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Informativo Vera Paredes B - 1 Sección Contable y Auditoría Contenido SECCIÓN CONTABLE Y AUDITORÍA B INFORME NIC 38 Activos Intangibles: Costos de Investigación y Desarrollo..................................................................... B-1 CASOS PRÁCTICOS 1. Costo Adicional en Habilitación de Terreno para su Venta .......................................................................... B-4 2. Embargo de Activo Fijo por Incumplimiento de Contrato .......................................................................... B-5 MEMODATOS .................................................................................................................................................... B-6 nómicos futuros, la empresa tiene disponibilidad de adecuados recursos técnicos para su desarrollo y finalmente cuando existe un mercado seguro para su comercialización Prescribe el tratamiento contable y revelaciones de los activos intangibles no previstos en otras normas, como es el caso de la NIC 22 que comenta el tratamiento de la plusvalía mercan- til. Trata sobre el reconocimiento de los activos intangibles adquiridos, pautas para reconocer activos intangibles adqui- ridos, pautas para reconocer activos intangibles generados internamente. Ejemplos de intangibles que pueden ser reconocidos en los Estados Financieros: Los costos de puesta en marcha de una operación, cos- tos de entrenamiento, costos de promoción y publicidad y costos de cambio de locación o reorganización de una empresa. • Activos intangibles generados internamente: Para la iden- tificación de activos intangibles generados internamente, la norma utiliza conceptos de investigación y desarrollo (NIC 9), refiriéndose a “fases de investigación” y “fases de desarrollo”. Todos los desembolsos incurridos en una fase de investigación deben ser reconocidos inmediatamente como gastos, mientras que los desembolsos en fase de desarrollo pueden ser capitalizados como activos intan- gibles si cumplen con las condiciones establecidas en la Norma. • Tratamiento Preferente: Los activos intangibles deben ser reconocidos inicialmente al costo, y su valuación posterior puede ser efectuada al costo menos amortización acumula- da. • Tratamiento Alternativo Permitido: Valor de revaluación me- nos amortizaciones acumuladas, en este último caso siempre y cuando exista un mercado activo para el activo intangible revaluado. Esta Norma requiere que un activo intangible sea considerado como de vida útil indefinida cuando, sobre la base del análisis de todos los factores relevantes, no hay un límite previsible para el período a lo largo del cual el activo se espera que genere entradas netas de efectivo para la entidad. La revisión de este rubro comprende los elementos del activo fijo inmaterial o intangible de la empresa, cuyas características son similares a las del activo fijo material que es empleado en la producción de bienes y servicios y con una vida útil prolongada pero, a diferencia de este tipo de activo fijo material, los intangi- bles no tiene existencia física I. OBJETIVO El objetivo de esta norma es darnos a conocer el tratamiento contable para los costos de investigación y desarrollo, pre- cisando si estos costos deben ser reconocidos como gasto o como activo, utilizando los criterios de preparación y pre- sentación de los estados financieros que nos indica dicho reconocimiento. II. ALCANCE La presente norma no es aplicable a los costos de exploración y desarrollo en el caso de los depósitos de petróleo, gas y mi- nerales de las industrias extractivas. Pero si es aplicable a los costos de otras actividades de investi- gación y desarrollo de dichas industrias. De conformidad con esta norma una empresa puede realizar actividades de investigación y desarrollo para otra empresa, según contrato. De acuerdo con la presente norma para poder reconocer un activo intangible éste debe reunir la condición de ser un beneficio futuro probable para la empresa y que el costo de dicho activo sea medido confiablemente. Para que una empresa desarrolle este tipo de activo existen dos fases definidas contablemente, la primera “de investigación” y la segunda “de desarrollo”. En parte de investigación toda inversión debe ser considerada como gasto, pues no se sabe si, sus resultados revertirán en beneficio de la empresa. Entre estos tenemos los gastos pre-ope- rativos, desembolsos de capacitación, inversión en reubicación de la empresa o reestructuración de la misma; en cambio, en la fase de desarrollo, se considera a los activos intangibles en la contabilidad de las empresas cuando exista la factibilidad técnica que permita determinar si el producto futuro está disponible para su uso o venta. Los intangibles se contabilizan cuando generan beneficios eco- NIC 38 Activos Intangibles: Costos de Investigación y Desarrollo * Contador Público Colegiado. Estudios en Derecho y Ciencias Políticas. Estu- dios de Maestría en Contabilidad y Tributación. Sub Director del Informativo Vera Paredes. C.P.C. Aída Vera Zambrano (*) Informe

