprendizaje esperados.

Donde la guía docente original especifica “Actividad 4 – Preparación y desarrollo de una clase práctica, utilizando los materiales que se consideren oportunos, en base al guión de clase práctica propuesto en la Actividad 3” debe leerse “Actividad 4 – Preparación y desarrollo de una exposición oral, utilizando los materiales que se consideren oportunos, del guión de clase práctica propuesto en la Actividad 3”.

Modificaciones al apartado 6.1 (metodología).

Las actividades educativas vinculadas con esta asignatura se mantendrán por medios telemáticos durante el período que sea requerido por las Autoridades en función de la evolución de la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. Para mantener la docencia de manera telemática se utilizarán los siguientes medios técnicos: - Plataforma de gestión del aprendizaje Schoology, que ha sido empleada como apoyo a la docencia

presencial desde el comienzo del curso y en la que todos los alumnos estaban ya inscritos. - Software de videoconferencia Zoom para las clases telemáticas, que se mantienen en su horario

habitual y sin modificar la periodicidad establecida a principio de curso para las clases presenciales.

Por otra parte, el primer párrafo que puede leerse en el apartado 6.1 de la guía docente original debe quedar redactado de la siguiente manera:

“Esta asignatura es de carácter eminentemente práctico, y los temas que la integran se tratarán siguiendo un modelo de construcción colaborativa de conocimiento: así, jugará un papel esencial la preparación de unidades didácticas y el desarrollo por cada uno de los estudiantes de una exposición oral sobre cómo llevaría a cabo una clase de música destinada a la etapa preescolar. Estas exposiciones estarán siempre seguidas de una discusión sobre la clase proyectada en la que participarán todos los estudiantes, proponiendo sugerencias y realizando una crítica constructiva del desempeño de sus compañeros”.

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Modificaciones al apartado 7.1 (criterios de evaluación).

El segundo párrafo que puede leerse en el apartado 7.1 de la guía docente original debe quedar redactado de la siguiente manera:

“El conocimiento del marco curricular, la elaboración de una unidad didáctica y la exposición oral de una de las sesiones de la misma constituirán, en este sentido, elementos fundamentales para la valoración del nivel de logro alcanzado por el estudiante. Será, por último, de gran importancia que el discente presente grandes dosis de creatividad en la selección, confección y utilización de recursos y materiales didácticos”.

Modificaciones al apartado 7.2 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación continua). El apartado 7.2 queda sustituido al completo por el siguiente texto:

Para evaluar el aprendizaje se utilizará el procedimiento de evaluación continua, mediante la valoración de todos los ítems expuestos en el apartado 4.2, así como de la asistencia regular a clase (un número de faltas de asistencia igual o superior al 20% de las clases conllevará la imposibilidad de optar por este tipo de evaluación). A efectos de cálculo del porcentaje de presencialidad, además, cada tres retrasos en la asignatura serán considerados como una falta de asistencia.

La ponderación de los distintos elementos en la calificación final del curso será la siguiente:

Asistencia 5 %

Participación activa en clase 10 %

Realización de la Actividad 1 Suprimida

Realización de la Actividad 2 Suprimida

Realización de la Actividad 3 15 %

Realización de la Actividad 4 25 %

Realización de la Actividad 5 45 %

Cada una de las actividades, así como la asistencia y la participación en clase, se calificarán de 0 a 10 puntos. La media ponderada de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes supondrá la calificación final en la asignatura, que deberá ser igual o superior a cinco puntos para considerarse como superada. Para calcular dicha media ponderada, además, será imprescindible haber obtenido una calificación igual o superior a cinco puntos en la Actividad 5, y una calificación no inferior a cuatro puntos en el resto de actividades.

Se establecerá un plazo de entrega para la presentación de cada una de las actividades. Este plazo de entrega será improrrogable en lo que respecta a la convocatoria de junio de la asignatura. Sin embargo, y sólo en el caso de la Actividad 5 (elaboración de una unidad didáctica), se aceptará la presentación del trabajo en la convocatoria de septiembre cuando éste no haya sido superado o no haya sido entregado en el plazo correspondiente. La calificación de los trabajos que hayan sido superados será conservada hasta la convocatoria de septiembre en el caso de que el alumno necesite concurrir a la misma.

De manera lógica, los requisitos citados relativos a los apartados “Participación activa en clase” (siempre y cuando el alumno no haya alcanzado un número de faltas de asistencia igual o superior al 20% del total) así como “Realización de la Actividad 4” (preparación y desarrollo de una exposición oral sobre el guión de clase práctica), deberán cumplirse durante el progreso del

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segundo cuatrimestre, por ser eminentemente prácticos y/o requerir la presencia del resto de compañeros del grupo para su realización. Los requisitos relativos al apartado “Realización de la Actividad 3” (elaboración de un guión de clase práctica) también deberán cumplirse durante el desarrollo del segundo cuatrimestre, puesto que esta actividad es imprescindible para poder llevar a cabo la exposición oral sobre el guión de clase práctica. La no entrega en plazo, o la no obtención durante el desarrollo del cuatrimestre de la calificación mínima antes señalada para los apartados citados en este párrafo (cuatro puntos sobre diez), supondrá que el alumno no podrá optar a la evaluación continua, pasando a ser calificado según el supuesto de evaluación final descrito en el apartado 7.3.

Modificaciones al apartado 7.3 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación final). El apartado 7.3 queda sustituido al completo por el siguiente texto:

Los estudiantes que no hayan cumplido las condiciones especificadas para la evaluación continua, aquéllos que acumulen un número de faltas de asistencia igual o superior al 20% de las clases, así como aquéllos que decidan voluntariamente no optar a la evaluación continua, deberán realizar una serie de tareas de evaluación final. El alumno podrá ser calificado por el supuesto evaluación final en las convocatorias de junio y/o septiembre.

De acuerdo con lo establecido en la normativa anteriormente citada como respuesta a la situación de crisis sanitaria actual, las pruebas de evaluación correspondientes a la convocatoria ordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación final serán realizadas de manera no presencial. Las tareas a realizar en dicha convocatoria ordinaria y el peso relativo de cada una de ellas en la calificación final quedan establecidas a continuación:

TAREA

PONDERACIÓN

EN LA

CALIFICACIÓN

FINAL

Elaboración de una programación didáctica para la materia de Música y movimiento en escuelas de música, para el curso propuesto por el profesor responsable de la asignatura antes del final del período lectivo en el mes de junio, en el que se respete estrictamente el formato de programación especificado por el docente. La programación didáctica deberá ser entregada digitalmente a través de la plataforma académica Schoology en la fecha señalada por jefatura de estudios para la realización del examen de evaluación final de la asignatura.

