Constitucionalizacion Del Derecho de La Seguridad Social

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  • LA SEGURIDAD SOCIAL EN MEXICO

    UN ENFOQUE HISTORICO

    (Primera parte)

    Por el Lic. Jos Daz LimnProfesor en la Escuela Libre de Derecho de Puebla, A.C.

    Aspiracin de todos los pueblos del mundo, en todas laspocas, ha sido integrar una sociedad en la que todos susmiembros, alcancen la felicidad. Una sociedad en la que todosvean satisfechas sus necesidades, no existe.

    Pero es provechoso tratar de mejorar permanentemente,la situacin en que se vive y cada vez sean menos los quepadecen.

    Ante la necesidad de afrontar esa desigualdad, surge elEstado Social de Derecho, y en su seno se da origen a laSeguridad Social.

    La gnesis del Estado Social de Derecho en Mxicoimplica un anlisis riguroso de nuestro Sistema Jurdico, queoportunamente abordaremos en posterior entrega.

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    Alcanzar la Seguridad Social es, y ha sido, el mvil de laaccin humana en todos los tiempos.

    En la evolucin de los pueblos siempre ha estadopresente el inters por establecer medios que les proporcio-nen seguridad para el futuro, garanticen su bienestar presentey reivindiquen su anhelo de justicia.

    Si partimos de la simple premisa de que la SeguridadSocial es "Un instrumento de estado que ofrece en la medidade sus posibilidades econmicas, resolver la problemticaemergente de la poblacin en materia de salud, trabajo,educacin, vivienda y bienestar social en general", difcilmen-te vamos a encontrar aspectos relacionados con este tema,anteriores al movimiento social de 1910, pero si arropamosel concepto con las anotaciones de algunos historiadores,podemos encontrar referencias pretritas que resultaninteresantes.

    Epoca prehispnica

    Cuando a principios del siglo XVI, llegaron a Mxico loshombres de Espaa y, a paso de conquistadores, treparon a lameseta de Anhuac, quedaron asombrados al encontrar unafederacin de pueblos indgenas, poseedores de una altacivilizacin.

    En los aztecas, cabeza de esos pueblos, vena a conver-ger las herencias de culturas de muchas otras razas aborge-nes, extinguidas unas, sojuzgadas otras, cuya poca deesplendor haba tenido lugar muchos siglos antes.

    Los cronistas de aquella poca son unnimes paraexpresar su asombro ante una civilizacin autctona en sumaevolucionada, que haba crecido paralelamente a la europea.

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    Meyer, Rosa Mara. Instituciones de Seguridad Social, Editado por INAH, 1975.1

    Y que si en muchos aspectos mostraba un retraso lamentable,en otros poda resistir orgullosamente la comparacin.

    Uno de esos aspectos superiores de la cultura indgenaera el desarrollo que haban alcanzado las ciencias naturales.La botnica aplicada a la medicina, era en aquel siglo,superior en muchos aspectos a la botnica europea.

    Y es que al indio le preocupaba, ms que el conocimien-to biolgico en s, la aplicacin farmacolgica de las plantas,la feracidad del suelo, por una parte, y el clima semitropicalpor otro, hacan interminables las especies botnicas. Por esosurgi el herbolario, que suceda al brujo y que anunciaba almdico.

    En eso fueron maestros los indios del perodo precorte-siano. Siglos de hurgar por las montaas, les permitieronformar una botnica mdica asombrosa. Una larga lista deplantas, que hoy todo el mundo conoce y an consume,aunque sin saber casi nunca que fueron regalo de Amrica, enparticular Mxico.

    Rosa Mara Meyer expresa que existen datos sobre1

    instituciones similares a las de Seguridad Social, desde lapoca de Moctezuma II, en el pueblo azteca, en las que seprotega principalmente a guerreros que reciban atencinmdica, en establecimientos parecidos a los hospitales, en losque tambin se atenda a los enfermos del pueblo. Existiendoun servicio especial, muy parecido al Seguro de Invalidez.