Contable Nic 38 Caso Practico

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Sección Contable y Auditoría

Contenido

SECCIÓN CONTABLE Y AUDITORÍABINFORME NIC 38 Activos Intangibles: Costos de Investigación y Desarrollo .....................................................................B-1CASOS PRÁCTICOS1. Costo Adicional en Habilitación de Terreno para su Venta ..........................................................................B-4 2. Embargo de Activo Fijo por Incumplimiento de Contrato ..........................................................................B-5MEMODATOS .................................................................................................................................................... B-6

nómicos futuros, la empresa tiene disponibilidad de adecuados recursos técnicos para su desarrollo y finalmente cuando existe un mercado seguro para su comercialización

Prescribe el tratamiento contable y revelaciones de los activos intangibles no previstos en otras normas, como es el caso de la NIC 22 que comenta el tratamiento de la plusvalía mercan-til. Trata sobre el reconocimiento de los activos intangibles adquiridos, pautas para reconocer activos intangibles adqui-ridos, pautas para reconocer activos intangibles generados internamente.

Ejemplos de intangibles que pueden ser reconocidos en los Estados Financieros:

Los costos de puesta en marcha de una operación, cos-tos de entrenamiento, costos de promoción y publicidad y costos de cambio de locación o reorganización de una empresa.

• Activos intangibles generados internamente: Para la iden-tificación de activos intangibles generados internamente, la norma utiliza conceptos de investigación y desarrollo (NIC 9), refiriéndose a “fases de investigación” y “fases de desarrollo”. Todos los desembolsos incurridos en una fase de investigación deben ser reconocidos inmediatamente como gastos, mientras que los desembolsos en fase de desarrollo pueden ser capitalizados como activos intan-gibles si cumplen con las condiciones establecidas en la Norma.

• Tratamiento Preferente: Los activos intangibles deben ser reconocidos inicialmente al costo, y su valuación posterior puede ser efectuada al costo menos amortización acumula-da.

• Tratamiento Alternativo Permitido: Valor de revaluación me-nos amortizaciones acumuladas, en este último caso siempre y cuando exista un mercado activo para el activo intangible revaluado.

Esta Norma requiere que un activo intangible sea considerado como de vida útil indefinida cuando, sobre la base del análisis de todos los factores relevantes, no hay un límite previsible para el período a lo largo del cual el activo se espera que genere entradas netas de efectivo para la entidad.

La revisión de este rubro comprende los elementos del activo fijo inmaterial o intangible de la empresa, cuyas características son similares a las del activo fijo material que es empleado en la producción de bienes y servicios y con una vida útil prolongada pero, a diferencia de este tipo de activo fijo material, los intangi-bles no tiene existencia física

I. OBJETIVO

El objetivo de esta norma es darnos a conocer el tratamiento contable para los costos de investigación y desarrollo, pre-cisando si estos costos deben ser reconocidos como gasto o como activo, utilizando los criterios de preparación y pre-sentación de los estados financieros que nos indica dicho reconocimiento.

II. ALCANCE

La presente norma no es aplicable a los costos de exploración y desarrollo en el caso de los depósitos de petróleo, gas y mi-nerales de las industrias extractivas.Pero si es aplicable a los costos de otras actividades de investi-gación y desarrollo de dichas industrias.

De conformidad con esta norma una empresa puede realizar actividades de investigación y desarrollo para otra empresa, según contrato.

De acuerdo con la presente norma para poder reconocer un activo intangible éste debe reunir la condición de ser un beneficio futuro probable para la empresa y que el costo de dicho activo sea medido confiablemente.

Para que una empresa desarrolle este tipo de activo existen dos fases definidas contablemente, la primera “de investigación” y la segunda “de desarrollo”.

En parte de investigación toda inversión debe ser considerada como gasto, pues no se sabe si, sus resultados revertirán en beneficio de la empresa. Entre estos tenemos los gastos pre-ope-rativos, desembolsos de capacitación, inversión en reubicación de la empresa o reestructuración de la misma; en cambio, en la fase de desarrollo, se considera a los activos intangibles en la contabilidad de las empresas cuando exista la factibilidad técnica que permita determinar si el producto futuro está disponible para su uso o venta.