25%

Desarrollo de cuatro unidades didácticas, de cuatro sesiones de duración cada una, ajustándose de manera estricta al formato de unidad propuesto por el profesor responsable de la asignatura, en las que se desarrollen cuatro temas para un curso de Música y movimiento concreto determinados por el docente antes del final del período lectivo en el mes de junio. Las unidades didácticas deberán ser entregadas digitalmente a través de la plataforma académica Schoology en la fecha señalada por jefatura de estudios para la realización del examen de evaluación final de la asignatura.

25%

Elaboración de un cancionero, ajustándose de manera estricta al formato propuesto por el profesor responsable de la asignatura, en el que estén presentes los contenidos determinados por el docente antes del final del período lectivo en el mes de junio. Dicho cancionero deberá ser entregado digitalmente a través de la plataforma académica Schoology en la fecha señalada por jefatura de estudios para la realización del examen de evaluación final de la asignatura.

10%

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Realización de un examen no presencial por videoconferencia, de una hora de duración, durante la semana del 1 al 5 de junio en una fecha acordada previamente con el docente. Dicho examen consistirá en la exposición de una clase práctica, elegida por sorteo en el momento de la prueba entre las sesiones de las cuatro unidades didácticas entregadas.

25%

Realización de un examen no presencial por videoconferencia, de una hora de duración, durante la semana del 1 al 5 de junio en una fecha acordada previamente con el docente. Dicho examen consistirá en la realización de un análisis didáctico de un material utilizado para la asignatura de Música y movimiento, propuesto por el docente al inicio de la prueba, atendiendo a los siguientes criterios: aspecto externo, organización interna, funcionalidad, relación con la materia, redacción del texto, rigor del contenido, estructuración del contenido, tipos de ejercicios y prácticas, bibliografía, y presencia de anexos.

15%

Para la determinación de los detalles y el formato de las tres primeras tareas (programación, unidades didácticas y cancionero), el alumnado que tenga que ser calificado según el supuesto de evaluación final en la convocatoria ordinaria de junio deberá contactar ineludiblemente con el profesor responsable de la asignatura durante el desarrollo del segundo cuatrimestre, haciéndolo con antelación suficiente para poder realizar las tareas establecidas dentro de los plazos generales de evaluación marcados en el calendario del centro. Igualmente, el alumnado que deba ser calificado según este supuesto de evaluación en dicha convocatoria deberá comunicar expresamente al profesor, antes del 24 de mayo, su intención de realizar los dos exámenes no presenciales descritos, con el fin de permitir la planificación adecuada de los mismos en la semana del 1 al 5 de junio.

Por otra parte, las pruebas de evaluación correspondientes a la convocatoria extraordinaria de septiembre de la presente asignatura en el supuesto de evaluación final que consistan en exámenes serán realizadas de manera presencial siempre y cuando lo permitan las limitaciones de seguridad sanitaria, manteniéndose el tipo de prueba presencial definida en la guía docente original de la asignatura. Las tareas a realizar en dicha convocatoria extraordinaria y el peso relativo de cada una de ellas en la calificación final quedan establecidas a continuación:

TAREA

PONDERACIÓN

EN LA

CALIFICACIÓN

FINAL

Elaboración de una programación didáctica para la materia de Música y movimiento en escuelas de música, para el curso propuesto por el profesor responsable de la asignatura antes del final del período lectivo en el mes de junio, en el que se respete estrictamente el formato de programación especificado por el docente. La programación didáctica deberá ser entregada digitalmente a través de la plataforma académica Schoology en la fecha señalada por jefatura de estudios para la realización del examen de evaluación final de la asignatura.

25%

Desarrollo de cuatro unidades didácticas, de cuatro sesiones de duración cada una, ajustándose de manera estricta al formato de unidad propuesto por el profesor responsable de la asignatura, en las que se desarrollen cuatro temas para un curso de Música y movimiento concreto determinados por el docente antes del final del período lectivo en el mes de junio. Las unidades didácticas deberán ser entregadas digitalmente a través de la plataforma académica Schoology en la fecha señalada por jefatura de estudios para la realización del examen de evaluación final de la asignatura.

25%

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Elaboración de un cancionero, ajustándose de manera estricta al formato propuesto por el profesor responsable de la asignatura, en el que estén presentes los contenidos determinados por el docente antes del final del período lectivo en el mes de junio. Dicho cancionero deberá ser entregado digitalmente a través de la plataforma académica Schoology en la fecha señalada por jefatura de estudios para la realización del examen de evaluación final de la asignatura.

10%

Realización de una prueba presencial, de una hora de duración en la fecha señalada por jefatura de estudios para el examen de evaluación final de la asignatura, consistente en el desarrollo de una clase práctica, elegida por sorteo en el momento de la prueba entre las sesiones de las cuatro unidades didácticas entregadas. Para llevar a cabo dicha prueba, el estudiante deberá contar con la asistencia de diez personas que desempeñen el rol de alumnos de Música y movimiento en la clase práctica; será responsabilidad del estudiante, y no del docente, garantizar la presencia de estos diez voluntarios para poder poner en marcha su clase práctica.

25%

Realización de una prueba presencial, de una hora de duración en la fecha señalada por jefatura de estudios para el examen de evaluación final de la asignatura, en la que se realice un análisis didáctico de un material utilizado para la asignatura de Música y movimiento, propuesto por el docente al inicio de la prueba, atendiendo a los siguientes criterios: aspecto externo, organización interna, funcionalidad, relación con la materia, redacción del texto, rigor del contenido, estructuración del contenido, tipos de ejercicios y prácticas, bibliografía, y presencia de anexos.

