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constitucion
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7/17/2019 Constitucion Primera Parte
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1. Introducción.2.La constitución política del Perú.3.Contitusion política del Perú 1993.4.Las garantías constitucionales.5.La ciudadanía.6.El sistema de defensa civil.7.El derecho de familia y el ciudadano de la persona y de los
hijos.
Mg. Ing° /Abog. Ángel Ramiro YUPANQUI SANCHEZ.
2 015
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La introducción La constitución o carta magna , es la norma fundamental,
escrita o no, de un Estado soberano u organización, establecidao aceptada para regirlo.
La constitución fija los límites y define las relaciones entre lospoderes del Estado y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo
así las bases para su gobierno y para la organización de lasinstituciones en que tales poderes se asientan. Este documentobusca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.
El término Constitución, en sentido jurídico, hace referenciaal conjunto de normas jurídicas, escritas y no escritas, quedeterminan el ordenamiento jurídico de un estado,especialmente, la organización de los poderes públicos ysus competencias, los fundamentos de la vida económica ysocial, los deberes y derechos de los ciudadanos.
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La constitución política del Perú La Constitución Política del Perú es la Carta Magna
sobre la cual reposan los pilares del Derecho,la justicia y las normas del país. Esta controla, regula
y defiende los derechos y libertades de los peruanos;organiza los poderes e instituciones políticas. Fueredactada por el Congreso ConstituyenteDemocrático. Fue aprobada mediante el referéndumde 1993, durante el gobierno de Alberto Fujimori.
Desde su establecimiento como República, el Perúha tenido 12 Constituciones. La Constitución primasobre toda ley sus normas son inviolables y decumplimiento obligatorio para todos los peruanos.
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2.1.Atras Denominaciones la
Constitución política del Perú Ley de leyes. Carta Magna. Ley Fundamental. Ley suprema. ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
PERÚ. PREAMBULO: Es una declaración de principios que justifican la razón de
ser y contenido de la Constitución. CUERPO O TEXTO: Es el conjunto de dispositivos legales o armazón jurídica que
comprende la Constitución. Se divide en:
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2.3.Constituciones Políticas del PerúCONSTITU
CIÓN
FECHA GOBIERNO EN QUE SE
PROMULGÓ
VIGENCIA
1º 1823 José Bernardo Torre Tagle NO RIGIÓ
2º 1826 José de Santa Cruz 49 DÍAS- "CONSTITUCIÓNVITALICIA BOLIVARIANA"
3º 1828 José de La Mar 6 AÑOS Y 3 MESES- "MADREDE TODAS LASCONSTITUCIONES"
4º 1834 José de Orbegoso 5 AÑOS Y 2 MESES
5º 1839 Agustín Gamarra 15 AÑOS Y 8 MESES- "CONSTITUCIÓN DEHUANCAYO"
6º 1856 Ramón Castilla 4 AÑOS Y 1 MES
7º 1860 Ramón Castilla 59 AÑOS Y 2 MESES
8º 1967 Mariano Ignacio Prado 4 MESES Y 8 DÍAS
9º
1920 Augusto B. Leguía 10 AÑOS Y 7 MESES- "CONSTITUCIÓN DE LA NUEVA PATRIA"
10º 1933 Luis M, Sánchez Cerro 46 AÑOS Y 3 MESES
11º 1979 Francisco Morales Bermúdez 12 AÑOS Y 3 MESES
12º 1993 Alberto Fujimori Fujimori VIGENTE
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Constitución Política del Perú 1993
Promulgada por el CongresoConstituyente Democrático el 29 de
Diciembre de 1993, luego de serratificadamediante REFERÉNDUM del 31 deOctubre de 1993, la cual entró en
vigencia el 01 de Enero de 1994.
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2.5. Jerarquía De Leyes
ACTIVIDAD:
1. ELABORA UN MAPA CONCEPTUAL SOBRE EL TEMA
2. OBSERVA TU CONSTITUCIÓN Y ANALIZA SU ESTRUCTURA
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Las Garantías Constitucionales Las Garantías Constitucionales son acciones que tienen por
objeto reponer las cosas al estado anterior a la violación oamenaza de violación de un derecho constitucional.
Las acciones garantías proceden en los casos en que se violen o amenacen los derechos constitucionales.
Las garantías constitucionales que hace referencia nuestraCarta Magna (Art. Nº 200), son:
1. Hábeas Corpus
2. Acción de Amparo
3. Acción de Hábeas Data 4. Acción de Inconstitucionalidad
5. Acción Popular
6. Acción de Cumplimiento.
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2.1. Habeas Corpus
Procede ante un hecho u omisión por parte de
cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza la libertad individual o losderechos constitucionales conexos.
