Constitucion de Asociacion Celia Anicama

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    ASAMBLEA GENERAL16 - 04 - 2015

    En su local institucional ubicado en margen izquierda de la carretera Comatrana

    Carhuas Km 5, Distrito, Provincia y Departamento Ica, siendo las5:30pm del da16

    de ABRIL del 2015,a solicitud de todos los moradores fundadores posesionarios

    asistentes quienes se reunieron en un total de13 moradoresposesionarios a fines

    en sus ideales y objetivos con la finalidad defundar y constituir una Asociacin

    Civil y aprobar sus Estatutos Sociales y elegir su primer Consejo Directivo,

    requisito para obtener as la Personera Jurdica Legal y su representacin ante las

    Instituciones Publicas, privadas, Policiales, Judiciales, Nacionales, Superintendenciade Bienes Nacionales.

    1.Dndose inicio a la presente asamblea general porUnanimidadacuerdanaprobar

    para que la presida la presente asamblea general a Don COMBERTTI PEREYRA

    MORALES MARIO y designando como secretaria a Doa MARIA ASTOHUAMAN

    VALENCIA quien procede a manifestar los13asistentesfundadores,1.PABLO

    HUARCAYA LICAS, DNI N 23530277,2.MARIBEL TRIVIOS FALCON DNI N

    42320915, 3.BEATRIZ VALENCIA VILCA DNI N21436184, 4.JOHANA

    ASTOHUAMAN VALENCIA DNI N 41166261,5.YIMMI VILCHEZ HUAMAN DNI

    N43632069,6.HUBER YALLE ALIAGA DNI N 23531450,7.JEAN CARLOS

    HUAMAN HUACHUA DNI N 70480956,8.GUSTAVO YALLE CACERES DNI N

    32897944,9.COMBERTTI PEREYRA MORALES MARIO DNI N21579052,10.

    NELLY RUTH ESTRADA ROJAS DNI N 21557715,11. MARIA ASTOHUAMAN

    VALENCIA DNI N 47681998,12.FANNY BRICEO HERNANDEZ DNI N 21553747,

    13.WUILIAN YALLE CACERES DNI N 21536346,14. TERESA JESS PAREDESPAZ, DNI N 44718128,15. EDELICIA YARASCA PEREZ, DNI N 23531207,16.

    JOSELYN DENISSE VILCA GERONIMO, DNI N 70339015,17. JUNIOR KENYI

    HUARCAYA YARASCA DNI N 76413753,18. MARIA LUZ HUAMANI HUARCAYA, DNI

    N 21536330,19. ESTEFANY YORELA YARASCA HUACHUA, DNI N 48727092,20.

    CARLOS ERNESTO ROSALES ESPINOZA, DNI N 43379064

    Acto seguido el Presidente COMBERTTI PEREYRA MORALES MARIO manifiesta que

    venimos posesionando los terrenos de propiedad de la Municipalidad Provincial de

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    Ica desde el 16-12-2013 y en vista en que somos damnificados desde el terremoto del

    15 de agosto del 2007,y del 30 de Enero del 2012 y no somos atendidos por ninguna

    autoridad, teniendo la inmensa y urgente necesidad de poseer una vivienda digna

    para nuestros menores hijos y adultos mayores, y no contando con la debida

    representacin con la personera jurdica, es por ello que no somos atendidos con

    las peticiones ante la superintendencia Nacional de Bienes Estatales, autoridades

    Regionales, Municipales, Municipalidad Provincial de Ica, COFOPRI Urbano, y

    dems organismos de vivienda de la Regin, por lo que venimos en formalizar la

    representacin legal de nuestra institucin con la finalidad de proveernos de una

    casa propia, con todos sus servicios bsicos necesarios.

    Luego el Sr. presidente manifiesta que los estatutos sociales sern quienes ampliarn

    y delinear los reales objetivos y fines de la asociacin, seguidamente se pone adebate el nombre que se le denominar, la cual luego de las deliberaciones del caso

    por acuerdo unnime se adopt como denominacin social Asociacin

    Asentamiento Humano Celia Anicama Yez- Ica.

    Seguidamente el Sr. COMBERTTI PEREYRA MORALES MARIO manifiesta que

    nuestra asociacin velar porproveerse de una casa propiapara cada uno de las

    familias que fueron damnificados por el terremoto de agosto del 2007, los cuales

    hemos quedado a la intemperie sin apoyo de las instituciones del Gobierno Nacional,

    Regional por lo que con el trabajo mutuo y solidario de los asociados podamosobtener el bienestar de cada una de las familias aqu presentes fundadores.