15%

En caso de que en el mes de septiembre tampoco resulte posible realizar pruebas presenciales en condiciones de seguridad sanitaria, se mantendrá para la convocatoria extraordinaria la fórmula de examen no presencial especificado para la convocatoria ordinaria en esta modificación de la guía docente. Para la determinación de los detalles y el formato de las tres primeras tareas (programación, unidades didácticas y cancionero), el alumnado que tenga que ser calificado según el supuesto de evaluación final en la convocatoria extraordinaria de septiembre deberá contactar ineludiblemente con el profesor responsable de la asignatura antes del final del período lectivo en junio. Igualmente, ya se lleven a cabo exámenes presenciales o no presenciales en dicha convocatoria extraordinaria, el alumnado que deba ser calificado según este supuesto de evaluación final deberá comunicar expresamente al profesor, antes del fin del período lectivo en el mes de junio, su intención de realizar los dos exámenes descritos, con el fin de que puedan planificarse adecuadamente las fechas de los mismos dentro de los períodos de exámenes concretados en el calendario académico del centro.

Cada una de las tareas aquí señaladas tanto para la convocatoria ordinaria como para la extraordinaria, todas de carácter obligatorio, será calificada de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener en todas ellas una calificación mínima de cinco puntos para poder agregar las calificaciones parciales de cada una de acuerdo con la ponderación establecida. Además, para garantizar un adecuado grado de desarrollo de las competencias ligadas a la asignatura así como la consecución de los objetivos del aprendizaje en aquellos casos en que el alumnado no haya podido asistir regularmente a clase (aspecto fundamental en las enseñanzas presenciales reguladas en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior) y/o no haya satisfecho los restantes requisitos para optar a la evaluación continua, para la superación de la misma se deberá obtener una calificación final de 6 (seis) o más puntos sobre diez una vez agregadas todas las calificaciones.

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CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA MANUEL MASSOTTI LITTEL

MURCIA

TÍTULO SUPERIOR DE MÚSICA

ESPECIALIDAD: PEDAGOGÍA

MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA

FUNDAMENTOS Y MÉTODOS DE LA EDUCACIÓN MUSICAL I

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

Curso académico 2019-2020

Murcia, 5 de mayo de 2020

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MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA FUNDAMENTOS Y MÉTODOS DE LA EDUCACIÓN MUSICAL I

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

1. Antecedentes

La Orden conjunta de las Consejerías de Salud, de Educación y Cultura y de Empleo, Investigación y Universidades de la Región de Murcia, de 13 de marzo, por la que se adoptan medidas adicionales en relación con la pandemia global de Coronavirus (COVID-19), estableció la suspensión temporal de la actividad educativa presencial en todos los centros, etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza incluidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación con efectos a partir del día 16 de marzo de 2020. Con fecha 13 de marzo de 2020 fueron publicadas las Instrucciones de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia por las que se dictan las normas de organización en los centros educativos de la Región de Murcia durante la suspensión de la actividad lectiva con motivo de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), modificadas por las Instrucciones de 15 de marzo de 2020. Según dichas instrucciones, durante el período de suspensión de las actividades lectivas presenciales, la actividad educativa debía continuar por vía digital. Asimismo, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 decretó, para todo el territorio nacional, en su artículo 9, la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados. Dicho Real Decreto establece que, durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y on-line, siempre que resulte posible. Por último, con fecha de 24 de abril, al amparo de la Orden del Ministerio de Educación y Formación Profesional 361/2020 de 21 de abril por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de flexibilización de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y las enseñanzas de régimen especial, fueron publicadas las Instrucciones de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad de la Región de Murcia para el desarrollo del tercer trimestre del curso escolar 2019-2020 en los centros de enseñanzas de régimen especial ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. Los apartados 2.b) y 2.e) de la tercera de dichas instrucciones establecen, respectivamente, que “la adaptación del proceso de enseñanza-aprendizaje requiere de una adecuación y flexibilización de las programaciones o guías docentes donde se deje constancia no solo de las modificaciones realizadas a nivel metodológico y de los instrumentos de evaluación y, en su caso, también de la selección de contenidos y criterios de evaluación que inicialmente estaban previstos” y que “en el caso de las enseñanzas artísticas superiores, por su condición de estudios superiores incluidos a todos los efectos en el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), mientras se mantenga el cese de las actividades presenciales, se continuará la docencia de forma telemática. Para ello se revisarán y adaptarán las guías docentes publicadas adaptándolas a las competencias básicas imprescindibles que debe adquirir el estudiante, siendo coherentes con la situación de confinamiento actual, con el propósito de no perder el curso académico y, a la vez, garantizar la calidad de la docencia y del aprendizaje”. Por otra parte, la instrucción quinta, relativa a las medidas específicas a adoptar en las

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enseñanzas artísticas superiores, establece en sus apartados 1.b) y 1.c), respectivamente, que "la primera convocatoria de evaluación de todo el alumnado de aquellas asignaturas anuales o del segundo cuatrimestre, se realizará preferiblemente de forma no presencial" y que "la segunda convocatoria de todo el alumnado se realizará en las fechas previstas en el calendario establecido al inicio del curso".

2. Modificación de la guía docente

De acuerdo con el marco normativo referido anteriormente, se especifican a continuación los apartados de la guía docente actualmente vigente de la asignatura “Fundamentos y métodos de la educación musical I” que sufren modificaciones ante la nueva situación educativa derivada de las medidas propuestas por las Autoridades como respuesta a la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. No quedan incluidos en este documento aquellos apartados que no se ven modificados, para los que es necesario consultar la guía docente publicada al inicio del curso 2019-2020.

Modificación al apartado 2.1 (presentación y marco normativo)

Queda suprimida la referencia que se hace en la guía docente original a la Pedagogía Diferencial en el cuarto párrafo de este apartado.

Modificaciones al apartado 3.4 (resultados de aprendizaje)

Se pospone el logro del resultado de aprendizaje 4 al nivel II de la asignatura Fundamentos y métodos de la educación musical.

Modificaciones al apartado 4.1 (temario de la asignatura)

Queda suprimido el tema 8 de la asignatura, que será abordado en el nivel II de la asignatura Fundamentos y métodos de la educación musical.

Modificaciones al apartado 4.2 (actividades obligatorias evaluables)

Quedan suprimidas las exposiciones de elementos del temario por parte de los alumnos.

Modificaciones al apartado 6.1 (metodología).

Las actividades educativas vinculadas con esta asignatura se mantendrán por medios telemáticos durante el período que sea requerido por las Autoridades en función de la evolución de la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. Para mantener la docencia de manera telemática se utilizarán los siguientes medios técnicos: - Plataforma de gestión del aprendizaje Schoology, que ha sido empleada como apoyo a la docencia

presencial desde el comienzo del curso y en la que todos los alumnos estaban ya inscritos. - Software de videoconferencia Zoom para las clases telemáticas, que se mantienen en su horario

habitual y sin modificar la periodicidad establecida a principio de curso para las clases presenciales.

