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UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA ESCUELA DE FORMACIÓN DE PROFESORES DE ENSEÑANZA MEDIA-EFPEM- PROFESORADO EN LAS CIENCIAS ECONÓMICO CONTABLES CURSO: CONTABILIDAD DE SOCIEDADES Licda. Rosa Romero García 1 1 CONTABILIDAD DE SOCIEDADES “Es una rama de la contabilidad, en la que las técnicas contables se aplican en las actividades económicas propias de las empresas propiedad de una sociedad (persona jurídica), rigiéndose por las mismas normas en que se fundamenta la contabilidad en términos generales, así como el Código de Comercio y la Escritura Pública de Constitución. En la contabilidad de sociedades, el contador además de registrar todas las transacciones de la empresa, también debe hacer los cálculos necesarios para establecer (de acuerdo a la escritura social) cuánto le corresponde de ganancia o de dividendos a cada socio o accionista; o por el contrario, si se obtiene pérdidas o déficit, la distribución de la misma.” Sociedad: “Es la unión de dos o más personas que aportan sus bienes o sus esfuerzos o ambas cosas a la vez para la realización de un fin común lícito. La sociedad debe celebrarse por escritura pública e inscribirse en el Registro respectivo para que pueda actuar como persona jurídica. La sociedad puede ser civil o mercantil.” Socio: “Persona física que en unión de otra u otras, constituyen una sociedad mercantil o civil. / Persona que es miembro de una sociedad mercantil o civil. Socio puede ser una persona individual o una persona jurídica”. CLASIFICACION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Atendiendo a la importancia del capital aportado “Se clasifican en sociedades de personas y sociedades de capital. Entre las sociedades de personas se encuentran la sociedad colectiva y la sociedad en comandita simple, se identifican con razón social. Entre las sociedades de capital , se encuentran la sociedad anónima y la sociedad en comandita por acciones, se identifican con denominación social . En estas dos últimas lo que cuenta es el capital que se aporta de acuerdo a la cantidad de acciones que se adquieran. Existe también una sociedad de naturaleza mixta, en la que es importante la persona y el capital. Esta es la sociedad de responsabilidad limitada, que puede tener razón social o denominación social. Para llevar a cabo un negocio es necesaria la persona y el capital, de manera que ambos elementos son complementarios”. Razón Social: “Nombre con que se identifica a una sociedad de personas. La razón social se puede formar con el nombre y apellido de uno de los socios y el agregado que corresponda según la clase de sociedad de que se trate, por ejemplo: la razón social de la sociedad colectiva, puede ser: Maclovio Jolón y Cía. S. C., la razón social de la sociedad en comandita simple puede ser: Jacobo León Manzo y Cia. S. en C., de la sociedad de responsabilidad limitada Bartolomé Moreno Delgado y Cia. Ltda. Aunque esta sociedad también puede llevar una denominación la cual podrá formarse libremente, por ejemplo: Pericas de Oriente y Cia. Ltda.

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CONTABILIDAD DE SOCIEDADES

“Es una rama de la contabilidad, en la que las técnicas contables se aplican en las actividades económicas propias de las empresas propiedad de una sociedad (persona jurídica), rigiéndose por las mismas normas en que se fundamenta la contabilidad en términos generales, así como el Código de Comercio y la Escritura Pública de Constitución. En la contabilidad de sociedades, el contador además de registrar todas las transacciones de la empresa, también debe hacer los cálculos necesarios para establecer (de acuerdo a la escritura social) cuánto le corresponde de ganancia o de dividendos a cada socio o accionista; o por el contrario, si se obtiene pérdidas o déficit, la distribución de la misma.” Sociedad: “Es la unión de dos o más personas que aportan sus bienes o sus esfuerzos o ambas cosas a la vez para la realización de un fin común lícito. La sociedad debe celebrarse por escritura pública e inscribirse en el Registro respectivo para que pueda actuar como persona jurídica. La sociedad puede ser civil o mercantil.” Socio: “Persona física que en unión de otra u otras, constituyen una sociedad mercantil o civil. / Persona que es miembro de una sociedad mercantil o civil. Socio puede ser una persona individual o una persona jurídica”.