Procede la garantía constitucional cuando se
vulnera o amenaza los siguientes derechos: Guardar reserva sobre sus convicciones políticas,
religiosas, filosóficas o de cualquier otra índole.
De la libertad de conciencia y de creencia. El de no ser violentado para obtener declaraciones.
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2.2. Acción de Amparo: Procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier
autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los
demás derechos reconocidos por la Constitución, conexcepción de los señalados en el inciso siguiente. No procedecontra normas legales ni contra Resoluciones Judicialesemanadas de procedimiento regular.
Inciso modificado por Ley Nº 26470, publicada el 12 de Junio de 1995. Antes de la reforma, este inciso tuvo elsiguiente texto:
La Acción de Amparo, que procede contra el hecho uomisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o
persona, que vulnera o amenaza los demás derechosreconocidos por la Constitución. No procede contra normaslegales ni contra resoluciones judiciales emanadas deprocedimiento regular, señalados en el inciso siguiente. Noprocede contra normas legales ni contra Resoluciones
Judiciales emanadas de procedimiento regular.
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2.3.Acción de Hábeas Data: La Acción de Hábeas Data, que procede contra el hecho u omisión,
por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el Artículo 2º,incisos 5 y 6 de la Constitución.
Inciso 5: " A solicitar sin expresión de causa la información querefiere y a r ecibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal,con el costo que suponga el pedido. S e exceptúan las informacionesque afectan la intimidad personal y las que expresamente se
excluyan por ley o por razones de seguridad nacional". Inciso 6: "A que los servicios informáticos, computarizados o no,
públicos y privados no suministren informaciones que afectan laintimidad personal y familiar.
* Inciso modificado por Ley Nº 26470, publicada el 12 de Juniode 1995. Antes de la reforma, este inciso tuvo el siguientetexto:
La Acción de Hábeas Data, que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, quevulnera o amenaza los derechos a que se refiere el artículo 2°,incisos 5,6 y 7 de la Constitución."
ó d
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2.4. La Acción de
Inconstitucionalidad: Mediante el procedimiento de Declaración de Inconstitucionalidad, el Tribunal
garantiza la primacía de la Constitución; declara son constitucionales o no, por laforma o por el fondo las siguientes normas que sean impugnadas: Las leyes Los Decretos Legislativos Los Decretos de Urgencia Los Tratados Internacionales que hayan requerido o no la aprobación del Congreso
conforme a los Artículos 56 y 57 de la Constitución. Los Reglamentos del Congreso. Las normas regionales de carácter general. Las ordenanzas municipales. Están facultados para interponer acción de inconstitucionalidad: El Presidente de la República
El Fiscal de la Nación El Defensor del Pueblo El 25% del número legal de Congresistas. Cinco mil ciudadanos con firmas comprobadas por el JNE. Los Presidentes de Región con acuerdo del Consejo de Coordinación regional o
alcaldes provinciales con acuerdo de su Consejo, en materias de su competencia.
Los Colegios Profesionales en materia de su especialidad.
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2.5. La Acción Popular:
Procede ante el Poder Judicial por infracción de la
Constitución o la Ley, contra los reglamentos y normasadministrativas y contra las resoluciones y decretos decarácter general que expide el Poder Ejecutivo, los gobiernosregionales y locales y demás personas de derecho público.
El proceso de acción popular tiene por finalidadel control jurisdiccional de la constitucionalidad.
Pueden interponer demanda de acción popular:
Los Ciudadanos peruanos en ejercicio pleno de sus
derechos. Los ciudadanos extranjeros residentes en el Perú.
Las personas jurídicas constituidas o establecidas en el Perúa través de sus representantes legales.
El Ministerio Público.
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2.6. La Acción de Cumplimiento: Procede contra el funcionario renuente a acatar una norma
legal o un acto administrativo. Esta garantía se deberá entender directamente con el
funcionario o entidad encargada del cumplimiento que sesolicita. Si ella no fuera conocida o no hubiere certeza de la
misma, se deberá entender con su superior jerárquico. Una ley orgánica regula el ejercicio de estas garantías y losefectos de la declaración de inconstitucionalidad o ilegalidadde las normas.
El ejercicio de las acciones de hábeas corpus y de amparo no sesuspende durante la vigencia de los regímenes de excepción a
que se refiere el artículo 137º de la Constitución. Cuando se interponen acciones de esta naturaleza en relación
con derechos restringidos o suspendidos, el órgano jurisdiccional competente examina la razonabilidad y laproporcionalidad del acto restrictivo. No corresponde al juezcuestionar la declaración del estado de emergencia ni de sitio.