    Manifiesta que en la Confederacin de Anhuac,existieron este tipo de establecimientos en Tenochtitln,Texcoco, Cholula, entre otras poblaciones. Y que en Culhua-can sostenan un centro en el que se atenda a todos los

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    Ruiz Gmez, Ral. El ISSSTE y la seguridad social en Mxico, Publicaciones del2

    ISSSTE.

    ancianos e impedidos que haban servido a la referida triplealianza, ya fue en asuntos polticos o militares.

    Estos establecimientos eran sostenidos con los sobrantesde las cosechas destinadas al culto de los dioses.

    En este anlisis podemos mencionar la prctica acostum-brada por algunos gobernantes mexicas, de repartir al puebloen tiempos de hambre provocada por epidemias, inundacio-nes o sequas, los abastecimientos y semillas que tenan en losalmacenes (Petracalli) destinados a la guarda del fruto de lascosechas de las tierras del palacio y en donde se almacenabanlos productos del pago de los pueblos tributarios.

    Al respecto, Ral Ruiz Gmez , sostiene la tesis de que2

    la Seguridad Social es un instrumento del Estado, sustentn-dola, entre otras bases, en el hecho que desde la pocaprehispnica, los recursos para la prctica de esta asistencia,eran extrados del erario pblico y que serva principalmentepara entregarles el beneficio de la asistencia mdica, aquienes haban servido al Estado.

    Epoca colonial

    El da que Cuauhtmoc, vencido, se rindi a los conquis-tadores, marc el fin de una poca no slo en el aspecto de lavida nacional sino tambin en lo que toca al desarrollo de sucultura. Porque un pueblo puede ser vencido y, sin embargo,conservar y aun fomentar su civilizacin. Mxico no, la suyase detuvo y en algunos aspectos pareci borrarse definitiva-mente. La raza blanca se injert en la indgena y mezcl con

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    ella su sangre; pero al imponer su cultura, detuvo por ese solohecho, el desarrollo de la cultura aborigen.

    Para imponer sus creencias y arrancar de raz la herejade los naturales, el conquistador destruy sus templos,derrib sus dolos y lleg hasta quemar sus cdigos con locual mutil su historia. Se perdi as gran parte de lo que laraza indgena haba acumulado pacientemente por siglos.

    Fue natural, en las filas de los conquistadores no venanlos hombres de letras de Salamanca, ni los sabios de Vallado-lid. Con Corts venan hombres de guerra, aventureros,intrpidos; los humanistas vinieron despus, y con ellos losmisioneros y los apstoles.

    La intervencin espaola en Mxico, signific el trasladode sistemas polticos, culturales y sociales que sustituyen losesquemas de convivencia indgena.

    Como consecuencia, este cambio se reflej tambin enel mbito de proteccin y asistencia a las clases desposedas,en donde podemos encontrar algunas similitudes y a vecesclaros antecedentes del tema de anlisis, como son principal-mente:

    a) Instituciones Hospitalarias. b) Cofradas. c) Monte-pos.

    A) El siglo XVI fue siglo de los hospitales en la NuevaEspaa. Al da siguiente de la conquista, el propio Cortsfund en 1521 el Hospital Tlaxpana, que funcion muy pocosaos.

    Vinieron despus, una larga lista, numerosos hospitalesregados en todo el pas y en la capital.

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    Muriel, Josefina. Hospitales de la Nueva Espaa, 1956.3

    Josefina Muriel , nos dice que en esta poca se erigie-3

    ron en el virreinato 129 hospitales, dentro de los cuales seencuentra la construccin en la Ciudad de Puebla, del famosoHospital de san Pedro, cuyo edificio actualmente se destina alMuseo del Virreinato.

    En ese mismo tiempo, viene la accin admirable delapstol de los indios Tarascos, el Obispo Vasco de Quiroga,que gobernaba Michoacn al estilo de la doctrina de TomsMoro, ostentando un poder o fuerza inusitada entre lapoblacin, orden que existiera un hospital en cada pueblo,exclusivamente para indgenas, y as se hizo, pues esa regincont con 72 unidades.

    En 1529, Fray Pedro de Gante, funda en la Ciudad deMxico, el Hospital Real de los Naturales, destinado exclusi-vamente a los indios y fue durante la colonia, junto con el deJess, el Centro de Estudios Mdicos y Quirrgicos dedicadoa la Enseanza.