Los intangibles se contabilizan cuando generan beneficios eco-

NIC 38 Activos Intangibles: Costos de Investigación y Desarrollo

* Contador Público Colegiado. Estudios en Derecho y Ciencias Políticas. Estu-dios de Maestría en Contabilidad y Tributación. Sub Director del Informativo Vera Paredes.

C.P.C. Aída Vera Zambrano (*) Informe

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III. COMPONENTES DE LOS COSTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

Los costos de investigación y desarrollo deben incluir todos los costos que sean directamente atribuibles a las actividades de investigación y desarrollo.

IV. RECONOCIMIENTO DE LOS COSTOS DE INVESTIGA-CIÓN Y DESARROLLO

La distribución de los costos de investigación y desarrollo a di-ferentes períodos se determina por la relación entre los costos y los beneficios económicos de la empresa espera que se derive de estas actividades.

Los costos pueden ser calificados como activo cuando haya la probabilidad que den lugar a futuros beneficios económicos y puedan ser valuados de manera confiable.

La naturaleza de la investigación no nos otorga la suficiente segu-ridad de que se obtengan beneficios económicos futuros como resultado de los gastos de investigación específicos.

La naturaleza de las actividades de desarrollo es tal, que debido a que el proyecto está más adelantado que la fase de investigación de las actividades, en algunos casos la empresa puede determi-nar la probabilidad de recibir futuros beneficios económicos.

Costos de Investigación, deben ser reconocidos como un gasto en el periodo en el cual se incurrieron y posteriormente no deben ser reconocidos como un activo.

Costo de Desarrollo, deben ser inicialmente reconocidos como un gasto en el período en el cual se incurrieron, y posteriormente no deben ser reconocidos como un activo. Los costos de desa-rrollo de un proyecto deben reconocerse como un activo cuando se cumple con lo siguientes criterios:

a) El producto o proceso está claramente definido y los costos atribuibles al producto o proceso pueden identificarse sepa-radamente y valuarse de manera confiable.

b) La factibilidad técnica del producto o proceso puede mostrar-se.

c) La empresa tiene la intención de producir y vender, o usar, el producto o proceso.

d) La existencia de un mercado para el producto o proceso, o si es para usarlo internamente en vez de venderlo, demostrarse su utilización ventajosa para la empresa.

e) Existen recursos adecuados, o se puede demostrar su dispo-nibilidad, para terminar el proyecto y comercialización o usar el proyecto o proceso.

V. AMORTIZACIÓN DE LOS COSTOS DE DESARROLLO

El monto de los costos de desarrollo reconocidos como un activo debe amortizarse y reconocerse como un gasto sobre una base sistemática de modo que refleje el patrón en el cual se reconocen los efectos económicos relacionados.

La obsolescencia tecnológica y económica crea incertidumbres que restringen el número de unidades y el período en el cual los costos de desarrollo tienen que ser reconocidos. Además, es generalmente difícil estimar el costo futuro y los ingresos relativos futuros de un nuevo producto o proceso más allá del corto plazo. Por estas razones, los costos de desarrollo son amortizados normalmente en un período que no excede de cinco años.

En algunas circunstancias los beneficios económicos que surgen de los costos de desarrollo son absorbidos por la empresa al producir otros activos antes que dar a lugar a un gasto. En este caso, la amortización de los costos de desarrollo abarca parte del costo de otro activo y está incluida en el momento registrado del otro activo. Por ejemplo, los costos de desarrollo anteriormente reconocidos como un activo pueden estar incluidos en los costos de los inventarios manufacturados. Los costos de desarrollo incluidos en el monto registrado de los demás activos de esta manera, son reconocidos como un gasto de la misma forma que los otros costos de esos activos.

VI. DETERIORO DE LOS COSTOS DE DESARROLLO

Los costos de desarrollo de un proyecto deben registrarse en la medida en que el saldo no amortizado, junto con los costos de desarrollo adicionales, los costos de producción relacionados y los costos administrativos y de ventas directamente incurridos en la comercialización del producto, ya no tienen probabili-dades de recuperarse de los futuros beneficios económicos esperados.

El saldo no amortizado de los costos de desarrollo de un proyecto reconocido como un activo debe ser revisado al término de cada período. Las circunstancias o hechos vigentes pueden indicar que el saldo no amortizado, junto con los demás costos rele-vantes, excede los futuros beneficios económicos relacionados. Alternativamente, el saldo no amortizado puede ya no cumplir con los criterios para su reconocimiento como un activo.