    Luego la Srta. Secretaria Mara Astohuaman pone de manifiesto el proyecto de los

    estatutos sociales hacindose presente que todos los asociados han tenido con

    anterioridad el proyecto de los indicados estatutos habiendo sido analizado y

    debatido, es por ello que se efecta brevemente las deliberaciones entre los

    concurrentes y por acuerdo unnime todos los asociados presentes aprueban el

    estatuto social, el mismo que nos regir los destinos y finalidades de nuestra

    asociacin y son las que quedan redactados de la siguiente manera:

    ESTATUTOS

    CAPITULO I

    DENOMINACIN, DOMICILIO Y DURACIN

    Art. 1Bajo la denominacin de Asociacin Asentamiento Humano Celia

    Anicama Ynez- ICAqueda constituido en una personera jurdica de derechoprivado conformado por moradores posesionarios, sin fines de lucro, cuyas

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    actividades legalmente se inician desde el momento de su inscripcin en la oficina de

    Registros de Ica, libro de asociaciones.

    Art 2El domicilio de la Asociacin es en el predio ubicado en el margen

    izquierdo en la carretera COMATRANA CARHUAZ km 5 ICA, distrito de ICA,provincia y departamento de ICA.

    Art 3La duracin de laAsociacin Asentamiento Humano Celia Anicama Ynez

    ICAserindefinidainiciando legalmente sus actividades conforme queda inscrita en

    los Registros Pblicos, Registros de Personas Jurdicas, libro de Asociaciones de Ica.

    CAPITULO II

    DE LOS FINES Y OBJETIVOS

    Art. 4Son fines y objetivos de laAsociacin Asentamiento Humano Celia

    Anicama Yez ICAson los siguientes:

    a)Elevar el bienestar de los asociados yproveerse de una vivienda propia

    mediante el trabajo mutuo y comunitario, sin fines de lucro, as como a su familia

    de estos.

    b)Buscar el beneficio colectivo de sus moradores posesionarios en cuanto al

    saneamiento fsico legal de los terrenos que poseemos, dotando de luz, agua,

    desage y todos los servicios bsicos, educativos, sociales, culturales.

    c)Lograr la adjudicacin y/o titulacin de los terrenos que venimos ocupando como

    damnificados desde el terremoto del 15 de agosto del 2007 y dems desastres

    naturales.

    d)Fomentar entre los asociados el espritu solidario de unidad y justicia.

    e)Gestionar ayuda tcnica, jurdica para el planeamiento y ejecucin de las obras

    de edificacin, elctricas y otros por medio de unidades financieras privadas o

    estatales, as como nacionales y extranjeras (ONGS).

    f)Ofrecer servicio eficiente de asentamientos y conservacin de viviendas de sus

    asociados.

    g)Realizar actividades accesorias y complementarias a su objetivo principal, previa

    asamblea general a propuesta del consejo Directivo o de los socios, cuando las

    necesidades as lo justifiquen.

    h)Garantizar, vigilar la integridad territorial de nuestro Asentamiento Humano.

    i)Buscar la erradicacin de inconductas en la comunidad.

    j)Velar el cumplimiento del presente estatuto.

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    k)Para el cumplimiento de los fines y objetivos de la Asociacin, poder realizar,

    suscribir contratos y convenios con entidades pblicas y/o privadas, ONG,

    Nacionales y Extranjeras.

    CAPITULO III

    BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO

    Art. 5Son bienes que integran el patrimonio.

    a)El capital social integrado por losderechos de inscripcinque acuerde la

    asamblea general.

    b)Las cuotas ordinarias y extraordinariasque acuerda la asamblea general, las

    cuotas ordinarias son de carcter mensual, las mismas cubrirn los gastosadministrativos en general, las cuotas extraordinarias para los proyectos que

    requiera la asociacin, financiamiento de proyectos, ejecucin de la habilitacin

    etc.

    c)Donaciones y provenientes de Instituciones publicas o privadas, personas

    naturales y/o jurdicas con el fin que persigue la asociacin.

    d)La capitalizacin de los intereses que generan los fondos depsitos en entidades

    financieras y/o Bancarias.

    e)El patrimonio de la asociacin esta constituida por el valor de sus bienes,

    muebles e inmuebles, adquiridos a ttulo oneroso o a ttulo gratuito deducido al

    pasivo de conformidad con su balance general, este patrimonio social no

    pertenece a los asociados en particular sino a la asociacin.