    En 1567, el venerable Bernardino Alvarez funda elHospital de san Hiplito, para los convalecientes y Los quepierden el juicio. El doctor Pedro Lpez, funda en 1571 elHospital de la Epifana, llamado despus Hospital Morelos,estableciendo, all mismo la casa de cuna para nios expsi-tos.

    La lista sera interminable a medida que avanzaba laconquista o que se afianzaba sobre el territorio virreinal.

    Anota Rosa Mara Meyer, que de las principales Institu-ciones de la Colonia, fueron las Fundaciones o InstitucionesHospitalarias, cuya funcin principal era la caridad. Pero cabehacer notar, que estas Instituciones de beneficencia en la

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    Nueva Espaa, eran a la vez que vehculo de caridad, uninstrumento de influencia para el dominio y control de losindgenas.

    Josefina Muriel, nos dice que desde los inicios delperodo colonial, existi un rgimen hospitalario bien definidoy organizado, que cumpli su cometido con la mentalidad dela poca y con la funcin a la que estaban destinados.

    Las funciones de este rgimen hospitalario eran muyamplias, pues en el mismo establecimiento se manejabanorfelinatos, hospedera, sanatorio o asilo al mismo tiempo. Lapoltica de asistencia pblica acoga a todos los necesitados;pobres, enfermos, peregrinos, lisiados, etctera.

    Contina diciendo la misma autora, que en la NuevaEspaa, el rgimen hospitalario fue un resultante del matri-monio poltico de Estado-Iglesia, que funcion como dispositi-vo en la tarea evanglica y como instrumento del procesoeconmico del Estado, aunque los objetivos primordialeshayan sido cubiertos con propsitos exclusivamente caritati-vos.

    Explican otros autores, que el rgimen hospitalario de laNueva Espaa, cumpla una mltiple funcin: 1.- Facilitaba elcontrol y cuidado de la fuerza de trabajo; 2.- Serva para laconversin de los naturales a la nueva fe; 3.- Cumpla con susobjetivos de dominar ideologa; y 4.- Cumpla con el propsi-to caritativo, que en realidad era la justificacin moral que losoriginaba.

    La situacin econmica en vspera de la independencia,repercuti en las rdenes hospitalarias y origin un declive enla poltica social.

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    La relajacin del rgimen hospitalario se tradujo enmalos servicios para los enfermos y por consiguiente undecrecimiento importante en el sistema de apoyos asistencia-les.

    Este declive fue impulsado tambin por una serie dedisposiciones legales, que fueron deteriorando los medios desustentacin de los hospitales existentes y provoc la desapa-ricin de la mayora. Estas disposiciones se inician con la realCdula de 1804, en la que se enajenaron los bienes races delas obras pas y prosiguen con las leyes de 1812, entre otras,la propia Constitucin de Cdiz, tendientes a separar a loshospitales de la Iglesia.

    Rosa Mara Meyer, seala que las razones por las quedesde fines del siglo XVIII, se toman estas medidas en contrade las Instituciones Benficas, en contraste con el inters quese haba puesto en su fundacin, deben ser buscadas en lapoltica Borbnica, que tenda a separar las funciones delEstado de las de la Iglesia y a limitar el poder de esta ltima.

    Aunado todo esto a que el objetivo de la conversinreligiosa est satisfecho y el problema del deceso de lapoblacin por causa de las epidemias, ya no era tan gravecomo antes, debido a la inoculacin.

    Lo cierto es que en 1820, las Cortes Espaolas, decreta-ron la supresin de las rdenes hospitalarias y entonces losestablecimientos manejados por ellos, que eran la mayora,pasaron a depender de los ayuntamientos.

    B) Otra Institucin caracterstica de esta poca, que nosaporta valiosos antecedentes, son las llamadas Cofradas, quesirvieron en dos tipos: 1.- Las religiosas y 2.- Las gremiales.

