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jeffrylozano
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LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
La constitución sé ceo en 1886, se reformo en 1991, y se ha reformado un
promedio de 1,75 veces al año a través de actos legislativos.
La Constitución Política de Colombia, es la reglamentación que cobija a todos y
cada uno de los colombianos, los diferentes sectores de Colombia, incluyendo a
aquellas personas extranjeras que residen en nuestro país.
Esta enumera cada uno de los derechos y deberes de los colombianos y los
estamentos del Estado en diversos temas; he ahí su complejidad a la hora de
aplicar verdaderamente todos estos artículos, es de vital importancia su aplicación
sin desviar el fin para el cual fueron hechos hacía otras cosas particulares, por lo
tanto se deben respetar estos artículos y ponerlos a funcionar verdaderamente en
la legislación colombiana, no para beneficios particulares, sino para beneficios
generales, de todo el pueblo.
Es deber de cada uno de nosotros, respetar y hacer respetar en la mayor medida
que podamos, estas normas; porque si son aplicadas con moral y ética,
seguramente la constitución podrá cumplir su cometido y su función.
EN QUE NOS FAVORECEN LAS LEYES DE LA CONSTITUCION POLITICA DE
COLOMBIA:
La Constitución Política de 1991, provee mecanismos, como la Acción de Tutela,
para hacer real la defensa de los derechos fundamentales. En síntesis, los
derechos de cualquier ciudadano priman sobre el poder que pueda tener la
mayoría.
Son fines esenciales del estado servir a la comunidad, promover la prosperidad
general y garantizar la efectividad de los principios, y derechos y deberes
consagrados en la constitución, facilitar la participación de todos en las decisiones
que los afectan y en la vida económica, política administrativa y cultural de la
nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y
asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la republica están instituidas para proteger a todas las
personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás
derechos y libertades, y podrá asegurar el cumplimiento de los deberes sociales
del estado y de los particulares.
El estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos
inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la
sociedad.
Los particulares son solo responsables ante las autoridades por infringir la
constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por
omisión o extralimitación en el ejercicio d sus funciones.
El estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación
colombiana es obligación del estado y de las personas las riquezas naturales de la
nación.
Las relaciones exteriores del estado se fundamentan de la soberanía nacional en
el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los
principios del derecho internacional aceptados por Colombia.
De igual manera, la política exterior de Colombia se orientara hacia la integración
latinoamericana y el Caribe, O.N.U. y O.E.A.
El castellano es el idioma oficial de Colombia las lenguas y dialectos de los grupos
étnicos son también oficiales en sus territorios la enseñanza que se importara en
las comunidades son tradiciones lingüísticas propias, será bilingüe.
El derecho a la vida es inviolable, no habrá pena de muerte.
Nadie será sometido a desaparición forzada, tortura, ni a tratos o penas crueles,
inhumanas degradantes.
Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma
protección y trato de las autoridades y gozaran de los mismos derechos y
libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza,
origen nacional o familiar, religión opinión política y filosófica.
El estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y
adoptara medidas a favor de grupos discriminados o marginados.
El estado protegerá especialmente a aquellas personas, que por su condición
física o mental, se encuentren en circunstancias de debilidad, manifiesta y
sancionara los abusos o maltratos que contra él las cometan.
Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen
nombre, y el estado debe respetarlos y hacerlos respetar de igual modo, tienen
derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido
sobre ellas en bancos y en archivos de entidades públicas y privadas.
Presentado por:
Juan cortes
Jeffry lozano
Nicolas solis
10-3