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7/22/2019 Contrato de Arrendamiento de Puesto de Mercado http://slidepdf.com/reader/full/contrato-de-arrendamiento-de-puesto-de-mercado 1/2 CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PUESTO DE MERCADO En el Distrito de ventanilla, a los 18 días del mes de Octubre del año 2012 REUNIDOS De una parte, como ARRENDADORA, Doña María Angélica Portilla Salazar, mayor de edad, Soltera, con DNI N° 40920466 y con domicilio en Mz. C Lt. 12  – Bella Aurora, Distrito de puente Piedra -Provincia y Departamento de Lima. De otra parte, como ARRENDATARIA, Doña Genoveva Ramos Torres, mayor de edad, Soltera, con DNI N° 17572785, y con domicilio en Mz. B Lt. 16 Sector E-5 del AA.HH. 18 de Febrero, Distrito de Ventanilla- Provincia Callao.  Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho, teniendo según corresponde la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente contrato, lo que llevan a efecto en base a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA: TITULARIDAD.- Que Doña María Angélica Portilla Salazar es dueña en pleno dominio del Puesto de Mercado designado con el número 199, Sección Bazar de la  Asociación de Comerciantes Unificados de Pachacutec, ubicado en la Mz. F1 Lt. 01 Proyecto Piloto Nuevo Pachacutec-Distrito de Ventanilla  –Provincia Callao. SEGUNDA: OBJETO.- Doña María Angélica Portilla Salazar arrienda el Puesto de Mercado descrito en la cláusula primera de este contrato a  Doña Genoveva Ramos Torres para local de negocio destinado a la venta de artículos de Bazar .El destino del local no podrá ser alterado sin consentimiento escrito del arrendador, dando lugar a la resolución del contrato en caso de incumplimiento. TERCERA: ESTADO DE USO.- LA ARRENDATARIA declara recibir el local en buen estado de uso y conservación y se compromete a devolverlo en el mismo estado a la finalización de contrato. CUARTA: DURACIÓN.- La duración del contrato de arrendamiento será de (01) año calendario. Dando como fecha de inicio el 18-10-2012 y el termino del mismo el dia18-10-2012. QUINTA: RENTA Y REVISIONES.- La renta es de S/. 200.00 (Doscientos Nuevos Soles) mensuales. El pago se efectuará lo días 18 de cada mes en el Puesto de Mercado objeto del presente Contrato. En caso de atraso por concepto de renta por dos (02) meses consecutivos, LA  ARRENDATARIA deberá desocupar y abandonar el puesto de mercado objeto del presente contrato. Asimismo este hecho dará lugar a la inmediata resolución del contrato en mención.

Contrato de Arrendamiento de Puesto de Mercado

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7/22/2019 Contrato de Arrendamiento de Puesto de Mercado

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PUESTO DE MERCADO

En el Distrito de ventanilla, a los 18 días del mes de Octubre del año 2012

REUNIDOS

De una parte, como ARRENDADORA, Doña María Angélica Portilla Salazar,mayor de edad, Soltera, con DNI N° 40920466 y con domicilio en Mz. C Lt. 12 – Bella Aurora, Distrito de puente Piedra -Provincia y Departamento de Lima.

De otra parte, como ARRENDATARIA, Doña Genoveva Ramos Torres, mayorde edad, Soltera, con DNI N° 17572785, y con domicilio en Mz. B Lt. 16 SectorE-5 del AA.HH. 18 de Febrero, Distrito de Ventanilla- Provincia Callao.

 Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho, teniendo segúncorresponde la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presentecontrato, lo que llevan a efecto en base a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA: TITULARIDAD.-  Que  Doña María Angélica Portilla Salazar esdueña en pleno dominio del Puesto de Mercado designado con el número 199,Sección Bazar de la “ Asociación de Comerciantes Unificados de Pachacutec”,ubicado en la Mz. F1 Lt. 01 Proyecto Piloto Nuevo Pachacutec-Distrito deVentanilla  –Provincia Callao.