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    1.- Las Cofradas religiosas benficas o de ayuda mutua,eran aquellas en las cuales, los cofrades deban contribuir concierta cantidad de dinero al momento de ingreso y ademspagar una cuota mensual. La Cofrada se comprometa por suparte, a visitar a sus miembros, cuando estaban enfermos,ayudndolos con los gastos de las medicinas y a pagar losgastos de entierro y mortaja.

    2.- En las Cofradas gremiales se reunan los miembrosde un determinado gremio con la finalidad de: a) Prestarayuda mutua y el sufragio de los cofrades muertos; b) Rendirculto al Santo Patrn del Gremio; c) Establecer Institucionesde beneficencia para atender a los cofrades menesterosos,enfermos y lisiados.

    C) Por Cdula Real del 2 de junio de 1774 y con el finde aliviar en algo las necesidades de los menesterosos, sefund el Monte de Piedad en Mxico, muy parecido al queexista en la Villa y Corte de Madrid. Carlos III, fund elprimer Montepo de Espaa en el ao de 1761.

    Los Montepos realizaron una labor similar a la quemuchos aos despus, se conoci con el nombre de PensionesCiviles.

    Este sistema de montepos, traspasa sus propias fronte-ras histricas y contina operando en el Mxico independien-te, ya que el 3 de septiembre de 1832, se expidi la Ley sobremontepos, en la que se ampliaron los servicios para losempleados federales.

    La Independencia

    En 1821 el Hospital real de indios, que era el hospitalfundado expresamente por el Rey de Espaa, fue suprimido

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    a causa de la diferencia racial que manifestaba. Las luchasentre conservadores y liberales, los conflictos internacionalesy en general, las circunstancias ideolgicas, hicieron que lasInstituciones benficas durante la Colonia, fueran olvidadas.

    Y no fue sino hasta el ao de 1841, cuando se inicia unrepunte con la creacin del Consejo de Salubridad. Por esasfechas el tema de actualidad en Europa, era la cuestin deSalubridad y Mxico no podra quedar fuera de esas ideasrenovadoras.

    Los objetivos de ese Consejo eran, entre otros: fomentarlos estudios de higiene, vigilar los establecimientos pblicos,dictar a las autoridades medidas de higiene pblica y formarel Cdigo Sanitario de la Repblica Mexicana.

    Las circunstancias polticas del momento no fueronpropicias para el pleno desarrollo de este Consejo, que jamspudo elaborar el Cdigo Sanitario, pero con ese intento surgede nuevo el inters por fomentar las polticas de AsistenciaSocial.

    En octubre de 1843, se expidi un decreto que permitila entrada al pas, de las famosas Hermanas de la Caridad,enfermeras de profesin que trataron de renovar los servicioshospitalarios.

    En 1861, el Presidente Benito Jurez decret la creacinde la Direccin General de Beneficencia, para centralizar losservicios hospitalarios y para organizar, coordinar y sostenerlos medios de beneficencia pblica, a fin de convertirlo en unservicio pblico dependiente del Estado.

    Durante la intervencin francesa se crearon nuevasInstituciones de beneficencia entre las que podemos mencio-nar un instituto gratuito para sordomudos y una maternidad.

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    En 1874 Lerdo de Tejada, decreta la expulsin de lasHermanas de la Caridad de todos los hospitales del pas.

    En 1877, en el Porfiriato se crea la Direccin de Benefi-cencia Pblica. Ubicndose para 1881 dentro de la Secretarade Gobernacin.

    En esta poca, se foment la creacin de fundacionespblicas de carcter privado, como la Fundacin ConcepcinBistegui, que empez a crear nuevos hospitales.

    Tal fue el xito de estas fundaciones y el crecimiento desus Centros Hospitalarios, que para 1885, el Gobierno tuvoque controlarlas a travs de Gobernacin y en 1889 apareciuna Ley que daba personalidad jurdica a las AsociacionesFilantrpicas y en 1904 se dict la Ley de BeneficenciaPrivada para el Distrito Federal y Territorios Federales.

    Podemos observar que antes de la Revolucin, el aspectoasistencia mdica se haba privatizado y que las condicioneseconmicas del mexicano no le permitan acceder a estossitios un tanto elitistas.