VII. REVELACIÓN

Los Estados Financieros deben revelar:

• Las políticas de contabilidad adoptadas para los costos de investigación y desarrollo.

• El monto de los costos de investigación y desarrollo recono-cidos como un gasto en el período.

• Los métodos de amortización utilizados• Las vidas útiles o ratios de amortización utilizados.

Los intangibles se registran a su costo de adquisición o al valor estimado de que ellos se hagan al momento en que se consi-deren realizados contablemente.

VIII. EJEMPLOS

La empresa “Abacont” S.A. adquiere la licencia de un programa de informática desarrollado para poder manejar sus inventarios, dicha licencia es por un período de 15 años. La adquisición de este derecho se realiza al precio S/. 758,980 para ser cancelado en 24 meses.

SOLUCIÓN

LOS COSTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

Los sala-rios, suel-dos y otros costos rela-cionados al empleo del persona l c o m p r o -metido en actividades de investi-gación y desarrollo

La depre-ciación de inmueble, p lan ta y equipo en la medida en que es-tos activos son usados para activi-dades de investiga-ción y de-sarrollo

Otros cos-tos, tales como l a amortiza-c i ó n d e patentes y licencias, en la medi-da en que e l l o s s e usen para las activi-dades de investiga-ción y de-sarrollo.

Los costos d e m a -teriales y servicios consumi-dos en las actividades de investi-gación y desarrollo

C o s t o s de gastos generales, q u e n o sean gastos administra-tivos rela-cionados a actividades de investi-gación y desarrollo

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----------------------------x---------------------------- 34 INTANGIBLES 758,980 342 Patentes y marcas 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 758,980 469 Otras cuentas por pagar diversas x/x Para registrar la adquisición de una patente para la elaboración de un producto. --------------------------x----------------------------

Con la finalidad de amortizar el costo de la adquisición de la pa-tente, se debe fijar en primer lugar los años de vida útil de este intangible, en todo caso debe ser amortizado proporcionalmente en el plazo de 15 años, sin embargo tributariamente el plazo máximo es de 10 años.

Ejemplo:La empresa “Premium” S.A. va ha ser constituida con un capital conformado por patentes y marcas equivalentes a S/. 63,000 como se trata de un aporte de capital en la constitución de la sociedad, el registro contable debe ser el siguiente:

SOLUCIÓN

----------------------------x---------------------------- 34 INTANGIBLES 63,000 342 Patentes y marcas 50 CAPITAL 63,000 501 Capital social x/x Para registrar el aporte de capital efectuado por los accionistas. --------------------------x----------------------------

Ejemplo:Cuando se enajena intangibles, debe realizarse la transferencia a valores de mercado o de tasación por un perito especializado. Los datos a continuación corresponden a la enajenación de un intangible:

Valor de venta : S/. 79,000 Costo de adquisición : S/. 70,000 Amortización acumulada : S/. 56,000

SOLUCIÓN

Los intangibles, como todo activo de una empresa, pueden ser enajenados, registrándose de la siguiente manera en nuestros libros contables:

----------------------------x---------------------------- 10 CAJA Y BANCOS 79,000 101 Caja 76 INGRESOS EXCEPCIONALES 79,000 763 Enajenación de intangibles x/x Por el registro de la venta de la marca de acuerdo a la liquidación de venta --------------------------x----------------------------

El intangible vendido, así como su amortización acumulada, (si existiera), deben ser retirados de los libros consignando a la vez el costo contable de la enajenación.

--------------------------x-------------------------- 39 DEPRECIACIÓN Y AMORT. ACUMULADA 56,000 394 Amortización de intangibles 66 CARGAS EXCEPCIONALES 14,000 663 Costo neto de enajenación de intangibles 34 INTANGIBLES 70,000 342 Patentes y marcas

x/x Por el retiro en libros de la patente de acuerdo a la liquidación de ventas. ----------------------------x----------------------------

SOBRE LA INCIDENCIA CONTABLE Y TRIBUTARIA DEINTANGIBLES

Los gastos de organización efectuados durante el período pre-operativo, a opción del contribuyente pueden deducirse en un solo ejercicio o amortizarse en el plazo máximo de 10 años.