CLASIFICACION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

Atendiendo a la importancia del capital aportado

“Se clasifican en sociedades de personas y sociedades de capital. Entre las sociedades de personas se encuentran la sociedad colectiva y la sociedad en comandita simple, se identifican con razón social. Entre las sociedades de capital, se encuentran la sociedad anónima y la sociedad en comandita por acciones, se identifican con denominación social. En estas dos últimas lo que cuenta es el capital que se aporta de acuerdo a la cantidad de acciones que se adquieran. Existe también una sociedad de naturaleza mixta, en la que es importante la persona y el capital. Esta es la sociedad de responsabilidad limitada, que puede tener razón social o denominación social. Para llevar a cabo un negocio es necesaria la persona y el capital, de manera que ambos elementos son complementarios”.

Razón Social:

“Nombre con que se identifica a una sociedad de personas. La razón social se puede formar con el nombre y apellido de uno de los socios y el agregado que corresponda según la clase de sociedad de que se trate, por ejemplo: la razón social de la sociedad colectiva, puede ser: Maclovio Jolón y Cía. S. C., la razón social de la sociedad en comandita simple puede ser: Jacobo León Manzo y Cia. S. en C., de la sociedad de responsabilidad limitada Bartolomé Moreno Delgado y Cia. Ltda. Aunque esta sociedad también puede llevar una denominación la cual podrá formarse libremente, por ejemplo: Pericas de Oriente y Cia. Ltda.

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La razón social de la sociedad en comandita por acciones puede formarse: Camilo Peña del Río y Cia. S. C. A”.

I USO DE LA CUENTA APORTACIÓN Está limitado el empleo de la cuenta Promesa o Aportación, a los casos en que el socio o socios de una Empresa Mercantil, no entregan de una sola vez el importe del Patrimonio Neto pactado en la Escritura de Constitución. Se carga este rubro con el importe que figura en la referida escritura y se abona con las entregas parciales. Su saldo es deudor y representa lo que un socio en particular, le debe por este concepto a la Sociedad. Problema No. 1 Pablo, Pedro y Fabián constituyen el 01 de junio del presente año la Sociedad Colectiva que lleva su nombre; financiada por partes iguales con una Patrimonio Neto de Q.60,000.00 que es entregado de la siguiente forma:

01 de junio Efectivo Q. 10,000.00 Pablo 01 de septiembre Mobiliario y Eq Q. 3,000.00 01 de noviembre Efectivo Q. 7,000.00

01 de junio Depósito Bancario Q.10,000.00 Pedro 01 de agosto Mercaderías Q. 8,000.00 01 de octubre Efectivo Q. 2,000.00

01 de junio Depósito Bancario Q.10,000.00 Fabián 01 de septiembre Mercaderías Q. 5,000.00 01 de noviembre Mobiliario y Eq. Q. 2,000.00 01 de diciembre Efectivo Q. 3,000.00

Se pide:

a) Elaborar los registros contables b) Balance de Situación General de Apertura (Art. 374 del Código de Comercio), en forma de

reporte y de acuerdo al grado de liquidez de la empresa, el representante legal es el señor Fabián López

II) APORTACIONES PAGADAS EN EFECTIVO

Problema No. 2 Los señores Juan, José y Julián con fecha 01 de abril constituyen una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un Patrimonio Neto de Q.30,000.00 dividido en partes iguales, que según la Escritura Social ha sido depositado en un Banco de la localidad.

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III) APORTACIONES PAGADAS CON OTROS BIENES Y DERECHOS Problema No. 3 El 01 de enero del presente año se constituye la Sociedad Colectiva Mario, Maria y Marión, con un Patrimonio Neto de Q.40,000.00, integrado de la siguiente forma: Mario Efectivo Q.2,000.00, Cuenta Bancaria Q.5,000.00, Mercaderías Q.3,000.00, Mobilirio y Equipo Q.5,000.00. María Efectivo Q.5,000.00, Mercaderías Q.7,000.00, Papelería y Útiles Q.500.00, Una máquina registradora Q.2,500.00 Marión Efectivo Q. 2,000.00, Depósito Bancario Q.3,000.00, Equipo de Cómputo Q.5,000.00 Se pide:

a) Elaborar los registros contables b) Balance de Situación General de Apertura (Art. 374 del Código de Comercio), en forma de

reporte y de acuerdo al grado de liquidez de la empresa, el representante legal es el señor Mario Rodríguez.

