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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIB. GENERAL BERNARDO O'HIGGINS UNIDAD DE AUDITORIA E INSPÇCCION 0 GAT'A)MUM .1 JQRT1103 30 VOi33321 REF.: 4.655/09 A . A. N° 727/09 REMITE t INFORME FINAL N° 116, DE 2009, SBRE AUDITORIA DE GASTOS DE CONCEJALES EN LA MUNICIPALI- DAD DE RENGO. RANCAGJA, E1Ü.DIcoY*0O36 El Contralor Regional que suscribe, cumple con remitir a Ud. copia del Informe Final señalado en el rubro, con el resultado de la auditoria practicada por funcionarios de esta Unidad, en esa Entidad Edilicia. Al respecto, la Dirección de Control debe- rá verificar el estricto cumplimiento de las medidas adoptadas por esa Administración para corregir las debilidades observadas y para restablecer el orden jurídico afectado por incumplimiento de normas. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones posteriores a realizar por este Organismo de Control en el marco de sus programas de fiscalización. Saluda atentamente a Ud., M) C DE cc AL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE RENGO PBRImed At: 192/09 ILUSTRE ICIPALW DRGQ OFlCP4A DE PARTE3- - N' PROV. L._) J-AWE JUEZ DE P. LO _ RESPONLJLR RECLAM i~ MlNtSTADO 4 ÓTIFICAR SECREÍAJO MUN. %URGE ¿ ' ARA Í - 1 cn,jo - j ----- - •1 £EcAN - su CoNo iEr4;Q - SU CUM1lM.,NlO ORDEN C)EL(. A&.CLDE A JaCCA - C04'OCltyO El ALCILÜE AQ Y ORNATO lOMAR ML.S UL. CA3 TANSITO FJSCUT C1JU'A - 2 .'EPMf.R !M- O - VE ,F.L. AS r1wlcRlarR .r -TT - corrv TE.111C0 ADM Stft frflU.ACION I(LI AC.WER Fono: 353100; Fax: 353101: Oficiales Gamero # 261 - Rancagua www.contraloria cl

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - Rengo FINAL N 116, D… · de la auditoria practicada por funcionarios de esta Unidad, en esa Entidad Edilicia. Al respecto, la Dirección

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIB. GENERAL BERNARDO O'HIGGINS UNIDAD DE AUDITORIA E INSPÇCCION

0 GAT'A)MUM .1 JQRT1103 30 VOi33321

REF.: 4.655/09 A . A. N° 727/09

REMITE t INFORME FINAL N° 116, DE 2009, SBRE AUDITORIA DE GASTOS DE CONCEJALES EN LA MUNICIPALI-DAD DE RENGO.

RANCAGJA, E1Ü.DIcoY*0O36

El Contralor Regional que suscribe, cumple con remitir a Ud. copia del Informe Final señalado en el rubro, con el resultado de la auditoria practicada por funcionarios de esta Unidad, en esa Entidad Edilicia.

Al respecto, la Dirección de Control debe-rá verificar el estricto cumplimiento de las medidas adoptadas por esa Administración para corregir las debilidades observadas y para restablecer el orden jurídico afectado por incumplimiento de normas. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones posteriores a realizar por este Organismo de Control en el marco de sus programas de fiscalización.

Saluda atentamente a Ud.,

M) C DE cc

AL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE RENGO PBRImed At: 192/09

ILUSTRE ICIPALW DRGQ OFlCP4A DE PARTE3- -

N' PROV. L._)

J-AWE JUEZ DE P. LO _ RESPONLJLR RECLAM i~MlNtSTADO 4 ÓTIFICAR

SECREÍAJO MUN. %URGE ¿ ' ARA Í-1 cn,jo - j

----- - •1 £EcAN - su CoNo iEr4;Q -

SU CUM1lM.,NlO ORDEN C)EL(. A&.CLDE

A JaCCA - C04'OCltyO El ALCILÜE AQ Y ORNATO lOMAR ML.S UL. CA3 TANSITO FJSCUT C1JU'A - 2 .'EPMf.R !M- O - VE ,F.L. AS r1wlcRlarR .r -TT - corrv TE.111C0 ADM Stft frflU.ACION I(LI AC.WER

