18
  T ema: La Compraventa Mercantil Sumario: 1.Concepto. 1.2. Elementos del Contrato. 1.3. Forma del Contrato. 1.4. Perfeccin del Contrato. 1.!. Contenido del Contrato.  2. "#li$aciones de las partes. 2.1. Efectos del %ncumplimiento del Contrato.  2.2. T ratamiento en el Cdi$o de Comercio & en la le$islacin sustantiva civil.

CONTRATO DE COMPRAVENTA power point.ppt

Embed Size (px)

Citation preview

  • Tema: La Compraventa MercantilSumario: 1.Concepto. 1.2. Elementos del Contrato. 1.3. Forma del Contrato.

    1.4. Perfeccin del Contrato. 1.5. Contenido del Contrato. 2. Obligaciones de las partes. 2.1. Efectos del Incumplimiento del Contrato. 2.2. Tratamiento en el Cdigo de Comercio y en la legislacin sustantiva civil.

  • CONTRATO DE COMPRAVENTAConceptos dados por el Derecho Civil:Es aquel por el cual uno de los contratantes (vendedor) se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho y el otro (comprador) , a su vez, se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero. Artculo 2248 del Cdigo Civil.La compraventa es un contrato principal, consensual, bilateral, oneroso, conmutativo, que se perfecciona cuando el vendedor consiente en trasmitir la propiedad de un objeto al comprador y este se compromete, a cambio, a pagar por l determinado precio en dinero. Vicente Rapa lvarez; Manual de Obligaciones y Contratos, La Habana, 1991.

  • Compraventa MercantilCaracteres y Concepto:Requisitos: Debe existir intencin de reventa con nimo de lucro, es decir, obtener una ganancia por la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta o reventa.Deben tener un propsito directo y preferente de especulacin comercial, de traficar.

    Ver Artculos 75, fracciones I y II y 371 del Cdigo de Comercio Federal.

  • Compraventa MercantilConcepto:

  • Compraventa Mercantil Naturaleza Jurdica:Consensual: Se perfecciona mediante el consentimiento de dos personas naturales o jurdicas, las partes expresan su voluntad en tres asuntos fundamentales: la mercanca, el precio y el propsito de celebrar el contrato.Principal: Es un negocio jurdico con objetivos propios e independientes, no depende de ms nada para que se perfeccione y surta todos los efectos y fines para los cuales fue firmado.

  • Bilateral Perfecto: intervienen dos partes

    (comprador y vendedor), es un documento firmado por dos personas donde se delimita la responsabilidad de cada una de ellas.Oneroso: media dinero, da lugar a costos y gastos que son amparados monetariamente , cada una de las partes persigue obtener un beneficio, un lucro.Traslativo de Dominio: lleva implcito la trasmisin de la propiedad(enajenar-adquirir).

    Compraventa Mercantil Naturaleza Jurdica 2da parte:

  • Nominado y Tpico: regulado en las legislaciones mercantiles.Conmutativo: Existen dos responsabilidades y obligaciones mutuas. El contrato se hace sobre mercanca determinada y a un precio cierto.Sinalagmtico: Constituido por obligaciones recprocas e interdependientes, ambas partes deben cumplir sus obligaciones mutuamente.

    Compraventa Mercantil Naturaleza Jurdica 3ra parte:

  • Elementos del Contrato de Compraventa Mercantil:Elementos Reales:El Precio: debe ser cierto, determinado o determinable y consistir en dinero o signo que lo represente. Artculo 2248 del Cdigo Civil Federal . De no pactarse un precio en signo representativo en dinero estaramos ante una permuta y no una compraventa.La determinacin del precio no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes. Art 2548 a 2557 Cdigo Civil Quintana Roo.

  • Elementos del Contrato de Compraventa Mercantil:Elementos Reales:La Cosa: debe ser determinada o determinable en cuanto a su especie, existir en la naturaleza y estar en el comercio. Artculo 1825 del Cdigo Civil Federal.

    Pueden ser objeto del Contrato de Compraventa las cosas futuras. Artculo 1826 del Cdigo Civil Federal.

  • Obligaciones del Vendedor:Entregar los Bienes: Puede ser real(entrega de la cosa material o de un ttulo si se trata de un derecho), jurdica(an sin estar entregada materialmente la ley la considera recibida por el comprador) o virtual( cuando el comprador acepta que las mercancas vendidas queden a su disposicin), simblica( cuando el comprador acepta la sola recepcin de un smbolo Ej: llave en mano).

    Regulacin en Legislacin de Comercio y Supletoria Civil Mexicana:Artculos 378, 379 del Cdigo de Comercio.Artculo 2570 Cdigo Civil Quintana Roo.Artculo 2284 Cdigo Civil Federal.