    CAPITULO IV

    DE LOS ORGANOS DE ADMINISTRACIONArt. 6Ladireccin, administracin control y representacin de la asociacin

    estn a cargo de;

    a) Asamblea General de asociados

    b) El consejo Directivo

    Art. 7.-La personera legal de la Asociacin la ejerce el Consejo Directivo,es el

    rgano de gobierno administrativo y ejecutor de los acuerdos de la Asamblea General,

    en la persona de su Presidente, por impedimento de este ser asumida por elVicepresidente. La representacin legal del Presidente la realizar ante las

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    autoridades pblicas, privadas, municipales de Ica, Poder Judicial, Ministerio de

    Vivienda, Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y dems personas

    naturales o jurdicas que estn relacionadas con la titulacin de los terrenos que

    llevamos posesionando.

    Art. 8La Asociacin funciona conforme a sus estatutos sociales, acuerdos de

    asambleas generales ordinarios y extraordinarios, acuerdo de consejo directivo y las

    leyes vigentes al respecto.

    Art. 9. La Asamblea general de asociados constituye el rgano supremo de laasociacin y sus acuerdos adoptados con las formalidades prescritas por esteestatuto, la ley y el Cdigo Civil, los acuerdos tienen el carcter de obligatorio para

    todos los asociados, inclusive para los disidentes y para los que no hubieranparticipado en la reunin.

    Art. 10.- LA CONVOCATORIA.-La Asamblea General Ordinaria y

    Extraordinaria es convocada por el Consejo Directivo de la Asociacin en

    los casos previstos en el estatuto, cuando lo acuerde dicho consejo

    directivo por estimarlo conveniente a los intereses de la asociacin o

    cuando lo soliciten no menos de la dcima parte de los asociados

    hbiles. Si la solicitud de estos no es atendida dentro de los 15 das de

    haber sido presentada o denegada, la convocatoria es hecha por el Juezde primera instancia del domicilio de la Asociacin.

    No obstante lo antes estipulado, la Asamblea se entender convocada y

    quedar vlidamente constituida siempre que estn presentes la totalidad

    de asociados hbiles y estos acepten por unanimidad la celebracin de la

    asamblea y los asuntos a tratar.

    Art. 11.- Las asambleas de asociados se realizaran en la sede del localcomunal de la asociacin o lugar previamente establecido. Salvo que sea

    en otro lugar y se encontraran presente todos los asociados hbiles que

    representen el 100% de asociados.LaAsamblea General Ordinariase

    reunirn cada ao, dentro de 280 das siguientes a la terminacin del

    ejercicio anual, con una anticipacin no menos de 10 das (Diez das).

    LaAsamblea General Extraordinariase reunirn con 03 das (03) de

    anticipacin y se realizaran cuantas veces sean necesarias y/o cuando

    los convoque el consejo directivo por estimarlo conveniente a los

    intereses de la asociacin, por haberlo solicitado no menos de la dcima

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    parte de los asociados y que expresen en la solicitud los asuntos a tratar

    en la asamblea, en cuyo caso esta deber ser convocada dentro de los 15

    das siguientes a la recepcin de a solicitud.

    Art. 12.- Desde el da de la publicacin de la convocatoria, motiva losdocumentos, mociones relacionadas con el objeto de la asamblea, estn adisposicin de los asociados en las oficinas de la asociacin. Los sociospodrn solicitar antes de la asamblea o durante su celebracin losinformes que estimen necesario, los que sern proporcionados por elconsejo directivo.

    Art. 13.-Tienenderecho de asistir a la asamblea generallos asociadostitulares inscritos en el libro actualizados de padrn de asociados de la

    asociacin.

    Art. 14.-Los asociados que se encuentren impedidos de asistir a la asamblea

    general podrn hacerse representar por su cnyuge o un familiar mediante una

    simple carta poder con firma legalizada con las facultades especficas al

    apoderado para dicha asamblea. Por escritura pblica el poder tendr validez para

    representar el otorgante en cualquier reunin. Los poderes deben ser registrados ante

    la asociacin con una anticipacin no menos de 24 horas a la hora fijada para la

    celebracin de la asamblea general.Art. 15.-Qurumpara la validez de las reuniones de asamblea general se requiere

    enprimera convocatoria la "concurrencia de mas de la mitad de los asociados

    habilitados.Ensegunda convocatoria basta la presencia de cualquier nmero de

    asociados habilitados.Los acuerdos se adoptan con el voto de ms de la mitad de

    los asociados concurrentes habilitados. Se exceptan de la presente disposicin

    aquellos acuerdos que requieran dequrum calificadocuando se refiera a la

    modificacin del estatutoy/o para disolver la asociacin.