Fono: 353100; Fax: 353101: Oficiales Gamero # 261 - Rancagua www.contraloria cl

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORIA REGIONAL DEL LIB. GRAL. BDO. O'HIGGINS

UNIDAD DE AUDITORIA E INSPECCION

PREG. 6060/09 INFORME FINAL N° 116, DE 2009, SOBRE

REF. 4655/09 AUDITORIA DE GASTOS DE CONCEJALES EN LA MUNICIPALIDAD DE RENGO.

RANCAGUA, 29 de diciembre de 2009

En cumplimiento del plan anual de fiscalización y de acuerdo con las facultades establecidas en la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, se efectuó en la Municipalidad de Rengo, una auditoría a los gastos incurridos por los integrantes del concejo municipal.

Objetivo

El objetivo del examen consistió en verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que regulan el pago de la dieta por asistencia a sesiones del concejo y que los gastos incurridos por éstos en seminarios u otros eventos, cumplan con las disposiciones legales en cuanto a la autenticidad de la documentación de respaldo : la imputación presupuestaria, el objeto del gasto y la autorización pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88, de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y con el DFL 262, de 1977, del Ministerio de Hacienda.

Metodología

La revisión fue desarrollada conforme con las normas y procedimientos de control aprobados por esta Contraloría General e incluyó las pruebas de validación respectivas, sin perjuicio de aplicar otros medios técnicos estimados necesarios en las circunstancias, orientados esencialmente respecto de los atributos de legalidad, respaldo documental e imputación presupuestaria de las operaciones.

AL SEÑOR MARIO QUEZADA FONSECA CONTRALOR REGIONAL DEL LIB. GENERAL BERNARDO O'HIGGINS P R E SE NT E CET/MG E/O RL

Fono: 353101: Fax: 353101; Oficiales Gamero # 261 - Rancagua www.contraloria.cI

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EsRAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR O'HIGGINS

UNIDAD DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN

Universo

De acuerdo con los antecedentes recopilados, al 30 de septiembre de 2009, el monto total de los egresos asociados a los conceptos indicados, ascendía a $ 29.800.134.-

Muestra

El examen abarcó los gastos efectuados en el período señalado, analizándose una muestra de $28.067.275.-, lo que representa un 94% respecto del total, correspondiente a las imputaciones presupuestarias Dietas a Juntas, Concejos y Comisiones (asignación 003 ítem 04 del subtítulo 21); y Pasajes. Fletes y Bodegajes (Asignación 007 ítem 08, subtítulo 22).

La información utilizada fue puesta a disposición de la comisión fiscalizadora con fecha 20 de octubre de 2009.

ANTECEDENTES GENERALES

Las municipalidades son organismos autónomos que tienen por función administrar la comuna, satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar la participación de los habitantes de su territorio en el proceso económico, social y cultural.

Al respecto, sus funciones, organización y atribuciones, se encuentran contenidas en la Constitución Política de la República y en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Cabe señalar que mediante oficio Confidencial N° 4.061, del 04 de diciembre de 2009, se dio traslado del Preinforme de Observaciones a la autoridad comunal, cuya respuesta fue ingresada con fecha 23 de diciembre de 2009, a través del oficio Ordinario N° 1.014, de ese Municipio.

Del examen practicado, las situaciones observadas son las siguientes:

Fono: 353101; Fax: 353101; Oficiales Gamero # 261 - Rancagua www. contra lo rl a. ci

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ro ERAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR O'HIGGINS

UNIDAD DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN

L- EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO

Sobre la materia cabe informar que de la comprobación efectuada no existen observaciones que formular.