SEGUNDA: OBJETO.-  Doña María Angélica Portilla Salazar arrienda elPuesto de Mercado descrito en la cláusula primera de este contrato a  DoñaGenoveva Ramos Torres para local de negocio destinado a la venta deartículos de Bazar .El destino del local no podrá ser alterado sin consentimientoescrito del arrendador, dando lugar a la resolución del contrato en caso deincumplimiento.

TERCERA: ESTADO DE USO.-  LA ARRENDATARIA declara recibir el localen buen estado de uso y conservación y se compromete a devolverlo en elmismo estado a la finalización de contrato.

CUARTA: DURACIÓN.-  La duración del contrato de arrendamiento será de

(01) año calendario. Dando como fecha de inicio el 18-10-2012 y el termino delmismo el dia18-10-2012.

QUINTA: RENTA Y REVISIONES.-  La renta es de S/. 200.00 (DoscientosNuevos Soles) mensuales.

El pago se efectuará lo días 18 de cada mes en el Puesto de Mercado objetodel presente Contrato.

En caso de atraso por concepto de renta por dos (02) meses consecutivos, LA ARRENDATARIA deberá desocupar y abandonar el puesto de mercado objetodel presente contrato. Asimismo este hecho dará lugar a la inmediataresolución del contrato en mención.

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SEXTA: GARANTIA.- A la firma de este contrato LA ARRENDATARIA haceentrega a LA ARRENDADORA en concepto de garantía, la cantidad deS/.400.00 (Cuatrocientos Nuevos Soles), equivalente a dos mensualidades derenta, cantidad que se abona en metálico por lo que LA ARRENDADORAmediante el presente documento la declara recibida. Asimismo se señala que

dicha garantía no generara ningún interés porcentual hasta el término delpresente contrato.

SEPTIMA: SUBARRIENDO Y CESION.- Se prohíbe a LA ARRENDATARIA elsubarriendo o cesión del presente contrato.

OCTAVA: OBRAS.-  LA ARRENDATARIA no podrá realizar sin elconsentimiento escrito de LA ARRENDADORA obras que modifiquen laconfiguración del local, o que provoquen una disminución en la estabilidad oseguridad del mismo.

NOVENA: GASTOS.- Los gastos de comunidad serán de cuenta de la partearrendataria.

Los gastos por servicios con que cuente el local arrendado que seindividualicen mediante aparatos contadores (agua, luz, gas, teléfono, etc.)serán de cuenta de LA ARRENDATARIA; asimismo las obligaciones que laasociación programe (Faenas, actividades).

LA ARRENDATARIA se compromete a comunicar a LA ARRENDADORA sobrelas actividades que organice la asociación (Asambleas y otros).

DÉCIMA: DOMICILIO A EFECTO DE NOTIFICACIONES.-  LA ARRENDADORA y LA ARRENDATARIA fijan como domicilio el que figurarespectivamente en el encabezamiento del contrato, todo ello a los efectos derecibir cualquier notificación derivada del conjunto de derechos y obligacionesderivados de este contrato.

UNDECIMA: INCUMPLIMIENTO DE CLAUSULAS.- En caso deincumplimiento de las clausulas descritas en el presente contrato por parte deLA ARRENDATARIA; LA ARRENDADORA estará en todo el derecho de dejarsin efecto el presente contrato de arrendamiento.

DUODÉCIMA: LEGISLACIÓN APLICABLE.-  En todo lo no previsto en elpresente contrato el mismo se regirá por lo dispuesto en la Ley 29/1.994, de 24de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y supletoriamente por lo dispuestoen el Código Civil.

En prueba de aceptación y conformidad de cuanto antecede, y para que asíconste, las partes firman el presente contrato por duplicado ejemplar en el lugary fecha reseñados en el encabezamiento.

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María Angélica Portilla Salazar Genoveva Ramos Torres

DNI N° 40920466 DNI N° 17572785