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CONSTRUCCIONES

Construcciones Terminado

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Page 1: Construcciones Terminado

CONSTRUCCIONES

Page 2: Construcciones Terminado

Reglamento Nacional de

EdificacionesEsteban Uscamayta José

AlejandroMacedo Flórez Mariella

Moscoso Palomino ValeriaPimentel Flores Romina

Ramírez Mendoza XiamaraYatto Grados Eiko

Yarahuamán Chamorro Axel

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TITULO 1GENERALIDAD

ES

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CONSIDERACIONES BASICAS (NORMA G. 010)

Articulo 1: Tiene por objeto normar los criterios y requisitos

Articulo 2: De aplicación obligatoria para procesos de habilitación urbana.

Articulo 3: Se podrán formular normas complementarias sobre las características geográficas.

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Articulo 4: Comprende 3 títulos:

› 1ro: Norma las generalidades› 2do: Norma las habilitaciones urbanas.› 3ro: Norma las edificaciones

Articulo 5: Garantiza la seguridad de las personas, la calidad de vida y protección del medio ambiente, satisfaciendo las siguientes condiciones:

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Seguridad:Seguridad estructuralSeguridad en caso de siniestros.

Funcionalidad:Uso Accesibilidad

Habilitabilidad:Salubridad e higiene.Protección térmica y sonora.

Adecuación al entorno y protección al medio ambiente:

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PRINCIPIOS GENERALES (NORMA G. 020)

Articulo 1: Se basa en los siguientes principios generales:› De la seguridad de las personas› De la calidad de vida› De la seguridad jurídica› De la subordinación del interés personal al

interés general› Del diseño universal

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DERECHOS Y RESPONSABILIDADES (NORMA G. 030)

Articulo 1: Los derechos y responsabilidad de los

actores del proceso de edificación, están determinadas en:› Ley de procedimiento Administrativo

General› Código Civil› Código Penal› La presente Norma

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CAPITULO I: EL PROPIETARIO

Cuyo nombre se encuentra inscrito en el registro de la propiedad , tiene las siguientes responsabilidades: Explicar el proyecto, facilitar la documentación y absolver las consultas realizadas

El propietario debe firmar los planos y documentos del Expediente Técnico, esta obligado a conservar la edificación en buenas condiciones de seguridad e higiene

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CAPITULO II: DEL PROMOTOR INMOBILIARIO

Es la persona natural o jurídica encargada de ejecutar, administrar, promover y comercializar la edificación directamente o bajo contrato de terceros, siendo necesario determinados requisitos

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CAPITULO III: DE PROFESIONALES RESPONSABLES DEL PROYECTO

Los profesionales responsables del proyecto deben cumplir con :› Tener titulo profesional en su especialidad› Estar acreditados por el colegio profesional

al que pertenecen› Prestar personalmente sus servicios› Cumplir con las obligaciones pactadas en

el contratoSegún su especialidad seran, El arquitecto,

ing. Civil, Ing. Sanitario e Ing. Electricista

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CAPITULO IV: DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LA CONSTRUCCIÓN

DISPOSICIONES GENERALES• Las personas responsables deben

cumplir con:Demostrar capacidad suficiente para

ejecutar las responsabilidades asumidas

Respetar las obligaciones del contrato.

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DEL CONSTRUCTOR• La habilitación urbana estará a cargo

de un constructor que debe cumplir con:Designara al profesional que asumirá la

presentación del constructor en obra.Asignar a la obra los medios humanos y

materiales.Formalizar las subcontrataciones de la

obra.

Page 14: Construcciones Terminado

DEL PROFESIONAL RESPONSABLE

• Este esta a cargo de dirigir la obra, asegurándose la su conformidad con el proyecto y licencia aprobada.

• Durante la ejecución de la obra se deberá llevar un cuaderno de obra, el cual deberá constar de la siguiente información:• Nombre de la obra• Numero y fecha de la licencia de obra.• Nombre del propietario.• Nombre del arquitecto.• Nombre del ingeniero estructural• Nombre del ingeniero sanitario.• Nombre del ingeniero electricista.• Nombre del supervisor• Nombre del constrictor.• Nombre del profesional responsable de la obra.

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DEL PROVEEDOR• Responsabilidades:

Demostrar que se encuentra calificad.

Informarse sobre las características de calidad del producto, y así como de las especificaciones técnicas.