    Art. 16.-Es competencia de la asamblea general ordinariasde asociados.

    a. Examen de la gestin social y los resultados del ejercicio anterior.

    b. Designar las autoridades externas, cuando corresponda y resolver sobre los dems

    asuntos que le sean propios.

    c. El da de aniversario de la asociacin.

    Art. 17.-Es competencia de laasamblea general extraordinariade asociados:

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    a. Elegir a los miembros del consejo directivo remover y designar a sus

    reemplazantes as como elegir al comit electoral.

    b. Modificar el estatuto social.

    c. Resolver sobre la disolucin de la asociacin

    d.Aprobar o desaprobar la admisin de exclusin o renuncia de asociados = = = = = =

    e. Sancionar a los asociados, previo dictamen de la asamblea general. =

    f. Resolver en el caso en que la ley o el estatuto disponga su intervencin

    en cualquier otro que requiera el inters social.

    Art. 18.- Las sesiones de asambleas generales de asociados y los

    acuerdos adoptados en ellas constaran en un libro de actas aperturada

    por notario, legalizado conforme a ley en hojas sueltas o en cualquier

    otras forma que permite la ley se expresar un resumen de lo acontecido

    en la reunin deber constar quien la preside quien acta como

    secretario que conste el lugar, fecha y hora en que se realiza, indicando

    si se celebra en primera o segunda convocatoria. El qurum o relacin de

    socios asistentes la forma de convocatoria, la forma y resultado de las

    votaciones y los acuerdos adoptados.

    Art. 19.- Los acuerdos de las Asambleas Generales que; seaninscribibles en el Registro correspondiente de asociaciones, deben

    presentarse al Registro, bajo responsabilidad del consejo directivo.

    CAPITULO V

    DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO

    Art. 20.- El consejo directivo de la asociacin es el organismo de gobierno

    administrador y ejecutor, Y estar conformado por(06)seis miembros hbilesde

    asociados quienes responden solidariamente ante la asociacin, los asociados y

    terceros por los daos y perjuicios que ocasione por el incumplimiento de sus

    obligaciones, dolo, abuso de facultades y negligencia grave siendo los siguientes

    cargos: = = = = = =

    1Presidente.

    2 Vice Presidente

    3. Secretario de actas

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    4. Secretario de Economa

    5. Fiscal

    6. Vocal

    Debiendo ser elegidos en asamblea general extraordinaria, siendo su mandato

    por el perodo de dos (2) aos. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    Art. 21.- Las sesionesordinariasdel consejo directivo sern convocadas por el

    presidentedel consejo cuanto menosuna vez al mes.

    Art. 22.- Las sesionesextraordinariasde Consejo Directivo sern convocadas por el

    presidente cuando el lo determine o cuando lo solicite por escritopor lo menos

    cuatro de sus miembros del consejo directivo siendo su Qurum de cuatromiembros asistentes.

    Art. 23.- El consejo directivo podr ser reelecto por un periodo inmediato el

    cual ser acordado por la asamblea general extraordinaria.= = = = = = = =

    Art. 24.- El cargo de miembro del consejo directivo queda vacante:

    a.Por abandono del cargo. = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    b.Por inasistencia injustificada = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    c.Por enfermedad que le imposibilite el desempeo del cargo.

    d.Por acuerdo de la asamblea con asistencia de mas de la mitad

    e.Por acciones dolosas comprobadas contraria a los intereses de la asociacin. = = =

    f.Por renuncia voluntaria = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    Art. 25.- son funciones y obligaciones de los miembros del consejo directivo en la

    persona de suPRESIDENTEdel consejo directivo: = = = = =

    a. Convocar aElecciones.

    b.Convocar a las asambleas generales ordinarias y ExtraordinariasOcualquiera

    de ellas.= = = = = = = = = = =

    c.Presidir las sesiones salvo que tenga que hacer defensa, fundamentos, una mocin,

    la cual bajara al llano nombrndose provisionalmente un director de debates.

    d.Representar a la asociacin ante el poder judicial, policial, organismo del estado

    COFOPRI urbano,Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y cualquier otro

    organismo estatal o privado que se requiera para lograr los fines y objetivos de laasociacin.

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    e.Ejecutar cualquier actividad a favor de la institucin con cargo de dar cuenta en la

    asamblea general. = = = = = = =

    f.Dar cuenta de la asamblea general de su labor y de las dems secretarias, antes de

    cesar del cargo. = = = = = = =

    g.Firmar conjuntamente con el secretario de actas los contratos administrativos que

    ataen a la asociacin a excepcin de los financieros. = = = = = = = = = = =

    h.Firmar conjuntamente con el secretario de economa los cheques, pagars,

    aperturar cuentas corrientes en entidades bancarias, crediticias y contratos

    financieros. = = = = = == = = = ==========================================

    i.Velar por el prestigio de la asociacin sin apartarse de sus Principios.

    j.Cumplir y hacer cumplir los estatutos sociales, su reglamento as como los

    acuerdos adoptados y directivos que emanen de las asambleas y sesiones. = = = = = =Art. 26.-Son atribuciones del vicepresidente:

    a. Cumplir las facultades inherentes al cargo delPresidente en su

    ausencia.

    b. Realizar en cuanto a gestion tramites que le encarge la asamblea

    general.

    c. Cumplir con las diferentes comisisones de trabajos que le designe.