II.- SOBRE EXAMEN DE CUENTAS

1. Dieta concejales

La Municipalidad de Rengo pagó la totalidad de la dieta correspondiente al mes de abril de 2009, a los concejales Sres. Esteban Leyton Soto y Flor Pino Oyarzún, sin embargo, según consta en Acta del Concejo éstos no asistieron a la sesión ordinaria N° 16, del 28 de abril de 2009, por cuanto debían viajar a un curso a realizarse en Isla de Pascua.

En relación a lo anterior, el acta referida no indica que las inasistencias de los concejales individualizados se relacionen con cometidos autorizados por el concejo, en la forma establecida en el artículo 88, de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. Tampoco se hace alguna referencia al evento de que se trata y sus contenidos.

Por lo anterior, el municipio pagó en exceso, a ambos concejales, la suma de $ 146.876.-, respectivamente, toda vez que debió disminuirse proporcionalmente el monto a pagar, en relación al número de inasistencias de éstos, según lo señalado en el artículo 88, de la ley N° 18.695. El detalle se explica en la siguiente tabla adjunta:

Concejales Monto $ dieta pagado por Municipio

Monto $ dieta proporcional

Monto $ pagado en exceso Nombre Apellido

Flor - Pino Oyarzún 440.628 293.752 146.876 Esteban Leyton Soto 440.628 - - 293.752 146.876

Totales 881.256 587.504 293.752

Fono: 353101; Fax: 353101 Oficiales Camero # 261 - Rancagua www.contraloria.cl

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CONTRALOR lA GENERAL DE LA REPUBLICA 0

09 CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR O'HIGGINS UNIDAD DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN

La autoridad municipal, en su respuesta, señala que en la primera página del acta se lee: 'Se deja constancia de la ausencia de los señores concejales, doña Flor Pino Oyarzún y don Esteban Leyton Soto, pues ambos viajan en estos momentos a participar de un curso que se realiza en Isla de Pascua", dicha constancia se consideró suficiente para el pago total de la dieta del mes de abril, por cuanto el motivo del viaje tenía directa relación con las materias atingentes al concejo.

Por otra parte, agrega, resulta efectivo que el viaje no fue autorizado por el concejo, toda vez que la petición fue presentada por escrito al alcalde, quien autorizó dicho cometido en atención a lo dispuesto en el artículo 79, letra II), de la ley N° 18.695, que obliga a pedir la autorización al concejo cuando los cometidos signifiquen ausentarse del territorio nacional, o dentro del territorio nacional que duren más de diez días.

Al respecto, el viaje efectuado por los concejales referidos fue por menos de diez días, en cuyo caso no resulta obligatoria la autorización del concejo, más si la del Alcalde, por tanto, revisados los nuevos antecedentes aportados por ese municipio, procede levantar la observación en lo relativo a la aludida autorización. Sin embargo, en relación al pago de la dieta, lo observado debe mantenerse por cuanto, tal como lo señala el dictamen N° 19788, de 2006, para a1ulaeTññTo de la dieta mensual a que tiene derecho cada concejal, deben considerarse todas las sesiones que, conforme a la ley y al reglamento municipal correspondiente, se celebren en el mes, incluyendo a las que el concejal no asistió por encontrarse desempeñando cometidos en representación del municipio, debiendo en este ultimo caso, disminuirse proporcionalmente la dieta, salvo la compensación a que alude dicho artículo 88, de la ley N° 18.695, situación esta última que no acontece en la especie.

2. Viáticos y pasajes concejales

2.1.- Los concejales de la comuna de Rengo asistieron, durante el año 2009, a diversos cursos de capacitación en la Sexta Región yio fuera de ésta, sin embargo, la Municipalidad de Rengo no ha adoptado como procedimiento de control exigirles la presentación de certificados de realización de los cursos (Diplomas) y de asistencia.