Ofrecer garantías sobre sus productos

Page 16: Construcciones Terminado

Articulo 37.

Del subcontratista.• Responsabilidades:

Cumplir lo pactado en el subcontrato y en el contrato principal.

Informarse sobre las características de calidad del producto, y así como de las especificaciones técnicas.

Asegurar la calidad del servicio y/o producto y así como cumplir con el reglamento aplicables al objeto del contrato.

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Articulo 38, 39, 40.

DEL SUPERVISOR DE OBRA• Su función será la de verificar la que la obra

se ejecute con forme a los proyectos aprobados.

• El profesional será un especialista en la materia que va ha supervisar, responsabilidades:Revisar la documentación del proyecto, la

calificación del personal del contratista.Emitir reportes que señalen el grado de

cumplimiento de los requisitos Asegurar la calidad del servicio y/o producto y

así como cumplir con el reglamento aplicables al objeto del contrato.

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CAPITULO IV: DE LAS MUNICIPALIDADES

Articulo 41: Las municipalidades son responsables de:

• Contar con los instrumentos de planificación que definan los parámetros urbanísticos y edificatorios.

• Otorgar autorizaciones para la ejecución de la obra.

• Simplificar administrativamente los tramites de consulta y autorizaciones.

• Designar inspectores técnicos municipales.

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Artículos 42 – 45

Las personas responsables son las encargadas de verificar el cumplimiento de las normas.

Las personas responsables deberán poseer titulo profesional, en su respectiva especialidad.

CAPITULO V: DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LA REVISION DEL

PROYECTO

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Artículos 46

Como rector Nacional le corresponde diseñar, normar y ejecutar la política nacional.

Ejerce las siguientes funciones:› Fiscalizar y supervisar el cumplimiento del

marco normativo.› Interpretar las normas técnicas.

CAPITULO VI: DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

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Artículos 47 – 49

Las infracciones al reglamento serán determinadas por las municipalidades, en cuya jurisdicción.

Se consideran infracciones:› La ejecución de una obra sin licencia.› El incumplimiento por parte del propietario.› La adulteración de los planos.› La inexistencia del cuaderno de obra.› El empleo de materiales defectuosos.› Ejecutar edificaciones en áreas urbanas que no

cuenten con habilitación urbana autorizada

CAPITULO VII: DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

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Artículos 50 – 59

El constructor y el profesional responsable de la obra, se liberan de responsabilidad del Contrato, si prueban que la obra se ejecuto de acuerdo a las normas técnicas de este.

El constructor responderá directamente a los daños materiales causados a la obra.

CAPITULO VIII: DE LAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, CIVIL Y PENAL

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DEFINICIONES(NORMA G. 040)

Articulo Único Se exponen diferentes conceptos y

definiciones:› Aleros › Lote› Catastro › Limite de propiedad› Otros

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SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCIÓN(NORMA G. 050)

OBJETO Especifica las consideraciones mínimas

indispensables de seguridad a tener en cuenta en las actividades de construcción civil.

REFERENCIAS NORMATIVAS Reglamento Nacional de vehículos. Reglamento de Seguridad y Salud en el

trabajo.

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CUMPLIMIENTO DE LA NORMA La verificación del cumplimento de la

siguiente norma queda sujeta a los dispuesto en la LEY #28806 Ley General de Inspección del Trabajo.

REQUISITOS DEL LUGAR DE TRABAJO Organización de las áreas de trabajo. Instalaciones de suministro de energía. Salidas de emergencia y zonas seguras. Iluminación

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COMITÉ TECNICO DE SEGURIDADY SALUD Para una obra de con menos de 25 trabajadores. Para una obra de con 25 o más trabajadores.EQUIPO DE PROTECCION INDIVIDUAL Ropa de trabajo. Casco de seguridad. Calzado de seguridad. Protectores de oídos. Protectores visuales. Guantes de seguridad.

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TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS Se considera espacio confinado a tanques

cisternas, cámaras, excavaciones profundas, en general a lugares con salida limitada.

Los trabajos en espacios confinados pueden presentar los siguientes riesgos:› Falta de oxigeno.› Peligros mecánicos, originados por partes móviles.› Descarga de fluidos o radiactividad.› Peligros eléctricos.