    Art. 27. -Son atribuciones delsecretario de actas: == = = = = = = ==

    a.Llevar al da el libro de actas de asambleas, consejos directivos, de asistencia y las

    que se relacione con los acuerdos, sesiones u otros (padrn de socios y otros libros). Y

    todos los que la ley y la norma lo establezca = =

    b.Ser relator de las sesiones. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    c.Guardar el archivo de la asociacin. = = = = = = = = = = = = = = = = =

    d. La elaboracin de las actas y la responsabilidad de verificar su inclusin en los librosque dispone la ley. = = = = = = = = = = = = = =

    e.Tomar debida nota por escrito del acontecer de cada sesin.= = = =

    f. Firmar con el presidente las actas, resoluciones, acuerdos comunicados, esquelas,

    citaciones y cualquier otro documento de inters a la asociacin y contratos

    administrativos.

    g. Certificar los documentos que le sean requeridos. = = = = = = = = = =

    h. Pasar lista, anotar el qurum correspondiente, as como redactar la correspondencia

    interna y externa de la asociacin. = = = = = = = = =

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    Art. 28.-Son atribuciones del secretario de Economa:

    a.Realizar depsitos y retiros en las cuentas bancarias que la asociacin tenga,

    firmando conjuntamente con el presidente.

    b.Aperturar cuentas bancarias conjuntamente con el presidente en formamancomunada cualquier acto comercial crediticio o de otra ndole en favor de la

    asociacin y contratos financieros. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    c.Presentar el estado de cuentas de ganancias y prdidas de la situacin

    patrimonial, presentando el balance documentado (Boletas, recibos, contratos,

    otros) ponindolos a consideracin de la asamblea a general en caso de

    disconformidad se nombrara una comisin revisora y/o fiscalizadora. = = =====

    d.Llevar al da el libro de caja. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    e.Realizar cualquier otra gestin, trmite, etc., coherente a su cargo de secretario de

    economa u otros que le asigne la asamblea o consejo directivo.

    f.Firmar con el presidente los documentos de caja. = = = = = = = = = = =

    Art. 29.- Son atribuciones del fiscal.

    a.Formular ante el Presidente del Consejo Directivo, asamblea general:cargos o

    censuras contra quienes infrinjan los Estatutos de la Asociacin y/o normas yreglamentos internos

    b.Proponer sanciones ante dichas instancias

    c.Vigilar el incumplimiento por parte de los asociados, las obligaciones, respeto mutuo

    para con los miembros de la Institucin

    d.Dar cuenta la asamblea sobre cualquier acto doloso en que pudiera incurrir

    cualquier miembro del consejo directivo o asociado.

    e.Ejercer que se cumpla el debido proceso con respecto a las sanciones.

    f.fomentar el orden dentro de la asamblea, llamar la atencin al asociado que infringe

    el orden.

    g.Fiscalizar la documentacin, el libro de caja de entradas y salidas de la asociacin

    fiscalizar los actos y atribuciones que realicen todos los miembros de consejo

    directivo incluido la de l.

    i.Verificar el cumplimiento del estatuto en cuanto a la vivencia y las cuotas de los

    asociados.

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    Art.30.-Son atribuciones del Vocal:

    a.Deber participar activamente en las diferentes comisiones de trabajos que la junta

    Directiva designe.

    b.Estar a su cargo de llevar las citaciones de convocatoria a las asambleas a losasociados para todas las reuniones.

    c.Ejercer interinamente, los cargos que puedan quedar vacante por ausencia de

    cualquier miembro de la directiva hasta la eleccin del reemplazante a excepcin del

    Presidente.

    Art.31.- El consejo Directivo propondr a la asamblea general de asociados la

    conformacin de comisiones y comits de trabajo internas a favor de la asociacin y

    se regirn por su respectivo reglamento interno de la asociacin.

    CAPITULO VI

    DE LOS ASOCIADOS, DERECHOS Y DEBERES

    Art. 32.- Todos los miembros de la asociacin tendr el nombre deasociados.

