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7/23/2019 .Contesta Compensacion Economica (Herrera) http://slidepdf.com/reader/full/contesta-compensacion-economica-herrera 1/5 EN LO PRINCIPAL:  Contestademandareconvencional dedivorcioculposoy de compensacióneconómica; ENELOTROSÍ:  Se tenga presente. S.J.L. deFamiliadeSanMiguel (2°) SergioMedinaFuentes , abogado, por el demandante, enautossobre divorcio unilateral,caratulados “Herrera con Adasme” ,causa RIT.C – 2827- 2015 , a US., respetuosamente digo: Que, dentrodeplazo, vengoencontestarlademandareconvencional deducidaen contrademi representado,solicitandosu totalrechazo,con costas, envirtuddelossiguientesfundamentosdehechoydederechoque pasoaexponer: Encuantoalacompensacióneconómica. La señora Carmen Adasme Salazar ha demandado reconvencionalmente compensacióneconómica, fundado enel artículo61  de laLey19.447quedispone:“si, comoconsecuenciadehabersededicadoal cuidadodeloshijosoalaslaborespropiasdel hogarcomún, unodelos cónyuges no pudo desarrollar una actividadremuneradao lucrativa durante el matrimonio, olohizoenmenormedidadeloquepodíayquería, tendrá derechoaque, cuandoseproduzcael divorcioosedeclarelanulidad del matrimonio, se le compense el menoscabo sufrido por estacausa”.- En consecuencia,la compensación económicano procede de pleno derechoyporel solohechodel quiebrematrimonial sinoque, paraquela compensaciónseaprocedenteesnecesarioqueel cónyugequelademanda NO HAYA PODIDO DESARROLLAR UNA ACTIVIDAD REMUNERADA O LUCRATIVADURANTE ELMATRIMONIO O LO HIZO EN MENOR MEDIDA DE LO QUE PODIAO QUERIA, situaciónquenoconcurreen el casode autos . 1

Contesta Compensacion Economica (Herrera)

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EN LO PRINCIPAL: Contesta demanda reconvencional de divorcio culposo y

de compensación económica;EN EL OTROSÍ: Se tenga presente.

S.J.L. de Familia de San Miguel (2°)

Sergio Medina Fuentes, abogado, por el demandante, en autos sobre

divorcio unilateral, caratulados“Herrera con Adasme”, causaRIT. C –

2827- 2015, a US., respetuosamente digo:

Que, dentro de plazo, vengo en contestar la demanda reconvencional

deducida en contra de mi representado, solicitando su total rechazo, con

costas, en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho que

paso a exponer:

En cuanto a la compensación económica.

La señora Carmen Adasme Salazar ha demandado

reconvencionalmente compensación económica, fundado en el artículo61 de

la Ley 19.447 que dispone: “si, como consecuencia de haberse dedicado al

cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los

cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante

el matrimonio, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería, tendrá

derecho a que, cuando se produzca el divorcio o se declare la nulidad del

matrimonio, se le compense el menoscabo sufrido por esta causa”.-

En consecuencia, la compensación económica no procede de pleno

derecho y por el solo hecho del quiebre matrimonial sino que, para que la

compensación sea procedente es necesario que el cónyuge que la demanda

NO HAYA PODIDO DESARROLLAR UNA ACTIVIDAD REMUNERADA O

LUCRATIVA DURANTE EL MATRIMONIO O LO HIZO EN MENOR MEDIDA

DE LO QUE PODIA O QUERIA, situación queno concurre en el caso de

autos.

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En efecto, a fin de poder fundamentar la improcedencia de la

compensación económica es necesario hacer presente las siguientes

consideraciones:

1.- El matrimonio jamás constituyó un obstáculo para trabajar por parte de

ninguno de los cónyuges. En efecto, la señora……………………………….

durante la convivencia del matrimonio, siempre se desempeñó como

………………………,. Toda su vida se ha desempeñado como

………………………, y lo sigue haciendo en la actualidad.

En efecto, durante el matrimonio, ella se dedicaba a

……………………………….……………………………….. Tanto es así, que ella

inició actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, por lo que otorgaba

 boleta por las ventas.

 Así, ella durante el matrimonio siempre pudo desempeñar una

actividad lucrativa.

2.- De esta forma, el matrimonio no implicó un menoscabo económico que

deba ser recompensado por esta vía.

