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CONTABILIDAD PARA INSTITUCIONES FINANCIERAS A continuación presentamos un ejemplo práctico de contabilización de un préstamo con una entidad financiera cualquiera. Presentamos un mismo ejemplo pero con 2 posibles soluciones: . Solución 1.- Contabilización según las normas de registro y valoración del PGC Pyme aplicable solamente a pequeñas y medianas empresas (pues también podrían aplicar los criterios de PGC Normal este tipo de sociedades). . Solución 2.- Contabilización según las normas de registro y valoración del PGC Normal. EJEMPLO La sociedad RCRCR, SA formaliza el 01.01.2010 un préstamo con una entidad financiera de acuerdo al siguiente condicionado: Importe solicitado: 100.000 euros. Plazo de devolución: 4 semestres. Tipo de interés: 8% anual. Comisión de apertura: 3 por 100. Corretaje: 1 por 100. La entidad financiera facilita el siguiente cuadro de amortización: Pagos Capital Pdte. Intereses Amortización Cuóta Amortizado 1 100.000.00 4.000,00 23.549,00 27.549,00 23.549,00 2 76.451,00 3.058,03 24.490,97 27.549,00 48.039.97 3 51.960,03 2.078,40 25.470,60 27.549,00 73.510,57 4 26.489,43 1.059,57 26.489,43 27.549,00 100.000,00 10.196,00 100.000,00 110.196,00 Se pide registro contable de los asientos que implica esta operación. SOLUCIÓN 1. PGC Pyme De acuerdo a la norma de valoración 9ª del Plan General Contable Pyme, la clasificación de los préstamos con entidades de crédito vendría dada en la categoría de "Pasivos financieros a coste amortizado". Su registro y valoración coinciden prácticamente con la de los "débitos y partidas a pagar" del PGC Normal, aunque existe una "salvaguarda" para el caso de las pymes. Así, esta norma dice "... se valorarán inicialmente por el coste, que equivaldrá al valor

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CONTABILIDAD PARA INSTITUCIONES FINANCIERAS

    A continuación presentamos un ejemplo práctico de contabilización de un préstamo con una entidad financiera cualquiera.   Presentamos un mismo ejemplo pero con 2 posibles soluciones:.   Solución 1.- Contabilización según las normas de registro y valoración del PGC Pyme aplicable solamente a pequeñas y medianas empresas (pues también podrían aplicar los criterios de PGC Normal este tipo de sociedades). .   Solución 2.- Contabilización según las normas de registro y valoración del PGC Normal.

EJEMPLO    La sociedad RCRCR, SA formaliza el 01.01.2010 un préstamo con una entidad financiera de acuerdo al siguiente condicionado:

Importe solicitado: 100.000 euros. Plazo de devolución: 4 semestres. Tipo de interés: 8% anual. Comisión de apertura: 3 por 100. Corretaje: 1 por 100. La entidad financiera facilita el siguiente cuadro de amortización:

Pagos Capital Pdte. Intereses Amortización Cuóta Amortizado

1 100.000.00       4.000,00       23.549,00       27.549,00       23.549,00      

2 76.451,00       3.058,03       24.490,97       27.549,00       48.039.97      

3 51.960,03       2.078,40       25.470,60       27.549,00       73.510,57      

4 26.489,43       1.059,57       26.489,43       27.549,00       100.000,00      

         

    10.196,00      100.000,00       110.196,00       

    Se pide registro contable de los asientos que implica esta operación.   