Base Legal: Art. Nº 37 inciso g) de la Ley del Impuesto a la Renta Art. Nº 21 inciso d) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la RentaGastos pre-operativos en los que se incurrió:a) Honorarios Profesionales: - Abogado (Minuta) S/. 740.00 - Notario Público (Escritura Pública) S/. 480.00

b) Inscripción en la Municipalidad - Zonificación del local S/. 180.00 - Licencia de Funcionamiento S/. 530.00

c) Compra de Libros Contables - Contabilidad completa de acuerdo al Artículo Nº 65 de la Ley del Impuesto a la Renta S/. 350.00 d) Legalización de los Libros Contables - Notaria Pública S/. 448.00

e) Otros Gastos: - Remuneraciones S/. 3,820.00 - Movilidad S/. 375.00 - Fotocopias S/. 315.00TOTAL DE GASTOS S/. 7,218.00 SOLUCIÓN• Aspectos ContablesSabiendo que la empresa incurrió en estos gastos de constitución durante el ejercicio anterior e inició actividades recién a partir del presente ejercicio, tenemos los siguientes registros contables:

Ejercicio 2007

a) Por Naturaleza

--------------------------x-------------------------- S/. S/. 62 CARGAS DE PERSONAL 3,820.00 621 Salarios 63 SERVICIOS PRESTADOS POR TERCER. 2,023.00 632 Honorarios Profesionales 632.1 Abogado 740.00 632.2 Notario Público 6322.1 Escritura P. 460.00 6322.2 Legalización de L. 448.00 639 Otros servicios 639.1 Movilidad 375.00 64 TRIBUTOS 710.00 646 Tributos a Gobiernos Locales 646.1 Zonificación 180.00 646.2 Licencia de Funcionam. 530.00 65 CARGAS DIVERSAS DE GESTIÓN 665.00 659 Otras cargas diversas de gestión 659.1 Compra de Libros C. 350.00 659.2 Fotocopias 315.00 40 TRIBUTOS POR PAGAR 611.64 401 Gobierno Central 401.1 IGV 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 7,829.64

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CÓDIGO CUENTA DEBE HABER

726263

6465

Producción InmovilizadaCargas de PersonalServiciosPrestados porTercerosTributosCargas Diversas de Gestión

S/. 3,820.00

S/. 2,023.00S/. 710.00S/. 665.00

S/. 7,218.00

TOTALES S/. 7,218.00 S/. 7218.00

469 Otras cuentas por pagar diversas x/x Por la provisión de los gastos de constitución y pre- operativos ----------------------------x----------------------------

b) Por Destino: ----------------------------x---------------------------- 34 INTANGIBLES 7,218.00 346 Gastos pre-operativos 72 PRODUCCIÓN INMOVILIZADA 7,218.00 722 Intangibles x/x Por la transferencia de los gastos pre-operativos a la cuenta intangibles --------------------------x----------------------------

c) Por la cancelación ----------------------------x---------------------------- 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 7,829.64 469 Otras cuentas por pagar diversas 10 CAJA Y BANCOS 7,829.64 104 Cuentas corrientes x/x Por la cancelación de los gastos de constitución --------------------------x---------------------------- Al cierre del ejercicio anterior la empresa tendrá el siguiente resultado:

En el ejercicio 2008 inicia actividades, por lo tanto se debe darle el tratamiento adecuado a la cuenta intangibles, de acuerdo a las siguientes opciones: - Los gastos pre-operativos en su totalidad, pueden cargarse

directamente a gastos en el primer ejercicio y/o amortizarse en períodos mayores.

----------------------------x---------------------------- 68 PROVISIONES DEL EJERCICIO xxxx 682 Amortización de intangibles 39 DEPRECIACIÓN Y AMORT. ACUMULADA xxxx 394 Amortización de intangibles x/x Para registrar los gastos de constitución y pre-operativos --------------------------x----------------------------

• Aspectos Tributarios

Según establece la Ley del Impuesto a la Renta y su Regla-mento la amortización de los gastos pre-operativos se realiza a partir del ejercicio en que la empresa inicie sus actividades (producción o comercialización).

Estos gastos a opción del cliente podrán deducirse en primer ejercicio o amortizarse proporcionalmente en el plazo máximo de diez (10) años.

Por consiguiente tributariamente se acepta que el total del gasto pre-operativo se cargue a gastos en un solo ejercicio sin que genere reparo tributario alguno.