  • Obligaciones del Vendedor:Responder por Eviccin y Saneamiento:

    Hay eviccin cuando el que adquiri una cosa es privado de todo o parte de ella por sentencia que cauce ejecutoria en razn de algn derecho anterior a la adquisicin. Si el comprador tuvo conocimiento de los riesgos de la eviccin y se someti a ellos entonces el vendedor pagar solamente el valor mercancas ya pagadas o incluso quedar liberado de sta obligacin. Regulacin en Legislacin de Comercio y Supletoria Civil Mexicana:Artculo 384 del Cdigo de Comercio.Artculo 2569 .III, Cdigo Civil Quintana Roo.Artculo 2119 a 2162 Cdigo Civil Federal.

  • Obligaciones del Vendedor:Responder como depositario: Desde el momento en que el comprador acepte que las mercancas vendidas queden a su disposicin se tendr por virtualmente recibido de ellas y el vendedor quedar con los derechos y obligaciones de un simple depositario. (Art 378 de Cdigo de Comercio).Pagar los gastos de entrega: Los gastos de entrega sern a cargo del vendedor todos los que se ocasionen hasta poner las mercancas pesadas o medidas a disposicin del comprador. (Art 382 del Cdigo de Comercio).

  • Derechos del Vendedor:Rescisin o cumplimiento: Un vez perfeccionado el contrato el contratante que cumpliere tendr derecho a exigir del que no cumpliere la rescisin o cumplimiento del contrato y la indemnizacin adems de los daos y perjuicios. ( Art 376 del Cdigo de Comercio).

    Exigir daos y perjuicios por lesin: Adems de la accin penal que proceda le asistir al perjudicado la accin para reclamar los daos y perjuicios contra el contratante que hubiese procedido con dolo o malicia en el contrato o cumplimiento del mismo. (Art 385 del Cdigo de Comercio)

    Derecho de Preferencia: Mientras las mercancas estn en poder del vendedor ste tendr preferencia sobre ellas con respecto a cualquier acreedor para ser pagado de lo que se le adeude por cuenta del precio de las mismas. ( Art 386 del Cdigo de Comercio).

  • Obligaciones del Comprador:Pago del Precio de la cosa vendida como obligacin principal en la forma, plazo y lugar convenidos.(Art 380 de Cdigo de Comercio). Este precio a falta de convenio deber pagarse al contado, es decir al momento de la entrega. En caso de no haberse fijado lugar para el pago ser aquel donde se produzca la entrega. ( Art 2294 del Cdigo Civil Federal).

    Obligacin de recibir la mercanca. En caso de demora en la recepcin imputable al comprador ste abonar al segundo el alquiler de las bodegas, graneros o vasijas en que contenga lo vendido y el vendedor quedar descargado del cuidado ordinario de stas. Si se ha pactado la entrega de mercancas en cantidad y plazos determinados el comprador no estar obligado a recibirlas fuera de ellos pero si aceptara entregas parciales quedar consumada la venta en lo que a stas se refiere. (Art 375 del Cdigo de Comercio).

  • Obligaciones del Comprador:

  • Modalidades del Contrato de Compraventa:Compraventas en abonos: aquellas que facultan al comprador para que pague el precio en plazos sucesivos. Art 2310 del Cdigo Civil Federal.Compraventa con reservas de dominio: Aquella en la que el vendedor se reserva la propiedad de la cosa vendida hasta que le haya sido pagado su precio. Art 2312 del Cdigo Civil Federal.

    Compraventa sobre muestras o calidades: aquellas en las que las partes no tienen a la vista las cosas objeto de ello sino una parte de las cosas o una cosa igual (muestra). Estas compraventas se tendrn por perfeccionadas por el solo consentimiento de las partes. Art 373 del Cdigo de Comercio. En caso de discordia los contratantes nombrarn cada uno un comerciante y un tercero quienes resolvern sobre la conformidad e inconformidad de las muestras o calidades que sirvieron de base al contrato. Art 273 del Cd de Comercio.

  • Modalidades del Contrato de Compraventa:Compraventa de mercancas no vistas: tienen por objeto especies o productos no vistos por el comprador ni pueden clasificarse por calidad determinada y conocida comercialmente, el contrato no se perfeccionar hasta que el comprador no las examine y acepte. Art 374 del Cd de Comercio.Compraventa con entrega en cantidad y plazos determinados: es la regulada en el art 375 del Cdigo de Comercio Federal en las que el comprador no estar obligado a recibirlas fuera de las condiciones pactadas pero si aceptare entregas parciales la entrega quedar consumada en lo que a stas entregas parciales se refiere.Compraventa contra documentos: aquellos en los que el vendedor cumple su obligacin de entrega enviando al comprador los ttulos representativos de las mercancas y los otros documentos estipulados.

  • Regulacin en el Cdigo de Comercio y en el Derecho Civil Cdigo de Comercio:

    Ttulo Sexto, Captulo I De la CompraventaArtculos 371 a 387.Cdigo Civil Estado Quintana Roo:

    Ttulo Segundo De la Compraventa, Captulo I al VII, Artculos 2548 al 2601.Cdigo Civil Federal, Ttulo II, Captulo I a VIII,

    Artculos 2248 a 2322.