5
BANRENACES POR BOCA DEL RIO, S.C. DE A.P. DE R.L. DE C.V No. De escritura 38,085 CONTRATO DE PRÉSTAMO CON INTERÉS Y GARANTÍA PRENDARIA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE BANRENACES POR BOCA DEL RIO S.C.A.P. R. L. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL ACREEDOR”, Y REPRESENTADA POR ________________________________________, Y POR LA OTRA EL SR. ______________________________CON NUMERO DE SOCIO_________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL DEUDOR”. LAS PARTES MANIFIESTAN LAS SIGUIENTES: D E C L A R A C I O N E S DECLARA “EL ACREEDOR”: I. Ser una sociedad constituida conforme a las leyes mexicanas, cumpliendo con todos los requisitos de ley, lo cual consta en la escritura pública número 38,085, pasada ante la fe del notario público Lic. Miguel Ángel Campos Echeverría, titular de la Notaria Número 22, en el municipio de Veracruz, estado de Veracruz, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número de folio mercantil 2185*2. I. Que su domicilio legal para efectos del presente contrato lo señala en Avenida Río Papaloapan No. 386-A en el Frac. Las Vegas II, Municipio de Boca del Río, Ver. DECLARA EL DEUDOR I. Llamarse ________________________________, contar con una edad de _______ años, de sexo _______________, de nacionalidad _______________, estado civil______________, y tener su domicilio en __________________________________________________________. II. Que es su voluntad solicitar en calidad de préstamo, la cantidad de dinero que se menciona más adelante y utilizarla únicamente para los fines que se precisan, bajo perjuicio de las penalidades que se establecen. Avenida Río Papaloapan No. 386-A en el Frac. Las Vegas II, Municipio de Boca del Río, Ver. TEL. 2842058

Contrato Con Garantia Prendaria

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Contrato Con Garantia Prendaria

BANRENACES POR BOCA DEL RIO, S.C. DE A.P. DE R.L. DE C.V

No. De escritura 38,085

CONTRATO DE PRÉSTAMO CON INTERÉS Y GARANTÍA PRENDARIA

QUE CELEBRAN POR UNA PARTE BANRENACES POR BOCA DEL RIO S.C.A.P. R. L. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL ACREEDOR”, Y REPRESENTADA POR ________________________________________, Y POR LA OTRA EL SR. ______________________________CON NUMERO DE SOCIO_________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL DEUDOR”. LAS PARTES MANIFIESTAN LAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

DECLARA “EL ACREEDOR”:

I. Ser una sociedad constituida conforme a las leyes mexicanas, cumpliendo con todos los requisitos de ley, lo cual consta en la escritura pública número 38,085, pasada ante la fe del notario público Lic. Miguel Ángel Campos Echeverría, titular de la Notaria Número 22, en el municipio de Veracruz, estado de Veracruz, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número de folio mercantil 2185*2.

I. Que su domicilio legal para efectos del presente contrato lo señala en Avenida Río Papaloapan No. 386-A en el Frac. Las Vegas II, Municipio de Boca del Río, Ver.

DECLARA EL DEUDOR

I. Llamarse ________________________________, contar con una edad de _______ años, de sexo _______________, de nacionalidad _______________, estado civil______________, y tener su domicilio en __________________________________________________________.

II. Que es su voluntad solicitar en calidad de préstamo, la cantidad de dinero que se menciona más adelante y utilizarla únicamente para los fines que se precisan, bajo perjuicio de las penalidades que se establecen.

III. Que es de su propiedad

misma que acredita con la factura _____________________, la que deja a favor de “el acreedor” debidamente endosada, en concepto de garantía prendaria del presente contrato.

IV. Que bajo protesta de decir verdad los datos que señala en el presente contrato son verdaderos.

V. Que ha leído todas y cada una de las presentes cláusulas del contrato, manifestando su consentimiento al firmarlo, sujetándose a los términos del mismo.

Avenida Río Papaloapan No. 386-A en el Frac. Las Vegas II, Municipio de Boca del Río, Ver. TEL. 2842058

Page 2: Contrato Con Garantia Prendaria

BANRENACES POR BOCA DEL RIO, S.C. DE A.P. DE R.L. DE C.V

No. De escritura 38,085

Ambas partes y de forma separada, declaran tener la capacidad necesaria y la facultad suficiente, para la celebración del mismo.

Una vez hechas las declaraciones respectivas ambas partes están de acuerdo en celebrar el presente Contrato de Préstamo de conformidad con las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA.- “El Acreedor” otorga a “El Deudor”, la suma de $ _______( ______________ 00/100 M.N. ), en concepto de Préstamo, con una tasa de interés del 3% (tres por ciento) sobre saldos insolutos . La entrega del monto total de la cantidad prestada, se realiza al momento de firma del presente contrato, por lo que “El Deudor” con éste otorga el recibo más eficaz que en derecho proceda.