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OBRAS DE SANEAMIENTO

OBRAS DE SANEAMIENTO

OBRAS DE SUMINISTRODE ENERGÍA Y COMUNICACIONES

OBRAS DE SUMINISTRODE ENERGÍA Y COMUNICACIONES

CONSIDERACIONES GENERALESDE LAS HABILITACIONES URBANAS

CONSIDERACIONES GENERALESDE LAS HABILITACIONES URBANAS

HABILITACIONES URBANAS

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Titulo II Habilitaciones Urbanas

Consideraciones Generales de la Habilitación

GH.010 Alcances y contenidoGH.020 Componentes de Diseño Urbano

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Norma GH.010Capitulo I

kygihghkkAlcances y Contenido

Articulo1 Las normas técnicas se aplicaran a los

procesos de habilitación de tierras para fines urbanos de acuerdo a las normas de desarrollo urbano de cada localidad

Articulo 2 Las normas técnicas regulan los

aspectos concernientes a la habilitación de terrenos de acuerdo a lo siguiente :

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A. La descripción y características de los componentes que

integran la habilitación de un terreno rustico.B. Las condiciones técnicas de diseño y construcción que se

requiere para habilitar el terreno.C. Los requerimientos de diseño y construcción de las vías

publicas.D. La distribución y dimensiones de los lotes.E. Los diferentes tipos de habilitaciones urbanas en función a

la zonificación asignada.F. Condiciones especiales que requieren las habilitaciones

sobre terrenos ubicados en zonas de riveras, laderas y zonas de reurbanización.

G. Planeamiento integral.H. Las reservas para obras de carácter distrital, provincial y

regional.I. Las servidumbres.J. La canalización de los cursos de agua.K. El mobiliario urbano.L. La nomenclatura general

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Articulo 3Las normas técnicas comprenden:A. Los componentes estructurales B. Las obras de saneamientoC. Las obras de suministro de energía y

comunicaciones.

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Las habilitaciones urbanas podrán ejecutarse en todo el territorio nacional, con excepción de: zonas de interés arqueológico. zonas de protección ecológica zonas de riesgo para la salud. reserva nacional áreas destinadas a inversiones publicas. reservas para obras viales. riveras de ríos, lagos o mares. zonas de alta dificultad de dotación de

servicios públicos.

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Capítulo IIIndependización y subdivisión

Articulo 5 La independización de terrenos que se

ejecuten en áreas urbanas deberán tener parcelas superiores a 1 hectárea.

Articulo 6 Las independizaciones se podrán efectuar

simultáneamente con la ejecución de los proyectos de habilitación urbana.

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Articulo 7 Las autorizaciones de independización o

de parcelación deberán encontrarse dentro de áreas urbanas y deben contar con un planeamiento integral.

No se autorizan independizaciones de predios fuera del área de expansión urbana.

Articulo 8 El planeamiento integral deberá ser

respetado por todos los predios independizados y tendrá una vigencia de 10 años

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Articulo 9 Los predios independizados deberán

mantener las zonificación asignada al lote.

Articulo 10Las subdivisiones constituyen participaciones de predios ya habilitados.Pueden ser de dos tipos : - con obras - sin obras

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COMPONENTES DE DISEÑO URBANO(Norma GH.020)

jhghjgjhgjhCAPITULO IGeneralidades

Articulo 1 Los componentes de una habilitación

urbana son espacios públicos y terrenos aptos para ser edificados.

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Articulo 2 Las habilitaciones urbanas deben

intercomunicarse a través de una vía publica.

Articulo 3: Las servidumbres forman parte del

diseño de la habilitación. Articulo 4: Los proyectistas podrán proponer

soluciones siempre que satisfagan los criterios que presentan la norma.

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Capitulo IIDiseño de vías

Articulo 5 El diseño de las vías de una habilitación

urbana deben integrarse al sistema vial establecido en el Plan de Desarrollo Urbano.

Articulo 6 Las vías serán de uso publico, libre e

irrestricto Articulo 7 Las características del sistema vial primario

tienen que ser establecidas por un plan de desarrollo urbano

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Articulo8 Las vías principales y secundarias se

diseñaran de acuerdo al tipo de habilitación urbana en base a módulos.

Articulo 9 Las vías locales principales de las

habilitaciones tienen que tener veredas y estacionamientos.

Articulo 10 Las vías locales secundarias tendrán

como mínimo dos módulos de veredas y por lo menos un modulo de estacionamiento.