    Art. 33.-Son asociados activos y/o hbilesaquellos cuya actividad del asociado es

    continua constituyendo en vivencia y desempear cualquier cargo como delegado y

    cumpliendo con sus cuotas, comisionando cualquier actividad a favor de laasociacin.

    Art. 34.- Son deberes del asociado: = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    a. Ser puntuales en las sesiones ordinarias y extraordinarias. = = = = =

    b. Estar al da en sus cuotas de admisin y aportaciones que fije el consejo

    directivo cuotas ordinarias o extraordinarias que establezca la asamblea general.

    = = = = =

    c. Hacer vivencia en cada lote que este posesionando con el fin de la asociacin. =

    =

    d. Desempear las comisiones que la asamblea general o el consejo directivo le

    encomienda, salvo impedimento de fuerza mayor. = = = =

    e. Cumplir, respetar y hacer respetar los estatutos. = = = = = = = = = =

    f. Participar con voz y voto en las asambleas y actos que sean convocados por el

    consejo directivo, particularmente aquellas donde se elegir el consejo directivo. =

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    g. Cada miembro o representante de lote ser representado por un solo

    asociado por familia denominado titular.

    Art. 35.- sonderechos del asociado:= = = = = = = = = = = = = = = = =

    a. Elegir y ser elegido como integrante del consejo directivo, de acuerdo con elestatuto. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    b.Asistir a las reuniones que le corresponda con derecho a voz y voto.

    c. Obtener los beneficios que la asociacin logre para todos y cada uno de los

    asociados con un lote para vivienda. = = = = = = = = = = =

    d. Retirarse voluntariamente de la asociacin sin reclamo alguno. = = =

    Art. 36.- LosAsociados sern sancionadospor los siguientes causales:a. Incumplimiento de las obligaciones estatutarias. = = = = = = = = = =

    b. Cometer actos graves en perjuicio de la asociacin. = = = = = = = = =

    c. Por indisciplina en contra de los asociados, funcionarios y/o autoridad que

    venga en afectar el prestigio de la asociacin.

    d. Los que no asistan a la eleccin del consejo directivo.

    e. Los que no acaten los acuerdos o disposiciones de la asamblea general.f. Las faltas verbales o fsicas que ocasione a un miembro del Consejo Directivo

    sern sancionadas mediante la asamblea general.

    g. Las tardanzas y/o inasistencias sern objeto de multa de acuerdo a lo que

    decida la asamblea general de asociados

    Art. 37.- Las sancionesdebern ser de acuerdo a la gravedad de las faltas y son: =

    a.Amonestacin = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    b.Multa = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    c.Suspensin temporal sin voz ni voto = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    d.Exclusin definitiva. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    Art. 38.-La calidad de Asociado se pierde: = = = = = = = = = = = = = = =

    a. Por renunciaser dirigida a la asamblea general extraordinaria y ser

    aceptada por esta. = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    b. Por exclusinacordado en asamblea general extraordinaria. = = = = = = = = =

    =

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    c. Por fallecimiento, en este caso los herederos asumirn los derechos y

    obligaciones ante la asociacin poniendo de conocimiento a la asamblea general

    extaordinaria. = = = = = = = == = = = = = = = = = = = =

    CAPITULO VIICONDICIONES PARA LA ADMISION, RENUNCIA Y EXCLUCION

    Art. 39.-Para la admisin de nuevos asociados: = = = = = = = = = =

    a. Solicitar a la asamblea general extraordinaria con la firma del un asociado como

    aval; para su calificacin y posterior admisin. = = = = = = = = = = = =

    b. Ser calificado como familia damnificada del terremoto del 15 de agosto del

    2007 , 30 de Enero del 2012 y/o cualquier otro desastre

    c.Aportar las cuotas deaportacin por inscripcincomo asociado nuevo,

    aceptar las cuotasordinarias y extraordinarias u otras aportaciones que

    acuerde la asamblea general. = = = = = = = = = = = =

    d.La asociacin incorporar nuevos asociados, cuando lo crea conveniente en

    bienestar de la institucin. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    Art. 40.- La renunciade los asociados deber ser formulada por escrito a la

    asamblea general de asociados. = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    Art. 41.-Sern excluidoslos asociados despus de constituida una comisin que

    luego de su informe la asamblea general extraordinaria tomar la decisin de

    excluirlo, teniendo derecho a solicitar la Reconsideracin a la asamblea general

    extraordinaria. = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    Art. 42.- La Eleccin del consejo directivo,se llevara a cabo mediante unComit

    Electoral que ser elegido por asamblea general extraordinaria de asociados

    conformado por(03)tresmiembros:Presidente, Secretario y Vocalsiendo su

    forma de elegir al consejo directivo mediantevoto directo, secreto y universalpor

    listas; en caso se presentara una sola lista tendr que obtener los votos favorables de

    la mitad mas uno de los asociados hbiles asistentes a las elecciones Generales.