    Por estas fechas se instauraron los primeros hospitalesprivados fundados por las colonias extranjeras Franco--Suiza-Belga, Espaola e Inglesa. Mientras que en el interiordel pas los cambios se realizaron por Instituciones Industria-les, Ferroviarias y Mineras y slo algunos establecimientosdependan del Gobierno Federal a travs de la BeneficenciaPblica.

    Como antecedentes verdaderos de la LegislacinModerna sobre aseguramiento de los trabajadores y de susfamiliares, se encuentran en principios de este siglo, en dosdisposiciones de nivel Estatal: La Ley de Accidentes deTrabajo del Estado de Mxico, expedida el 30 de abril de

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    1904, y la Ley sobre Accidentes de Trabajo del Estado deNuevo Len, expedida el 9 de abril de 1906.

    En estos dos ordenamientos legales se reconoca, porprimera vez en el pas, la obligacin para los empresarios deatender a sus empleados en caso de enfermedad, accidente omuerte, derivados del cumplimiento de sus labores.

    Para 1915 se formul un proyecto de Ley de accidentesque estableca las pensiones e indemnizaciones a cargo delpatrn, en el caso de incapacidad o muerte del trabajador porcausa de un riesgo profesional.

    El Estado Institucional

    Al concluir la primera Guerra Mundial, con diferentesmatices y en distintos tiempos, en su gran mayora los pasesadoptaron la solucin alemana de fines del siglo XIX, en lapoca de Bismarck, de establecer sistemas de SeguridadSocial en un intento por aliviar los problemas de desvalimien-to.

    Sobre todo porque, en el pacto de la sociedad de lasnaciones se insertaron principios de solidaridad social,establecidos en la Constitucin de la Organizacin Internacio-nal del Trabajo (OIT) creada por el tratado de Versalles. Loque origin que la exportacin del Sistema Alemn deSeguros Obligatorios a otros ordenamientos, fuera casiinmediata. En pocos aos se expande por todo el mundo.

    Pero no todas las legislaciones fueron iguales. En lospases industrializados se adoptaron sistemas diferentes delAlemn; en el Reino Unido con el Plan Beveridge, en el queal lado de los Seguros Sociales se abre un Servicio Nacionalde Salud, las ayudas familiares y en un conjunto de seguros

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    voluntarios, el Sistema Sovitico, como fue natural, pronun-ciadamente estatista y con la intervencin de Sindicatos. Enel Estadounidense con el seguro de desempleo y las subven-ciones federales concedidas a los Estados, etctera.

    En Mxico, la creciente industrializacin del pas y elaumento correlativo del sector obrero, hace evidente lanecesidad de fundar Instituciones que se encarguen demantener a los trabajadores en buenas condiciones.

    En el campo de la Seguridad Social nuestra legislacinconstituye una respuesta de cambio que se dio derivada,desde luego, del esquema liberal de corte individualista de laConstitucin de 1857, al esquema de tipo social ratificado eimpuesto por la Constitucin de 1917.

    Entre los artculos que ratificaron la postura social delEstado Mexicano, encontramos el 123 y su fraccin XIX y suposterior reforma de 1929, en la que se previ la necesidadde crear el Seguro Social, siguiendo las tradicionales cobertu-ras de enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo,invalidez, vejez, cesanta en edad avanzada y muerte, si bienno fue hasta, diciembre de 1942 cuando se materializ laprevisin, como lo explicaremos ms adelante.

    El fundamento constitucional de la Seguridad Social lopodemos encontrar en el artculo 123, apartado A fraccionesXII, XIV y XXIX y en el apartado B fracciones XI, XIII, XIII Bisy XIV, as como en el artculo 4, prrafos tercero y cuarto. Deestas disposiciones han emanado diversos ordenamientosordinarios o secundarios, con lo cual queda constituido elactual sistema jurdico de la Seguridad Social en Mxico.

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    Soberanes Fernndez, Jos Luis. Regmenes de seguridad social en el derecho4

    mexicano, Los Noventa, F.C.E.