CÓDI-GO

CUENTA DEBE HABER

726263

6465

Producción InmovilizadaCargas de PersonalServiciosPrestados porTercerosTributosCargas Diversas de Ges-

tión

S/. 3,820.00

S/. 2,023.00S/. 710.00S/. 665.00

S/. 7,218.00

TOTALES S/. 7,218.00 S/. 7218.00

89 Resultado del Ejercicio - -

TOTALES S/. 7,218.00 S/. 7,218.00

C.P.C. Aida Vera Zambrano Casos prácticosCASO Nº 1: COSTO ADICIONAL EN HABILITACIÓN DE

TERRENO PARA SU VENTA

La empresa “Mi Casa” S.A.A., es una inmobiliaria que se dedica a la compra y venta de lotes de terreno rústico, por tal motivo, adquirió un terreno de 5,700 Mts2 a un costo de S/. 210 el M2, por importe total de S/. 1197,000 por toda el área. Para el acondicionamiento, habilitación y lotización del terreno para su posterior venta, se realizó la inversión de S/. 125,000 (incluido IGV).Nos consultan sobre la incidencia tributaria y tratamiento contable en este tipo de operaciones.

RESPUESTA:

Tratamiento Tributario:Se trata de una empresa inmobiliaria, que se dedica a la compra y venta de terrenos rústicos, y realiza la habilitación urbana y las comercializa; en la contabilidad de la empresa, estos terrenos constituyen existencias (mercaderías), es un bien que se ad-quiere con el propósito de venderse sin realizar un proceso de transformación integral.

Ante estas precisiones, veremos el Decreto Supremo Nº 055-99-EF que es el TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas, y el artículo 1º considera a las operaciones gravadas con el IGV, “… son las ventas en el país de bienes muebles, los contratos de construcción y la primera venta de inmuebles ubicados en el

territorio nacional, que realicen los constructores de los mismos”, por lo tanto, el terreno es por su naturaleza un bien inmueble, y no está gravado con el IGV.

Por los datos que fueron proporcionados, la empresa inmobiliaria realizará una serie de inversiones en la habilitación urbana con el propósito de acondicionar el terreno, y contrata los servicios de un contratista que realiza trabajos de limpieza del terreno, de nivelación y de lotización; todo esto representa un desembolso global de S/. 125,000.

Los desembolsos adicionales que se invierten en el terreno, forman parte del costo computable desde un punto de vista contable, para los aspectos tributarios, los gastos o costos de adquisición forman parte del costo de la compra, los trabajos de acondicionamiento y mejoras de los bienes forman parte del costo de estos bienes.

Tratamiento Contable:Contablemente la NIC 2 – Existencias, señala que el costo de las existencias compradas debe incluir todos los costos en los que ha incurrido para poner las existencias en su condición actual. • Contabilización en la adquisición del terreno, exonerada del

IGV y el asiento de destino de la adquisición:

----------------------------x---------------------------- 60 COMPRAS 1 197,000

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Sección Contable y Auditoría

601 Mercaderías 42 PROVEEDORES 1197,000 421 Facturas por pagar x/x Por la provisión de las compras, que forman parte de mis existencias. ----------------------------x---------------------------- 20 MERCADERIAS 1197,000 201 Terrenos 61 VARIACION DE EXISTENCIAS 1197,000 611 Variación de mercaderías x/x Por el registro del destino de las compras, que forman parte de mis existencias ----------------------------x----------------------------

• El registro de las inversiones en la habilitación del terreno, y el asiento de destino, es el siguiente:

----------------------------x---------------------------- 60 COMPRAS 125,000 609.1 IGV 19,958 609.2 Otros gastos 105,042 42 PROVEEDORES 125,000 421 Facturas por pagar x/x Por la provisión del acondicionamiento del terreno adquirido, para su posterior venta ----------------------------x---------------------------- 20 MERCADERIAS 125,000 201 TerrenoS 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 125,000 611 Variación de mercaderías x/x Para registrar el destino de las compras adquiridas, para el acondicionamiento del terreno ----------------------------x----------------------------