IV) APORTACIONES PAGADAS CON LOS ACTIVOS Y PASIVOS DE OTRA EMPRESA Problema No. 4 Con fecha 01 de julio del presente año, se constituye la empresa Pérez & Pac, S.C. con un capital de Q.44,000.00 Bajo las siguientes condiciones:

1. El Sr. Lucas Pac que ha venido trabajando como propietario individual, aporta su negocio, el cual es aceptado en la suma de Q.19,000.00

2. El Sr. Juan Pérez entrega a nombre de la Sociedad una boleta de Depósito Bancario por Q.12,000.00 y Q.3,000.00 en Efectivo.

3. La participación del Sr. Simón Reyes consiste en Q.10,000.00 depositados en la cuenta bancaria

de la naciente empresa.

4. De común acuerdo los socios aceptan el Activo y asumen el Pasivo del Sr. Pac, con la exclusión del efectivo en Caja y Bancos no los traslada. Además se conviene en aumentar a Q.900.00 la estimación para Cuentas Incobrables y no aceptar el saldo de Papelería y Útiles.

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Las cuentas del Balance de Situación General al 30 de junio del Sr. Pac, son las siguientes: Caja Q.1,200.00, Bancos Q.3,800.00, Clientes Q.20,000.00, Mercaderías Q.20,000.00, Mobiliario y Equipo Q.2,800.00, Vehículos Q.3,000.00, Papelería y Útiles Q.700.00, Seguros Pagados por Anticipado Q.400.00, Proveedores Q.20,000.00, Cuentas por Pagar Q.5,000.00, Lucas Pac, Patrimonio Neto Q.25,100.00, Estimación para Cuentas Incobrables Q.500.00, Depreciación Acumulada Mobiliario y Equipo. Q.800.00, Depreciación Acumulada Vehículos Q.500.00. Con la información anterior elabore la partida de apertura y el nuevo balance.

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APERTURA DE LA CONTABILIDAD DE LA SOCIEDAD COLECTIVA

“Es la que existe bajo una razón social y en la cual todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.” (Artículo 59 del Código de Comercio).

El doctor Edmundo Vásquez Martínez, en su libro Instituciones de Derecho Mercantil, la define de la siguiente manera: “Es una sociedad de personas que actúa bajo una razón social y en la cual los socios tienen responsabilidad personal, subsidiaria, ilimitada y solidaria por las obligaciones o deudas sociales”.

Primer Caso: “Cuando los socios aportan todo el capital prometido con dinero y en partes iguales. Al decir dinero, entiéndase que una parte puede ser en efectivo y otra parte con cheques de sus chequeras personales, o lo que ocurre generalmente es que todos los socios hagan sus aportaciones con cheques”.

Problema No. 1.

Los señores Porfirio Gómez y Doroteo Pérez, formaron sociedad colectiva para instalar un negocio de compra y venta de muebles, aportando cada uno Q.75,000.00. De este dinero, se dejaron en caja Q.5,000.00 y el resto se depositó en el Banco. La razón social será: Porfirio Gómez y Cia. S. C

Elabore el balance de situación general de apertura en forma de cuenta y estructurado de acuerdo al grado de liquidez de la empresa y la partida de apertura.

Segundo Caso: Cuando los socios aportan todo el capital prometido, pero además de dinero, también aportan otros bienes.

Problema No. 2

1 de febrero del presente año, los señores Delfino Paredes y Heneas Zepeda, formaron sociedad colectiva para instalar un negocio de compra y venta de camas, la razón social será: Delfino Paredes y Cia. S. C, cada socio aportó lo siguiente: Delfino Paredes: Efectivo Q.40,000.00, Mercaderías Q.55,000.00, Mobiliario y Equipo Q.30,000.00 Heneas Zepeda: Efectivo Q.30,000.00, Mercaderías Q.29,000.00, Equipo de Computación Q.25,000.00. Los gastos de organización ascendieron a Q.16,000.00, los cuales fueron pagados por el socio Heneas. El IVA no se incluye porque los bienes que aportan los socios fueron facturados a nombre de cada uno de los socios en lo particular y no a nombre la sociedad. Del efectivo se dejaron en caja Q.10,000.00 y el resto se depósito en el banco.