    Art. 43.-Los cargos Directivo, sern ocupados de acuerdo como lo establece su lista

    propuesta; que el Comit Electoral verificara.

    Art. 44.-Loscargos del consejo directivoson los siguientes: = = = =

    a. Presidenteb.Vice Presidente

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    c. Secretario de actas

    d. Secretario de economa

    e. Fiscal

    f.Vocal

    Art. 45.- El perodo de mandato del consejo directivo ser de dos (2) aos.

    Pudiendo ser reelegidospor un periodo inmediato.

    CAPITULO VIII

    MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

    Art. 46.-Para la modificacin parcial o total de los estatutos sociales, la propuestade modificacin deber hacerse a travs del Secretario de Actas, con una anticipacin

    de diez das a la fecha de realizarse la reunin. = = = = =

    Art. 47.-Qurum para lamodificacin parcial o total del estatuto, se requiere

    qurum calificadoenprimeraconvocatoria con laasistencia de ms de la mitad

    de asociados habilitadosa la reunin los acuerdos se adoptan con el voto de ms de

    la mitad de asociados habilitados concurrentes. En segunda convocatoria los

    acuerdos de adoptan con laasistenciade los asociados habilitados a la reunin que

    representen no menos de la dcima parte de asociados habilitados. = = = = = = = = =

    CAPITULO IX

    LA DISOLUCION, LIQUIDACION

    Art. 48.-La disolucin y liquidacin de la asociacin ser acordada en asambleageneral extraordinaria, siempre que hubiese sido convocada especialmente para ese

    fin, observndose laasistenciade ms de la mitad de asociados habilitados,en

    primera convocatoria,y ladcima partede asistencia de asociados habilitados en

    segunda convocatoria.Los acuerdos se adoptaran con el voto favorable de ms de la

    mitad de los asociados habilitados. = = = = = = = = = =

    Art. 49.-La asociacin se disolver por cualquier de las: siguientes causas:

    a.Por voluntad de las tres cuartas partes de los asociados activos o hbiles.b.Por la disminucin del nmero de asociados = = = = = = = = = = = = =

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    c.Por cumplirse totalmente el objeto y fines de la asociacin. = = = = =

    d.porque el estado econmico de la asociacin no le permite continuar con sus

    objetos y fines. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    Art. 50.-La disolucin por cualquiera de los causas sealadas en el artculo anterior,dar lugar a que los asociados se constituyan en asamblea general y nombraran una

    comisin liquidadora por 4 asociados.

    Art. 51.- La comisin liquidadora presentar al consejo directivo un proyecto para la

    liquidacin de la asociacin dentro de los 30 das hbiles de haber sido nombrado; el

    cual quedar a disposicin de los interesados por el trmino de 8 das, en la oficina

    de la secretaria de actas debiendo el consejo directivo resolver dentro de 10 das

    siguientes sobre la aprobacin del proyecto.

    Art. 52.-El haber resultante de la liquidacin se aplicara:

    a.Satisfacer los gastos de la liquidacin

    b.Pagar las obligaciones con terceros

    c.El haber neto resultante luego de concluida la liquidacin de la asociacin ser a

    la sociedad de beneficencia publica de Ica.

    Art. 53.- Cumplida la finalidad propuesta o si ella no se ha podido alcanzar, el

    consejo directivo procede con conocimiento de ministerio publico a la disolucin de la

    asociacin y a la rendicin judicial de cuentas.

    Art. 54.- Disuelta la asociacin,El haber neto resultante, una vez pagadas las

    obligaciones se restituye a los erogantes si ello fuera posible, en caso contrario, el

    Juez de primera instancia de la sede de la asociacin, a propuesta de consejo

    directivo y con conocimiento del Ministerio Publico entregar a la Beneficencia de Ica,

    dentro de un plazo no mayor de 30 das. La resolucin se eleva en consulta a la sala

    civil de la respectiva corte superior la que debe pronunciarse en un plazo no mayorde 15 das.