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Articulo 11 Las vías locales secundarias de

habilitaciones residenciales tendrán como mínimo 7.20 ml . De sección de circulación.

Tendrán un solo acceso si la longitud no es mayor a 50 ml.

Articulo 12 En habilitaciones residenciales con

frente a pasajes peatonales se debe de proveer áreas para estacionamiento razón de 1 por lote.

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Articulo 13 Las vías locales secundarias con

longitud no mayor a 100 ml. Tendrán un ensanche de calzada a manera de plazoleta de volteo.

Articulo 14 Las pendientes de las calzadas tendrán

un máximo de 12%. Se permitirá pendientes hasta de 15 % en zonas de volteo con tramos de hasta 50 ml. De longitud.

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Articulo 15 En habilitaciones residenciales la distancia

de una vía entre dos intersecciones de vías de transito vehicular será de 40ml.

Articulo 16 Los pasajes peatonales deberán permitir

únicamente el acceso de vehículos de emergencia

Articulo 17 En caso que la topografía del terreno lo

exigiera se tendrá que colocar puentes peatonales, muros de contención , muros de aislamiento, parapetos, barandas, etc.

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Articulo 18 Las veredas se deben diferenciar con

relación a la berma o a la calzada. Las veredas en pendiente tendrán

descansos de acuerdo a su porcentaje.Articulo 19 Las bermas de estacionamiento

diferente a la calzada deberán tener sardineles al borde de la calzada.

Articulo 20 La superficie de las calzadas tendrán

pendientes hacia los dos lados.

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Articulo 21 La unión de las calzadas entre dos

calles secundarias tendrán un radio de curvatura de 3 metros como mínimo.

Articulo22 La unión de las calzadas entre dos calle

principales tendrán un radio de curvatura de 5m como mínimo.

Articulo23 En intersecciones de vías se colocaran

rampas para discapacitados.

Page 46: Construcciones Terminado

Articulo24 Los radios mínimos de las inflexiones

de las tangentes de las vías serán: - vías principales 60m - vías locales 30m. Sino requieren curvas de tracción se

proveerá entre curva y contra curva una recta o tangente cuya longitud será:

- vías principales 30m - vías locales 20m.

Page 47: Construcciones Terminado

Capitulo IIILotización

Articulo 25 Las manzanas estarán conformadas

por 1 o mas lotes y delimitadas por vías publicas

Articulo26 Todos los lotes deben

tener acceso con víasvehiculares o peatonales.

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Capitulo IVAportes de habilitación urbana

Artículos 27 - 42Las habilitaciones urbanas deberán efectuar aportes obligatorios para recreación publica y servicios públicosLos aportes se ubicaran de manera concentrada siendo el área mínima la siguiente: Para recreación publica 800m2. Ministerio de educación lote normativo Otros fines lote normativo Parques zonales lote normativo

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Las áreas para recreación pública deberán quedar inscritos en registros públicos.El ancho mínimo del aporte para recreación publica será 25m sin incluir veredasCuando el área por habilitar sea mayor a 10 hectáreas se considera área concentrada con una superficie menor al 30 % del área total.

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Cuando los separadores centrales de vías principales tengan un ancho mayor a 25m podrán ser computados como áreas de recreación publica.En terrenos con pendientes pronunciadas las áreas de recreación estarán conformadas por terrazas con pendiente máxima del 12%.Las áreas de recreación publica serán de uso publico

Page 51: Construcciones Terminado

Capitulo VPlaneamiento Integral

Articulo 37 En casos que el área por habilitar se desarrolle en

etapas o esta no colinde con zonas habilitadas o se plantee la parcelación del predio rustico se deberá elaborar un Planeamiento integral

Articulo 38 Para el planeamiento integral de predios que no colinde

con áreas habilitadas o con proyecto de habilitación urbana aprobado, el planeamiento comprenderá la integración del sector urbano mas próximo.

Articulo 39 El planeamiento integral aprobado tiene vigencia de10

años salvo que dentro de dicho término se apruebe un nuevo Plan de Desarrollo Urbano.

Page 52: Construcciones Terminado

Articulo 40 Una vez aprobado, el Planeamiento Integral tendrá

carácter obligatorio para las habilitaciones futuras

Articulo41 En los casos en que el Plan de Desarrollo Urbano

haya sido desarrollado hasta el nivel de unidades de barrio, no será exigible la presentación del Planeamiento Integral.