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La ciudadanía I. DEFINICIÓN DE CIUDADANÍA Es el vínculo político de las personas con el Estado. Nuestra constitución actual estipula que
son ciudadanos los peruanos mayores de dieciocho años. Para el ejercicio de la ciudadanía serequiere la inscripción electoral. (Art. Nº 30 C.P.P)
El término tiene su origen en ciudad, ya que originalmente ésta era la unidad política másimportante. Con el tiempo la unidad política pasó a ser el Estado y, hoy en día, nos referimosa ciudadanos y ciudadanas respecto a un Estado (por ejemplo, ciudadanos españoles)
Artículo 30°.- Son ciudadanos los peruanos mayores de dieciocho años. Para el ejercicio de laciudadanía se requiere la inscripción electoral.
Artículo 31°. - Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediantereferéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda derendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a susrepresentantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por leyorgánica.
Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La leynorma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación.
Tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil. Para el ejercicio de este
derecho se requiere estar inscrito en el registro correspondiente. El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años. Es facultativo
después de esa edad. La ley establece los mecanismos para garantizar la neutralidad estatal durante
los procesos electorales y de participación ciudadana. Es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos.
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Cuadro de resumen:
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1.1. EJERCICIO DE LA CIUDADANÍASE SUSPENDE:
Por resolución judicial de interdicción.(Situacióndisminuida en que se encuentran determinadas
personas que por mandato judicial estánincapacitadas para realizar todos o algunos actosde su vida)
Por sentencia con pena privativa de la libertad.
Por sentencia con inhabilitación de los derechospolíticos.
Ó
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1.2 SON DERECHOS DE PARTICIPACIÓNDE LOS CIUDADANOS
1. Iniciativa de Reforma Constitucional. 2. Iniciativa en la formación de leyes (iniciativa
legislativa).
3. Referéndum.( consulta popular)
4. Iniciativa en la formación de dispositivosmunicipales, regionales.
5. Tienen derecho a voto los ciudadanos en goce de su
capacidad civil. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Nacional, en servicio activo no pueden elegir ni serelegidos.
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1.3. SON DERECHOS DE CONTROLDE LOS CIUDADANOS:
1. Revocatoria de Autoridades. 2. Remoción de Autoridades. 3. Demanda de rendición de Cuentas. 1. Revocatoria: Es el derecho que tiene la ciudadanía para
destituir de sus cargos a: Alcaldes y Regidores. Autoridades Regionales que provengan de elección popular.
Magistrados que provengan de elección popular (jueces depaz).
2. Remoción: Es aplicable a las autoridades designadas porel gobierno central o Regional en la jurisdicción regional,provincial y distrital.
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REFERÉNDUM:
Es el derecho de los ciudadanos para pronunciarse
conforme a la Constitución en los temas normativos quese le consultan. El referéndum puede ser solicitado porun número de ciudadanos no menor al 10% delelectorado nacional. El Referéndum procede en los
siguientes casos: La reforma total o parcial de la Constitución.
Para la aprobación de leyes, normas regionales de
carácter general y ordenanzas municipales. Para la desaprobación de leyes, decretos legislativos y
decretos de urgencia.
Para determinadas materias especiales.
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El sistema defensa civil I. DEFINICIÓN: El Sistema de Defensa Civil fue creado por D.L. 19338
del 28 de Marzo de 1972 y reglamentado por D.S. 017-
72/IN, del 25 de julio de 1972, como parte integrante dela Defensa Nacional y con la finalidad de proteger ala población, previniendo daños, proporcionandoayuda oportuna y adecuada y asegurando la
rehabilitación en caso de desastres o calamidades detoda índole, cualquiera que fuera su origen. Como sistema, la Defensa Civil es una unión de
esfuerzos de diversos organismos para brindar ayuda yprotección en caso de desastres y calamidades.
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II. FINALIDAD:
Los fines del sistema de Defensa Civil son:
a) La defensa de las poblaciones frente a cualquiersorpresa futura, creando un extenso engranajepreparado y atento a ponerse en acción inmediata,ante cualquier daño importante.
b) Esta acción debe ser complementada por la
colaboración general, a fin de detener el perjuicio,controlar sus consecuencias, limitar su volumen yconstreñir sus efectos materiales y morales en formacoordinada y con múltiples servicios.
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III. Objetivos:
Los objetivos del sistema de Defensa Civil son: •a) Prevenir daños, evitándolos o disminuyendo su magnitud. • b) Proporcionar ayuda y encauzar a la población para superar
las circunstancias del desastre o calamidades. •c) Asegurar la rehabilitación de la población afectada.