Al respecto, la autoridad municipal señala que es efectivo que no se ha exigido la presentación de documentos que comprueben la participación efectiva de los concejales en los cursos de capacitación a los cuales han asistido. Por ello, el Alcalde ha instruido mediante oficio N° 1008/2009 que se entregue dicha documentación a la Secretaría Municipal, por lo que procede levantar la observación formulada.

Fono: 353101; Fax: 353101; Oficiales Gamero # 251 - Rancagua 4 www.contraloria.cl

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CONTRALOR lA GENERAL DE LA REPUBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR O'HIGGINS

UNIDAD DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN

2.2.- Mediante documento contable de egreso N° 797. de fecha 21 de abril de 2009, se contabilizó en la cuenta 114.03.01.001 Anticipos a rendir, un monto de $650.598.- por pasajes aéreos para el concejal Sr. Esteban Leyton Soto, con el objeto de que éste asistiera a un curso de actualización denominado 'Formulación, Desarrollo e Implementación de proyectos turísticos comunales", a realizarse en Isla de Pascua, entre el 28 de abril y el 02 de mayo de 2009, y cuya autorización se realizó mediante Decreto Alcaldicio N° 298, de 16 de abril de 2009; sin embargo a la fecha de la visita de este Ente de Control, octubre de 2009, el concejal citado aún no había rendido cuenta de los pasajes aéreos.

La misma situación se produce en el caso de la concejala Sra. Flor Pino Oyarzún, por cuanto se le entregó un anticipo a rendir de $424.580.-, para el mismo viaje, según documento contable de egreso N° 704, de 14 de abril de 2009, sin que al 02 de noviembre de 2009 hubiera rendido dicho anticipo.

En su respuesta, el municipio manifiesta que ambos concejales han rendido dichos anticipos, lo que consta en documentos que se adjuntan. En ese sentido, la rendición de la Sra. Pino Oyarzún es por $8.000.- menos que el anticipo puesto a su disposición, razón por la que se le ha solicitado el reintegro de esa diferencia.

Al respecto, sin perjuicio de requerir el reintegro de los mencionados $8.000.-, considerando que las rendiciones han sido efectuadas, procede levantar la observación, sin perjuicio de verificar en futuras fiscalizaciones el debido ingreso del monto indicado.

2.3.- En relación a lo señalado en el punto anterior, la Municipalidad de Rengo no realizó la adquisición de los pasajes aéreos para los concejales precedentemente citados según las disposiciones contenidas en el artículo 53, letra a), del decreto N° 250/2004, del Ministerio de Hacienda, que establece el Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, respecto de la obligación de publicar en el portal Mercado Público las contrataciones superiores a 3 U.T.M.

Al respecto, la autoridad municipal señala que se entregó un fondo global a cada concejal, de ese modo ellos adquirieron los pasajes y luego hicieron la rendición del gasto. Agrega que la Municipalidad no intervino en la compra de los pasajes y, por ello, no se actuó a través del sistema correspondiente, explicación que permite levantar la observación formulada sobre la materia.

Fono: 353101; Fax: 353101; Oficiales Gamero# 261 —Rancagua www.contraloria.cl

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CONTRALORIA REGIONAL DEL LIBERTADOR O'HIGGINS

UNIDAD DE AUDITORIA E INSPECCIÓN

1111.- CONCLUSIONES

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se concluye que, en general, se ha dado cumplimiento a las normas que regulan el pago de la dieta por asistencia a sesiones del concejo y los gastos incurridos por éstos en seminarios u eventos.

Sin perjuicio de lo anterior, corresponde que se adopten las medidas para subsanar los hechos observados, incluido los reintegros de los desembolsos efectuados por concepto de pago de dietas, según se detalla en el numeral 1, del presente Informe, y la devolución o respaldo del faltante indicado en numeral 2.2.

Saluda atentamente a Ud.

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PIETRO BERNASCONI ROMERO Jefe de Control Externo

Contraloría Regional del Libertador Gral. Bernardo 0' Higgins

Fono: 353101; Fax: 353101; Oficiales Gamero # 261 - Rancagua www. contra lo ri a. ci