CASO Nº 2: EMBARGO DE ACTIVO FIJO POR INCUMPLI-MIENTO DE CONTRATO

El 01.01.2008 la empresa “Textiles San Juan” SRL adquirió un automóvil a la empresa “Automotriz San Miguel” SAC por un valor de S/. 119,000, para la cual se firmó un contrato compra y venta sin reserva de propiedad, momento en que se dio una inicial de S/. 40,000, estableciéndose que el saldo se cancelaría en 12 cuotas mensuales de S/. 6,583 cada una. Debido a la si-tuación económica por la que atraviesa la empresa, no ha sido posible cancelar las cuotas restantes, por lo que durante el mes de Octubre 2008 ha sufrido el embargo de la unidad. Al respecto nos piden determinar el tratamiento contable y tributario de este embargo teniendo en cuenta que “Auto San Miguel” SRL ha valorizado la unidad en S/. 83,300 (S/. 70,000 + IGV)

RESPUESTA:

Tratamiento Tributario:

De acuerdo al Artículo 1529º del Código Civil, por la Compra-venta el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero. Sin embargo la mima norma, establece la posibilidad de que se reserve la propiedad del bien hasta que se haya pagado la totalidad del precio, siempre que haya sido pactado. En el caso de la empresa “Automotriz San Miguel” SAC, con la entrega del bien y el pago de la cuota inicial, transfirió la propiedad del bien a la empresa “Textiles San Juan” SRL, por cuanto en el contrato no se ha establecido la reserva de propiedad.

Al respecto, el Artículo 1563º del Código Civil señala que la Resolución del Contrato por incumplimiento del comprador da

lugar a que éste devuelva el bien y a que el vendedor devuelva lo recibido, teniendo derecho a una compensación equitativa por el uso del bien y a la indemnización de los daños y prejuicios, salvo pacto contrario. Alternativamente, puede convenirse que el vendedor haga suyas, a título de indemnización, algunas de las armadas que haya recibido, aplicándose en este caso las disposiciones pertinentes sobre las obligaciones con cláusula penal.

En este sentido, tenemos establecido que la Resolución del Contrato da lugar a la devolución del bien por parte del com-prador, y que el vendedor devuelva el dinero recibido, dándole la posibilidad a una compensación por el uso de dicho bien, sin embargo y para efectos tributarios, esta devolución ¿califica como una venta?

Pues, el Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas, establece que por venta se entiende a todo acto a título oneroso que conlleve la transmisión de propiedad de bienes, indepen-dientemente de la designación que le den las partes.

Al respecto por Devolución se entiende a la restitución de un bien en las mismas condiciones en que fue adquirido, debido princi-palmente a razones de disconformidad con la calidad o estado de las mismas, error en la expedición, o de índole similar.

En tal sentido, el embargo del automóvil por parte de la empresa “Automotriz San Miguel” SAC ocasiona una transferencia de propiedad del bien de acuerdo a lo establecido por el Reglamen-to de la Ley del IGV, por cuanto dicho bien pasa nuevamente a propiedad de la empresa vendedora, no calificando como una devolución, por cuanto el bien ha sido usado y su valor ha disminuido. Por lo tanto esa transferencia estará gravada con el IGV.

Finalmente, debemos tomar en cuenta con lo establecido en el Artículo 22º del TUO de la Ley del IGV, que señala que en el caso de venta de bienes depreciables destinados a formar parte del activo fijo, antes de transcurrido el plazo de dos (2) años de haber sido puestos en funcionamiento y en un precio menor al de su adquisición, el crédito fiscal aplicado en la adquisición de dichos bienes deberá reintegrarse en el mes de la venta, en la proporción que corresponda a la diferencia de precio.

Tratamiento Contable:

1.- Por la adquisición de la unidad de transporte y pago de cuota inicial

--------------------------x---------------------------- 33 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO 100,000 335 Unidades de transporte 40 TRIBUTOS POR PAGAR 19,000 4011 IGV 42 PROVEEDORES 421 Facturas por pagar 119,000 x/x Por la adquisición de la unidad de transporte adquirida a la empresa “Autos San Miguel” SRL ----------------------------x---------------------------- 42 PROVEEDORES 40,000 421 Facturas por pagar 10 CAJA Y BANCOS 40,000 104 Cuentas corrientes x/x Por la inicial en la adquisición de la unidad de transporte ----------------------------x----------------------------

2.- Por la depreciación de la unidad de transporte

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Sección Contable y Auditoría

Memodatos

ACTIVO CORRIENTE

Se denomina Activo Corriente a los recursos que se pueden convertir en efectivo, vender o consumir durante un ciclo normal de operaciones contables correspondientes a un año.

