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CONSTITUCIÓN DE 1823. DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA 28 DE JULIO DE 1821. CON LA EMANCIPACION SE BUSCO GARANTIZAR: PLENA VIGENCIA DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS CIUDADANOS. CONSOLIDACION DEL ORDENAMIENTO JURIDICO Y POLITICO. RESPETO A LA CONSTITUCION Y LEYES. DECRETO N°146. - PowerPoint PPT Presentation
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CONSTITUCIÓN DE 1823
• DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA 28 DE JULIO DE 1821.
• CON LA EMANCIPACION SE BUSCO GARANTIZAR:
• PLENA VIGENCIA DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS CIUDADANOS.
• CONSOLIDACION DEL ORDENAMIENTO JURIDICO Y POLITICO.
• RESPETO A LA CONSTITUCION Y LEYES
27/12/1821CONGRESO CONSTITUYENTE
SAN MARTINDECRETO
N°146
20/09/1822
SE INSTALO
RENUNCIA
PRESIDENTE: TORIBIO RODRIGUEZ DE NEBDOZASECRETARIO: JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION
PRESIDENTE:FRNCISCO JAVIER DE LUNA PIZARROVICEPRESIDENTE : MANUEL SALAZAR Y BAQUIJANO
PRIMER SECRETARIO: JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRIONSEGUNDO SECRETARIO: FRANCISCO JAVIER MARIATEGUI
BASES DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL
PERU
12/11/1823
CONGRESO CONSTITUYENT
ESAN MARTIN
PRESIDENTE: TORIBIO RODRIGUEZ DE NEBDOZASECRETARIO: JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION
PRESIDENTE: FRANCISCO JAVIER DE LUNA PIZARROVICEPRESIDENTE : MANUEL SALAZAR Y BAQUIJANOPRIMER SECRETARIO: JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRIONSEGUNDO SECRETARIO: FRANCISCO JAVIER MARIATEGUI
CONSTITUCIÓN 1823
1RA SECCIONNACIÓN
2DA SECCIONGOBIERNO
APORTES
3RA SECCIONMEDIO PARA CONSERVAR
EL GOBIERNO
NACION PERUANA
TERRITORIO
RELIGIÓN
ESTADO POLITICO DE LOS PERUANOS
FORMA
PODER ELECTORAL
PODER LEGISLATIVO
FORMACIÓN Y PROMULGACIÓN DE LAS LEYES
PODER EJECUTIVO
MINISTROS DE ESTADO
SENADO CONSERVADOR
PODER JUDICIARIO
RÉGIMEN INTERIOR DE LA REPÚBLICA
PODER MUNICIPAL
HACIENDA PÚBLICA
FUERZA ARMADA
EDUCACIÓN PÚBLICA
OBSERVANCIA DE LA CONSTITUCIÓN
GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
1RA CAPIÍTULO
NACIÓN PERUANA
Todas las provincias del Perú, reunidas en un solo cuerpo forman la Nación Peruana.
Esta es independiente de la Monarquía Española, y de toda dominación extranjera; y no puede ser patrimonio de ninguna persona ni familia.
La soberanía reside esencialmente en la Nación, y su ejercicio en los magistrados, a quienes ha delegado sus poderes.
Si la Nación no conserva o protege los derechos legítimos de todos los individuos que la componen, ataca el pacto social: así como se extrae de la salvaguardia de este pacto cualquiera que viole alguna de las leyes fundamentales.
La nación no tiene facultad para decretar leyes que atentan a los derechos individuales.
2DOCAPIÍTULO
TERRITORIO
El Congreso fijará los límites de la República, de inteligencia con los Estados limítrofes, Verificada la total independencia del Alto y Bajo Perú.
Se divide el territorio en departamentos, los departamentos en provincias, las provincias en distritos y los distritos en parroquias.
3ERCAPIÍTULO
RELIGIÓN
La religión de la República es la Católica, Apostólica, Romana con exclusión del ejercicio de cualquier otra.
Es un deber de la Nación protegerla constantemente, por todos los medios conformes al espíritu del Evangelio, y de cualquier habitante del Estado respetarla inviolablemente.
ESTA SEGUNDA SECCIÓN CONTIENE DIEZ CAPÍTULOS
• Capítulo I. Su forma • Capítulo II. Poder electoral • Capítulo III. Poder Legislativo • Capítulo IV. Formación y
promulgación de las Leyes • Capítulo V. Poder Ejecutivo
• Capítulo VI. Ministros de Estado • Capítulo VII. Senado conservador • Capítulo VIII. Poder judiciario • Capítulo IX. Régimen interior de
la República • Capítulo X. Poder municipal
Los capítulos más importantes
• Ninguno de los tres poderes podrá ejercer jamás ninguna de las atribuciones de los otros dos. Consiste su ejercicio en la administración de los tres poderes, legislativa, ejecutiva y judiciaria, en que quedan divididas las principales funciones del poder nacional. El Gobierno del Perú es popular representativo.
• El Congreso del Perú, en quien reside exclusivamente el ejercicio del Poder Legislativo, se compone de todos los representantes de la nación elegidos por las provincias.
• Habrá tres Ministros de Estado: uno, de Gobierno y Relaciones Exteriores; otro, de Guerra y Marina, y otro, de Hacienda. Los Ministros son el órgano del Gobierno en los departamentos de su dependencia, debiendo firmar las órdenes que emanen de este poder. No se conocen otros Jueces que los establecidos por la Constitución, ni otra forma de Juicios que la ordinaria que determinaren las leyes.
• La elección de estos individuos se hará por colegios electorales de parroquia, renovándose la mitad cada año según el reglamento respectivo.
• Los Alcaldes son los Jueces de paz de su respectiva población. En las poblaciones numerosas ejercerán también este oficio los Regidores.
LOS MEDIOS DE CONSERVAR EL GOBIERNO
DIVIDIDA EN CIN CAPITULOS
Observancia de la Constitución
Garantías constitucionales
Hacienda pública
. Fuerza armada
Educación pública
Hacienda pública todas las rentas y productos que
conforme a la Constitución y a las leyes deban
corresponder al Estado
la fuerza armada de tierra: el ejército de línea, la
milicia cívica y la guardia de policía
Constitución queda sujeta a la ratificación o reforma de un Congreso general
compuesto de los diputados
Por los establecimientos de enseñanza primaria, de ciencias, literatura y artes.
DIVIDIDA EN CIN CAPITULOS
Observancia de la Constitución
Garantías constitucionales
Hacienda pública
. Fuerza armada
Educación pública
APORTES• La Constitución de 1823 de doctrina liberal.• la primera que tuvo el Perú como república
independiente. • la abolición de la esclavitud.• la separación de poderes y su autonomía
entre los mismos