•d) Concientizar a la población en el rol de Defensa Civil y suparticipación en ella asegurando en cualquier caso las
condiciones que permitan el desenvolvimiento ininterrumpidode las actividades del paí s.
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IV. Característica: Entre las características del sistema de Defensa Civil tenemos:
a) Su carácter permanente, que deviene de las amenazas variadas y frecuentes que sufre nuestro país. b) Se concreta en acciones múltiples y complejas, imbuidas de un sentido preventivo, que exige preparación
suficiente para actuar con eficacia y prontitud.
c) La orientación de Defensa Civil es fundamentalmente humanista porque busca, antes que nada,proteger el elemento humano.
d) Tiene una función vocacional universal, puesto que el sistema está integrado al organismo internacionalde protección civil, con sede en Ginebra, y que coordina todos los esfuerzos de todos los países en auxilio de los
pueblos devastados en cualquier lugar de la tierra. e) Tiene carácter comunitario, porque está organizada en comités con integrantes del Sector Público y Privado
de todo nivel que aportan apoyo y ayuda colectiva.
f) Tiene carácter integracionista, porque requiere el apoyo de todos los peruanos a favor de sus hermanos quesufren una calamidad.
g) Tiene carácter multisectorial, porque exige los esfuerzos de los sectores de la administración pública, quesu naturaleza hace necesario, y el apoyo del sector privado.
V. PRINCIPIOS: Los principios que orientan las acciones del sistema de Defensa Civil son:
a) El apoyo mutuo, es esencial para el sistema, porque sin la ayuda recíproca es imposible conjurar los efectos delos desastres y las calamidades.
b) La autoayuda, recoge la experiencia de que la mejor ayuda, la más oportuna y adecuada es la que surge en lamisma población devastada.
c) La convergencia de esfuerzos, consiste en la inmediata concentración de recursos humanos y materiales enforma coordinada, en la zona afectada por el desastre.
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El Derecho de Familia y el Cuidado
de la Persona y de los Hijos
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1.Patria Potestad: Es el conjunto de poderes en los cuales se actúa orgánicamente la
función social confiada a los progenitores de proteger, educar einstruir a los hijos menores de edad, así como ejercer el gobiernosobre ellos hasta los 18 años, en consideración a su falta de madurezpsíquica y de su consiguiente falta de capacidad de obrar.
La patria potestad se ejerce indistintamente por el padre o la madredurante la vigencia del matrimonio. Cuando se disuelve el vínculomatrimonial, la patria potestad la ejerce el cónyuge a quien se confíael cuidado de los hijos. La patria potestad se pierde por:
Por la muerte de los padres o del hijo Por cumplir el hijo 18 años de edad Por condena privativa de la libertad a los padres Por abandonar al hijo durante seis (06) meses continuos Por mandato judicial que priva de la patria potestad Por emancipación del hijo mayor de 16 años al haber contraído
matrimonio
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2.La tutela: Es un organismo de representación de los incapaces, que se
aplica tanto en materia de minoridad como en caso deinterdicción (*). Se sustituye a la patria potestad íntegra;también se aplica cuando se trata de un incapaz sujeto ainterdicción judicial o a la interdicción legal. Es una
institución destinada al cuidado y dirección de los menoresde edad que no están sujetos a la patria potestad, seaporque ambos padres han muerto o son de filiacióndesconocida o porque aquellos han sido privados de lapatria potestad.
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3.curatela: Se llama curatela a la representación legal de los
incapaces mayores de edad, tratase de dementes,sordomudos que no saben darse a entender por escritoo penados; y a la administración deciertos bienes abandonados o vacantes.
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Trabajo ESTABLECE LAS DIFERENCIAS ENTRE PATRIA
POTESTAD, TUTELA Y CURATELA
TRABAJO GRUPAL
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TRABAJO GRUPAL
DEFINA QUE ES LA CONSTITUCION DEL PERU?
01 Ley
02 Leyes Orgánicas
03Tratados Internacionales
04 Decreto Legislativo
05 Decreto Ley
06 Resoluciones Legislativas
07 Normas con valor de ley
08 Decretos Supremos especiales regulados
09 Leyes Regionales10 Ordenanzas Municipales
12 Decretos Supremos
13 Resolución Supremas
14 Resoluciones Ministeriales
15 Resoluciones vice-ministeriales16 Resoluciones Directorales
17 Resoluciones del Jefe de División
18 Resoluciones del Jefe de Dpto.
19 Directiva