De acuerdo con la modificación al apartado 4.2 mencionada anteriormente, queda suprimido el siguiente párrafo en el apartado 6.1 de la guía docente original: “Dos de las clases magistrales serán desarrolladas por los estudiantes, quienes deberán exponer partes del temario que el profesor les asignará con antelación utilizando para ello los recursos que estimen oportunos”.

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Modificaciones al apartado 6.2 (cronograma)

Queda suprimida del cronograma la referencia al tema 8 de la asignatura.

Modificaciones al apartado 7.2 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación continua).

El presente apartado queda modificado en lo relativo al tipo de examen propuesto (el cambio afecta exclusivamente a los exámenes realizados tras el inicio de la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2), a la ponderación de los diferentes ítems que constituyen los elementos a valorar en el supuesto de evaluación continua y a la supresión de las referencias a las exposiciones de elementos del temario por parte de los alumnos, manteniéndose todos los demás aspectos definidos en la guía docente original.

De acuerdo con lo establecido en la normativa anteriormente citada que da respuesta a la situación de crisis sanitaria actual, los exámenes correspondientes a la convocatoria ordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación continua serán realizados de manera no presencial.

Los exámenes a realizar en dicha convocatoria ordinaria, en soporte digital, estarán estructurados en dos partes:

a) preguntas de tipo test con tres alternativas de respuesta. Los contenidos susceptibles de aparecer en dichas preguntas tipo test abarcarán la totalidad de la materia así como de las lecturas y actividades propuestas. El tiempo para responder cada una de las preguntas planteadas estará limitado. Se utilizará la siguiente fórmula que aminora los efectos de los aciertos por azar: [aciertos - (errores/2)]. La consulta de cualquier tipo de material durante esta parte de la prueba está prohibido y será descalificatorio. Está igualmente prohibido el registro por parte del alumno, utilizando cualquier medio analógico o digital, de la prueba realizada o de una parte de ella.

b) preguntas de tipo test con dos alternativas de respuesta (verdadero/falso). Los contenidos susceptibles de aparecer en este segundo tipo de preguntas serán extraídos exclusivamente de la batería de preguntas de desarrollo que se proponían para cada uno de los temas tratados de acuerdo con lo establecido en la guía docente original. El tiempo para responder cada una de las preguntas planteadas estará limitado. Se utilizará la siguiente fórmula que aminora los efectos de los aciertos por azar: [aciertos - errores]. La consulta de cualquier tipo de material durante esta parte de la prueba está prohibido y será descalificatorio. Está igualmente prohibido el registro por parte del alumno, utilizando cualquier medio analógico o digital, de la prueba realizada o de una parte de ella.

Por otra parte, los exámenes correspondientes a la convocatoria extraordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación continua serán realizados de manera presencial siempre y cuando lo permitan las limitaciones de seguridad sanitaria, manteniéndose el tipo de examen definido en la guía docente original de la asignatura. En caso de que en el mes de septiembre tampoco resulte posible realizar exámenes presenciales en condiciones de seguridad sanitaria, se mantendrá para la convocatoria extraordinaria la fórmula de examen no presencial especificado para la convocatoria ordinaria en esta modificación de la guía docente.

En lo que respecta a la ponderación de los diferentes elementos a evaluar para calcular la calificación final del curso, queda modificada como se indica a continuación:

Asistencia 10 %

Participación activa en clase 5 %

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Actividad 1 10 %

Exámenes 75 %

Modificaciones al apartado 7.3 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación final).

El presente apartado queda modificado exclusivamente en lo relativo al tipo de examen propuesto, manteniéndose todos los demás aspectos definidos en la guía docente original.

De acuerdo con lo establecido en la normativa anteriormente citada como respuesta a la situación de crisis sanitaria actual, los exámenes correspondientes a la convocatoria ordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación final serán realizados de manera no presencial.

Los exámenes a realizar en dicha convocatoria ordinaria, en soporte digital, estarán estructurados en dos partes:

a) parte escrita con preguntas de tipo test con tres alternativas de respuesta. Los contenidos susceptibles de aparecer en dichas preguntas tipo test abarcarán la totalidad de la materia así como de las lecturas y actividades propuestas. El tiempo para responder cada una de las preguntas planteadas estará limitado. Se utilizará la siguiente fórmula que aminora los efectos de los aciertos por azar: [aciertos - (errores/2)]. La consulta de cualquier tipo de material durante esta parte de la prueba está prohibido y será descalificatorio. Está igualmente prohibido el registro por parte del alumno, utilizando cualquier medio analógico o digital, de la prueba realizada o de una parte de ella.

b) parte oral con preguntas que versarán sobre la totalidad del temario y sobre los asuntos a los que hacen referencia las lecturas y actividades, no existiendo una batería de preguntas especificadas de antemano susceptibles de aparecer en esta parte del examen. El tiempo para responder cada una de las preguntas planteadas estará limitado, no contándose con tiempo de preparación. La consulta de cualquier tipo de material durante esta parte de la prueba está prohibido y será descalificatorio. Está igualmente prohibido el registro por parte del alumno, utilizando cualquier medio analógico o digital, de la prueba realizada o de una parte de ella.

Por otra parte, los exámenes correspondientes a la convocatoria extraordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación final serán realizados de manera presencial siempre y cuando lo permitan las limitaciones de seguridad sanitaria, manteniéndose el tipo de examen definido en la guía docente original de la asignatura. En caso de que en el mes de septiembre tampoco resulte posible realizar exámenes presenciales en condiciones de seguridad sanitaria, se mantendrá para la convocatoria extraordinaria la fórmula de examen no presencial especificado para la convocatoria ordinaria en esta modificación de la guía docente.