    La integracin del sistema vigente de la Seguridad Socialse efecta en trminos de tres sectores importantes : a) El de4

    la Seguridad Social de los trabajadores en general; b) El delos servidores pblicos; y c) El de la poblacin no sujeta a unarelacin de trabajo.

    a) En relacin con la Seguridad Social de los trabajado-res en general podemos decir que est constituida por elsector ms importante en la materia de estudio. El sustentode este sector se da por cuotas obrero-patronales, y susservicios son prestados por el IMSS.

    Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

    La base constitucional del seguro social en Mxico seencuentra en el artculo 123 de la Constitucin General de laRepblica, promulgada el 5 de febrero de 1917. Ah sedeclara De Utilidad Social el establecimiento de cajas deseguros populares como los de invalidez, de vida, de cesacininvoluntaria en el trabajo, de accidentes y de otros con finessimilares.

    A finales de 1925 se present una iniciativa de Ley sobreaccidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En ellase propona la creacin de un Instituto Nacional de SegurosSociales, de administracin tripartita pero cuya integracineconmica habra de corresponder exclusivamente al sectorpatronal. Tambin se defina con precisin la responsabilidadde los empresarios en los accidentes de trabajo y se determi-naba el monto y la forma de pago de las indemnizacionescorrespondientes. La iniciativa de Seguro Obrero suscit la

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    inconformidad de los patrones que no estaban de acuerdo enser los nicos contribuyentes a su sostenimiento y considera-ron que tambin otros sectores deberan aportar.

    En 1929 el Congreso de la Unin modific la fraccin(Vigsimo Novena) XXIX del artculo 123 Constitucional paraestablecer que Se considera de utilidad pblica la expedicinde la Ley del Seguro Social y ella comprender seguros deinvalidez, de vida, de cesacin involuntaria del trabajo, deenfermedades y accidentes y otros con fines anlogos. Contodo abran de pasar todava casi 15 aos para que la Ley sehiciera realidad.

    En 1935 el Presidente Lzaro Crdenas envi a loslegisladores un proyecto de Ley del Seguro Social, en el cualse encomendaba la prestacin del servicio a un Instituto deSeguros Sociales, con aportaciones y administracionestripartitas, que incorporaran a todos los asalariados, tantoindustriales como agrcolas. Sin embargo, se consider que elproyecto requera an estudios ulteriores.

    Por encargo del mismo Presidente Crdenas, se elaborun nuevo proyecto que resuma la experiencia de los anterio-res, su principal autor fue el titular de la Secretara deGobernacin, Lic. Ignacio Garca Tllez, abogado de 40 aosde edad, quien para esa fecha ya haba sido Diputado Federal,Gobernador Interino de Guanajuato, Rector de la UniversidadAutnoma de Mxico, y durante el rgimen Cardenista,Secretario Particular del Jefe del Ejecutivo y como dijimos,Secretario de Gobernacin. Colaboraron varios especialistasen Derecho, Medicina y Economa, basados en la legislacin,expedida en otros pases.

    El proyecto de Garca Tllez se refera a la creacin deun Instituto de Seguros Sociales, de aportacin tripartita, que

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    inclua al Estado, a los trabajadores asegurados y a suspatrones y que cubran o prevendran los siguientes riesgossociales: enfermedades profesionales y accidentes de trabajo,enfermedades no profesionales, maternidad, vejez e invalidezy desocupacin involuntaria.

    Aprobado el proyecto, fue enviado a la Cmara deDiputados en diciembre de 1938. Pero tampoco esta vez pudollegar ms adelante, pues a los legisladores les pareciconveniente que se elaborara un documento ms completo,fundamentado en estudios actuariales.

    Por otra parte, la situacin del momento, de fuerte crisisprovocada por la expropiacin petrolera, exiga promoverantes que nada la unidad nacional.

    A partir de 1939 la situacin de guerra motiv muchasinquietudes por encontrar soluciones a los problemas dedesigualdad econmica y social. Uno de los puntos de acuerdode los firmantes de la Carta del Atlntico fue que, una vezterminado el conflicto blico, haba que iniciar la bsqueda deInstituciones tanto nacionales como internacionales, queprocuraran a parte de la paz y la tranquilidad mundial laseguridad de que todos los hombres de todos los pasespudieran vivir libres de temores como de necesidades.