Articulo 42 Cuando los terrenos rústicos materia de

habilitación estén atravesados por cursos de agua de regadío, éstos deben ser canalizados. Asimismo, se deberá plantear el sistema de evacuación de aguas pluviales.

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Capitulo VI Mobiliario Urbano y Señalización

Articulo 43 El mobiliario deberá ubicarse en el espacio

público sin impedir la libre circulación por las veredas.

Articulo 44 En cada batería de teléfonos públicos, por lo

menos uno de ellos deberá ser accesible a personas con discapacidad y estar claramente señalizado.

Page 54: Construcciones Terminado

Articulo 45 Los soportes de señales y semáforos deberán

tener una sección circular y deberán colocarse al borde exterior de la acera.

Articulo 46 Cuando se instalen semáforos sonoros,

deberán emitir una señal sonora indicado el tiempo disponible para el paso de peatones.

Articulo 47 En aquellos casos en que por restricciones

propias de la topografía o complejidad vial se requiera la instalación elementos que impidan el libre tránsito de personas con discapacidad, deberá señalizarse las rutas accesibles

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Capitulo VIIObras De Carácter Regional o Provincial

Articulo 48 En los casos que dentro de los linderos por habilitar, el

Plan de Desarrollo Urbano haya previsto una obra , los propietarios de los terrenos están obligados a reservar las áreas necesarias para dichos fines.

Articulo 49 Cuando una vía afecte un área por habilitar de propiedad

privada, el propietario podrá formular una solución eficiente o, ejecutar únicamente las obras correspondiente a la parte de vía destinada al servicio de la habilitación.

Page 56: Construcciones Terminado

Articulo 50 Las áreas de las reservas para obras

de carácter regional o provincial, se descontarán de las áreas brutas materia de la habilitación

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Capitulo VIII Nomenclatura

Articulo 51 En todas las habilitaciones en que exista

partición de la tierra en lotes y agrupamiento de éstos en manzanas, deberá establecerse una nomenclatura.

Articulo 52 Desde la etapa de proyecto deberá establecerse

una nomenclatura provisional para las vías públicas y áreas de recreación.

Articulo 53 La nomenclatura será propuesta por el

responsable de la habilitación urbana a la Municipalidad correspondiente.

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Capitulo IX Componentes y Características De Los Proyectos

Articulo 54

Los proyectos elaborados por los profesionales competentes deberán cumplir con requisitos de información suficiente para:A. Comprender los alcances y características del

proyecto B. Permitir las coordinaciones con las empresas

prestadoras de los servicios C. Lograr que el constructor cuente con todos los

elementos que le permitan estimar el costo de la edificación.

Page 59: Construcciones Terminado

Articulo 55

Los proyectos se dividen por especialidades según los aspectos a que se refieren, y pueden ser de: Planeamiento Integral Trazado y Lotización Pavimentos Ornamentación de Parques Redes Eléctricas Redes Sanitarias Redes de comunicaciones

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Articulo 56El proyecto de habilitación urbana debe contener la siguiente información: Plano de localización Planeamiento Integral. Plano de trazado y lotización Plano de Ornamentación de Parques

Articulo 57El proyecto de Pavimentos debe contener la siguienteinformación: Plano de trazado de ejes de vías Plano de perfiles longitudinales de las vias Plano de secciones viales Memoria Descriptiva

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Articulo 58El proyecto de instalaciones eléctricas para habilitaciones urbanas debe contener la siguiente información: Plano de redes primarias o de electrificación Plano de redes secundarias Plano de sistemas de transformación de alta o media

tensión . Plano de detalles constructivos Memoria de calculo Especificaciones técnicas de los materiales Procedimiento de ejecución.Articulo 59El proyecto de instalaciones de gas para habilitaciones urbanas

debe contener la siguiente información: Planos de redes planos de detalles constructivos especificaciones técnicas de los materiales procedimiento de ejecución.

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Articulo 60El proyecto de instalaciones sanitarias para habilitaciones urbanas debe contener la siguiente información: Plano de redes primarias o de saneamiento Plano de redes secundarias Planos de sistemas de almacenamiento y bombeo de agua Plano de detalles constructivos Memoria de calculo Especificaciones técnicas de los materiales Procedimiento de ejecución.