SOLUCIÓN 1. PGC Pyme   De acuerdo a la norma de valoración 9ª del Plan General Contable Pyme, la clasificación de los préstamos con entidades de crédito vendría dada en la categoría de "Pasivos financieros a coste amortizado". Su registro y valoración coinciden prácticamente con la de los "débitos y partidas a pagar" del PGC Normal, aunque existe una "salvaguarda" para el caso de las pymes.    Así, esta norma dice "... se valorarán inicialmente por el coste, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación recibida ajustado por los costes de transacción que les sean directamente atribuibles; no obstante, estos últimos, así como las comisiones financieras que se carguen a la empresa cuando se originen las deudas con terceros, podrán registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su reconocimiento inicial".... En cuanto a su valoración posterior "...se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo".    Es decir, nos encontramos como los mismos criterios de registro y valoración que en el PGC Pyme pero con la excepción de lo subrayado, es decir, los gastos originados inicialmente por la concesión del préstamo

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podrán imputarse directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias en ese momento. ¿Qué consecuencias trae este parrafito? 1ª. Al imputar los gastos iniciales del préstamo y si no se producen gastos adicionales a lo largo del mismo, el tipo de interés nominal coincidirá con el tipo de interés efectivo, así el coste amortizado coincidirá con la tabla de amortización facilitada por la entidad financiera. 2ª. Dándose esta primera circunstancia, podremos seguir contabilizando los préstamos como lo hacíamos con la normativa del Plan General Contable de 1990 (si no tenemos en cuenta la inexistencia de los gastos a distribuir en varios ejercicios que todavía facilita más su registro)   

 En este sentido, nuestro ejercicio se resolvería en los siguientes términos:

Registro concesión 01.01.2010:

DEBE HABER

96.000 Bancos c/c (572)    

4.000 Otros gastos financieros     (669)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 48.039,97

  a Deudas L/P con entidades de crédito (170) 51.960,03

--- x ---

Pago 1er semestre 30.06.2010: DEBE HABER

4.000,00 Intereses de Deudas (662)    

23.549,00 Deudas C/P con entidades de crédito (520)  

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Pago 2º semestre 31.12.2011: DEBE HABER

3.058,03 Intereses de Deudas (662)    

24.490,97 Deudas C/P con entidades de crédito (520)  

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Reclasificación de la Deuda a corto plazo: DEBE HABER

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51.960,03 Deudas C/P con entidades de crédito (170)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 51.960,03

--- x ---

Pago 3er semestre 30.06.2012: DEBE HABER

2.078,40 Intereses de Deudas (662)    

25.470,60 Deudas C/P con entidades de crédito (520)  

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Pago 4º y último semestre 31.12.2012: DEBE HABER

1.059,57 Intereses de Deudas (662)    

26.489,43 Deudas C/P con entidades de crédito (520)  

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

 Es la opción mucho más "sencillita y asequible" que con la utilización del PGC normal.

SOLUCIÓN 1. PGC Normal.    De acuerdo a la norma de valoración 9ª del Plan General Contable, los préstamos recibidos han de registrarse como pasivos financieros incluyéndolos en la categoría de "préstamos y partidas a pagar", por lo que en su contabilización se seguirán los criterios generales de esta categoría, es decir, que inicialmente se valorarán por el importe neto recibido y posteriormente por el coste amortizado calculado al tipo de interés efectivo.    En los débitos y partidas a pagar, según la norma de valoración 9ª referida, se clasificarán: a) Débitos por operaciones comerciales: son aquellos pasivos financieros que se originan en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa, y b) Débitos por operaciones no comerciales: son aquellos pasivos financieros que, no siendo instrumentos derivados, no tienen origen comercial. De acuerdo con la norma de valoración 9ª "Instrumentos Financieros" del Plan General Contable, los "Débitos y partidas a pagar" "... se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación recibida ajustado por los costes de transacción que les sean directamente atribuibles. No obstante lo señalado en el párrafo anterior, los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, así como los desembolsos exigidos por terceros sobre participaciones, cuyo importe se espera pagar en el corto plazo, se podrán valorar por su valor nominal,

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cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo....". Al mismo tiempo las valoraciones posteriores que se produzcan de estos pasivos financieros "... se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo..."   En este sentido, la valoración inicial debería venir dada por:

Valor de la contraprestación neta recibida: 100.000 - 3.000 - 1.000 = 96.000 euros.(Minoramos el importe recibido en la comisión de apertura y corretaje)

   Luego el tipo de interés efectivo de la operación sería igual a:   27.549   27.549   27.549   27.549  

96.000 =  ------------ + ------------ + ------------ + ------------  TIE = 5,754177% semestral

  (1+tie)   (1+tie)2   (1+tie)3   (1+tie)4  

   Luego si generamos una nueva tabla de amortización con los gastos iniciales:

Pagos Cuóta DeudaIntereses

5,75%Devolución

CapitalCoste

AmortizadoIntereses 4%

Difer. Intereses

1 27.549,00       96.000,00       5.524,01       22.024,99       73.975,01       4.000,00       1.524,01      

2 27.549,00       73.975,01       4.256,65       23.292,35       50.682,66       3.058,03       1.198,62      

3 27.549,00       50.682,66       2.916,37       24.632,63       26.050,03       2.078,40       837,97      

4 27.549,00       26.050,03       1.498,97       26.050,03       0,00       1.059,57       439,40      

               

        14.196,00       96.000,00        10.196,00       

   Así la contabilización deberá realizarse en función de esta nueva tabla y consecuentemente, de acuerdo con la norma de Registros y Valoración de "Instrumentos Financieros" los gastos iniciales del préstamo netearán el valor inicial del préstamo, por lo que observamos que el registro del pasivo financiero (deuda) se realiza por el importe recibido y no por el total que habremos de devolver a la entidad financiera.

Registro concesión 01.01.2010: DEBE HABER

 96.000 Bancos c/c (572)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 45.317,34

  a Deudas L/P con entidades de crédito (170) 50.682,66

--- x ---

   Si optamos por la contabilización de acuerdo a la tabla facilitada por la entidad financiera (probablemente resulte muchos más sencillo de trabajar) tendríamos:

Pago 1er semestre 30.06.2010: DEBE HABER

 4.000,00 Intereses de Deudas (662)    

 23.549,00 Deudas C/P con entidades     de  crédito (520)    

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

Page 5: Contabilidad Para Instituciones Financieras

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Imputación como gasto la parte correspondiente de los gastos iniciales, incrementando la deuda inicial:

DEBE HABER

    91.524,01 Intereses de Deudas (662)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 1.524,01

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Pago 2º semestre 31.12.2011: DEBE HABER

 3.058,03 Intereses de Deudas (662)    

 24.490,97 Deudas C/P con entidades de crédito     (520)      

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Imputación como gasto la parte correspondiente de los gastos iniciales, incrementando la deuda inicial:

DEBE HABER

 1.198,62 Intereses de Deudas (662)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 1.198,62

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Reclasificación de la Deuda a corto plazo: DEBE HABER

50.682,66 Deudas C/P con entidades de crédito (170)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 50.682,66

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Pago 3er semestre 30.06.2012: DEBE HABER

2.078,40 Intereses de Deudas (662)    

25.470,60 Deudas C/P con entidades de crédito (520)      

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Imputación como gasto la parte correspondiente de los gastos iniciales, incrementando la deuda inicial:

Page 6: Contabilidad Para Instituciones Financieras

DEBE HABER

 837,97 Intereses de Deudas (662)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 837,97

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Pago 4º y último semestre 31.12.2012 DEBE HABER

 1.059,57 Intereses de Deudas (662)    

 26.489,43 Deudas C/P con entidades de crédito (520)      

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

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Imputación como gasto la parte correspondiente de los gastos iniciales, incrementando la deuda inicial:

DEBE HABER

    439,40 Intereses de Deudas (662) </R>     

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 439,40

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Javier Gómez. Departamento de Contabilidad de RCR Proyectos de Software. Este comentario es una cortesía de la página web www.supercontable.com y ASESOR CONTABLE.

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