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MURCIA

TÍTULO SUPERIOR DE MÚSICA

ESPECIALIDAD: PEDAGOGÍA

MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA

FUNDAMENTOS Y MÉTODOS DE LA EDUCACIÓN MUSICAL II

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

Curso académico 2019-2020

Murcia, 5 de mayo de 2020

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MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA FUNDAMENTOS Y MÉTODOS DE LA EDUCACIÓN MUSICAL II

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

1. Antecedentes

La Orden conjunta de las Consejerías de Salud, de Educación y Cultura y de Empleo, Investigación y Universidades de la Región de Murcia, de 13 de marzo, por la que se adoptan medidas adicionales en relación con la pandemia global de Coronavirus (COVID-19), estableció la suspensión temporal de la actividad educativa presencial en todos los centros, etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza incluidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación con efectos a partir del día 16 de marzo de 2020. Con fecha 13 de marzo de 2020 fueron publicadas las Instrucciones de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia por las que se dictan las normas de organización en los centros educativos de la Región de Murcia durante la suspensión de la actividad lectiva con motivo de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), modificadas por las Instrucciones de 15 de marzo de 2020. Según dichas instrucciones, durante el período de suspensión de las actividades lectivas presenciales, la actividad educativa debía continuar por vía digital. Asimismo, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 decretó, para todo el territorio nacional, en su artículo 9, la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados. Dicho Real Decreto establece que, durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y on-line, siempre que resulte posible. Por último, con fecha de 24 de abril, al amparo de la Orden del Ministerio de Educación y Formación Profesional 361/2020 de 21 de abril por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de flexibilización de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y las enseñanzas de régimen especial, fueron publicadas las Instrucciones de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad de la Región de Murcia para el desarrollo del tercer trimestre del curso escolar 2019-2020 en los centros de enseñanzas de régimen especial ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. Los apartados 2.b) y 2.e) de la tercera de dichas instrucciones establecen, respectivamente, que “la adaptación del proceso de enseñanza-aprendizaje requiere de una adecuación y flexibilización de las programaciones o guías docentes donde se deje constancia no solo de las modificaciones realizadas a nivel metodológico y de los instrumentos de evaluación y, en su caso, también de la selección de contenidos y criterios de evaluación que inicialmente estaban previstos” y que “en el caso de las enseñanzas artísticas superiores, por su condición de estudios superiores incluidos a todos los efectos en el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), mientras se mantenga el cese de las actividades presenciales, se continuará la docencia de forma telemática. Para ello se revisarán y adaptarán las guías docentes publicadas adaptándolas a las competencias básicas imprescindibles que debe adquirir el estudiante, siendo coherentes con la situación de confinamiento actual, con el propósito de no perder el curso académico y, a la vez, garantizar la calidad de la docencia y del aprendizaje”. Por otra parte, la instrucción quinta, relativa a las medidas específicas a adoptar en las

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enseñanzas artísticas superiores, establece en sus apartados 1.b) y 1.c), respectivamente, que "la primera convocatoria de evaluación de todo el alumnado de aquellas asignaturas anuales o del segundo cuatrimestre, se realizará preferiblemente de forma no presencial" y que "la segunda convocatoria de todo el alumnado se realizará en las fechas previstas en el calendario establecido al inicio del curso".

2. Modificación de la guía docente

De acuerdo con el marco normativo referido anteriormente, se especifican a continuación los apartados de la guía docente actualmente vigente de la asignatura “Fundamentos y métodos de la educación musical II” que sufren modificaciones ante la nueva situación educativa derivada de las medidas propuestas por las Autoridades como respuesta a la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. No quedan incluidos en este documento aquellos apartados que no se ven modificados, para los que es necesario consultar la guía docente publicada al inicio del curso 2019-2020.

Modificaciones al apartado 4.2 (actividades obligatorias evaluables)

En lo que respecta a la sección de intervenciones en clase, donde dice “1. Exposición de elementos del temario previamente encargados por el profesor (dos veces a lo largo del curso)” debe leerse “1. Exposición de elementos del temario previamente encargados por el profesor (una vez a lo largo del curso)”. Por otra parte, la Actividad 1 descrita en el apartado de trabajos queda suprimida al poder realizarse únicamente de manera presencial.

Modificaciones al apartado 6.1 (metodología).

Las actividades educativas vinculadas con esta asignatura se mantendrán por medios telemáticos durante el período que sea requerido por las Autoridades en función de la evolución de la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. Para mantener la docencia de manera telemática se utilizarán los siguientes medios técnicos: - Plataforma de gestión del aprendizaje Schoology, que ha sido empleada como apoyo a la docencia

presencial desde el comienzo del curso y en la que todos los alumnos estaban ya inscritos. - Software de videoconferencia Zoom para las clases telemáticas, que se mantienen en su horario

habitual y sin modificar la periodicidad establecida a principio de curso para las clases presenciales.

Por otra parte, el segundo párrafo de este apartado en la guía docente original debe leerse de la siguiente manera “Una de las clases magistrales será desarrollada por cada estudiante, quien deberá exponer partes del temario que el profesor le asignará con antelación utilizando para ello los recursos que estime oportunos”. En último lugar, queda suprimida de la guía docente original la siguiente afirmación: “De igual modo, los estudiantes deberán realizar los trabajos obligatorios indicados en el apartado 4.2”.

Modificaciones al apartado 7.2 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación continua).

El presente apartado queda modificado en lo relativo al tipo de examen propuesto (el cambio afecta exclusivamente a los exámenes realizados tras el inicio de la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2), a la ponderación de los diferentes ítems que constituyen los elementos a valorar en el supuesto de evaluación continua, a la modificación del número de exposiciones de elementos del

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temario por parte de los alumnos, y a la supresión de la Actividad 1, manteniéndose todos los demás aspectos definidos en la guía docente original.

De acuerdo con lo establecido en la normativa anteriormente citada que da respuesta a la situación de crisis sanitaria actual, los exámenes correspondientes a la convocatoria ordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación continua serán realizados de manera no presencial.

Los exámenes a realizar en dicha convocatoria ordinaria, en soporte digital, estarán estructurados en una parte única, formada por preguntas de tipo test con dos alternativas de respuesta (verdadero/falso). Los contenidos susceptibles de aparecer en dichas preguntas tipo test abarcarán la totalidad de la materia así como de las lecturas y actividades propuestas. El tiempo para responder cada una de las preguntas planteadas estará limitado. Se utilizará la siguiente fórmula que aminora los efectos de los aciertos por azar: [aciertos - errores]. La consulta de cualquier tipo de material durante esta parte de la prueba está prohibido y será descalificatorio. Está igualmente prohibido el registro por parte del alumno, utilizando cualquier medio analógico o digital, de la prueba realizada o de una parte de ella.