    Hacia 1942, concluan todas las circunstancias favora-bles para que finalmente pudiera implantarse en Mxico, elSeguro Social. El inters del Presidente Avila Camacho, ilustreteziuteco, por las cuestiones laborales ya se haba manifestadodesde el mismo da en que asumi la presidencia, cuandoanunci la creacin de la Secretaria del Trabajo y PrevisinSocial y la encomend al Lic. Ignacio Garca Tllez. Atendien-do a la tnica del momento la funcin inicial de la naciente

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    dependencia fue limar asperezas y procurar la conciliacinobrero-patronal.

    En diciembre del mismo ao se envi a las Cmaras lainiciativa de ley, proponiendo como suprema justificacin,que se cumplira as uno de los ms caros ideales de laRevolucin Mexicana. Se trataba de Proteger a los trabajado-res y asegurar su existencia, su salario, su capacidad producti-va y la tranquilidad de la familia; contribuir al cumplimientode un deber legal, de compromisos exteriores y de promesasgubernamentales. El Congreso aprob la iniciativa y el 19 deenero de 1943 se public en el Diario Oficial, la Ley delSeguro Social.

    Ah se determina, desde los artculos iniciales, que lafinalidad de la Seguridad Social es garantizar el derechohumano a la salud, la asistencia mdica, la proteccin de losmedios de subsistencia y los servicios sociales necesarios parael bienestar individual y colectivo.

    Como instrumento bsico de la Seguridad Social seestablece el seguro social y para administrarlo y organizarlo,se decreta la creacin de un organismo pblico descentraliza-do, con personalidad y patrimonio propios, denominadoInstituto Mexicano del Seguro Social.

    b) Por lo que respecta a la Seguridad Social de losServidores Pblicos, llamada tambin Seguridad Social de losTrabajadores al Servicio del Estado, que presenta diferenciassustantivas segn las particularidades del servidor pblicosujeto a proteccin social y se encuentra normada pordiversas disposiciones, entre las que destacan: la Ley delInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadoresdel Estado, la Ley del Seguro Social, la Ley de SeguridadSocial de las Fuerzas Armadas Mexicanas, las diversas Leyes

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    de Servicios Sociales de las Entidades Federativas, as comolos diversos reglamentos y dems disposiciones producto delas leyes antes citadas, las Constituciones Estatales y las leyesreglamentarias en la materia.

    Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)

    Tiene su antecedente inmediato en la antigua direccinde Pensiones, cuyo decreto de creacin data del 12 de agostode 1925 expedido por el entonces Presidente Plutarco ElasCalles.

    Su origen en el estatuto jurdico de los trabajadores alServicio de los Poderes de la Unin, publicado el 5 dediciembre de 1938 en el Diario Oficial de la Federacin. Ygoza de sustento jurdico con la publicacin de la Ley Federaldel ISSSTE expedida el 28 de diciembre de 1959, por elPresidente Adolfo Lpez Mateos entrando en vigor el 1 deenero de 1960.

    Creado como un organismo descentralizado de laAdministracin Pblica Federal, con personalidad jurdica ypatrimonio propio, que de conformidad con el artculo 103 desu Ley, los rganos de Gobierno son los siguientes:

    1. Junta Directiva; 2. Direccin General; 3. ComisinEjecutiva del Fondo de la Vivienda.

    La Junta Directiva es el mximo rgano de Gobierno yest integrada, segn lo seala el artculo 104 de la mismaLey por: tres representantes del Gobierno nombrados por laSecretara de Hacienda y Crdito Pblico; otros tres designa-dos por la Federacin de Sindicatos de Trabajadores al

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    Servicio del Estado, y uno ms que designa directamente elPresidente de la Repblica con el cargo expreso de DirectorGeneral del Instituto y que funge como Presidente de lapropia Junta Directiva.

    Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes

    del Estado de Puebla (ISSSTEP)

    En el ao de 1943, siendo Gobernador del Estado dePuebla, el Sr. Gonzalo Bautista Castillo, se cre la Ley delAhorro Obligatorio para los funcionarios y empleados pbli-cos del Estado y de los municipios de esta Entidad Federativa,misma que diera origen a la Institucin denominada Ahorrode Funcionarios y Empleados Pblicos, que su cumplimientoestara a cargo de una Junta de Vigilancia, integrada por elPresidente de la Junta Directiva de la Beneficencia Pblica,quien fungira como presidente, por el Director del Monte dePiedad Vidal Ruiz como secretario y, por el Director Generalde Rentas, como vocal.

    En aquel entonces, las cuotas de ahorro se integrabanpor el equivalente a un da de salario cada mes, permitiendostas brindar las siguientes prestaciones:

    a) Crdito a corto plazo. b) Crdito hipotecario.

    En 1962, el Sindicato Nacional de Trabajadores de laEducacin, seccin 42 funda el Sanatorio del Magisterio,antes Hospital Cruz y Cellis, ubicado en la 11 poniente1302, siendo Director Mdico el Dr. Carlos del CastilloFernndez y como Presidente del Patronato el Profr. EnriqueZamora Palafox, Secretario General de la Seccin 42 del

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    SNTE y como administrador, el Sr. Nicols Tern Montes deOca, teniendo una capacidad dicho Hospital de 24 camas.

    En 1976 se inaugura el Hospital "22 de Septiembre",ubicado en la calle 17 oriente 1408, siendo Secretario Generalde la ahora nueva seccin 51 del SNTE el Profr. Jess Sarabiay Ordoez, continuando como Director de dicho Hospital elDr. Carlos del Castillo Fernndez.

    Por iniciativa del Dr. Alfredo Toxqui Fernndez de Lara,Gobernador del Estado, se realizan los estudios para integrarun Organismo de Seguridad Social.

    El 11 de febrero de 1981, se emite la Ley que crea ElInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadoresal Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, siendoGobernador Constitucional del Estado, el Lic. GuillermoJimnez Morales.

    Dicha Ley decreta al Instituto de Seguridad y ServiciosSociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes delEstado de Puebla, como un organismo pblico descentraliza-do, con personalidad jurdica y patrimonio propio. La accinde esta Ley comprende a todos los trabajadores al servicio delos poderes del Estado.

    c) En referencia a la Seguridad Social de la poblacin nosujeta a una relacin de trabajo, se encuentra en algunosaspectos protegida actualmente por la Ley General de Salud;por la Ley Federal de Vivienda, por la Ley del Seguro Socialen lo tocante a los servicios sociales y solidaridad social, ascomo lo relacionado con el rgimen voluntario del SeguroSocial y con la incorporacin voluntaria al rgimen obligato-rio.

  • REVISTA DE LA E. L. DE D. DE PUEBLA No. 2 59

    Tambin son aplicables entre otras, leyes relativas aInstituciones de seguros o de contratos de seguros. Se incluyeen este apartado la poblacin protegida por programas deasistencia y prevencin social.

    En la historia futura de Mxico, no faltar sealar comoparte de los acontecimientos ms importantes del siglo XX, latransformacin de las relaciones sociales, provocada por lageneralizacin paulatina de la Seguridad Social. Mientras queanteriormente slo se poda contar con el apoyo y la solidari-dad del grupo familiar y en algunos casos del pueblo o delgremio, a partir del siglo XX, el pas construy, piedra porpiedra, ao tras ao, un edificio institucional pblico deseguridad. Firmemente basado en el derecho positivo, quebeneficia grandes masas de la poblacin trabajadora, queahora cuenta con amplios mecanismos de seguridad ybienestar social. En la segunda mitad de este siglo, lasInstituciones de Seguridad Social, han cumplido con elmandato legal de construir la infraestructura necesaria paraatender a los trabajadores mexicanos.

    Las condiciones que el proceso de modernizacin y elpluralismo econmico imponen, nos conducen a la exigenciade una revisin profunda de nuestros esquemas actuales ymejorarlos.

    Dentro del campo de la Seguridad Social, el desafo queenfrentamos nos conduce finalmente, a asimilar los cambiosy a presentarnos como un pas preparado y dispuesto a vivirplenamente el nuevo siglo.