    DISPOSICION TRANSITORIA

    Art. 55.-Se faculta y autoriza al presidente y al secretario econmico para que

    puedan; abrir, transferir y cerrar cuentas corrientes bancarias, girar, endosar, cobrar

    y protestar letras de cambio, vales, pagares, girar certificados, girar y endosar

    cheque, plizas, abrir cuentas de crdito, celebrar contratos financieros, sobregirarse

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    en cuentas corrientes con garanta o sin ella, otros permitidas por ley. = = = = = = = =

    = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    Art. 56.- En todo lo no previsto por el presente estatuto, sern de aplicacin las

    normas pertinentes del cdigo civil vigente. = = = = = = =

    DISPOSICION FINAL

    Luego se procede a la eleccin para designar el primer consejo directivo, el mismo

    que se efecta por unanimidad a propuesta de los asociados en un nmero de6

    candidatos a los cargos respectivos:Presidente, Vice presidente, Secretario de

    Actas, Secretario de Economa, Fiscal, Vocal.

    Luego de las deliberaciones del caso porUnanimidadse eligeEl Primer Consejo

    Directivo,quienes aceptan, ejercen los cargos designados, el mismo que queda

    conformado de la siguiente manera: = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

    Presidente:Combertti Pereyra Morales Mario DNI N 21579052

    Vicepresidente:Nelly Ruth Estrada RojasDNI N 21557715

    Secretario de Actas:Jancarlos Huaman Huachua DNI N 70480956

    Secretario de Economa:Fanny Briceo Hernndez DNI N 21553746

    Fiscal:Carlos Ernesto Rosales Espinoza DNI N 43379064

    Vocal:Jean Carlos Huamn Huachua DNI N 70480956

    El periodo de mandato ser del 06 de mayo del 2015 al 05 de mayo del 2017.

    Todos losAsociados fundadores acuerdan aprobar por unanimidad autorizaral

    presidente delConsejo Directivo Sr. Combertti Pereyra Morales Mario DNI N21579052para que en nombre y representacin de la asociacin, firme la minuta,

    suscriba y otorgue la Escritura Publica que estos acuerdos originan y efectu las

    gestiones necesarias con el objeto de lograr su inscripcin en la oficina de Registros

    Pblicos Registros de personas jurdicas, libro de asociacin.

    No habiendo ms que tratar todos los asociados fundadores y siendo las 9:30 pm.

    Del da06 de mayo del 2015, el presidente da por concluida la presente asamblea y

    todos los asociados fundadores acuerdan aprobar por unanimidad todo lo tratado

    con respecto a losEstatutosy elprimer consejo directivoasimismo la Autorizacin

    al Presidente acordado por la asociacin, firmando todos los asociados fundadores en

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    seal de conformidad con lo tratado el Presidente y Secretario agrdese la voluntad

    en formalizar sus ideales y objetivos de nuestra asociacin.

    _____________________________ ____________________________ Combertti Pereyra Morales Mario Mara Astohuaman Valencia

    PRESIDENTE SECRETARIA

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    Relacin de Asociados Fundadores Asistentes

    NOMBRES Y APELLIDOS D.N.I FIRMA

    1.PABLO HUARCAYA LICAS, DNI N 23530277

    ___________________________________

    2.MARIBEL TRIVIOS FALCON DNI N 42320915

    ________________________________

    3.BEATRIZ VALENCIA VILCA DNI N21436184______________________________

    4.JOHANA ASTOHUAMAN VALENCIA DNI N 41166261

    __________________________5.YIMMI VILCHEZ HUAMAN DNI N43632069

    ____________________________________

    6.HUBER YALLE ALIAGA DNI N 23531450

    ______________________________________

    7.JEAN CARLOS HUAMAN HUACHUA DNI N 70480956

    __________________________

    8.GUSTAVO YALLE CACERES DNI N 32897944__________________________________

    9.COMBERTTI PEREYRA MORALES MARIO DNI N21579052

    ___________________

    10. NELLY RUTH ESTRADA ROJAS DNI N 21557715

    ______________________________

    11. MARIA ASTOHUAMAN VALENCIA DNI N 47681998

    ____________________________

    12. FANNY BRICEO HERNANDEZ DNI N 21553747

    ______________________________

    13. WUILIAN YALLE CACERES DNI N 21536346

    ___________________________________

    14. TERESA JESS PAREDES PAZ, DNI N

    44718128______________________________

    15. EDELICIA YARASCA PEREZ, DNI N23531207__________________________________

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    16. JOSELYN DENISSE VILCA GERONIMO, DNI N

    70339015_______________________

    17. JUNIOR KENYI HUARCAYA YARASCA DNI N

    76413753_________________________

    18. MARIA LUZ HUAMANI HUARCAYA, DNI N

    21536330___________________________

    19. ESTEFANY YORELA YARASCA HUACHUA, DNI N

    48727092____________________

    20. CARLOS ERNESTO ROSALES ESPINOZA, DNI N

    43379064_____________________