Por otra parte, los exámenes correspondientes a la convocatoria extraordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación continua serán realizados de manera presencial siempre y cuando lo permitan las limitaciones de seguridad sanitaria, manteniéndose el tipo de examen definido en la guía docente original de la asignatura. En caso de que en el mes de septiembre tampoco resulte posible realizar exámenes presenciales en condiciones de seguridad sanitaria, se mantendrá para la convocatoria extraordinaria la fórmula de examen no presencial especificado para la convocatoria ordinaria en esta modificación de la guía docente.

En lo concerniente a la Actividad 1 y las exposiciones, donde se especifica en la guía docente original “La entrega de la Actividad 1, así como el desarrollo de las dos clases referidas, son obligatorios: no cumplir este requisito supondrá encontrarse en el supuesto de evaluación final, descrito en el apartado 7.3.” debe leerse “La exposición de elementos del temario definida en el apartado 4.2 es obligatoria: no cumplir este requisito supondrá encontrarse en el supuesto de evaluación final, descrito en el apartado 7.3.”. En lo que respecta a la ponderación de los diferentes elementos a evaluar para calcular la calificación final del curso, queda modificada como se indica a continuación:

Asistencia 5 %

Participación activa en clase 5 %

Exposición de elementos del temario 15 %

Exámenes 75 %

Modificaciones al apartado 7.3 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación final).

El presente apartado queda modificado exclusivamente en lo relativo al tipo de examen propuesto, manteniéndose todos los demás aspectos definidos en la guía docente original.

De acuerdo con lo establecido en la normativa anteriormente citada como respuesta a la situación de crisis sanitaria actual, los exámenes correspondientes a la convocatoria ordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación final serán realizados de manera no presencial.

Los exámenes a realizar en dicha convocatoria ordinaria, en soporte digital, estarán estructurados en una parte única, que consistirá en un examen oral con preguntas que versarán sobre la totalidad del temario y sobre los asuntos a los que hacen referencia las lecturas y actividades, no existiendo una

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batería de preguntas especificadas de antemano susceptibles de aparecer en esta parte del examen. El tiempo para responder cada una de las preguntas planteadas estará limitado, no contándose con tiempo de preparación. La consulta de cualquier tipo de material durante esta parte de la prueba está prohibido y será descalificatorio. Está igualmente prohibido el registro por parte del alumno, utilizando cualquier medio analógico o digital, de la prueba realizada o de una parte de ella.

Por otra parte, los exámenes correspondientes a la convocatoria extraordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación final serán realizados de manera presencial siempre y cuando lo permitan las limitaciones de seguridad sanitaria, manteniéndose el tipo de examen definido en la guía docente original de la asignatura. En caso de que en el mes de septiembre tampoco resulte posible realizar exámenes presenciales en condiciones de seguridad sanitaria, se mantendrá para la convocatoria extraordinaria la fórmula de examen no presencial especificado para la convocatoria ordinaria en esta modificación de la guía docente.

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CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA MANUEL MASSOTTI LITTEL

MURCIA

TÍTULO SUPERIOR DE MÚSICA

ESPECIALIDAD: PEDAGOGÍA

MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA

FUNDAMENTOS Y MÉTODOS DE LA EDUCACIÓN MUSICAL III

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

Curso académico 2019-2020

Murcia, 5 de mayo de 2020

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MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA FUNDAMENTOS Y MÉTODOS DE LA EDUCACIÓN MUSICAL III

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

1. Antecedentes

La Orden conjunta de las Consejerías de Salud, de Educación y Cultura y de Empleo, Investigación y Universidades de la Región de Murcia, de 13 de marzo, por la que se adoptan medidas adicionales en relación con la pandemia global de Coronavirus (COVID-19), estableció la suspensión temporal de la actividad educativa presencial en todos los centros, etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza incluidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación con efectos a partir del día 16 de marzo de 2020. Con fecha 13 de marzo de 2020 fueron publicadas las Instrucciones de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia por las que se dictan las normas de organización en los centros educativos de la Región de Murcia durante la suspensión de la actividad lectiva con motivo de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), modificadas por las Instrucciones de 15 de marzo de 2020. Según dichas instrucciones, durante el período de suspensión de las actividades lectivas presenciales, la actividad educativa debía continuar por vía digital. Asimismo, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 decretó, para todo el territorio nacional, en su artículo 9, la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados. Dicho Real Decreto establece que, durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y on-line, siempre que resulte posible. Por último, con fecha de 24 de abril, al amparo de la Orden del Ministerio de Educación y Formación Profesional 361/2020 de 21 de abril por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de flexibilización de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y las enseñanzas de régimen especial, fueron publicadas las Instrucciones de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad de la Región de Murcia para el desarrollo del tercer trimestre del curso escolar 2019-2020 en los centros de enseñanzas de régimen especial ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. Los apartados 2.b) y 2.e) de la tercera de dichas instrucciones establecen, respectivamente, que “la adaptación del proceso de enseñanza-aprendizaje requiere de una adecuación y flexibilización de las programaciones o guías docentes donde se deje constancia no solo de las modificaciones realizadas a nivel metodológico y de los instrumentos de evaluación y, en su caso, también de la selección de contenidos y criterios de evaluación que inicialmente estaban previstos” y que “en el caso de las enseñanzas artísticas superiores, por su condición de estudios superiores incluidos a todos los efectos en el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), mientras se mantenga el cese de las actividades presenciales, se continuará la docencia de forma telemática. Para ello se revisarán y adaptarán las guías docentes publicadas adaptándolas a las competencias básicas imprescindibles que debe adquirir el estudiante, siendo coherentes con la situación de confinamiento actual, con el propósito de no perder el curso académico y, a la vez, garantizar la calidad de la docencia y del aprendizaje”. Por otra parte, la instrucción quinta, relativa a las medidas específicas a adoptar en las

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enseñanzas artísticas superiores, establece en sus apartados 1.b) y 1.c), respectivamente, que "la primera convocatoria de evaluación de todo el alumnado de aquellas asignaturas anuales o del segundo cuatrimestre, se realizará preferiblemente de forma no presencial" y que "la segunda convocatoria de todo el alumnado se realizará en las fechas previstas en el calendario establecido al inicio del curso".

2. Modificación de la guía docente

De acuerdo con el marco normativo referido anteriormente, se especifican a continuación los apartados de la guía docente actualmente vigente de la asignatura “Fundamentos y métodos de la educación musical III” que sufren modificaciones ante la nueva situación educativa derivada de las medidas propuestas por las Autoridades como respuesta a la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. No quedan incluidos en este documento aquellos apartados que no se ven modificados, para los que es necesario consultar la guía docente publicada al inicio del curso 2019-2020.