Elabore el balance de situación general de apertura en forma de reporte y estructurado de acuerdo a la naturaleza de las actividades de la empresa y la partida de apertura

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Tercer Caso: Cuando los socios aportan diferentes activos pero además aportan pasivos. Problema No. 3 El 01 de marzo del presente año, los señores Herminio Flores, Victoriano Blanco y Luterio Moreno, formaron sociedad colectiva, para instalar un negocio de compra y venta de ropa en general, la razón social es: Flores Blanco y Cía. S.C. cada socio aportó lo siguiente:

Herminio Flores: Efectivo Q.50,200.00, Mercaderías Q.75,000.00, Vehículos Q.80,000.00, Mobiliario y Equipo Q.30,000.00, Papelería y Útiles Q.4,800.00. De las mercaderías adeuda a Almacén la Económica Q.20,000.00 y de los vehículos adeuda a CIDEA 10 letras de Q.2,000.00 cada una.

Victoriano Blanco: Efectivo Q.60,000.00, Mercaderías Q.80,000.00, Equipo de Computación Q.30,000.00. De las mercaderías adeuda a Distribuidora la Rana Q.10,000.00 y del equipo de computación adeuda a Compushop, S. A. 10 letras de Q.1,000.00 cada una.

Luterio Moreno: Efectivo: Q.30,000.00 Vehículos Q.71,000.00, Material de Empaque: Q.4,000.00.

Los gastos de organización, ascienden a Q.20,000.00 los cuales fueron pagados por el socio Luterio. Del efectivo se dejaron en caja Q.8,000.00 y el resto se depositó en el Banco.

Cuarto Caso:

Cuando los socios aportan diferentes activos y prometen aportar más en el futuro, pero además aportan pasivos.

Problema No. 4

El 01 de abril del presente año, los señores Justiniano Mirón, Petronila Beteta y Ruperto Guerra, formaron sociedad colectiva para instalar un negocio de compra y venta de electrodomésticos, la razón social es: Mirón Beteta y Cía. S.C., cada socio aportó lo siguiente:

Justiniano Mirón: Efectivo Q.45,000.00; Mercaderías Q.80,000.00; Inmuebles Q.300,000.00. De las mercaderías adeuda Q.25,000.00 y el inmueble está hipotecado en Q.140,000.00, de los cuales se pagarán Q.45,000.00 en los próximos 12 meses y el resto después. Petronilo Beteta: Efectivo Q.34,000.00, Mercaderías Q.70,000.00, Vehículos de Reparto Q.85,000.00, Mobiliario y Equipo Q.25,000.00, además promete aportar en 5 meses Q. 40,000.00 más. De las mercaderías adeuda Q.30,000.00 y de los vehículos adeuda 8 letras de Q.3,000.00 cada una. Ruperto Guerra:

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Efectivo Q.40,000.00; Mercaderías Q.50,000.00; Mobiliario y Equipo Q.35,000.00; Papelería y Útiles Q.5,000.00; 10 Bonos del Banco de Guatemala a Q.4,000.00 cada uno, los cuales se cobrarán en 3 años; además promete aportar en 6 meses Q.30,000.00 más. De las mercaderías adeuda Q.25,000.00 y del mobiliario y equipo 5 letras de Q.2,000.00 cada una. Los gastos de organización ascendieron a Q.25,000.00, los cuales fueron pagados por el socio Guerra..

Del efectivo se dejaron en caja Q.12,000.00 y el resto se deposito en el Banco y se convino en usar una sola cuenta: Caja y Bancos.

El Balance de Situación General de apertura se hará en forma de reporte y se estructurará de acuerdo a la naturaleza de las actividades de la empresa. El IVA no se incluye porque los bienes que aportan los socios fueron facturados a nombre de cada uno en lo particular y no a nombre de la sociedad.

De todas las deudas se hace cargo la sociedad.

SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

“Es la compuesta por uno o varios socios comanditados que responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales; y por uno o varios socios comanditarios que tienen responsabilidad limitada al monto de su aportación. Las aportaciones no pueden ser representadas por títulos o acciones. (Artículo 68 del Código de Comercio)”.