3.- Asimismo, es necesario tener claro cuál es la naturaleza jurídica de la

compensación económica. La compensación económicano es de naturaleza

indemnizatoria como lo pretende la contraria, según se desprende de su

escrito,tampoco es de naturaleza alimenticia ytampoco puede ser

ocasión para obtener un lucro como lo pretende la contraria, ya que sus

exageradas pretensiones nos llevan a esa conclusión. La compensación

económica tiene como finalidad compensar un menoscabo económico, pero

no reparar perjuicios, asegurar alimentos ni obtener un lucro.

4.- Junto con lo anterior, es válido preguntarse cómo se puede pretender

haber sufrido un grave menoscabo económico cuando la convivencia de los

cónyuges se prolongó por 13 años, como ambas partes reconocen. Ello es

inverosímil. A ello debe sumarse que, como se señaló en la demanda de

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divorcio y se reconoció por la contraria, mi representado ha cumplido

cabalmente con su obligación alimenticia.

5.- De este modo, según se ha expresado y se probará en su oportunidad, la

compensación económica pretendida por la contraria es improcedente por

cuanto no concurren los supuestos de hecho exigidos por la ley. A este

punto es necesario recalcar que la compensación económica no procede de

pleno derecho, por el solo hecho del cese de la convivencia.

6.- También es conveniente analizar lo expuesto por la contraria en relación

con las circunstancias señaladas en el artículo 62 de la Ley de MatrimonioCivil:

a)duración del matrimonio y de la vida en común de los cónyuges: la

convivencia de los cónyuges sólo se prolongó por 13 años, como

expresamente lo reconocen ambas partes. De esta forma, es imposible

que tan escaso tiempo de convivencia generen el menoscabo económico

pretendido por la contraria. Además, es necesario recalcar que durantetodo el matrimonio, siempre la demandante reconvencional pudo

desarrollar una actividad lucrativa, cual era la de pastelera

 b)situación patrimonial de los cónyuges: Sobre este punto es necesario

hacer presente que la situación patrimonial de los cónyuges es bastante

desequilibrada en beneficio de la demandante reconvencional.

En efecto, la señora……………………………….posee los siguientes

 bienes a su nombre……………………………….……………………………….

En cuanto a la situación patrimonial de mi representado, ésta es

 bastante desmejorada comparada con la de la señora

……………………………….. En efecto, mi representado es

………………………………. y sus ingresos son inferiores a los percibidos

por la demandante reconvencional. Asimismo, él debe mantener una

nueva familia, ya que con su nueva pareja tiene una hija

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c)L a buena o mala fe: A este respecto mi parte sólo desea reiterar la buena

fe con que ha actuado mi representado, lo que queda de manifiesto con

la suscripción del Acta de Separación ante ……………….y el ofrecimiento

del …………de sus haberes líquidos a título de alimentos.

d)Calificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral:

Sobre este punto, es necesario recalcar que la señora …………………..se

desempeñó durante el matrimonio y hasta en la actualidad, como

…………………, , por lo que el matrimonio jamás constituyó un obstáculo

para el desarrollo de una actividad lucrativa.

7.- De este modo, queda claro que con su demanda reconvencional de

compensación económica y la magnitud de su pretensión, la señora

…………………..sólo busca obtener un lucro injustificado con ocasión del

divorcio, lo cual no corresponde a la finalidad de la compensación

económica.

8.- En consecuencia, según se ha expresado, la demanda de compensacióneconómica pretendida por la contraria son improcedentes por lo que procede

el rechazo de la demanda reconvencional.

POR TANTO,

Con el mérito de lo expuesto, y lo dispuesto por las normas citadas

SOLICITO A US., tener por contestada la demanda reconvencional de

divorcio unilateral y de compensación económica deducida en contra de mi

representado.

OTROSI: Solicito a US., tener presente los siguientes antecedentes

reconocidos por la contraria en su escrito de contestación respecto de la

demanda de divorcio unilateral:

1.- Reconoce que el cese de la convivencia se produjo hace mucho más de 11

años, en efecto desde el año 2003, por lo que mi representado cumpliría en

exceso con el plazo de separación exigido por la ley.

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2.- Que desde la demanda de alimentos, mi representado ha cumplido

cabalmente con su obligación alimenticia.

3.- De este modo, según se ha reconocido por la contraria espontáneamente,

mi representado cumple con los requisitos exigidos por el inciso 3º del

artículo 55 de la Ley de Matrimonio Civil, esto es, cese efectivo de la

convivencia conyugal durante a lo menos tres años y cumplimiento de la

obligación de alimentos a favor de su cónyuge.

POR TANTO,

RUEGO A US.,tenerlo presente, desestimando en definitiva la compensación

económica pretendida por la demandante reconvencional.

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