ACTIVO NO CORRIENTE

Son aquellos Activos con menor grado de liquidez (aquellos que se pueden convertir en efectivo en un plazo mayor a un año). Entre ellos tenemos los Activos Fijos (te-rrenos, inmuebles, maquinarias, equipos) y Depreciación.

PERÍODO CONTABLE

Espacio de tiempo en el que deben ren-dirse y registrarse todos los resultados de la entidad, generalmente es un ejercicio de doce meses (1 año) en el cual deben acumularse los ingresos y los gastos, independientemente de la fecha en que

se paguen. Principio Básico de Contabi-lidad Gubernamental que establece que la vida de un ente se divide en periodos uniformes para efectos del registro de las operaciones y de información de las mismas.

FACTORING

Consiste en la compra de los créditos originados por la venta de mercancías a corto plazo. El servicio de factoring ofrece a una empresa la posibilidad de liberarse de problemas de facturación, contabilidad, cobros y litigios que exigen un personal muy numeroso.

DECLARACIÓN JURADA

La Declaración Jurada de Bienes y Rentas es la manifestación escrita pre-sentada por quienes administran, dis-ponen, custodian, captan y en general, bajo cualquier título, administran sus bienes y recursos, acerca de algunos

aspectos de su condición patrimonial y financiera, comprometiendo su res-ponsabilidad por las afirmaciones que realizan, en caso de eventual falsedad u omisión de información.

CAPITAL

Es la suma de todos los recursos, bienes y valores movilizados para la constitución y puesta en marcha de una empresa. Es su razón económica. Cantidad invertida en una empresa por los propietarios, socios o accionistas.

PARTIDA DOBLE

Método por excelencia utilizado para el registro del sistema contable, mediante el cual cada operación implica una doble anotación. En el debe o parte izquierda se registran los cargos y en el haber o parte derecha los abonos. Las cantidades anotadas en el debe, serán iguales a las del haber.

----------------------------x---------------------------- 68 PROVISIONES DEL EJERCICIO 15,000 683 Depreciación 39 DEPRECIACIÓN Y AMORT. ACUMULADA 15,000 393 Depreciación acumulada IME x/x Por la provisión por depreciación de la unidad de transporte ( 20% de 100,000 = 20,000/12 x 9 = 15,000) ----------------------------x----------------------------

3.- Por la pérdida de la unidad de transporte por falta de pago:

--------------------------x---------------------------- 66 CARGAS EXCEPCIONALES 85,000 661 Costo neto de enajenaciones IME 39 DEPRECIACIÓN Y AMORT. ACUMULADA 15,000 393 Depreciación acumulada 33 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO 100,000 335 Unidad de transporte x/x Por la baja de la unidad de transporte ----------------------------x---------------------------- 16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 83,300 169 Otras cuentas por pagar 40 TRIBUTOS POR PAGAR 13,300 4011IGV 76 INGRESOS EXCEPCIONALES 70,000 761 Enajenación de IME x/x Por el embargo de la unidad de transporte ----------------------------x----------------------------

4.- Reintegro del Crédito Fiscal

----------------------------x---------------------------- 64 TRIBUTOS 5,700 64 IGV 40 TRIBUTOS POR PAGAR 5,700 4011 IGV x/x Por el reintegro del Crédito Fiscal ----------------------------x----------------------------

5.- Por la compensación de acreencias ----------------------------x---------------------------- 42 PROVEEDORES 79,000 421 Facturas por pagar 16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 79,000 169 Otras cuentas por cobrar x/x Por la compensación de acreencias entre la empresa “Textiles San Juan” SA y “Auto San Miguel” SRL ----------------------------x----------------------------

6.- Por la liquidación de la devolución de la unidad de trans- porte

----------------------------x---------------------------- 10 CAJA Y BANCOS 4,300 101 Caja 16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 4,300 421 Facturas por pagar x/x Por la devolución de la cuota inicial ----------------------------x----------------------------

Valor venta IGV TOTAL

Valor de compra delautomóvil

S/.100,000 S/. 19,000 S/. 119,000

Valor de venta(Embargo)

S/. 70,000 S/. 13,300 S/. 83,300

Ingreso por la venta de la unidad S/. 83,300

(+) Cuota inicial en la adquisición S/. 40,000

( - ) Compra de la unidad S/. (119,000)

(=) Por reclamar a “Auto San Miguel” SRL S/. 4,300

Diferencia de precio S/. 30,000 S/. 5,700 S/. 35,700

Reintegro del IGV S/. 5,700