El doctor Edmundo Vásquez Martínez, en su libro Instituciones de Derecho Mercantil, la define de la siguiente manera: “Es una sociedad predominantemente personalista en la que unos socios (comanditados) desempeñan la gestión y representación sociales, pueden aportar capital y trabajo o solo trabajo y asumen responsabilidad ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales y otros socios (comanditarios) solamente aportan capital y limitan su responsabilidad al monto de su aporte.”

APERTURA DE LA CONTABILIDAD DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

“En la apertura de la contabilidad de la sociedad en comandita simple, pueden darse los mismos casos que en la sociedad colectiva, con la única variante de que el capital debe estar totalmente pagado, no se aceptan promesas”.

Razón Social:

“La sociedad en comandita simple se identifica con una razón social; es decir, con un nombre que la represente ante los demás. Dicha razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos si fueren varios y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía, sociedad en Comandita, la que podrá abreviarse: y Cía. S. en C., por ejemplo: «Benjamín

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Bardales y Cia. S. en C.»; «Godínez Morales-Díaz Cruz y Cia. S. en C.» (Articulo 69). Cualquier persona que no sea socio comanditado, que haga figurar o permita que su nombre figure en la razón social, quedará obligada en favor de terceros en igual forma que los comanditados. En igual responsabilidad incurrirán los socios comanditarios cuando se omita en la razón social la expresión: Sociedad en Comandita, o su abreviatura. (Artículo 70)”.

Dos categorías de Socios:

“Existen dos categorías de socios, llamados: socios comanditados o gestores y socios comanditarios o capitalistas. Los socios comanditados o gestores pueden o no aportar capital a la sociedad; es decir, que además de aportar su experiencia pueden aportar capital, o bien sólo su experiencia (trabajo). Los socios comanditarios solo aportan capital.”

Problema No. 5

El 01 de mayo del presente año, los señores Cornelio Regalado y Bartola Lobos, formaron sociedad en comandita simple, para instalar un negocio de compra y venta de artículos de cuero.

El señor Regalado será el socio comanditado, quien aportará sus conocimientos y su trabajo, y el señor Lobos será el socio comanditario, quien aporta lo siguiente: Efectivo Q.85,000.00, Mercaderías Q.50,000.00, Mobiliario y equipo Q. 25,000.00 y Gastos de Organización Q.15,000.00. Del efectivo se dejan en caja Q.5,000.00 y el resto se deposita en el Banco. La razón social será: Cornelio Regalado y Cía. S. en C.

Problema No. 6

El 01 de junio del presente año, los señores Petronila Manzo y Gaspar Bravo, formaron sociedad en Comandita Simple para instalar un negocio de compra y venta de ropa para damas. El señor Manzo, será el socio comanditado y el señor Bravo será el socio comanditario. La razón social es: Petronila Manzo y Cia. S. en C., cada socio aportó lo siguiente:

Petronila Manzo: Efectivo Q.50,000.00

Gaspar Bravo: efectivo Q.45,000.00, mercaderías Q.60,000.00, mobiliario y equipo Q.30,000.00, equipo de computación Q.25,000.00, gastos de organización Q.15,000.00, Pagó 5 meses anticipados de alquiler del local a Q.2,000.00 cada mes.

Del efectivo se dejaron en caja Q.5,000.00 y el resto se depositó en el Banco.

Problema No.7 El 01 de julio del presente año, el señor Joaquín Moscoso quien venía trabajando como comerciante individual en su negocio de librería, decide formar sociedad en Comandita Simple con el señor Moisés

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Vargas, para seguir explotando la misma empresa. El señor Moscoso será el socio Comanditado y el señor Vargas será el socio comanditario. La razón social será: Joaquín Moscoso y Cía. S. en C. El señor Moscoso presenta su Balance de Situación General al día de ayer, el cual contiene las siguientes cuentas: Caja y Bancos Q.85,200.00, Caja Chica Q800.00, Clientes Q.35,000.00, Deudores Varios Q.12,000.00, Mercaderías Q.60,000.00, Papelería y Útiles Q.5,000.00, Valores Mobiliarios Largo Plazo Q.50,000.00, Mobiliario y Equipo (neto) Q.25,000.00. Proveedores Q.28,000.00, Documentos por Pagar a Corto Plazo Q.15,000.00, Préstamos Bancarios a largo Plazo Q.75,000.00 Capital Q.155,000.00. Condiciones: El señor Moscoso pone como condición que de su cuenta Caja y Bancos solo traslada Q.40,000.00 y que su capital sea aceptado en Q.140,000.00, lo cual fue aceptado por el señor Vargas. La aportación del señor Vargas consistió en Q.150,000.00 con un cheque de su chequera personal, un equipo de computación valuado en Q.20,000.00, gastos de organización Q.20,000.00. Condiciones: El señor Vargas pone condición de que no acepta la papelería y útiles, lo cual fue aceptado por el señor Moscoso.