SEGUNDA.- “El Deudor” se obliga a restituir a “El Acreedor” la cantidad otorgada, en un plazo de_________________ contados a partir de la fecha en que se firme el presente Contrato. El pago se realizara los días __________________ y estará dividido en_________________ pagos (semanales o mensuales) y consecutivos.

TERCERA.- Si alguno de los pagos parciales no es cubierto a su vencimiento, “El Deudor” se obliga a pagar a “El Acreedor” por el simple retardo, a partir del tercer día del vencimiento del plazo y hasta que se ponga al corriente, una multa de ____________________ diaria, sin perjuicio de lo que más adelante se establece sobre los ahorros y la Garantía Prendaria. CUARTA.- “El Deudor” liquidará sus pagos en el domicilio de “El Acreedor” y sin necesidad de previo cobro.

QUINTA.- “El Deudor” manifiesta su consentimiento y autoriza a “El Acreedor” para que, si en un plazo de noventa días, contados a partir de que concluya el presente contrato, no se hubiere saldado en su totalidad la deuda, ésta sea cubierta en su de su cuenta de ahorros.

SEXTA.- En caso de que el ahorro de “El deudor” no fuese suficiente para cubrir la totalidad de la deuda, como se establece en la cláusula anterior, y en garantía de las obligaciones contraídas, “El Deudor” constituye Prenda a favor de “El Acreedor”, sobre los bienes que señala en las declaraciones de este Contrato. La factura de la prenda constituida como garantía deberá ser endosada y entregada a la caja.

SÉPTIMA.- La Prenda a que se refiere la cláusula anterior garantiza el pago del capital, en caso de que “El Deudor” no hiciere el pago total en el plazo convenido.

OCTAVA.- “El Deudor” se obliga a contratar un seguro de gastos funerarios por medio de la federación a la que pertenece “El Acreedor”.

Avenida Río Papaloapan No. 386-A en el Frac. Las Vegas II, Municipio de Boca del Río, Ver. TEL. 2842058

Page 3: Contrato Con Garantia Prendaria

BANRENACES POR BOCA DEL RIO, S.C. DE A.P. DE R.L. DE C.V

No. De escritura 38,085

NOVENA.- El presente Préstamo generara un interés del tres por ciento mensual con un tope del diecinueve punto cinco por ciento sobre saldos insolutos; así mismo se generara el dieciséis por ciento correspondiente al IVA.

DECIMA.- El plazo convenido en este Contrato vencerá anticipadamente en los siguientes casos:

a) A juicio de “El Acreedor”,

b) Si El Deudor”, incumpliere con el pago de dos de las mensualidades pactadas en el presente contrato.

c) En los demás en que la ley así lo prevea.

DECIMA PRIMERA.- “El Deudor” y “El Acreedor” convienen en someterse al arbitraje de la Federación Banrenaces S.C. de R.L. de C.V., con renuncia expresa de cualesquier otro fuero judicial o arbitral que pudiere corresponder, en caso de existir controversia relativa a las obligaciones contraídas mediante el presente contrato.

DECIMA SEGUNDA.- “El Deudor”, se obliga a utilizar el recurso obtenido mediante el presente Contrato de Préstamo para: __________________________________________________________________________________________________________________________________________,lo que se obliga a comprobar a “El Acreedor” mediante las facturas o recibos respectivos en el término de __________________________.

DECIMA TERCERA.- En caso de que el recurso obtenido en concepto de Préstamo, se destine para cualquier otro fin del establecido en el presente Contrato, se procederá a la penalización respectiva sobre la Garantía Prendaria.

Una vez que han sido leídas todas y cada una de las cláusulas del presente Contrato de Préstamo, y estando ambas partes de acuerdo con el mismo, manifiestan su consentimiento para celebrarlo firmando al calce del documento en el Municipio de ___________________ del Estado de Veracruz el día __________________ de _________________________ del año _____________.

Nombre y firma de Nombre y firma de “El Deudor” “El Acreedor”

Avenida Río Papaloapan No. 386-A en el Frac. Las Vegas II, Municipio de Boca del Río, Ver. TEL. 2842058

Page 4: Contrato Con Garantia Prendaria

BANRENACES POR BOCA DEL RIO, S.C. DE A.P. DE R.L. DE C.V

No. De escritura 38,085

Nombre y firma testigo Nombre y firma del testigo

Avenida Río Papaloapan No. 386-A en el Frac. Las Vegas II, Municipio de Boca del Río, Ver. TEL. 2842058