Modificaciones al apartado 4.1 (temario de la asignatura)

Los temas 8 y 9 definidos en la guía docente original (respectivamente, “Investigación e innovación en el contexto de los conservatorios de música” y “La investigación-acción como base de la innovación didáctica”) quedan sustituidos por sendos temas con títulos “Tema 8. La investigación cualitativa en educación en los comienzos del siglo XXI” y “Tema 9. Investigación-acción en educación musical”.

Modificaciones al apartado 6.1 (metodología).

Las actividades educativas vinculadas con esta asignatura se mantendrán por medios telemáticos durante el período que sea requerido por las Autoridades en función de la evolución de la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. Para mantener la docencia de manera telemática se utilizarán los siguientes medios técnicos: - Plataforma de gestión del aprendizaje Schoology, que ha sido empleada como apoyo a la docencia

presencial desde el comienzo del curso y en la que todos los alumnos estaban ya inscritos. - Software de videoconferencia Zoom para las clases telemáticas, que se mantienen en su horario

habitual y sin modificar la periodicidad establecida a principio de curso para las clases presenciales. Modificaciones al apartado 6.2 (cronograma).

Quedan sustituidos los títulos de los temas 8 y 9 de acuerdo con la modificación al apartado 4.1 de la guía docente que se ha especificado anteriormente.

Modificaciones al apartado 7.2 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación continua).

El presente apartado queda modificado exclusivamente en lo relativo al tipo de examen propuesto (el cambio afecta únicamente a los exámenes realizados tras el inicio de la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2), manteniéndose todos los demás aspectos definidos en la guía docente original.

De acuerdo con lo establecido en la normativa anteriormente citada que da respuesta a la situación de crisis sanitaria actual, los exámenes correspondientes a la convocatoria ordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación continua serán realizados de manera no presencial.

Los exámenes a realizar en dicha convocatoria ordinaria, en soporte digital, estarán estructurados en una parte única, formada por preguntas de tipo test con dos alternativas de respuesta

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(verdadero/falso). Los contenidos susceptibles de aparecer en dichas preguntas tipo test abarcarán la totalidad de la materia así como de las lecturas y actividades propuestas. El tiempo para responder cada una de las preguntas planteadas estará limitado. Se utilizará la siguiente fórmula que aminora los efectos de los aciertos por azar: [aciertos - errores]. La consulta de cualquier tipo de material durante esta parte de la prueba está prohibido y será descalificatorio. Está igualmente prohibido el registro por parte del alumno, utilizando cualquier medio analógico o digital, de la prueba realizada o de una parte de ella.

Por otra parte, los exámenes correspondientes a la convocatoria extraordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación continua serán realizados de manera presencial siempre y cuando lo permitan las limitaciones de seguridad sanitaria, manteniéndose el tipo de examen definido en la guía docente original de la asignatura. En caso de que en el mes de septiembre tampoco resulte posible realizar exámenes presenciales en condiciones de seguridad sanitaria, se mantendrá para la convocatoria extraordinaria la fórmula de examen no presencial especificado para la convocatoria ordinaria en esta modificación de la guía docente.

Modificaciones al apartado 7.3 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación final).

El presente apartado queda modificado exclusivamente en lo relativo al tipo de examen propuesto, manteniéndose todos los demás aspectos definidos en la guía docente original.

De acuerdo con lo establecido en la normativa anteriormente citada como respuesta a la situación de crisis sanitaria actual, los exámenes correspondientes a la convocatoria ordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación final serán realizados de manera no presencial.

Los exámenes a realizar en dicha convocatoria ordinaria, en soporte digital, estarán estructurados en una parte única, que consistirá en un examen oral con preguntas que versarán sobre la totalidad del temario y sobre los asuntos a los que hacen referencia las lecturas y actividades, no existiendo una batería de preguntas especificadas de antemano susceptibles de aparecer en esta parte del examen. El tiempo para responder cada una de las preguntas planteadas estará limitado, no contándose con tiempo de preparación. La consulta de cualquier tipo de material durante esta parte de la prueba está prohibido y será descalificatorio. Está igualmente prohibido el registro por parte del alumno, utilizando cualquier medio analógico o digital, de la prueba realizada o de una parte de ella.

Por otra parte, los exámenes correspondientes a la convocatoria extraordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación final serán realizados de manera presencial siempre y cuando lo permitan las limitaciones de seguridad sanitaria, manteniéndose el tipo de examen definido en la guía docente original de la asignatura. En caso de que en el mes de septiembre tampoco resulte posible realizar exámenes presenciales en condiciones de seguridad sanitaria, se mantendrá para la convocatoria extraordinaria la fórmula de examen no presencial especificado para la convocatoria ordinaria en esta modificación de la guía docente.

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CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA MANUEL MASSOTTI LITTEL

MURCIA

TÍTULO SUPERIOR DE MÚSICA

ESPECIALIDAD: PEDAGOGÍA

MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA

RECURSOS INFORMÁTICOS EN EL AULA DE MÚSICA

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

Curso académico 2019-2020

Murcia, 5 de mayo de 2020

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MODIFICACIÓN DE LA GUÍA DOCENTE DE LA ASIGNATURA RECURSOS INFORMÁTICOS EN EL AULA DE MÚSICA

ANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR EL SARS-COV-2

1. Antecedentes

La Orden conjunta de las Consejerías de Salud, de Educación y Cultura y de Empleo, Investigación y Universidades de la Región de Murcia, de 13 de marzo, por la que se adoptan medidas adicionales en relación con la pandemia global de Coronavirus (COVID-19), estableció la suspensión temporal de la actividad educativa presencial en todos los centros, etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza incluidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación con efectos a partir del día 16 de marzo de 2020. Con fecha 13 de marzo de 2020 fueron publicadas las Instrucciones de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia por las que se dictan las normas de organización en los centros educativos de la Región de Murcia durante la suspensión de la actividad lectiva con motivo de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), modificadas por las Instrucciones de 15 de marzo de 2020. Según dichas instrucciones, durante el período de suspensión de las actividades lectivas presenciales, la actividad educativa debía continuar por vía digital. Asimismo, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 decretó, para todo el territorio nacional, en su artículo 9, la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados. Dicho Real Decreto establece que, durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y on-line, siempre que resulte posible. Por último, con fecha de 24 de abril, al amparo de la Orden del Ministerio de Educación y Formación Profesional 361/2020 de 21 de abril por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de flexibilización de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y las enseñanzas de régimen especial, fueron publicadas las Instrucciones de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad de la Región de Murcia para el desarrollo del tercer trimestre del curso escolar 2019-2020 en los centros de enseñanzas de régimen especial ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. Los apartados 2.b) y 2.e) de la tercera de dichas instrucciones establecen, respectivamente, que “la adaptación del proceso de enseñanza-aprendizaje requiere de una adecuación y flexibilización de las programaciones o guías docentes donde se deje constancia no solo de las modificaciones realizadas a nivel metodológico y de los instrumentos de evaluación y, en su caso, también de la selección de contenidos y criterios de evaluación que inicialmente estaban previstos” y que “en el caso de las enseñanzas artísticas superiores, por su condición de estudios superiores incluidos a todos los efectos en el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), mientras se mantenga el cese de las actividades presenciales, se continuará la docencia de forma telemática. Para ello se revisarán y adaptarán las guías docentes publicadas adaptándolas a las competencias básicas imprescindibles que debe adquirir el estudiante, siendo coherentes con la situación de confinamiento actual, con el propósito de no perder el curso académico y, a la vez, garantizar la calidad de la docencia y del aprendizaje”. Por otra parte, la instrucción quinta, relativa a las medidas específicas a adoptar en las

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enseñanzas artísticas superiores, establece en sus apartados 1.b) y 1.c), respectivamente, que "la primera convocatoria de evaluación de todo el alumnado de aquellas asignaturas anuales o del segundo cuatrimestre, se realizará preferiblemente de forma no presencial" y que "la segunda convocatoria de todo el alumnado se realizará en las fechas previstas en el calendario establecido al inicio del curso".

2. Modificación de la guía docente

De acuerdo con el marco normativo referido anteriormente, se especifican a continuación los apartados de la guía docente actualmente vigente de la asignatura “Recursos informáticos en el aula de música” que sufren modificaciones ante la nueva situación educativa derivada de las medidas propuestas por las Autoridades como respuesta a la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. No quedan incluidos en este documento aquellos apartados que no se ven modificados, para los que es necesario consultar la guía docente publicada al inicio del curso 2019-2020.

Modificaciones al apartado 6.1 (metodología).

Las actividades educativas vinculadas con esta asignatura se mantendrán por medios telemáticos durante el período que sea requerido por las Autoridades en función de la evolución de la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2. Para mantener la docencia de manera telemática se utilizarán los siguientes medios técnicos: - Plataforma de gestión del aprendizaje Schoology, que ha sido empleada como apoyo a la docencia

presencial desde el comienzo del curso y en la que todos los alumnos estaban ya inscritos. - Software de videoconferencia Zoom para las clases telemáticas, que se mantienen en su horario

habitual y sin modificar la periodicidad establecida a principio de curso para las clases presenciales.

Modificaciones al apartado 7.3 (procedimientos de evaluación y calificación en los supuestos de evaluación final).

El apartado 7.3 queda sustituido al completo por el siguiente texto:

Los estudiantes que no hayan cumplido las condiciones especificadas para la evaluación continua, aquéllos que acumulen un número de faltas de asistencia igual o superior al 20% de las clases, así como aquéllos que decidan voluntariamente no optar a la evaluación continua, deberán realizar un examen de evaluación final, cuya calificación supondrá el 100% de la nota final de la asignatura. El alumno podrá realizar el examen de evaluación final en las convocatorias de junio y/o septiembre. El examen de evaluación final versará sobre la totalidad del temario y sobre los asuntos a los que hacen referencia las lecturas y actividades. Tendrá una duración máxima de tres horas, y estará estructurado en dos partes, cada una de las cuales tendrá una ponderación del 50% en la calificación final de la asignatura: a) La Parte A será de carácter teórico, con una duración máxima de una hora, y con formato de prueba

tipo test con opciones de respuesta múltiple, en la que se utilizará la siguiente fórmula que aminora los efectos de los aciertos por azar: [aciertos - (errores/2)]. El tiempo para responder cada una de las preguntas planteadas estará limitado. La consulta de cualquier tipo de material durante esta parte de la prueba está prohibido y será descalificatorio. Está igualmente prohibido el registro por parte del alumno, utilizando cualquier medio analógico o digital, de la prueba realizada o de una parte de ella;

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b) La Parte B tendrá carácter práctico, con una duración máxima de dos horas, y consistirá en la realización de ejercicios que implicarán el uso de las tecnologías de la información y la comunicación relacionadas con los diferentes bloques temáticos de la asignatura. La consulta de material durante esta parte de la prueba está permitido. No obstante, está prohibido el registro por parte del alumno, utilizando cualquier medio analógico o digital, de la prueba realizada o de una parte de ella.

De acuerdo con lo establecido en la normativa anteriormente citada como respuesta a la situación de crisis sanitaria actual, los exámenes correspondientes a la convocatoria ordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación final serán realizados de manera no presencial. Por lo tanto, el examen en la convocatoria ordinaria de junio de aquellos alumnos que se encuentren en el supuesto de evaluación final se realizará en soporte digital por medios telemáticos. Por otra parte, los exámenes correspondientes a la convocatoria extraordinaria de la presente asignatura en los supuestos de evaluación final serán realizados de manera presencial siempre y cuando lo permitan las limitaciones de seguridad sanitaria. En caso de que en el mes de septiembre tampoco resulte posible realizar exámenes presenciales en condiciones de seguridad sanitaria, se mantendrá para la convocatoria extraordinaria la fórmula de examen no presencial especificado para la convocatoria ordinaria en esta modificación de la guía docente. Cada una de las partes del examen final se calificará de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse una calificación mínima de 5 puntos en cada parte para poder agregar las calificaciones. En lo que respecta a la calificación final del examen, resultado de la media aritmética de las notas de sus dos partes, para garantizar un adecuado grado de desarrollo de las competencias especificadas en esta guía docente, así como la consecución de los resultados de aprendizaje explicitados en la misma, en aquellos casos en que el alumnado no haya podido asistir regularmente a clase (aspecto fundamental en las enseñanzas presenciales reguladas en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior) y/o no haya satisfecho los restantes requisitos para optar a la evaluación continua, se deberá obtener una calificación total de 6 (seis) o más puntos sobre diez para lograr la superación de la asignatura.