De todas las deudas se hace cargo la sociedad

APERTURA DE LA CONTABILIDAD DE LA SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA

“Sociedad de responsabilidad limitada es la compuesta por varios socios que sólo están obligados al pago de sus aportaciones. Por las obligaciones sociales responde únicamente el patrimonio de la sociedad y, en su caso, la suma que a más de las aportaciones convenga la escritura social (Artículo 78 del Código de Comercio).

El capital estará dividido en aportaciones que no podrán incorporarse a títulos de ninguna naturaleza ni denominarse acciones.

El doctor Edmundo Vásquez Martínez, en su libro Instituciones de Derecho Mercantil, la define de la siguiente manera: “Es una sociedad mercantil que, bajo una denominación objetiva o una razón social, de capital fundacional y dividido en aportaciones no incorporables a títulos de ninguna naturaleza.”

CARACTERÍSTICAS

1. “Es una sociedad de personas y capitales. La sociedad de responsabilidad limitada es un tipo de sociedad intermedia entre las sociedades de personas (colectiva y en comandita simple) y las sociedades de capitales (anónima y en comandita por acciones). Se dice que esta sociedad es una variedad de la sociedad anónima; que es una sociedad anónima sin acciones: o bien,

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una sociedad anónima de estructura simplificada. Esto debido a la limitación de la responsabilidad de los socios frente a las obligaciones sociales.

2. En esta sociedad, el número de socios no puede pasar de 20; es decir que solo se aceptan hasta 20 socios, no más. (Artículo 79 Código de Comercio).

3. La sociedad de responsabilidad limitada puede identificarse con una denominación o con una razón social. La denominación se formará libremente, pero siempre hará referencia a la actividad social principal, por ejemplo: «Repuestos para Vehículos el Faro Limitada» o bien «Repuestos para Vehículos el Faro Ltda.». «Comida Rápida y Compañía Limitada» o bien «Comida Rápida y Cia. Ltda.». La razón social se formará con el nombre completo de uno de los socios o con el apellido de dos o más de ellos, por ejemplo: «Tiburcio Matta Lobos y Compañía Limitada» o bien «Tiburcio Matta Lobos y Cía. Ltda.». «Pazos de León y Compañía Limitada» o bien «Pazos de León y Cía. Ltda.». «Zepeda Urrea-Paredes Rojas y Compañía Limitada» o bien «Zepeda Urrea-Paredes Rojas y Cía. Ltda.». En ambos casos es obligatorio agregar la palabra Limitada o la leyenda: y Compañía Limitada, las que podrán abreviarse: Ltda. o Cía. Ltda., respectivamente.

4. En este tipo de sociedad mercantil, al momento de constituirse, el capital debe estar integra y efectivamente pagado por los socios; es decir, que no se aceptan promesas.

5. En la Sociedad de Responsabilidad Limitada, no debe haber socio industrial.”

Problema No.8 El 01 de agosto del presente año, los señores Serapio Cordón y Maximiliano Delgado, formaron sociedad de responsabilidad limitada para instalar una fábrica de ropa, cuya denominación social será: Confecciones la Chapina, Limitada. Serapio Cordón: aportó: Efectivo Q.40,000.00, Materia Prima Q.60,000.00, Maquinaria Q.270,000.00 Mobiliario y Equipo Q.30,000.00. Maximiliano Delgado aportó: Efectivo Q.30,000.00 Materia Prima Q.50,000.00, Vehículos de Reparto Q.120,000.00, Mobiliario y Equipo Q.35,000.00, Equipo de Computación Q.30,000.00, Gastos de Organización Q.20,000.00, pagó 5 meses anticipados de alquiler del local a Q.3,000.00 cada mes.