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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente, el Contrato de Locación de Servicios que suscriben de una parte, la Empresa Hute Contratistas Generales S.A.C, con Registro Único de Contribuyentes (RUC) Nº 20263566280, señalando domicilio en Prolongación Benavides –Av. Loma Umbrosa 436-Santiago de Surco, Lima, debidamente representado por su Gerente General el señor Hugo Álvaro Rivas Sánchez, a quien en adelante se denominará el LOCATARIO y, de la otra parte Luis Felipe Orbegoso Rabines, identificado con DNI Nº 44097475, con domicilio en Av. Paseo de los Andes Nro. 219 Dpto. Nro. 402 Maranga Lima; a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES EL LOCATARIO, es una empresa cuyo objetivo social es brindar el servicio de Instalación y Mantenimiento de equipos de redes eléctricas de media y baja tensión, Construcciones, Saneamiento y Ramas Afines; por lo que requiere contratar los servicios profesionales de un Ingeniero Sanitario para realizar labores de ingeniería. CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO EL LOCATARIO, contrata los servicios profesionales del LOCADOR, para que realice los servicios de Elaboración de Proyecto, Presupuesto y Supervisión de Obra Civil. CLAUSULA TERCERA : MONTO CONTRACTUAL. En virtud del presente contrato EL LOCADOR se obliga a prestar el servicio descrito en la cláusula segunda y el LOCATARIO a pagar la suma de S/. 1,200.00 (Un mil doscientos 00/100 Nuevos Soles), por concepto de honorarios profesionales, incluidos los impuestos de Ley. CLAUSULA CUARTA: DEL PLAZO DEL CONTRATO 1

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Page 1: CONTRATO

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS

Conste por el presente, el Contrato de Locación de Servicios que suscriben de una parte, la Empresa Hute Contratistas Generales S.A.C, con Registro Único de Contribuyentes (RUC) Nº 20263566280, señalando domicilio en Prolongación Benavides –Av. Loma Umbrosa 436-Santiago de Surco, Lima, debidamente representado por su Gerente General el señor Hugo Álvaro Rivas Sánchez, a quien en adelante se denominará el LOCATARIO y, de la otra parte Luis Felipe Orbegoso Rabines, identificado con DNI Nº 44097475, con domicilio en Av. Paseo de los Andes Nro. 219 Dpto. Nro. 402 Maranga Lima; a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES EL LOCATARIO, es una empresa cuyo objetivo social es brindar el servicio de Instalación y Mantenimiento de equipos de redes eléctricas de media y baja tensión, Construcciones, Saneamiento y Ramas Afines; por lo que requiere contratar los servicios profesionales de un Ingeniero Sanitario para realizar labores de ingeniería.

CLAUSULA SEGUNDA: OBJETOEL LOCATARIO, contrata los servicios profesionales del LOCADOR, para que realice los servicios de Elaboración de Proyecto, Presupuesto y Supervisión de Obra Civil.

CLAUSULA TERCERA : MONTO CONTRACTUAL. En virtud del presente contrato EL LOCADOR se obliga a prestar el servicio descrito en la cláusula segunda y el LOCATARIO a pagar la suma de S/. 1,200.00 (Un mil doscientos 00/100 Nuevos Soles), por concepto de honorarios profesionales, incluidos los impuestos de Ley.

CLAUSULA CUARTA: DEL PLAZO DEL CONTRATO El plazo de duración del presente contrato será de 1 (UNO) año, el mismo que iniciará a partir del día 06 de Febrero del 2009 al 06 de Febrero del 2010.

CLAUSULA QUINTA: PRERROGATIVAS Y OBLIGACIONES Las prerrogativas y obligaciones de EL LOCATARIO, están estrictamente limitadas a los términos y condiciones del presente contrato de naturaleza civil. En consecuencia no implica relación laboral alguna y EL LOCADOR, no tendrá derecho a reclamar ningún beneficio, pago, subsidio, compensación o pensión.

CLAUSULA SEXTA: ASPECTO VINCULADOS CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Queda entendido que este contrato, de conformidad con lo dispuesto por el Código Civil, no implica relación de tipo laboral, ni otorga derecho respecto a los derechos del Seguro de Salud, Fondo de Pensiones y otros.

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CLAUSULA SEPTIMA: RESOLUCIÓN Cualquiera de las partes o ambas, pueden poner fin al contrato por un hecho sobreviniente a la suscripción del mismo, siempre que se encuentre previsto expresamente en el presente contrato. Por igual motivo, se puede resolver el contrato en forma parcial, dependiendo de los alcances del incumplimiento, de la naturaleza de las prestaciones, o de algún otro factor relevante, siempre y cuando sea posible sin afectar el contrato en su conjunto.

CLAUSULA OCTAVA : CONTROVERSIAS Toda controversia o diferencia que no se haya resuelto por acuerdo entre las partes, será sometida al arbitraje según la Ley General de Arbitraje y las reglas de la Cámara de Comercio vigentes. Las partes acatarán el laudo dictado por el tribunal arbitral de conformidad con las disposiciones de esta cláusula como el fallo final de toda controversia.

Las partes suscriben por duplicado el presente contrato a los seis días del mes Febrero del año 2009.

………………………….…… ….……………………………………………HUGO A. RIVAS SANCHEZ LUIS FELIPE ORBEGOSO RUBINESGERENTE GENERAL DNI. Nº 44097475“EL LOCATARIO” “EL LOCADOR”

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